REDUCCIÓN DEL CAPITAL.-
ARTICULO VIGÉSIMO CUARTO.-Obligatoriamente la
sociedad
tendrá que reducir su capital cuando las perdidas hayan
disminuido en mas del cincuenta por ciento del capita social y
hubiese transcurrido un ejerció sin haberlo superado ,
salvo cuando se cuente con reservas legales o de libre
disposición o cuando se realicen nuevos aportes de los
socios que asuman dicha perdida.
TITULO OVTAVO
ESTADOS FINACIEROS Y
DIVIDENDOS
PRESENTACIÓN DE LOS ETADOS
FINANCIEROS:
ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO.- El directorio
deberá formular la memoria,
los estados
financieros y la propuesta de aplicación de utilidades
en caso de haberlas.
De estos documentos debe
resultar con claridad y precisión, la situación
económica y financiera de sociedad, el estado de
sus negocios y los
resultados obtenidos en el ejercicio vencido.
La presentación de los estados financieros
deberá realizarse conforme alas disposiciones legales
vigentes y con los principios de
Contabilidad Generalmente Aceptados.
RESERVA LEGAL:
ARTICULO VIGÉSIMO SEXTO.-Un mínimo del 10%
de la utilidad
distribuible de cada ejercicio, deberá ser destinado a una
reserva legal hasta que se alcance un monto igual a la quinta
parte del capital social.
DIVIDENDOS:
ARTICULO VIGÉSIMO SETIMO.-para distribuir
utilidades se tomaran las reglas siguientes:
- La distribución de utilidades solo
podrá hacerse en merito a estados financieros
preparados al cierre de un periodo determinado o la fecha de
corte en circunstancias especiales que acuerde el
directorio. - Solo podrá distribuirse dividendos en
razón de utilidades obtenidas o de reservas de libre
disposición, y siempre que el patrimonio
neto o sea inferior al capital pagado. - Podrá distribuirse dividendos a cuenta,
previa opinión favorable del directorio.
TITULO NOVENO
DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN
ARTICULO VIGÉSIMO OCTAVO.-La disolución y
liquidación de la sociedad se efectuara conforme a los
artículos 407, 413 y siguientes del la Ley General de
Sociedades.
TITULO DECIMO
DISPOSICIONES VARIAS.
ARTICULO VIGÉSIMO NOVENO.-Anualmente la sociedad
deberá tener AUDITORIA externa, conforme al
artículo 260 de la Ley general de sociedades.
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS
PRIMERA DISPOSICION TRANSITORIA:
Queda designado como gerente
General de la sociedad el señor Zevallos Nina Estalin
Ever, cuyos datos de
identificación se encuentran registrados en la
apertura de la presenta minuta a quien se le confiere la
facultades que otorga dicho estatuto para el presente
cargo.
SEGUNDA DISPOSICION TRANSITORIA.-
El primer directorio queda establecido por tres miembros
y queda constituida de la siguiente forma:
Presidente del directorio: Pacheco Pérez Nataly
Kathy con
DNI……………………………
Director: Valdivia Palli Daniela Silvia con
DNI…………………..
Director: Gamio Zegarra Fabricio José con
DNI…………………
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA DISPOSICION FINAL.-En todo lo previsto
por el presente estatuto deberá regirse por la Ley General
de Sociedades.
SEGUNDA DISPOSICION FINAL .- en caso de conflicto de
intereses de capital en la sociedad con un socio o con un
grupo de
socios estas deberán ser sometida a arbitraje con
experiencia en la materia.
El laudo del Tribunal Arbitral será inapelable y
obligatoriamente acatado por las partes.
Sírvase agregar señor Notario , lo que
fuere de ley curse las partes respectivas al registro de
personas jurídicas.
Arequipa 15 de Abril del 2007.
PASO 3
ELABORACIÓN DE LA ESCRITURA
PÚBLICA
¿QUÉ ES UNA ESCRITURA
PÚBLICA?
1.- ELEVACIÓN DE LA MINUTA DE ESCRITURA
PÚBLICA
La escritura pública es un instrumento que emite
el notario público. Contiene las disposiciones de ley, la
minuta de constitución y la conclusión de la
misma con la firma de los socios (con documentos de identidad) y
del abogado. Debe comprender necesariamente lugar y fecha de
otorgamiento, nombres y apellidos de los participantes con sus
datos personales (edad, domicilio, profesión, estado civil y
nacionalidad).
