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Impacto y Perspectiva del DR-CAFTA en las Aduanas Dominicanas (página 4)



Partes: 1, 2, 3, 4

  1. En relación al total de ingresos del
    gobierno (RD$
    73,701 millones en 2002 y RD$ 121,097 en 2003), la
    pérdida fiscal
    derivada de la reducción de aranceles
    por el Tratado de Libre
    Comercio sería menor al 0.5% del ingreso fiscal
    total (ver anexo).
  2. Es muy probable que no se experimente un aumento
    sustancial de los ingresos fiscales como consecuencia del
    posible incremento de la producción del sector agropecuario,
    debido a que éste está compuesto, en su
    mayoría, por productores y pequeñas empresas cuyo
    monto de renta generada está exento de impuestos. Sin
    embargo, se espera que a mediano plazo el Tratado de Libre Comercio
    (TLC) tenga
    un impacto positivo sobre los ingresos del fisco provenientes
    principalmente de las agroindustrias y empresas agropecuarias
    exportadoras con ventajas competitivas, que verán
    aumentar sus operaciones en
    los mercados
    locales e internacionales. Además, el impuesto del 5%
    que se aplica a las exportaciones de manera temporal tendría
    un impacto fiscal positivo, al menos mientras se
    aplique.

4.7 PROYECTO DE REFORMA Y MODERNIZACION
ADUANERA

Por todo lo antes expuesto hemos iniciado un proyecto de
reforma y modernización aduanera con miras a convertir a
la aduana en una
institución moderna facilitadora del comercio
internacional, capaz de cumplir con los compromisos asumidos
mediante este tratado.

LOS OBJETIVOS DE
ESTE PROYECTO SON LOS SIGUIENTES:

  • Dotar a las aduanas de un
    sistema de
    Análisis de Riesgos.
  • Automatización de la gestión aduanera.
  • Fortalecimiento del Control
    del Comercio
    Exterior.
  • Autodeterminación de la obligación
    tributaria aduanera.
  • Aleatoriedad y Agilización del
    despacho.
  • Descongestionar los Recintos Aduaneros;
    y
  • Eliminación de la Discrecionalidad de las
    autoridades aduaneras.

LOS COMPONENTES BÁSICOS SON LOS
SIGUIENTES:

Dada la importancia comercial del DR-CAFTA, que
repercutirá por generaciones en el futuro económico
de nuestro país, las aduanas dominicanas deben preparase
para administrarlo, de esto dependerán los beneficios o
perjuicios que podamos obtener del mismo, pues, como se ha dicho,
"las bondades de un tratado comercial dependen, un cincuenta por
ciento de cómo se negocie y el otro cincuenta por ciento
de cómo se administre".

EXPORTACIONES DE DR-CAFTA HACIA ESTADOS UNIDOS,
EN MILLONES US$

Años

Costa Rica

Dominican
Republic

El Salvador

Guatemala

Honduras

Nicaragua

Total

Rep. Dom. %

1989

1990

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005*

967.9

1,006.5

1,144.0

1,402.0

1,542.1

1,645.4

1,841.8

1,962.9

2,321.6

2,742.0

3,953.5

3.555.2

2,912.1

3,146.2

3,353.9

3,297.3

1,686.6

1,636.9

1,725.4

1,976.6

2,366.5

2,667.2

3,076.5

3,385.1

3,581.6

4,308.4

4,444.6

4,277.5

4,378.2

4,187.1

4,166.7

4,454.5

4,529.0

2,243.1

243.9

237.5

302.4

383.2

481.3

607.5

813.1

974.1

1,344.8

1,436.0

1,603.5

1,925.1

1,881.9

1,975.8

1,763.4

1,811.5

984.8

608.3

790.9

892.3

1,072.7

1,178.1

1,283.6

1,514.6

1,694.5

1,984.2

2,071.4

2,257.7

2,603.5

2,589.2

2,784.5

2,954.1

3,156.2

1,681.9

456.8

486.3

552.2

780.6

914.4

1,091.7

1,440.7

1,797.0

2,320.3

2,543.9

2,711.9

3,090.9

3,131.0

3,262.0

3,311.7

3,636.7

1,861.8

0.03

15.3

59.5

68.6

124.5

167.4

237.7

349.3

439.2

452.7

491.9

596.9

603.0

677.4

769.1

990.2

565.8

3,913.9

4,261.9

4,927.1

6,073.7

6,907.7

7,872.1

9,233.0

10,359.4

12,718.4

13,690.7

15,296.1

16,149.7

15,304.4

16,012.7

16,606.6

17,421.0

9,024.0

41.8

40.5

40.1

39.0

38.6

39.1

36.7

34.6

33.9

32.5

28.0

27.1

27.4

26.0

26.8

26.0

24.9

Total

38,480.9

57,405.1

18,770.0

31,117.7

33,389.9

6,608.6

185,772.3

30.9

T.C.A.A.

8.5

7.0

14.3

11.6

14.8

99.8

10.5

33.6

Fuente: US ITC. Data Web / TCAA: Tasa
de Crecimiento Anual Acumulativa / * Cifras disponibles
enero-junio

4.8 SÍNTESIS DE LAS PRINCIPALES VARIABLES
IMPLÍCITAS EN EL DR-CAFTA

Con motivo de la firma del Tratado de Libre Comercio
(TLC), entre un conjunto de naciones de Centroamérica
(Honduras, El Salvador, Guatemala,
Nicaragua y Costa Rica), los
Estados Unidos de Norteamérica y la Republica
Dominicana, también conocido por las siglas en
inglés
DR-CAFTA (Central America Free Trade Agreemente), la Republica
Dominicana ha contraído un gran reto.

Ese reto, se expresa en la amplitud y profundad de las
medidas contenidas en el tratado, pero fundamentalmente en la
diversidad y amplitud de las mismas, las cuales revisten un mayor
grado de complejidad al estar enmarcadas en magnitudes
numéricas bajo un calendario rigurosamente
establecido.

Tomando en consideración esas apreciaciones que
caracterizan el acuerdo, se ha tratado de construir cual si fuera
un esqueleto, una tabla sintética que sirva de referencia
para condensar en una forma simplificada el alcance, la
duración y el período de desmonte y los
márgenes porcentuales de desgravación
correspondiente a cada una de las trece canastas consideradas. A
continuación la tabla propuesta:

Como se podrá apreciar, en la misma se presentan
las 13 (trece) canastas en las cuales se dividieron las 6,833
líneas arancelarias comprendidas en el acuerdo, así
como, el porcentaje de participación de cada canasta en el
conjunto del Tratado. Por igual, se puede precisar el
período de desmonte expresado en los años
considerados para cada canasta y los porcentajes, indicando los
años de aplicación para los mismos y el
período de gracia en los casos en que
corresponde.

