ESTUDIOS SOCIALES
COMUNES | INCORPORADOS |
|
|
CIENCIAS NATURALES
COMUNES | INCORPORADOS |
CIENCIAS DE LA VIDA LA VIDA Y SU DIVERSIDAD: Reino Vegetal y Animal:
El Ser humano
Salud y enfermedad.
LA VIDA Y SU Factores físicos y Bióticos en el CIENCIAS DE LA TIERRA El suelo
El agua
El aire
CIENCIAS FÍSICAS Y Materia y Energía |
– Cuerpos simples. |
RECURSOS
METODOLOGÍA Y
EVALUACIÓN
RECURSOS
LENGUAJE Y | MATEMÁTICA |
– Recortes de prensa – Tarjetas – Folletos – Poemas – Láminas – Carteles – Esquemas – Crucigramas | – Gráficos – Medida – Juego – Balanza – Metro – Carteles – Recursos del medio |
CIENCIAS | ESTUDIOS |
– Insectos – Plantas – Animales – Carteles de experiencia – Experiencias – Libros – Cuestionarios – Agua | – Mapas – Atlas – Revistas – Esferas – Láminas – Textos – Diarios – Carteles |
METODOLOGÍA
LENGUAJE Y | |
MÉTODOS Analítico – Sintético Inductivo – Deductivo Deductivo – Inductivo | PROCESOS Investigación Estudio dirigido Discusión Comparación Globalización Declamación |
MATEMÁTICA | |
MÉTODOS Heurístico Solución de problemas Inductivo – Deductivo Deductivo – Inductivo | PROCESOS Tareas Dirigidas Demostraciones Comparación Razonamiento Comprensión Investigación |
CIENCIAS | |
MÉTODOS Experimental Científico Comparado Heurístico Investigación Observación Directa Observación Indirecta | PROCESOS Investigación Comprobación Demostraciones Comparación Generalización |
ESTUDIOS | |
MÉTODOS Itinerarios Observación Directa Observación Indirecta Interpretación Investigación | PROCESOS Expositivo Estudio Dirigido Discusión Dramatización Tareas Dirigidas |
EVALUACIÓN
LENGUAJE Y Comunicación | MATEMÁTICAS |
Pruebas Orales Pruebas escritas Trabajos Individuales Trabajos en grupo Trabajos de investigación Actuación en clase Mapas conceptuales Crucigramas Sopa de Letras | Ejercicios en clase Resolución de Problemas Pruebas orales Pruebas escritas Crucigramas |
CIENCIAS NATURALES | ESTUDIOS SOCIALES |
Sopa de letras Actuación en clase Trabajos individuales Trabajos en grupo Trabajos de investigación Pruebas orales Pruebas escritas | Trabajos en grupo Trabajos de investigación Pruebas orales Trabajos individuales Actuación en clase Crucigramas Mapas conceptuales Sopa de letras |
CAPÍTULO IV
GESTIÓN
INSTITUCIONAL
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA
INSTITUCIÓN
ORGÁNICO
FUNCIONAL
- Del Director
- De la Junta de Profesores
- Del Personal
Docente - Del Profesor de
Turno - De los Padres de Familia
- Del Gobierno
Estudiantil - Alumnos
REGLAMENTO
INTERNO
Las escuelas pluridocentes, pertenecientes a la UTE No.
8 Cumandá – Huigra, Provincia de
Chimborazo.
CONSIDERANDO
QUE: Para el normal desenvolvimiento de nuestra
Institución Educativa debe establecerse un Instrumento
Legal que determine las responsabilidades asignadas a cada
miembro que conforma cada Plantel.
QUE: De conformidad con el Art. 97 literal e) del
Reglamento General de la Ley
Orgánica de Educación Vigente,
faculta elaborar el Reglamento Interno o sus Reformas.
ACUERDAN
Expedir el siguiente Orgánico Funcional para la
Escuela Fiscal Mixta
"República de Paraguay",
perteneciente al recinto Sacramento, Parroquia Matriz,
Cantón Cumandá, de la UTE Nº 8, CUMANDÁ
– HUIGRA, Zona 1.
DATOS INFORMATIVOS
NOMBRE DEL PROYECTO : El
trabajo en equipo
mejora la
educación.
INSTITUCIÓN RESPONSABLE :
"República de Paraguay"
DIRECTOR : Lcda. María B.
Aguirre
UBICACIÓN
- PROVINCIA : Chimborazo
- CANTÓN : Cumandá
- PARROQUIA : Matriz
- RECINTO : Sacramento
- TIPO DE ESCUELA : Hispana
- RÉGIMEN : Costa
- SOSTENIMIENTO : Fiscal.
- ZONA : Rural
- JORNADA : Matutina
- SEXO : Mixto
- CLASE : Común
- FECHA DE INICIO : 22 DE MARZO
2006
- FECHA TERMINAL : 15 DE ENERO 2010
CAPÍTULO II
Art. 1. A más de los objetivos que
contempla en la Ley de Educación Vigente y su Reglamento
se establece los siguientes;
- Continuar y ejecutar las finalidades para la
cual fueron creadas.
- Programar el hecho educativo en el
año escolar con la participación armònica
de las personas que intervienen para conseguir resultados
positivos.
- Impartir una educación Integral a los
niños
acordes a las necesidades
- Impartir una educación
Práctica de acuerdo con las necesidades culturales,
tecnológicas y socioeconómicas de los
alumnos.
- Impartir una educación integral a los
niños y niñas acorde a las
necesidades.
- Respetar la
personalidad e individualidad de los educandos y aprovechar
su experiencia.
- Incentivar a la investigación científica en todas
las áreas de estudio.
- Trabajar activa y disciplinadamente,
autoridades, maestros y alumnos en procura de la
superación y prestigio del Plantel.
Art. 2. Son objetivos del presente
reglamento:
a) Normar las actividades de cada uno de los organismos
y personas que conforman el plantel, asignando responsabilidades
especìficas.
b) Conocer los deberes y derechos que tiene el colectivo
educativo.
c) Respetar y hacer respetar las disposiciones legales y
reglamentarias, para conseguir la marcha ordenada y eficaz de
actividades en beneficio del plantel.
d) Mejorar y mantener buenas condiciones el aspecto
físico del establecimiento.
Art. 3. La jornada de trabajo de las
escuelas en mención se efectuara en forma matutina con el
horario de 07H30 a 12H40 de lunes a viernes.
CAPÍTULO III
DE LA ADMINISTRACIÓN Y DEL
FINANCIAMIENTO:
Art. 4. De acuerdo al artículo 70 del
Reglamento General de Educación, el Director será
designado por la Autoridad
Educativa competente previo concurso de merecimientos y
oposición.
