El discurso de la "Iglesia Oración Fuerte al Espíritu Santo" a la luz del análisis del discurso de Teun Van Dijk (página 2)
Este análisis nos habla de las diferentes formas
de cómo algunos filósofos, veían las religiones de
esa época y cómo ellos introdujeron algunos cambios
en estas doctrinas.
El primero que planteó una nueva interpretación de la religión, fue el
monje Martín Lutero que en 1517 insertó en la
Iglesia de
Wittenberg, en Alemania, su
tesis sobre el
pecado y el
arrepentimiento, en las que se enfrentaba al uso de las
indulgencias y privilegios papales, que liberaban de obligaciones
religiosas o perdonaban pecados a aquellas personas que pudiesen
pagarlas.
En 1520, la Iglesia Católica decretó su
excomunión, un castigo que consistía en negarle la
comunión, lo que equivalía a expulsarlo de la
comunidad
cristiana. Muchos gobernantes alemanes, cansados de las
imposiciones papales y del poder de la
iglesia, se convirtieron al luteranismo. Cuando protestaron
porque se les quería obligar a mantener el culto
católico en los territorios que gobernaban, se les
llamó "protestantes".
Algunas de las reformas que Lutero planteó en
1517 decían:
1. Cuando nuestro señor y maestro Jesucristo
dijo: "haced penitencia", quería que la vida entera de los
fieles fuese penitencia.
2. El Papa no quiere ni puede remitir pena alguna,
a excepción de las que han sido impuestas por su
voluntad.
3. El ganar de verdad las indulgencias es tan
raro, es decir, tan rarísimo, como dar con una persona
verdaderamente arrepentida.
4. Hay que desconfiar mucho de quienes afirman que esas
indulgencias del Papa son un inestimable don divino, en virtud
del cual el hombre se
reconcilia con Dios.
5. En cambio,
afirmamos que las indulgencias papales no pueden quitar la culpa
del más mínimo pecado venial.
6. ¿Por qué el Papa no libera a todas las
almas del purgatorio impulsado por su amor divino y
compadecido de las penas de aquellas almas, es decir, impulsado
por una razón importante y no por la razón
fútil de construirse una basílica con el dinero que
obtiene?
Las críticas de Lutero hacia la religión
católica se centraban, sobre todo, en la jerarquía
eclesial, que consideraba que se enriquecía
aprovechándose de la fe, la angustia y mala conciencia de los
fieles. Para Lutero el Papa era un hombre como
cualquier otro, sin capacidad para cambiar los designios divinos,
por lo que las indulgencias, que hace la Iglesia de las penas
debidas por los pecados, eran inútiles.
Referencia:
pe.kalipedia.com/religión-cultura/tema/religiones–libro/promotores-reforma-lutero-calvino.html.
1.1.2. Juan Calvino.
Al igual que Martín Lutero, Juan Calvino es
considerado el teólogo más eminente de la reforma
protestante. Con un poco más de veinte años
adoptó los puntos de vista que movieron a Lutero a iniciar
la Reforma Protestante del siglo XVI. La negación de la
autoridad
papal, el énfasis en la Palabra de Dios como única
norma de fe, vida y conducta de la
Iglesia, además del principio de que la salvación
es por Gracia, no a través de las obras.
Calvino, acentúa el manifiesto contraste entre el
poder total de Dios y la pequeñez del hombre, perdido por
el pecado y sin posibilidad de salvación por medios y
voluntad propia. A partir de 1541, le sucedió Juan Calvino
(1509-1564), mucho más radical que Lutero, ya que en 1539
había rechazado el valor de los
concilios y del papado y había roto con el catolicismo
definitivamente.
Calvino fue un teólogo francés que en 1533
se hizo seguidor de la Reforma. Defendió un
protestantismo caracterizado por la exigencia de un gran rigor a
sus seguidores y por la importancia que le daba a la
predestinación. Según sus ideas, podía
salvarse quien Dios quisiera. Pero todo aquel que ajustaba su
vida a las enseñanzas del evangelio, por medio del
trabajo y el
esfuerzo, demostraba estar en el camino de la salvación.
La riqueza que provenía del trabajo constante y el
ahorro se
veía como un don de Dios.
En 1536 se estableció en Ginebra, de donde fue
desterrado en 1538 tras unas votaciones populares que proclamaron
vencedores a sus adversarios. Volvió a la ciudad en el
año 1541, aplicando al sistema de
gobierno su
particular visión del cristianismo,
y obligó por la fuerza a los
ginebrinos a convertirse al calvinismo, abandonando las
prácticas católicas.
Finalmente Juan Calvino, fue el pensador fundamental de
la generación de las reformas religiosas posterior a
Lutero. Contribuyó a establecer una nueva forma de
gobernar a la iglesia, otorgó el poder a las comunidades
individuales de creyentes. Calvino amplió y refinó
su doctrina teológica.
Referencia: KISHLANSKY, Mark A.
Fuentes de la
Historia
Universal, (Reforma del Cristianismo). México D.
F: Thompson, 2001
1.1.3. Erasmo de Rotterdam.
Como ha sucedido siempre en el mundo, las personas que
se atreven a pensar o que ven la vida diferente y de otra forma
han sido considerados "locos", por el resto de la sociedad;
así sucedió con Erasmo de Rotterdam, que
decía: "El camino hacia Dios ha de hacerse por vía
de la interiorización. Lo institucional de nada sirve si
el hombre no examina su propia conciencia y hace uso de su
libertad y de
una auténtica fe. Utilizando los pares platónicos,
visible/invisible o carne/espíritu, Erasmo identifica el
ceremonial de la iglesia con el ámbito de la apariencia e
irrealidad".
"La Iglesia y sus instituciones
y su anticuado método
escolástico. Están bajo el gobierno de la Locura
porque se han apartado de la verdadera fuente de la
religión: (el cristianismo primitivo). Se debe huir del
mundo de las apariencias,
de ese teatro de la
inautenticidad y recobrar la espiritualidad original a
través de una sincera vivencia individual. El pasado es
considerado como un motor de
renovación porque nos permite volver sobre nuestros pasos
hacia ese punto de la historia donde se
pervirtió el verdadero sentido del cristianismo y
comenzó la decadencia de la cultura".
Erasmo fue un escritor enormemente original que puso su
ingenio y la perspicacia lúcida e irónica de su
pluma al servicio de
una reforma de la Iglesia y de la sociedad que permitiera una
vuelta al auténtico espíritu del cristianismo,
perdido en abstractos formalismos escolásticos y
degenerados por las corruptas instituciones y ritualismos
eclesiásticos.
Este filósofo se propone hacer una
exégesis de la Biblia que concilie la cultura con el
cristianismo. En 1516 publica una obra que tendrá una
amplia repercusión en los círculos reformistas: una
nueva edición
de los Nuevos Testamentos que, utilizando los métodos
filológicos propios del humanismo,
descalificará la utilizada oficialmente por la Iglesia.
Para Erasmo, aunque la Gracia es la primera causa para la
salvación humana, también las obras ayudan al
hombre a merecerla. La responsabilidad personal es
necesaria para que el hombre no se convierta en un ser negligente
e impío.
Referencia:
www.cibernous.com.autores/erasmo/teoria.html
1.2. LIBRO EL PROBLEMA DE LA RELIGIÓN
CRISTIANA
En este libro, el autor realizó un
análisis profundo a la religión cristiana, donde se
dan a conocer algunas inconsistencias negativas, que han ocurrido
en esta doctrina a través de los años, de igual
manera se muestra la fuerte
influencia que la religión ha tenido en todos los campos
sociales y culturales de las personas.
Tolín Reyes, el autor de esta obra nos
dice: "para muchas personas las creencias son la fuente,
el poder y la riqueza. No hay
un pueblo en el planeta que no lleve una religión,
costumbre o idiosincrasia que no afecte de manera positiva o
negativa a los integrantes que la conforman". La situación
o el dilema que nos plantea Reyes es algo que nadie puede negar
ni contradecir; la práctica de la vida religiosa en los
pueblos cristianos se hace cada vez más notoria. Los
padres muestran a los hijos la entrega y la devoción a una
determinada creencia que siempre termina en un fin que suele
transformar la vida del ser humano.