Como se expresa en el inicio de esta
colaboración, la tabla presentada permite tener una
visión de conjunto de las magnitudes numéricas
fundamentales del acuerdo, así como del alcance en el
tiempo de las
principales variables que matizan el mismo.

CAPÍTULO V

MEDIDAS DE COMPENSACIÓN DE LA
ELIMINACIÓN ARANCELARIA

5.1 DESCRIPCIÓN DEL CAPITULO

Se analizan las medidas de compensación
obligatorias por efecto de la eliminación arancelaria,
incluyendo un aspecto esencial como lo es la
transformación de los sistemas de
contratación de obras y servicios
públicos, que en el momento actual constituyen una
"piedra de choque" para la vigencia definitiva del
tratado.

5.2 ARANCELES Y OTROS IMPUESTOS

5.2.1 Tarifas

El sistema Dominicano de impuestos a las importaciones
combina una estructura
compleja que incluye impuestos específicos y Ad-valorem,
sobretasas e impuestos sobre consumo
doméstico; los rangos se encuentran entre el 5% y el 35%,
están basados en el uso final de cada producto y
pueden presentar exoneraciones sustanciales.

Algunas reducciones se aplican a importaciones entre
zonas de libre comercio, importaciones de materia prima,
provisiones o víveres, maquinaria y equipo para la
industria
textil y agrícola, materia prima
para re-exportación, petróleo y sus subproductos,
medicinas.

5.2.2 Otros Impuestos

Impuesto Selectivo al Consumo. Varía
entre el 5 y el 80% aplicables a bienes no
esenciales tales como: utensilios de hogar, perfumería,
joyería, automóviles (propuesta de incrementar este
impuesto entre 0 y 50%, de acuerdo al valor del
vehículo tanto nacional como importado) y sus partes,
bebidas alcohólicas, productos de
tabaco y otros
bienes de lujo. Se calcula sobre valor CIF.

Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados
y Servicios
(ITBIS). Un 12% similar al impuesto al valor
agregado, calculado sobre el valor CIF más los otros
impuestos, aplicables a bienes industrializados y
servicios.

Impuestos Específicos. La mayoría
de los impuestos específicos se graban sobre el peso neto
en kilogramos o en las unidades de medida o cantidad, como los
litros, los metros cuadrados, o docenas, como es indicado en el
arancel. Para los propósitos del impuesto el peso es el
del producto con sus recipientes y el embalaje
exterior.

Impuestos Ad valorem. Son calculados sobre el
valor FOB de la mercancía. El Servicio de
aduana ha desarrollado un procedimiento
para estandarizar los valores
para una gama amplia de productos y aplicar con mayor
precisión los impuestos.

Impuesto Financiero. Un 1.5% se pagará al
Banco Central
por la compra de moneda extranjera.

Impuesto de Puertos. Toda importación y exportación
pagará cinco centavos dominicanos por tonelada, por
concepto de
uso de los puertos dominicanos.

5.3 LAS REGLAS O NORMAS DE ORIGEN.
Importancia

Las Reglas o Normas de Origen son un conjunto de
disposiciones generales y específicas establecidas en el
DR-CAFTA y en reglamentos y directrices aduaneras nacionales que
establecen los criterios que deben ser aplicados por las empresas
para determinar si una mercancía califica como originaria,
e incluyen los procedimientos aduaneros de certificación y
verificación del origen.

El país de origen es el país donde la
mercancía es enteramente obtenida, producida o
transformada y en el que se cumplen las reglas de origen del
DR-CAFTA.. En el marco de este Tratado de Libre Comercio, los
procesos de
producción de una mercancía pueden realizarse total
o parcialmente en uno o más de los países
siguientes: República Dominicana, Estados Unidos, Costa
Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.

La importancia de las reglas de origen se debe a
que:

• Garantizan que los beneficios arancelarios del
DR-CAFTA únicamente sean aplicables a las
mercancías que sean originarias de los países
signatarios del Tratado.

• Se constituyen en una barrera jurídica
que impide que mercancías de países fuera del
DR-CAFTA reciban los beneficios del Tratado.

5.4 LAS MEDIDAS COMPENSATORIAS

Cuando se habla de medidas compensatorias se hace
referencia, en primer lugar, al tipo de seguridades o
alternativas que cada país suscribiente del tratado puede
interponer para evitarse una lesión más o menos
grave de carácter económico. En segundo
lugar, se hace referencia igualmente a las vías que cada
país implementará para suplir la pérdida
económica que significará, especialmente para la
República Dominicana, la eliminación de los
aranceles aduaneros.

En primer lugar se considerarán las medidas
compensatorias tal como el tratado las concibe, es decir, como
alternativas para la evitación de daño
económico. Luego se proseguirá en la segunda
acepción.

5.4.1 Imposición de una medida de
salvaguardia

Una Parte podrá aplicar una medida descrita en el
párrafo
2, sólo durante el período de transición, si
como resultado de la reducción o eliminación de un
arancel aduanero en virtud de este Tratado, una mercancía
originaria se importa en el territorio de la Parte en cantidades
que han aumentado en tal monto en términos absolutos o en
relación a la producción nacional y en condiciones
tales que constituyan una causa sustancial de daño grave,
o una amenaza del mismo, a la industria nacional que produzca una
mercancía similar o directamente competidora.

Si se cumplen las condiciones señaladas en el
párrafo 1, una Parte podrá, en la medida que sea
necesario para prevenir o remediar un daño grave o amenaza
de daño y facilitar el reajuste:

(a) Suspender la reducción futura de cualquier
tasa arancelaria establecida en este Tratado para la
mercancía; o

(b) Aumentar la tasa arancelaria para la
mercancía a un nivel que no exceda el menor de:

(i) La tasa arancelaria de nación
más favorecida (NMF) aplicada en el momento en que se
aplique la medida, y

(ii) La tasa arancelaria de NMF aplicada el día
inmediatamente anterior a la entrada en vigor de este Tratado:
(a) Salvo lo dispuesto en el subpárrafo (b), una Parte
aplicará una medida de salvaguardia a las importaciones de
una mercancía originaria que esté sujeta a
resolución bajo el párrafo 1 independientemente de
su procedencia. (b) Una Parte podrá excluir de la
aplicación de una medida de salvaguardia a las
importaciones de mercancías originarias de otra Parte si
la Parte ha otorgado tratamiento libre de aranceles a la
importación de la mercancía de dicha otra Parte, de
conformidad con un acuerdo entre esas Partes, durante un
período de tres años previos a la fecha de entrada
en vigor del presente Tratado.

Ninguna Parte aplicará una medida de salvaguardia
contra una mercancía originaria de otra Parte mientras la
participación de la Parte exportadora en las importaciones
de la mercancía originaria en la Parte importadora no
exceda un tres por ciento, siempre que las Partes con menos de un
tres por ciento de importaciones conjuntamente no representen
más del nueve por ciento de las importaciones totales de
dicha mercancía originaria.

