Las Concesiones Administrativas en Cuba. Ente y Derecho
- Introducción
- Conceptos y posiciones
doctrinales - Naturaleza
jurídica de las concesiones administrativas - Características
de las concesiones administrativas - Las
concesiones administrativas y el Derecho comparado - Los sujetos
en las concesiones administrativas - Las
concesiones administrativas en Cuba - Los
contratos
administrativos en Cuba - Conclusiones
- Bibliografía
1.-INTRODUCCIÓN
El tema de nuestro trabajo es
criterio del autor, que en los momentos en que en el
país se están realizando cambios significativos
dentro de nuestra economía, posee una gran importancia para
su desarrollo
socioeconómico y lo es el resultado de las
Concesiones Administrativas de Servicio
Público, concedidas por parte del Estado Cubano.
Nos basamos en los puntos de vista que le dan el sustento
jurídico a esta afirmación antes citada:
-
La inversión de capital,
requiere de un ordenamiento jurídico coherente en materia de
Derecho Administrativo a tono con la legislación
internacional en materia de Concesiones Administrativas.
-
Nuestro ordenamiento jurídico esta obligado a darle
protección en el orden legal a las concesiones
administrativas que se formalicen mediante el Contrato
Administrativo. En nuestro ordenamiento aún no esta
concebido el procedimiento
jurídico para el otorgamiento de estas concesiones, si
tenemos en cuenta que: -
Quien tiene la competencia, la
Administración
Pública ( Consejo de Ministros o la de un
Ministro determinado por este propio Consejo de Ministros
).
-
Quien solicite la concesión, será solo aplicable
a las personas jurídicas o tendrá acceso la
privada.
-
Que opciones o facultades tendrá el concesionario al
momento de obtener la explotación del servicio
público.
-
Formas de vigilancia y el control del
cumplimiento de lo establecido en la concesión, de quien
será esta facultad y quien la ejecutará.
-
Que término se establecerá para la
explotación en la concesión, así como la
regulación de la explotación a cuenta y riesgo del
concesionario.
Hay que tener en cuenta además la necesidad que tiene
nuestro país en continuar nuestro desarrollo
económico y que esta es una forma de inyectar capital
indirecto que tanto se necesita para avanzar en otros planes de
nuestra Revolución
ya en marcha. Por qué no entonces acometer una
legislación en correspondencia con esta figura
jurídica.
2.- CONCEPTOS Y
POSICIONES DOCTRINALES
2.1.- CONCEPTOS:
En el Diccionario de nuestra Lengua Madre
el idioma Español, son recogidos dentro de su
concepto
como:
-
acción de conceder, 1
-
Otorgamiento gubernativo a favor de particulares o empresas, para
aprovechar o construir o explotar algo.
2
En el Diccionario Jurídico Legislativo,
señala que la concesión es " el acto por el
cual se otorga un beneficio y que antiguamente se aplicaba a los
privilegios que otorgaban los príncipes en las denominadas
concesiones de territorios, bien a titulo gratuito o mediante
ciertas condiciones, cediendo la propiedad de
los territorios a sus vasallos, al objeto de explotar ciertos
lugares. " 3
Para el ordenamiento jurídico en Cuba la
Administración Pública define a las
concesiones administrativas como:
-
La Ley No. 76,
de 21 de diciembre de 1994, Ley de Minas, define en su
artículo 17: "a los efectos de esta Ley se entiende por
Concesión Minera, que en lo sucesivo se denominara
concesión, la relación jurídica nacida de un
acto gubernativo unilateral por el que se otorga temporalmente a
una persona natural o
jurídica el derecho de realizar actividades mineras, bajo
las condiciones y con todos los derechos y obligaciones
que esta Ley y su reglamento determinan". En su
artículo 18 le añade: "el Consejo de Ministros o su
Comité Ejecutivo otorga a deniega las concesiones mineras
y dispone también su anulación y
extinción". 4
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