La escritura pública tiene valor
jurídico y es importante porque:
- Formaliza los actos jurídicos.
- Origina actos jurídicos.
- Produce fe sobre hechos, fechas y capacidad de los
otorgantes y comparecientes.
Testimonio de Constitución Notarial (Escritura
Pública)
Es el documento legal que el notario otorga para dar fe
de la conformación de la empresa. Para
obtener el Testimonio Notarial se siguen los siguientes
pasos:
- Realizar un deposito bancario en una cuenta corriente
a nombre de la empresa por el
25% del capital declarado en la minuta. - Llevar la minuta a la notaria, los comprobantes de
pago y la fotocopia del DNI de los socios para que el notario
elabore el testimonio de constitución (este
trámite demora 20 días) - Los socios irán a la notaria a firmar y poner
su huella digital.
Persona jurídica u otra entidad:
Formulario 2119 Solicitud de Inscripción o
Comunicación de afectación de
impuestos
(RUC)
- Formulario 2054 (llenado según panel 2 ), para
la inscripción del representante legal. - Original y copia simple del testimonio de escritura
pública de constitución inscrita en Registros
Públicos. - Original y copia simple del último recibo de
luz, agua
teléfono y/o contrato de
alquiler. Presentar 2 de cualquiera de ellos. - En caso de vivir en un lugar cedido gratuitamente,
presentar un contrato de cesión gratuita. - Si el trámite lo realiza un tercero,
éste deberá adjuntar a los documentos
señalados una carta poder con
firma legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario
de la SUNAT.
PASO 4
INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS
PÚBLICOS
REGISTROS PÚBLICOS
Una vez otorgada la escritura Pública de
constitución el notario o el titular de la empresa tiene
que enviarla a registros Públicos para su
inscripción.
El registrador tiene un plazo de 30 días
útiles para inscribirla, pero el trámite puede
durar de 15 a 30 días. El pago por ingreso a
registros Públicos es de
S/……….y , una vez calificada la Escritura,
el empresario
tendrá que hacer un pago por derecho de
inscripción, cuyo monto dependerá del capital
aportado por la empresa. En caso de que la escritura haya sido
observada se tendrá que subsanar el inconveniente dentro
de los 30 días presentados las partes materiales a
registros Públicos.
Inscripción Solicita al notario los partes dobles
persona
jurídica
En el trámite de inscripción en registros
públicos tenemos que pagar por
Derechos de trámite: S/. 7.00
Derechos de inscripción : S/. 14.00
Y 1/1000 por cada nuevo sol del capital
social
PASO 5
INSCRIPCIÓN EN SUNAT RUC
REGISTRO ÚNICO DEL CONTRIBUYENTE
–RUC
Las personas naturales deben acercarse a las oficinas de
la SUNAT con su documento de identidad. En el caso de las
empresas con personería jurídica, el
representante o apoderado deberá presentar la copia simple
de la escritura pública de constitución, inscrita
en los registros públicos y adjuntar los recibos de
luz, agua o teléfono del domicilio fiscal
(donde está ubicado el negocio)
Para inscribirse en el Registro único de
Contribuyentes (RUC) llenará los formularios que
corresponda según el tipo de régimen tributario en
el que haya decidido acogerse(RUS, RER ó Régimen
general). Además tiene que solicitar la
autorización de impresión de los comprobantes de
pago, pero antes debe tener los datos de la empresa,
autorizada por la SUNAT, donde los imprimirá.
El numero de inscripción del RUC, que consta de
11 dígitos, identifica a las empresas ante la
SUNAT, los ministerios de
los Sectores Competentes y ESSALUD. Es sólo merito de la
inscripción en el RUC, regula las actividades comerciales,
de servicios
industriales, agroindustriales, así como los servicios
turísticos, de transporte
terrestre y empresa vinculadas a la salud en general, excepto de
aquellas empresas que se dediquen a actividades de acuerdo al
Apéndice señalado en la Ley Nº 26935, las
cuales deberán tramitar ante los Ministerios de los
Sectores Competentes los permisos, autorizaciones licencias y
registro sectoriales correspondientes.
1.- INSCRIPCIÓN EN EL RUC
Los micros y pequeñas empresas con
personería jurídica, deberán inscribirse
ante la SUNAT, para obtener su número de RUC, que tiene
como finalidad permitir la identificación de los
contribuyentes de los tributos que
administra la SUNAT a través de un registro centralizado y
computarizado.
