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Revelado de huellas lofoscópicas en papel (página 2)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10

Los individuos, los grupos y las
culturas tienen conflictos de
identidad. Hay
una identidad personal y varias
identidades colectivas que se debe siempre de aunar en el
análisis. No hay un solo "nosotros", sino
varios, no excluyentes, sino superpuestos en la unicidad de la
persona.
Así, se habla de: "nosotros los seres humanos", de
"nosotros los latinoamericanos" o de nosotros "los
guatemaltecos". Es decir, la identidad es un concepto
relativo, que puede referirse a la individualidad de la persona o
al conjunto de las personas que comparten cosas
comunes.

Como concepto colectivo, la identidad distingue nuestro
colectivo de otros, así como la identidad individual
distingue a nuestra individualidad de otras. La identidad
colectiva es a la vez común y diferente, según el
contexto. Por ejemplo, "nosotros los hombres" se opone a los "no
hombres". El nosotros, es móvil y contextual. Son muchas
las identidades colectivas y algunas incluyen a otras.

En algunos contextos culturales se da mayor relevancia a
algunos "nosotros" (por ejemplo, "nosotros los blancos" –
Sudáfrica, EE.UU.) y, por lo tanto, cualquier otra
característica queda relegada a un segundo plano. Tal es
el caso de las culturas racistas, etnocéntricas o
sexistas. Así, la imagen de "ellos"
(por ejemplo, "ellos los de color") implica
prejuicios y segregación, lo que revela un conflicto de
identidad en quienes han creado el "ellos". Lo que el "nosotros"
no logra asimilar, lo proyecta hacia un "ellos" reprimido y
negado en el interior del propio grupo.
 

Toda identidad va cambiando y supone alteridad. No se
puede reconocer una identidad, si a la vez no se reconoce una
alteridad que se presenta como su antagonista. Por ejemplo, para
algunos una persona puede ser culta y para otros ignorante o
mediocre. Estos antagonismos nos crean conflictos con los
demás, pero también con nosotros mismos. Si el otro
no confirma mi identidad, se transforma en una amenaza y es
frecuente que se intente evitar el contacto con aquellos que nos
amenazan, que ponen en riesgo mi
identidad, mi autoimagen y mi autoestima.
Recordemos lo que Maslow plantea
en su Escala de
necesidades básicas, que es la necesidad de
afiliación, esto es ser parte de…, sentirse
reconocido por…

Desde el punto de vista individual, podemos definir a la
identidad como el centro de gravedad de la
personalidad. Sin embargo, la identidad no es un concepto
exclusivamente psicológico, es un concepto tan amplio que
trasciende muchos ámbitos. Es decir, la identidad es
polifacética, evolutiva y está en proceso de
cambio
permanente, lo que implica la afirmación de
particularidades, pero también de diferencias y relaciones
con los otros. Se trata de una pregunta siempre presente y cuya
respuesta se busca en imágenes,
fragmentos, recuerdos, historias, relaciones con uno mismo y con
otros, así la identidad es del psicoanálisis el resultado del conjunto de
identificaciones que una persona va incorporando a lo largo de su
historia.

En términos simples las identificaciones son
aquellas cosas, rasgos de carácter, que una persona toma de otra que
en algún punto admira, idealiza, o en el peor de los casos
teme. Es por eso que para decir que se tienen cosas comunes con
una determinada persona, constantemente se dice que alguien se
identifica con alguien; a efecto de dar a entender que uno es
imagen de otro en ciertos aspectos. Hoy día, es
común que un sujeto no encuentre en su ambiente
personas modelos de las
cuales puede identificarse. Pareciere que hay una crisis de
valores de
personas que promuevan identificación por algún
rasgo valorado de carácter o personalidad.
Este es un problema social que afecta a la población joven de nuestra época
actual.

Si tomamos en cuenta ahora en que momento se define una
determinada identidad, nos encontramos que fundamentalmente se va
edificando como hemos comentado, a través de determinadas
identificaciones que el sujeto va realizando en interacción con las personas significativas
de su ambiente hasta alrededor de finales de la adolescencia
(20 años aproximadamente y algunos más
probablemente).

Ya en más de una ocasión hemos mencionado
el término identificación, como un concepto
derivado de la identidad. En tal sentido la
identificación, podemos definirla como el conjunto de
rasgos que distinguen a un sujeto de otro. Identificación,
define un concepto genérico aplicable tanto a personas
como a cosas.

De un modo más específico, aplicable al
ámbito de la identificación personal consideraremos
que identificar a una persona consiste en el estudio
técnico-científico de unas características
físicas del individuo,
para su posterior comparación o cotejo con un
patrón de referencia (Ejemplo: registro anterior
de esas características del individuo), para comprobar su
similitud y establecer de este modo su relación de
identidad, asociando a esta persona, si fuera posible, unos
datos de
filiación. La filiación, es una institución
jurídica cuya significación en nada difiere del
significado común que tiene el término, por lo que
para definirla utilizaremos el Diccionario de
la Real Academia Española, que define la filiación
como "la acción
y efecto de filiar. La relación de procedencia de los
hijos respecto a los padres". En nuestro medio la
filiación comprende un conjunto de caracteres que se
reflejan en la personalidad del individuo como lo son: Nombre
propio, apellidos paterno y materno, fecha y lugar de nacimiento,
nombre de los progenitores, domicilio y número de
algún documento de identidad.

Un concepto erróneo es identificar mediante el
simple cotejo de estos datos de filiación debido a que se
trata de unos datos de tipo "social", los cuales la persona que
pretendemos identificar los puede mutar a voluntad, e incluso
puede darse la casualidad que existan dos o más personas
cuyos datos de filiación sean coincidentes. Por lo tanto
cotejaremos datos de tipo físico, que el individuo porta
en todo momento, exigiendo a esos datos dos
propiedades:

  1. Que sean consustanciales al individuo, es
    decir, que lo hagan único respecto al resto de la
    población; y
  2. Que sean invariables a lo largo del tiempo, por
    si necesitásemos identificar a esa persona más de
    una vez a lo largo de su vida.  

La identificación de una persona, conforma las
características que integran su identidad. En tal sentido,
podemos decir que identificar a una persona es establecer un
centro de gravedad en torno al si
mismo, que implica esto que más allá de los cambios
internos y externos, más allá de los nuevos
conocimientos y saberes que el individuo incorpora hay un "Yo"
relativamente unificado, esto implica que el sujeto construye en
casi dos décadas de existencia una posición
básica de ser en el mundo.

Esto significa que cada individuo tendrá
determinados tipos de necesidades, impulsos, motivaciones que
satisfacer para sentirse básicamente feliz y realizado a
la vez y aquí es donde se generan grandes problemas,
esto es: armar con base a esa identidad un proyecto de vida
lo cual incluye vocación, profesión,
ocupación (estudio y trabajo),
sexualidad
(formar pareja, consolidar una familia), un
conocimiento
acerca de quién soy, qué necesito, implica auto
evaluación, autoestima etc.

El tema de consolidar la identidad es entonces un
trabajo que tiene una doble finalidad, por una lado encontrar un
sentimiento interno de unidad, y por otro desde nuestras
relaciones con el mundo el de singularizarnos, esto es
diferenciarnos del otro, desde algún punto, no por algo la
sociedad
premia o destaca aquello que es creativo, aquello que se
convierte en marca registrada.
Una identidad es una totalidad, como un universo, que
incluye varias partes o subsistemas: La identidad sexual o de
género,
la identidad física, la identidad
psicológica, la identidad social, la identidad moral
la identidad ideológica.   

En resumen, el concepto de identidad tiene diferentes
significados y se utiliza en una variedad de contextos que
necesitan ser distinguidos para evitar confusiones y clarificar
el sentido en que lo utilizaremos en este trabajo. Un primer
significado de identidad se encuentra en las tradiciones
metafísicas escolásticas y aristotélicas que
la concebían como uno de los principios
fundamentales del ser y como una ley lógica
del pensamiento.
El principio ontológico de identidad o de "no
contradicción" afirma que todo ser es idéntico
consigo mismo y, por lo tanto, una cosa no puede ser y no ser al
mismo tiempo y desde un mismo punto de vista. Como una regla del
pensamiento lógico, el principio de identidad establece
que dos proposiciones contradictorias no pueden ser falsas o
verdaderas al mismo tiempo y que una idea contradictoria (por
ejemplo un círculo cuadrado) no tiene sentido. Como
propiedad de
todos los seres, la identidad no depende necesariamente de que un
ser particular sea capaz de reflexión o no. Una mesa es
idéntica consigo misma del mismo modo que un ser humano es
idéntico consigo mismo aunque la mesa no sea consciente de
ello y el ser humano pueda serlo.

Para un sinfín de actividades cotidianas es
necesario estar identificado, cualidad que normalmente se suele
demostrar mediante un documento que acredita dicha identidad,
pero que para la expedición de ese documento acreditativo
anteriormente se ha registrado junto a los datos de la persona en
él expresados, alguna característica consustancial
de la persona portadora (por ejemplo la impresión dactilar
en el documento legal de identificación, la fotografía
en la licencia de conducir o en algún otro tipo de
documento, etc.). Dentro de la actividad policial, tiene una
doble faceta:

  1. A nivel penal, identificación de personas
    implicadas en hechos delictivos. Además de la
    identificación, se asociará a estas personas su
    historial delictivo (antecedentes) y toda información procesal que pudiera ser
    relevante sobre esa persona (búsquedas, reclamaciones
    por alguna autoridad
    judicial, etc.).
  2. A nivel social, toda identificación no
    asociada a hechos delictivos, por ejemplo: expedición de
    documentos
    acreditativos de identidad, personas inconscientes en
    hospitales, amnésicos, dementes, víctimas de
    grandes catástrofes, cadáveres sin identificar,
    etc.

