Caracterización Socio-Jurídica del proceso de Imposición de la medida cautelar de prisión provisional en la fase preparatoria del Juicio Oral (Isla de la Juventud, República de Cuba)
- Introducción
Diseño Teórico
Metodológico
Tipo de investigación
Métodos y técnicas de
investigación
Población y muestra
Desarrollo
Antecedentes del proceso de imposición de
prisión provisional como medida
cautelar
La prisión provisional como medida cautelar en el
proceso penal
Consideraciones en torno a la autoridad facultada para
imponer la prisión provisional
Los Derechos fundamentales como límites a la
prisión provisional
El Derecho a la presunción de
inocencia
El deber de fundamentar el auto de imposición de
la prisión provisional
Diagnostico y constatación del
problema
Proceso de imposición de prisión
provisional
Plan de acciones para la atención al proceso de
prisión provisional como medida
cautelar
Conclusiones
Recomendaciones
Bibliografía
Resumen
La imposición de la medida cautelar de
prisión provisional obedece al interés
estatal de asegurar a los imputados al proceso penal.
Tiene entre sus finalidades la de asegurar la concurrencia del
incautado a la celebración de acciones de
instrucción penal en la fase preparatoria, así como
la participación de este en el proceso sin perjuicio de
sus intereses y garantías como sujeto del proceso. La
imposición por auto de la Fiscalía constituye una declaración
de voluntad asegurativa y el periodo en que se dispone, computa
luego al cumplimiento de la pena si esta llegase a imponerse. La
concepción de la imposición de la medida cautelar,
parte del proceso en que se fundamenta y ejecuta esta medida.
La
investigación ejecutada fue asumida para caracterizar
socio-jurídicamente como se ha comportado el proceso de
imposición de la medida cautelar de prisión
provisional considerados por la Fiscalía Municipal que
posibilite identificar acciones para su atención en las condiciones de la Isla de
la Juventud. La
observación de este proceso condujo a la
identificación de caracteres comunes que se manifiestan en
el proceso en que se determina la medida cautelar.
INTRODUCCIÓN
En el campo jurídico etimológicamente, la
palabra medida, significa prevención, disposición y
a su vez, equivale a un conjunto de precauciones tomadas para
evitar un riesgo,
se entiende como tales a aquellas medidas que el legislador ha
dictado con el objeto de que la parte vencedora no quede burlada
en su derecho.
En tal sentido en el
Derecho Romano, no se conocían las
medidas
cautelares tal como se conciben en la actualidad, sin
embargo, contaba con ciertas
instituciones parecidas y que cumplían
con similares
objetivos a las de hoy en
día.
Se expresa además por el autor citado
anteriormente que, todas las medidas coercitivas de carácter cautelar que se pueden adoptar en
el transcurso de un proceso penal ninguna preocupa tanto y ha
sido objeto de tanta atención legislativa, doctrinal y
jurisprudencial, como la prisión provisional o
preventiva.
Ello parece lógico, pues ninguna otra medida
cautelar restringe tanto los derechos del imputado, que
aún es, un inocente, con todos sus derechos y
garantías que dicho sea de paso en materia penal
pueden ser de dos tipos: sustantiva y procesal. La primera
consiste en la protección que brinda el Derecho Penal a
los derechos del hombre en
tanto tipifica como conductas delictivas las posibles lesiones de
determinados bienes, a
través de la definición legislativa del
círculo de conductas que considera delictivas por amenazar
o vulnerar derechos, y propiciar también indirectamente el
reconocimiento de los mismos.
De esta forma, expresa además que a la par que
indirectamente reconoce el derecho legalmente, lo protege
mediante la regulación impositiva; es decir, al prever
sanciones puede provocar inacción, la inejecución,
o dicho de otra manera, la observancia de la conducta posible
que se expresa a través de la norma.
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