Es imprescindible garantizar de forma eficaz el ingreso
efectivo a poder del
Estado de las
deudas tributarias generadas por los diferentes contribuyentes,
evitando que una vez detectado y regularizado, el fraude pueda
quedar sin el cobro.
Estas medidas están dirigidas a prevenir la no
emisión de facturas o notas fiscales por parte de todo
el universo de
contribuyentes alcanzados por la Ley en su
conjunto, cuya prevención constituye un punto delicado por
ser de especial gravedad.
En primera instancia, se trata de erradicar las tramas
organizadas de defraudación en el Impuesto al Valor
Agregado y el Impuesto a las
Transacciones. A este efecto se establece un nuevo supuesto de
responsabilidad subsidiaria para quien adquiera
mercancías en forma ilegal en las que se ha procedido el
impago del impuesto en una fase anterior.
Esta es una medida ya adoptada en varios países
donde ha demostrado su eficacia con un
carácter especialmente preventivo al
desincentivar la adquisición de mercancías
ilegales, adquiridas a unos precios
incluso por debajo del costo. La
adquisición ilegal de productos
provoca graves distorsiones en los mercados,
especialmente en los precios de aquel sector económico
popular más conocido como "La Cancha".
Volviendo al ejemplo citado anteriormente, en los
mercados informales ubicados en las diferentes ciudades del
país, existe una cantidad impresionante de comerciantes de
productos electrónicos, de los cuales muchos de ellos ni
siquiera se encuentran inscritos en el Servicio de
Impuestos
Nacionales, y la otra parte que sí está inscrita,
no tiene la voluntad de emitir las facturas respectivas por las
ventas de
productos, esto es un claro ejemplo de defraudación que
existe en nuestro país hoy en día.
Prácticamente el mercado informal
se identifica por la falta de intercambio de información tributaria, es por ese motivo
que se requiere a la brevedad posible combatir, de manera eficaz
y eficiente, las operaciones
clandestinas que se realizan día a día entre los
comerciantes infractores y los compradores que incentivan estos
hechos ilícitos al permitir que los mismos no cumplan con
sus obligaciones
tributarias.
Claramente, los diferentes contribuyentes formales se
tornan cada vez más precarios, debido al monstruo informal
que ataca todos los días; lo contrario pasa con la
informalidad, que se reproduce a nivel familiar y
generacional.
Bolivia debe centrarse en la necesidad de recaudar
impuestos dentro de la razonabilidad y bajo criterios de justicia
basados en la Constitución Política del Estado,
y por ende en la equidad y en
la igualdad.
Para esto, es imprescindible que el Estado
exponga en qué gasta el dinero que
tributan los contribuyentes, del mismo modo que es fundamental
mejorar la asignación de recursos para
volver más eficiente la economía
boliviana.
Por su parte, el Gobierno debe
considerar la defraudación tributaria al momento de
analizar modificaciones a la legislación tributaria, como
por ejemplo establecer normas las cuales
permitan incentivar a los compradores de bienes o
servicios a
exigir la respectiva factura, y a
los contribuyentes, otras facilidades que los induzcan a no
cometer actos desleales a nuestra nación.
La discusión tributaria en Bolivia ha
puesto de manifiesto que el cumplimiento tributario es un tema
fundamental en el análisis de cualquier reforma fiscal, y para
el desarrollo y
progreso económico de cada país.
Finalmente, es importante continuar revisando el
sistema
impositivo de la Ley N° 843, sus Decretos reglamentarios y
otras disposiciones tributarias vigentes, a fin de mejorar y
actualizar el Sistema
Tributario Boliviano, eliminando distorsiones que éste
produce en el mercado, también es necesario otorgarle al
mismo, un papel más dinámico en la economía,
redistribuir los ingresos con una
visión de mayor equidad y solidaridad de
manera que se convierta en una estructura
más transparente, simple, flexible y justa.
Más aún, si consideramos que los tributos
están conceptuados como una de las fuentes
principales de los recursos para el Estado, debiendo buscarse de
esta manera un crecimiento significativo de la presión
tributaria de acuerdo a la capacidad de cada
contribuyente.
Autor:
Mgr. Lic. Aud. Iván Erick Llanos
Mendieta
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