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Participación Ciudadana (página 2)



Partes: 1, 2

Marco legal es por ejemplo la jurisdicción legal dentro
del cual se desenvuelve un hecho determinado. Son los límites
que fijan las leyes para que
los hombres puedan -dentro del mismo- desempeñar o
encuadrar libremente una conducta,
acción
o actividad sin violarlas. "Las acciones de
los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a
la moral
pública, ni perjudiquen a un tercero, están
sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de
los magistrados. Ningún habitante de la Nación
será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado
de lo que ella no prohíbe".

Creo que dicha disposición que consagra el
principio "alterum non laedere", referido a la
protección de las acciones privadas. El Art. 28 al
prescribir que Los principios,garantías y derechos reconocidos en los
anteriores artículos, no podrán ser alterados por
las leyes que reglamenten el ejercicio.

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El Art. 43 de la Carta Magna,
consagra protectoriamente el derecho posibilitando que
"Toda persona puede
interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre
que no exista otro medio judicial más idóneo,
contra todo acto u omisión de autoridades públicas
o de particulares, que en forma actual o inminente lesione,
restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad
manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta
Constitución, un tratado o una ley., el
juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en
que se Funde el acto u omisión lesiva…" .

El Art. 1066 del Código
Civil establece que "Ningún acto voluntario
tendrá el carácter de ilícito, si no fuere
expresamente prohibido por las leyes ordinarias, municipales o
reglamentos de policía; y a ningún acto
ilícito se le podrá aplicar pena o
sanción…, si no hubiere disposición de la ley que
la hubiese impuesto".

El Art. 1071: "El ejercicio regular de un
derecho propio o el cumplimiento de una obligación legal
no puede constituir como ilícito ningún acto. La
ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos. Se
considerará tal al que cotraríe los fines que
aquélla tuvo en mira al reconocerlos o al que exceda los
límites impuestos por la
Buena fe, la moral y la
buenas costumbres.".

1.3.- ¿QUE ES LA PARTICIPACION
CIUDADANA?

Como ya hemos visto todos integramos grupos que
reflejan distintas necesidades y que exigen nuestra
participación y colaboración de manera activa y
directa, ya sea para organizarnos en ronda de vigilancia
nocturna, para realizar una campaña de vacunación o
para llevar a un buen termino un proyecto de
arborización.

En el caso concreto del
patrimonio
cultural del Perú, la participación ciudadana se refiere a la
integración de las comunidades locales en
la gestión
y compromiso con la protección y defensa del mismo.

Todo poblador tiene derecho y obligación d que
beneficiara a todo el grupo en su
conjunto, permitiendo que sus habitantes alcancen una mejor
calidad de
vida y se reduzcan los niveles de pobreza
contribuyendo al progreso y desarrollo del
país. Así pues, es legítima la
intervención de los ciudadanos en a la gestión
pública, es decir, en la
administración que hace el Estado para
establecer prioridades, determinar acciones, o pedir cuentas si el
Estado no
cumple con lo pactado. Por ej. Se participa en gestión
publica cuando enviamos una carta o documento
al director de una entidad. Así mismo ejercemos nuestro
derecho y deber de participación ciudadana cuando exigimos
resultados de políticas
determinadas, presentamos denuncias ante las respectivas
instancias de control o
recurrimos a la defensora del pueblo para nuestra
protección.

La participación ciudadana se da también
mediante procesos
electorales cuando elegimos a nuestras autoridades regionales,
nacionales y locales, presidente de APAFA, representante de aula,
dirigente comunal, a la junta de propietarios del edificio donde
vivimos, al presidente de la asociación vecinal,
representante estudiantil, etc.

Las instituciones
del estado fomentan la participa ción ciudadana cuando
reciben personas que hacen sugerencias, participan en consultas,
etc. En cuanto a la elaboración de políticas
públicas la participación ciudadana es necesaria
porque permite que los verdaderos intereses de la población sean tomados en cuenta, que las
dediciones tengan mayor apoyo entre los pobladores y que se pueda
reforzar el sentimiento de pertenencia a una comunidad.