Deberá presentar los siguientes
documentos:
Formulario 2119 – Solicitud de inscripción
(empresas), firmado por el representante legal, correctamente
llenado.
Formulario 2046 – Establecimientos Anexos ( en el
caso de contar con sucursales, agencias u oficinas), llenado
convenientemente.
Formulario 2054 – Representantes legales, socios
de sociedades irregulares integrantes de asociaciones en la
participación correctamente llenado.
Fotocopia simple del Testimonio de la Escritura
Pública de constitución, inscrita en los Registros
Públicos.
Exhibir ante la SUNAT
- Original del documento de identidad del representante
legal que firma el formulario. - Original del testimonio de la Escritura
Pública de Constitución, inscrita en los
Registros Públicos. - Original del último recibo de agua, luz o
teléfono.
2. INFORMACIÓN TRIBUTARIA A
DECLARANTE
Régimen especial
Formulario 118 o disquetes (PDT IGV renta mensual) si
estuviera obligado para la declaración pago mensual del
impuesto a la
renta e IGV. El pago del impuesto a la renta tiene carácter definitivo.
Fecha de presentación
Conforme al cronograma de vencimiento de la SUNAT de
acuerdo al último dígito de RUC o documento de
identidad.
Lugar de presentación
Los PRICOS deberán presentar su
declaración preparada mediante el PDT, en las dependencias
que la SUNAT haya designado según, su
jurisdicción.
Los MEPECO presentarán su declaración
preparada mediante el PDT solo en las sucursales y agencias
bancarias autorizadas para ello.
PASO 6
AUTORIZACIÓN DE LOS COMPROBANTES DE
PAGO
IMPRESIÓN DE COMPROBANTES DE
PAGO
COMPROBANTE: Recibo o documento que confirma un
trato o gestión.
AUTORIZACION DE IMPRESIÓN DE COMPROBATES DE
PAGO
Para ellos la realización de este tramite el
domicilio fiscal del
contribuyente debe haber sido verificado por la SUNAT.
Presentar:
- Formulario 806, debidamente llenado y firmado por el
contribuyente o representante legal. - RUC original.
- Documento de identidad original de los contribuyentes
o representante legal. - Seis ultimas declaraciones de pago.
PASO 7
LICENCIA MUNICIPAL DE
FUNCIONAMIENTO
LICENCIA MUNICIPAL DE
FUNCIONAMIENTO
Toda empresa antes de iniciar sus actividades en
determinada jurisdicción debe obtener un permiso
municipal para el local donde desarrollo
sus operaciones.
La municipalidad es la autoridad
competente para otorgar la autorización de la apertura
de los establecimientos comerciales e industriales y de
actividades profesionales .
En las municipalidades distritales existen tres tipos
de licencia.
La licencia tiene una vigencia no menor de 1
año y su otorgamiento no lo obliga a realizar sus
actividades inmediatamente. La renovación será
automática en tanto Ud. No haga cambio de
uso o zonificacion.
Pero para nuestro caso solo deberemos utilizar dos
que señalamos a continuación:
A.- LICENCIA PROVISIONAL
Es una medida de promoción a favor de las PYMES
establecida en la ley de Promoción a favor de la Micro y
Pequeña empresa.
La declaración de esta licencia es de 12 meses
contados a partir de la presentación de la solicitud,
venciendo este plazo y no habiéndose detectado
irregularidad alguna, la Municipalidad emite la Licencia
Municipal de Funcionamiento Definitivo.
B.- LICENCIA PERMANENTE O DEFINITIVA
Son aquellas otorgadas por la municipalidad de manera
definitiva, cuando se haya encontrado ninguna irregularidad
durante la Licencia Provisional.
REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE
FUNCIONAMIENTO
LICENCIA PROVISIONAL – LEY
28015
Recoger formularios
gratuitos……………………………………..
Ventanilla 3
Pago por derecho certificado de
zonificación……………………..
S/. 109.00 Cajas 1-2
Derecho de
licencia…………………………………………………
S/. 41.00 Cajas 1-2
Adjuntar copia de RUC
Adjuntar contrato de alquiler
Adjuntar documentos de identidad DNI. o
L.E.
Adjuntar autorización por Defensa
Civil.
