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Educación en Argentina, sistema educativo




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    2.Legislación vigente del
    sistema educativo Argentino  

    3.Niveles del sistema educativo
    Argentino  

    4.Otros tipos y modalidades de
    educación  

    4.1.Educación especial
     

    4.2 Educación de adultos
     

    4.3 Educación rural
     

    1.Introducción

    Educación en Argentina,
    sistema educativo
    de Argentina
    2.Legislación vigente
    del sistema educativo Argentino  

    La Ley Federal de
    Educación
    argentina expresa que el Estado
    deberá fijar los lineamientos de la política educativa.
    Algunos de estos principios son:
    el fortalecimiento de la identidad
    nacional, la igualdad de
    oportunidades, la equidad de los servicios
    educativos, la educación concebida
    como proceso
    permanente, la erradicación del analfabetismo,
    el apoyo y estímulo de los programas
    alternativos de educación, la participación de
    la familia, la
    comunidad,
    asociaciones docentes u organizaciones
    sociales, y otros.

    La Constitución Nacional argentina, en su
    artículo 5, establece que "cada provincia dictará
    para sí una Constitución bajo el sistema representativo
    y republicano, de acuerdo con los principios,
    derechos y
    garantías de la Constitución Nacional, y que
    asegure… la educación primaria…".

    El artículo 14 establece que todos los habitantes
    gozan de los siguientes derechos conforme a las
    leyes que
    reglamenten su ejercicio, a saber: "…de enseñar y
    aprender…".

    Por último, el artículo 67 establece como
    atribución del Congreso Nacional el "proveer lo conducente
    a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de las
    provincias, y al progreso de la ilustración, dictando planes de
    instrucción general y universitaria…".

    3.Niveles del sistema
    educativo Argentino
     

    La descripción de la estructura del
    sistema educativo argentino ha sido realizada teniendo en cuenta
    los contenidos de la Ley Federal de
    Educación, que ha sido recientemente sancionada. Los
    niveles del sistema educativo, que serán implantados de
    forma gradual y progresiva, estarán integrados
    por:

    — Educación inicial, constituida por el
    Jardín de Infantes para niños de 3 a 5 años
    de edad, en la que es obligatorio el último año. Se
    prevé el establecimiento de servicios de
    jardín maternal para niños menores de 3
    años.

    — Educación general básica,
    obligatoria, de 9 años de duración a partir de los
    6 años de edad, entendida como una unidad
    pedagógica integral y organizada en ciclos. Véase
    Enseñanza primaria; Enseñanza
    secundaria.

    Educación polimodal, después del
    cumplimiento de la educación general básica,
    impartida por instituciones
    específicas y de 3 años de duración como
    mínimo. Véase Enseñanza media
    superior.

    Educación superior, profesional y
    académica de grado; su duración será
    determinada por las instituciones
    universitarias y no universitarias, según corresponda.
    Véase Enseñanza superior.

    Los niveles, ciclos y regímenes especiales que
    integren la estructura del
    sistema educativo deben articularse a fin de profundizar los
    objetivos,
    facilitar la continuidad y asegurar la movilidad horizontal y
    vertical de los alumnos/as.

    El Estado, las
    provincias y la municipalidad de la ciudad de Buenos Aires se
    obligan mediante la asignación en los respectivos presupuestos
    educativos a garantizar el principio de gratuidad en los
    servicios estatales, en todos los niveles y regímenes
    especiales.

    4.Otros tipos y
    modalidades de educación  

    El sistema
    educativo comprende también otros regímenes
    especiales que tienen por finalidad atender las necesidades que
    no pueden ser satisfechas por la estructura básica del
    sistema, y que exigen ofertas específicas diferenciadas en
    función de las particularidades o necesidades del educando
    o del medio.

    4.1.Educación
    especial
     

    Las autoridades educativas detectarán los alumnos/as con
    necesidades educativas especiales (véase Educación
    especial). Son sus objetivos:
    garantizar la atención de las personas con estas
    necesidades educativas desde el momento de su detección,
    servicio que
    se prestará en centros o escuelas de educación
    especial, y brindar una información individualizada, normalizadora
    e integradora, orientada al desarrollo
    integral de la persona y a una
    capacitación laboral que le
    permita su incorporación al mundo del trabajo y la
    producción.

    En los centros en que se imparte educación
    especial, la
    organización escolar es común a las distintas
    clases de discapacidades (véase Personas discapacitadas).
    Los alumnos se integran por secciones escolares de acuerdo al
    nivel de maduración, y aquellos que presentan un desfase
    en su ritmo de aprendizaje
    pueden recibir clases individuales de
    nivelación.

    Además, se dan clases de música, educación
    física, recreación, danzas, labores y las
    especialidades de apoyo escolar: reeducación vocal,
    psicomotricidad, psicología de la
    educación. Las escuelas de capacitación laboral reciben a
    jóvenes discapacitados, brindándoles la oportunidad
    de especializarse en talleres. Asimismo, y de acuerdo con sus
    capacidades, se les imparten contenidos mínimos
    indispensables de algunas asignaturas.

    1. La Ley Federal de Educación señala
      como objetivos de la educación de adultos: el
      desarrollo integral y la
      cualificación laboral de todas aquellas personas que
      no cumplieron con la educación general
      básica, o de aquellas que desean adquirir o mejorar
      su preparación continuando sus estudios en los
      siguientes niveles del sistema; promover la organización de sistemas
      y programas
      de formación y reconversión laboral, que
      serán alternativos o complementarios a los de la
      educación formal. Estos sistemas
      se organizarán con la participación
      concertada de las autoridades laborales y de las organizaciones sociales vinculadas al
      trabajo y la producción; brindar la posibilidad de
      acceder a servicios educativos en los distintos niveles del
      sistema a las personas que se encuentren privadas de
      libertad
      en establecimientos carcelarios, y de alfabetización
      a quienes se encuentren cumpliendo con el servicio
      militar obligatorio.

    2. Educación de
      adultos  
    3. Educación
      rural  

    El sistema educativo formal en las áreas rurales
    es una extensión del modelo urbano
    a este ámbito. La educación agropecuaria
    (véase Agronomía) comprende la educación
    agropecuaria sistemática y parasistemática. Su
    objetivo es
    satisfacer las crecientes exigencias de la actividad agropecuaria
    en materia de
    recursos
    humanos, con diversos niveles de
    capacitación.

    La educación agropecuaria sistemática de
    nivel medio comprende el ciclo de expertos (3 años) y
    ciclo de agrónomos (3 años). El ciclo de expertos
    se equipara con el ciclo básico y su objetivo es
    formar trabajadores rurales calificados. El ciclo de
    agrónomos se propone formar técnicos de nivel medio
    para la conducción de la empresa
    agropecuaria. Las especialidades se desarrollan en el tercer
    año de este ciclo y de acuerdo con ellas se otorga el
    título correspondiente

    Trabajo enviado y realizado por:
    Profesor José Luis Dell’Ordine

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