- Aspectos
generales - Evolución
de las teorías sobre el conflicto de leyes en el derecho
internacional privado - Teoría de
la personalidad - Conclusiones
- Bibliografía
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo,
aborda el tema del derecho de la
personalidad en el Derecho Internacional
Privado, especialmente en las normas
establecidas en el Código
Civil Peruano de 1984; para ese efecto y, a fin de alcanzar
una óptima comprensión del mismo, se ha dividido
la
investigación de tal manera que nos ayude a
esclarecerlo y comprenderlo de manera sintética y
resumida.
En el primer capítulo se tocan aspectos generales
de la personalidad y
de la persona, cuyas
definiciones y conceptos resultan necesarios, para la
delimitación y determinación del tema
estudiado.
El segundo capítulo trata sobre la evolución histórica del conflicto de
leyes en el
Derecho
Internacional Privado, a través de las diversas
teorías
expuestos por los autores de diferentes países, con
relación a la territorialidad y la
personalidad.
El tercer capítulo, se ocupa de la teoría
personalidad propiamente dicho, y de sus aplicaciones en la
doctrina moderna y en el Código
Civil Peruano de 1984, fijando los elementos materiales y
los factores de conexión en cada uno de los derechos de la personalidad.
CAPÍTULO I:
ASPECTOS
GENERALES
1. LOS SUJETOS DE DERECHO
1.1 CONCEPTO Y
DEFINICIÓN
Es todo aquel individuo o
entidad, que tiene la posibilidad de ser titular de derechos,
obligaciones y
deberes.
Es la contribución más importante que hace
el codificador peruano a la legislación
contemporánea.
Fernández Sessarego, sostiene que, se trata de un
distingo (entre sujeto de derecho y persona) de carácter lingüístico en tanto
que siempre, y con cualquiera de ambas expresiones, aludimos a un
mismo ente, es decir, a la vida humana. No obstante, dicho
recurso lingüístico permite sistematizar con toda
amplitud, a nivel normativo, la dimensión
sociológico-existencial que integra el fenómeno
jurídico, obteniéndose así evidentes
ventajas de orden práctico.
2. CLASES DE SUJETOS DE DERECHO
- SUJETOS DE DERECHO INDIVIDUAL
- EL CONCEBIDO
- PERSONAS NATURALES O FISICAS
- LAS PERSONAS JURÍDICAS
- ORGANIZACIÓN DE PERSONAS NO
INSCRITAS
- SUJETOS DE DERECHO COLECTIVO
3. OBJETO DE DERECHO
3.1 CONCEPTO Y DEFINICION
Son aquellas que tienen un valor
económico, es decir, bienes
materiales e inmateriales. Los derechos de la persona
están excluidos. Se encuentran bajo el poder
jurídico de los sujetos de Derecho, son susceptibles de
que sobre ellos reciba la titularidad de un Derecho
real.
4. EL NASCITURUS
Clases De Nasciturus:
Concepturus: El que habrá de ser
concebido.
Conceptus o concebido
4.1 EL CONCEPTURUS O EL QUE HABRÁ DE
SER CONCEBIDO
Es una designación técnica, con la que se
expresa la idea de la posibilidad del nacimiento de una persona,
que no está concebida en el momento de la creación
de un acto jurídico que se produce para el caso de su
nacimiento.
La naturaleza
jurídica, reside en la vinculación de un bien
jurídico a un titular futuro, por lo cual, existe el acto
de disposición del que quiere atribuir un determinado
derecho a un futuro ser humano.
Página siguiente |