En caso de empresas – Copia de
constitución de empresa.
PRESENTAR DOCUMENTOS EN MESA DE PARTES
LICENCIA DEFINITIVA
Certificado de zonificacion por
uso…………………………………..S/.
219.00 Cajas 1-2
Certificado de condiciones
sanitarias…………………………………S/.
77.00 Cajas 1-2
Formulario de autorización
gratuito…………………………………..
Ventanilla 3
En caso de empresa – Copia de
constitución de empresa
Adjuntar documentos de identidad DNI. o
L.E.
Adjuntar contrato de alquiler
Adjuntar autorización por Defensa
Civil.
Adjuntar copia de RUC
Derechos de Licencia de
Funcionamiento………………………S/.
62.00 – Hasta los 50m2
S/. 124.00 – De 50 a 100m2
S/. 258.00 – De 101 a
500m2
S/. 310.00 – Más de
500m2
PRESENTAR DICUMENTOS EN MESA DE
PARTES
PASO 8
INSCRIPCIÓN EN ESSALUD
AUTORIZACIÓN DEL LIBRO DE LAS
PLANILLAS
Los empleadores cuyos trabajadores se encuentren sujetos
al régimen laboral de la
actividad privada y cooperativas
de trabajadores, están obligados a llevar planillas de
pago, mediante el libro de planillas u hojas sueltas debidamente
autorizadas por la autoridad administrativa de trabajo de
lugar donde se encuentre
Ubicado el centro de trabajo.
Para efectos de la autorización del Libro de
Planillas, la empresa presentara una solicitud al ministerio de
trabajo y promoción social (MTPS) adjuntando copia del
comprobantes de información registrada conteniendo el
Registro único del contribuyente RUC y el Libre de
planillas de pago u hojas sueltas, debidamente
numerados
Las solicitudes deben tener los siguientes
datos:
Adicionalmente deberá pagar la tasa
correspondiente al 1% de la UIT por cada 100 hojas. El pago lo
podrá efectuar en cualquier agencia del Banco de la
Nación
a nombre del Ministerio de Trabajo y Promoción
Social.
Una vez inscrita la empresa con personería
jurídica, deberá llevar el libro de planilla de
pago de Remuneraciones al Ministerio de Trabajo o a
sus dependencias en provincias para que sea legalizado; el
costo es de
S/.
Después diríjase a ESSALUD o al
Banco de la Nación y solicite los
formularios para la inscripción de los
trabajadores que entregará debidamente llevado al mismo
banco.
INSCRIPCIÓN DE LOS TRABAJADORES EN
ESSALUD
- Luego de la inscripción de los trabajadores en
la SUNAT, los empresarios deberán inscribir a sus
trabajadores en ESSALUD, de acuerdo a lo siguiente: - Los PRINCIPALES CONTRIBUYENTES (PRICOS),
deberán presentar la información via
disquette. - Los MEDIANOS Y PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
(MEPECO) con 4 o más trabajadores a su cargo, lo
realizarán vía disquette. - Los MEDIANOS Y PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
(MEPECO) con menos de 4 trabajadores a su cargo, los
realizarán via disquette o el formulario
402.
FORMAS EN LAS QUE SE PUEDE DECLARAR ESTA
INFORMACIÓN
Utilizando los siguientes formularios, correctamente
llenados:
- Programa de declaración telemática PDT, remuneraciones (disquette) o formulario 402
(retenciones de 5º categoría , si abona
remuneraciones), pago de impuesto a la solidaridad y
contribuciones a ESSALUD – ONP. - Formulario 1072 (Construcción civil de ESSALUD –
ONP) - Formulario 1073 (boleta de pago ESSALUD – ONP
para medianos y pequeños contribuyentes). - Formulario 1373 (boleta de pago ESSALUD – ONP
para principales contribuyentes).
¿QUÉ SON LAS
ADMISNITRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES?
Las ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES, denominadas
también AFP, son las empresas que tienen por único
objeto social administrar los Fondos de Pensiones y otorgar a sus
afiliados las prestaciones
de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de
sepelio.
Las AFP son empresas que operan dentro del Sistema Privado
de Pensiones (SPP), que se basa en un régimen de
capitalización individual en el cual los trabajadores
realizan aportes obligatorios a su cuenta personal
denominada Cuenta Individual de Capitalización (CIC) de su
exclusiva propiedad e
inembargable porque tiene un fin provisional que es el otorgar
una pensión de jubilación.