Art. 5. La
administración de las escuelas es de absoluta responsabilidad del señor(a) Director(a),
la misma que lo hará en concordancia con las Leyes y
Reglamentos de Educación Vigente.
Art. 6. Esta escuela se financiará con los
recursos dados por el Estado y
aportes dados por los padres de familia.
CAPÍTULO IV
ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL
Art. 7. La Escuela Fiscal Mixta "Repùblica
de Paraguay" regirá su funcionamiento y organización de acuerdo al Art. 76 del
Reglamento General de la Ley de Educación de la siguiente
forma:
- DIRECTOR (A)
- PERSONAL DOCENTE
CAPÍTULO V
DEL DIRECTOR
Art. 8. El Director es la primera autoridad de la
escuela y el representante oficial de la misma.
Art. 9. Son deberes y atribuciones del Director,
a más de lo establecido en el Art. 70 del Reglamento
General de la Ley de Educación:
- Mantener el respeto y
las buenas relaciones con sus colaboradores
- Atender y dar trámites con
oportunidad, cortesía y ética
profesional a profesores, alumnos y padres de familia y
otras que lo solicitan su atención.
- Orientar al personal docente de la
Institución de acuerdo a sus necesidades.
- Permanecer dentro del plantel durante todas
las horas laborables, salvo el caso de comisiones que
beneficien al establecimiento.
- En caso de ausencia del plantel,
notificará por escrito y encargará la dirección a la autoridad inmediata
inferior que este presente.
- Controlar el movimiento
económico del plantel y responsabilizarse solidariamente
en le manejo de fondos con el tesorera (o).
- Designar a los profesores para que hagan
turnos y representen a la Institución en las fechas
cívicas.
- La toma de
decisiones serán tomadas en forma
democrática.
- Dirigir, orientar y controlar la disciplina
del plantel.
- Elaborar el plan
estratégico Institucional, durante el período
de matrículas en colaboración con todo el
personal docente.
- Asesorar y revisar la planificación didáctica y verificar su
aplicación.
- Participar con cada uno de los profesores en
la evaluación de los resultados del proceso de
aprendizaje.
- Dirigir la planificación,
ejecución y evaluación de las acciones de
recuperación pedagógica.
- Promover la participación de la
comunidad en las actividades de la escuela.
- Participar con todo el personal docente en
las actividades tendientes al desarrollo
de la comunidad.
- Convocar y presidir la sesión de
profesores.
- Llevar los libros,
registros y
más documentos
oficiales, así como responsabilizarse de uso y mantenimiento.
- Mantener actualizado el inventario y
responder por los bienes del
establecimiento.
- Visitar las salas de clases, patios, anexos
y más lugares dónde se desarrollen las labores
educativas.
- Organizar el comité de padres de
familia y promover su participación en las actividades
de la escuela.
- Conceder licencia al personal docente y de
servicio
hasta por cinco días no consecutivos por trimestre, en
caso debidamente justificados por la supervisión.
- Organizar actividades culturales, sociales,
deportivas, defensa del medio
ambiente y educación para la salud, con la
participación de la comunidad.
- Enviar oportunamente los datos
estadísticos, informes y
más documentos solicitados por la Supervisión o
la Dirección de Educación.
- Legalizar las libretas de calificaciones,
pases de año, pases a otro plantel del mismo
régimen de estudios y más documentos de su
competencia.
- Hacer conocer a las autoridades superiores
con la debida oportunidad de las novedades que se susciten en
el establecimiento.
- Proponer a la Dirección Provincial de
Educación cambios del personal docente por razones
determinadas en la Ley de Escalafón y sueldos del
Magisterio y su Reglamento.
- Hacer conocer al personal docente de las
decisiones del Concejo y Dispocisiones superiores, así
como, por escrito para los actos programados.
- Suscribir los partes de asistencia
conjuntamente con el profesor de turno y comunicar a sus
autoridades superiores con la debida oportunidad.
CAPÍTULO VI
DE LOS PROFESORES
Art. 10. Son deberes y atribuciones de los
profesores a más de los señalados en el Art. 83 del
Reglamento General de la Ley de Educación, las
siguientes:
- Cumplir con las políticas de la Institución
respeto a la forma de desarrollo del proceso de enseñanza –
aprendizaje.
- Permanecer en el establecimiento durante
programas especiales que tenga la
Institución.
- Participar en seminarios y cursos de
perfeccionamiento docente y organizado por Instituciones Educativas.
- Promover concursos de carácter literario, científico y
deportivo en fechas oportunas.
- Preparar a los alumnos para que puedan
expresarse públicamente de acuerdo a sus
necesidades.
- Incentivar a la investigación
científica en todas las áreas de
estudio.
- Vigilar los fondos y bienes del plantel al
finalizar el año escolar, se realizará una
revisión de inventario de la escuela y suscribirá
un acta de esta diligencia.
- Llegar al plantel por lo menos 10 minutos
antes de la entrada a labores y permanecer en el
establecimiento toda la jornada de trabajo.
- Asistir al período de
matrículas para cumplir con lo establecido en la ley y
llenar documentos reglamentarios.
- Anotar con legalidad en
el registro de
asistencia de profesores la hora exacta de llegada y la
estadística escolar que sería
controlada por el profesor de turno en las formaciones y
recesos.
- Colaborar con el profesor de
turno.
- Presentar con regularidad y en fechas
establecidas los documentos solicitados por sus
superiores.
- Presentar cuadros y libretas de
calificaciones, máximo después de ocho
días de terminado el trimestre.
- Trabajar activa y disciplinadamente,
Autoridades, maestros y estudiantes en procura de la
superación y prestigio del plantel.
- El personal docente de la
Institución, asistiremos a clases con el respectivo
uniforme establecido (Solamente un mandil).
- Llevar técnica y
sistemáticamente el registro de asistencia.
- Realizar el mejoramiento material y
estético del aula.
- Concurrir a las sesiones debidamente
convocadas.
- Participar obligatoriamente en todos los
actos y sesiones de padres de familia, actos públicos
organizados por las autoridades educativas, siempre y cuando
hayan sido convocados.
- Responsabilizarse del buen comportamiento de sus estudiantes.
- Acatar las resoluciones tomadas por la
mayoría de votos en las reuniones
programadas.
- Presentar en forma oportuna los
cuestionarios de las pruebas
trimestrales y aplicarlas cuando hayan obtenido el visto bueno
de la directora del plantel.
- En caso de quejas contra el director del
plantel deberá dirigirse a las autoridades inmediatas
superiores de la zona.
- Cuando el supervisor haga uso de su derecho
o licencia de hasta cinco días en el trimestre por
causas justificadas o por tiempo mayor
por enfermedad está obligado a poner el reemplazo
correspondiente el mismo que será remunerado por el
profesor titular.
