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Derechos Laborales – Nómina de pago



Partes: 1, 2

    1. Nómina de
      pago
    2. La Ley
      orgánica del trabajo
    3. Ley
      orgánica del sistema de seguridad social
      integral
    4. Conclusión
    5. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    Las nóminas de
    pago representan la cantidad entera pagada a todo el excedente de
    los empleados al período de contabilización dado.
    Porque los empleados son muy sensibles a los errores de la
    nómina
    de pago o a cualquier irregularidad, los sistemas de la
    nómina de pago deben asegurar pagos exactos y oportunos.
    Los expedientes exactos también son requeridos por las
    empresas
    públicas y privadas a nivel nacional y del Estado. Los
    gastos de la
    nómina de pago tienen típicamente un impacto
    significativo en la declaración del impuesto y
    ganancias. Trabajo
    manual, si es
    experto o inexperto recibe generalmente el renumeración en
    la forma de salarios. Los
    salarios se indican generalmente en términos de un
    precio por
    hora, tarifa semanal, o sobre una base del trabajo a
    destajo.

    Es por esta razón que en el curso de esta
    asignatura hemos estudiado a fondo cada uno de los temas exigidos
    por el programa, en tal
    sentido hacemos énfasis en la nomina de pago asi como en
    las leyes que las
    rigen en nuestro país; de allí el analisis
    realizado a diferentes artículos de nuestra ley
    Orgánica del Trabajo y la Ley de seguridad
    social integral.

    1. QUÉ ES
      UNA NÓMINA DE PAGO

    Es una la lista conformada por el conjunto de
    trabajadores a los cuales se les va a remunerar por los servicios que
    éstos le prestan al patrón.

    Es el instrumento que permite de una manera ordenada,
    realizar el pago de sueldos o salarios a los trabajadores,
    así como proporcionar información contable y estadística, tanto para la empresa como
    para el ente encargado de regular las relaciones
    laborales.

    La nómina se encuentra fundamentada en partes del
    contenido del contrato de
    trabajo, en relación al servicio que
    deba prestarse y a la remuneración, los cuales se
    regirán por las siguientes normas:

    • El trabajador estará obligado a
      desempeñar los servicios que sean compatibles con sus
      fuerzas, aptitudes, estado o condición, y que sean del
      mismo género
      de los que formen el objeto de la actividad a que se dedique
      el patrono; y
    • La remuneración deberá ser adecuada a
      la naturaleza
      y magnitud de los servicios y no podrá ser inferior al
      salario
      mínimo ni a la que se le pague por trabajos de igual
      naturaleza en la región y en la propia empresa.
    • Estos detalles ayudan a determinar
      fácilmente la prestación del servicio y
      remuneración en aquellos contratos de
      trabajo donde no hubiese estipulación expresa,
      situación que se presenta frecuentemente. Diseño de Nóminas

    De acuerdo a la magnitud de la empresa, se debe
    diseñar el modelo de la
    nómina apropiada, el cual cambiará sustancialmente
    de una compañía a otra, sujeto a las variaciones de
    asignaciones, deducciones, acumulativos, determinados por la
    necesidad de la empresa.

    Tipos de Nóminas

    1. Según su Presentación:

    1. Nómina Manual: Se elabora por cálculos
      enteramente manuales,
      usadas en empresas pequeñas o de mediana capacidad.
      Existen en el mercado,
      formularios diseñados, por ejemplo:
      LEC y el sistema
      Mc-Be.

      • Formularios de entrada y codificación.
      • Reportes del sistema.
      • Operación del sistema.
      • Archivos del sistema.
      • Programas del sistema.
      • Diseños de perforación o
        tabulación.
    2. Nómina Computarizada: Se elabora a
      través de un computador, el cual permite, generalmente por
      medio de codificaciones, calcular automáticamente,
      tanto los aportes como los descuentos efectuados en el
      período a pagar. Para operar este tipo de
      nómina se debe crear el siguiente tipo de
      información:
    1. Según la Forma de Pago:
    1. Semanal: Para obreros o personal de
      nomina diaria, cuyo lapso de pago está establecido en
      ese tiempo.
    2. Quincenal: Para empleados cuyo lapso de pago
      está establecido en ese tiempo.

    3. Según el Tipo de Personal:

    Partes: 1, 2

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