- Resumen del
trabajo - Objetivos
- Hipótesis
- Planteamiento del
problema - Justificación
- El estado
social de Derecho, origen concepciones
actuales - Origen y
evolución del Derecho contencioso –
administrativo - El sistema
contencioso – administrativo vigente en
Nicaragua - El recurso
de inconstitucionalidad promovido contra Ley Nº
350 - Análisis
de resultados - Conclusiones
- Recomendaciones
- Bibliografía
TRASCENDENCIA JURÍDICA QUE
REPRESENTA LA DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA
LEY No. 350
"LEY DE REGULACIÓN DE LA JURISDICCIÓN DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO", EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO
NICARAGÜENSE
RESUMEN DEL
TRABAJO
En este trabajo se
analiza el impacto que tiene sobre el ordenamiento
jurídico (específicamente sobre los derechos procésales
de los nicaragüense) la declaración de
inconstitucionalidad de 33 artículos de la Ley No. 350
"Ley de Regulación de la Jurisdicción de lo
Contencioso Administrativo", esta inconstitucionalidad fue
declarada a través de la Sentencia No. 40 de la Corte
Suprema de Justicia del
día 10 de Junio del año 2002.
El trabajo inicia haciendo un recorrido por la historia del derecho hasta
llegar al surgimiento del Derecho
Administrativo en general y el derecho Contencioso
Administrativo en lo especifico tanto en el mundo como en
Nicaragua, para finalizar con el análisis propiamente dicho de la
Inconstitucionalidad de los artículos de la Ley No. 350.
INTRODUCCIÓN
La declaración de inconstitucionalidad de la Ley
No. 350, deja desprotegido a los particulares frente a la
administración pública al dejar como
única instancia a la CSJ, en la Sala de lo Contencioso
Administrativo para acudir a demandar a los encargados de la
administración
pública, y admiten de manera tacita las actuaciones en
los actos de carácter general.
Enmarcados en la parte resolutiva de dicha sentencia y
considerando que nuestra Constitución Política define a la
nación
nicaragüense como un Estado Social
de Derecho, hemos decidido profundizar en el tema para determinar
si al ciudadano no se le cercenado los derechos adquiridos
según el texto
Constitucional a la luz de la
resolución antes mencionada, ya que el derecho
contencioso-administrativo viene a llenar la necesidad que
tenían los ciudadanos de poder reclamar
y recurrir a la justicia cuando consideraran que están
siendo vulnerado sus derechos por la administración pública en actos
derivados y revestidos del imperium público.
En este sentido, nos situamos en la conveniencia de
estudiar y establecer en primer término los
orígenes y evolución del Estado hasta convertirse en
uno garantista, para luego adentrarnos en los motivos y la
evolución del derecho contencioso-administrativo hasta
llegar a nuestro modelo
jurídico concentrado en la Ley No. 350, "Ley de
Regulación de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativo".
Es trascendental para la presente investigación profundizar en el estudio del
recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra los
artículos 19 inciso 2, 25, 49, 54, 62 párrafo
primero, 65 ultima línea, 72 párrafo segundo, 96,
99 ultima línea segundo párrafo, 105, 106
párrafo segundo, 107, 108, 109, 110 primer párrafo,
111, 117 primera línea, 118, 119 segunda línea,
130, 131, 132, 133, 136 de la Ley No. 350, y así analizar
la veracidad de la inconstitucionalidad alegada basados en
nuestros conocimientos teóricos, la doctrina y por
supuesto en nuestra Carta
Magna.
El presente estudio esta dividido en cuatro
capítulos: 1. El Estado
Social de Derecho, Origen y Concepciones Actuales, 2. Origen y
Evolución del Derecho Contencioso Administrativo, 3. El
Sistema
Contencioso Administrativo Vigente en Nicaragua y por
último estudiaremos, 4. El Recurso de Inconstitucionalidad
Promovido contra la Ley No. 350, "Ley de Regulación de la
Jurisdicción Contencioso Administrativo", Análisis
y Comentarios, para luego realizar el análisis de los
resultados obtenidos de nuestra investigación en donde
daremos cumplimiento a nuestros objetivos
planteados y finalizar con las conclusiones y recomendaciones.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL.
Analizar la trascendencia en nuestro ordenamiento
jurídico de la declaración de inconstitucionalidad
de la Ley No. 350.
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS.
- Definir la naturaleza
jurídica del Contencioso Administrativo en Nicaragua.
¿Recurso o Proceso?. - Resaltar la importancia que tiene para nuestro Estado
Social de Derecho, la Ley No. 350 ,"Ley de Regulación de
la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo", en la
tutela de los
derechos
humanos de los nicaragüenses. - Determinar si la Sentencia emitida por la Corte
Suprema de Justicia sobre el Recurso de Inconstitucionalidad
interpuesto contra la Ley No. 350, "Ley de Regulación de
la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo", Es
apegada a Derecho. - Establecer que efectos Jurídicos ha provocado
la Declaración de Inconstitucionalidad de treinta y un
artículos de la Ley No. 350.
HIPÓTESIS
La Ley 350 "Ley de Regulación de la
Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo" en
Nicaragua", sufrió una segregación de su texto
jurídico debido a la Declaración de
Inconstitucionalidad.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
La trascendencia jurídica que presenta la
Declaración de Inconstitucionalidad de treinta y un
artículos de la Ley No. 350, "Ley de Regulación de
la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo" en
nuestro Estado Social de Derecho, radica principalmente en que
con la sentencia numero 40 eliminó derechos y
garantías procésales consignadas en nuestra
Constitución Política, lo que garantizaba el pronto
acceso ala justicia de todo aquel ciudadano que consideraba que
la administración pública en el
ejercicio propio de sus funciones
había violentado sus derechos.
Esto dejo como contencioso administrativo que presenta
múltiples lagunas legales en su texto jurídico, que
discrepan de su concepción original y del modelo
Constitucional que tenemos por Estado los
nicaragüenses.
En este sentido es valido preguntarse:
¿Cuál es la trascendencia jurídica que
representa para el ordenamiento jurídico
nicaragüense, la declaración de inconstitucionalidad
de la Ley No. 350, "Ley de Regulación de la
Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo?.
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