5.4.2 Compensación

Una Parte que aplique una medida de salvaguardia
deberá, luego de consultar con cada Parte contra cuya
mercancía se aplique la medida, proporcionar a esa Parte o
Partes una compensación mutuamente acordada de
liberalización comercial en forma de concesiones que
tengan efectos sustancialmente equivalentes en el comercio o
equivalentes al valor de los impuestos adicionales esperados como
resultado de la medida. La Parte dará oportunidad para
tales consultas en los 30 días posteriores a la
aplicación de la medida de salvaguardia.

Si las consultas conforme al párrafo 1 no
resultan en un acuerdo de compensación de
liberalización comercial dentro del término de 30
días, cualquier Parte contra cuya mercancía es
aplicada la medida podrá suspender la aplicación de
concesiones sustancialmente equivalentes al comercio de la Parte
que aplica la medida de salvaguardia.

Una Parte notificará por escrito a la Parte que
aplica la medida de salvaguardia al menos 30 días antes de
suspender las concesiones conforme al párrafo
2.

La obligación de compensar conforme al
párrafo 1 y el derecho a suspender las concesiones
conforme al párrafo 2 terminará cuando ocurra lo
más tarde de:

(a) La terminación de la medida de salvaguardia,
o

(b) La fecha en la cual la tasa arancelaria regrese a la
tasa arancelaria establecida en la Lista al Anexo 3.3
(Eliminación Arancelaria) de la Parte.

5.4.3 Acciones
globales

Cada Parte conserva sus derechos y obligaciones
de conformidad con el Artículo XIX del GATT 1994 y el Acuerdo sobre
Salvaguardias. A las acciones tomadas de conformidad con el
Artículo XIX del GATT 1994 y el Acuerdo sobre
Salvaguardias, excepto que la Parte que emprenda esa acción
podrá excluir importaciones de una mercancía
originaria de otra Parte, si tales importaciones no son un causa
substancial de un daño grave o amenaza del
mismo.

Ninguna Parte aplicará, con respecto a la misma
mercancía, y durante el mismo período:

(a) Una medida de salvaguardia; y

(b) Una medida conforme al Artículo XIX del GATT
1994 y el Acuerdo de Salvaguardias.

CONCLUSIONES

En la actualidad el DR-CAFTA pretende formar una zona de
Libre Comercio, en la que cada país signatario de este
tratado se compromete a eliminar todos los aranceles que impiden
el libre tránsito de las mercancías y
establecerá las reglas que deberán regir la
relación comercial entre los Estados Unidos de
Norteamérica, Centroamérica y la República
Dominicana, a través de una zona para el intercambio de
bienes y servicios.

El DR-CAFTA por si mismo no es negativo, es una
oportunidad de inserción del mercado
dominicano en el comercio internacional, pero éste por
sí solo no resolverá los problemas del
país, dado que a nivel nacional impera cierta desigualdad
económica y social en la población, por lo tanto, habrá que
lidiar con esa deficiencia interna y con los compromisos
internacionales. Así que lo primero es ordenar o resolver
los problemas internos, para posteriormente negociar como
nación.

El aislamiento o política reactiva en
que se encontraba la República Dominicana desde los
inicios de su fundación como Estado ha sido
dejada atrás para adoptarse a los nuevos cambios
integracionistas, introduciéndose en acuerdos
internacionales (bilaterales y multilaterales) que tendremos la
oportunidad de exponer en el desarrollo de
cada capítulo de esta investigación.

República Dominicana firmó un Tratado de
Libre Comercio con los Estados Unidos de América
el 5 de agosto de 2004, el cual incluye un capítulo
dedicado a la agricultura.
Al mismo tiempo, el gobierno está atravesando una crisis fiscal
que hará muy difícil que se puedan mantener los
apoyos que se otorgan al sector agropecuario. En este contexto,
en este documento se evalúan los posibles impactos del TLC
sobre las políticas
e instituciones
agropecuarias y se hacen recomendaciones con vistas a asegurar
que el sector agropecuario se beneficie del TLC. Las siguientes
son las principales conclusiones del estudio.

Dado que el 84% de las exportaciones agropecuarias
dominicanas hacia Estados Unidos ya recibe tratamiento
arancelario preferencial bajo la Iniciativa de la Cuenca del
Caribe (ICC) y un 14% entra en condiciones de libre acceso, en el
corto plazo las posibilidades de una expansión de las
exportaciones no son significativamente mayores que en la
situación antes de la firma del Tratado de Libre Comercio.
El nuevo acuerdo básicamente torna permanentes las
preferencias existentes bajo el "Caribbean Basin Agreement" y el
"Caribbean Basin Partnership Trade Act".

En cuanto respecta a las importaciones, el DR-CAFTA
prevé que las cuotas de importación para los
productos sensibles (arroz, azúcar
y habichuelas) comiencen a niveles muy bajos, para luego
evolucionar en un largo período de diez a veinte
años, al final del cual serán abolidas. Por lo
tanto, el impacto inmediato sobre los cultivos de consumo interno
será muy limitado.

En el mediano y largo plazo el Tratado de Libre Comercio
podría tener importantes impactos positivos. Los productos
de exportación no tradicionales (como tomate,
aguacate, mango y banana) muestran sólidas ventajas
comparativas. Son productos con alto contenido de trabajo en sus
estructuras de
costos. Estos
cultivos tienen poca vocación para desarrollar
economías de escala y son
especialmente aptos para estructuras de producción de
pequeña y mediana escala en nuestro
país.

El informe hace
algunas propuestas concretas para que el la República
Domincana obtenga mayores beneficios del DR-CAFTA. Primero, el
país podría enfocar sus nuevas políticas en
proveer bienes públicos elevando la competitividad
de su sector agropecuario, en lugar de dar subsidios para bienes
más bien de naturaleza
privada. Para preparar el país para implementar el
DR-CAFTA, se debe reforzar (según la demanda,
investigación y extensión), el desarrollo de la
tecnología
agrícola, los servicios de sanidad animal y vegetal, el
control de la calidad de los
productos, el desarrollo de la información de mercados, el entrenamiento de
especialistas agrícolas y empresarios, el crédito
bancario y el mejoramiento de los servicios de apoyo comercial a
las exportaciones, tales como transporte,
servicios bancarios y trámites públicos.

  1. En el frente fiscal se podría incrementar la
    eficiencia
    global y realizar ahorros en varios programas de
    apoyo agrícola, a través de retirar la actual
    asistencia financiera a sectores deprimidos, que apoyen la
    provisión de bienes.

