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Casos de toma de decisiones (página 2)




Enviado por Arturo Clery



Partes: 1, 2

2. Pagaré.Es un instrumento negociable el
cual es una "promesa" incondicional por escrito, dirigida de una
persona a
otra, firmada por el formulante del pagaré,
comprometiéndose a pagar a su presentación, o en
una fecha fija o tiempo futuro
determinable, cierta cantidad de dinero en
unión de sus intereses a una tasa especificada  a la
orden y al portador. Los pagarés se derivan de la
venta de
mercancía, de préstamos en efectivo, o de la
conversión de una cuenta corriente. La mayor parte de los
pagarés llevan intereses el cual se convierte en un gasto
para el girador y un ingreso para el beneficiario. Los
instrumentos negociables son pagaderos a su vencimiento,
de todos modos, a veces no es posible cobrar un instrumento a su
vencimiento, o puede surgir algún obstáculo que
requiera acción
legal. Es pagadero en efectivo, hay alta  seguridad de pago
al momento de realizar alguna operación comercial. Puede
surgir algún incumplimiento en el pago  que requiera
acción legal. Los pagarés se derivan de la venta de
mercancía, de préstamos en efectivo, o de la
conversión de una cuenta corriente. Dicho documento debe
contener ciertos elementos de negociabilidad entre los que
destaca que: Debe ser por escrito y estar firmado por el girador;
Debe contener una orden incondicional de pagar cierta cantidad en
efectivo estableciéndose también la cuota de
interés
que se carga por la extensión del crédito
por cierto tiempo. El interés para fines de conveniencia
en las operaciones
comerciales se calculan, por lo general, en base a 360
días por año; debe ser pagadero a favor de una
persona designada, puede estar hecho al portador; Debe ser
pagadero a su presentación o en cierto tiempo fijo y
futuro determinable. Cuando un pagaré no es pagado a su
vencimiento y es protestado, el tenedor del mismo debe preparar
un certificado de protesto y un aviso de protesto.

  • 3. Papeles Comerciales.

Es una Fuente de Financiamiento
a Corto Plazo que consiste en los pagarés no garantizados
de grandes e importantes empresas que
adquieren los bancos, las
compañías de seguros, los
fondos de pensiones y algunas empresas industriales que desean
invertir acorto plazo sus recursos
temporales excedentes. Las empresas pueden considerar la
utilización del papel comercial como fuente de recursos a
corto plazo no sólo porque es menos costoso que el
crédito bancario sino también porque
constituye  un complemento de los préstamos 
bancarios usuales. El empleo
juicioso del papel comercial puede ser otra fuente de recursos
cuando los bancos no pueden proporcionarlos en los
períodos de dinero apretado cuando las necesidades exceden
los límites de
financiamiento de los bancos. El Papel comercial es una fuente de
financiamiento menos costosa que el Crédito Bancario.
Sirve para financiar necesidades a corto plazo, por ejemplo el
capital de
trabajo. Las emisiones de Papel Comercial no están
garantizadas. Deben ir acompañados de una línea de
crédito o una carta de
crédito en dificultades de pago. La negociación acarrea un costo por
concepto de
una tasa prima. El papel se puede clasificar como de primera
calidad y de
calidad media. El de primera calidad es el emitido por el
más confiable de todos los clientes
confiables, mientras que el de calidad media es el que emiten los
clientes sólo un poco menos confiables. Esto encierra para
la empresa una
investigación cuidadosa. El vencimiento
medio del papel comercial es de tres a seis meses, aunque en
algunas ocasiones se ofrecen emisiones de nueve meses y a un
año. No se requiere un saldo mínimo. En algunos
casos, la emisión va acompañada por una
línea de crédito o por una carta de crédito,
preparada por el emisor para asegurar a los compradores que, en
caso de dificultades con el pago, podrá respaldar el papel
mediante un convenio de préstamo con el banco. Esto se
exige algunas veces a las empresas de calidad menor cuando venden
papel, y aumentan la tasa de
interés real.