- Cuando hubiere presunción de que el
profesor ha cometido actos antirreglamentarios por
desconocimiento o negligencia de sus funciones o por
acciones incorrectas antes de ser sancionado deberá ser
notificado para ejercer legitimo derecho a la
defensa.
Art. 13. Está prohibido a los
profesores:
- Cometer actos inmorales o en contra de las
buenas costumbres.
- Emplear términos ofensivos a la
dignidad de
los educandos o cometer actos de violencia o
de hecho para solucionar falta de estudiantes.
- Enviar o dejar solos a los estudiantes en
actividades: deportivas, curriculares o competencias de
otra índole.
CAPÍTULO VII
DE LAS COMISIONES PERMANENTES
Art. 14. Las escuelas contarán con las
siguientes comisiones permanentes:
- Socio – Cultural
- Cruz Roja y Defensa Civil
- Deportiva
Art. 15. Cada Comisión tendrá su
respectiva planificación y será responsable de la
misma.
Art. 16. Durante el primer mes de cada año
escolar, cada comisión elaborará su
planificación anual de trabajo y la pondrá a
consideración del director de la escuela para la
respectiva aprobación. El presidente de la comisión
es el responsable del cumplimiento y éxito
de la planificación.
Art. 17. Son deberes y atribuciones de la
Comisión sociocultural:
- Servir de nexo entre la escuela y la
comunidad para los diferentes programas de carácter
social que se realicen en el transcurso del año
escolar.
- Presentar proyectos para
estimular a lo Profesores y Alumnos que se hayan destacado en
el año escolar.
- Responsabilizarse de la
organización y ejecución de los programas
sociales que puedan realizarse con ocasión de la
celebración de la Navidad,
fiestas patronales y ocasionales.
- Promover concursos internos e interestelares
de carácter científico, Literario,
dramático, deportivo, etc.
- Coordinar y colaborar con los programas a
desarrollarse en los momentos cívicos de los días
lunes en las fiestas cívicas y costumbristas que celebre
el plantel.
- Investigar y recopilar datos acerca de
los valores
personales de la comunidad, así como su riqueza natural
para darlos a conocer a los demás.
Art. 18. Son deberes y atribuciones de la
Comisión Deportiva:
- Responsabilizarse de la Organización
y ejecución de las competencias atléticas,
deportivas y de recreación de carácter interno e
interestelar.
- Responsabilizarse de la conformación
de los diferentes equipos, así como la
preparación física –
técnica de los mismos. Consecución de uniformes e
implementos deportivos.
- Inscribir con la debida oportunidad y
veracidad a los equipos que vayan a participar en las distintas
disciplinas.
- Colaborar con la supervisión de
Educación
Física en el desarrollo de los eventos
programados.
Art. 19. Son deberes y atribuciones de la
Comisión de Cruz Roja y Defensa
Civil:
- Colaborar con mingas de Limpieza del plantel
y Comunidad con los miembros del recinto.
- Colaborar con la Dirección de Salud
de la Provincia, para preservar la salud física y mental
de los niños, maestros y miembros del
Recinto.
- Gestionar ante las Instituciones respectivas
una alimentación básica.
- Formar la brigada de primeros
auxilios
- Prestar ayuda al alumno que hubiera sufrido
algún accidente
- Realizar campañas continuas de aseo e
higiene
ambiental tanto en la escuela como en perímetro.
Y
- Organizar y orientar la conformación
y funcionalidad de la Cruz Roja.
CAPÍTULO VIII
DE LOS PROFESORES DE LA ESCUELA
Art. 20. Son deberes y atribuciones de los
profesores:
- Planificar, organizar, ejecutar y evaluar el
currículo correspondiente a su
grado.
- Permanecer en el establecimiento durante las
jornadas ordinarias, extraordinarias y en otras actividades
planificadas por la escuela.
- Utilizar procesos
didácticos que permitan la participación activa
de los alumnos y que garanticen un aprendizaje
efectivo.
- Estimular y evaluar sistemáticamente
el trabajo
de los alumnos en función
a los objetivos planteados.
- Observar un comportamiento digno y
constituirse frente a sus alumnos como ejemplo permanente de
cumplimiento, puntualidad, responsabilidad y buena
presentación.
- Organizar y atender grupos de
recuperación pedagógica con los alumnos que
presenten problemas de aprendizaje.
- Proporcionar a los alumnos un trato
adecuado, respetando su personalidad
y las características de su desarrollo.
- Promover la integración social y
velar por la preservación de la salud y seguridad
personal de los alumnos.
- Promover y fomentar una permanente
integración entre el establecimiento, los padres de
familia y la comunidad en general.
- Coordinar las actividades con los profesores
especiales
- Elaborar el material didáctico y
utilizar oportunamente
- Participar en los programas de
perfeccionamiento profesional
- Llevar prolijamente los libros, registros y
más instrumentos curriculares
- Concurrir puntualmente a las sesiones de
trabajo organizadas por el director, la supervisión y
otras autoridades competentes.
- Mantener el respeto y las buenas relaciones
con las autoridades, padres de familia, alumnos y
profesores.
- Informar oportunamente al director de la
escuela a cerca del desarrollo de las actividades de su
grado.
- Cumplir con las comisiones encomendadas por
el director o junta de profesores y presentar los informes del
caso.
- Firmar en el leccionario de control
académico al finalizar la clase llenando los casilleros
que en él se indique.
CAPÍTULO IX
DEL PROFESOR DE TURNO
Art. 21. A más de lo establecido en el
Art. 20 de este reglamento, el profesor de turno debe:
- Estar presente en la escuela 15 minutos
antes del inicio de las labores escolares de cada
día.
- Controlar la disciplina del alumnado y la
conversación del local escolar y sus anexos.
- Revisar diariamente el aseo del alumnado,
con la colaboración de los profesores de grado y alumnos
comisionados.
- Responsabilizarse por todo cuanto suceda a
los alumnos durante los 15 minutos anteriores a la entrada de
clases, en los recreos y a la salida de las
labores.
- Ser exacto en los toques de campana, tanto
en el momento de entrada, recreo y salida de clases.
Será el único responsable en caso del
incumplimiento del horario.
- Al iniciar la semana de labores,
velará por la realización del momento
cívico y
saludo a la bandera.
- Elaborar el registro de asistencia diario y
entregar el parte de asistencia al finalizar la
semana.
CAPÍTULO X
DE LOS ALUMNOS
Art. 22. A más de lo señalado en el
Art. 140 del Reglamento de la Ley de Educación, los
alumnos de la Escuela Fiscal Mixta "República de
Paraguay", quienes después de haber obtenido su
matrícula, se hallaren asistiendo al establecimiento
educativo tienen los siguientes deberes y derechos.