Habría que llevar adelante las reformas
institucionales necesarias para asegurar la viabilidad e
implementación de las nuevas políticas. Las
más importantes son las referidas a las instituciones
encargadas del sector comercial dominicano, importador y
exportador. Estas instituciones, sobretodo las que operan
exclusivamente en el sector
público, tienen que hacerlo bajo administraciones
independientes y enfocadas, fomentando más la
exportación que la importación, para asegurar que
los productos, los bienes y los servicios dominicanos puedan
acceder a los mercados de Estados Unidos, Centroamérica,
otros países caribeños y Europa. Con el
fin de realizar los ahorros presupuestarios necesarios para
financiar las nuevas demandas de servicios públicos, se
deberían eliminar instituciones o programas que ya han
logrado el cometido para el cual fueron creadas, que no lo logren
en tiempo prudente o que realicen actividades duplicadas con
relación a otras instituciones o programas.

El sector privado debe de conducir el proceso de
transición hacia una situación general
sistémica más competitiva. El gobierno es un actor
de apoyo. Por lo tanto, las organizaciones
del sector privado y la sociedad civil
tienen que participar activamente en cada paso del proceso. Pero
existe el riesgo
significativo de que la fuerza de los
lobbies americanos, las inercias burocráticas y las
voluntades políticas contrapuestas puedan impedir que el
aparato institucional procese las reformas de política
consistentes con los programas de inversión y desarrollo (o a definirse en el
futuro cercano). Si así ocurriera, se erosionaría
la oportunidad que ofrece el DR-CAFTA y se favorecería la
concentración de los beneficios en los pocos productores
que de partida estaban mejor posicionados para la competencia
externa o que se aprovechan de las políticas selectivas de
apoyo.

RECOMENDACIONES

  1. Este trabajo de investigación tiene el
    propósito de ofrecer información relevante para
    la toma de
    decisiones en materia de política comercial y
    tributaria a partir de una descripción y análisis del alcance
    e implicaciones de este acuerdo; se describe el proceso de
    desgravación en el marco del acuerdo, y la importancia
    del comercio de los Estados Unidos por el lado de las
    importaciones, destacando en particular la importancia relativa
    de las importaciones por tipo de productos y por canastas de
    desgravación; se aborda la estructura de las
    recaudaciones arancelarias y por Comisión Cambiaria; y
    se introduce a un análisis del impacto potencial del
    acuerdo en el flujo de importaciones y en las recaudaciones
    tributarias incluyendo aranceles, Comisión Cambiaria e
    impuestos internos. Por lo que nos permitimos hacer las
    siguientes recomendaciones:
  1. • Primero: Es importante que el gobierno
    presente las recomendaciones de este estudio conjuntamente con
    los resultados del estudio del Banco Central de la
    República Dominicana sobre el impacto económico
    global del DR-CAFTA. El gobierno podría demostrar que el
    DR-CAFTA es muy promisorio para la República Dominicana
    como un todo y por lo tanto la pérdida potencial de
    ingreso de algunos productores, como en el caso de los
    agropecuarios, se compensaría parcialmente con el
    crecimiento de la economía en su
    conjunto.
  1. • Segundo, para ganar la batalla contra los
    lobbies estadounidenses (que a fin de cuentas
    sólo favorecen su beneficio nacional) se precisa de una
    estrategia
    efectiva respecto a los sectores que resultarán
    perdedores con las reformas. Por ejemplo, la estrategia
    podría tomar la forma de compensaciones financieras
    directas desvinculadas del nivel de producción y
    programas regionales de desarrollo, ayudando a las generaciones
    más jóvenes a encontrar empleo y
    actividades económicas. La resistencia
    podría ser contenida si se extendieran los beneficios de
    los programas de compensación a todos los productores
    (aun los grandes), aunque en distintos grados de
    participación.
  1. • Tercero, para financiar el programa
    propuesto arriba, al menos parcialmente, se podrían
    reducir las tarifas extra cuota de los productos agropecuarios,
    con el fin de incrementar los montos recaudados vía
    importaciones adicionales. Los recursos
    adicionales se utilizarían para financiar el desarrollo
    agropecuario y para promover el aumento de competitividad. Es
    importante, sin embargo, no crear nuevos derechos a
    través de vincular la recaudación de ciertos
    impuestos de importación a programas
    específicos.
  1. • Cuarto, respecto a los subsidios que fuera
    difícil eliminar, se puede introducir un régimen
    de cupones para comprar bienes y servicios en el sector
    privado, lo que ofrece la ventaja que el gobierno no tiene que
    mantener un aparato ineficiente para prestar los servicios.
    Esto implica la posibilidad de desviación de fondos y
    corrupción, lo que implica que un sistema
    de cupones necesitará un buen diseño.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

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  • UREÑA, Alejandro, Como hacer una
    Tesis
    , Editorial Argos, Sto. Dgo, R. D. Marzo,
    2006.

OTRAS FUENTES
BIBLIOGRÁFICAS:

ENTREVISTAS:

  • Entrevista al Lic. Miguel Cocoo, Director Gral. de
    Aduanas. Realizada por los sustentantes en fecha 15/02/2006,
    sobre: Desmonte Arancelario por el DR-CAFTA, Santo Domingo, R.
    D.
  • Entrevista al Lic. Juan Tatis Rivas, Presidente
    Asociación Dominicana de Agente de Aduanas (ADAA).
    Realizada por los sustentantes en fecha 20/02/2006, sobre:
    Impacto del DR-CAFTA en la Aduanas Dominicanas, Santo Domingo,
    R. D.
  • Entrevista al Lic. Alejandro Jerez, Sub-Director de
    Aduanas para Zonas Francas. Realizada por los sustentantes en
    fecha 09/03/2006, sobre: Perspectivas de las Zonas Francas ante
    el DR-CAFTA, Santo Domingo, R. D.
  • Entrevista al Dr. Eduardo Rodriguez Apolinario,
    Subdirector Técnico de Aduanas. Realizada por los
    sustentantes en fecha 05/04/2006, sobre: Tratado de Libre
    Comercio República Dominicana – Estados Unidos,
    Santo Domingo, R. D.

INTERNET:

  • INTERNET, La
    Globalización de la Economía
    Mundial,
    http://www.monografias.com/trabajos7/glob/glob.shtml
  • INTERNET , Integración Regional,

www.iadb.org/sds/doc/sds-Estrategia_Integracion_regional.pdf

REVISTA:

  • GLOBAL, Fernandez, Leonel. Perspectivas
    del DR-CAFTA en la República Dominicana.

    Revista de
    Funglode Año I No. 8, Agosto 2005, Santo Domingo, R.
    D.
  • CEPAL NO. 82, La integración
    regional,
    Abril 5-2005.