4. Financiamiento por medio de la Cuentas por
Cobrar.

Es aquel en la cual la empresa 
consigue financiar dichas cuentas por
cobrar consiguiendo recursos para invertirlos en ella. Es un
método de
financiamiento que resulta menos costoso y disminuye el riesgo de
incumplimiento. Aporta muchos beneficios que radican en los
costos que la
empresa ahorra al no manejar sus propias operaciones de
crédito. No hay costos de cobranza, puesto que existe un
agente encargado de cobrar las cuentas; no hay costo del
departamento de crédito, como contabilidad y
sueldos, la empresa puede eludir el riesgo de incumplimiento si
decide vender las cuentas sin responsabilidad, aunque esto por lo general
más costoso, y puede obtener recursos con rapidez y
prácticamente sin ningún retraso costo. Es menos
costoso para la empresa. Disminuye el riesgo de incumplimiento.
No hay costo de cobranza. Existe un costo por concepto de
comisión otorgado al agente. Existe la posibilidad de una
intervención legal por incumplimiento del contrato.
Consiste en vender las cuentas por cobrar de la empresa a un
factor (agente de ventas o
comprador de cuentas por cobrar) conforme a un convenio negociado
previamente. Por lo regular se dan instrucciones a los clientes
para que paguen sus cuentas directamente al agente o factor,
quien actúa como departamento de crédito de la
empresa. Cuando recibe el pago, el agente retiene una parte por
concepto de honorarios por sus servicios a un
porcentaje estipulado  y abonar el resto a la cuenta de la
empresa.  La mayoría de las cuentas por cobrar se
adquieren con responsabilidad de la empresa, es decir, que si el
agente no logra cobrar, la empresa tendrá que rembolsar el
importe ya sea mediante el pago en efectivo o reponiendo la
cuenta incobrable por otra más viable.

5. Financiamiento por medio de los Inventarios.

Es aquel en el cual se usa el inventario como
garantía de un préstamo  en que se confiere al
acreedor el derecho de tomar posesión 
garantía en caso de que la empresa deje de cumplir. Es
importante ya que le permite a los directores de la empresa usar
el inventario de la empresa como fuente de recursos, gravando el
inventario como colateral es posible obtener recursos de acuerdo
con las formas específicas de financiamiento usuales, en
estos casos, como son el Depósito, el Almacenamiento,
Garantía Flotante y la Hipoteca. Permite aprovechar una
importante pieza de la empresa como es el Inventario de
Mercancía. Brinda oportunidad a la
organización de hacer más dinámica sus actividades. Le genera un
Costo de Financiamiento al deudor. El deudor corre riesgo de
perder el Inventario dado en garantía en caso de no
poder cancelar
el contrato. Por lo general al momento de hacerse la
negociación, se exige que los artículos sean
duraderos, identificables y susceptibles de ser vendidos al
precio que
prevalezca en el Mercado. El
acreedor debe tener derecho legal sobre los artículos, de
manera que si se hace necesario tomar posesión de ellos el
acto no sea materia de
controversia. El gravamen que se constituye sobre el inventario
se debe formalizar mediante alguna clase de
convenio que pruebe la existencia del colateral. El que se
celebra con el banco específica no sólo la
garantía sino también los derechos del banco y las
obligaciones
del beneficiario, entre otras cosas. Los directores
firmarán esta clase de convenios en nombre de su empresa
cuando se den garantías tales como el
inventarío.

Además del convenio de garantía, se
podrán encontrar otros documentos
probatorios entre los cuales se pueden citar el Recibo en
Custodia y el Almacenamiento. Ahora bien, cualquiera que sea el
tipo de convenio que se celebre, para le empresa se
generará un Costo de Financiamiento que comprende algo
más que los intereses por el préstamo, aunque
éste es el gasto principal. A la empresa le toca absorber
los cargos por servicio de
mantenimiento
del Inventario, que pueden incluir almacenamiento,
inspección por parte de los representantes del acreedor y
manejo, todo lo cual forma parte de la obligación de la
empresa de conservar el inventario de manera que no disminuya su
valor como
garantía. Normalmente no debe pagar el costo de un
seguro contra
pérdida por incendio o robo.

