1. La carta de las Naciones Unidas y
las Competencias de la
ONU
3. Algunas reformas
necesarias
4. Competencias de la
ONU
5. Propositos y
Principios
6. Los estados miembro y su estatus
jurídico –
Requisitos.
7. Estructura
Organica
8. Consejo de
Seguridad
9. Asamblea
General
10. La carta de las Naciones
Unidas: una visión y una
misión
11. Desgaste de la función
económica de la
ONU
12. Mercados, gobiernos y
organizaciones multilaterales
13. Recursos
financieros de la
ONU
14. La creciente
militarización de la asistencia
humanitaria
15. Rediseño de la
Soberanía
16.
Conclusión
1. La Carta de
las Naciones Unidas y las Competencias
de la ONU
Naciones Unidas es el intento más perfecto de crear
una organización internacional
capaz de vertebrar y armonizar toda la sociedad internacional para
conseguir determinados fines: mantenimiento de la paz y
seguridad
internacional.
Hubo un primer ensayo de dar forma ó
estructura a la Comunidad Internacional, anterior
a la ONU, que fue la Sociedad de Naciones, cuyos fines
fueron generales y de vocación universal (tenía su
cargo preservar la paz internacional).
Estuvo activa durante el periodo entreguerras
(1919-1939), pero resultó un proyecto fracasado por no
conseguir evitar el desencadenamiento de una Segunda Guerra Mundial; mucho
más cruel e inhumana y con un mayor número de
víctimas.
En otro plano, la crisis del Estado liberal que motivó
la aparición de movimientos de signo totalitario de marcado
carácter fascista en Italia y Alemania, supusieron una
quiebra total de la sociedad
internacional. Y para colmo, la crisis del 30 que vino a
significar la experiencia económica más desastrosa de
todos los tiempos.
En la práctica, la Sociedad de Naciones no pudo
abarcar la totalidad de países de la Tierra. Este objetivo de alcanzar la
universalidad no lo consiguió debido primordialmente al
desmarcarse países tan importantes como Estados Unidos, Alemania, Japón y la URSS
por agredir a Finlandia.
Todo esto debilitó la fuerza y la ya de por sí
mermada credibilidad de la Sociedad de Naciones.
La ONU comienza a germinarse desde
de la 2ª Guerra Mundial; surgió en
las aguas del Atlántico entre Churchill y Roosvelt adoptando
la "Carta del Atlántico" en 1941
(EE.UU. y Reino Unido). Esto sólo era un acuerdo entre
Estados Aliados frente al fascismo europeo.
Esta Carta decía que para cuando
acabara la 2ª Guerra Mundial todos los
Estados de la Tierra se comprometerían
a renunciar al uso de la fuerza armada; antes de la
2ª Guerra Mundial el uso de la
fuerza era aceptado, a partir de Naciones Unidas estará
prohibido.
A esta Carta del Atlántico se adhirieron algunos
Estados aliados que fueron perfilando esta idea hasta el año
1945.
En junio de ese año, se convocó en San
Francisco (EE.UU.) una conferencia internacional entre
los 51 Estados de la Carta del Atlántico que
adoptaron la "Carta de San Francisco", tratado constitutivo de
Naciones Unidas. El mismo entró en vigor el 24 de Octubre de
1945, creando la ONU con sede central en Nueva York.
La Carta de San Francisco es producto de las potencias
vencedoras de la Segunda Guerra Mundial (EE.UU.
Francia, Reino Unido, URSS y
China), y nace con la idea de
evitar en el futuro nuevas guerras mundiales (factor que
hoy ha quedado superado).
No está pensada para dilucidar controversias entre los
países fundadores, sino para solucionar conflictos entre terceros
países. Contiene además, el Estatuto del Tribunal
Internacional de Justicia, uno de los
órganos más importantes de Naciones Unidas.
A partir de la 2ª Guerra Mundial surgió la
"guerra fría", que supuso
el bloqueo del Consejo de Seguridad, por lo cual la Carta
quedó parcialmente obsoleta. Con ella se trataba de
controlar a las potencias derrotadas, pero Alemania y Japón
se pusieron a favor del bloque occidental.
- Naciones Unidas no es un "super Estado".