La religión para la mayoría de los
individuos, es la salvación basada en
méritos, que produce un cristianismo individualista
y espiritualizado, no espiritual. Hay un sentido de falsa
comunidad porque aunque la iglesia o grupo
cristiano se considera una comunidad de los que hacen y creen "lo
correcto" frente a la sociedad u otros grupos que "no
están en lo correcto". Todos estos grupos aparentan
vivir vidas perfectas, ocultan sus debilidades por miedo a que
los excomulguen, es una vida llena de temor, regateo con Dios
para que no los castigue por no dar la talla, ritualismo y
apariencias externas, mandamientos humanos como que las mujeres
usen el largo de la falda debajo de las rodillas, no se
maquillen, etc. No hay una verdadera comunidad religiosa, sino
una falsa y errada creencia de lo que es la verdadera
religión.
Reyes, asegura que: "las iglesias cristianas, así
como otras juegan un papel importante en la vida del
hombre actual. No es que
se ponga en duda la fe y los milagros que de ella se
muestran. El
asunto es cuando se enraíza tanto un modelo o estilo de vida que no es
posible determinar, qué es verdadera devoción de fe
y qué es fanatismo".
Referencia:
REYES, Tolin. El
Problema de la Religión Cristiana. www.monografias.comitrabajos27/religion-cristiana.shtml.
Colombia,
1997
1.3. LIBRO ESCRITOS
ESCOGIDOS DE BLAISE PASCAL
Los nuevos pensamientos de la verdadera religión
cristiana tienen sus raíces en Blaise Pascal. él
es, quien identifica el designio como factor fundamental de la
razón, que conlleva a la confusión sobrenatural
sobre la existencia de Dios. Por tanto, una persona que se
enriquezca espiritualmente puede alcanzar la sabiduría, en
cambio, el incrédulo puede considerarse como débil
y de poca fe, debido a los sentidos que
hacen ver al sujeto una porfía, es decir, una
obstinación de alcanzar la sabiduría.
Pascal decía: "Si Dios no existe, uno no pierde
nada por creer en él; en cambio, si existe, uno lo pierde
todo por no haber creído en él". Pascal estaba
convencido de que la Razón por sí misma no daba
respuestas satisfactorias y que sólo mediante una
reflexión entre la Razón y el Corazón se
podía alcanzar. Una certeza acerca de Dios, del
significado de la vida y de los planteamientos éticos.
él pensaba que frente a estos interrogantes había
tres tipos de personas que eran:
1. "Quienes han buscado a Dios y lo han
encontrado".
2. "Quienes no lo conocen pero que lo buscan con todo su
corazón".
3. "Y aquellos que no lo conocen y que no les interesa
conocerlo".
Según Pascal: "El primer grupo era feliz y
razonable; el segundo, infeliz pero razonable, y el tercero,
infeliz e irrazonable". Consideraba que la consciencia de los
propios límites,
del dolor y de la insuficiencia son los signos de la
nobleza humana. Ellos son el testimonio de que el hombre es un
"gran señor" caído y que el actual estado de
miseria es la consecuencia del pecado del primer
hombre.
Creía que la verdad cristiana puede esclarecer y
rescatar al hombre en su singularidad, porque el hombre no es
sólo razón, no es reducible a un concepto claro y
determinado, sino que es también corazón y
sentimiento, un enigma que reclama el misterio de la
fe.
Referencia: CALLOIS Roger. Escritos
Escogidos de Pascal y Bossuet. México. D. F: W.M Jackson
inc, 1963
html.monografías.com/clasicismo-franceshtml.
2.
NORMATIVIDAD
2.1. LEGISLACIÓN
SOBRE LA LIBERTAD DE CULTOS
En Colombia la libertad de cultos procede a partir de la
constitución Política de 1886, sin
embargo, en años anteriores, más exactamente en
1827 el General Francisco de Paula Santander vincula en todos los
colegios la cátedra del Protestantismo, con el fin de que
los estudiantes conozcan otra forma de practicar creencias y
credos.
Durante el siglo XX, las diferentes reformas
constitucionales, que se llevaron a cabo siempre dejaron en claro
que en Colombia, no sólo debe existir la religión
católica, sino que diferentes sectas pueden entrar al
país y promover sus cultos que por ese entonces en su
mayoría optaron. En consecuencia, hacia los años 50
llega la Pentecostal Cuadrangular y Unida de Colombia.
Pese a la violencia y la
inmigración de campesinos hacia las
ciudades durante los años 70 y 80, trajo como resultado el
ingreso al país, de religiones como la Misión
Carismática Internacional y el Centro Misionero
Betesda.
De igual manera se crean en nuestro país otros
artículos que le permitirán a las nuevas
formaciones religiosas, realizar y practicar sus creencias
y rituales sin ningún problema, como lo estipulan los
artículos siguientes:
Artículo 6.La libertad
religiosa y de cultos garantizada por la Constitución
comprende, la siguiente autonomía jurídica e
inmunidad de coacción, entre otros, los derechos de toda
persona:
a. De
profesar las creencias religiosas que libremente elija o no
profesar ninguna; cambiar de confesión o abandonar la que
tenía; manifestar libremente su religión o
creencias religiosas o la ausencia de las mismas o abstenerse de
declarar sobre ellas.
b. De
practicar, individual o colectivamente, en privado o en
público, actos de oración y culto, conmemorar sus
festividades; y no ser perturbado en el ejercicio de estos
derechos.
La consagración en nuestra actual
Constitución del derecho a la libertad religiosa y de
cultos, sin duda constituye un desarrollo del
principio fundamental del pluralismo en el campo religioso, no se
podría considerar legítimamente que el Estado
colombiano es pluralista sin no permitiese las diferentes
manifestaciones en este campo, si no le garantizara a cada
persona la facultad de adoptar o no determinadas creencias
religiosas.
En el anterior régimen constitucional de nuestro
país este derecho se reconocía como parte del
derecho a la libertad de conciencia, todo ello en el marco del
confesionalismo que el constituyente de entonces había
adoptado; por su parte, en la Carta
Política de1991, se estableció como se ha indicado
anteriormente, de manera expresa y autónoma el derecho
fundamental a la libertad religiosa y de cultos.
Referencia: LEY "Libertad Religiosa y de Cultos,
artículo 6". Senado de la
República de Colombia.
www.secretariasenado.gov.co/leyes/10133-94.htm Colombia
1994
2.2. DECRETOS DE LA LIBERTAD DE
CULTOS.
2.2.1. Decreto 2737 de 1989.
Si bien éste decreto fue expedido antes de la
vigencia de la Constitución Política de 1991, es
menester revisar su contenido, dado que se encuentra vigente y se
aviene perfectamente a lo establecido en el actual texto
constitucional, hecho que sin lugar a dudas, significó una
gran avance en el reconocimiento del derecho en mención,
especialmente si se tiene en cuenta su origen en el marco de la
pasada Constitución.
El código
del menor consagró el derecho a la libertad religiosa,
colocando a los menores como titulares del mismo; vale la pena
resaltar que lo hizo en términos expresos, con un mayor
contenido, frente a lo que preceptuaba entonces la
Constitución Nacional de 1886. Su texto se parece en buena
medida al determinado en el Pacto de Derechos Civiles y
Políticos y a La Convención Sobre los Derechos del
Niño, al señalar que:
Artículo 11. Todo menor tiene
derecho al ejercicio de la libertad de pensamiento,
de conciencia y de religión bajo la dirección de sus padres, conforme a la
evolución de las facultades de aquél
y con las limitaciones consagradas en la Ley para proteger
la salud, la moral y los
derechos de terceros.
El artículo 11 de este decreto dice
que aunque al menor, se le reconozca como titular de este
derecho, dado su etapa de formación, le compete a sus
padres orientar su desarrollo y formación.
El contenido del texto privilegió en cierta
medida el derecho de los padres, por cuanto se condiciona el
ejercicio del mismo, por parte de los menores, a la
dirección de aquellos, en consecuencia, serán
éstos quienes orienten a sus hijos en el ejercicio del
derecho que se les reconoce, lo que resulta concordante con lo
consagrado en nuestra legislación y muy acorde con el
principio según el cual se debe tener en cuenta el
interés
superior de este decreto.
Referencia:
www.secretariasenado.gov./decreto2737de1989/.html.
2.2.2. DECRETO 1321 DE 1998
Decreta.