ORGANISMOS E INSTITUCIONES:

  • Oficina Nacional de Estadística, República
    Dominicana en Cifras
    , Santo Domingo, 2004.
  • Dirección General de Aduanas,
    Diagnostico del Sistema Aduanero Dominicano,
    Santo Domingo, 2005.
  • Banco Central de la República Dominicana,
    Informe de la Economía Dominicana. Enero-Junio
    2005,
    Santo Domingo, 2005.
  • Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores,
    Política Exterior Dominicana, 13 años de
    Política Exterior, Asuntos para un nuevo enfoque
    1961-1974
    , Santo Domingo, R.D.
  • Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores,
    II Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de los
    países de África, Caribe y
    Pacífico
    , Memoria. Santo
    Domingo, R.D., 1996 hasta 2004.

ANEXO:

EL IMPACTO FISCAL DEL
DR-CAFTA

Unidad de Análisis Económico

Secretariado Técnico de la Presidencia

EL IMPACTO FISCAL

DEL ACUERDO DE LIBRE
COMERCIO

CON LOS ESTADOS UNIDOS

Pavel Isa-Contreras

RESUMEN

La entrada en vigencia del acuerdo de libre comercio con
los Estados Unidos y Centroamérica, y el desmonte gradual
pero acelerado de la Comisión Cambiaria podría
implicar pérdidas de ingresos tributarios equivalentes a
1.3% del PIB durante el
primer año de vigencia del acuerdo, y hasta 3.9% en 15
años. La pérdida de ingresos arancelarios
ascendería a un monto equivalente a un 1% del PIB hacia el
final del período de desgravación; sin embargo, la
mayor parte del impacto se concentraría durante el primer
año, alcanzando un 0.4% del PIB debido a que un
significativo número de importaciones (más del 60%
de las líneas arancelarias), las cuales explican poco
menos del 45% de los ingresos arancelarios serían
totalmente desgravadas con la entrada en vigor del
acuerdo.

El relativamente limitado impacto en los ingresos
arancelarios se asocia a que las importaciones desde los Estados
Unidos no superan el 50% de las importaciones totales no
petroleras, y a que el peso de los bienes de capital e
insumos industriales, los cuales están gravados con
aranceles bajos, es relativamente alto comparado con las
importaciones desde otros orígenes. Si la Comisión
Cambiaria se desmontase en tres cuota iguales durante tres
años, las pérdidas tributarias anuales
serían de más de 0.8% del PIB. Los suministros
industriales, los bienes de capital y otras importaciones
destinadas a los procesos productivos serían los
principales beneficiarios del eventual desmonte de la
Comisión Cambiaria. Las pérdidas fiscales
acumuladas en 15 años asociadas a la erosión de
la base del ITBIS y de los ISC sería de 0.26% del PIB.
Estos resultados se derivan de un análisis de equilibrio
parcial que estima los efectos de creación y
desviación de comercio por línea arancelaria, los
cuales se incorporan en este estudio.

Secretariado Técnico de la
Presidencia

Programa de Reforma del Poder
Ejecutivo

Unidad de Análisis
Económico

Secretario Técnico de la
Presidencia

Juan Temístocles
Montás

EL IMPACTO FISCAL

DEL ACUERDO DE LIBRE
COMERCIO

CON LOS ESTADOS UNIDOS

Pavel
Isa-Contreras1

COORDINACIÓN
TÉCNICA:

Magdalena Lizardo

Serie:

Texto de Discusión No.
3

Agosto, 2005

INTRODUCCIÓN

1. La República Dominicana se podría estar
abocando a uno de los cambios más dramáticos en su
régimen de comercio y estructura impositiva de los
últimos 50 años. Por un lado, firmó y en
pocos meses podrían ratificar un tratado de libre comercio
con Centroamérica, y los Estados Unidos, siendo este
último, por mucho, su socio comercial más
importante. Ese tratado implicaría una significativa
liberalización del comercio exterior. Por otro lado, en
virtud de ese acuerdo y de otras demandas, se aboca a un cambio
significativo en el régimen tributario.

2. Este documento tiene el propósito de ofrecer
información relevante para la toma de decisiones en
materia de política comercial y tributaria a partir de una
descripción y análisis del alcance e implicaciones
de este acuerdo; se describe el proceso de desgravación en
el marco del acuerdo, y la importancia del comercio de los
Estados Unidos por el lado de las importaciones, destacando en
particular la importancia relativa de las importaciones por tipo
de productos y por canastas de desgravación; se aborda la
estructura de las recaudaciones arancelarias y por
Comisión Cambiaria; y se introduce a un análisis
del impacto potencial del acuerdo en el flujo de importaciones y
en las recaudaciones tributarias incluyendo aranceles,
Comisión Cambiaria e impuestos internos.

Desgravación arancelaria en el marco de TLC
con los Estados Unidos y Centroamérica.

3. Según cifras publicadas por el Banco Central
de la República Dominicana (BCRD), en 2003, el país
realizó importaciones no petroleras por un valor de US$
3,836.9 millones2. Datos de la Dirección General de Aduanas (DGA) indican
que en ese año el 42% del total de importaciones
nacionales no petroleras tuvo su origen en los Estados Unidos; en
2002, la proporción fue de
46.6%3.

4. El proceso de desgravación arancelaria que se
acordó en las negociaciones del Tratado de Libre Comercio
entre los Estados Unidos, los países de
Centroamérica y la República Dominicana estuvo
organizado por canastas o grupos de
productos. Para el caso de la República Dominicana, se
diseñaron 10 canastas4.La diferencia
entre ellas radica en los períodos y las velocidades de
desgravación.

En la canasta A se colocaron los productos que
serían desgravados inmediatamente, es decir, el primer
día del año siguiente a la ratificación del
acuerdo. Las canastas W, B, C, N y D contienen
mercancías que se desgravarían linealmente en
períodos de 4, 5, 10, 12 y 15 años respectivamente.
Las canastas M, Y y X contienen productos
que serían desgravados de manera no lineal en un
período de 10, 11 y 5 años, respectivamente.
Finalmente, en la canasta G se colocaron los productos cuyo
arancel es de 0% (libre comercio) y que mantendrían ese
estatus en el marco del tratado.

5. En la canasta A (liberalización
inmediata) se colocaron 3,270 líneas arancelarias de un
total 5,143 que registraron importaciones en el 2003, esto es, el
63.9% de las líneas. En la canasta B (desmonte
arancelario lineal en 5 años) se colocaron 282
líneas que registraron importaciones en 2003, o un 5.4%
del total. En la C (desmonte en 10 años) se
colocaron 595 líneas arancelarias (11.6% del total), y en
la canasta G (mantenimiento
de arancel cero) 585 líneas (11.3%). Estas cuatro canastas
(A, B, C y G) agruparon el 92.2% del total de líneas
arancelarias que registró importaciones en 2003. El resto
de las canastas aglutinó un relativamente bajo
número de líneas.