Algunos autores y pensadores han llegado a decir que la
Carta de San Francisco es una "Constitución" para todos los
habitantes de la Tierra. Y en este sentido
tiene una doble dimensión:
- es el tratado constitutivo de una organización
internacional, como es la ONU.
— posee rasgos muy especiales, que son los que
vamos a analizar a
continuación.
2. Caracteres especiales
- Naciones Unidas es la única organización
internacional que tiene una clara vocación universal y
fines generales. - Su fin primordial es el mantenimiento de paz y
seguridad internacional a través de una serie de medidas:
Consejo de Seguridad. - Art. 2.6 establece que "los Estados NO
miembros de la ONU están obligados a respetar las
disposiciones de la Carta de San Francisco relativas al
mantenimiento de paz y seguridad internacional". Esto no lo
hace ningún tratado internacional, ya que estos sólo
obligan a los Estados miembros de la organización
internacional.
Algo tan importante no puede quedar a la libre
determinación de los Estados, inspirado en el contexto
histórico en que se creó la O.N.U., pues el mismo
preámbulo de la Carta así lo expresa: "Nosotros los
pueblos de las Naciones Unidas resueltos a preservar a las
generaciones venideras del flagelo de la guerra que dos veces
durante nuestra vida ha infligido a la Humanidad sufrimientos
indecibles,…."
El Art. 103 dice "en caso de conflicto entre una
disposición de la Carta y una disposición de un tratado
internacional cualquiera, siempre prevalecerán las
disposiciones de la Carta de San Francisco". Es decir, se
atribuye rango superior ante cualquier otro tratado anterior
ó posterior a 1945.
Se puede llegar a decir, que la Carta de San Francisco
configura los principios generales del Derecho Internacional
Público, no son meramente las disposiciones de un tratado
internacional u organización.
3. Algunas reformas
necesarias
El procedimiento de reforma de la
Carta es rígido; es necesaria la unanimidad de los cinco
Estados fundadores (sin ellos no se puede reformar ninguna
disposición). Hay reformas "pendientes", como por ejemplo, a
nivel de estructura
orgánica.
La plataforma anterior de los países en desarrollo no exponía un
punto de vista sobre la reforma de la ONU y otros organismos
internacionales, ni presentaba propuestas específicas sobre
el tema. No obstante, ante los cambios del ámbito
internacional, el tema de la reforma de las instituciones ha cobrado nueva
importancia. Es actualmente el tema central de opiniones y
propuestas emergentes de países desarrollados y de grupos independientes.
Toda propuesta realizada por países en vías de
desarrollo que guarde
relación con la organización y la reforma
de los procesos multilaterales debe
reflejar una sola idea muy trascendente, y es que, en gran
medida, la fuerza de los países en desarrollo en foros
internacionales deriva de su cantidad; cantidad que refleja a los
estados nacionales y poblaciones que forman la comunidad global. La ONU fue
establecida sobre la base de la igualdad de los estados
nacionales, igualdad reflejada en el
principio de "un país, un voto". Es este factor, y de
ahí su carácter universal, el que ha hecho de la ONU un
foro en el cual los países en
desarrollo tienen una importante presencia. Este factor es
también el que ha permitido que los países en
desarrollo se nucleen en el Movimiento de Países No
Alineados y en el Grupo de los 77 y adopten
posiciones comunes en una variedad de asuntos.
Se deduce de ello que las reformas que resten valor a los poderes y funciones de los órganos con
integración universal o los
transfieran a otras entidades menos representativas tenderán
a debilitar la influencia y el impacto de los países en
desarrollo y de su organización: el Grupo de los 77. Esto es
especialmente cierto en lo que atañe a cambios que
fortalecieran la función del Consejo de Seguridad que cuenta
con tan pocos integrantes en comparación con la Asamblea
General. Una cantidad de propuestas de reforma realizadas
recientemente tratan de establecer nuevas entidades de la ONU de
muy restringida integración: entidades como
un Consejo de Seguridad Económica o un Consejo
Económico y un Consejo Social, etc. Su objetivo sería sustituir
los órganos existentes y más universales, los cuales
quedarían sin efecto. El fin de esas propuestas es
supuestamente mejorar la eficiencia y vigencia de la ONU
en los ámbitos económico y social. Pero cualesquiera
sean las perspectivas que se tengan de alcanzar ese fin con los
cambios propuestos, tendrían como consecuencia la
creación de órganos con una presencia marcadamente
reducida de los países en desarrollo.