Artículo 3: En este nuevo
decreto se fijan los parámetros sobre los cuales deben
basarse los diferentes convenios de derecho
público interno que celebre el Estado colombiano con
las Iglesias, confesiones, denominaciones religiosas, sus
federaciones, confederaciones y asociaciones de ministros con
personería jurídica especial reconocida por el
Ministerio del Interior. Para garantizar efectivamente su
participación en el Comité y lograr que se puedan
plantear y desarrollar alternativas en materia de
coordinación y seguimiento de dicho
proceso.
Artículo 4: El Comité
Interinstitucional de los Convenios de Derecho
Público
Interno, tendrá las siguientes funciones:
a) Para la expedición de los respectivos decretos
reglamentarios, proponer el clausulado que sirva de base para la
reglamentación del Convenio de Derecho Público
Interno número 1 de 1997 y, de igual forma los
parámetros para los Convenios de Derecho Público
que celebre el Estado colombiano con las iglesias,
confesiones, denominaciones religiosas, sus federaciones,
confederaciones y asociaciones de ministros, de conformidad con
la Ley 133 de 1994.
b) Establecer los procedimientos
que garanticen los plenos efectos civiles de los matrimonios
celebrados por los ministros de culto de las Iglesias y
denominaciones religiosas que suscriben el Convenio.
c) Establecer los parámetros sobre los cuales se
ha de proteger, promocionar y regular el derecho fundamental a la
libertad de culto y las modalidades, formas y límites de
la
educación religiosa, en armonía con otros
derechos para lograr el desarrollo integral de la persona
humana.
d) Determinar la manera como debe suministrarse la
asistencia espiritual y el ejercicio de la misión
pastoral ofrecida por las Iglesias, confesiones, denominaciones
religiosas, sus federaciones, confederaciones y asociaciones de
ministros, de quien solicite dicha asistencia.
e) Propender por la vigencia de las condiciones de
igualdad de
entidades religiosas que celebren convenios con otras religiones
reconocidas oficialmente por el Estado colombiano, en lo
concerniente al derecho de utilizar los lugares destinados a la
celebración de cultos, en las instituciones que sean del
Estado.
f) Establecer los mecanismos de promoción para los programas de
asistencia social de las entidades religiosas que suscriben
convenios, enfocados a las poblaciones residentes en zonas
marginadas o grupos humanos en estado de riesgo
social.
Artículo 5: El Comité
Interinstitucional deberá en todas sus actuaciones
propender por el cumplimiento de los principios de la
dignidad
humana, igualdad, razonabilidad y seguridad
jurídica de las entidades religiosas. Así mismo,
garantizará los derechos de libertad religiosa y de
cultos, el derecho a la igualdad y los demás derechos
adquiridos, conforme a la Constitución Política y
las disposiciones sobre la materia.
Finalmente, el artículo 5 del presente Decreto
reglamenta que todos los organismos pertenecientes al
Comité Interinstitucional, deben respetar los derechos e
integridad de todas las personas en cuanto, a la libertad de
cultos, que manifiesta el artículo 19 de la
Constitución Política de Colombia, y así
mismo, los lugares donde se practiquen cultos sean debidamente
autorizados por la Ley.
Artículo 9º. Este
decreto rige a partir de la fecha de su
publicación.
Publíquese y
cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C.,
a 13 de julio de 1998.
Presidente de la República de
Colombia
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro del Interior,
Alfonso López Caballero
Referencia:
DECRETO 1321 DE 1998 "Creación del
Comité Interinstitucional,
artículos 1, 2 y5".www.presidencia.gov.co/prensa/mew/decretoslinea/1998/julio13/decreto13211998.pdf.
2.3.
CONSTITUCIÓN
2.3.1. Constitución
Política de Colombia de 1886.
La Constitución de 1886
significó el fin de un Estado de fuerte inspiración
liberal, en el que se consagraba ampliamente la libertad
religiosa, se reconocía el pluralismo religioso, se
establecía la independencia
entre las iglesias y el Estado y se eliminaba toda forma de
confesionalismo religioso, dado que se da ahora paso a un Estado
confesional, en el que se privilegió a la religión
profesada por la mayoría de los colombianos.
En el título tercero, sobre "Los derechos civiles
y garantías sociales", se reguló ampliamente el
tema de la religión, estableciendo de forma clara en su
artículo treinta y ocho, que la religión
Católica, era la religión de la Nación,
y además se requería el concurso de "los poderes
públicos" del Estado para la protección de la
misma, al considerarla como un elemento fundamental en la
consecución del "orden social"; de otro lado, el inciso
segundo de este mismo artículo estableció el
principio de separación entre la Iglesia (católica)
y el Estado:
Artículo 38: La
Religión Católica, Apostólica, Romana, es la
de la Nación;
los poderes públicos la protegerán y harán
que sea respetada, como esencial elemento del orden social. Se
entiende que la Iglesia Católica no es ni será
oficial, y conservará su independencia.
Artículo 39: Nadie
será molestado por razón de sus opiniones
religiosas, ni compelido a profesar creencias ni a observar
prácticas contrarias a su conciencia.
Artículo 40: Es permitido el
ejercicio de todos los cultos que no sean contrarios a la
moral
cristiana ni a las leyes. Los actos contrarios a la moral
cristiana o subversivos del orden público que se ejecuten
con ocasión o pretexto del ejercicio de un culto quedan
sometidos al derecho común.
Referencia:
www.secretariasenado.gov.co/leyes/CONSP86html.
2.3.2. Constitución Política de
Colombia de 1991.
La constitución de 1991 es el producto de un
importante proceso histórico y político, como lo
fue la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, la
Constitución Política del mismo año,
consagró el derecho a la libertad religiosa y de cultos,
cuyo texto inicial se conserva actualmente y constituye por tanto
el marco constitucional del mismo. Debe advertirse de entrada,
que el estudio constitucional de este derecho no se puede remitir
al artículo diecinueve, que determina su contenido
básico, teniendo obligadamente que remitirse a varios
artículos de la misma Carta
Política.
Articulo 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda
persona tiene derecho a profesar libremente su religión y
a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las
confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la
ley.
En Colombia, la carta magna, respeta el culto de todas
las personas que profesan una religión distinta a la
católica; así mismo, autoriza a las diferentes
congregaciones eclesiásticas, manifestar
independientemente declaraciones de los fieles.
Algunas características importantes de este
artículo son:
1° Es un derecho fundamental.
2° Es un derecho inalienable.
3° Es un derecho intutelable.
4° Es un derecho inmediatamente
aplicable.
5° Es un derecho insuspendible.
6° Es un derecho intangible.
7° Es un derecho sólo regulable por la Ley
Estatutaria 225.
2.3.3 LEY 133 de 1994: Por la cual
se desarrolla el Derecho de Libertad Religiosa y de Cultos,
reconocido en el artículo 19 de la Constitución
Política.
CAPÍTULO I: DEL DERECHO DE LIBERTAD
RELIGIOSA
Artículo 2:Ninguna
iglesia o confesión religiosa es ni será oficial o
estatal. Sin embargo, el Estado no es ateo, agnóstico o
indiferente ante los sentimientos religiosos de los
colombianos.
El poder público protegerá a las personas
en sus creencias, así como a las iglesias y confesiones
religiosas y facilitará la participación de
éstas y aquéllas en la consecución del bien
común. De igual manera, mantendrá relaciones
armónicas y de común entendimiento con las iglesias
o confesiones religiosas existentes en la sociedad
colombiana.
En la primera parte, de este artículo se
manifiesta que nuestro país a pesar de ser
Católico, Apostólico y Romano, es libre en cuanto a
la diversidad religiosa; en donde aclara que no es
incrédulo o indiferente ante las manifestaciones
religiosas que profese el pueblo colombiano.
Artículo 5:No se incluyen
dentro del ámbito de aplicación de la presente Ley
las actividades relacionadas con el estudio y
experimentación de los fenómenos psíquicos o
parasicológicos, el satanismo, las
prácticas mágicas o supersticiosas o espiritistas u
otras análogas ajenas a la religión.
El anterior artículo de la Ley 133, no vincula
dentro de la libertad religiosa ritos de carácter mental y científico que de
alguna manera, dañen la integridad distinta de la sociedad
creyente.