Art. 23. Son deberes de los alumnos:
- Participar puntualmente en el proceso de
formación.
- Asistir con el uniforme a clases y a los
diversos actos cívicos, culturales, deportivos y
sociales organizados por el establecimiento.
- Guardar la debida consideración y
respeto a los superiores, compañeros y profesores dentro
y fuera del establecimiento educativo.
- Participar bajo la dirección de los
profesores, en actividades estudiantiles de carácter
cultural, social, deportivo, defensa del medio ambiente y
educación para la salud.
- Rendir las pruebas de evaluación con
honestidad y
con sujeción al horario determinado por las
autoridades.
- Concurrir puntualmente a clases o los actos
que programe el plantel.
- Observar en todos sus actos, dentro del
plantel o fuera de él un comportamiento
correcto.
- Cuidar su buena presentación en el
vestido e higiene.
- Velar por el prestigio y buen nombre del
establecimiento, contribuir con la buena conservación
del edificio, anexos, muebles, material didáctico y
más pertenencias del establecimiento. Asumir
responsabilidad por el deterioro de cualesquier bien ocasionado
por él y pagar el costo de su
reparación o reposición.
- Permanecer en el establecimiento durante
toda la jornada de trabajo.
- Asumir responsabilidad por el deterioro de
cualquier bien ocasionado por èl y pagar el costo de su
reparación o repocisiòn.
- Informar a sus representantes las
resoluciones e inquietudes que envía la
escuela
Art. 24. Son derechos de los alumnos
- Recibir una educación completa e
integral, acorde con sus aspiraciones y aptitudes.
- Desenvolverse en un ambiente de
comprensión, seguridad y tranquilidad.
- Ser respetados en su dignidad e
integridad.
- Presentar sus aspiraciones y reclamos a
profesores y autoridades del establecimiento en forma
respetuosa y recibir de ellos la respuesta
correspondiente.
- Los estudiantes que sobresalieren en
conducta,
aprovechamiento en eventos deportivos, culturales, internos e
ínter escolares serán estimulados con premios o
menciones honorìcas.
- Solicitar asesoramiento a sus profesores en
aspectos académicos.
- Participar en actividades sociales,
culturales y educativas en las cuales intervenga el
establecimiento.
- Ser tratado sin discriminación de ninguna naturaleza.
Art.26. Está prohibido a los
alumnos:
- Intervenir en trabajos en aulas
que no les corresponde.
- Manchar, raspar o destruir paredes, puertas,
ventanas, pupitres, mesa, carteles, etc. El responsable del
perjuicio será amonestado y deberá reparar los
daños ocasionados.
- Salir del plantel en horas laborables y
recreo.
CAPÍTULO XI
DE LAS ORGANIZACIONES
ESTUDIANTILES
Art. 27. Con el fin de fortalecer la
formación integral de la personalidad del alumno, se
establecerá en la escuela organizaciones estudiantiles
encaminadas al cultivo de los valores
éticos, estéticos, cívicos,
científicos y al fortalecimiento del espíritu
cooperativista con la dirección del director y de los
profesores designados para el acto.
Art. 28. Las organizaciones estudiantiles se
conformarán tanto a nivel de grado como de
establecimiento, de acuerdo con las prácticas
democráticas reconociendo los méritos morales,
intelectuales
y de rendimiento de los estudiantes que habrán de ser
elegidos para ejercer dignidades.
Art. 29. Las organizaciones estudiantiles se
conformaran y funcionarán sobre la base del reglamento
especial expedido por el Ministerio.
Art. 30. Los niños, niñas y
adolescentes
gozarán de los derechos comunes al ser humano,
además de los específicos a su edad. El Estado les
asegurará y garantizará el derecho:
- A la vida
- A la integridad física y
psíquica
- A su identidad, nombre y
ciudadanía
- A su salud integral y nutrición
- A la educación y cultura
- Al deporte
recreacional
- A tener una familia y convivir en
comunidad
- A la participación social
- Al respeto de la libertad y
dignidad
- A ser consultados en los asuntos que nos
afectan.
Consejo de Aula
Art. 31. Es la forma en que los niños y
niñas de un aula se organizan para hacer y compartir
muchas actividades:
- Para apoyarse entre compañeros en estudios y
actividades culturales del grado.
- Para apoyarse a favor de la salud y medio
ambiente
- Para obtener recursos y solidaridad en
el grado
- Para promover el deporte y la
recreación
- Para asegurar que se cumpla con los derechos de los
niños y niñas.
Organización del Consejo de
Aula
Art. 32. El Consejo de Aula está
conformado de la siguiente manera:
- Alcaldes y Vicealcaldes
- Secrerio
- Comisión de Educación y
Cultura
- Comisión Defensora de los Derechos de las
niñas y niños
- Comisión de Servicios y
Recursos
- Comisión de Deportes y
Recreación
- Comisión de Salud y Medio Ambiente
Consejo Estudiantil
Art. 33. Es la forma en que los niños y
las niñas de toda una escuela se organiza para hacer y
compartir muchas actividades:
- Para apoyar entre todos a favor de la
educación y la cultura
- Para apoyar entre todos a favor de la salud y el
medio ambiente
- Para tener recursos y tesorería de los
estudiantes
- Para promover el deporte y la
recreación
- Para asegurar que los derechos de los niños se
cumplan en las escuelas.
Organización del Consejo
Estudiantil
Art. 34. El Consejo Estudiantil está
formado de la siguiente manera:
- Presidente
- Secretario
- Vicepresidentes
- Comisión de Educación y
Cultura
- Comisión Defensora de los Derechos de los
niños y niñas
- Comisión de Servicios y Recursos
- Comisión de Deportes y
Recreación
- Comisión de Salud y Medio Ambiente
- Coordinador
NOTA: Cada comisión coordina un
vicepresidente.
Art. 35. La Asamblea estudiantil es el
máximo representante de los alumnos y alumnas.
- Ser evaluados en forma justa, considerando
su trabajo y esfuerzo y notificados con los resultados en corto
plazo.
- Recibir orientación y estímulo
ya sea en sus actividades para superar los problemas que se
presenten en sus estudios o en sus relaciones con los
demás miembros del establecimiento.
- Utilizar los servicios e instalaciones con
que cuenta el establecimiento, de acuerdo con el reglamento
interno.
- Recibir atención oportuna a sus
requerimientos de certificados, calificaciones, solicitudes y
más trámites relacionados con su vida
estudiantil. Y.
- No ser sancionado sin que se pruebe su
responsabilidad y se ofrezca la oportunidad de ser escuchados y
de defenderse.