Legalmente, toda persona tiene una identidad propia, que
nace con el derecho
natural que tiene el individuo como ser humano. Nuestra
legislación sustantiva civil reconoce la denominada
personalidad y tiene existencia desde el nacimiento y termina con
la muerte, tal
y como lo estipula el Código
Civil guatemalteco, en el artículo 1, Capítulo I
del Libro
Primero.

Tal y como la personalidad o identidad es concebida por
nuestra legislación, podemos decir que
jurídicamente la personalidad y por ende la identidad, en
un gran concepto formado por ciertas características que
en su conjunto forman el estado
civil de una persona, bajo el entendido que como estado civil
no tendremos el estado de soltería y/o la circunstancia de
estar casado, sino el conjunto total de circunstancias que
individualizan a una persona, como lo son: el nombre propio, los
apellidos, la circunstancia de haber nacido en una fecha y lugar
determinados, ser hijo de determinados padres, las circunstancias
que conlleva ser menor de edad como la patria
potestad, la capacidad, etc.

Como una característica de la personalidad o de
la identidad, el Código
Civil determina en el artículo 4, reformado por el
artículo 1 del Decreto número 38-95 del Congreso de
la República: "La persona individual se identifica con el
nombre con que se inscriba su nacimiento en el Registro Civil, el
que se compone del nombre propio y del apellido de sus padres
casados o de sus padres no casados que lo hubieren reconocido.
Los hijos de madre soltera serán inscritos con los
apellidos de ésta. Los hijos de padres desconocidos
serán inscritos con el nombre que les de la persona o
institución que los inscriba. En el caso de los menores ya
inscritos en el Registro Civil con un solo apellido, la madre, o
quien ejerza la patria potestad, podrá acudir nuevamente a
dicho Registro a ampliar la inscripción correspondiente
para inscribir los dos apellidos".

Asimismo, el Decreto 1735 del Congreso de la
República, emitido el 30 de mayo de 1931, publicado el 13
de junio de 1931, que contiene la Ley de Cédulas de
Vecindad, establece que a partir de la mayoría de edad,
que en Guatemala se
alcanza a los 18 años, las personas deberán
identificarse con su respectiva Cédula de Vecindad,
documento que desde entonces expide el Registro de Cédulas
Vecindad o Registro de Vecindad, que funciona adscrito a la
Municipalidad del lugar en el que reside el vecino. Sin embargo,
este documento parece que agoniza toda vez que con fecha 23 de
noviembre de 2005, el Congreso de la República
aprobó la Ley del Registro Nacional de Personas (RENAP),
la cual da paso a un nuevo sistema para la
inscripción e identificación personal de los
guatemaltecos, que probablemente entrará en vigencia a
finales del año 2007.

Sin embargo, la identidad no la forman solamente las
características notorias que diferencian a un individuo de
otro y la identificación que legalmente le corresponde a
cada persona; es un concepto aún más amplio, puesto
que a esas condiciones debe adicionarse las
características biométricas que posee el individuo,
en virtud de las cuales cada persona es única en el
universo.

El Dr. Ednlond Locard, dice que en tal sentido la
identidad es "la cualidad o conjunto de cualidades que posee una
cosa que la diferencia de todas las demás"; y
refiriéndose a la identidad personal dice que "es el
conjunto de caracteres por los cuales el individuo define su
personalidad propia y se distingue de sus semejantes".

Son varias las características biométricas
que prueban que el individuo es un ser único en el
Universo y que por consiguiente ninguna otra persona es
idéntica a otra. Entre estas características
están: las huellas dactilares, las huellas de las palmas
de manos y pies, las orejas, el paladar de la boca, el iris del
ojo, el rostro, la voz, la forma de caminar, y otros. Estos
caracteres dan lugar a una disciplina
llamada Biometría.

1.2. El Derecho de identidad, un derecho
natural

Algunos tratadistas entre ellos Guillermo Cabanellas
consideran a la identidad un derecho natural de la persona que le
deviene de su condición de ser humano. En esa virtud
define la identidad como "el hecho comprobado de ser una persona,
constituyendo la determinación de la personalidad
individual a los efectos de relaciones
jurídicas".

El mencionado autor define la identificación como
"el reconocimiento y comprobación de que una persona es la
misma que se supone o se busca". De estos conceptos se puede
concluir que la prueba de la identidad es lo que se llama
identificación. Es importante señalar que existen
ciertos factores que ayudan a la individualización e
identificación de las personas, porque "la identidad
sólo se logra con la diferencia". Estos factores se
encuentran comprendidos en el ámbito privado de las
personas.

Se observa una tendencia en la evolución del contenido del derecho a la
privacidad, confluyendo en éste un conjunto más
amplio de espacios de lo individual, que ameriten
protección jurídica. Es el caso de los derechos a la imagen, al
nombre y a la voz.

Con relación al derecho a la imagen es
conveniente precisar qué entiende la doctrina por imagen
de una persona. Actualmente se ha confundido la extensión
del contenido de la imagen, por cuanto ésta se ha
delimitado erróneamente al reconocimiento del rostro. Sin
embargo, dentro del concepto de imagen, hay que tener en cuenta
otros factores que ayudan a determinar ese reconocimiento para la
identificación de las personas. Existen muchas
características físicas del ser humano que
colaboran con la función de
identificar o contribuir a identificar a las personas y a las
mismas nos referiremos con mayor amplitud más adelante.
Por ahora simplemente señalamos que estas
características constituyen lo que se llaman datos
biométricos, y entre éstos figuran: las huellas
dactilares, fondo del ojo, firma, contorno de la mano, la
escritura
manual, los
labios, la oreja, y la velocidad de
las pulsaciones de las teclas de una máquina de escribir,
entre otros. Conviene señalar que hoy día, los
datos biométricos ya constituyen una imagen que puede leer
una computadora,
previa introducción de dicha imagen a una base de datos.
La imagen se introduce bajo la forma de Píxel o llamado
también picture elements, conteniendo caracteres bajo la
forma de cadenas de bits.

De igual forma, a través de la imagen, sobre todo
del rostro se puede reflejar la personalidad de un individuo,
descifrarse sus sentimientos, comportamientos, gustos,
costumbres, que necesariamente no tienen la finalidad de
identificación pero si podrían tener otras como la
selección o el marketing,
pudiendo ser utilizada su imagen y ser objeto de interpretaciones
que pudieran ser erróneas o subjetivas, causando si fuera
el caso, un menoscabo a su reputación.

El derecho a la imagen consiste en la prohibición
de la reproducción, utilización,
transmisión o divulgación de la imagen de una
persona por parte de terceros, sin que ésta haya prestado
su consentimiento. Ahora bien, para merecer la reparación
por la utilización indebida de la imagen, ésta debe
permitir identificar a la persona.

Como parte de los derechos que deriva la identidad,
está el derecho del individuo a tener un nombre, es decir
el derecho al nombre, característica que forma parte de la
personalidad individual y del estado civil de la persona. El
respeto de la
identidad e individualidad de la persona, hace que surja la
necesidad de tutelar su seguridad, puesto
que hoy día es muy común hablar de robo de
identidad. Hablamos de un mecanismo de seguridad que
podría evitar la invasión de la privacidad de la
persona; mecanismo que hasta la fecha no surge de las instituciones
jurídicas, y que en esa virtud nos obliga a pensar en el
mecanismo que utiliza el derecho
mercantil para tutelar la exclusividad y derecho de identidad
de las sociedades.
Sin embargo, con solo imaginar la operatividad de este mecanismo
podemos deducir que el mismo resulta materialmente imposible. Tan
solo imaginemos que previo a inscribir el nacimiento de un menor,
debamos publicar el nombre que los padres desean darle, citando a
quienes se consideren perjudicados con el hecho para que hagan
valer su oposición. Implementar ese mecanismo
además de poco viable, significaría poner en
peligro otros derechos del menor.

La identidad es un derecho que también abarca la
posibilidad de evitar que alguien utilice el nombre propio con
fines comerciales, siempre y cuando pueda probar la titularidad
de ese derecho, evitando así la apropiación de
seudónimos con cualquier fin, ya sea comercial,
artístico, entre otros. De forma que, hasta el
seudónimo, que constituye una vía de preservar
tanto la intimidad como la privacidad, puede ser utilizado y
respetado, inclusive como si fuera el propio nombre de la
persona, como ha sido recogido en diferentes convenios
internacionales sobre propiedad
intelectual, tal es el caso del Convenio de Berlín, en
su artículo 15, y el Acuerdo de Caracas de
1911.

Con relación al derecho a la voz, conviene en
primer término distinguir claramente en su ámbito
de protección que es la voz humana. En efecto el tema de
la voz remite al plano de los sonidos, simplemente porque
ésta es un sonido. Sin
embargo, nos limitaremos a la voz humana, que es un medio
identificador del individuo.

