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El poder público o poderes públicos




Enviado por Maria Lucila



Partes: 1, 2

    1. El Poder
      Ejecutivo
    2. El Poder
      Legislativo
    3. El Poder
      Judicial
    4. El
      Poder Moral o Ciudadano
    5. El
      Poder Electoral

    Son el conjunto de instituciones
    por medio de las cuales el Estado
    ejerce las funciones de
    control en la
    nación,
    y también por medio de las mismas mantiene las relaciones
    con las demás naciones que conforman la comunidad
    internacional. Los Poderes Públicos del Estado tienen
    su base jurídica en el derecho que el pueblo le confiere
    al Estado para controlar o administrar a la nación,
    y para poder ejercer
    ese derecho necesita de una serie de órganos o entes que
    colaboren con la función de
    gobierno.

    Dicha concepción del Estado, en un primer lugar y
    durante muchos años fue establecida en forma de trinomio,
    es decir, por medio de 3 poderes: ejecutivo, legislativo y
    judicial.

    El Legislativo, es quien se encarga de hacer las
    leyes para
    cierto tiempo o para
    siempre, y quien corrige o deroga las que están hechas.
    El Ejecutivo, se encarga de hacer la paz o la guerra,
    establece la seguridad,
    envía y recibe embajadores y previene las invasiones; y
    El Judicial, es quien castiga los crímenes o decide
    las contiendas de los particulares.

    La primera Constitución de Venezuela de
    1.811 asumió la concepción de los 3 poderes
    públicos, y ese sistema se
    mantuvo en el país hasta el año 1.999 cuando se
    promulga Constitución Bolivariana de Venezuela y donde se
    asume la propuesta del Libertador Simón Bolívar de
    los 5 Poderes Públicos, añadiendo a los poderes
    ejecutivo, legislativo y judicial, el Electoral y el
    Moral o
    Ciudadano
    . Con la asunción de la propuesta de
    Bolívar y la incorporación de los 2 nuevos poderes
    nacionales se crean nuevas instituciones propias de los nuevos
    poderes, entre las que se destaca La Defensoría del
    Pueblo
    .

    En las naciones cuyo sistema es el democrático es
    imprescindible la coexistencia de una serie de Poderes que
    colaboren con el desarrollo del
    Estado. Dichos Poderes son independientes y con una
    función particular como lo es "la preservación de
    la libertad y
    democracia".
    En Venezuela los conocemos como "Poderes Públicos". Antes
    de la entrada en vigencia de la Constitución de 1999 eran
    3 los Poderes; en la actualidad son 5:

    El Poder
    Ejecutivo

    La Constitución, establece que: "El Presidente o
    Presidenta de la
    República es el Jefe o Jefa del Estado y del Ejecutivo
    Nacional, en cuya condición dirige la acción
    del Gobierno". Se considera como el Jefe de Estado por haber sido
    elegido popularmente, y el Jefe del Ejecutivo Nacional por ser
    "la Autoridad
    Suprema del Poder
    Ejecutivo en Venezuela".

    Palacio de Miraflores

    Además de eso el Presidente de la
    República es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas
    Nacionales, potestad que le es conferida en el , de la
    Constitución Nacional.. Por esto él es considerado
    el Jefe del Estado y quien ejecuta a nivel nacional las
    decisiones por el Poder Ejecutivo.

    El Presidente: En Venezuela la elección
    del Presidente de la República es realizada por medio del
    voto, y en forma directa. En el proceso de
    elección triunfará quien haya obtenido la
    mayoría de los votos.

    Entre las innovaciones de La Constitución
    Nacional aprobada en 1.999 está la ampliación del
    periodo presidencial hasta por 6 años, pudiendo ser el
    Presidente reelegido inmediatamente y por una sola vez, para un
    nuevo periodo de gobierno, es decir que el Presidente en caso de
    ser reelegido puede gobernar por 12 años consecutivos. Es
    un aspecto nuevo puesto que en la Constitución de 1.961 el
    periodo presidencial era de 5 años, y no existía la
    reelección; y si algún Presidente quería
    aspirar a ocupar dicho cargo debía esperar 10 años
    para poder ser reelegido nuevamente.

    Responsabilidad del Presidente: El Poder
    Ejecutivo, como ya se ha señalado, reside en el Presidente
    de la República. En el
    artículo 232
    de la
    Constitución se establece la responsabilidad del Presidente por los actos que
    realice y por el cumplimiento de las obligaciones
    que trae consigo su cargo. De este artículo se puede
    entender que el Presidente debe responder como cualquier otro por
    sus actos, y sólo se aclara que en casos de asuntos
    penales le corresponde al Tribunal Supremo de Justicia
    juzgarlo con la debida autorización de la Asamblea
    Nacional.

    Una institución nueva que establece la
    Constitución, lo es la figura del Vicepresidente de la
    República
    . Se puede señalar que la
    función más relevante del Vicepresidente es la de
    aliviar la tarea administrativa del Presidente de la
    República, así que casi tiene las mismas
    responsabilidades que el presidente.

    Partes: 1, 2

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