Es verdad que las grandes asambleas no son los mejores
instrumentos para negociar acuerdos complejos y detallados. Sin
embargo, en la práctica, los acuerdos podrían ser, y lo
han sido, efectuados mediante negociaciones representativas
realizadas en grupos de trabajo creados en el
momento oportuno por las corporaciones más numerosas. Esta
ha sido la experiencia en el pasado y ha dado buenos frutos
cuando los factores políticos y afines contribuyeron para
ello.
También sería necesario hacer una reforma
importante para resolver el problema financiero: habrá que
crear instrumentos para obligar a los Estados a aportar dinero anualmente a la ONU
(hay países, como EE.UU., que no pagan).
También se hace necesario reformar las palabras
"estados enemigos", referidas de países Alemania y
Japón; puesto que hoy en día son unos de los que
más dinero aportan a la
ONU.
4. Competencias de
la O.N.U.
Tiene competencias generales, pudiendo tratar cualquier
materia que tenga un
mínimo de contenido internacional.
El párrafo anterior está limitado por el
artículo 2.7 de la Carta de San Francisco "no puede
intervenir en asuntos propios de la jurisdicción interna de
los Estados"; pero incluso este único límite se ha
visto difuminado puesto que la propia Carta prevé y estipula
que podrá intervenir siempre que haya una amenaza para la
paz.
Las competencias generales, principales son las
siguientes:
- Mantenimiento de la paz y seguridad
internacional. - Fomento de las relaciones amistosas entre los
pueblos. - Fomento del arreglo pacífico de las
controversias internacionales. - Protección de los derechos humanos.
- Cooperación al desarrollo (aliviar la pobreza del tercer
mundo).
Naciones Unidas tiene una regulación de las
competencias en la Carta de San Francisco, pero por el principio
teórico de las competencias implícitas, se desarrollan
otras competencias que no están recogidas en la Carta; como
por ejemplo, la protección del medio ambiente, que se intenta
poner en relación con la cooperación al desarrollo.
Así como aquellas llamadas a defender los derechos de sus funcionarios.
5. Propósitos y Principios
de O.N.U.
Los propósitos se identifican con los objetivos y fines que relata
el artículo primero de la Carta de las Naciones
Unidas:
- Mantenimiento de la paz y Seguridad
internacional.
Todos los demás están relacionados directamente con
este, ya que son medidas preventivas para conseguir el
mantenimiento de la paz y evitar conflictos
armados. - Fomento de las relaciones amistosas entre los
Estados. - Desarrollar la cooperación internacional para
subsanar los problemas económicos,
sociales y culturales. Donde existan estos problemas se pueden producir
conflictos armados. - Fomentar el respeto a los derechos Humanos.
- Servir de foro donde se puede llevar a cabo medidas
preventivas.
Los principios son las reglas por medio de las cuales la
ONU tiende a conseguir sus propósitos. Antes, estos
principios, solamente estaban recogidos en el artículo
segundo de la Carta, pero posteriormente fueron ampliados
y desarrollados por la resolución 2625 (XXV) de 1970.
Dichos principios se consideran principios rectores del derecho internacional,
principios que deben ser respetados por todos los países
(normas de derecho impositivo),
no admiten derogación ni modificación por parte de los
Estados. Esta "seriedad" le viene a dar, en definitiva, una
cierta cohesión al ordenamiento internacional.
- Principio de PROHIBICIÓN de la amenaza o el uso
de la fuerza armada contra la independencia política e integridad territorial de
los Estados. Arreglo pacífico de
controversias. - Principio de NO INTERVENCIÓN en los asuntos
internos de los Estados. - Deber de COOPERACIÓN entre los
Estados. - Principio de la libre AUTODETERMINACIÓN de los
pueblos. - IGUALDAD soberana de todos los Estados Cumplimiento
de buena fe de las obligaciones
internacionales. - PROTECCIÓN de los derechos humanos.