6. Hipoteca.

Es un traslado condicionado de propiedad que
es otorgado por el prestatario (deudor) al prestamista (acreedor)
a fin de garantiza el pago del préstamo. Es
importante señalar que una hipoteca no es una
obligación a pagar ya que el deudor es el que otorga la
hipoteca y el acreedor es el que la recibe, en caso de que el
prestamista no cancele dicha hipoteca, la misma le será
arrebatada y pasará a manos del prestatario. Vale destacar
que la finalidad de las hipotecas por parte del prestamista es
obtener algún activo fijo, mientras que para el
prestatario es el tener seguridad de pago por medio de dicha
hipoteca así como el obtener ganancia de la misma por
medio de los interese generados.

Para el prestatario le es rentable debido a la posibilidad de
obtener  ganancia por medio de los intereses generados de
dicha operación. Da seguridad al prestatario de no obtener
perdida al otorgar el préstamo. El prestamista tiene la
posibilidad de adquirir un bien. Al prestamista le genera una
obligación ante terceros. Existe riesgo de surgir cierta
intervención legal debido a falta de pago. La hipoteca
confiere al acreedor una participación en el bien. El
acreedor tendría que acudir a la justicia y
lograr que la mercancía se venda por orden de ésta.
Es decir, que el bien no pasa a ser del prestamista hasta que no
haya sido cancelado el préstamo.

7. Acciones.

Las acciones representan la participación patrimonial o
de capital de un
accionista dentro de la organización a la que pertenece. Son
de mucha importancia ya que miden el nivel de
participación y lo que le corresponde a un accionista por
parte de la organización a la que representa, bien sea por
concepto de dividendos, derechos de los accionistas, derechos
preferenciales, etc. Las acciones preferentes dan el
énfasis deseado al ingreso. Las acciones preferentes
son particularmente útiles para las negociaciones de
fusión
y adquisición de empresas. El empleo de las acciones
diluye el control de los
actuales accionistas. El costo de emisión de acciones es
alto. Las emisiones más recientes se venden a
través de un suscriptor, el método utilizado para
vender las nuevas emisiones de acciones es el derecho de
suscripción el cual se hace por medio de un corredor de
inversiones.
Después de haber vendido las acciones, la empresa
tendrá que cuidar su valor y considerar operaciones tales
como el aumento o disminución del número de
acciones, el listado y la recompra.