CAPÍTULO XII
DE LOS PADRES DE FAMILIA:
Art. 36. A más de lo estipulado en el Art.
148 de la Ley de Educación y su Reglamento, los padres de
familia o representantes de los alumnos, organizarán el
Comité Central de padres de familia. Este comité no
podrá inferir en la toma de decisiones administrativas de
la escuela.
Art. 37. El Comité Central de Padres de
Familia estará integrado por: un presidente, un
vicepresidente, un tesorero y el profesor designado como
secretario, el director de la escuela integrará el
comité como miembro nato y los cuatro principales vocales.
(Los presidentes de grado se constituyen en vocales de dicho
comité).No podrán ser reelectos más de una
vez consecutiva.
Art. 38. Son funciones del comité de
padres de familia:
- Colaborar con el personal docente y
autoridades en el desarrollo de las actividades
educativas.
- Fomentar el fortalecimiento de la comunidad
educativa
- Desplegar gestiones tendientes al
mejoramiento de las condiciones materiales
del establecimiento.
- Participar con las comisiones designadas por
los directivos de la escuela.
- Cumplir las funciones establecidas en el
reglamento interno del plantel.
Art. 39. Son funciones de los padres de familia o
representantes.
a) El padre de familia o representante debe proveer todo
lo que su representado necesita para el normal desenvolvimiento
de sus actividades estudiantiles.
b) Asistir puntual y obligatoriamente a sesiones o a
cualquier llamado que haga el director de la escuela, el profesor
del grado o el comité de padres de familia.
c) Concurrir oportumemente en el período de
matriculas portando documentos reglamentarios.
d) Colaborar con las autoridades y personal docente en
el desarrollo de actividades educativas.
e) Justificar faltas y
atrasos a la escuela de sus representados al día
siguiente.
f) Proporcionar al personal docente un trato adecuado y
de respeto.
g) Acudir a la escuela para dialogar con las autoridades
o profesores cuando lo comuniquen o soliciten.
h) Acatar las resoluciones tomadas por la mayoría
de padres de familia.
i) Aceptar comisiones o delegaciones que se origine por
parte de la escuela o de sus compañeros
representantes.
j)Cumplir con todas las resoluciones del Comité
de padres de familia siempre y cuando sean para el normal
desarrollo de las actividades de la escuela.
k) Controlar la ejecución de tareas aseo y buena
presentación de sus hijos o representados.
De las sanciones de los padres de
familia
Art.40 A los miembros de la directiva y a todos
los padres de familia que no cumplieran con todas las obligaciones
estipuladas dentro del reglamento interno Art. 39 con sus
literales b, i, j, serán sancionados
económicamente, según acuerdo por resolución
de Asamblea en sesión ordinaria.
Art.41 El padre de familia que no cumpliere su
obligación estipulada en el Art. 39, literal e, su
representado será devuelto a su domicilio hasta que haya
una justificación del representante.
CAPÍTULO XIII
DE LA ASISTENCIA Y DISCIPLINA
Art. 42. Es responsabilidad solidaria del
director, docentes,
padres de familia y estudiantes, crear y mantener las condiciones
adecuadas para que la disciplina y la asistencia faciliten el
óptimo desarrollo de las actividades
educativas.
Art. 43. El control y registro de asistencia son
obligatorios.
Art. 44. La inasistencia de los estudiantes debe
ser justificada por sus representantes, al día siguiente
del retorno del alumno a clases ante el profesor del grado. Si
excede de los días será justificada ante el
director del establecimiento.
Art. 45. Iniciadas las clases, el alumno no
podrá abandonarlas salvo el caso de tener permiso del
profesor o director.
Art. 46. El incumplimiento de normas de
disciplina se notificará a la autoridad inmediata para su
respectiva sanción.
Art. 47. Prohíbase los castigos corporales
y psíquicos que atente en contra la integridad y
personalidad del educando.
CAPÍTULO XIV
DE LAS FIESTAS Y EXCURSIONES
Art. 48. Las fiestas y excursiones tendrán
el carácter educativo y recreativo, servirán para
fomentar el
conocimiento del país y sus valores cívicos,
históricos y folklóricos. La preparación de
estas fiestas, no interrumpirá el horario de clases y su
celebración no durará más de dos
días. Las excursiones serán planificadas por el
profesor del grado y tendrán la autorización del
director y el Supervisor.
DE LAS FIESTAS PATRONALES
Art. 49. Durante los festejos patronales o
cívicos, se estimularán a los profesores que
cumplan 25 años de servicio al magisterio, que se acojan a
la jubilación o hayan tenido actuación
sobresaliente en la escuela o fuera de ella. También a los
alumnos que se hayan destacado en aprovechamiento, conducta,
concursos escolares y en representaciones sociales, culturales y
deportivas.
Art. 50. Los aspectos científicos como
conferencias, disertaciones, certámenes, debates; los
aspectos artísticos: como cantos, recitaciones, bailes,
rondas, gimnasia,
dramatizaciones deben ser respectivamente planificadas y
aprobadas por el personal docente.
DE LAS EXCURSIONES Y GIRAS
ESTUDIANTILES
Art. 51. Toda visita de observación, excursión o paseos
deben ser debidamente planificados y podrán realizarse
previa autorización legal del director. Para las visitas
de observación deben cumplirse tal como fue planificado y
aprobado.
Art. 52. Serán responsables de la
disciplina, integridad física y éxito de la
excursión el director y los profesores que organizan. En
las excursiones pueden tener la calidad de
invitados las autoridades educativas, miembros del comité
de padres de familia y personal docente de la escuela.
Art. 53. Los profesores que no participen en esta
actividad deberán permanecer laborando con normalidad en
el plantel con sus respectivos grados.
Art. 54. El número de alumnos que ocupen
el vehículo no debe excederse de 40 si es bus, 35 si es colectivo y 25
si es furgoneta.
Art. 55. Se prohíbe realizar excursiones y
giras con la participación exclusiva de los maestros y en
días laborables y si esto sucediera será necesario
la autorización del director y supervisor.
CAPÍTULO XV
DE LOS CAMPEONATOS Y CONCURSOS
INTERNOS
Art. 56. Los campeonatos y concursos internos
tendrán la finalidad de contribuir el desarrollo integral
de los alumnos, fomentar las buenas relaciones
humanas y el compañerismo.
Art. 57. Los concursos podrán ser de
carácter científico, cultural, artístico,
social y deportivo. Los profesores comisionados para este evento,
presentarán la planificación respectiva para el
estudio y aprobación de la autoridad correspondiente. La
elaboración de la planificación y su respectivo
estudio y aprobación no interferirá en el horario
de clases.