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Recordemos que e nuestro sistema
jurídico prevalece la Democracia
Representativa, mediante la elección de autoridades que
nos representan, sobre la Democracia Participativa, por medio de
la intervención directa de los ciudadanos en toma de
las

decisiones. No podemos ver la participación ciudadana
esta presente en todos los ámbitos de la convivencia
diaria, pues se trata del ejercicio de un derecho ciudadano
básico y comprende acciones colectivas o individuales,
ejercidas a través de canales institucionalizados, o
espontáneos e informales los que pueden ser locales o
nacionales.

1.4.- LA CIUDADANÍA

Es ciudadano todo peruano mayor de dieciocho años. Para
ejercitar los derechos que le corresponden tiene que inscribirse
en el registro
electoral, es decir debe haber recibido su Documento Nacional de
Identificación (antes Libreta Electoral). El ser mayor de
dieciocho años le da derecho de ciudadanía; pero, no puede ejercer este
hasta efectuar su inscripción en el Registro
Electoral.

Para efecto de todas las votaciones se les otorga a los
ciudadanos el goce de su capacidad civil. El voto es personal, igual,
libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años.

El ejercicio de la ciudadanía se suspende:

  • Por resolución judicial de interdicción.

  • Por sentencia con pena privativa de libertad.

  • Por sentencia con inhabilitación de los derechos
    políticos.

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1.5.- PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL
PERÚ:

El proceso de
descentralización que se viene
desarrollando en el país ha incorporado como uno de sus
principios el de la participación ciudadana a nivel
nacional, regional y local, consagrando normativamente este tipo
de participación en los planes de desarrollo y presupuestos.

Nuestra constitución política reconoce el
derecho de participar en los asuntos públicos, así
como los derechos de asociación, de reunión, de
libertad de
expresión, de opinión, de rectificación
y de sufragio. El
acuerdo nacional, suscrito por todos los partidos
políticos, también promueve y fomenta la
participación ciudadana en las decisiones
públicas.

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La «participación ciudadana» es uno de los
caminos que hoy se ofrece para mejorar los regímenes
políticos presentes, y abrir paso a prácticas
sociales más democráticas. Ante el
descrédito de los partidos políticos y su
consiguiente pérdida de eficacia como
transmisores de las demandas de la población, se procura
hoy aumentar la participación de ésta en las
decisiones de los gobiernos, ya sean nacionales o locales. Pero
la gama que abarcan las formas de participación ciudadana
es de lo más difusa, amplia y variada.

Este libro busca
delimitar los campos en ese amplio territorio; proponer en cierta
forma una clasificación o taxonomía
de los modos o tipos de participación, esclareciendo sus
mecanismos, costos, los
objetivos que
se persigue y lo que, a fin de cuentas, normalmente se
obtiene.

1.5.1.- PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA

Es el proceso por el cual las organizaciones de
la sociedad civil,
junto con el Estado a través de los Gobiernos Regionales y
Locales, toman parte en las desiciones vinculadas a la
gestión pública y el desarrollo de sus regiones y
localidades. Los instrumentos más importantes que expresan
los acuerdos tomados en estos procesos son el plan de
desarrollo concertado y el presupuesto
participativo.

Desde el año 2002 se cuenta con normas que
promueven y regulan la participación de la sociedad civil
en la gestión del desarrollo regional y local.

1.5.2.- ¿QUE CONSEGUIMOS AL PARTICIPAR?

Logramos que se utilicen mejor los recursos de los
gobiernos regionales y locales que tienen destinados para la
inversión. Así, poco a poco, podemos
mejorar nuestras condiciones de vida.

Fortalecemos nuestra relación con el Estado en la
medida en que generamos compromisos y tenemos responsabilidades
compartidas. Luchamos contra la corrupción y los malos manejos porque
podemos constituir nuestro comité de vigilancia y control
para observar de cerca cual es el desempeño de nuestras autoridades y en que
medida cumplen sus compromisos. Además, podemos exigir que
se realicen audiencias publicas en las que se rindan cuentas.

