- Antecedentes
históricos - NIC
revisadas por el IASB hasta marzo 2004 - Material
omitido por el IASB hasta diciembre 2005 - Material en
vigencia a partir de 2005 - Cambios
en la presentación - Objetivo
de la adopción, por primera vez de las normas
internacionales de información financiera (NIIF
1) - Razones
para adoptar las NIIF - Marco
legal - Retos en
la adopción de NIIF para la empresa y los
profesionales - Principales
características de la NIIF - Fases del
proceso de adopción de las NIIF - Preparación
del sistema contable en el marco de adopción de
NIF/ES
TERMINOLOGÍA
NCF: Normas de Contabilidad
Financiera.
NIC: Normas Internacionales de Contabilidad.
NIF/ES: Normas de Información Financieras Adoptadas en El
Salvador.
CVPCPA: Consejo de Vigilancia de la
Profesión de Contaduría Pública y
Auditoria.
IASC: Comité de normas
internacionales de Contabilidad.
SIC: Comité de
Interpretaciones.
IASB: Junta de Normas
Internacionales de Contabilidad.
IAASB: Junta Internacional de Normas de Auditoria
y Verificación.
CINIIF: Comité de Interpretaciones de las
Normas Internacionales de Información
Financiera
IFAC: Federación Internacional de
Contadores.
Fecha de transición a las NIIF: El
comienzo del ejercicio más antiguo para el que la entidad
presenta información comparativa completa con arreglo a
las NIIF, dentro de sus primeros estados financieros presentados
con arreglo a las NIIF.
Coste atribuido: Un importe usado como sustituto
del coste o del coste depreciado en una fecha determinada. En la
depreciación o amortización posterior se supone que la
entidad había reconocido inicialmente el activo o pasivo
en la fecha determinada, y que este coste era equivalente al
coste atribuido.
Valor razonable: El importe por el cual
podría ser intercambiado un activo o cancelado un pasivo,
entre partes interesadas y debidamente informadas, en una
transacción realizada en condiciones de independencia
mutua.
Primeros Estados
Financieros con arreglo a las NIIF: Los primeros estados
financieros anuales en los cuales la entidad adopta las Normas
Internacionales de Información Financiera (NIIF), mediante
una declaración, explícita y sin reservas, de
cumplimiento con las NIIF.
Entidad que adopta por primera vez las NIIF (o
adoptante por primera vez): La entidad que presenta sus
primeros estados financieros con arreglo a las NIIF.
Normas Internacionales de Información
Financiera (NIIF): Normas e Interpretaciones adoptadas por la
Junta de Normas Internacionales de Contabilidad
(IASB).
Comprenden:
a) Normas Internacionales de Información
Financiera;
b) Normas Internacionales de Contabilidad;
e
c) Interpretaciones emanadas del Comité de
Interpretaciones de las Normas Internacionales de
Información Financiera (CINIIF), o bien emitidas por el
anterior Comité de Interpretaciones (SIC) y adoptadas
por el IASB.
Balance de apertura con arreglo a las NIIF: El
balance de la entidad (publicado o no) en fecha de
transición a las NIIF.
PCGA anteriores: Las bases de
contabilización que la entidad que adopte por primera vez
las NIIF, utilizaba inmediatamente antes de aplicar las
NIIF.
Fecha de presentación: El final del
último ejercicio cubierto por los estados financieros o
por un informe
financiero intermedio.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS
En el año de 1973 nace el Comité de Normas
Internacionales de Contabilidad (IASC), como resultado de un
acuerdo tomado por ciertos organismos a nivel mundial (Alemania,
Australia, Canadá, Estados Unidos,
Francia,
Holanda, Japón,
México,
Irlanda e Inglaterra).
Con base en la constitución de este organismo, se
estableció un esquema normativo a nivel internacional
llamado "Normas Internacionales de Contabilidad" (NIC), el cual se
conformó de los siguientes pronunciamientos:
a) Normas Internacionales de Contabilidad, NIC
(International Accounting Standards IAS), emitidas por el
Comité de Normas Internacionales de Contabilidad
(International Accounting Standards Comittee, IASC)
b) Interpretaciones de las Normas Internacionales de
Contabilidad, emitidas por el Comité de Interpretaciones
de IASC (Standing Intterpretations Commitée,
SIC).
En El Salvador algunos de los esfuerzos de la
profesión, orientados a la armonización de la
normativa contable han sido los siguientes:
Hasta julio de 1996 el entonces Colegio de Contadores
Públicos Académicos había coordinado la
emisión de 18 Normas de Contabilidad Financiera
(NCF).
A partir de julio de 1996 en el marco del desarrollo de
la IV Convención Nacional de Contadores, patrocinada por
la Asociación de Contadores Públicos de El
Salvador, el Colegio de Contadores Públicos
Académicos de El Salvador, y la Corporación de
Contadores de El Salvador; bajo el Lema "La
armonización contable y unidad gremial: Un reto imperativo
ante la
globalización", se someten a revisión las
18 NCF, y se adicionan 10 más (de la 19 a la 28);
procediendo a su legitimación de acuerdo con las
conclusiones generales de la IV Convención. A partir de
entonces se conocen las 28 NCF, que si bien no contaban con un
respaldo legal, sí se tenía la
"legitimación" por parte del gremio.