6. Cabe recordar que el arancel vigente en el
país consta de 7 tasas arancelarias: 0%, 3%, 8%, 14%, 20%,
25% y 40%. Un muy bajo número de productos está
sujeto a tasas superiores a 20%. Las tasas tienden a ser
progresivas con el grado de elaboración del bien: las
más altas, en particular la de 20%, se aplican sobre
bienes terminados, las más bajas (0% y 3%) se aplican
sobre bienes de capital y materias primas (incluyendo insumos
para la agricultura y la industria farmacéutica) y las
tasas intermedias (8% y 14%) se aplican sobre insumos intermedios
producidos en el país. El 38.6% de las líneas
arancelarias que registraron importaciones en el 2003 estuvieron
sujetas a una tasa arancelaria de 3%, el 30.7% a una tasa de 20%,
un 11.4% a una tasa de 0%, y un 10.3% a una tasa de 8%. El resto
de las tasas agrupan un reducido número de
líneas.

Caracterización de las importaciones totales y
desde los Estados Unidos

7. En 2003, el 28.8% de las importaciones no petroleras
de la República Dominicana correspondió a
suministros industriales, el 15.8% a combustibles y lubricantes,
el 15% a bienes de capital, el 12.8% a alimentos
básicos o procesados, el 12.4% a artículos de
consumo duradero, semi-duradero y no duradero, y el 11.5% a
equipos de transporte.

8. Sin embargo, existen diferencias destacadas entre las
importaciones por tipo de producto según el país de
origen. En particular, las importaciones originarias de los
Estados Unidos aparecen más concentradas en bienes de
capital que aquellas proveniente del resto del mundo. En efecto,
mientras las importaciones de bienes de capital procedentes de
los Estados Unidos representó el 23.2% de las
importaciones totales, esas mismas importaciones desde en resto
del mundo fue de menos del 10% del total de importaciones desde
esos países. Como reflejo, mientras las importaciones de
bienes de consumo y de combustibles y lubricantes desde el resto
del mundo explicaron el 15.4% y el 20.1% de las importaciones
totales desde esos países, en el caso de las originarias
de los Estados Unidos estos grupos apenas alcanzaron el 9.4% y el
11.2% respectivamente. El resultado de esta estructura de las
importaciones desde los Estados Unidos es una
participación más elevada de importaciones con
tasas arancelarias relativamente bajas y una tasa arancelaria
media menor que con respecto al resto del mundo.

9. Una evaluación
más detallada de la composición de las
importaciones por tipo de bien y país de origen confirma
que las materias primas, insumos intermedios y bienes de capital
tienen un elevado peso en las importaciones desde los Estados
Unidos. En 2003, la República Dominicana importó el
88.4% de los suministro industriales básicos desde los
Estados Unidos; entre el 60% y el 70% de los bienes de capital y
piezas y accesorios; el 92.5% de las importaciones de alimentos y
bebidas básicos destinados principalmente a la industria;
el 60% de las importaciones de alimentos y bebidas elaboradas
destinadas principalmente a la industria; y el 55% de las
importaciones de equipos de transporte no industrial. La
mayoría de estos bienes están gravados con tasas
arancelarias relativamente bajas. Así, el 69.9% de las
importaciones con tasa arancelaria de 0% tuvo su origen en los
Estados Unidos. Igualmente, el 53.6% de las importaciones de
bienes
agrícolas y agroindustriales fue originario de los
Estados Unidos. Más del 90% de las carnes, los productos
de origen animal, los cereales y harinas, y las semillas
incluyendo alimentos para animales son
importados desde dicho país.

10. La mayoría absoluta de los bienes importados
fueron colocados en la canasta A (liberalización
inmediata). En efecto, los productos clasificados en esa canasta
explicaron el 54.6% de las importaciones totales no petroleras en
el 2003. De estas importaciones, el 37.6% se originó en
los Estados Unidos, lo que implica que el 20.5% de las
importaciones de ese año, las cuales estuvieron sujetas a
algún arancel superior a 0%, entrarían libre de
aranceles a partir del primer año del acuerdo.

11. Por su parte, los bienes colocados en la canasta
B (apertura total en 5 años) representaron el 4.3%
de las importaciones nacionales no petroleras, de las cuales poco
más de un tercio fue originario de los Estados Unidos; los
de la canasta C explicaron el 9.6% de las importaciones,
de las que el 37.9% provino de los Estados Unidos, los de la
canasta M (liberalización no lineal en 11
años) el 7.5% de las importaciones y los de la canasta
X (liberalización no lineal en 5 años) 5.4%.
El resto de las canastas explicaron el 0.9% de las importaciones.
Las líneas arancelarias de la canasta G
(mantenimiento del estatus de arancel cero o libre) explicaron
poco más del 15% de las importaciones. Finalmente, la
distribución de las importaciones por
canastas de desgravación comparadas entre las originarias
de los Estados Unidos y las del resto del mundo no muestra
diferencias significativas.

INGRESOS ARANCELARIOS

12. La distribución de las importaciones del 2003
por tasa arancelaria muestra una estructura esencialmente
bipolar: el 70.8% de las importaciones pagaron aranceles de 3%
ó 20%. El 44.5% de las importaciones pagó un
arancel de 3% mientras que un 26.3% pagó una tasa de 20%.
El resto se distribuyó entre las tasas restantes. En el
caso de las importaciones nacionales no petroleras provenientes
de los Estados Unidos, la evidencia indica que estas se
concentran en bienes con tasas relativamente bajas, lo que se
asocia a la elevada participación de las importaciones de
bienes de capital de ese país. En efecto, el 40% de estas
importaciones estuvo sujeto a un arancel de 3% un 25.4% a un
arancel de 0% y un 22.3% a una tasa de 20%.

13. En el 2003, las recaudaciones
arancelarias5ascendieron a RD$ 10,720.6
millones o US$ 353.8 millones, resultado en un arancel promedio
de 7.9%. En ese año, las recaudaciones arancelarias fueron
equivalentes al 2.1% del PIB. Por su parte, las importaciones
desde los Estados Unidos generaron ingresos arancelarios por RD$
3,250.00 millones, lo que arrojó un arancel promedio de
6.9%6.

14. La estructura de las recaudaciones arancelarias de
la República Dominicana es muy concentrada. En el 2003 el
66.2% de las recaudaciones fueron generadas por cargos a las
importaciones con tasa arancelaria de 20%. Le sigue en
importancia las recaudaciones por importaciones de
mercancías sujetas a un arancel de 3%, las que generaron
el 13.66% de las recaudaciones totales.