El aporte obligatorio realizado por el afiliado, se va
aumentando e incrementando con la rentabilidad
que produce su inversión por parote de la AFP. La suma de
las Cuentas
Individuales de Capitalización constituye el Fondo de
Pensiones que la AFP administra, el cual es invertido en los
instrumentos financieros que autoriza la ley.
Los parotes que realiza el trabajador a su CIC son
descontados y pagados a la AFP por el empleador, en caso de
tratarse de un trabajador dependiente los aportes deben ser
pagados por el mismo trabajador.
¿CUÁLES SON LOS
BENEFICIOS QUE OFRECE EL SISTEMA PRIVADO DE
PENSIONES?
- Pensión de Jubilación.- Los
afiliados a una AFP gozan de ua pensión al cumplir los
65 años de edad, sean hombres o mujeres.b.1 Jubilación anticipada.-
Cuando el afiliado obtenga una pensión igual o
superiro del promedio de las remuneraciones recibidas y
rentas declaradas durante los últimos 120 meses,
debidamente actualizados.b.2 Jubilación anticipada por desempleo.- Es un régimen
extraordinario vigente hasta el 1 de diciembre del 2005,
permite a los mayores de 55 años que estén
desempleados, por un periodo mínimo de 12 meses
jubilarse anticipadamente.b.3 Jubilación anticipada para
trabajadores que realizan trabajos de alto riesgo.-- Extracción minera
subterránea - Extracción minera a tajo
abierto - En centros de producción minera,
metalúrgicos y siderurgicos. - En actividades de construcción
civil.
b.4 Jubilación Adelantada de D.L.
19990.- Es un beneficio a los que se afiliaron al SPP
y ya cumplían con los requisitos con el SNP,
éstos pueden jubilarse adelantadamente en el SPP con
las mismas condiciones que lo hubieran hecho en
SNP.- Pensión Mínima.- Los
afiliados pueden gozar de la mínima que ofrece el
SPP, si el cálculo de pensión estimado
sobre la base de los aportes a su CIC y bono de
reconocimiento (BdR), de ser el caso, resulte menor a la
pensión de la jubilación que asegura el SNP,
siempre y cumplan con los requisitos que la ley establece
para este fin. - Pensiones de Invalidez.- Los que padezcan
de incapacidad física o mental que reduzca temporal
o permanentemente su capacidad productiva para el
trabajo en un 50% o más, tendrán derecho
al goce de una pensión de invalidez.
En los casos de cobertura de seguro, la
pensión de invalidez que corresponda sera
equivalente a un porcentaje de su remuneración
promedio el cual ha sido establecido por la ley.En el caso de no haber cobertura la Pensión
de Invalidez que corresponde se obtiene con lo que haya
acumulado en su CIC.La determinación de la codición de
Invalidez las causas de la misma y su grados esta sujeta a
al calificación realizada por los Comites
Médicos especializados designados por la ley para la
evaluación de los Afiliados al
SPP.e. Pensión de Sobrevivencia.- Al
fallecimiento del Afiliado o declaración judicial de
muerte
presunta, sus beneficiarios tendrán derecho al goce
de un Pensión de Sobrevivencia .Se beneficia el o la cónyuge concubino-a
reconocido judicialmente, los hijos y ancianos mayores de
60 años que hubieran dependido económicamente
del Afiliado La Invalidez de alguno de los beneficiarios
esta sujeta igualmente a la calificación y dictamen
de Comités Médicos componentes.f. Gastos por Sepelio.- Al fallecimiento de
un afiliado a una AFP que se encuentre bajo las condiciones
de acceso a la cobertura del Seguro sus deudas
tendrán derecho al desembolso de los gastos de
Sepelio hasta por un monto límite establecido por la
SBS en 2500.00 nuevos soles de Junio de 1998 el cual
actualiza trimestralmente por el índice de Precios
al Consumidor publicado por el INEI.En el caso el afiliado fallecidono cuente con la
cobertura del seguro, el gasto de sepelio se
rembolsará del saldo existente en el CICDIFERENCIA ENTRE LAS
AFPSSISTEMA NACIONAL DE