CAPITULO II: DEL ÁMBITO DEL DERECHO DE
LIBERTAD RELIGIOSA
Artículo 6.La libertad
religiosa y de cultos garantizada por la Constitución
comprende con la siguiente autonomía jurídica e
inmunidad de coacción, entre otros, los derechos de toda
persona:
a) De profesar las creencias religiosas que libremente
elija o no profesar ninguna; cambiar de confesión o
abandonar la que tenía, manifestar libremente su
religión o creencias religiosas o la ausencia de las
mismas o abstenerse de declarar sobre ellas.
El literal (a), de la presente Ley expresa que todo
individuo
tiene el derecho de escoger, no practicar o simplemente, dejar a
un lado la religión que llevaba profesando; y a su vez, la
Constitución y la Ley no podrá juzgarlo por estas
condiciones.
Referencia:
www.secretariasenado.gov.co/leyes/CONSP91HTML
3. CASOS CONCRETOS
DE ANTECEDENTES JUDICIALES
3.1. EN LATINOAMéRICA
3.1.1. Brasil
La verdadera historia de Edir Macedo, el
fundador de la iglesia Centro de Ayuda Espiritual o anteriormente
llamada Oración Fuerte al Espíritu
Santo "Pare de Sufrir". Macedo
nació el 18 de enero de 1945 en el estado de Río de
Janeiro en una familia
católica practicante. A comienzos de 1960, se
afilió a la iglesia Nueva Vida. En 1971 se casó con
Ester Eunice Rangel. Con gran ingenio para la predicación
y espíritu independiente, creó en 1974, el
ministerio Cruzada del Camino Eterno.
En los primeros tiempos apenas sobrevivía
económicamente hasta que una feligresa vendió un
terreno y le donó el dinero. En ese
momento compró 10 minutos por día en la radio
"Río Metropolitana". Fue el comienzo del éxito y
de los escándalos. En 1977, junto a unos amigos,
abrió un pequeño local en un barrio pobre en la
Zona Norte de Río de Janeiro. Se declaró obispo y
fundó la Iglesia Universal del Reino de Dios (IURD) y su
Catedral Mundial de la Fe, el mayor templo de América
Latina de este grupo. Se doctoró en teología,
pastor de la IURD desde 1977, es obispo y secretario general de
la secta, que tiene más de 15 millones de fieles en
Brasil y
cuenta con 4,700 templos en 172 países, es la más
globalizada empresa, incluso
que la red de comida
rápida McDonald"s, presente sólo en
118.países. Dirige también la TV Record, la Rede
Familia, Rede Mulher, la Line Records, 23 canales de TV y 40
cadenas de radio.
En 1990 la Justicia
brasileña comenzó a investigar al obispo Macedo y
sus negocios de su
iglesia. En 1992 fue encarcelado, acusado de fraude, y cambio
internacional de divisas,
evasión de impuestos y
vínculos con narcotraficantes ya que su cuenta bancaria
había acumulado más de 100 millones de
dólares. En 1995, Carlos Magnos de Miranda, un obispo
disidente de IURD, relató para la prensa brasileña
cómo narcotraficantes colombianos habían entregado
varios millones de dólares para la compra de TV
Récord uno de los múltiples medios de Macedo y que
utilizaban la Iglesia para el blanqueo de dineros del cartel de
Cali.
Desde entonces la Justicia investiga a Macedo por fraude
fiscal,
extorsión a sus fieles y lazos con el narcotráfico de EEUU.
Macedo, fundador y líder
de la "Iglesia Universal del Reino de Dios", se encuentra
investigado por la Policía Federal de Itajaí, en la
localidad de Santa Catarina en Brasil, al encontrarse sospechoso
de transferir irregularmente documentos falsos
de propiedad de
una estación retransmisora de la Red Record. El procurador
Marcelo Mota, del Ministerio Público Federal de Santa
Catarina, evalúa las investigaciones
en caso de que el Obispo Macedo sea procesado, la pena para esta
clase de
delitos es
hasta de 5 años de prisión. En estas
circunstancias, la
televisión Globo emitió imágenes
de Macedo enseñándoles a sus pastores a pedir
dinero, así como un vídeo que, está
circulando en la red donde se observa una de sus grandes
mansiones que actualmente tiene el pastor de la iglesia
Oración Fuerte al Espíritu Santo o Centro de Ayuda
Espiritual.
En Brasil están demandados por 80 ex pastores que
dicen no haber recibido su salario, y Canal
13 (Argentina) y Tele cinco (España)
mostraron, por medio de cámaras escondidas, la trastienda
económica del grupo. Ello evidenció cómo los
pastores adquirían el aceite en un
supermercado de la localidad (no de Israel, como le
dicen a sus seguidores).
En el 2002 la Iglesia lanzó su propio partido
para desvincularse del Partido Liberal (PL) que integraba la
coalición del gobierno de Luis Ignacio Lula da Silva. Esto
no fue un caso menor ya que el vicepresidente del gobierno de
Lula, José Alencár, es uno de sus miembros que
llegó al poder de la mano del Partido Liberal.
La participación de la Iglesia Universal en
política comenzó en l986 cuando patrocinó
varios candidatos a diputados que le prometieron beneficios.
Desde hace varios años, la Iglesia Universal viene
presentando sus propios candidatos bajo la estructura
partidaria del PL y en las últimas elecciones logró
el ingreso de 34 diputados. Ante este avance en las filas
políticas la Iglesia Universal
decidió dejar de lado el respaldo de otras estructuras
partidarias.
En todos los grupos religiosos la oferta de fe
tiene un canje: salvación a cambio de algo, los grupos
mercadean la creencia ofreciendo espacios sociales y
psicológicos que hacen que los visitantes se sientan bien,
la gente busca lo material para acercarse al bienestar. Si te
aferras a algo y juras que te va a ayudar, así
será, pero es un juego de la
mente, no del producto en sí.
Referencia:
www.ultimolugardelmundo20.blogspot.com/2007/08/la-verdad-sobre-
pare-de-sufrir.html – 82k –
3.1.2. México.
La Iglesia Universal del Reino de Dios,
fundada en 1977 en Brasil, llegada a México en 1981 y
conocida por el lema "Pare de sufrir", se fundamenta en la
"teología de la prosperidad", según la cual el
adherente puede «reclamar las bendiciones de prosperidad de
un Dios Todopoderoso, dueño de todo el oro y toda la
plata». Consideran el diezmo entregado a la iglesia como la
demostración clara de fe, lo cual ha redituado a su
fundador y líder, el brasileño Edir Macedo, una
fortuna aún sin cuantificar, pues para eludir al fisco de
México y de otros países acostumbra crear empresas que, sin
estar a nombre de la secta, son manejadas por fieles adeptos. En
México cuentan con más de 48 "Centros de Fe" donde
se llevan a cabo reuniones caracterizadas por los generosos
donativos entregados por los fieles a la congregación a
cambio de recibir supuestas bendiciones y alivio a penas y
sufrimientos de todo tipo.
En México líderes de la oposición y
el oficialismo demandaron a la secta, los cuales pidieron aplicar
mano dura contra las asociaciones religiosas que abusan y
manipulan a sus seguidores para obtener ganancias y vender
milagros. "La fe se manifiesta a través del diezmo",
son las palabras textuales de un pastor al que no se le entiende
casi nada de lo que dice, solamente se tiene muy claro que el
diezmo y el pago mínimo de 5000 pesos constituyen el
camino más expedito para conseguir la gloria y sentarse en
el trono del Señor y, además, para conseguir las
riquezas materiales que
por tanto tiempo le han
sido negadas a una feligresía que acude diariamente a
escuchar la voz de este "bien intencionado" orientador de almas.
En una simbiosis no muy clara, se entremezclan los rituales
católico y pentecostal, sin obviar las raíces
africanas afincadas en el rito Yoruba y algunas pinceladas de
simple brujería.
Ubaldo Davis, director de TVN Noticias,
investigó que varios de los objetos "milagrosos" no son lo
que prometen: el "agua del
Jordán" es una mezcla de agua de Panamá,
y el "aceite de Israel" es fabricado en Panamá
comprado en un supermercado. Además remitió una
carta al programa, "Pare
de Sufrir" que iban a proceder de forma legal y que
querían ver en las aduanas los
contenedores de Agua y arroz para los pobres que, según
dicen en sus cultos, el arroz proviene de Israel.