CAPITULO XVI
DEL ABANDERADO Y DEL JURAMENTO A LA
BANDERA
Art. 58. La elección del abanderado es el
máximo estímulo que se otorga al estudiante. Se
realizará con sujeción al Reglamento especial
expedido por el Ministerio de Educación.
- Ser ecuatoriano por nacimiento o por
naturalización.
- Estar legalmente matriculado y asistiendo
normalmente a clases.
- Obtener el más alto puntaje como
resultado de los promedios globales de promoción de segundo a sexto año
de educación básica.
- Haber obtenido una calificación
promedio mínima equivalente muy buena en conducta en
cada uno de los años.
Art. 59. De acuerdo con lo puntajes obtenidos se
asignarán las distinciones en la siguiente manera y
orden.
Primer puesto: Abanderado del Pabellón
Nacional.
Segundo Puesto: Porta estandarte de la Provincia o del
Establecimiento.
Tercero y Cuarto Escoltas del Pabellón
Nacional.
Quinto y Sexto: Escoltas del Poeta estandarte
respectivo.
Art. 60 Para el estudio del Record Estudiantil se
conformará una comisión Integrada: Director del
Plantel, Delegado del Personal Docente o Consejo Técnico,
Profesor Secretario del Plantel, Presidente del Comité de
Padres de Familia, Presidente del Gobierno Estudiantil o su
representante. Este record se elegirá en el período
de matrículas.
Art. 61 El acto cívico de
exaltación del abanderado de los alumnos del
séptimo año de educación básica se
realizará el 26 de septiembre. En este acto se
proclamará también al portaestandarte del
establecimiento y a los miembros de la escolta. El juramento a la
Bandera es obligatorio para todos los niños del sexto
grado.
Art. 62. A los Abanderados se les
entregará las Banderas en la Primera sesión
ordinaria de Padres de Familia de cada año
escolar.
Art. 63. El Abanderado izarà la Bandera
todos los dìas lunes y fechas cìvicas a partir de
su entrega.
Art. 65 Los alumnos que, por circunstancias de
fuerza mayor
no pudieran realizar el juramento en la fecha prevista, lo
harán en horas destinadas al civismo, antes de la
finalización del año escolar, con la
autorización del director.
CAPÍTULO XVII
DE LOS DERECHOS DE MATRICULA
Art. 66. En la Escuela Fiscal Mixta
"República de Paraguay", no habrá pago de derechos
por concepto de
matrículas ni de exámenes.
CAPITULO XVIII
DE LOS LIBROS Y REGISTROS
Art. 67. Los profesores de estas escuelas
llevarán los siguientes libros y registros:
Directores
- Libro de matriculas.
- Libro de evaluación y promociones trimestrales
y final de los alumnos.
- Registro de trabajo del director y
profesores
- Libro de actas juntas de profesores y Padres de
Familia
- Actas de sesiones del Personal Docente, de
circulares, de asistencia del alumnado.
- Registro de trabajo y de asistencia del personal
docente.
- Inventario general de la escuela.
- Actas del Comité de Padres de Familia, de
Citaciones.
- Historia de la Escuela
- Archivo de la escuela, del movimiento
económico.
- Proyecto Educativo Institucional (PEI),
etc.
- Actas:
- Consejo Estudiantil
- Abanderados y escoltas
Profesores
- Registro de Asistencia de los alumnos.
- Libro de Vida.
- Plan de unidades Didácticas.
- Planes y Programas vigentes.
- Ley de Educación, etc.
- Libro de actas de sesiones de profesores.
CAPÍTULO XIX
DE LA PRESENTACIÒN DE LAS
AULAS
Art. 68. Para dar como préstamo un aula la
persona
interesada debe presentar una solicitud y recibirá
mediante un acta de entrega- recepción de
bienes.
Art. 69. La prestación del aula se lo
hará por tiempo determinado, la misma que debe ser
entregad limpia y con todas sus pertenencias con las llaves
respectiva, caso contrario la autoridad educativa está
facultada en cambiar la seguridad para evitar el mal uso de dicha
aula.
CAPÍTULO XX
DE LA COMIDA ESCOLAR
Art. 70. Se lo hará por turnos, cada padre
de familia en orden alfabético y complementarán las
raciones necesarias.
Art. 71. De los utencillos de cocina deben ser
tratados con
responsabilidad y cuidado, por cada turno, en caso de
pérdida será repuesto por el turno a
cargo.
CAPÍTULO XXI
DE LA PRINCESITA DE NAVIDAD DEL
PLANTEL
Art. 72. La princesita será electa en
mutuo acuerdo con padres de familia y docentes, en democracia o
votación.
Art. 73. Se debe hacer un acto social para su
coronación y exaltación en el mes de diciembre, la
misma que tendrá una corte de honor con un mínimo
de cuatro niños y niñas, ellos participarán
en forma obligatoria.
Art. 74. Una vez realizadas las actividades
sociales las instalaciones de la escuela deberán cerrarse
enseguida de terminados dichos actos y así evitar
daños o destrucción por personas no competentes a
la educación.
CAPÍTULO XXII
DEL MANTENIMIENTO DEL ÁREA
ESCOLAR
Art.75. Al finalizar el período escolar la
planta física con toda su área escolar
quedará a cargo de la directiva de padres de familia en
cabezada por el presidente en turno, mediante el inventario de
bienes muebles e inmuebles.
Art. 76. La directiva será la encargada
durante el período de vacaciones, organizar mingas de
mantenimiento, limpieza y cuidado del área del plantel en
especial de los jardines y juegos
recreativos.
CAPITULO XXIII
DISPOSICIONES GENERALES:
Art. 77. El toque de campana para la
formación, revisión de aseo, etc. Se hará 10
minutos antes de la iniciación de labores.
Art. 78. Los casos que no estuvieren previstos en
este reglamento, serán resueltos por las autoridades
competentes.
Art. 70. El presente Reglamento Interno de las
Escuela fiscal Mixta "República de Paraguay" del Recinto
Sacramento de la Parroquia Matriz del Cantón
Cumandá fue discutido y aprobado en sesión
Ordinaria de Padres de Familia y del Personal Docente los
días 15 y 16 de abril de 2004 y entrará en vigencia
a partir de su aprobación.
MANUAL DE CONVIVENCIA
Los estudiantes recibirán una educación
completa e integral, de acuerdo a sus aptitudes y aspiraciones,
una atención eficiente de sus autoridades, de sus
profesores, en los aspectos pedagógicos, en su
formación integral en la Escuela Fiscal Mixta
"República de Paraguay".
EL DIRECTOR: Con su personal docente debe tener
una comunicación fluida, directa, respetuosa,
amable, es decir crear un ambiente propicio, saludable, para la
convivencia institucional.