PENSIONESAFP INTEGRA
DIFERENCIAS
El descuento total es de
13%En AFP Integra el Costo
Provisional máximo es de 10.98%Es mas
Económica
Sus aportes van a un Fondo
Común y no generan rentabilidadSus aportes ingresan a una
cuenta personal, de su exclusiva propiedad la cual se
incrementa mes a mes por la rentabilidad de las
inversiones realizadas por AFP
IntegraCuenta Individual de
CapitalizaciónUsted no recibe
ningún tipo de información por parte del
SistemaNacional de
PensionesCada cuatro meses los
afiliados de AFP Integra reciben un estado de cuenta en
el que se detalla todo sobre sus aportes y la
rentabilidad que éstos han ganado por las
inversiones realizadas.Mayor
InformaciónNo existen diversas
modalidades de pensionesUsted podrá decidir
entre distintas maneras de
jubilación:Retiro Programado, Renta
Vitalicia Familiar y Renta Temporal con Renta Vitalicia
DiferidaDiferentes modalidades de
pensiónLa ONP es una
institución pública del sector Economía y FinanzasLa Superintendencia de
Banca y Seguros supervisa el correcto
funcionamiento del Sistema Privado De Pensiones
día a díaMayor
RegulaciónTABLA DE COMPARACIÓN ENTRE
APFSAFP Integra
Horizonte
Pro Futuro
Unión Vida
Aporte Obligatorio
Comisión
Prima de Seguro
8.00%
2.10%
0.88%
8.00%
2.25%
0.89%
8.00%
2.45%
1.01%
8.00%
2.27%
0.90%
Total Descuento
10.98%
11.14%
11.46%
11.17%
PASO 9
ADQUISICIÓN DE REGISTROS CONTABLES DE
ACUERDO A SU FORMA DE CONSTITUCIÓN EN EFECTO
TRIBUTARIOELECCIÓN DE RÉGINEN
TRIBUTARIO- NUEVO RUS: no están obligados a
llevar contabilidad ( D.S. 057-99 EF RUS
) - NUEVO RES: inventarios balances Reg.
Compras. Reg. Ventas - RÉGIMEN GENERAL
- Personas Naturales: si sus ingresos son menores de 100 UIT reg. De
ventas libro caja. libro inventarios y balances - Personas Jurídicas: contabilidad
completa. (ley 26415). D.L. 774
NUEVOS RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICODO
(NUEVO RUS)Decreto Legislativo Nro. 937. Publicado 14 el 14 de
noviembre del 2003.Ley Nro. 28205. publicado el 15 de abril del
2004.¿QUE ES EL NUEVO
RUS?Es un régimen tributario promocional dirigido
a personas naturales y sucesiones
indivisa que realizan actividades de comercio
y/o industria,
actividades de servicios y lo desempeñan oficios,
cuyos ingresos brutos obtenidos por la realización de
sus actividades no excedan de 80,000.00 soles (ochenta mil y
00/100 nuevos soles) en un cuatrimestre calendario, ni
sobrepasan los parámetros máximos establecidos
para este Régimen.¿QUIENES PUEDEN
INCORPORARSE AL NUEVO RUS?Los contribuyentes que se dedican a las
actividadesMencionadas y que, además, cumplen con las
siguientes condiciones:- No exceden el máximo establecido por tipo
de parámetro (numero de trabajadores, consumo
de energía eléctrica, consumo
eléctrico, precio
unitario de los bienes,
etc.) - Realizan sus actividades en una sola unidad de
explotación. - Desarrollan actividades en una unidad de
explotación, cuya área no excede de 100
metros cuadrados. - Tiene activos
fijos afectados a la actividad, cuyo valor no supera
los 10 UIT.
¿QUE DEBE HACER EL
CONTRIBUYENTE PARA INCORPORARSE AL NUEVO RUS?La incorporación al nuevo RUS es anual. Si no
lo ha hecho para el ejercicio 2005 tiene una nueva
oportunidad para hacerlo hasta el 30 de junio del 2005. Para
ello, además de cumplir con los requisitos de este
régimen, solo necesitan:- Efectuar el pago del nuevo RUS correspondiente al
periodo 2005, sin la aplicación de intereses
moratorios ni sanción por presentación
extemporánea. - Declarar y pagar sus obligaciones tributarias correspondientes a
diciembre del 2004, según al régimen que
pertenecía en ese periodo. - Dar de baja a los comprobantes de pago que dan
derecho al crédito fiscal o sustenten gasto o
costo para efecto tributario que tengan
autorizados.
