- Descripción y desarrollo
de temas investigados - Código
de ética Profesional - La
ética profesional - Problemas
particulares de la profesión de Contador
Público - Contador
Público, ¿qué es y qué
hace? - El
perfil del Contador - Recomendaciones
- Relación
de la temática elegida con el futuro desempeño
profesional - Conclusión
- Bibliografía
- Anexos
DESARROLLO
El presente trabajo
plantea la función
que cumple el contador dentro de la
organización, destinado principalmente a apoyar la
toma de
decisiones administrativas. Pero también se analiza el
papel moral de
éste frente a las decisiones administrativas que van en
contra de los cánones del Código
de Ética Profesional.
La propuesta es que el contador debe proveer de las
herramientas
necesarias para la toma de decisiones de la empresa, en un
nivel estratégico, táctico u operativo.
El contador público, en su desempeño profesional, debe tener como
requisito ser una persona
honorable, con altos grados de principios
morales y éticos en el desempeño de sus funciones, a fin
de que su nombre no se vea envuelto en asuntos de dudosa
procedencia, o manejo inexplicable.
El contador debe mantener la exactitud e integridad
moral que debe caracterizar al trabajo de la contabilidad
en las organizaciones.
DESCRIPCIÓN Y DESARROLLO
DE TEMAS INVESTIGADOS:
CONTADOR PÚBLICO.
Cuando al sustantivo "contador" se le añade el
adjetivo "público", éste adquiere connotaciones muy
importantes. Ese adjetivo público tiene dos
explicaciones:
? La primera proviene del hecho de que ofrece sus
servicios al
público en general y no a una sola persona, en
oposición al término privado que indicaría
lo contrario.
? El contador es público porque su responsabilidad es para con el público en
general, más que con el cliente que le
va a pagar.
NECESIDAD Y JUSTIFICACIÓN DE LOS
CÓDIGOS.
Un código de ética
profesional no sólo sirve de guía a la acción
moral, sino que también mediante él, la
profesión declara su intención de cumplir con la
sociedad, de
servirla con lealtad y diligencia y de respetarse a sí
misma.
Es necesario reconocer que la ética, en
su concepto
más puro, no debe ser objeto de una reglamentación.
La necesidad de tener un código, nace de la
aplicación de las normas generales
de conducta a la
práctica diaria. Puesto que todos los actos humanos son
regidos por la ética, también las reglas escritas
deben ser de aplicación general.
"Personalmente manifiesto mi absoluto escepticismo
frente a los códigos de ética, pues de nada valen
si los profesionales carecen de la actitud
interna que hace que su acción sea realmente
ética".
"Para ejercer una carrera dentro de las normas
profesionales, sobran los códigos de ética
profesional, porque ninguna ley es buena ni
útil cuando el profesional es indigno, o vil, o
malintencionado. Y es que en la ética sobran las leyes porque
la moral debe
practicarse siempre, a toda hora, constantemente, puesto que es
en realidad la conducta de cada individuo; y
su propia conciencia y nada
más que ella, le inspira la manera de proceder en cada
caso".
Por cierto que para actuar éticamente no es
necesario haber leído un código, pero la lectura del
código es probable que ayude (y no que sobre), para actuar
éticamente. En fin si alguien por carecer de la "actitud
interna" o por ser indigno o vil transgrede el código no
será por cierto culpa de este si no de factores personales
que escapa de su alcance.
El código profesional no crea por si la regla
profesional, lo mismo que la escritura no
crea el pensamiento,
pero es su expresión. Nuestras reglas profesionales no han
nacido del código, y si ellas deben ser
respetadas.
El código traduce y subraya los principios de
acción que escritos o no escritos se imponen a los
profesionales en cualquier lugar y circunstancia.
El código de ética hace públicas y
expresa las normas y principios a que debe ajustarse la conducta
moral de los miembros o agentes de la
profesión.
Los funcionarios, administradores, poderes
públicos etc., podrán saber a que atenerse y cuales
son sus derechos y
obligaciones
en cuanto al comportamiento
moral de los miembros de la profesión.
PRINCIPIOS BÁSICOS DE ÉTICA
PROFESIONAL QUE REGULA LA PROFESIÓN DE CONTADOR
PÚBLICO.
