- Antecedentes
históricos - Concepto de
Administración Pública - La
administración pública en
Nicaragua - Estructura
orgánica de la Administración
Pública - La
organización de la Administración
pública - Características
de la centralización - Órganos
centralizados de Nicaragua - La
descentralización administrativa - La
desconcentración administrativa - Los
órganos administrativos - La
competencia administrativa - Criterios
para determinar la competencia - Clases de
competencia - Avocación
de competencia - Para
resolver los conflictos de competencia
Antecedentes
históricos
Desde las civilizaciones antiguas las sociedades humanas han debido
suministrar los recursos con los cuales
hacían y hacen frente a sus constantes
necesidades.
Inicialmente el grupo que controlaba el
poder en la comunidad era el mismo que
determinaba cuál era la mejor forma de satisfacer los
requerimientos comunales.
Hasta el siglo XVIII, la idea de Estado se encontraba
confundida con la persona del monarca, basta
recordar la frase de Luis XV, cual con la cual se ilustra
el fenómeno de plenipotencia al ser él, el máximo
exponente del absolutismo: "El Estado soy yo". Con el
advenimiento de la Ilustración en
occidente, la precisión de los elementos que integran el
Estado moderno, tal y como hoy lo conocemos, se conformaron
plenamente.
El gobierno se entendió, a
partir de las ideas de los filósofos políticos
de la época, sólo como uno de los elementos del
fenómeno estatal, al cual, la población que es la
esencia de la existencia del Estado, le puede organizar,
estructurar y modificar para lograr el beneficio de la sociedad.
Hoy la mayor parte de los Estados del orbe han
conformado su estructura gubernamental
según las pautas de la división de poderes; que fue la
respuesta que Montesquieu encontró para
ofrecer una solución al absolutismo despótico que
privó en Europa hasta el fin de la
edad Media.
Así en su obra, Montesquieu explica que la
diversidad de actividades que el monarca efectúa al realizar
su gobierno, se encuentran bien definidas, y pueden resumirse en
tres: la actividad legislativa, la actividad ejecutiva y la
actividad judicial.
Montesquieu mencionaba que para evitar el absolutismo, y
consecuentemente las arbitrariedades cometidas por los reyes, lo
deseable es que esas tres funciones, quedaran depositadas
para su ejercicio, en tres órganos, la legislativa en el
Congreso, la ejecutiva en el rey, y la judicial en la Suprema
Corte de Justicia, y que es a esto a lo
que se conoce comúnmente como división de
poderes.
Respecto a la función ejecutiva,
depositada en nuestro Estado en la persona del Presidente de
la República,
consideramos que dicha función debe ser conceptuada como
función administrativa; a continuación estudiaremos
porque es más adecuado usar el término de administración
pública.
Concepto de Administración
Pública
Puede definirse a la administración
pública como el aparato burocrático del estado,
dotado de personalidad jurídica, al
que se le encomienda la satisfacción de los intereses
públicos los cuales le corresponde a los poderes
estatales.
Es la parte de los órganos del Estado que dependen
directa o indirectamente del poder ejecutivo, tiene a su
cargo toda la actividad estatal que no desarrollan los otros
poderes (legislativo y judicial), su acción es continua y
permanente, siempre se persigue el interés público, adopta
una forma de organización jerarquizada y
cuenta con: a) elementos personales; b) elementos patrimoniales;
c) estructura jurídica, y d) procedimientos
técnicos.
En conclusión es una parte de los órganos del
estado que dependen del poder ejecutivo, su objetivo es el interés
público.
La satisfacción de los intereses colectivos por
medio de la función administrativa se realiza
fundamentalmente por el Estado.
La administración
pública en Nicaragua
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