Si inicia operaciones durante el año, solo
deberá efectuar la declaración y pago,
correspondiente al periodo de inicio de operaciones, hasta la
fecha del vencimiento correspondiente.¿CUANTAS SON LAS
CATEGORIAS?Las categorías son diez y están
agrupadas en dos tablas que corresponden a la actividad
económica que realiza el contribuyente.Cada categoría tiene parámetros para
los cuales se han establecido valores
máximos de ingreso, de gasto, de consumo, de
trabajadores, precio unitario máximo de venta y
personas afectadas a la actividad, tal como se
indica.Tabla1: Categorías para contribuyentes que
realizan solo actividades de comercio y/o de industria, como
son las bodegas o las farmacias, es decir actividades
generadoras de rentas de tercera categoría.PARAMETROS EN UN CUATRIMESTRE
CALENDARIOTotal de ingresos brutos (hasta
S/.)Total adquisición es (hasta
S/.)Consumo de energía
eléctrica.Consumo de servicios
telefónicos.Precio unitario máximo de
venta.Numero máximo de personas.
Cuota mensual en soles.
1
14 000
14 000
2 000
1 200
250
2
20
2
24 000
24 000
2 000
1 200
250
3
50
3
36 000
36 000
3 000
2 000
500
4
140
4
54 000
54 000
3 500
2 700
500
4
280
5
80 000
80 000
4 000
4 000
500
5
500
¿COMO UBICARSE EN UNA
CATEGORIA?Para ello, debe:
- Ubicarse en una de las tablas según la(s)
actividad(es) que realizan. - Calcular los ingresos brutos mensuales que espera
obtener en el cuatrimestre calendario que responda,
así como el total de las adquisiciones en soles, el
consumo de energía eléctrica (en kw./hr) y el
consumo de su servicio
telefónico(en soles). - Sumar los montos calculados, para cada mes, del
cuatrimestre calendario correspondiente. - En el caso de las columnas del precio unitario
máximo de venta y número máximo de
personas afectadas a la actividad, seleccione la cantidad
máxima que estime, tendra en el cuatrimestre
calendario que corresponde. - Compare los resultados obtenidos con los
valores de los parámetros que figuran en la
tabla correspondiente. La categoría se selecciona
tomando en cuenta los resultados más
altos.
¿QUE VENTAJAS OFRECE EL
NUEVO RUS?- Ubicarse en una categoría, de acuerdo a su
realidad económica. - No hay obligación de llevar libros
contables. - No hay obligación de pagar impuestos a la
rnta o impuestos generales a las ventas e impuestos de
promoción municipal. - Permite realizar el pago sin formularios, por
este concepto, a
través del sistema pago fácil.
¿QUE OBLIGACIONES TIENE UN
CONTRIBUYENTE DEL NUEVO RUS?- Pagar mensualmente la cuota del nuevo RUS de
acuerdo con el cronograma de vencimientos aprobados por la
SUNAT y archivar la constancia de dicho pago en orden
cronológico. - Emitir y entregar los comprobantes de pago
autorizados para este régimen
tributario. - Comunicar a al SUNAT cualquier cambio que
modifique los datos declarados en el Registro Único
de Contribuyentes (RUC) como el domicilio fiscal entre
otros. - Llevar planillas de pago, si sus trabajadores son
dependientes y perciben rentas de quinta
categoría. - Si tiene trabajadores dependientes debe declarar
y pagar el Impuesto Extraordinario de Solidaridad (IES) y
la contribución a ESSALUD, asi como declara y
retenerles el Impuesto de Renta de Quinta categoría
y sus aportaciones a la ONP.
¿COMO SE PAGA LA CUOTA
MENSUAL?El pago se realiza sin formulario en las agencias
de bancos
autorizados, a traves del sistema Pago
Fácil.Para tal efecto; se debe indicar al personal de
dichos bancos, en forma verbal o mediante la guía
Pago Fácil para el nuevo RUS, los datos que a
continuación se detallan:- Numero de RUC.
- Periodo al que corresponde el pago.
- Categoría del nuevo RUS.
- Total de ingresos del mes-
- Numero de suministro o medidor de luz que afecte
a la actividad (propio o a nombre de un tercero). Si el
negocio no consume energía no se deberá
informar dicho dato. - Importe a pagar.
