- Ubicación y
accesibilidad - Creación del
distrito - Aspectos
geográficos – generales - Aspectos
histórico, cívico – cultural y
político - Aspectos
religiosos - Leyendas y
anécdotas
DISTRITO DE PIRA
(Perú)
El distrito de Pira pertenece a la
provincia de Huaraz, departamento de Ancash, que está
ubicado en la zona sierra de la provincia de Huaraz a 55 km. El
distrito cuenta con una gran riqueza cultural que el contenido de
esta monografia
da a conocer para un futuro pasaje
turístico.
CAPÍTULO
I
1. UBICACIÓN
Y ACCESIBILIDAD
El Distrito de Pira se encuentra ubicado en la provincia
de Huaraz departamento de Ancash, localizado en la zona sierra de
la Provincia de Huaraz, en la vertiente occidental de la
Cordillera Negra, el Distrito de Pira, es integrante y/o se
localiza: en la Cuenca alta del río Casma en la sub –
cuenca del Río Pishan (Yupash) delimitado por las
siguientes coordenadas.
Latitud Sur | 09° 94' 45" | |
Longitud Oeste | 77° 42' 18" | |
La distancia desde la ciudad de Huaraz al distrito de
Pira es de 55 Km aproximadamente. El acceso a la zona es por
vía terrestre desde la ciudad de Huaraz, pasando por el
paraje Punta Callan hasta la capital del
distrito de Pira.
En el siguiente cuadro se presentan en detalle las rutas
y las distancias aproximadas al distrito.
DESDE | A | DISTANCIA | TIPO DE ACCESO |
HUARAZ | PIRA | 55 Km. | Trocha Carrozable |
PIRA | CAJAMARQUILLA | 11 Km. | Trocha Carrozable |
PIRA | PARIACOTO | 32 Km. | Trocha Carrozable |
1.2. ALTITUD Y SUPERFICIE:
La altura del Pueblo de Pira capital Distrital, es de
3.570 m.s.n.m con una superficie de 243,73 Km2.
1.3. LÍMITES:
Por su ubicación geográfica el distrito de
Pira delimita con los siguientes distritos:
POR EL NORTE:
Distrito .de Yugar (prov. de Carhuaz) y con el distrito de
Pariacoto (Prov. Huaraz)
POR EL ESTE:
Con el Distrito de Jangas (Prov.Huaraz), Distrito da Independencia (Prov.Huaraz) y Distrito de Huaraz
(Prov.Huaraz).
POR EL SUR: Con
el Distrito de la Libertad
(Prov.Huaraz).
POR EL OESTE:
Con el Distrito de Pariacoto (Prov.Huaraz).
1.4. ETIMOLOGÍA:
El nombre del distrito proviene de varias palabras de
los lugareños, como la palabra "PIRAC"
(¿quién será?) expresión dada por los
lugareños al ver a los primeros españoles en la
zona. También se cree que el nombre de Pira es por la
abundancia de piritas en la zona. Muchos cuentos y
leyendas
tratan de explicar cómo se puso el nombre de PIRA, pero
hasta la actualidad sigue siendo un misterio cómo se dio
tal nombre al distrito.
CAPÍTULO
II
2.1.- CREACIÓN
DEL DISTRITO
El verdadero origen del distrito se pierde en la
oscuridad de los tiempos; se cree que los primeros pobladores de
Pira fueron habitantes de las agrupaciones de Chinchayhuasi,
Chúncana, Pueblo Viejo, Cashacancha, Meza (Shinan), Cantu
y otros lugares, que al ser sometidos y disueltos, se agruparon
con fines de defensa de este lugar. Cuando se estableció
el Virreynato y antes de la Conquista en el Perú, los
españoles recorrieron todo el territorio peruano, en tal
llegaron también a Pira, entonces, los primeros habitantes
al ver llegar a gente extraña decían "Pirac"
(¿quién será?), expresión que al ser
captada por los hombres blancos (españoles), suprimieron
la última letra "c" convirtiéndose en Pira. Existen
otras versiones sobre el nombre, así como unos creen que
es por la forma del terreno que se asemeja a una colina o pira;
mientras tanto otros creen que el verdadero nombre se debe a la
abundancia de piritas de oro, que
existen en toda la bajada arenal, que actualmente extraen arena
en abundancia para las diversas obras; además, se cree que
hay una mina de oro tapada por los primeros habitantes por
disposición del Inca Atahualpa, al haber caído el
Imperio a la codicia de los españoles. Después, se
habla del levantamiento de los comuneros de Pira, conjuntamente
con los de Pampas, Huanchay, Cajamarquilla y Colcabamba, por una
serie de atropellos y abusos cometidos por las autoridades
coloniales, significando ello que los pueblos oprimidos nunca se
quedan conformistas o estáticos puesto que luchan
permanentemente por conseguir la verdadera justicia, el
desarrollo
material, cultural, social, político, económico y
educativo.
Es así como el 6 de septiembre de 1.593
llegó a Pira el Arzobispo de Lima, Santo Toribio de
Mogrovejo, encontrando en su visita un templo, 162 indios
tributarios, 40 hombres reservados y un total de 880 habitantes
dedicados al campo agropecuario rudimentario, con apenas 314
cabezas de ganado lanar.
2.2. CREACIÓN POLÍTICA:
En la época Republicana el distrito de Pira
buscó la posibilidad de independizarse de los dominios de
los distritos de Pampas y La Libertad respectivamente, para
poder
convertirse en distrito, en base a una serie de comisiones que
realizaron sus ilustres hijos pireños de entonces, ante
las autoridades de la capital del Departamento y de la Republica;
lográndose de esta manera la dación de la Ley N° 2547
del 19 de Noviembre de 1917, que crea políticamente el
distrito de Pira, según el Art.1° de la referida Ley
donde dice que tendrá como capital al pueblo de su nombre
y estará conformado, además por los caseríos
de Jirac, Yupash, que se elevarán a la categoría de
Pueblo y los anexos de Yuraccancha, Callanca, Mántuas,
Quishuar y Cantu de las haciendas de LLanca, Huangra y Yupanca;
de los fundos de Coltao, Tincu, Rahuar y Cuntup; según el
Art. de la misma Ley, señala los límites
que se ha hecho referencia en el primer punto de este
informativo. Las gestiones efectuadas se debe a los recordados
hijos de Pira, como Don fulgencio Coral, teniendo como
colaboradores a don Agapito Muñoz, a don Camilo Collazos y
finalmente al Coronel Pedro Pablo Palacios Figueroa;
celebrándose de esta manera cada año su aniversario
con un solemne programa general
y especial, donde participan todos los caseríos
organizadamente y la ciudadanía en general.
Pira, como comunidad
indígena se ha desarrollado notablemente desde muchos
años atrás integrando organizaciones
comunales de mayor jerarquía como para entonces las
Cooperativas
Agrarias; las SAIS (Asociaciones Agrarias de Interés
Social), predominando la SAIS – HUARAZ y Juan Velasco Alvarado,
de conformidad a la Ley de Reforma
Agraria 1716 y sus Reglamentos; para luego ser disueltos y en
la actualidad convertirse en Comunidades Campesinas que vienen
solicitando al Supremo Gobierno la
titilación correspondiente, con miras que en el futuro
sean propiedades privadas de conducción directa, que
conlleva una mayor producción y una responsabilidad individual al servicio de la
colectividad interna y externa; para de esta manera incrementar
también los fondos de ingresos propios
de nuestra Municipalidad, mediante. El pago de la renta del
Autoevalúo por propietario.
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