TABLA 2

ESTRUCTURA DE LAS IMPORTACIONES Y LOS
INGRESOS ARANCELARIOS

Por tasa arancelaria (2003)

Tasa
Arancelaria

% Importaciones

% Ingresos
Arancelarios

0%

3%

8%

14%

20%

25%

40%

0%

15.3%

44.5%

7.5%

6.0%

0.0%

26.3%

0.3%

0.1%

 

0.0%

13.6%

7.7%

10.5%

66.2%

1.5%

0.5%

0.0%

Total

100.0%

100.0%

Fuente: Elaborado por UAE-STP con información de
la DGA.

COMISIÓN CAMBIARIA

15. Respecto a las recaudaciones por Comisión
Cambiaria, en 2001 éstas alcanzaron un monto equivalente a
0.88% del PIB, en 2002 llegaron hasta 0.74%, y en 2003 hasta
0.66%7.Sin embargo, como resultado del fuerte
incremento de la tasa que inició en octubre de 2003, las
recaudaciones se elevaron hasta alcanzar un monto equivalente al
2.1% del PIB en 20048.En ese año, este
para-arancel terminó recaudando un monto superior en
más de RD$ 3,000 millones al de las recaudaciones
arancelarias. En 2004, las recaudaciones generadas por la
Comisión Cambiaria crecieron de manera significativa para
alcanzar RD$ 15,720 millones, la suma de las recaudaciones
arancelarias y la de la Comisión Cambiaria ascendió
a RD$ 28,180 millones, equivalente a 3.7% del PIB.

16. Debido a que la Comisión Cambiaria tiene una
tasa uniforme, la composición de las recaudaciones por ese
impuesto por tipo de bien responde claramente a la
composición de las importaciones. Por ejemplo, debido a
que el grueso de las importaciones en términos de valor es
de bienes intermedios y materias primas que pagan un arancel de
3% (44.5%), el grueso de las recaudaciones por Comisión
Cambiaria (más del 40%) también correspondió
a ese tipo de bienes. Igualmente, más del 25% de ellas
correspondió a bienes terminados.

17. Aunque el calendario de desgravación no se
aplica a la Comisiona Cambiaria, es informativo el hecho de que
el 48.5% de las recaudaciones por este concepto fue generado por
bienes colocados en la canasta A (liberalización
inmediata). De esas recaudaciones el 41.8% fue por importaciones
desde los Estados Unidos. Las importaciones clasificadas en la
canasta G (mantenimiento del estatus de arancel 0%)
explicaron el 14.7% de la recaudación por Comisión
Cambiaria de las cuales el 66.5% fueron importaciones originarias
desde los Estados Unidos. Las importaciones clasificadas en la
canasta C (liberalización en 10 años)
explicaron el 10.7% de las recaudaciones por este para-arancel:
el 38% de esto fue pagado por importaciones originarias de los
Estados Unidos. Estos dos grupos de productos explicaron el 78%
de las recaudaciones totales de 2003.

CANASTA DE DESGRAVACIÓN E INGRESOS
ARANCELARIOS

18. Canasta A. Con respecto a la
distribución de las recaudaciones arancelarias por canasta
de desgravación, las líneas arancelarias colocadas
en la canasta A (3,270) explicaron el 38.3% de
éstas, de las cuales el 41.6% (15.9% del total) fueron
pagadas por mercancías originarias de los Estados Unidos.
Del total de líneas en esa canasta, el 59% (1,929
líneas) corresponde a productos con arancel actual de 3%,
y otras 817 líneas correspondían a productos que
pagaron un arancel de 20%. Estos dos grupos explican más
del 85% de las recaudaciones arancelarias de los bienes que
serían desgravados durante el premier año de
vigencia del acuerdo.

19. Canastas B, C y D. Los productos que se
colocaron en la canasta B, unas 282 líneas con
aranceles de 8%, 14% y 20%, generaron en 2003 el equivalente a un
6.6% de las recaudaciones totales por este concepto. Las
líneas en la canasta C, 595 en total, generaron
ingresos equivalentes a poco más del 20% de las
recaudaciones arancelarias totales en 2003. De estas
líneas, el 68% corresponde a productos terminados con un
arancel de 20%, y el 22% es insumo intermedio con un arancel de
14%. Finalmente, los productos importados de la canasta D
(83 líneas) recaudaron el 2.1% del total de recaudaciones.
En conjunto, los bienes en estas tres canastas explicaron el
29.4% de las recaudaciones arancelarias y el 16% de las
recaudaciones por Comisión Cambiaria.

20. Canastas M, N, W, X y
Y. Estos bienes, que representaron sólo 273
líneas de importaciones en 2003, explicaron el 13.9% de
las importaciones nacionales no petroleras en 2003, el 25.5% de
las recaudaciones arancelarias, (más del 60% de las
líneas con importaciones en 2003) fueron de bienes
terminados que pagaron 20% de tasa arancelaria.

IMPACTO COMERCIAL DEL US-DR-CAFTA: RESULTADOS DE UN
ANÁLISIS DE EQUILIBRIO PARCIAL.

21. Un análisis de equilibrio parcial de la
liberalización del comercio consiste en una
estimación del impacto en los flujos de comercio a partir
de elasticidades de demanda, de oferta y de
sustitución de productos o grupos de productos
específicos. Particularmente estima como cambia el valor
de las exportaciones y/o las importaciones cuando se produce una
reducción arancelaria y por lo tanto del precio.

Siguiendo la literatura tradicional, el
efecto en el comercio de una reducción de aranceles se
divide en dos: creación de comercio y desviación de
comercio. El primero se refiere al incremento de las
importaciones desde el socio comercial favorecido como resultado
de la reducción arancelaria la cual se traduciría
en precios
menores. El segundo se refiere al cambio de origen de las
importaciones a favor del socio comercial favorecido por la
preferencia arancelaria en detrimento de las importaciones
mientras el efecto desvió de comercio no lo implica,
limitándose a un cambio en el origen. La intensidad de
cada efecto se mide asumiendo grados de sensibilidad de la
demanda a la reducción de precios (elasticidad
precio de la demanda), de respuesta de la oferta (elasticidad de
la oferta) y de desvió de comercio desde socios
comerciales no favorecidos con una reducción arancelaria
hacia socios favorecidos (elasticidad de
sustitución).

22. El análisis de equilibrio parcial tiene la
ventaja de que se puede desarrollar a un nivel muy alto de
desagregación, y tiene un relativamente bajo nivel de
complejidad. Sin embargo, tiene algunas desventajas. Por una
parte, no incorpora, como lo hacen algunos modelos de
equilibrio general, el impacto del desempeño macroeconómico (p.e.
cambio en la demanda agregada), los efectos en productos
relacionados, ni los efectos sucesivos (más allá
del efecto inicial). En esencia, el modelo de
equilibrio parcial utilizado asume que todos los productos son
bienes para el consumo final, ignorando el efecto en el comercio
de bienes finales de una liberalización del comercio de
insumos o el efecto en el comercio de insumos de la
liberalización del comercio de bienes finales. Por otra
parte, el modelo de equilibrio parcial no incorpora los
potenciales efectos de la liberalización comercial en
productos que no registran flujos de comercio previo a la
liberalización.