En primer término, se ha distinguido con
relación a la señal vocal entre: a)El
reconocimiento de la palabra dicha por una persona cualquiera no
identificable, como un mensaje cualquiera; y, b)El reconocimiento
del hablante, que es una persona identificada por el sonido que
produce su aparato de fonación.

Y en segundo lugar, se ha distinguido entre: a)Programas de
reconocimiento del hablante, por ejemplo a través de la
comprobación de la voz a partir de una muestra de la
misma, captada en cualquier momento y compuestos de centenares de
muestras de voz; y, b)Partiendo de la muestra de una voz y de la
identidad declarada por el hablante, se identifica al mismo, por
medio de la comprobación de sus expresiones sobre la base
de unos datos, a fin de establecer que la identidad declarada sea
realmente la del hablante.

Estas distinciones, que juegan un papel predominante al
momento de determinar las aplicaciones en las cuales interviene
la voz humana, no influyen, sin embargo, en la forma de
cómo deba plantearse la protección de la vida
privada ante los peligros que genera la digitalización de
la voz. De esta forma resulta que proteger la voz humana como
dato de una persona trae como consecuencia la protección
de las secuencias de voz emitidas por esa persona, siempre y
cuando le identifiquen, pero también abarca la
protección del contenido del mensaje vocal
expresado.

Con gran acierto, Pablo Andrés Palazzi, contempla
el habeas data y afirma que éste protege un "complejo de
derechos personalísimos, que incluyen la privacidad y la
identidad, relacionados a su vez con la imagen y con los
conceptos de verdad e igualdad."

1.2.1. El nombre: un concepto de
identidad

El nombre es sin duda el elemento más
característico de la identidad. Cabanellas explica que "el
nombre de las personas constituye la palabra o vocablo que se da
a un individuo con el fin de identificarla y distinguirla de los
demás." Explica el mencionado autor que en relación
con las personas, el nombre se puede entender de tres maneras:
Como nombre de pila o particular (Héctor, José,
Gerardo); como apellido (Torres, Fernández); cual nombre y
apellido a la vez.

– Caracteres del nombre

En España la
institución se denomina nombre civil, en Guatemala
simplemente nombre. La doctrina y la legislación, difieren
en las características que le atribuyen al nombre.
Según el notable tratadista Federico Puig Peña, el
nombre entre otras tiene las características
siguientes:

  1. Obligatorio, en relación a que se tiene y se
    usa.
  2. Inmutable, porque no cambia por efectos de la
    voluntad privada, a no ser en casos muy especiales que la ley
    lo permita, como por ejemplo en algunos casos de adopción.
  3. Indisponible, no se puede comercializar, ni regalar,
    ni donar.
  4. Imprescriptible, porque no se pierde ni se adquiere
    con el transcurso del tiempo. Es extrapatrimonial, no
    susceptible de valoración económica.
  5. Es inherente a la persona, pues la persona nace, vive
    y muere con su propio nombre.
  6. Es un derecho absoluto, erga omnes, oponible a todos,
    imponiendo la obligación a los demás de
    abstenerse de usar indebidamente el nombre de otra
    persona.

– Elementos del nombre

Según el tratadista español
Federico Puig Peña, los elementos esenciales del nombre de
las personas naturales son:

  • El nombre patronímico, que es el apellido de
    familia, sirviendo para designar a todas las personas de una
    familia.
  • El nombre de pila o nombre individual, constituye esa
    palabra que va a diferenciar e identificar entre sí a
    los portadores del mismo apellido.

– Elementos accidentales del nombre

Estos elementos son los agregados que se utilizan para
evitar confusiones que podrían resultar de la homonimia,
por ejemplo: junior, hijo. Federico Puig Peña dice que los
elementos accidentales no forman parte del nombre civil;
añadiendo que en España pese al paso del tiempo
aún es usual este elemento, añade que
básicamente comprende el seudónimo, el sobrenombre,
los títulos, grados y dignidades eclesiásticas,
militares o académicos, o calificaciones
nobiliarias.

En España, este elemento es válido toda
vez que proviene de los usos y costumbres, así como de la
circunstancia de ser un Estado moderno que aún conserva
monarquía, pero que pese a que aún
goza de reconocimiento legal y existencia social, ésta no
ejerce funciones
gubernamentales. En cambio, conforme al derecho civil
venezolano ningún ciudadano venezolano debe aceptar o usar
título nobiliario otorgado por alguna potencia
extranjera y si fuesen aceptadas y usadas por algún
ciudadano venezolano, éste se considerará como
traidor a los principios republicanos y en consecuencia
inhábil para servir todo cargo oficial dependiente de los
Poderes Nacionales y de los Estados. El fundamento del referido
precepto legal lo constituyen los principios democráticos
que inspiraron al Libertador Simón Bolívar.

No obstante lo expuesto, así como el hecho de que
el pseudónimo, apodo o sobrenombre, es en ocasiones el
nombre con el que su comunidad mejor
identifica a una persona, es el caso que el mismo no constituye
el nombre legal del individuo; toda vez que su nombre legal es
aquel con el que quedó inscrito su nacimiento en el
registro respectivo; aquel que le dan sus padres y que por
consiguiente es el que indican al funcionario que inscribe la
partida de nacimiento quien comparece a inscribir al menor, que
puede ser el padre, la madre o quien los represente para el
efecto.

– Determinación del apellido

El apellido, normalmente se deriva de la
filiación, y en esa virtud el nacimiento del menor
recién nacido se deberá inscribir con el nombre que
sus progenitores le asignaron y primer apellido del padre seguido
del apellido de la madre. Así lo establece nuestra
legislación civil vigente, de conformidad con el contenido
del artículo 4 del Código Civil, antes transcrito.
En igual forma lo tiene contemplado la legislación
argentina, cuyo Código Civil en su artículo 235
determina que los apellidos que llevará el menor nacido
quedarán establecidos así: "el primer apellido del
padre y de la madre forman, en ese orden, los apellidos de los
hijos. El hijo concebido y nacido fuera del matrimonio cuya
filiación haya sido establecida en relación con
ambos progenitores, tomará los apellidos de estos en el
mismo orden que los hijos concebidos o nacidos durante el
matrimonio". En Guatemala, el nombre personal se compone de
nombre y apellidos.

Pese al principio que dice que el nombre es inmutable,
en Guatemala la persona puede cambiar su nombre si así lo
desea. Frecuentemente el interés en
promover las diligencias voluntarias de cambio de nombre se
originan de la circunstancia de que al titular no le agrada el
nombre que le dieron sus padres al inscribir su
nacimiento.

1.3. Sistemas de
identificación personal

Actualmente en la generalidad de Estados existe
interés por la adopción de sistemas de
identificación personal que ofrezcan las mejores
garantías, en una era caracterizada por la concurrencia y
acentuación de fenómenos delictivos. En nuestro
medio, por ejemplo, la alta demanda de
infantes para adopción, ha contribuido al aumento de
delitos como
el de sustracción de menores, puesto que el país no
cuenta con la estructura y
medios que
doten un sistema identificación personal que ofrezca
mejores garantías. Por otra parte el denominado "robo o
hurto de identidad" es otra circunstancia que obliga al Estado a
adoptar un sistema de registro personal cuyos procedimientos no
hagan posible que un individuo utilice más de una
identidad. Asimismo el narcotráfico y otros delitos de alto
impacto, son situaciones que despiertan el interés de los
delincuentes por obtener una identidad nueva y distinta de la que
les corresponde, obtenida ya sea por el bisturí del
cirujano o mediante la falsificación de documentos de
identidad.

El objeto de estos sistemas, es pues la
identificación personal y la protección de la
identidad, que recordemos es el conjunto de caracteres
físicos que individualizan a una persona haciéndola
igual a sí misma y distinta a todas las
demás.

Asimismo, los sistemas de identificación personal
constituyen un apoyo para la implementación de sistemas de
registro de personas más eficientes, la
identificación a diferencia de la identidad es la cualidad
de una cosa que hace que ésta sea ella misma,
diferenciándose de cualquier otra. Procedimiento
mediante el cual se recogen y agrupan sistemáticamente
esos caracteres.

Por lo expuesto, la sociedad y el Estado debe utilizar y
aprovechar los sistemas de identificación personal para
garantizar a todos y cada uno de los ciudadanos la exclusividad
del uso de su identidad personal, así como la certeza al
sistema de administración de justicia de
que quienes incurran en la comisión de delitos de
cualquier grado y naturaleza
serán sancionados conforme a la ley.

En tal virtud, los sistemas de identidad son el medio
que trata de dotar a los gobiernos de los mecanismos más
seguros de
identificación personal. Algunas pruebas y
sistemas de identificación personal que a
continuación describiremos, están incluidos en las
pruebas que forman la clasificación biométrica que
más adelante se detallará. En esa virtud, sin
perjuicio de los sistemas biométricos de
identificación personal, haremos una breve descripción de los sistemas de
identificación personal que con distinta base o fundamento
tienen un respaldo científico.