8. Bonos.

Es un instrumento escrito en la forma de una promesa
incondicional, certificada, en la cual el prestatario promete
pagar una suma especificada en una futura fecha determinada, en
unión a los intereses a una tasa determinada y en fechas
determinadas.Cuando una sociedad
anónima tiene necesidad de fondos adicionales a largo
plazo se ve en el caso de tener que decidir entre la
emisión de acciones adicionales del capital o de obtener
préstamo expidiendo evidencia del adeudo en la forma de
bonos. La emisión de bonos puede ser ventajosa si los
actuales accionistas prefieren no compartir su propiedad y las
utilidades de la empresa con nuevos accionistas. El derecho de
emitir bonos se deriva de la facultad para tomar dinero prestado
que la ley otorga a las
sociedades
anónimas. El tenedor de un bono es un acreedor; un
accionista es un propietario. Debido a que la mayor parte de los
bonos tienen que estar respaldados por activos fijos
tangibles de la empresa emisora, el propietario de un bono
posiblemente goce de mayor protección a su inversión, el tipo de interés que se
paga sobre los bonos es, por lo general, inferior a la tasa de
dividendos que reciben las acciones de una empresa. Los
bonos son fáciles de vender ya que sus costos son menores.
El empleo de los bonos no diluye el control de los actuales
accionistas. Mejoran la liquidez y la situación de capital
de trabajo de la
empresa. La empresa debe ser cuidadosa al momento de invertir
dentro de este mercado. Cada emisión de bonos está
asegurada por una hipoteca conocida como "Escritura de
Fideicomiso". El tenedor del bono recibe una
reclamación o gravamen en contra de la propiedad que ha
sido ofrecida como seguridad para el préstamo. Si el
préstamo no es cubierto por el prestatario, la
organización que el fideicomiso puede iniciar
acción legal a fin de que se saque a remate la propiedad
hipotecada y el valor obtenido de la venta sea aplicada al pago
del adeudo. Al momento de hacerse los arreglos para la
expedición e bonos, la empresa prestataria no conoce los
nombres de los futuros propietarios de los bonos debido a que
éstos serán emitidos por medio de un banco y pueden
ser transferidos, más adelante, de mano en mano. En
consecuencia la escritura de fideicomiso de estos bonos no puede
mencionar a los acreedores, como se hace cuando se trata de una
hipoteca directa entre dos personas. La empresa prestataria
escoge como representantes de los futuros propietarios de bonos a
un banco o una organización financiera para hacerse cargo
del fideicomiso. La escritura de fideicomiso transfiere
condicionalmente el titulo sobre la propiedad hipotecada al
fideicomisario. Por otra parte, los egresos por intereses
sobre un bono son cargos fijos el prestatario que deben ser
cubiertos a su vencimiento si es que se desea evitar una posible
cancelación anticipada del préstamo. Los intereses
sobre los bonos tienen que pagarse a las fechas
especificadas  en los contratos; los
dividendos sobre acciones se declaran a discreción del
consejo directivo de la empresa. Por lo tanto, cuando una empresa
expide bonos debe estar bien segura de que el uso del dinero
tomado en préstamo resultará en una en una utilidad neta que
sea superior al costo de los intereses del propio
préstamo.

9. Arrendamiento
Financiero.

Es un contrato que se negocia entre el propietario de los
bienes(acreedor) y la empresa (arrendatario) a la
cual se le permite el uso de esos bienes durante un
período determinado y mediante el pago de una renta
específica, sus estipulaciones pueden variar según
la situación y las necesidades de cada una de las partes.
La importancia del arrendamiento
es la flexibilidad que presta para la empresa ya que no se
limitan sus posibilidades de adoptar un cambio de
planes inmediato o de emprender una acción no prevista con
el fin de aprovechar una buena oportunidad o de ajustarse a los
cambios que ocurran e el medio de la operación.El
arrendamiento se presta al financiamiento por partes, lo que
permite a la empresa recurrir a este medio para adquirir
pequeños activos. Por otra
parte, los pagos de arrendamiento son deducibles del impuesto como
gasto de operación, por lo tanto la empresa tiene mayor
deducción fiscal cuando
toma el arrendamiento.   Para la empresa marginal el
arrendamiento es la única forma de financiar la
adquisición de activo. El riesgo se reduce porque la
propiedad queda con el arrendado, y éste puede estar
dispuesto a operar cuando otros acreedores rehúsan a
financiar la empresa. Esto facilita considerablemente la
reorganización de la empresa. Es en financiamiento
bastante flexible para las empresas debido a las oportunidades
que ofrece. Evita riesgo de una rápida obsolescencia
para la empresa ya que el activo no pertenece a ella. Los
arrendamientos dan oportunidades a las empresas pequeñas
en caso de quiebra. Un
contrato de arrendamiento obliga una tasa costo por concepto de
intereses. La principal desventaja del arrendamiento es que
resulta más costoso que la compra de activo. Consiste
en dar un préstamo a plazo con pagos periódicos
obligatorios que se efectúan en el transcurso de un plazo
determinado, generalmente igual o menor que la vida estimada del
activo arrendado. El arrendatario (la empresa) pierde el derecho
sobre el valor de rescate del activo (que conservará en
cambio cuando lo haya comprado).

