Las comunidades indígenas en el derecho a la propiedad colectiva de las tierras (Venezuela)
- Resumen
- El Problema
- Objetivos-Justificación
- Alcances.
Aportes - Metodología
- Las
comunidades indígenas en Venezuela - El derecho a
la propiedad colectiva de las tierras indígenas en
Venezuela - El
ordenamiento jurídico que le garantiza el derecho a la
propiedad colectiva a las comunidades indígenas en
Venezuela - Conclusiones
y recomendaciones - Materiales
de referencia
LAS COMUNIDADES INDÍGENAS EN EL
DERECHO A LA PROPIEDAD
COLECTIVA DE LAS TIERRAS DENTRO DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO
VENEZOLANO
Resumen
El objetivo
general del presente trabajo fue
analizar el ordenamiento jurídico venezolano sobre el
derecho a la propiedad colectiva de las tierras en las
comunidades indígenas. La realización de esta
investigación estuvo abocada a una
investigación de modalidad
jurídico-dogmática, en la cual se estudió la
problemática relacionándola con el ordenamiento
jurídico, a través del empleo de
fuentes
bibliográficas. De esta forma se indagaron los
antecedentes históricos de las comunidades
indígenas que existen en Venezuela,
así como los derechos constitucionales
que corresponden a estas etnias. Igualmente, se abordó el
derecho a la propiedad colectiva de las tierras indígenas
en Venezuela, presentando información teórica y legal sobre el
derecho a la propiedad, y la expropiación por causa de
utilidad
pública y social.
También se consultó el ordenamiento
jurídico que le garantiza el derecho a la propiedad
colectiva a las comunidades indígenas en Venezuela,
mencionando las garantías constitucionales y los
instrumentos legales que favorecen este derecho. Se
concluyó que el derecho a la propiedad colectiva de las
tierras indígenas se vincula con el derecho
consuetudinario indígena, el que a su vez se relaciona con
el derecho de autodeterminación, que implica decidir sobre
su forma social y cultural.
Se recomendó ampliar el marco legal y
jurídico expuesto en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, la creación
de un ente ministerial indígena, y dar mayor
difusión al cuerpo legal que existe
actualmente.
INTRODUCCIÓN
En la actualidad, Venezuela transita por un proceso
profundo de transformación y cambio en su
estructura
social, económica, política e
institucional de grandes magnitudes, contando para ello con un
marco constitucional que garantiza el pleno respeto de los
principios y
derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas.
Dentro de estos derechos fundamentales, se encuentra el derecho a
la propiedad colectiva de las tierras por parte de las
comunidades indígenas, que es garantizado por el
ordenamiento jurídico venezolano en relación a la
existencia de los pueblos indígenas y su
vinculación con la integridad de sus hábitat, planteándose así el
reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas como
titulares de sus hábitat y como personas jurídicas
de derecho
público, a fin de darles mayor protección y
garantizar la continuidad de su existencia.
El
Problema
A
través de la historia se han emprendido
innumerables esfuerzos por estudiar las razas humanas, sus
caracteres físicos, costumbres, hábitos de vida,
rasgos somáticos y psíquicos, el entorno ambiental
y los rasgos culturales que la conforman como unidad racial
así como la distribución de estas unidades sobre
la
tierra.
De igual manera, el estudio del hombre como
unidad racial ha dado origen a diversos documentos,
tratados,
normativas que pretenden destacar su importancia e igualdad ante
las leyes y
demás instrumentos jurídicos, asimismo, en lo
relacionado con sus derechos y privilegios establecidos en los
preceptos constitucionales. En tal sentido, la
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela (1999), en el Título I, De los Principios
Fundamentales, Artículo 2, expone:
Venezuela se constituye en un Estado
democrático y social de Derecho y de Justicia, que
propugna como valores
superiores de su ordenamiento jurídico y de su
actuación, la vida, la libertad, la
justicia, la igualdad, la solidaridad, la
democracia, la
responsabilidad
social y en general, la preeminencia de los derechos humanos,
la ética y
el pluralismo político (p. 2).
Dentro de este orden de ideas, la igualdad de la persona humana
ante las leyes y garantías constitucionales se constituye
en el eje fundamental de todo ordenamiento jurídico,
aspectos que incluyen también de manera directa a las
comunidades indígenas y a su valoración en la
dinámica sociocultural y política
existente a través del tiempo.
Desde la perspectiva más general, al pretender
establecer una escala de
valoración de las culturas indígenas no puede
obviarse que desde el punto de vista cultural las comunidades del
continente presentaron diversos grados de desarrollo,
desde las primitivas, formadas por cazadores y recolectores,
hasta las más avanzadas, representadas por las altas
culturas del Centro y Sudamérica.
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