En el campo de la auditoría la noción
de apariencia está presente en toda su normatividad. En las
Normas de Auditoría de
la Organización
Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) se
afirma "Las entidades de fiscalización superior (EFS) deben
ser objetivas y parecerlo" (punto 2.2.40), y en la
Declaración de México sobre Independencia en el Principio
No. 3, dice "Las EFS deben asegurar que su personal no desarrolle una
relación demasiada estrecha con las organizaciones que audita, de
modo de ser y parecer objetivas"; la Government Accountability
Office (GAO) en las Normas de
Auditoría Gubernamental, revisión 2003, capítulo
I, Introducción, establece
"Los auditores también deben ser independientes en los
hechos y en la apariencia".
Y la norma distingue claramente, a la independencia en
dos vertientes "La independencia de hecho (su independencia
mental, que es evidentemente una cuestión relativa al fuero
interno), y la independencia de apariencia (que el público
crea que el profesionista es
independiente)"[1].
De tal forma que el Director del Instituto de Auditores
Censores Jurados de Cuentas de España, señala "Nos
encontramos, entonces, con que la auditoría debe ser la
única profesión que cumpla con la independencia exigida
en la ley y apariencia de independencia
establecida por los legisladores para que la sociedad, en general, tenga
esa percepción"[2], en pocas
palabras, se concibe que no basta que el auditor sea
independiente, sino que el público crea que es
independiente.
Pero creer es dar por cierto una cosa que no está
demostrada, o también, dar completo crédito prestado a un
hecho. La primera acepción linda con la anticiencia, y en
eso caen las afirmaciones no científicas que se hacen sin
conocer la forma de su demostración o cuando se apela al
principio de autoridad intelectual de las
importantes instituciones normativas,
como: la INTOSAI, la Internacional Federation of Accountants
(IFAC), o el Institute of Internal Auditors (IIA) entre otras,
ante la ausencia de validación metodológica. En la
segunda, la palabra crédito proviene de la raíz latina
credo, que significa "yo creo",
de esta palabra se ha derivado el concepto de credibilidad, que se
define como la capacidad de ser creído, y "la credibilidad
se compone de dos dimensiones principales: capacidad de generar
confianza y grado de conocimiento, donde ambas
poseen componentes objetivos y subjetivos. La
capacidad de generar confianza es un juicio de valor que remite al receptor
basado en factores subjetivos" (Wikipedia).
La independencia constituye un pilar fundamental de la
auditoría, y se reconoce como condición necesaria que
garantiza la objetividad e integridad de esta actividad. Esto
representa el pensamiento que ha dominado
nuestra época, sin embargo, problematizar los términos
que se encuentran implícitos pareciera un ejercicio ingenuo
e inútil para la práctica docente, profesional, y de
investigación, dado que
históricamente la auditoría pública o
fiscalización ha sido determinada por la auditoría
privada, es decir, por la auditoría surgida para el sector
privado, y ha marcado una profunda influencia en la visión o
concepción de la auditoría que ha oscilado entre la
apariencia y la verdad, en una distinción donde lo aparente
resulta más importante que la propia realidad, en un reflejo
que expresa "la independencia aunque en realidad exista, si no
parece que existe, no sirve para nada".
El Director del Instituto de Auditores Censores Jurados
de Cuentas de España, lo ejemplifica "Sin temor a estar muy
de la realidad podemos señalar que hay dos tipos de
independencia, una económica formal y otra de pensamiento.
La primera puede medirse y es objeto de normas éticas de
regulaciones en cada país que pueden ser modificadas. La
segunda es, posiblemente, la que nos atañe más
íntimamente , aquel aspecto psicológico que se aprende
a través de la experiencia y que puede realmente, influir en
la actividad profesional en una forma mucho más
significativa que la primera ya que no puede ser vista, se
mantiene escondida y no puede ser
medida"[3].
En forma similar, otro estudio señala la diferencia
entre la independencia real y la aparente "Real: la independencia
real es inobservable y se sitúa en los planteamientos
más personales e internos del auditor, rozando cuestiones
relativas a su posición ante el desarrollo de una
profesión y a su propia concepción de la ética profesional. Pero
¿cómo adentrarnos en las entrañas de los auditores
para conocer si sus actuaciones están respondiendo a
planteamientos éticos?
La respuesta podría ser contundente: es imposible.
Por ello, debemos utilizar algún signo que nos ayude a
mostrar de forma más clara la posición de independencia
del auditor. Dicho signo suele ser la independencia aparente.
Aparente: en ocasiones resulta doloroso para los propios
auditores pedirles que parezcan independientes, pero con ello lo
que se intenta es dar una solución a la propia realidad.
¡No basta con ser independientes hay que parecerlo! Los
signos externos permiten hacer
valoraciones sobre si la independencia del auditor está o no
comprometida"[4].
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