Dependiendo de las características físicas
del individuo que sean objeto de estudio para su
identificación diremos que estamos empleando uno u otro
sistema. Los sistemas de identificación más
utilizados en la actualidad son los siguientes:

1.3.1. Sistema antropométrico

Basado en características físicas
generalistas del individuo, fácilmente observables e
incluso algunas de ellas mesurables. Su precursor fue Alphonse
Bertillon, quien estableció un método de
observación y registro (Bertillonaje) de
ciertas características físicas agrupándolas
del modo siguiente:

  1. Señalamiento antropométrico general,
    consistente en la medición de determinadas partes el
    cuerpo: estatura, longitud máxima de brazos extendidos
    en cruz, contorno craneal, extremidades, etc.
  2. Señalamiento descriptivo, basado en
    singularidades principalmente fisonómicas de la persona,
    conformando lo que Bertillon llamaba "el retrato hablado"
    (portrait parlé).
  3. Señalamiento de marcas
    particulares, como lunares, cicatrices, tatuajes, amputaciones,
    anquilosis, etc.

Este sistema de identificación presenta como
principales inconvenientes, su gran laboriosidad, lentitud,
subjetividad por parte del especialista que estudia estas
características y problemas de variabilidad natural
(cambio de estatura con el crecimiento, cambio de color de pelo,
de color de tez, etc.) de algunos de los rasgos
observados.

  1. Sistemas lofoscópicos

Son los que estudian la morfología
de determinadas rugosidades presentes en ciertas zonas de la
anatomía
humana. Engloba las rugosidades e irregularidades más
estudiadas, que son las crestas papilares, finos relieves
epidérmicos presentes en las manos y pies, y dependiendo
que zona sea objeto de estudio, tendríamos:

  1. Dactiloscopia, sistema de identificación
    basado en el estudio de los dibujos
    formados por las crestas papilares en las yemas de los dedos de
    las manos. Al respecto el Doctor José Adolfo Reyes
    Calderón, conceptualiza la Dactiloscopia como: "El
    examen de los dedos. Método de identificación
    personal basado en las impresiones producidas por las crestas
    papilares que se encuentran en las yemas de los
    dedos".
  2. Quiroscopía, que es la rama de la
    lofoscopía que estudia los dibujos formados por las
    crestas papilares de las palmas de las manos, con fines de
    identificación. Su nombre procede de las voces Keiros
    que significa mano y scopeo que significa examen. Crea un
    sistema de identificación basado en el estudio de los
    dibujos formados por las crestas papilares en la palma de las
    manos. El Criminólogo y Criminalista Doctor José
    Adolfo Reyes Calderón, le denomina palmatoscopía,
    indicando que es la disciplina que "estudia la
    disposición, registro y clasificación de las
    crestas papilares de las palmas de las manos". Adelante se
    incluye la figura de un quirograma en forma de cuadro
    sinóptico.
  3. Pelmatoscopía, sistema de
    identificación basado en el estudio de los dibujos
    formados por las crestas papilares en la planta de los pies. No
    existen dos dibujos iguales formados por crestas papilares,
    siendo por lo tanto un elemento único para cada
    individuo; término que define el Doctor José
    Adolfo Reyes Calderón como: "la disciplina que estudia
    las crestas que se encuentran en las plantas de
    los pies. Analiza la disposición, registro y
    clasificación de las crestas papilares de las plantas de
    los pies".
  4. Palatoscopía, sistema de identificación
    basado en el estudio de las rugosidades presentes en el paladar
    superior de la boca (rugosidades palatinas) cuyo dibujo es
    esencialmente el mismo a lo largo de la vida del
    sujeto.
  5. Queiloscopía, sistema de identificación
    basado en el estudio de los pliegues de los labios de la boca.
    Según el Odontólogo Forense catalán Pueyo
    Moya: "es el estudio de las huellas labiales que cada individuo
    posee así como la huella dactilar es única e
    irrepetible, no se altera con la edad y es de gran ayuda para
    la Odontología Forense, especialmente para la
    identificación de cadáveres de personas que
    perecieron en una catástrofe natural, accidente
    aéreo, etc. Por ende es una disciplina, que en todo caso
    constituye un gran apoyo para los casos que requieran una
    investigación
    criminalística".

Figura: Cuadro sinóptico del
Quirograma

1.3.3. Sistema odontológico

También denominado sistema de odontología
legal y forense, es la ciencia y
arte que
propone los conocimientos odontológicos en asistencia y
colaboración en la aplicación del derecho en la
solución de problemas o situaciones judiciales
relacionados con la identificación de las
personas.

El sistema Odontológico está basado en el
estudio de la morfología de las piezas dentales y de las
diferentes particularidades que pudieran presentar, como por
ejemplo ausencia de alguna pieza, caries, desgastes o elementos
más singularizadores como intervenciones hechas por un
estomatólogo (empastes, fundas, puentes,
prótesis totales
o parciales). Este sistema plantea el problema de encontrar
elementos de cotejo o comparación, para lo cual se suele
utilizar fotografías o radiografías anteriores de
las piezas dentales. Sin embargo, en determinadas situaciones
extremas (cadáveres carbonizados, cadáveres en
avanzado estado de descomposición, cadáveres
esqueletizados, grandes catástrofes, etc.) resulta ser un
sistema muy útil debido a la gran resistencia de
las piezas dentales a las altas temperaturas o fuertes
impactos.

Los dientes son en sí las piezas más
resistentes del cuerpo a la destrucción tanto
física como química. El estudio
detallado permite conocer especie, raza, sexo, talla y
edad aproximadas, además de valiosos datos sobre
identificación individual. En este último caso, es
imprescindible contar con información dental previa de la
supuesta víctima.

Las fuentes de
variabilidad en los dientes pueden ser de naturaleza
congénita, como la forma y el tamaño; estigmas
debidos a profesiones o hábitos, como el color
característico en los fumadores; enfermedades graves de la
infancia que
afectan la formación de la dentina y el esmalte; y la
existencia de tratamientos odontológicos.

La importancia y responsabilidad de esta disciplina recae en el
Odontólogo Forense dentro del equipo multidisciplinario,
en la acción de identificación tiene que ver en la
relación que existe entre las piezas dentarías y su
perdurabilidad. La aplicación de los conocimientos
odontológicos al servicio de la
justicia y a la elaboración de leyes
correlativas a su especialidad, ha nacido como consecuencia de la
necesidad de aplicar los conocimientos acerca de los dientes y de
los arcos dentarios en la resolución de problemas de
índole legal.

Ocasionalmente puede ser necesario determinar la
identidad de un individuo del que se carece de elementos que
puedan conducir a la identificación judicial o
médico legal y en cambio se dispone de su sistema
dentario; tal caso suele ocurrir por cuanto las especiales
características de los dientes los hacen aptos para
resistir la acción del tiempo, de la putrefacción,
el fuego, de traumatismos que lesionan y deforman regiones
blandas vecinas. Los dientes aportan información de suma
importancia para la comparación de los datos ante mortem
con los post mortem.

Las piezas dentarías están formadas por
esmalte, que es el tejido más duro del cuerpo humano.
Debido a ello por su posición y ubicación en y
dentro de los huesos maxilares,
proporciona una fuente de información
importantísima.

1.3.4. Sistemas biológicos

Son aquellos basados en el análisis en el
laboratorio de
alguna sustancia del organismo del individuo cuya
composición es única para cada persona,
constituyendo de este modo un indudable elemento identificativo.
Hoy en día dentro de estos estudios analíticos, los
más empleados son las técnicas
genéticas basadas en el estudio de la composición
del ADN (ácido
desoxirribonucleico), compuesto presente en todas las células
nucleadas del individuo, y cuya composición es
única para cada persona. Una ventaja de este sistema de
identificación es que para el cotejo se podrá
emplear un registro anterior (una muestra con la
composición de esta sustancia) o bien una muestra de la
composición del ADN de un familiar directo (padres o hijos
del interesado), ya que dicha composición es hereditaria y
transmisible.

A mediados de la década de 1980 comienzan a
desarrollarse sistemas de identificación de individuos
basados en el estudio de polimorfismos de ADN, los cuales
reflejan la amplia variación de secuencias localizadas en
diferentes regiones del genoma. Conforme al Diccionario de la
Real Academia Española, genoma es el "Conjunto de los
genes de un individuo o de una especie, contenido en un juego haploide
de cromosomas".

Todos estos sistemas de identificación se basan
en "lo que la persona es", es decir, en características
intrínsecas a la persona. Sin embargo, existen otros
sistemas de identificación basados en determinadas
acciones
llevadas a cabo por los individuos ("lo que la persona hace") a
través de las cuales pueden ser identificados y cuya
aplicación es más frecuente en el ámbito de
la Criminalística. Entre ellos podemos
señalar:

  1. Sistemas Fonológicos o Acústicos,
    basados en la identificación a través de la voz,
    en la cual existen determinados rasgos inherentes a cada
    persona, persistentes incluso aunque se modifique el tono, el
    volumen u otras
    características de la misma.
  2. Sistemas grafoscópicos, basados en la
    identificación de la persona a través de su
    escritura, de determinados trazos generados de una manera
    inconsciente y que pueden caracterizar el modo de escribir de
    la persona.