Referencia:
www.concilioevangelicoad.org/index.php
3.1.3. Nicaragua.
Igualmente, en Nicaragua, la revista
"Magazine" publicó un largo reportaje sobre las formas de
los ministros para conseguir dinero con la población de bajos recursos y como
éstos los obligan a elevar sus monederos en medio de un
culto; estos ritos son captados mediante fotos tomadas por
un reportero gráfico quién fue descubierto por los
pastores siendo agredido y encarcelado por éstos y a su
vez destruyéndole la cámara
fotográfica.
Tarifas para la salvación.
Todos de pie, en una especie de frenesí
colectivo, con las manos alzadas hacia el cielo, con los
sobrecitos del diezmo en las manos y unos papelitos en forma de
flechas en las que están escritos los problemas a
solucionar y por los que han pagado previamente, inicia un
sermón, que más que eso, es una charla magistral
sobre economía doméstica, enfatizando
siempre en la necesidad de pagar el diezmo, cuyo monto va desde
$5000 a $20.000 pesos. Todo dependerá de lo que perciba el
feligrés y de sus ambiciones personales.
Así son las cosas, la referencia constante del
pastor al salario mínimo es de tres mil pesos, que lo
tiene muy claro, para recordar que el diez por ciento de esa suma
son 300 pesos, por tanto, no acepta que ningún fiel
entregue el referido sobrecito con un centavo menos de la tarifa
estipulada. Pero si de lo que se trata es de conseguir mayor
prosperidad y solución rápida a sus acuciantes
problemas cotidianos, el Cielo que se alimenta al parecer, de lo
que producen estas humildes almas, tiene preparado otro sobrecito
en el que se deberá depositar otro diezmo, que ellos
llaman sobrenatural, porque la rapidez con que actúa
dependerá de la cantidad aportada.
Como si de un sorteo de la lotería se
tratara el fundador de la secta fue cajero de una entidad de este
tipo, mientras más aportes más chance se tiene de
ganar el Cielo, por supuesto. Amas de casa, chiriperos, personas
que viven del comercio
informal constituyen la mayoría de los feligreses que
día a día se congregan, sin que falten los que van
a solicitar la visa, que el marido vuelva, un trabajito fijo,
como puede leerse en las flechitas que depositan, al lado de un
ánfora en la que se coloca uno de los sobres del
diezmo.
Referencia:
www.noticiacristiana.com/news/newDetails.php?idnew=83368 –
53k
3.1.4. Chile.
En Santiago de Chile Pastores Evangélicos
denunciaron que la secta religiosa "Pare de sufrir", está
estafando a numerosos fieles en absoluta impunidad, y
que se presentaron denuncias en contra de esta iglesia por
apropiación ilícita y fraude.
Ahí no para la cosa, en medio del ritual, y luego
de depositar los sobres de diezmo, dos fornidos personajes
colocados previamente delante del botín, recogen el
dinero, se retiran del escenario, para regresar luego y hacer un
espectáculo tirados al suelo en donde
gritan, gimen y vocean, "¡Prosperidad para los diezmistas!,
¡prosperidad Señor!", entre el frenesí
desbocado de los incautos.
Luego de esta representación dramática,
los feligreses entran en trance, casi en éxtasis y ya
están preparados para la segunda embestida. Porque ahora
viene la entrega del sobre en blanco, otro, para que cuando
regresen al próximo culto de prosperidad, depositen en
éste su tarifa para la solución inmediata a su
problema.
En este momento, se le pide a los feligreses, cerrar los
ojos y concentrarse en los deseos por los que previamente han
pagado, y ocurre el milagro, el agua clara
se convierte en rosa, bueno, es que uno de los dos ayudantes del
pastor subrepticiamente coloca un poco de un líquido
color uva, que
pudieron ver estas reporteras, quienes, con los ojos bien
abiertos, se encontraban en el lugar. Se realiza el milagro de la
conversión del agua en vino, pero no por Jesucristo, cuyo
nombre no aparece en ningún momento de las dos horas que
dura el culto.
Después de esta hazaña, retumba la voz del
pastor, en un dialecto hecho de portugués y con muy poco
español,
anunciando el momento de la ofrenda, ahora con el pretexto de la
construcción de una catedral, más
grande, más hermosa, con mayor capacidad que cualquier
iglesia de la República
Dominicana. Vuelven los dos fornidos ayudantes, que durante
toda la ceremonia se mantienen vigilantes y al acecho, esta vez
con dos bolsitas de terciopelo color vino, en la que los
feligreses depositan, de nuevo, la ofrenda para la que no hay
tarifa fija, pero siempre recordando que no debe ser menor de
diez pesos.
Referencia:
www.ultimolugardelmundo20.blogspot.com/2007/08/la-verdad-sobre-pare-de-sufrir.html
– 82k –
3.1.5. Perú.
Otros programas y canales de televisión también han confrontado a
la iglesia Oración fuerte al Espíritu Santo "Pare
de Sufrir". En Perú, el grupo tiene antecedentes
penales por fraude y evasión fiscal, además de
haber golpeado a dos periodistas por grabar sus ceremonias. La
periodista peruana Ximena Pinto cuenta su experiencia en
www.agenciaperu.com. Ella dice: "me ahorcaron, me metieron en un
cuarto oscuro y me siguieron golpeando". Eso es lo que hacen esas
personas que se hacen llamar "hijos de Dios": Además
enfrenta investigaciones por denuncias en otros ocho
países como en Uruguay,
Argentina Perú, Nicaragua, Venezuela y
otros, donde la prensa ha dado a conocer casos de numerosas
personas embaucadas por fraude por esta secta.
Todo este florecimiento de iglesias "milagreras" tiene
mucho que ver con un modo desviado de entender la fe, muy
semejante a la "fe" que se pone en el brujo(a) o curandero(a) de
turno, o en la famosa metafísica
que ha promovido la "Nueva Era". Se trata de encontrar esa fuerza
superior que es capaz de librarnos de todos los males. Estos
"predicadores", "pastores" que se viste de Armani con carros
costosísimos que venden salvación
eterna a sus "seguidores", ¿sabrán realmente lo que
es la religión o la fe? ¿Conocerán la
verdadera esencia de la religión?, en verdad
¿estarán al tanto que la base fundamental de todo
es el
amor?
La Iglesia Oración Fuerte al
Espíritu Santo "Pare de Sufrir" llama la atención: porque es tan grande como el
Santuario Nacional. Y para ingresar le piden a los seguidores
copia de la cédula y del cheque
salarial, teléfono, dirección y una hebra de
cabello "para la sanación".
El Pastor a través de su discurso exige
a los asistentes que en su mayoría son personas de bajos
recursos económicos, "pagar el diezmo", así,
podrán obtener de una manera rápida y eficaz, el
milagro, la curación o la liberación de presencias
malignas. Pero aparte de los cantos, alabanzas, rezos, y el
sermón que se da en cada culto, más que eso, estas
reuniones son un parloteo enfocado en la economía
doméstica, el Pastor enfatiza siempre en la necesidad de
pagar el diezmo, cuyo monto va desde $10.000 hasta el infinito.
El Cielo trabaja por el sueldo mínimo, y sólo los
"diezmitas" tendrán derecho a él, y todo
dependerá de lo que perciba el feligrés y de sus
ambiciones personales.
Referencia:
www.noticiacristiana.com/news/newDetails.php?idnew=83368
– 53k
3.1.6. Uruguay.
Los Pastores Evangélicos de Uruguay,
denunciaron que la secta religiosa "Pare de sufrir", de origen
brasileño, está operando en este país,
estafando a numerosos fieles en absoluta impunidad. Según
indicaron los pastores, algunas personas se han acercado a ellos
para contar el engaño del que han sido objeto, luego de
que el grupo les solicitara dinero en forma
insistente.
El pastor evangélico Emiliano Soto
señaló que la Iglesia Universal del Reino de Dios
(IURD), reconocida por la frase "Pare de sufrir", empatiza con
personas generalmente de escasos recursos y de condición
humilde que requieren ayuda.
Esta iglesia fundada en Brasil en 1977, por el obispo
Edir Macedo, se ha hecho famosa por apuntar a personas pobres a
las que les ofrecen "objetos milagrosos", que tendrían la
supuesta capacidad de sanar enfermedades incurables o
traer ganancias económicas.
"Ellos ofrecen rosas milagrosas
del Medio Oriente, aguas benditas o aceites especiales para
ungir, los que venden a personas humildes. Se destacan las rosas
rojas para mejorar la salud, rosas amarillas para conseguir
prosperidad económica y piedras que dicen venir de la
tumba de Jesús", señaló el obispo Soto,
quien afirmó que la agrupación cuenta con un
verdadero "suvenir de la fe".