Sin la participación ciudadana no hay democracia. La
participación supone la existencia de una
ciudadanía real, no de una ciudadanía
simbólica, y esto exige superar lo que llaman el vicio de
la pasividad. La obra enseña a realizar el tránsito
de las diferentes formas de pasividad y dependencias al
protagonismo del ciudadano. Concebido en la misma línea
que la Guía Fácil de Asociaciones, toda la obra
tiene un sentido práctico, con un lenguaje
comprensible

1.5.3.- TIPOS DE PARTICIPACION CIUDADANA:

La población Local puede participar en los temas que le
interesa de diversas formas:

1.5.3.1.- INFORMANDO:

Las personas o grupos requerimos continuamente información sobre acciones, propuestas,
programas, o
actividades.

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1.5.3.2.- CONSULTANDO:

Individualmente exponemos nuestras ideas a través de
encuestas,
foros y talleres, donde también podemos consultar.
Asimismo, las comunidades pueden realizar consultas a diversas
entidades.

1.5.3.3.- DECIDIENDO JUNTOS:

Nuestros representantes, l as organizaciones comunales y los
sectores interesados estudian, discuten y participan en la
toma de
desiciones que afectan a la población.

1.5.3.4.- ACTUANDO JUNTOS:

Tomamos parte en los acuerdos mediante la acción
conjunta responsable y compartida.

1.5.3.5.- APOYANDO LOS INTERESES COMUNITARIOS:

Los especialistas que trabajan en las distintas instituciones
del Estado nos asesoran en la toma de desiciones y en la
elaboración y ejecución de proyectos.
Asimismo, orientan a los pobladores y los capacitan para que
ellos mismos sean los responsables de solucionar los problemas que
les afectan directamente.

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CAPÍTULO II:

Participación ciudadana y patrimonio
cultural

2.1.- ¿Cómo se da la participación
ciudadana en el patrimonio
cultural?

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Nuestra participación y nuestra opinión son
importantes porque en muchos casos conocemos los problemas de
cerca o estamos en el lugar de los hechos, de modo que la
Institución encargada puede beneficiarse con nuestros
consejos y experiencias. Proteger nuestro patrimonio cultural no
es tarea exclusiva del Estado ni del Instituto Nacional de
Cultura, ni de
cualquier otra entidad pública; es también responsabilidad de cada uno de nosotros.

En realidad, se trata de establecer un proceso participativo
entre el Estado y la comunidad para
la protección y defensa del patrimonio cultural, es decir,
involucrar a la

Población local, que conoce los problemas y las
situaciones relacionadas con su propio patrimonio cultural,
mediante la toma de conciencia, la
denuncia, la consulta, la acción, la mayordomía,
etc.

2.1.1.- TOMA DE CONCIENCIA

Todos los ciudadanos debemos tomar conciencia acerca del
valor que
tiene el patrimonio cultural para la comunidad. Debemos entender
que se trata de nuestra herencia cultural
y que, como tal, forma parte de nuestra identidad
nacional, regional y local y que, además, es vital
para poder conocer
nuestro pasado, saber cuáles son nuestras raíces y
cómo podemos aprovechar lo que tenemos proponiendo
diversos proyectos de desarrollo.

Debemos tener presente que el patrimonio cultural es
frágil y no renovable; que su valor como tal va más
allá de lo económico; y que bien utilizado puede
traer progreso para la comunidad.

2.1.2.- LA DENUNCIA

Es la manera más sencilla de participación
ciudadana, pero la que menos practicamos por temor a represalias
o por simple desinterés. Hacemos una denuncia cuando
comunicamos, a la institución cultural responsable, a la
policía o al serenazgo, situaciones o hechos que afectan
y/o dañan nuestro patrimonio.