1.4. Sistema de identificación personal
adecuado

Además de los sistemas estudiados existen otras
técnicas. No sería correcto decir que un sistema de
identificación es el "mejor". Incluso podría darse
el caso de la complementariedad entre ellos, es decir, que un
sistema nos sirva para orientar de quien se puede tratar, acotar
la búsqueda entre varios candidatos y otro para confirmar
realmente la identidad de la persona. Además es
conveniente tener en cuenta que la elección de uno u otro
sistema al momento de identificar a una persona, vendrá
determinada por dos factores:

  • Las circunstancias en que se encuentre la persona, es
    decir, que esté en perfecto estado cuando se trate de un
    cadáver, que ese cadáver esté en avanzado
    estado de putrefacción, que estén separados
    algunos de sus miembros etc.
  • La posibilidad de encontrar un patrón con el
    cual comparar, ya sea un registro anterior de las mismas
    características o algo válido para establecer
    esta relación de identidad.

1.5. Justificación de la identificación
personal y registro de personas

Como apuntamos anteriormente la identidad y la
identificación son una necesidad del hombre, por
cuanto su individualismo es instintivo y en esa virtud le
interesa ser diferenciado de las demás personas. Para la
sociedad y por ende para el Estado es muy importante contar con
una institución que registre el nacimiento de las
personas, los actos que afectan su estado civil y su muerte, toda
vez que como organización social, es una necesidad del
Estado saber cuántos ciudadanos tiene y quiénes
son. Los partidarios de la teoría
del derecho natural, según apunta Federico Puig
Peña, fundan la necesidad de la identificación
personal en verdades objetivas derivadas de la
ley divina; de un derecho que se tiene por la simple
circunstancia de su condición humana.

No obstante lo anterior el Registro Civil no
surgió repentinamente para responder a esa necesidad.
Surgió más bien por el interés de la
inquisición de sancionar a quienes incumplieran sus
deberes religiosos. Es el caso que en la antigüedad, era a
través de los censos que el Estado romano, obtenía
el registro estadístico y de identidad de sus ciudadanos.
Era una especie de recuento o encuesta que
se practicaba tanto en Roma como en los
territorios conquistados por los romanos.

La idea del Registro Civil actual surge después
de la caída del Imperio Romano,
precisamente en la época en que la iglesia
Católica pasó a tomar un papel protagónico
en las sociedades de la Europa Central y
Occidental, de esa cuenta la recaudación de tributos, la
imposición de penas por delito y la
posesión de las tierras recayó en la iglesia
católica. Toda vez que la herejía era duramente
sancionada, el poder de la
Iglesia se fue fortaleciendo de tal forma que monarquías e
iglesia se distribuyeron el ejercicio del poder. Era notoria la
observancia que la población hacía de los
Mandamientos cuya enseñanza impartía y consagraba la
iglesia; y la
administración de los sacramentos se convirtió
en una actividad obligada para el pueblo, por lo que se
hacía necesario que la iglesia llevara un registro de los
sacramentos que administraba, a efecto de controlar que todos los
recibieran. No recibir los santos sacramentos constituía
un grave delito, una grave ofensa hacia Dios, una herejía
que merecía ser duramente castigada. Los registros
bautismales fundados por la Iglesia Católica en Europa,
trascendieron en América, y en todos aquellos territorios
conquistados por los europeos. Los registros parroquiales, tanto
en Europa como en América, constituyen el antecedente
histórico de lo que hoy es el Registro Civil. De esa misma
forma lo ratifica el tratadista Federico Puig Peña que
sitúa el origen del registro civil en los registros
parroquiales de la Iglesia Católica, precisamente en la
Edad
Media.

Pero qué es en sí el registro de
nacimiento? El registro de nacimiento es la constancia oficial
del nacimiento de un niño que un determinado nivel
administrativo del Estado asienta en un archivo, bajo la
coordinación de un particular ramo del
gobierno.
Constituye un registro permanente y oficial de la existencia del
niño. Idealmente, la inscripción de los nacimientos
forma parte de un sistema eficaz de registro civil que reconoce
la existencia de la persona ante la ley, establece los
vínculos familiares del niño y recorre la
trayectoria de los acontecimientos fundamentales en el vivir de
un individuo, desde el nacimiento con vida hasta el matrimonio y
la muerte. Un sistema de registro civil completamente funcional
debería ser obligatorio, universal, permanente y continuo
y debería asimismo asegurar el carácter
confidencial de los datos personales. Debería recoger,
transmitir y acumular datos de manera eficiente y garantizar la
calidad e
integridad de los mismos.

El registro Civil debe promover dos objetivos
principales: uno legal y otro estadístico. Un sistema con
tales características, gracias a su valor
instrumental en la salvaguardia de los derechos humanos,
contribuye al funcionamiento normal de toda sociedad.

Al inscribir el nacimiento de un niño en el
registro, se le permite también obtener un certificado de
nacimiento. En algunos casos, la expedición del
certificado es automática luego del registro del
nacimiento, mientras que en otros es necesario presentar una
solicitud por separado. En ambos casos, el certificado de
nacimiento es un documento personal expedido por el Estado cuyo
beneficiario es un individuo. Por lo tanto, el registro de
nacimiento y la expedición de un certificado de nacimiento
son dos cosas distintas aunque estrechamente
vinculadas.

El certificado de nacimiento es la prueba más
visible del reconocimiento legal por parte de un gobierno de la
existencia del niño como miembro de la sociedad. Si cuando
un niño nace no se registra su nacimiento ni se redacta un
acta de nacimiento, tampoco tendrá más tarde un
certificado de nacimiento, con todo lo que implica verse privado
de los importantísimos datos que el mismo sirve a
demostrar: el nombre y la relación con los padres y con el
Estado. En realidad, el certificado de nacimiento es, por lo
general, el documento que determina la nacionalidad
del niño, dado que son muchos los países que
conceden la nacionalidad
según el lugar de nacimiento. En los países que
utilizan otros criterios, como el de consanguinidad, el
certificado de nacimiento sigue siendo, en todo caso, el
documento con valor probatorio más importante del
nacimiento y de la nacionalidad del menor nacido, puesto que
alude inclusive a la nacionalidad de los padres.

El registro del nacimiento de las personas, el registro
de los cambios o modificaciones en su estado civil, el registro
de vecinos de una circunscripción territorial (municipio),
así como el registro de la muerte de las personas;
constituyen las actividades básicas del Registro Civil.
Esencialmente el Registro Civil es una institución en la
que se encuentran inscritas, personas vivas y muertas, en la cual
tiene como base la identificación personal de los
inscritos con el nombre que les corresponde.

La identificación personal es consecuencia de la
identidad individual del individuo y de la necesidad adicional de
que dicha identidad quede registrada públicamente. En
función de esa necesidad es que el nacimiento de cada
persona se inscribe consignando la fecha y lugar preciso en el
que ocurrió el parto,
así como el nombre de los padres que lo
procrearon.

La mayoría de edad es una condición
objetiva que marca la madurez física y mental de la
persona, y como consecuencia de ella la ley reconoce a favor del
mayor de edad, la capacidad de ejercitar por sí mismo de
sus derechos. Asimismo, la mayoría de edad, también
es el inicio de la responsabilidad legal de la persona, y en esa
virtud, con la mayoría de edad la persona nace como sujeto
de obligaciones.
La responsabilidad, es la condición personal por la cual
toda persona íntegra y mentalmente sana, tiene la
obligación de responder de los actos trascendentales para
el derecho; en esa virtud, el mayor de edad, como ciudadano debe
responder de las obligaciones que le corresponden como persona,
como sujeto de familia, heredero, como contribuyente, como
empleado, como empleador, como comerciante, como sujeto de
derecho civil y como sujeto de derecho penal, en
caso de incurrir en conducta que sea
constitutiva de delito de conformidad con la ley.

La trascendencia que tiene para las personas alcanzar la
mayoría de edad, hace necesaria para el Estado la
creación de una institución que además de
llevar el registro ordenado de los ciudadanos capaces por
sí mismos para ejercitar sus derechos y responsables para
cumplir sus obligaciones; institución que expida un
documento que permita identificarse ante la sociedad a quienes
han alcanzado la mayoría de edad y con ella la madurez
para ser sujeto de derecho. Con el fin de responder a esa
necesidad, se creó el Registro de Cédulas de
Vecindad, en donde además del nombre y demás datos
que integran el estado civil, deja constancia de ciertas
características personales como lo es la imagen de su
rostro por medio de la fotografía que se integra a su
registro vecinal y a la cédula que se le extiende, la
impresión dactilar de su dedo pulgar derecho y la
descripción de las notas o características
físicas que le son propias.

El registro cedular de vecindad, responde también
a una necesidad del Estado, de controlar a los ciudadanos,
especialmente a los infractores del ordenamiento jurídico
vigente, actividad en la cual la identificación personal
cumple un papel muy importante. El poder establecer de manera
indudable la identidad de las personas ha sido una
preocupación constante a través del transcurso de
los tiempos, siendo posiblemente la identificación
personal el antecedente remoto donde se basa la moderna
Criminalística.