Al recibir su "Constancia de Pago".confirme que
los datos impresos coincidan con los proporcionados al
personal del Banco.Los contribuyentes que no opten por incorporarse
al nuevo RIS ni a otro regimen en los plazos
señalados seran incluidos automáticamente en
el Regimen General del Impuesto a la Renta.¿CUÁNDO SE DEBE
CAMBIAR LA CATEGORIA?Una vez vencido cada cuatrimestre calendario los
contribuyentes del nuevo RUS estan obligados a
recategorizarse a una categoría mayor o
menor(según sea el caso), salvo que el cuatrimestre
vencido no haya excedido ninguno de los limites de la
categoría en la que esten ubicados; en cuyo caso
pueden permanecer en dicha categoría para el
siguiente cuatrimestre calendario.El cambio de categoría se rrealiza mediante
el pago de la cupta de la nueva categoría
correspondiente al primer mes del siguiente
cuatrimestre.PASO 10
LIBROS CONTABLES
Deberan ser legalizados por notario Publico Ley
26002 o Juez de Paz Letrado deacuerdo al Decreto Ley,
según las necesidades de la persona natural o
juridica.Si la empresa utiliza un sistema computarizado la
legalización la efectuara al final de cada ejercicio
económico.LEY 26501 JUECES DE PAZ
LEY 26002 LEY DE NOTARIADO
¿QUÉ ES UN LIBRO
CONTABLE?Las empresas se encuentran obligadas a llevar libros
de contabilidad considerados como principales los cuales
deberán estar en castellano
y expresados en moneda nacional, salvo que se trate de
sociedades que hayan suscrito contratos
especiales con el Estado y por tal motivo puedan llevar su
contabilidad en moneda extranjera los primeros libros
contables son los siguientes:- Libro de inventario y balances.
- Libro Diario.
- Libro Mayor.
- Libro de Planillas de Remuneraciones.
- Libro de Actas.
- Libro de Caja.
- Registro de Compras.
- Registro de Ventas.
Previo a su autorización, los libros
contables deberán legalizarse ante notario publico,
excepto el de planillas, el cual se legalizara ante el
Ministerio de Trabajo y Promoción Social (MTPS),
pagando la tasa correspondiente en el Banco de la
Nación.EN FORMA MANUAL
EN FORMA
COMPUTARIZADAEl art.5 del D.S. Nro.45-69-HC dispone que
los libros principales se realicen dentro de los60
días de la apertura del negocio,
inscripción a la SUNAT o de los 120
días de la terminación del libro
anterior.No existe plazo legal para
legalizarloLos libros serán llevados de acuerdo al
Régimen Tributario:REGIMEN ESPECIAL
-Persona natural o jurídica: Registro
de ventas y registro de compras.REGIMEN GENERAL
Persona jurídica: Contabilidad
Completa.LIBRO LABORAL
– Libro de Planillas.
Libros que deben llevar las empresas que tienen
contabilidad completa:LIBROS CONTABLES
- Libro de retenciones.
- Libro de Inventario y
Balance. - Libro Mayor.
- Libro Caja.
- Registro de Compra.
- Registro de Venta.
LIBROS SOCIETARIOS
- Libro Actas.
- Libro de Matricula de Acciones (solo S.A.)
PASO 11
EL PROCESO
ECONÓMICO FINANCIERO DEBERÁ ESTAR DE ACUERDO A
LAS NORMAS
LEGALES Y OTROSPARA EFECTUAR TODAS LAS TRANSACCIONES CONTABLES QUE
SE PRESENTEN DEBERÁN ESTAR DE ACUERDO CON LAS
ÚLTIMAS DISPOSICIONES O MIDIFICACIONES DADAS POR LAS
NORMAS LEGALES Y ADEMÁS SE DEBERÁ TENER EN
CUENTA LOS PRINCIPIOS DE
CONTABILIDAD GENERALEMENTE ACEPTADOS POR LAS nicS PARA
EFECTOS DE PREPARAR INFORMACIÓN SOBRE LA
SITUACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA DE LA EMPRESA
PARA LA ADECUADA TOMA DE
DECISIONES.Estalin Ever Zevallos Nina
- Extracción minera
- Jubilación anticipada.– Es decir antes
de cumplir los 65 años de edad, siempre que cumplan con
los requisitos que la ley establezca para este fin.
Página anterior | Volver al principio del trabajo | Página siguiente |