  

La mayoría de los arrendamientos son incancelables, lo
cual significa que la empresa está obligada a continuar
con los pagos que se acuerden aún cuando abandone el
activo por no necesitarlo más. En todo caso, un
arrendamiento no cancelable es tan obligatorio para la empresa
como los pagos de los intereses que se compromete. Una
característica distintiva del arrendamiento
financiero es que la empresa (arrendatario) conviene en
conservar el activo aunque la propiedad del mismo corresponda al
arrendador. Mientras dure el arrendamiento, el importe total
de los pagos excederá al precio original de compra, porque
la renta no sólo debe restituir el desembolso original del
arrendador, sino también producir intereses por los
recursos que se comprometen durante la vida del activo.

3.- Informe todas
las obligaciones tributarias que implica el negocio de un
casino.

Los Arts. 91 y 92 del Reglamento General de Actividades
Turísticas, Registro Oficial
726, 16/12/2002, autoriza su funcionamiento exclusivo en hoteles de lujo. Existen además
otras normativas vigentes desde 1938 como el Decreto Supremo 130,
artículo 313: "quedan prohibidos los juegos de azar
(.) reprimidos con prisión de tres a seis meses y multa
.". Art. 622: "siempre que llegare a conocimiento
del Intendente u otra de las autoridades de policía que se
trate de cometer o que se está perpetrando un delito o
contravención, tomarán las medidas adecuadas y
oportunas para impedir la realización del hecho penal, o
su continuación."

Esto es, el funcionamiento de establecimientos o locales en
donde se practiquen juegos de azar y operen máquinas
tragamonedas sin contar con los registros y
licencias de funcionamiento respectivos, que constituyen delitos de
acción pública, pues no son considerados actividad
turística. 

Decreto Ejecutivo No. 355, R.O. 077, 08/08/2005 reforma al
Reglamento de Aplicación de la Ley de Turismo: "El Ministerio de
Turismo autorizará, supervisará y controlará
de manera privativa el funcionamiento de los establecimientos
autorizados para la práctica de juegos de azar (.) El
Ministerio de Gobierno y
Policía ordenará la clausura de aquellos locales en
los que se practiquen juegos de azar y operen máquinas
tragamonedas sin contar con los registros y licencias
respectivas, los cuales no podrán suplirse con
ningún otro instrumento." 

Reglamento General de Actividades Turísticas, Arts. 91
y 92, R.O. 726, 16/12/2002: "Las máquinas tragamonedas no
podrán funcionar dentro de establecimientos distintos a
los casinos. No se autorizará su instalación en
locales comerciales o como servicios complementarios de bares,
restaurantes, discotecas, salas de baile, bingos, alojamientos y
demás actividades turísticas y conexas."(.) "Los
casinos solo podrán funcionar en hoteles""

El referido reglamento en su disposición transitoria
3era. Dispone para el control: "El Ministerio de Gobierno y
Policía impedirá, de conformidad con la Ley, el
funcionamiento de casinos, salas de juego y
máquinas tragamonedas que no cuenten con los permisos
correspondientes" 

El Acuerdo Ministerial No. 145, R.O. 613, 08/07/2002 de los
Ministerios de
Gobierno, Educación y Turismo
acuerda: "Art. 1.- Prohíbase la instalación de
juegos de azar o suerte en los que se arriesgue dinero o algo que
lo valga (.) en los locales distintos a los casinos que funcionan
en hoteles registrados en el Ministerio de Turismo "Art. 2.-
Dispóngase la clausura inmediata de los establecimientos
que tengan máquinas tragamonedas en locales abiertos al
público, distintos de los casinos (.) las clausuras las
ejecutarán las Intendencias Generales de Policía a
pedido del Ministerio de Turismo." 

Finalmente, y ante la serie de amparos constitucionales
obtenidos por las empresas y negocios
dedicados a esta actividad ilegal el Procurador General del
Estado
corroboró estos criterios legales mediante oficio No.
030213 del 21/12/2006: "el Ministerio de Gobierno ordenará
la clausura de los establecimientos o locales en los que se
practiquen juegos de azar y operen máquinas tragamonedas
sin contar con los registros y licencias de funcionamiento"."No
es obligatorio para la Administración
Pública el cumplimiento de amparos constitucionales de
los cuales no ha sido parte y que por ende no le han sido
notificados vulnerando así el debido proceso".
"Tampoco es obligatorio para la
Administración Pública acatar alcances a las
resoluciones de amparo
constitucional, que dictan normas de
carácter obligatorio y general."