La individualización de las personas es
imprescindible en toda relación jurídica,
administrativa, económica etc. Sin embargo, posiblemente
sea dentro del ámbito de actuación judicial y
policial donde más evidente resulta la necesidad de
utilizar métodos de
identificación personal fiables y seguros (y de ser
posible rápidos), por la práctica frecuentemente
empleada por algunos delincuentes que tratan de ocultar o falsear
su verdadera identidad, para escapar a la acción de la
Justicia. Cuando se trata de cadáveres, a las necesidades
legales de establecer esa identidad por cuestiones de herencias y
sucesiones
(problemas de premoriencia y comorencia), se suman,
además, razones humanitarias y motivos religiosos que
inducen a todas las personas a honrar a los familiares
fallecidos. Como consecuencia de esto, la identificación
personal tiene especial importancia en aquellos casos en que la
identificación de personas fallecidas suele plantear
grandes dificultades, es decir, en casos que suelen resultar
complicaciones, ya sea por no portar el fallecido el documento
que legalmente lo identifique, en caso de víctimas
múltiples en una catástrofe; que son situaciones en
las cuales si se actúa con falta de previsión,
fácilmente se puede incurrir en equivocación al
identificar a una persona. Es en casos como los indicados, en los
que la Biometría ayuda en la identificación
personal; y en esa virtud es más aconsejable que los
sistemas de identificación personal por medios
biométricos sean practicados por expertos, a efecto de
establecer en forma indubitable la identidad de fallecidos bajo
circunstancias que hacen difícil su
identificación.

Como resultado de lo antes expuesto, podemos afirmar que
la identificación de las personas por medios
biométricos tiene importancia en los hechos
siguientes:

  1. Como medio de establecer la identificación
    personal de personas vivas en general;
  2. Como medio de identificación de personas
    fallecidas en circunstancias que no pueden ser
    fácilmente identificados por sus familiares o personas
    conocidas que a falta de familiares del fallecido pueden dar
    cuenta de su identidad; y
  3. Identificación de cadáveres y
    víctimas de hechos violentos, grandes catástrofes
    o cualquier otra especial circunstancia que haga
    problemática su identificación. El desarrollo
    de la tecnología, hace que hoy día se
    disponga de los medios más seguros para lograr la
    identificación de personas vivas y muertas.

CAPÍTULO
II

SISTEMAS BIOMÉTRICOS DE IDENTIFICACIÓN
PERSONAL

2.1. Antecedentes históricos

Pese a que los antecedentes de la biometría
incluyen los referentes a la Dactiloscopía, en el presente
trabajo se distinguirá entre los antecedentes de la
biometría en general y los antecedentes de la
Dactiloscopía en particular, a los que nos referiremos
más adelante.

La necesidad de identificación de las tribus
antiguas, fue satisfecha por medio de adornos de plumas, pinturas
y tatuajes. El tatuaje revela la tribu, el clan y la familia. En
los países de clima
extremadamente frío como Siberia, se dice que las mujeres
tatuaban el dorso de la mano, el antebrazo y la parte anterior de
las piernas y los hombres se hacían en la muñeca,
la marca o signo que usaban como firma. En la sociedad primitiva,
a los delincuentes, se les hacia una marca de fuego como medio
individualizador y ejemplificador que se llamaba Tatuaje
Judicial. Las cicatrices servían también como
individualizantes. Existían pueblos bárbaros que
procedían a mutilar distintos miembros (dedos, orejas,
nariz), según el delito cometido. La utilización de
dichas marcas para la imputación de actos a determinadas
personas con cuya base eran castigados los responsables por los
miembros de otra tribu, consideramos son el antecedente
histórico más remoto de las pruebas
biométricas.

Todas estas marcas se usaron hasta mediados del siglo
XIX en que desaparecieron con el nacimiento de las doctrinas
penales. Pero el signo individualizador por excelencia, fue el
nombre, más tarde nace la necesidad del apellido. La
filiación fue el primer sistema empleado para tratar muy
rudimentariamente la individualización personal, luego los
estudios morfo-antropológicos permitieron determinar con
mayor precisión los caracteres y formas del cuerpo.
Así se crea el retrato hablado por Bertillon, padre de la
policía científica.

El sistema antropométrico consiste en la
aplicación para la identidad de los delincuentes de
algunas de las medidas del cuerpo humano que utilizaban algunos
antropólogos para sus investigaciones y
la descripción de las observaciones fisonómicas
tomadas de los estudios que con fines también
antropológicos habían iniciado Della Porta, Cortes,
Bell, Darwin, etc. La
obra de Bertillon consistió en lo que Galton llamaba la
lexiconización de las medidas, o sea, el clasificar las
medidas ordenándolas a la manera de palabras en el
diccionario.

En 1658, los anglosajones marcaban a los criminales con
una letra hecha con hierro
candente, sobre el dedo pulgar izquierdo: "A" significaba
adúltero, "M" significaba asesino o matador, "T"
significaba felonía o traición. En Francia, los
condenados a galeras eran marcados con la señal GAL. Junto
a la marca de la yerra, se empleó la mutilación. En
Cuba, se
cortaban las orejas a los esclavos y las narices de los
criminosos. En los Estados Unidos,
si un hombre casado practicaba sodomía, sería
castrado y también se le amputaba las orejas a los
criminales condenados.

Sin embargo, los especialistas coinciden en considerar
que la fase científica de esta disciplina se inicia en el
Siglo XVII, alrededor del año 1665, cuando Malpighi,
anatomista de esa época, resalta las diversas formas o
dibujos que se presentaban en la cara palmar de cada uno de los
dedos; al morir, dos de sus principales discípulos, F.
Ruyech y Albinus, continúan su obra, pero no es hasta el
año de 1823, cuando Juan Evangelista Purkinje, logra
separar y clasificar en nueve tipos diferentes todas las
características antes descubiertas por sus
antecesores.

En 1664 Marcelo Malpighi (1628–1694),
médico y anatomista italiano que describió el
glomérulo renal que lo recuerda con su nombre, al igual
que el estrato profundo de la epidermis, publicó un
trabajo titulado "Epístola sobre el órgano del
tacto" en el que se estudian los diseños digitales y
palmares, que tal vez sea la iniciación moderna de esta
materia. En
1840, con la aparición de la fotografía,
ésta pasó a ser empleada como proceso exclusivo de
identificación criminal, comenzando en Suiza.

En 1856 José Engel publicó el "Tratado del
Desarrollo de la Mano Humana", en el que hace un estudio sobre
los diseños digitales. Afirmó que los
diseños digitales existen desde el sexto mes de vida
intrauterina, y redujo a cuatro los nueve tipos descritos por
Purkinje. En 1858 William James Herschel, agente del gobierno
inglés
en Bengala, India,
inició sus estudios sobre las impresiones digitales.
Tomó las impresiones digitales a los nativos en los
contratos que
firmaban con el gobierno. Esas impresiones hacían las
veces de firma. Herschel, entonces, aplicó este
procedimiento en los registros de fallecimientos y utilizó
el mismo en las prisiones para el reconocimiento de los evadidos.
Henry Faulds, un médico inglés que ejercía
en el hospital de Tokio, contribuyó para el estudio de la
Dactiloscopía, examinando las impresiones digitales en
piezas de cerámica prehistórica japonesa.
Faulds previó la posibilidad de descubrir un criminal por
la identificación de las líneas papilares y
preconizó una técnica para tomar las impresiones
digitales, utilizando una placa de estaño y tinta de
imprenta.

Desde 1864 César Lombroso había promovido
los procedimientos antropométricos aplicándolos al
estudio de los criminales y más tarde Morselli los
aplicó a los alienados, inventando un instrumento que
denominó Antropométrico. El sistema
antropométrico no es otra cosa sino la aplicación
de las medidas antropométricas a la determinación
de la identidad.

El sistema de Bertillon era mas bien un nuevo sistema
identificativo, un procedimiento de clasificación para
poder encontrar la fotografía y la descripción de
los rasgos fisonómicos y de las señas particulares
de los detenidos reincidentes, descansa sobre estos tres
principios:

  • La firmeza de la armadura ósea humana a partir
    de los 20 años.
  • La extrema diversidad de dimensiones que presenta el
    esqueleto de los hombres comparados entre
    sí.
  • La facilidad y relativa precisión con que
    puede ser medidas ciertas dimensiones del esqueleto
    humano.

El procedimiento consta de los principios
fundamentales:

  • El señalamiento
    antropométrico
  • El señalamiento descriptivo
  • El de las marcas particulares y la
    fotografía.

Las medidas practicadas eran las siguientes:

  • Talla, brazos y busto
  • Longitud de la cabeza
  • Ancho de la cabeza
  • Diámetro bizigamático
  • Longitud del pie, del dedo, del auricular izquierdo y
    del codo.

Los inconvenientes y dificultades que se aducen contra
el sistema antropométrico son los siguientes:

  1. Que solo es aplicable a los delincuentes que han
    alcanzado su completo desarrollo.
  2. Que el desarrollo físico en el hombre
    no termina a los 20 años sino a los 25
    años.
  3. Que no es aplicable a los menores delincuentes
    precoces.
  4. Que las medidas empleadas, sobre todo la estatura,
    se modifica con la vejez.
  5. Que las diferencias de estatura pueden ser imitadas
    con facilidad.
  6. Que no se obtiene una prueba definitiva y
    terminante.
  7. Que es más bien un método de
    eliminación y no de identificación.
  8. No puede aplicarse a las mujeres por varias
    razones.
  9. Exige un instrumental costoso y personal
    especializado.
  10. No puede aplicarse contra la voluntad del
    detenido.
  11. No es aplicable a la identificación de los
    cadáveres.
  12. Tampoco a los simples detenidos por su
    carácter vejatorio.
  13. No puede utilizarse para la identificación
    civil.
  14. Lo complicado del método, el tiempo y
    elementos que se requiere para cada
    identificación.