Para hablar de la ÉTICA tendría que
empezar primero por definirla, diciendo que ésta es
HERMANDAD, así de sencillo, ya que para algunos es
"Pensar en libertad y con
responsabilidad" mientras que para otros "es un intento racional
de averiguar como vivir mejor" y para otros tantos "es la ciencia de
una forma específica de conducta humana",
por todo eso para mi la ética es HERMANDAD, es
COEXISTIR CON TODOS EN EL LUGAR Y TIEMPO QUE
DEFINAMOS DIGNIFICANDO NUESTRA EXISTENCIA. Ahora
definiré la MORAL como "normas, principios y valores que
regulan las relaciones entre individuos; valor es todo
aquello que le da sentido a la vida y adquiere aceptación
social" Por último en ésta primera etapa de
definiciones diré que CÓDIGO DE ÉTICA
PROFESIONAL es "un conjunto de reglas en que la profesión
declara su intención de cumplir con la sociedad, es
LEALTAD para con ella y es una lealtad ya que los profesionales
tienen responsabilidad y obligaciones con todos los sectores que
confían en su trabajo.
Como se sabe bien, los órganos legislativos
intentando, en su afán de buscar el bien de todos,
determinar obligatoriamente lo mínimo que las personas
tienen derecho a exigir de aquellos con quienes conviven en la
sociedad, estableciendo así deberes y derechos. Así
pues, de tanta normatividad existente les tocó a los
CONTADORES PÚBLICOS el ser regulados administrativamente,
técnicamente, disciplinariamente y en hora buena,
éticamente.
Los contadores públicos son muy privilegiados al
compartir con los Escribanos la responsabilidad de dar FE
PÚBLICA. La FE PÚBLICA se define como "la
delegación dada por el Estado para
dar testimonios por escrito de determinados actos", pero como
diría YANEL BLANCO LUNA en su libro MANUAL DE
AUDITORÍA Y REVISORÍA FISCAL: "La fe
pública es sólo la forma, la ESENCIA del contador
es la CONFIANZA PÚBLICA" y la CONFIANZA
PÚBLICA es lograda gracias a las capacidades técnicas,
profesionales y éticas.
El Contador Público defiende LA BUENA FE,
y ésta hace presumir que un acto público esta
conforme a la ley y las buenas costumbres, y es por ello que el
gobierno
definió el código de ética para definirle al
Contador Público UN PERFIL DE SEÑOR y señor
es aquel de alta calidad humana,
es el hombre que
da su palabra y la sostiene así llueva, truene o
relampaguee? así tiemble la tierra o sus
habitantes.
El Contador Público esta ceñido a los
siguientes principios éticos: Integridad, Objetividad,
Independencia,
Responsabilidad, Confidencialidad, Observancia de las
disposiciones normativas, Competencia y
actualización profesional, Difusión y
Colaboración, Respeto entre
colegas, y Conducta ética.
Integridad: es cumplir todos principios
éticos que siguen a continuación e inclusive
cumplir más allá de lo que la ley exige. Integridad
es ser recto, sincero y justo. Es ser honesto con el medio
ambiente.
Objetividad: es utilizar la razón, la
lógica
para tomar decisiones y no el corazón,
ni mucho menos los sentimientos. Es sincerizarse con uno mismo y
los demás. Objetividad es ser equitativo, es lo de Dios
para Dios, lo de los hombres para los hombres y lo del
César para el César.
Independencia: es sincerizarse con los
demás, dándoles a entender a ellos que no existen
lazos familiares, ni amistosos ni mucho menos intereses
particulares que hagan inclinar las opiniones a favor o en
contra. Independencia es tener criterio limpio de ataduras
sociales, es la ESENCIA DE LA AUDITORÍA. Es lo que
nos prohíbe actuar como juez y parte. Es el
único de todos los principios que implica la ACTIVIDAD
PÚBLICA, ya que el resto de principios caven más
sobre la ACTIVIDAD PRIVADA. Actividad pública es cuando se
ejercen cargos de Revisor Fiscal, Auditor Externo y Certificado
de Estados
Financieros. Actividad privada es cuando se ejercen cargos de
Asesor contable, tributario o administrativo.
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