La Asamblea Nacional Constituyente al respecto
promulgó:

  • Que los casinos, salas de juego y otros juegos de azar,
    paguen por IVA una cuota fija mensual establecida en
    consideración a cada mesa o máquina de
    juego.

  • La base imponible sobre la que se calculará y
    cobrará el impuesto por los servicios de casinos,
    salas de juego (bingo-mecánicos) y otros juegos de
    azar, corresponderá al valor de las fichas u otros
    medios utilizados para las apuestas."

  • Están gravados con el impuesto a los consumos
    especiales los siguientes bienes y servicios:

  • Servicios de casinos, salas de juego (bingo –
    mecánicos) y otros juegos de azar 35%.

  • No podrán acogerse al Régimen Simplificado
    (RS) las personas naturales que hayan sido agentes de
    retención de impuestos en los últimos tres
    años o que desarrollen las siguientes actividades:

  • De casinos, bingos y salas de juego;

4.-
¿Informe la forma más recomendable de
contratación del
personal y porque?

Al contratar personal debe
integrar requerimientos que deben satisfacer las personas, para
ocupar los puestos eficientemente. El reemplazo y el puesto de
nueva creación se notificaran a través de una
requisición al departamento de selección de
personal o a la sección encargada de estas funciones,
señalando los motivos que las están ocasionando, la
fecha en que deberá estar cubierto el puesto, el tiempo
por el cual se va a contratar, departamento, horario y sueldo.
Para definir el perfil se pueden elaborar profesiogramas que
consisten en una representación gráfica de los
requisitos o características de un puesto de trabajo,
señalándolos cualitativa y cuantitativamente. El
reclutamiento
es el conjunto de esfuerzos que hace una organización para
atraer, convocar al personal mejor calificado con mayores
posibilidades de integración. Éste debe de ser
rápido y de respuesta rápidas. Algunas herramientas
que se utiliza son las siguientes:

  • Medios de comunicación masivas

  • Bolsas de trabajo

  • Ferias del empleo

  • Agencias de colocación

  • Internet (websites, e-mail)

  • Instituciones educativas

  • familiares o recomendados

  • Puerta a puerta en la calle

  • otras empresas

La selección
es el proceso que trata no solamente de aceptar o rechazar
candidatos si no conocer sus aptitudes y cualidades con objeto de
colocarlo en el puesto más afín a sus
características. Se utilizan:

  • Entrevista inicial

  • Exámenes psicométricos

  • Psicotécnicos y de conocimientos

  • Referencias

  • Examen médico

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En la entrevista
se intercambia información valiosa, se estudia:

SOLICITUD.- Es una herramienta que servirá de base para
todos los demás procesos ya
que sus datos es fuente
de información comparable entre los diferentes
candidatos.

CURRÍCULUM.- Al igual que la solicitud su papel es de
fuente de información en la cual el candidato puede
utilizarlo expresando cada uno de sus logros o experiencias
laborales.

Las pruebas
psicométricas comprenden la aplicación de ciertas
pruebas para tener un marco de referencias sobre el potencial
intelectual y personalidad
del candidato. Algunos tipos son:

  • Pruebas de personalidad.

  • Pruebas de inteligencia

  • Pruebas de intereses.

  • Pruebas de rendimiento.

  • Pruebas de aptitud

La investigación laboral nos
permite predecir el comportamiento
futuro del candidato en el puesto:

  • Investigación de antecedentes de trabajo

  • Investigación de antecedentes penales

  • Investigación de cartas de recomendación

  • Investigación en el domicilio

La contratación es formalizar con apego a la ley la
futura relación de trabajo para garantizar los intereses,
derechos, tanto del trabajador como la empresa. Cuando ya se
aceptaron las partes en necesario integrar su expediente de
trabajo. La contratación se llevará a cabo entre la
organización y el trabajador. La duración del
contrato será por tiempo indeterminado o determinado.
Generara afiliación al IESS.