Alrededor de 1870, un antropólogo francés
ideó un sistema para medir y  registrar las
dimensiones de ciertas partes huesudas del cuerpo. Estas medidas,
integraron una fórmula que se aplicaría en
teoría a una persona y que no cambiaría durante su
vida del adulto. Este sistema de Bertillon, nombrado así
por su inventor, "Alphonse Bertillon", fue aceptado generalmente
por treinta años. Pero nunca se recuperó de los
acontecimientos ocurridos en 1903, cuando condenaron a un hombre
inocente en los Estados Unidos, en la Penitenciaría de
 Leavenworth, Kansas. Fue hasta en 1882, que el sistema
antropométrico, lanzado en París por Bertillon, fue
reconocido como el primer sistema científico de
identificación, basado en elementos antropológicos
del hombre. Consistía en el señalamiento hecho en
milímetros, de varias partes de su cuerpo: diámetro
de la cabeza, forma de la oreja derecha, forma del pie izquierdo,
estatura, envergadura (distancia entre los extremos de los brazos
extendidos en cruz); señalamiento descriptivo del formato
de la nariz, labios, orejas, y también de marcas
particulares, como tatuajes o cicatrices. Esos datos eran
registrados en una ficha antropométrica, que
contenía también una fotografía del
identificado.

De sus antecedentes históricos, podemos decir que
la biometría no se puso en práctica en las culturas
occidentales hasta finales del siglo XIX, pero era utilizada en
China desde al
menos el siglo XIV. Un explorador y escritor que respondía
al nombre de Joao de Barros escribió que los comerciantes
chinos estampaban las impresiones y las huellas de la palma de
las manos de los niños
en papel con tinta. Los comerciantes hacían esto como
método para distinguir entre los niños
jóvenes.

En Occidente, la identificación confiaba
simplemente en la "memoria
fotográfica" hasta que Alphonse Bertillon, jefe del
departamento fotográfico de la Policía de
París, desarrolló el sistema antropométrico
en 1883. Éste era el primer sistema preciso, utilizado
científicamente para identificar a criminales y
convirtió a la biométrica en un campo de estudio.
Funcionaba midiendo de forma precisa ciertas longitudes y
anchuras de la cabeza y del cuerpo, así como registrando
marcas individuales como tatuajes y cicatrices. El sistema de
Bertillon fue adoptado extensamente en occidente hasta que
aparecieron defectos en el sistema, principalmente problemas con
métodos distintos de medidas y cambios de
medida.

En 1903 El sistema Bertillon colapsó al ser
sentenciados en forma condenatoria dos hombres, posteriormente
determinados gemelos idénticos, en la penitenciaria
norteamericana de Leavenworth, Kansas. Sus nombres Eran Will y
William West. Después de esto, las fuerzas policiales
occidentales comenzaron a usar la huella dactilar, esencialmente
el mismo sistema visto en China cientos de años antes,
particularmente hay documentación en archivos que
acreditan que entre 1905 y 1908 se implementó el uso de
sistemas de huellas digitales en la Fuerza
Aérea, Ejército y Armada de Estados
Unidos.

Con ocasión a un caso específico, el 4 de
agosto de 1915 el Inspector Harry H. Caldwell del departamento de
policía de Oakland (California, USA) solicitó a
"Criminal Identification Operators" realizar una reunión
en Oakland con el propósito de crear una
organización para llevar mas allá los ideales de la
profesión de identificación. Un grupo de
veintidós hombres se encontraron y como resultado en
octubre de 1915 se fundo la asociación internacional para
identificación criminal (IAI).

En 1918 Edmond Locard escribió que si 12 puntos o
detalles Galton coinciden en una comparación de dos
huellas digitales, es suficiente para una identificación
positiva, sin embargo no hay un estándar mundial sobre el
uso mínimo de puntos para identificación positiva y
algunos países tienen sus propios estándares al
respecto.

Los oftalmólogos Carleton Simon y Isodore
Goldstein escriben un artículo para New York State Journal
of Medicine que fue publicado en septiembre de 1935 y se titulo
"A new Scientific Method of Identification", en este
artículo plantean que los patrones vasculares de la retina
son únicos en cada individuo. El oftalmólogo Frank
Burch propone el concepto de usar los patrones del iris como
método de reconocimiento individual en 1936.

La primera patente que registra el uso de huellas
digitales es la No. 2530758 del 21 de noviembre de 1950 en
Estados Unidos que se trataba de una cámara de
identificación y huellas digitales, desarrollada por
William T. Cirone.

En 1955 Paul Tower publica un artículo en
Archives of Ophthalmology titulado "The fundus Oculi in
monozigotic twins: Report of six pairs of identical twins", en
este articulo él afirma que lo que menos se parece en dos
gemelos idénticos son los patrones vasculares de la
retina.

Gunnar Fant, profesor
suizo, publicó en 1960 un modelo
describiendo los componentes fisiológicos de la producción del discurso
acústico. El 9 de marzo de 1963 el "nature publishing
group" publica un artículo de Mitchell Trauring titulado
"Automatic Comparison of Finger-Ridge Patterns". Durante 1964 y
1965 Woodrow Wilson Bledsoe, Helen Chan Wolf y Charles Bisson
trabajaron en el uso del computador
para el reconocimiento facial humano. Desarrollaron el primer
sistema semi-automático de reconocimiento. La
Aviación Norteamericana desarrolló el primer
sistema de reconocimiento de firma en 1965.

El 14 de mayo de 1968 Claus Helmut Claassen y Louis Dell
Green patentaron un sistema de seguridad personal que tiene
tarjetas
personales portables con identificación de huella digital,
asignado a Internacional Business Machines Corporation (IBM) con
la patente de Estados Unidos No. 3383657. En 1969 el FBI impulsa
a automatizar el proceso de reconocimiento de huella digital,
contactando al National Institute of Standards and Technology
(NIST) para que estudiarán el proceso de automatización de identificación de
huellas digitales. Se identificaron dos retos
principales:

  1. Escanear las tarjetas de huella digital e identificar
    las minucias; y
  2. Comparar y coincidir la lista de
    minucias.

John Pierce de Bell Telephone Laboratories publico en
"The Journal of the Acoustical Society of America" en octubre de
1969 un articulo titulado "Whither Speech Recognition?", que
trataba sobre la investigación en el reconocimiento de
documentos. El 25 de noviembre de 1969 Salvatore R. Danna
patentó en Estados Unidos un instrumento para identificar
la firma, asignándole el uso a Conetta Manufacturing
Company y presentada el 20 de octubre de 1965.

En la década comprendida entre 1970 y 1980
Goldstein, A. J., Harmon, L. D. y Lesk, A. B. usaron 22 marcas
específicas subjetivas como el color de cabello y grosor
de labios para automatizar el reconocimiento facial. El problema
con estas soluciones es
que las mediciones y localización eran digitadas
manualmente. En mayo de 1971 publicaron en Proceedings of the
IEEE un articulo sobre el tema, titulado "Identification of human
faces". En 1970 componentes conductuales del discurso son
modelados por primera vez por el Dr. Joseph Perkell, que uso
rayos-x de movimientos e incluyo la lengua y la
mandíbula. El 25 de mayo de 1971 se patentó en
Estados Unidos un sistema de identificación de la palma de
la mano por parte de Norman G. Altman.

El FBI consolidó en 1975 el desarrollo de
escáneres y tecnología que extrae minucias, que
llevó al desarrollo de un prototipo lector. Solo se
almacena las minucias de la huella digital y los lectores usaban
técnicas capacitivas para recolectar las
características de las huellas digitales. El 25 de mayo de
1976 Jacob Sternberg y Robert W. Freund patentaron en Estados
Unidos un método y aparato para grabar la firma asignando
el uso de dicha patente a Veripen Inc. El 12 de julio de 1977 fue
patentado en Estados Unidos un aparato para identificación
personal por parte de Austin G. Boldridge y Robert W. Freund,
asignado a Veripen Inc., considerada la primera patente de
adquisición de información dinámica de una firma. El 22 de agosto de
1978 se patento un aparato y método para identificar
individuos a través de sus patrones vasculares de la
retina, fue patentado por Robert Hill B. inicialmente en Estados
Unidos, Japón,
Gran Bretaña y Alemania. En
la década de 1980 el instituto nacional de
estándares y tecnología (NIST) creó el Grupo
de Discurso de NIST para estudiar y promover el uso de
técnicas de procesamiento del discurso.

El 3 de febrero de 1987 Leonard Flom y Aran Safir
patentaron en Estados Unidos un sistema de reconocimiento del
iris del ojo humano. Asimismo, el 31 de julio de 1987 Eduard
Menoud patentó en la Confederación Suiza un
método para identificar una persona a partir de la
geometría de su mano. En 1988, la
división Lakewood del Departamento de Sheriff del Condado
de Los Ángeles
empezó a usar dibujos compuestos ó imágenes
de video para
realizar búsquedas en bases de datos de
fotografías de criminales, es considerado el primer
sistema semi-automático de reconocimiento
facial.