- Debe orientar, guiar, sugerir, ayudar, colaborar en
el aspecto pedagógico. - Con el Comité Central de PP. FF, debe
coordinar actividades de mejoramiento en los diferentes
ámbitos del quehacer educativo. - Con los padres de familia debe crear un ambiente apto
para la ejecución de las actividades a desarrollarse
durante el año escolar. - Con el Gobierno Estudiantil debe ser su asesor
general, guía, amigo, para que esta organización
cumpla con los objetivos propuestos durante el año
escolar. - Con los alumnos debe poner en práctica los
valores con el ejemplo. - EL MAESTRO con el director debe propiciar un
clima de
respeto, consideración y responsabilidad dentro del aula
y fuera de ella. - El maestro con los padres de familia debe propiciar
una relación basada en la
comunicación, respeto y responsabilidad mutua dentro
del quehacer educativo. - El maestro con los alumnos debe constituirse en
amigo, guía, orientador, para alcanzar el desarrollo
integral de los niños.
EL COMITÉ CENTRAL DE PADRES DE FAMILIA,
debe estar predispuesto a colaborar junto a las actividades
planificadas por el director, encaminadas al mejoramiento de la
institución.
- Debe apoyar y participar en todas las actividades
socio-culturales, pedagógicas, deportivas que organicen
los maestros.
- Con los padres de familia debe mantener una constante
comunicación para mantenernos informados de todas las
actividades que se realizan durante el año
lectivo.
- El Comité Central de Padres de Familia debe
estimular a los alumnos que han sobresalido en las diferentes
actividades educativas.
- El Comité Central de Padres de Familia
estará integrado por: un presidente, un vicepresidente,
un tesorero y el profesor designado como secretario, el
director de la escuela integrará el comité como
miembro nato y los cuatro principales vocales. (Los presidentes
de grado se constituyen en vocales de dicho comité).No
podrán ser reelectos más de una vez
consecutiva.
- Participar con las comisiones designadas por los
directivos de la escuela.
- Acudir en forma obligatoria y puntual al llamado de
los maestros cuando el caso lo amerite.
DE LOS ALUMNOS con el director, deben ser los
portavoces de las inquietudes y necesidades, para así,
complementar sus aspiraciones encaminadas al desarrollo integral
de su personalidad.
- Con los profesores deben ser respetuosos,
críticos y responsables en todas las actividades que
desarrollan dentro del campo educativo.
- Con los padres de familia, deben retribuir con
responsabilidad y sacrificio el esfuerzo de los mismos; para
así, convertirse en entes activos,
reflexivos y productivos para sí mismos y la sociedad.
- Velar por el prestigio y buen nombre del
establecimiento, contribuir con la buena conservación
del edificio, anexos, muebles, material didáctico y
más pertenencias del establecimiento.
- Permanecer en el establecimiento durante toda la
jornada de trabajo.
- Asumir responsabilidad por el deterioro de cualquier
bien ocasionado por èl y pagar el costo de su
reparación o repocisiòn.
- Informar a sus representantes las resoluciones e
inquietudes que envía la escuela
DEBERES Y DERECHOS DE ESTUDIANTES, PROFESORES, PADRES
DE FAMILIA, ETC.
DIRECTOR:
- Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y
más disposiciones de autoridades superiores, tomando
siempre en cuenta el aspecto humano.
- Desarrollar con responsabilidad la administración del plantel.
- Responsabilizarse de la ejecución del PEI que
estamos elaborando para los cinco años.
- Orientar el trabajo del personal docente y estimular
su capacitación con
responsabilidad.
- Dar y recibir en forma cortés y respetuosa
cualquier orden y sugerencia.
PERSONAL DOCENTE:
- Desempeñar con dignidad, eficiencia y
puntualidad sus funciones.
- Mantener una conducta ejemplar en el establecimiento
y la comunidad.
- Cumplir su trabajo de acuerdo con las normas, leyes,
reglamentos y disposiciones impartidas por las autoridades
competentes.
- Propiciar las buenas relaciones con autoridades,
educandos, padres de familia y comunidad.
- Que el profesor de turno cumpla a cabalidad con su
responsabilidad durante la jornada de trabajo.
- Que todos los maestros colaboren con el control de la
disciplina en la formación y el recreo, para evitar
accidentes.
- Que los maestros mantengan una presentación
aceptable frente a los alumnos.
- Los maestros especiales deben cumplir con el horario
establecido en las instituciones que laboran.
- No abandonar la institución dentro de las
horas laborables.
- Cumplir con la planificación diaria con
mística profesional.
- Elaborar material didáctico utilizando los
recursos del medio.
- Se sugiere realizar actividades de
recuperación con los niños que presentan
dificultad de aprendizaje.
- Evaluar las tareas enviadas a casa.
- Elaborar el cuadro de honor de los mejores
estudiantes.
ALUMNOS
- Asistir puntualmente al establecimiento educativo y a
todas las actividades que en el se desarrollen.
- Mantener la debida consideración y respeto a
los maestros y compañeros dentro y fuera del
establecimiento educativo.
- Cuidar de su buena presentación y aseo
personal.
- Permanecer dentro del establecimiento durante la
jornada de trabajo.
- Exigir una educación adecuada, completa e
integral acorde con sus actitudes y
aspiraciones.
- Expresar en forma respetuosa sus inquietudes y
necesidades a profesores y autoridades.
- Solicitar una evaluación justa en caso de ser
requerida.
- Asumir responsabilidad por el deterioro de
cualesquier bien ocasionado por él y pagar el costo de
su reparación o reposición.
PADRES DE FAMILIA:
- Mantener un ambiente agradable con maestros,
autoridades y demás padres de familia.
- Colaborar activamente en las actividades tendientes
al mejoramiento del plantel.
- Solicitar información sobre el rendimiento escolar
de sus representados en forma constante.
- Motivar a sus hijos en el cultivo de valores con todo
el colectivo pedagógico.
- Controlar el aseo y presentación diaria de sus
hijos antes de enviarlos al establecimiento.
- Guiar y firmar en los trabajos o tareas escolares de
sus hijos.
- Justificar la inasistencia de su representado al
siguiente dìa.
MANUAL DE TAREAS
DEL DIRECTOR:
- Velar por el bienestar de la
institución.
- Mantener buenas relaciones humanas con: maestros,
alumnos, padres de familia y comunidad.
- Tener una buena comunicación clara y
respetuosa manteniendo un nivel de respeto hacia los
demás.
- Preocuparse de la capacitación del personal
docente, para alcanzar mejor calidad de
educación.
- Planificar talleres de convivencia con los padres de
familia para crear un ambiente saludable.
- Gestionar obras conjuntamente con el colectivo
pedagógico, para mejorar la institución y
comunidad.
PERSONAL DOCENTE
- Fortalecer el prestigio de la
institución.