- AUTORIDAD sobre Estados no miembros.
6. Los Estados miembros y su
"estatus" jurídico
Los "miembros" de Naciones Unidas sólo pueden ser
ESTADOS. Actualmente la componen 185, presumiendo de estar
abierta a todos (vocación universal).
El "estatus" jurídico de Estado miembro significa,
que en la ONU se le aplican los derechos y obligaciones de la Carta de
San Francisco.
En 1945 Naciones Unidas tenía 51 Estados; España se adhirió en
1955 (se consideró que el régimen franquista era aliado
del fascista). En los años 60 se "disparó" el proceso de
descolonización y se produjo una adhesión masiva
(Estados de Asia e África).
En 1973 se adhirieron las dos Alemanias (RFA y RDA); los
cambios producidos en algunos países, como la URSS, han ido
posibilitando el ingreso de nuevos Estados (Estonia, Letonia)
—El último Estado, que se adhirió fue la Isla de
Palaos, en Diciembre de 1994.
La Sociedad internacional de la posguerra se ha
universalizado. Realmente se ha hecho mucho más
diversa, heterogénea y plural, pero la división entre
países ricos y pobres sigue existiendo, y no sólo eso,
sino que parece acentuarse: Una cosa es clara, no existe un
tercer mundo único, no hay por qué "meter" a todos en
un mismo saco. Países como Singapur, China ó el Golfo
Pérsico son muy distintos de Ruanda, Zaire, Chad, etc…
Existen múltiples categorías e infinidad de
subdivisiones.
La ausencia más notable de la ONU es Suiza, que no
puede ser miembro de la misma debido a su estatuto de Estado
neutralizado, ya que hay determinados artículos de la Carta
(Capítulo VI) que dan lugar a la creación de una fuerza
internacional para resolver un conflicto.
Que no sea un miembro activo, no significa que no coopere con la
ONU; Ginebra es una importante subsede de la misma.
A efectos de procedimientos, se diferencia
entre los Estados fundadores y los Estados admitidos; ambos gozan
de los mismos derechos y de las mismas obligaciones.
Requisitos
El artículo 4 de la Carta de San Francisco,
establece los requisitos (sustantivos y procedimentales) para ser
miembro, aunque se puede decir, que la ONU no ha sido muy
rigurosa en ellos:
- SUSTANTIVOS
- Se requiere que sea un Estado que tenga los 4
elementos constitutivos.
Se excluyen las Organizaciones
Internacionales, ONG's, etc… Pero en este
punto no se ha sido totalmente estricto, puesto que la URSS
pidió que se admitiera a dos países que en ese
momento no eran estados: Ucrania y Bielorusia. - Ser un Estado amante de la Paz.
- Que el candidato se comprometa a aceptar las
obligaciones dimanantes de la Carta de San
Francisco.
- El Estado manda una solicitud a la
ONU. - El Consejo de Seguridad manda una
"recomendación" que es vinculante y
preceptiva. - Posteriormente se debe aprobar por mayoría
en la Asamblea General.
- El Estado manda una solicitud a la
- PROCEDIMENTALES:
- El art. 5 de la Carta prevé la suspensión
de los derechos y privilegios a un Estado miembro, cuando este
incumpla las obligaciones dimanantes de la Carta.
Este precepto nunca se ha aplicado a ningún Estado
miembro. - El art. 6 de la Carta prevé la expulsión de
un Estado miembro si ha violado de forma continuada los
principios de la Carta de San Francisco. Este art. tampoco se
ha aplicado nunca.
En estos casos se ha preferido "castigar" de otra manera
antes de proceder con la suspensión o expulsión. Es
mejor tratar con los rebeldes dentro de la organización, que
no fuera. Nunca se han aplicado medidas sancionadoras, pese a que
no han faltado motivos (Sudáfrica).
Lo que sí se ha producido es la retirada
"voluntaria" de Naciones Unidas, y que no se encuentrs estipulada
en la Carta (es el caso de Indonesia).
- Para los Estados NO MIEMBROS: organizaciones internacionales,
UE ó OLP, se establece un cierto estatuto de observador
(sin voto), pero que le da derecho a asistir a las sesiones e
incluso a ser oídos.
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