James R. Young y Robert W. Hammon patentaron el 14 de
febrero de 1989 un método y aparato para verificar la
identidad de un individuo, la patente fue asignada a Int.
Bioaccess Systems Corp. Esta innovación se basa en la dinámica de
pulsaciones de tecla de un individuo para identificarlo. En enero
de 1990 M. Kirby y L. Sirovich publicaron "Application of the
Karhunen-loeve procedure for the Characterization of Human
Faces", un procedimiento que trata sobre el uso de
simetrías naturales de reflexión de imagen
(imágenes espejo) en una familia de patrones bien definida
(rostros humanos). Anteriormente en 1987, ya ellos habían
publicado otro titulo "A Low-Dimensional Procedure for the
Characterization of Human Faces" que también trataba el
tema de reconocimiento facial.

En 1991 Matthew Turk y Alex Pentland publican un
documento llamado "Eigenfaces for Recognition" en "Journal
Cognitive Neuroscience", donde se planteaba que el reconocimiento
facial en tiempo real era posible. En octubre de 1992 tuvo su
primera reunión Biometric Consortium una
organización establecida por la agencia de seguridad
nacional (NSA) de Estados Unidos; este consorcio inicialmente
estaba compuesto por agencias gubernamentales, miembros de la
industria
privada y de la academia. De 1993 a 1997 corrió el
programa FERET
(Face Recognition Technology) patrocinado por el departamento de
defensa hasta la Agencia de Investigación de Productos de
Avance de Defensa (DARPA) de Estados Unidos, su misión
principal fue el desarrollo de capacidades de reconocimiento
facial automático que pudiera ser empleado por personal de
seguridad, inteligencia y
justicia en el desarrollo de sus labores.

En 1993 la agencia de defensa nuclear de Estados Unidos
inicio trabajos con IriScan, Inc. (empresa creada
por Leonard Flom y Aran Safir) para probar y entregar un
prototipo de unidad de reconocimiento de iris.

En 1994 al final de la competencia de un
sistema de identificación de huellas digitales integrado y
automatizado (IAFIS), donde se investigaba y se identificaron
tres grandes retos: Adquisición de la huella digital;
extracción local de las características de las
ondulaciones; y, comparación de patrones de las
características de las ondulaciones. Lockheed Martin Inc.
fue seleccionado para construir el IAFIS del FBI. El primer
sistema AFIS conocido que se construyó y que soporta
huellas palmares se cree que fue desarrollado en 1994 por una
compañía húngara conocida como RECOWARE y el
sistema se conoce con el nombre de Recoderm.

El primero de marzo de 1994 John G. Daugman
patentó en Estados Unidos un sistema biométrico de
identificación personal basado en el análisis del
iris, patente asignada a IriScan Incorporated, que también
quedó patentado ante la
Organización Mundial de Propiedad Intelectual el 28 de
abril de 1994. Los algoritmos
presentados en esta patente son la base de todos los algoritmos
actuales de sistemas de reconocimiento de iris del ojo humano.
Oki Electric Industry Ltd., uno de los líderes mundiales
en el suministro de cajeros automáticos (ATM) en 1995 ofrece la
tecnología de reconocimiento de iris a los bancos clientes en
Japón.

En 1997 se presenta el proyecto HA-API (Human
Authentication API), un estándar de interoperabilidad
biométrico genérico y centrado en facilitar la
integración y permitir el intercambio e
independencia
del vendedor. En 1998 el FBI lanza CODIS (Combined DNA Index
System) para el almacenamiento
digital, búsqueda y recuperación de los marcadores
de ADN con el propósito de la entrada en vigor de la ley
forense en Estados Unidos.

El 28 de julio de 1998 Clayden David Oswald
patentó una identificación biométrica de
individuos usando patrones de venas subcutáneas, esta
patente fue asignada a British tech group y patentada en Estados
Unidos, Gran Bretaña, Organización Mundial de
Patentes de Invención y European Patent Office. El nueve
de octubre de 2001 se patentó una segunda
invención, esta vez por parte de Hwan-Soo Choi, asignada a
BK Systems y titulada aparato y método para identificar
individuos a través de sus patrones de venas
subcutáneas y sistema integrado usando dicho aparato y
método, se patentó en Estados Unidos y
Japón.

En 1999 la Organización Internacional de
Aviación Civil (ICAO) inició el estudio de la
aplicabilidad de la tecnología actual disponible en
biometría con la emisión y procesos de
inspección pertinentes a la Máquina Lectora de
Documentos de Viaje (MRTD), como resultado se estableció
que a más tardar el primero de abril del 2010, los
países que hacen parte de la ICAO deben implementar el
e-passport con todas las recomendaciones que figuran en el
documento de la MRTD.

En el 2000 se dio inicio a la prueba de reconocimiento
facial del vendedor (FRVT) que proporciona evaluaciones
gubernamentales independientes de tecnologías y prototipos
de reconocimiento facial. Estas evaluaciones se diseñan
para proporcionar la información al gobierno de los
Estados Unidos de América y agencias de ley con
información que los ayude a determinar dónde y
cómo la tecnología de reconocimiento facial puede
ser mejor desarrollada, se considera que es el reemplazo del
programa FERET.

En enero de 2001 se uso el sistema de reconocimiento
facial en el Súper Bowl en Tampa, Florida, en
búsqueda de identificar individuos buscados que entraran
al estadio. La demostración no encontró individuos
buscados pero manejo el fallo en identificación en
más de una docena de fanáticos. En consecuencia los
medios y el congreso presentó grandes preocupaciones en
cuanto a la introducción de biométricos y lo
relacionado con la privacidad.

En marzo de 2001 el "Journal of the Korean Physical
Society" publica un documento de Sang-Kyun Im, Hyung-Man Park,
Young-Woo Kim, Sang-Chan Han, Soo-won Kim y Chul-Hee Kang
titulado "An Biometric identification system by extracting hand
vein patterns", que explica el uso de los patrones de la venas en
las manos para la identificación de una
persona.

La organización Internacional de
Estándares (ISO)
estableció el subcomité 37 en el Comité de
Junta Técnica (JTC) en el 2002 para apoyar la
estandarización de tecnologías biométricas
genéricas. El 1 de febrero de 2002 se creo el programa
FEARID (Forensic ear identification) con una duración de
40 meses, programa de la Unión
Europea y que era manejado por CORDIS (Community Research
& Development Information Service) en el que se estudian
propuestas para un procedimiento estandarizado para la
recolección de impresiones de oreja y un procedimiento
para la clasificación y comparación. El 10 de
febrero de 2004 se hizo público un nuevo sistema basado en
la forma de la oreja humana en Forensic Science Internacional
titulado "Exploratory study on classification and
individualisation of earprints", escrito por Lynn Meijerman,
Sarah Sholl, Fracesca De Conti, Marta Giacon, Cor van der Light,
Andrea Drusini, Meter Vanezis, y George Maat.

El 30 de mayo de 2002 se publicó la
concesión de una patente en Colombia a Jean
François Mainguet cuyo dueño es Thomson CSF, la
patente se titula "Sistema de Lectura de
Huellas Dactilares". En el 2003 se establece el Foro Europeo de Biométricos
(European Biometrics Forum) una organización europea
independiente apoyada por la Comisión Europea cuya
visión global es establecer a la Unión Europea como
el líder
mundial en excelencia biométrica.

El Colombia Trek 2000 International Ltd. solicito la
patente para un dispositivo portátil que tiene capacidades
de autentificación basadas en biometría, inventado
por Poo Teng Pin y Lim Lay Chuan y publicada el 30 de enero de
2004. En mayo de 2004 empezó el gran reto del
reconocimiento facial (The Face Recognition Grand Challenge FRGC)
consiste en una serie de problemas reto que son progresivamente
mas difíciles, el objetivo
principal de FRGC es mejorar la calidad de los sistemas de
reconocimiento facial sobre la prueba de reconocimiento facial
del vendedor (The Face Recognition Vendor Test
FRVT).

En el 2005 Sarnoff Corporation demostró en la
conferencia
2005 del Biometrics Consortium, la finalización de la
investigación y sistema prototipo capaz de recolectar
imágenes de iris de individuos caminando a través
de un portal, llamado Iris on the Move, este sistema puede
identificar 20 personas por minuto, caminando a paso normal a
través de un portal de reconocimiento. El sistema fue
patentado el 14 de diciembre de 2006 ante la Organización
Mundial de Propiedad Intelectual con el nombre de "Método
y Aparato para obtener información Biométrica del
Iris de un sujeto en movimiento",
sus inventores fueron Dominick Loiacono y James R.
Matey.

Como puede observarse en los últimos treinta
años ha aumentado el interés en utilizar sistemas
biométricos para la identificación de personas,
dirigido a las instituciones encargadas de establecer registros
de personas, y a instituciones financieras, bancos, tarjetas de
crédito
y a empresas
especializadas en la instalación de mecanismos de
seguridad para controlar el ingreso a recintos; en estas
últimas es en donde con más constancia se ha notado
su utilización. Las medidas de seguridad que
adicionalmente han adoptado los distintos Estados del mundo con
motivo de la proliferación de las actividades dirigidas
por el terrorismo,
han resultado mejor apoyadas por los sistemas biométricos
de seguridad; por lo que la innovación de estos sistemas
es un tema dinámico y de constante progreso.

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