- Colaborar con las actividades designadas por el
director en forma amigable, respetuosa y sincera.
- Cumplir con responsabilidad su rol dentro y fuera del
aula.
- Mantener un ambiente de cordialidad y amabilidad con
todos los actores del hecho educativo.
- Educar con el ejemplo para una formación
integral del educando.
- Estar actualizado con el avance de la ciencia y
tecnología, a fin de evitar la
improvisación.
- Dar y aceptar sugerencias encaminadas a la buena
marcha de la institución.
- Implementar los ambientes
didácticos.
- Que los maestros mantengan una presentación
aceptable frente a los alumnos y deberá portar como
uniforme el mandil.
- Solucionar con prudencia los inconvenientes generados
entre compañeros.
COMITÉ CENTRAL DE PADRES DE
FAMILIA
- Organizar el Comité Central de Padres de
Familia en forma democrática y activa, al inicio del
año lectivo.
- Colaborar con las actividades planificadas en la
institución.
- Realizar gestiones para el mejoramiento de la
institución.
- El Comité no podrá inferir en la toma
de decisiones administrativas o técnicas
del establecimiento.
- Representar a la institución en lo que
disponga la autoridad educativa.
- Cumplir las funciones establecidas en el reglamento
interno del plantel.
PADRES DE FAMILIA
- Colaborar en las gestiones encaminadas al mejor
cumplimiento de los fines educativos.
- Acatar las disposiciones de las autoridades del
plantel.
- Fomentar el fortalecimiento del colectivo
pedagógico.
- Acatar las resoluciones tomadas por la mayoría
de padres de familia.
- Aceptar comisiones o delegaciones que se origine por
parte de la escuela o de sus compañeros
representantes.
- Cumplir con todas las resoluciones del Comité
de padres de familia siempre y cuando sean para el normal
desarrollo de las actividades de la escuela.
- Controlar la ejecución de tareas aseo y buena
presentación de sus hijos o representados.
- Acudir en forma obligatoria y puntual al llamado de
las maestras.
- Revisar y firmar las tareas enviadas a
casa.
- Mejorar las condiciones físicas del
establecimiento con entusiasmo y responsabilidad.
- Apoyar decididamente a sus representados en la
ejecución de la planificación del Gobierno
Estudiantil.
GOBIERNO ESTUDIANTIL
- Fortalecer el espíritu cooperativista entre
compañeros con la dirección de las autoridades
del plantel.
- Planificar actividades encaminadas al mejoramiento
escolar.
- Participar activamente en las sesiones ordinarias y
extraordinarias para expresas sus intereses y
necesidades.
- Defender y fortalecer sus derechos.
- Participar de las diferentes actividades programadas
en la institución.
ABANDERADOS Y ESCOLTAS
- Dar ejemplo de superación y constancia en el
aspecto social, cultural, académico y
deportivo.
- Orientar a los compañeros que necesitan
recuperación pedagógica.
- Estar predispuestos a representar con entusiasmo en
diferentes eventos.
ALUMNOS
- Asistir puntualmente a todas las actividades del
quehacer educativo.
- Guardar la debida consideración y respeto a
las autoridades del plantel, dentro y fuera de
él.
- Cumplir con las responsabilidades académicas
con responsabilidad y honestidad.
- Cuidar su buena presentación en el vestido e
higiene personal.
- Contribuir al buen mantenimiento de muebles,
materiales didácticos y más pertenencias del
establecimiento.
- Cubrir el costo del bien mueble o inmueble
dañado o perdido por él.
- Participar activamente durante toda la jornada de
trabajo.
COMITÉ DE COORDINACIÓN DE
COLACIÓN ESCOLAR
- Receptar y almacenar las remesas alimenticias en un
lugar propicio.
- Adecuar un lugar par la cocción de los
alimentos.
- Implementar el comedor escolar.
- Organizar y vigilar la preparación diaria del
almuerzo escolar.
- Dar charlas de buenos modales en la mesa.
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS.
DE MATRICULAS.– El período de
matrículas está establecido por el Ministerio de
Educación del 15 al 30 de marzo, las ordinarias, las
extraordinarias las dos primeras semanas de abril y las
especiales hasta el segundo trimestre.
Los requisitos de matrícula para segundo
año básico son: partida de nacimiento, certificado
médico y libreta de calificaciones si lo tuviere; y de
tercero a séptimo año básico partida de
nacimiento y libreta de calificaciones seis fotos a color
tamaño carnet con el respectivo uniforme.
DE ABANDERADOS Y ESCOLTAS.– Se hace el estudio de
los record estudiantiles en el período de
matrículas, por la comisión integrada por: el
Director de la escuela, el Profesor de séptimo año,
el profesor /a secretario /a el presidente del Comité
Central de Padres de Familia el Presidente del Gobierno
estudiantil u otro miembro del mismo.
DEL GOBIERNO ESTUDIANTIL.- Se elegirán los
gobiernos estudiantiles, durante el segundo mes de iniciado el
año lectivo.
- Presidente
- Secretario
- Coordinador
Se conformarán las siguientes
comisiones:
- Comisión de Educación y
Cultura
- Comisión de Salud y Medio Ambiente
- Comisión de Deportes y
Recreación
- Comisión de Servicios y Recursos
- Comisión de Defensa de los Derechos de
niños y niñas.
DEL COMITÉ CENTRAL DE PADRES DE FAMILIA.-
Se elegirá en la primera sesión ordinaria del
año lectivo; con las siguientes dignidades:
- Presidente
- Vicepresidente
- Secretario
- Tesorero
- Vocales principales (cuatro).
- Se elegirá una directiva por cada
maestra.
DEL COMITÉ DE COORDINACIÓN DE
COLACIÓN ESCOLAR.– Para el desarrollo del programa de
colación escolar, se nombra un comité de coordinación del mismo, en una
sesión ampliada de padres de familia, antes de empezar su
ejecución.
La directiva estará conformada de la siguiente
manera:
- Coordinador /a
- Secretario /a
- Tesorero /a
- Vocales
- Esta comisión la integraran el comité
Central de Padres de Familia.
El presente trabajo es el PEI de la
Institución enunciada.
Se han realizado algunas modificaciones en los
manuales.
El código
de Convivencia se encuentra en Construcción.
Marcelo Aldaz
SUPERVISOR PROVINCIAL DE EDUCACION DE
CHIMBORAZO
UTE Nº 8, ZONA 1, CUMANDÁ-HUIGRA.
CHIMBORAZO, ECUADOR
CUMANDA – HUIGRA
CHIMBORAZO, ECUADOR
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN HISPANA DE
CHIMBORAZO
UNIDAD TERRITORIAL EDUCATIVA Nº 8
ZONA 1
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