Asimismo aseguró que en los próximos
días se presentarán en Concepción querellas
en contra de esta organización religiosa por
asociación ilícita y fraude.
Quejas similares se registran en Perú, Nicaragua
y Venezuela, donde la prensa ha dado a conocer casos de numerosas
personas embaucadas por la secta.
Enfermos crónicos y terminales, ancianos, ciegos
o discapacitados físicos pasan por las manos del pastor,
envueltas en una tela empapada en aceite del huerto de
Getsemaní. Además de «milagros» y
«curaciones», el pastor también practica la
liberación de «presencias malignas». Pero
aparte de los cantos, alabanzas y rezos, el momento esencial de
la ceremonia es la recaudación del diezmo (un 10 por
ciento del sueldo) que debe ser obligatorio.
Referencia:
www.sosperiodista.com.ar/El-Pais/Cuando-creer-es-negocio
– 39k –
3.3. EUROPA
3.3.1. España.
El pasado 16 de noviembre de 2007, el
periódico "La Opinión de Murcia" en
(España), manifestó en uno de sus artículos
que la Iglesia Universal Reino de Dios, era una secta que
reclutaba personas de bajos recursos para así recaudar
dinero. Este hecho al conocerse por la congregación le
solicitó que rectificara la noticia, al ver que la prensa
escrita no realizó ninguna aclaración, las
directivas de la iglesia optaron por denunciar al periódico
ante la justicia española y en mayo de 2008, se
dictó sentencia a favor del templo.
Ex pastores de esta iglesia la denunciaron ante la
justicia española por no cancelar sus salarios ni las
cotizaciones legales respectivas (previsión y seguros), los
aludidos señalaron a la justicia "haber dejado todo lo que
tenían" por unirse a esta iglesia. La demanda
incluye indemnización por pagos no efectuados a la
seguridad
social, compensación por falta de "aviso previo" en
los despidos, fondos de garantía, horas extraordinarias,
vacaciones vencidas y hasta un adicional de "publicidad", por
haber hecho proselitismo. "Es dinero para la iglesia, lograda con
el esfuerzo de estos pastores", señaló Francisco
Días Ferreira, abogado de Francisco Rosas, uno de los ex
pastores demandantes.
Ante este tipo de demandas (no es la primera en su
tipo), algunos jueces españoles han declarado a la prensa
que procesos de
esta naturaleza
podrían demostrar que las relaciones en el ámbito
de la Iglesia Universal del Reino de Dios no se fundan en la fe:
"Son relaciones comerciales, aunque el reclamante no tenga
razón, y en este caso no veo cómo pueda tenerla, se
concluye que las dos partes están erradas. Aquello que
debería ser vocación acaba transformándose
en una forma de ganar dinero" declaró el juez José
Cáceres en Madrid
España.
En el 2001, el canal 13 de ese país emitió
una investigación en la cual, por medio de una
cámara oculta, mostraban la trastienda económica de
esta iglesia. Se mostró el vocabulario de los pastores
cuando no están los fieles presentes y la manera como
adquirían en un supermercado el "aceite de Israel",
también se mostró la insistencia con que los
pastores reclaman el diezmo a los fieles.
Referencia:
www.noticiacristiana.com/news/newDetails.php?idnew=83368
– 53k –
3.3.2. Bélgica
En Bélgica, la Iglesia Universal del Reino de
Dios (IURD), una de las confesiones más importantes de
Brasil, fue condenada a indemnizar a una mujer que
sufrió una herida en una sesión de exorcismo,
informaron fuentes judiciales.
La sanción fue impuesta por el Superior Tribunal
de Justicia, en respuesta a la denuncia de una mujer que
alegó haber quedado incapacitada para trabajar tras
haberse fracturado la mano izquierda durante el exorcismo. Los
miembros del tribunal determinaron que la (IURD) tendrá
que pagarle una indemnización de 10.000 euros (unos
4.600 dólares) por daños morales a la demandante,
así como una pensión vitalicia mensual equivalente
al 60 por ciento de un salario mínimo legal (actualmente
de unos 160 dólares) por los daños
materiales.
Tal pensión buscará garantizar el sustento
de la mujer, apenas
identificada como Marina, hasta que cumpla 65 años, cuando
podrá solicitar la jubilación, según
informó el tribunal en su página de internet. La decisión
del tribunal confirmó en última instancia una
condena impuesta por el Tribunal de Justicia del Estado de
Espíritu Santo, que ya había concluido que la
lesión sufrida por la demandante tiene carácter
permanente y la incapacitó para trabajar cuando
tenía 48 años.
En su denuncia, la beneficiada alegó que
asistía a un culto en un templo de la Iglesia Universal
del Reino de Dios en Vitoria, capital del
Estado. Cuando el pastor Joao Carlos Von Helde Alves,
aseguró que tenía que someterla a una sesión
de exorcismo debido a que estaba "poseída por el demonio".
Un movimiento
brusco del pastor, provocó la caída de la
demandante al piso, lo que le ocasionó la fractura de la
mano.
La mujer se quejó de fuertes dolores, que el
pastor atribuyó a una reacción del demonio, por lo
que el exorcista golpeó la mano fracturada repetidas veces
contra un crucifijo, lo que provocó la lesión
permanente. Por este caso y otros similares, en el 2005, el
gobierno belga los catalogó como buscadores de
beneficios económicos y dictó una Ley, prohibiendo
el ingreso de esta secta religiosa a este país
europeo.
Referencia:
www.psicologos.estrategia.info/modules/weblog/details.php?blog_id=100
– 74k –
3.3. COLOMBIA.
Nuestro país tampoco escapa de las estafas de
esta secta, en el 2002 el programa Séptimo Día,
mostró como personal de la Iglesia Centro de Ayuda
Espiritual, anteriormente llamada Oración Fuerte al
Espíritu Santo, engañan a los fieles en la
inclusión de ritos, sanación y otras
prácticas que al parecer son aliviadas por este grupo de
pastores. Sin embargo, el video fue
mostrado por el programa a algunos fieles en dónde estos
denunciaron la presentación como una calumnia y a favor de
los ministros que practicaban un exorcismo.
En Colombia, "Pare de Sufrir", llegó para
quedarse, y ya ha establecido ramificaciones en los 32
departamentos. Silenciosamente al principio, haciendo una labor
proselitista, se fue introduciendo poco a poco. Hoy miles de
personas siguen ciegamente sus postulados, no muy claros
todavía.
Esta nueva secta, cobra elevados diezmos a sus
seguidores y trafican con la credulidad de las personas, al
ofrecer objetos "milagrosos" supuestamente traídos de
Tierra Santa
para resolver los problemas, ya sea emocionales,
económicos, de salud y de cualquier otra índole,
como si en Israel estos objetos se cultivaran en granjas.
Así como crece en feligresía, crece
económicamente, los ministros de nacionalidad
brasileña, no desperdician ocasión y ofrecen
sus productos con
la promesa de que todos los males de los adquirientes
desaparecerán como por arte de magia al
obtenerlos. Lo que no dicen es que de la misma forma
desaparecerá el dinero de quienes acuden a esta
organización en busca de solución a sus
problemas.
En Colombia la "feligresía" de "Pare de Sufrir"
está compuesta en su mayoría por personas de origen
muy humilde y es mayoritariamente femenina. Lo cual aprovecha el
Pastor para recordar en cada culto y a cada minuto que hay que
contribuir con el diezmo, en los primeros diez minuto se pasa un
sobrecito para recaudar la primera cuota de la sección, la
cual no puede ser inferior al 10% de su salario mensual, en la
mitad del rito vuelven y pasan otro sobre, pero esta vez es para
que el milagro o necesidad ocurra más rápido, y eso
depende de lo que el feligrés de. Y al finalizar como si
no les bastará lo que ya han recaudado, vuelven y pasan
otro sobre, que tiene que traer en su próxima visita al
templo, el cual no puede poseer menos del diez por ciento de su
salario.