La complejidad de los mercados, y los
constantes cambios y modalidades de participar en la actividad
económica, ahora bajo un esquema de globalización e internacionalización
de las economías; y el surgimiento de nuevos elementos que
guían el reconocimiento, medición y revelación de las
partidas en los estados financieros, han sido el mejor indicador
de las limitaciones técnicas
contenidas en nuestra normativa nacional.
Conscientes de tal situación, el Consejo de
Vigilancia de la Contaduría Pública y Auditoría, con fecha 2 de septiembre de
1999, tomó acuerdo, que en su segundo párrafo
literalmente dice:
II- En la preparación de los estados
financieros deberán usarse Normas Internacionales de
Contabilidad dictadas por el Comité de normas
internacionales de Contabilidad (IASC) y/o aquellas
regulaciones establecidas por este Consejo.
Sin embargo, aún se encontraban vigentes las
disposiciones del Código de
Comercio, que en sus artículos 443 y 444
establecían cuales deberían de ser la partidas que
conformaban los estados financieros, y cuales las bases de
estimación y valoración; lo cual era discordante y
hasta contrario con el contenido de las normas contables.
Representando para empresarios y contadores, una verdadera
polémica al momento de preparar los estados financieros
que tenían que responder tanto a las demandas de
información de los inversionistas y demás usuarios
de la información (técnico), como a los
requerimientos legales establecidos en nuestras leyes
mercantiles.
Desde el año 2000 El Salvador se viene orientando
hacia la adopción
de las NIIF; no obstante, una falta de preparación de las
partes interesadas ha ocasionado que la adopción sea
postergada en varias oportunidades.
Es hasta el 1 de abril de 2000, en que entran en
vigencia las nuevas disposiciones contenidas en los
artículos 443 y 444 del Código
de Comercio y las
nuevas atribuciones del Consejo de Vigilancia contenidas en la
Ley Reguladora
del Ejercicio de la Contaduría, con que se inicia la
armonización de la infraestructura legal de materia
mercantil, con la normativa técnica contable.
Con estas nuevas atribuciones y facultades, el Consejo
de Vigilancia de la Profesión de Contaduría
Pública y Auditoría, el día 5 de
diciembre de 2000 toma el siguiente acuerdo:
- Las Normas Internacionales de Contabilidad, como
base general para la preparación y presentación
de los estados financieros de las diferentes entidades,
serán de aplicación obligatoria a partir de los
ejercicios contables que inician en o después del 1 de
enero de 2002.
Creándose con ello la primera exigencia que
integra aspectos técnicos y aspectos legales de materia
mercantil.
Hasta abril de 2001 la Fundación del
Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASCF)
había encomendado el trabajo de
emitir Normas Contables Internacionales al Comité de
Normas Internacionales de Contabilidad (IASC), mismos hechos que
dan lugar en esa fecha a su transformación, cambiando la
constitución de esta y estableciéndose como Junta
de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Dicho organismo
da continuidad al desarrollo del esquema normativo internacional,
el cual se denomina en forma genérica Normas
Internacionales de Información Financiera
(NIIF).
Por lo tanto las NIC así como las
interpretaciones de éstas llamadas SIC, continúan
siendo vigentes, y es la Junta de Normas Internacionales de
Contabilidad (IASB) quien decide si las mantiene, las modifica o
las deroga.
Cuando se hace referencia genérica a las NIIF,
debe entenderse que se habla del esquema normativo internacional
en su conjunto, antes llamado NIC. En los casos en los que se
haga referencia especifica a alguno de los documentos que
integran dicho esquema, éstos se identificaran por su
nombre particular y original: NIC o NIIF, según sea el
caso.
Tratando de ajustar los términos contables, se
podría decir que las Normas son similares a las leyes, y
las Interpretaciones son como los reglamentos de las
leyes.
Pese a los constantes y diversos eventos de
divulgación y capacitación desarrollados por el gremio
profesional, el Consejo de Vigilancia, y otras instituciones
dedicadas a la capacitación; no se logró una
cobertura aceptable en el sector profesional ni en el sector
empresarial. Ante esta situación el Consejo de Vigilancia
de la Profesión de Contaduría Pública y
Auditoría, emite acuerdo de fecha 1 de enero de
2002.
- En el cual amplia el plazo de obligatoriedad para la
entrada en vigencia de las Normas Internacionales de
Contabilidad, hasta el ejercicio económico que comienza
el 1 de enero de 2004; estableciendo requisitos de
divulgación en los estados financieros correspondientes
al cierre de los ejercicios 2002 y 2003, se les solicitó
a las empresas que
"mostraran las diferencias existentes entre las
prácticas de contabilidad de ese momento y las Normas
Internacionales de Contabilidad, incluyendo su
cuantificación".
En noviembre de 2002, y dada la atribución de
promover la educación
continuada de los Contadores Públicos, que la Ley le
concede, el Consejo de Vigilancia, llevó a cabo el
"Congreso de Contadores", con el lema "Las NIC`s, su análisis y aplicación en El
Salvador"
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