Si dejamos pasar la oportunidad de denunciar actos
sospechosos, las autoridades correspondientes no podrán
realizar acciones ni encontrar a los responsables de los delitos.

2.1.3.- LA CONSULTA

Además de la denuncia, podemos realizar consultas y
formular preguntas vinculadas al patrimonio cultural de nuestra
comunidad porque nos interesa, nos preocupa o, simplemente, por
curiosidad. Por necesidad de saber algo más sobre nuestro
patrimonio.

  • LA ACCIÓN

Mediante nuestra acción rápida, directa y
decidida podemos participar en la conservación y defensa
de nuestro patrimonio cultural. Podemos realizar diversas
acciones.

Como:

  • Tomar parte en una jornada de recojo de basura en un sitio
    arqueológico de la comunidad.

  • Orientar al público en un museo.

  • Apoyar las labores de inventario y registro del INC de la
    localidad.

Respetar siempre las normas y señales
para la buena conservación de nuestro patrimonio: no
trepar a los muros arqueológicos para evitar las acciones
negativas y cualquier otro daño
posible.

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2.1.5.- MAYORDOMÍAS

Refleja el verdadero espíritu de trabajo
comunitario y colectivo de los antiguos habitantes de nuestro
país, basado en el principio de reciprocidad, presente en
casi toda la vida comunal del Perú. Este trabajo colectivo
se expresa de diversas maneras a lo largo de nuestro
territorio.

2.1.6.- PATRONATOS CULTURALES

Se trata de asociaciones de carácter privado, que
pueden formarse al interior de una institución o fuera de
ella, por iniciativa de personas y/o entidades, para colaborar,
asesorar o vigilar que una organización determinada cumpla con sus
funciones.

2.1.7.- ASOCIACIONES DE DEFENSA

Al igual que los patronatos, las asociaciones de defensa
también son de carácter privado porque no
pertenecen al Estado y están formadas por grupos de
personas que se unen porque tienen el mismo interés,
preocupación o inquietud y buscan lograr un fin
común.

Se trata de asociaciones sin fines de lucro y de servicio a la
comunidad. Las asociaciones pueden ser de distinto tipo:
educativas, sociales, científicas, culturales y
deportivas.

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2.1.8.- DEFENSORES DEL PATRIMONIO CULTURAL

Se trata de un programa de
voluntariado que el Instituto Nacional de Cultura en coordinación con la Municipalidades,
Asociaciones Comunales, Culturales, la Iglesia y
otras desarrollarán como una estrategia de
participación ciudadana, para fomentar el interés
de jóvenes y adultos por la apropiación social del
patrimonio cultural de la comunidad.

2.2.- ACCIONES PARTICIPADAS POR LOS
CIUDADANOS

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  • Los ciudadanos participan en las vacunaciones para
    prevenir

Enfermedades para
la salud.

  • Participan en la OMPE para elegir nuestro candidato en el
    Perú.

  • Participan campañas de salud contra el
    cáncer

  • Participan en los censos actuales para saber cuantos
    números de habitantes.

  • Participación de los artistas mediante sus
    conciertos para los damnificados.

  • Participan en orientación de la anorexia.

  • Reuniones informativas.

  • Consultas públicas.

  • Talleres de validación técnica.

  • Examen general para los profesores.

  • Participación infante –juvenil.

  • Vocales de control y vigilancia.

  • Comité del comedor popular y vaso de leche

  • Participación de mejoramiento ecológico.

  • Participación educativa, cultura y deportiva.

  • Participación de los derechos humanos

  • Participación patronal de la virgen.

  • Participación por el Día de la Madre.

