- El Poder
Ejecutivo - El Poder
Legislativo - El Poder
Judicial - El
Poder Moral o Ciudadano - El
Poder Electoral
Son el conjunto de instituciones
por medio de las cuales el Estado
ejerce las funciones de
control en la
nación,
y también por medio de las mismas mantiene las relaciones
con las demás naciones que conforman la comunidad
internacional. Los Poderes Públicos del Estado tienen
su base jurídica en el derecho que el pueblo le confiere
al Estado para controlar o administrar a la nación,
y para poder ejercer
ese derecho necesita de una serie de órganos o entes que
colaboren con la función de
gobierno.
Dicha concepción del Estado, en un primer lugar y
durante muchos años fue establecida en forma de trinomio,
es decir, por medio de 3 poderes: ejecutivo, legislativo y
judicial.
El Legislativo, es quien se encarga de hacer las
leyes para
cierto tiempo o para
siempre, y quien corrige o deroga las que están hechas.
El Ejecutivo, se encarga de hacer la paz o la guerra,
establece la seguridad,
envía y recibe embajadores y previene las invasiones; y
El Judicial, es quien castiga los crímenes o decide
las contiendas de los particulares.
La primera Constitución de Venezuela de
1.811 asumió la concepción de los 3 poderes
públicos, y ese sistema se
mantuvo en el país hasta el año 1.999 cuando se
promulga Constitución Bolivariana de Venezuela y donde se
asume la propuesta del Libertador Simón Bolívar de
los 5 Poderes Públicos, añadiendo a los poderes
ejecutivo, legislativo y judicial, el Electoral y el
Moral o
Ciudadano. Con la asunción de la propuesta de
Bolívar y la incorporación de los 2 nuevos poderes
nacionales se crean nuevas instituciones propias de los nuevos
poderes, entre las que se destaca La Defensoría del
Pueblo.
En las naciones cuyo sistema es el democrático es
imprescindible la coexistencia de una serie de Poderes que
colaboren con el desarrollo del
Estado. Dichos Poderes son independientes y con una
función particular como lo es "la preservación de
la libertad y
democracia".
En Venezuela los conocemos como "Poderes Públicos". Antes
de la entrada en vigencia de la Constitución de 1999 eran
3 los Poderes; en la actualidad son 5:
El Poder
Ejecutivo
La Constitución, establece que: "El Presidente o
Presidenta de la
República es el Jefe o Jefa del Estado y del Ejecutivo
Nacional, en cuya condición dirige la acción
del Gobierno". Se considera como el Jefe de Estado por haber sido
elegido popularmente, y el Jefe del Ejecutivo Nacional por ser
"la Autoridad
Suprema del Poder
Ejecutivo en Venezuela".
Palacio de Miraflores
Además de eso el Presidente de la
República es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas
Nacionales, potestad que le es conferida en el , de la
Constitución Nacional.. Por esto él es considerado
el Jefe del Estado y quien ejecuta a nivel nacional las
decisiones por el Poder Ejecutivo.
El Presidente: En Venezuela la elección
del Presidente de la República es realizada por medio del
voto, y en forma directa. En el proceso de
elección triunfará quien haya obtenido la
mayoría de los votos.
Entre las innovaciones de La Constitución
Nacional aprobada en 1.999 está la ampliación del
periodo presidencial hasta por 6 años, pudiendo ser el
Presidente reelegido inmediatamente y por una sola vez, para un
nuevo periodo de gobierno, es decir que el Presidente en caso de
ser reelegido puede gobernar por 12 años consecutivos. Es
un aspecto nuevo puesto que en la Constitución de 1.961 el
periodo presidencial era de 5 años, y no existía la
reelección; y si algún Presidente quería
aspirar a ocupar dicho cargo debía esperar 10 años
para poder ser reelegido nuevamente.
Responsabilidad del Presidente: El Poder
Ejecutivo, como ya se ha señalado, reside en el Presidente
de la República. En el
artículo 232 de la
Constitución se establece la responsabilidad del Presidente por los actos que
realice y por el cumplimiento de las obligaciones
que trae consigo su cargo. De este artículo se puede
entender que el Presidente debe responder como cualquier otro por
sus actos, y sólo se aclara que en casos de asuntos
penales le corresponde al Tribunal Supremo de Justicia
juzgarlo con la debida autorización de la Asamblea
Nacional.
Una institución nueva que establece la
Constitución, lo es la figura del Vicepresidente de la
República. Se puede señalar que la
función más relevante del Vicepresidente es la de
aliviar la tarea administrativa del Presidente de la
República, así que casi tiene las mismas
responsabilidades que el presidente.
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