Referencia:
www.infosectas.zoomblog.com/cat/3106
–
196k
4. CASO ORACIÓN FUERTE AL
ESPÍRITU SANTO
4.1. ANTECEDENTES
HISTÓRICOS
La Iglesia Universal del Reino de Dios
(IURD) es una agrupación religiosa fundada en 1977, en
Brasil, por Edir Macedo Bezerra. En algunos países de
habla hispana, la
organización ha cambiado varias veces de nombre, entre
otros se ha denominado Oración fuerte al Espíritu
Santo, Comunidad Cristiana del Espíritu Santo o Arca
Universal.
En 1975 Edir Macedo Bezerra y Romildo Soares fundan el
"Salón de la Fe", una pequeña comunidad
evangélica de doctrina pentecostal. Luego de una disputa
entre ambos, se separan en la Iglesia Internacional de la Gracia
de Dios (encabezada por Soares) y en la Iglesia Universal del
Reino de Dios, esta última se fundó oficialmente el
27 de julio de 1977.
En 1992 fue excluida de la Alianza Evangélica
Portuguesa. En 1995, la Federación de Entidades Religiosas
Evangélicas de España (FEREDE) también
decidió no reconocerla como iglesia evangélica en
esa nación. Decisiones similares han tomado
prácticamente todas las organizaciones
evangélicas y pentecostales de los países de habla
hispana en que esta iglesia ha iniciado sus
actividades.
La Iglesia Universal del Reino de Dios se
declara cristiana, evangélica y pentecostal; por ejemplo,
"cree en la deidad de Jesucristo, la Santísima Trinidad,
la resurrección corporal de Jesucristo y la
salvación por gracia a través de la fe". Pero
añade el uso de "elementos físicos" como "puntos de
contacto" para la fe, de la misma forma que el mismo Jesucristo y
sus apóstoles hicieron para realizar sus milagros. Por
ejemplo, Jesús usó barro para curar a un ciego (San
Juan 9:7), el apóstol San Pablo utilizó
trozos de sus ropas para curar enfermos (Hechos 19:11), entre
otros elementos mencionados en la Biblia.
Las doctrinas centrales de la IURD, acrónimo
utilizado para abreviar el nombre de la entidad, son la
lucha contra los demonios y la denominada teología
de la prosperidad. Los miembros de la iglesia son
enseñados a dar los diezmos, según lo indicado en
el libro de Malaquías (en el verso 10 del capítulo
3).
También se les pide entregar donativos para el
mantenimiento
de la iglesia. La Iglesia Universal del Reino de Dios
también practica la liberación de "fuerzas
malignas", en los que llegan atormentados y poseídos. En
todos sus templos se ora por la liberación de
espíritus malignos, tales como hechicería, adulterio,
fornicación, celos, pleitos, envidias,
etcétera.
La IURD utiliza objetos como puntos de fe
para que los fieles utilicen su propia fe para sanarse de las
más diversas enfermedades, tales como "piedras de la tumba
de Jesús", "agua bendita del río Jordán", la
"rosa milagrosa", la "sal bendecida por el Espíritu
Santo", el "Jabón de la descarga" o el "aceite de Israel"
(aceite de oliva traído desde Israel). Además,
invitan a los fieles a participar de sus reuniones y a comer el
"pan bendecido para curar enfermedades" y se participa de la
Santa Cena, por medio de la cual se obtiene la comunión
con Dios.
Dinero, dinero y más dinero
Desde un principio Edir Macedo copió de los
predicadores norteamericanos la llamada teología de la
prosperidad. Los fieles deben entregar sus diezmos para no ser
conducidos a las garras de Satanás. Un pastor dice sin
vacilar: "Hay una guerra adentro
de cada uno de nosotros. Dios quiere que usted dé, pero el
diablo sostiene su billetera. Venga, venga ahora. Mañana
usted podría estar muerto. Si usted no paga a Dios, usted
paga al diablo".
En la Iglesia Universal las reuniones duran
aproximadamente dos horas con la mitad del tiempo dedicada a la
Biblia y la otra mitad a recaudar dinero. Veamos otros
ejemplos:
*Si quieres salir de la miseria, si
quieres obtener un empleo, si
quieres sanarte de una enfermedad debes aportar tu
diezmo.
*Dios dijo: traed los diezmos.
Cuando usted da su diezmo, Dios abre las ventanas del cielo y
derrama bendiciones.
*El diezmo no es solo del sueldo,
también de su jubilación o su
pensión.
*Si no aportas tu diezmo el dinero
va desapareciendo porque el demonio devorador ha
entrado.
*Saquen todas las monedas que
ustedes tienen. Yo no quiero sacar diez centavos. Eso no existe.
Quiero todas las monedas porque ellas representan la
miseria.
*Si diezmas consigues trabajo. El diezmo no es una
donación es una devolución.
Referencia.
wikipedia.org/iglesia_Universal_del_reino_de_Dios-41k.
4.2 TEUN VAN DIJK
Holandés, profesor e
investigador en Estudios del discurso y Director del Doctorado en
Lingüística de la Universidad de
Ámsterdam, es mundialmente reconocido como uno de los
más destacados estudiosos del discurso y el texto, se
desempeña en la
investigación, la crítica
de medios masivos, el análisis de la
lingüística y la cátedra universitaria en
Europa y América.
Ha publicado más de 20 libros, entre
los cuales se encuentran Ideología y Racismo,
Discurso de las elites y Estudios sobre el
análisis del Discurso.
4.3. ESTUDIO
LINGÃ?ÍSTICO DEL DISCURSO DE VAN
DIJK
El estudio lingüístico del discurso debe
compartir sus objetivos
básicos con las teorías
lingüísticas en general y con las gramáticas
en particular. Por tanto no habría que determinar
cuál es el objetivo
empírico de tal estudio, de cuáles propiedades de
ese objeto habría de dar cuenta y en qué
consistiría esa explicación.
La teoría
lingüística trata de los temas de la lengua, de sus
estructuras reales o posibles, de su desarrollo histórico,
diferenciación cultural, función
social y fundamento cognoscitivo. Tales sistemas se hacen
explícitos normalmente con sistemas de reglas
convencionales que determinan una conducta de la lengua como se
manifiesta en el uso de las expresiones verbales en situaciones
comunicativas. Las reglas son CONVENCIONALES en el sentido
que son compartidas por muchos miembros de una comunidad
lingüística.
Los que CONOCEN estas reglas
implícitamente son capaces de usarlas de tal modo que
expresiones verbales puede decirse que son determinadas por el
sistema particular de la lengua de la comunidad, tal como es
cognoscitivamente adquirido por el hablante individual de la
lengua.
El objetivo de una GRAMÁTICA es dar una
reconstrucción teórica del sistema particular de
reglas. Tal reconstrucción implica abstracciones,
generalizaciones e idealizaciones usuales, requiere la necesaria
formulación de los niveles, categorías, unidades,
clases de reglas y constricciones indispensables para describir
la estructura abstracta de las EXPRESIONES de los
hablantes. Una de las metas empíricas de las
gramáticas es poder codeterminar qué clase de
expresiones son convencionales ACEPTABLES y cuáles
no.
La GRAMATICALIDADtiene que ver
conciertas propiedades de la estructura abstracta de las
expresiones: Fonológicas, Morfológicas, y
Sintácticas. A parte de estas propiedades de forma se
requiere también una gramática para especificar la estructura de
significado relacionada con estas formas. Una gramática
normalmente se caracteriza por ser un SISTEMA FORMAL
SIGNIFICATIVO TEÓRICO DE REGLAS: Debe también
especificar cómo se relacionan las estructuras
morfo-sintácticas con las estructuras
semánticas.
Las siguientes exploraciones se basan en dos
suposiciones relativas a la teoría
lingüística. La primera es la de que la
reconstrucción teórica de las expresiones, en los
niveles de forma y significado, debe ser completada por un tercer
nivel, el de la ACCIÓN. Esto es, una
expresión no debería caracterizarse solamente en
términos de su estructura interna y el significado que se
le asigna, sino también en términos del acto
realizado al producir tal expresión. Este nivel
PRAGMÁTICO de descripción proporciona las condiciones
decisivas para reconstruir parte de las convenciones que hacen
aceptables a las expresiones, y a saber su actitud con
respecto al contexto comunicativo.