  • Participación navideña, y otras
    participaciones mas

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2.3.- DERECHOS CIUDADANOS:

LEY DE LOS DERECHOS DE PARTICIPACION Y CONTROL
CIUDADANOS

Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos
públicos como:

  • Referéndum

  • Iniciativa Legislativa

  • Remoción o revocación de autoridades

  • Demanda de rendición de cuentas

  • Elegir y ser elegidos

  • El gobierno Municipal

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2.3.1.- REFERENDUM:

"El Referéndum es el derecho de los ciudadanos para
pronunciarse conforme a la Constitución en los temas
normativos que se le consultan."(El peruano)

El Referéndum puede ser solicitado por un número
de ciudadanos no menor al 10 por ciento del electorado nacional.
Procede el Referéndum en los siguientes casos:

  • a) La reforma total y parcial de la
    Constitución, de acuerdo al Artículo 206º
    de la misma.

  • b) Para la aprobación de leyes, normas
    regionales de carácter general y ordenanzas
    municipales.

  • c) Para la desaprobación de leyes, decretos
    legislativos y decretos de urgencia, así como de las
    normas que se refiere al inciso anterior.

  • d) En las materias a que se refiere el articulo
    190º de la Constitución, según ley
    especial.

2.3.2.- INICIATIVA LEGISLATIVA:

La iniciativa legislativa de uno o mas proyectos de ley,
acompañada por las firmas comprobadas de no menos del cero
punto tres por ciento (0.3%) de la población electoral
nacional, recibe preferencia en el tramite del Congreso. El
Congreso ordena su publicación en el diario oficial.

2.3.3.- REMOCIÓN O REVOCACIÓN DE
AUTORIDADES:

La Revocatoria es
el derecho que tiene la ciudadanía para destituir de sus
cargos a:

  • a) Alcaldes y Regidores

  • b) Autoridades regionales que provengan de
    elección popular.

  • c) Magistrados que provengan de elección
    popular.

Los ciudadanos tienen derecho de revocar a las autoridades
elegidas. No procede la revocatoria durante el primero y el
último año de su mandato salvo el caso de
magistrados.

La solicitud de revocatoria se refiere a una autoridad en
particular, es fundamentada y no requiere ser probada.

2.3.4.- DEMANDA DE
RENDICION DE CUENTAS:

Mediante la Rendición de Cuentas el ciudadano tiene el
derecho de interpelar a las autoridades respecto a la
ejecución presupuestal y el uso de recursos propios. La
autoridad esta obligada a dar respuesta. Son susceptibles de esta
demanda quienes ocupan cargos sujetos a revocatoria y
remoción.

2.3.5.- ELEGIR Y SER ELEGIDOS:

Tienen el derecho a ser elegidos como representantes de su
localidad y de la misma forma la facultad de elegir a sus
gobernantes y autoridades.

Los miembros de la FF. AA. Y PNP en actividad no pueden elegir
ni ser elegidos.

2.3.6.- DEBERES CIUDADANOS:

  • Honrar a la patria y proteger los intereses nacionales,
    cada ciudadano debe contribuir con su desarrollo.

  • Defender la Constitución y sus leyes, las mismas
    que deben ser cumplidas por todos porque garantizan la
    tranquilidad y el orden necesario.

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2.4.- LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
PERÚ

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Art. 199 de la Constitución política del
Perú:

Los gobiernos regionales y locales formulan sus presupuestos
con la participación de la población y rinden
cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad,
conforme a la ley.

Ley Nº 27783 de bases de la centralización (Art. 12°)

Ley Nº 27972.ley orgánica de
municipalidades y normas complementarias. Arts. 111°
-222°.

Ley Nº 26300, ley de los derechos de
participación Y control ciudadana.

Ley N°26806, ley transparencia y acceso a la
información publica su reglamento y modificaciones.

Ley Nº 20301, ley de aplicación de habeas
data.

Ley Nº 28056 ley marco de prosupuesto
participativo y DS Nº 171 -2003 –EF reglamento de la
ley 28056 – (Art. 9°)

Instructivo N°001 – 2005 – RF / 76.01 del RD
Nº 010 -2004 EF

Referencias
Bibliográficas

WEB:

  • www.mimdes.gob.pe

  • www.oeiperu.org

 

 

 

 

Autor:

Sharon Mejía Villanueva

DERECHO

2007

Partes: 1, 2
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