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Las 270 personas que podrían ser reyes de España



Partes: 1, 2, 3

    1. De la Real
      Familia
    2. Línea Sucesoria
      al Trono de España

    La sucesión al trono de
    España

    Los Reyes de España y los Príncipes de Asturias junto a la Infanta Leonor. (Foto: CASA REAL)

    "La Corona de España es
    hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de
    Borbón, legítimo heredero de la dinastía
    histórica. La sucesión en el trono seguirá
    el orden regular de primogenitura y representación, siendo
    preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en
    la misma línea, el grado más próximo al
    más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el
    mismo sexo, la
    persona de
    más edad a la de menos"

    Artículo 57.1 de la Constitución Española

    Asimismo, la disposición legal señala que los
    hijos del Rey que no tengan la condición de
    Príncipe o Princesa de Asturias y los hijos de este
    Príncipe o Princesa serán Infantes de España
    y recibirán el tratamiento de Alteza Real. Esto
    está establecido en el Real Decreto 1368/1987 sobre
    régimen de títulos, tratamientos y honores de
    la Familia
    Real y los Regentes, publicado en el Boletín Oficial del
    Estado el 12
    de noviembre de 1987.

    Así ocurre con las Infantas Elena y Cristina, aunque no
    con sus hijos, que tienen el tratamiento de Excelentísimos
    Señores/Señoras. El título de Infanta lo
    ostentan también las dos hermanas del Rey: doña
    Pilar, duquesa de Badajoz, y doña Margarita, Duquesa de
    Soria, y la Princesa Alicia de Borbón-Parma, viuda del
    Duque de Calabria, tío del Rey. Las hijas del
    Príncipe Don Felipe, Leonor y Sofía, llevan este
    título por derecho propio, con tratamiento vitalicio de
    Alteza Real.

    Por expreso deseo del Rey, goza del mismo tratamiento Su
    Alteza Real el
    Príncipe Don Carlos de Borbón Dos Sicilias,
    duque de Calabria, descendiente directo de la Infanta
    María de las Mercedes de Borbón y Austria
    (1882-1904), la hermana mayor de Alfonso XIII, que fue Princesa
    de Asturias hasta el nacimiento de su hermano.

    El único hijo de Alfonso XIII con derechos legítimos de
    sucesión, el Infante Don Juan, Conde de Barcelona, fue el
    Jefe de la Casa Real desde la muerte del
    monarca, en 1941. Su hijo, Juan Carlos, es actualmente el Rey de
    España.

    El Infante Don Carlos ocuparía el primer puesto en la
    línea de sucesión a la corona española
    después de los descendientes del rey Juan Carlos I si se
    confirmase oficialmente que las hermanas del rey Juan Carlos I,
    las Infantas Pilar y Margarita, quedaron excluidas de la
    sucesión al contraer matrimonio con
    personas que no pertenecían a alguna familia real,
    como prescribía la Pragmática Sanción del
    rey Carlos III que regulaba los matrimonios de la Casa Real
    Española. La Pragmática Sanción quedó
    derogada de facto por la Constitución Española de
    1978 pero la aprobación del texto
    constitucional fue posterior a los matrimonios de las
    Infantas.

    Después de la línea del Duque de Calabria y su
    descendencia, continuarían en la sucesión los
    descendientes de la Infanta Doña Luisa Fernanda, Duquesa
    de Montpensier (segunda hija del Rey Fernando VII), y los de la
    Infanta Doña Carlota Joaquina (hermana mayor del Rey
    Fernando).

    Títulos de la Corona Española

    Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre
    régimen de títulos, tratamientos y honores de la
    Familia Real y de los Regentes.

    Capítulo Primero:
    De
    la Real Familia

    Artículo 1º

    1. El titular de la corona se denominará Rey o Reina de
      España y podrá utilizar los demás
      títulos que correspondan a la Corona, así como
      las otras dignidades nobiliarias que pertenezcan a la Casa
      Real. Recibirá el tratamiento de Majestad.
    2. La consorte del Rey de España, mientras lo sea o
      permanezca viuda, recibirá la denominación de
      Reina y el tratamiento de Majestad, así como los honores
      correspondientes a su Dignidad que
      se establezcan en el ordenamiento jurídico.
    3. Al consorte de la Reina de España, mientras lo sea o
      permanezca viudo, corresponderá la Dignidad de
      Príncipe. Recibirá el tratamiento de Alteza Real
      y los honores correspondientes a su Dignidad que se establezcan
      en el ordenamiento jurídico.

    Artículo 2º

    El heredero de la Corona tendrá desde su nacimiento o
    desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, la
    Dignidad de Príncipe o Princesa de Asturias, así
    como los demás títulos vinculados tradicionalmente
    al Sucesor de la Corona y los honores que como tal le
    correspondan. Recibirá el tratamiento de Alteza Real. De
    igual Dignidad y tratamiento participará su consorte,
    recibiendo los honores que se establezcan en el ordenamiento
    jurídico.

    Artículo 3º

    1. Los hijos del Rey que no tengan la condición de
      Príncipe o Princesa de Asturias y los hijos de este
      Príncipe o princesa serán Infantes de
      España y recibirán el tratamiento de Alteza Real.
      Sus consortes, mientras lo sean o permanezcan viudos,
      tendrán el tratamiento y honores que el Rey, por
      vía de gracia, les conceda en uso de la facultad que le
      atribuye el apartado f) del artículo 62 de la
      Constitución.
    2. Asimismo el Rey podrá agraciar con la Dignidad de
      Infante y el tratamiento de Alteza a aquellas personas a las
      que juzgue dignas de esta merced por la concurrencia de
      circunstancias excepcionales.
    3. Fuera de lo previsto en el presente artículo y en el
      anterior, y a excepción de lo previsto en el
      artículo 5 para los miembros de la regencia, ninguna
      persona podrá:

    Partes: 1, 2, 3

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