La segunda presuposición se refiere a la
naturaleza de las UNIDADES ABSTRACTAS en el sentido de
qué expresiones se reconstruyen teóricamente,
siempre se ha considerado a la ORACIÓN como la
máxima unidad de descripción tanto en los niveles
morfosintácticos como semánticos de
descripción. Hay diferencias sistemáticas entre las
oraciones compuestas y las secuencias de oraciones, especialmente
en el nivel pragmático de descripción, y el
significado de las oraciones puede depender del significado de
otras oraciones de la misma expresión. Por eso las
expresiones deben ser reconstruidas en términos de un
unidad más grande, este es el TEXTO,
término que se usará para denotar la
construcción teórica abstracta que subyace a lo que
se llama un DISCURSO.
Un importante resultado de estas dos suposiciones es la
suposición adicional de que el discurso se relaciona
sistemáticamente con la acción
comunicativa, en otras palabras, el componente pragmático
no debe especificar meramente las condiciones de propiedad para
las oraciones, sino también para los discursos. Las
suposiciones formuladas antes no excluyen problemas
metodológicos y necesitan especificación adicional.
Muchos de los problemas implicados se refieren al DOMINIO
de la teoría lingüística en general y de las
gramáticas en particular.
Primero hay que especificar qué clase de
SEMÁNTICA se necesita, tanto para la
descripción de frases como para la de los textos. Es obvio
que en la descripción de fenómenos tales como
pronombres, determinadores y articulación entre
tópico y comento, además del significado,
necesitamos también una explicación de la
REFERENCIA. En este sentido la noción de
INTERPRETACIÓN se hace ambigua, al denotar tanto la
asignación del significado a ciertas formas
(expresiones) como la asignación de referencia a ciertas
expresiones.
Un segundo problema, tiene que ver con la semántica, tomada esta vez quizás en
un sentido muy amplio que abarque el CONOCIMIENTO y las
ESTRUCTURAS COGNOSCITIVAS en general.
En las gramáticas lingüísticas, el
significado de las frases se asigna a base de los significados de
las expresiones (palabras o morfemas y sintagmas) tal como vienen
especificados por un LEXICON. Pero es bastante
difícil distinguir claramente entre significados
léxicos de las palabras por un lado, y el
conocimiento convencional del "mundo" por otro.
La semántica explica tanto el significado como la
referencia, y tanto el significado léxico como las
condiciones de significación general determinadas por el
conocimiento
del mundo, podemos hacer explícita una de las nociones
centrales de un análisis semántico del discurso,
esto se llama COHERENCIA.
Un tercer problema tiene que ver con las cuestiones del
alcance de las teorías lingüísticas. El
discurso puede tener ciertas estructuras que, mientras
estén basadas en reglas convencionales, no pueden llamarse
propiamente lingüísticas o que al menos no pueden
hacerse explícitas por una gramática
lingüística.
Un ejemplo conocido son aquellas estructuras que definen
un cierto TIPO o clase de discurso, por ejemplo las
ESTRUCTURAS NARRATIVAS que subyacen a un relato. Otro
ejemplo son aquellas estructuras que tradicionalmente se llaman
PETÓRICAS; cuando las oraciones en una secuencia
tienen las mismas estructuras sintácticas, por ejemplo,
tal paralelismo no tiene función gramatical alguna, pero
debe tener una función retórica relacionada con el
EFECTO de la expresión en el oyente.
Para poder describir el paralelismo necesitamos una
sintaxis que especifique las categorías apropiadas, y para
definir las categorías o funciones narrativas necesitamos
una semántica discursiva con unidades o niveles de
análisis que puedan asignarse a tales funciones
narrativas. Hemos analizado ya que hay que postular la unidad de
TEXTO, y que la descripción del discurso debe tener
lugar en un nivel pragmático.
Referencia: Dijk, Teun Van, cátedra,
1998.1Estudio lingüístico del discurso, 2 Breve
introducción a la semántica formal,
Edición 3°, Texto y contexto: Semántica y
pragmática del discurso, (pp. 29-77) Madrid,
España.
4.3.1. Tópico de
conversación.
Que denota "acerca de qué" es un discurso o parte
de él. Así, puede decirse intuitivamente que varias
frases en una secuencia pertenecen al "mismo" tópico del
discurso. Sin embargo, puede que no sea posible determinar el
tópico pertinente del discurso al que una frase individual
pertenezca por sí misma, sino solamente en
conjunción con otras frases de esa parte concreta del
discurso.
Van Dijk, demostrará que ciertas constricciones
semánticas, tanto en las oraciones compuestas como en las
secuencias discursivas, han de explicarse en términos de
nociones tales como las del tópico del discurso o
TEMA. Y que estas pueden hacerse explícitas
sólo en un nivel de descripción semántica
macro-estructural.
Las macro-estructuras no son unidades
específicas: son estructuras semánticas normales,
por ejemplo con forma proposicional común, pero no se
expresa por una clausula o frase sino por una secuencia de
frases. En otras palabras las macro-estructuras semánticas
normales con forma, predefinen el significado de las partes de un
discurso y del discurso completo con referencia a los
significados de las frases individuales.
Hemos provisionalmente también supuesto que las
expresiones de la lengua natural deben ser reconstruidas como
discursos en términos de textos, puede ser también
que un discurso, teniendo estructura textual, esté
constituido por varias expresiones de varios hablantes.
También se concluye que deberíamos hablar tanto de
CONECTIVOS SEMÁNTICOS como de CONECTIVOS
PRAGMÁTICOS, en relación al primero con las
proposiciones, y el segundo con los actos de habla.
Demos hablar también de macro estructuras a nivel
pragmático, y postular MACRO-ACTOS DE HABLA.
Así como se tienen significados para una secuencia entera,
así también una secuencia de actos de habla puede
constituir en un nivel más alto de análisis otro
acto de habla, que puede no estar implicado por los actos de
habla individuales aisladamente. Ya que los macro-actos de hablan
requieren también un "contenido", esto es, una base
proposicional, es posible relacionarlos con las macro-estructuras
semánticas.
4.3.2. Contexto y actos de
habla.
Los objetivos de la pragmática.
La pragmática se ha cambiado en un cesto de la
filóloga en donde, se ha inspirado en el razonamiento; y
vinculado con la filosofía y el lenguaje a
su vez, en la hipótesis de los actos del habla de una
forma particular de igual manera, con el Análisis de las
Conversaciones y los aspectos culturales que se ven en lo verbal
y manifiesta las Ciencias
Sociales.
Un elemento fundamental de la pragmática es la
teoría semiótica donde su función es
identificar la vinculación entre los signos y los usuarios
cuyo factor fundamental, es la descripción y la
explicación. En dónde, estos tendrán que dar
comentarios a los fenómenos sistemáticos dentro de
la esfera de esta teoría y sus relaciones.
Por tanto, las Reglas Convencionales del habla y
expresión en el proceso y comentario de las
manifestaciones del análisis que pueden ser aceptables
para los hablantes de la lengua. De igual manera, el ACTO
puede ser el elemento aceptado o rechazado que ingrese a estos
aspectos elementos anteriormente mencionados esto como primer
trabajo, como segundo expresar los inicios que en ellos se
originen en las diferentes vinculaciones laborales, que pueden
ser gratificantes o abandonados y la tercera opción es
identificar, que los antecedentes prácticos estén
disponibles en el manifiesto para así tener un logro en la
interpretación del discurso.
Del mismo modo, se deben expresar, asignar trabajos y
soluciones
especificas en la utilización del FORMATO;
también, el modelo de la
ESTRUCTURA darán a conocer el mundo real de la
INTERPRETACIÓN mediante la reconstrucción
que se analice y describa de lo que esconde el discurso. En
cuanto, a la INTERPRETACIÓN PRAGMÁTICA de
las expresiones, puede ser la opción para que el contexto
interprete y comprenda el análisis a través del
factor psicosocial, que permita una gratificación
gramatical.
La situación comunicativa, es la interacción sistemática junto con la
manifestación que parte de sus combinaciones internas como
El conocimiento, las creencias propósitos entre otros
elementos que se dan durante la identificación espacio –
temporal del discurso y así mismo, confrontarlo con la
realidad.
4.3.3. La estructura del
contexto.
En las circunstancias expresivas existen dos sujetos: Un
sujeto verdadero y el otro un actor que se hace pasar por miembro
activo. Estos dos personajes pertenecen a una sociedad que
comparten los mismos lenguajes, modos e incluso costumbres que el
primer receptor realiza y el segundo imita; entre tanto este
escucha el mensaje permitiendo de este modo, crear una serie de
sucesos y estar al mismo tiempo, en múltiples momentos el
estado inicial, intermedio y final del discurso.
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