5.-
¿Indique de qué manera puede crear activos
inmateriales para la empresa o negocio y cómo los
aprovecharía?

Los activos inmateriales comprenden las inversiones en
software
informático que se crean especialmente para casinos, y
otras salas de juegos de azar. Los costes de desarrollo del
software son capitalizados a condición de que satisfagan
ciertos criterios de identificabilidad, que presenten visos de
reportar ventajas económicas futuras y que su coste pueda
ser medido de manera fiable. El software internamente
desarrollado que cumple estas condiciones se contabiliza por su
coste de adquisición menos la depreciación acumulada (amortización lineal en los tres años
siguientes a su terminación).

Las compras de
software se amortizan linealmente sobre su vida estimada (de 2 a
5 años). Por inversión inicial se entiende una
inversión en activos inmateriales relativa a:

  • La creación de un nuevo establecimiento.

  • La ampliación de un establecimiento existente,
    entendiendo por tal las inversiones que impliquen un aumento
    de la capacidad final de producción del servicio de
    entretenimiento, así como la creación de nuevos
    puestos de trabajo y el mantenimiento de los existentes.

  • La diversificación de la producción de
    servicios o máquinas de juegos de un establecimiento,
    para atender mercados de productos nuevos y adicionales.

  • Una transformación fundamental en el proceso global
    de producción de juegos de azar de un establecimiento
    existente, que conlleve la incorporación de
    instalaciones técnicas, bienes de equipo y/o otros
    activos fijos materiales, siempre que la inversión
    subvencionable supere el 150% de la media de la
    dotación para amortizaciones del inmovilizado de la
    empresa. Cuando la inversión se refiera exclusivamente
    a la adquisición de bienes de equipo que supongan una
    mejora del proceso productivo y de servicios, no se
    aplicará el criterio anterior.

Las inversiones inmateriales en el caso de los casinos,
podrá contabilizarse íntegramente en los costes de
inversión en activos inmateriales mediante transferencia
de tecnología a través de la
adquisición de derechos de patente, licencias, know-how o
conocimientos técnicos no patentados.

 

AUTOR:

Ab. Arturo Clery Aguirre

Año 2009

Datos del Autor

EDUCACIÓN FORMAL

DE CUARTO NIVEL:

DE TERCER NIVEL:

  • Ingeniero Comercial.

  • Abogado de los Tribunales y Juzgados de la
    República del Ecuador.

  • Licenciado en Ciencias Sociales y
    Políticas.

  • EJERCICIO PROFESIONAL:

  • Estudio Jurídico ''Clery &
    Asociados''. Asesoramiento legal y judicial.

  • Asesorías varias: Congreso Nacional,
    Municipio y Prefectura.

  • Diputado Parlamentario Andino. Periodo 2003 –
    07.

  • EXPERIENCIA EN PROYECTOS:

Asesorías de creación de escuelas y
especializaciones académicas.

Aplicación y uso del sistema Kamban
para lograr la eficiencia
operativa de la empresa.

La calidad total
como una estrategia
competitiva.

Guía legal básica del administrador
profesional.

Manejo de imagen, publicidad y
asesoramiento de los candidatos en varias campañas
electorales.

Primer censo agro socio económico de las
organizaciones
montubias de la provincia del Guayas registradas y calificadas en
el CODEPMOC

Diagnóstico participativo situacional,
línea de base contextual y análisis cuali-cuantitativo del impacto
social de la transferencia de activos y pasivos del H.C.P.G. a la
jurisdicción y administración del H.C.P.S.E.

  • EXPERIENCIA DOCENTE:

  • Colegio Nacional Mixto "Huancavilca".

  • Unidad Educativa "Santa Mariana de
    Jesús".

  • Universidad Estatal de Guayaquil, Facultad de
    Filosofía, Letras y Ciencias de la
    Educación.

  • Escuela de Comercio Exterior.

  • Escuela de Mercadotecnia y Publicidad.

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