23. El análisis se hizo a ocho dígitos del
Sistema Armonizado, el mayor nivel de desagregación
posible, y se evaluó el impacto año a año a
lo largo del período de desgravación. El
análisis tomó como base las importaciones
nacionales no petroleras (excluyendo las destinadas a las zonas
francas y otras no destinadas al consumo nacional)
correspondiente a 2003, y se utilizaron las elasticidades de
demanda, oferta y sustitución que provee el modelo SMART
del Banco
Mundial.

24. Con respecto a los impactos en los flujos de
comercio, resultados del análisis de equilibrio parcial
indican que el efecto creación de comercio (aumento neto
de importaciones) sería equivalente a US$ 340.8 millones a
lo largo del periodo de desmonte arancelario de 15 años.
Esto equivale al 8.9% de las importaciones de 2003 y al 2.1% del
PIB de ese año. De estos, US$ 108.0 millones
tendrían efecto durante el primer año de vigencia
del tratado, lo que equivale al 31.7% del efecto al final del
periodo de desgravación. El 97% del efecto acumulado a lo
largo del período ocurriría durante los primeros 10
años.

25. La creación de comercio se concentra en las
canasta A, C, X y M, acumulando el 89.9% del efecto. El 28.4% de
la creación de comercio se explicaría por los
bienes colocados en la canasta A, el 25.6% por los colocados en
la canasta C, el 18.2% por los colocados en la X, y el 17.7% por
los colocados en la canasta M. En términos de la
creación de comercio por tipos de bienes, el 63.8%
corresponde a suministros industriales elaborados, bienes de
capital, vehículos y bienes de consumo
semiduraderos.

26. Por su parte, el efecto desviación comercio
(aumento de las importaciones desde los Estados Unidos y
reducciones equivalente de las importaciones desde el resto del
mundo) ascendería a US$ 316.6 millones, equivalente a 8.3%
de las importaciones de 2003 y al 1.9% del PIB. De este efecto
total, el 45.8% ocurriría el primer año y el 92.1%
durante los primeros 10 años de vigencia del
acuerdo.

27. La desviación de comercio se concentra en los
productos colocados en las canasta A, B, M y C, las cuales
explican el 86.6% de la desviación total. El 41.7% de la
desviación total del comercio a lo largo del periodo de
desgravación corresponde a productos de la canasta A. La
mayor desviación de comercio (el 64.1%) se concentra en
suministros industriales elaborados, vehículos, bienes de
consumo semiduraderos y no duraderos, y alimentos y bebidas
elaborados para el consumo de los hogares.

28. El efecto combinado de la creación y
desviación de comercio seria de un incremento de las
importaciones desde los Estados Unidos de US$ 657.4 millones
durante todo el periodo de desgravación (equivalente al
17.1% de las importaciones de 2003 y al 4.0% del PIB). Durante el
primer año del acuerdo, el efecto combinado
elevaría las importaciones desde los Estados Unidos en US$
253.0 millones (el 6.6% de las importaciones del 2003). Del total
a lo largo del período, el 51.8% sería resultado de
creación de comercio. Sin embargo, es de notar que el
efecto creación de comercio como proporción del
incremento total de las importaciones desde los Estados Unidos se
reducen de manera significativa a partir del año 11 del
acuerdo, mientras la desviación de comercio se convierte
en el dominante.

29. En términos del efecto combinado por bienes
agrupados por canastas y tasas arancelarias, es notoria la fuerte
concentración del efecto en bienes con arancel de 20%,
estos representan el 68% del efecto total. Sin embargo, en
términos de las canastas, el efecto se distribuye entre
las canasta A, C, M y X. El 34.8% del aumento total de
importaciones desde los Estados Unidos es de productos de la
canasta A, el 22.6% de la canasta C, el 18.6% de la canasta M, y
el 15.3% de la canasta X. El mayor aumento de las importaciones
por el efecto combinado de creación y desviación
correspondería a equipo de transporte con un 26.8% del
incremento total ( la mitad corresponde a vehículos),
seguido por artículos de consumo y suministros
industriales con 25.7% y 22.9% respectivamente.

IMPACTO TRIBUTARIO DEL US-DR-CAFTA

30. Resultados de análisis de equilibrio parcial
indican que las pérdidas de ingresos arancelarios
asociados al Tratado de Libre Comercio para el primer año
de vigencia ascienden a monto equivalente al 0.4% del PIB; para
el segundo, tercero, cuarto y quinto años serían de
0.05%, 0.07%, 0.09% y 0.11% respectivamente. Las pérdidas
acumuladas durante todo el período de desgravación
serían de un 1% del PIB. Estas pérdidas resultan de
una reducción del arancel promedio con respecto a los
Estados Unidos desde 6.9% hasta 4.16% en el primer año de
vigencia del acuerdo; en el segundo año sería de
3.8%, en el tercero de 3.4%, en el cuarto de 2.8% y en el quinto
de 2.0%. Este arancel se iría reduciendo hasta llegar a 0%
en los años siguientes, empujando el arancel promedio con
respecto a las importaciones desde todos los orígenes
desde 7.9% hasta 5.6% en el quinto año del acuerdo, y
hasta 4.2% en el último año del
desmonte.

31. Como correlato, los ingresos arancelarios como
porcentaje del PIB se reducirían desde 2.1% hasta 1.7%
durante el primer año y hasta 1.4% en el quinto
año. En el año 15 alcanzarían un monto
equivalente al 1.1% del PIB. Este resultados se debe tanto al
efecto directo del desmonte arancelario a las importaciones desde
los Estados Unidos como al desvío de importaciones desde
países de origen no beneficiarios del acuerdo hacia los
Estados Unidos. Los ingresos arancelarios de importaciones desde
los Estados Unidos caerían en 0.3% durante el primer
año del acuerdo al pasar de 0.8% hasta 0.5% del PIB. En el
año 5 serían equivalentes a 0.2% del PIB y en el
año 10 se reducirían hasta 0.0.

32. Debido a que los bienes sujetos a la tasa
arancelaria de 20% aplican el grueso de los ingresos
arancelarios, estos bienes explicaría una muy elevada
proporción de la pérdida fiscal asociada el
US-DR-CAFTA. El 72.0% de las pérdidas acumuladas hasta el
final del período de desgravación se
asociaría a este grupo de bienes. Los productos que pagan
3% y 14% explicarían el 9.2% y el 9.8% de las
pérdidas, respectivamente, mientras los que pagan 8%
representarían el 6.2%. Sin embargo, en términos de
canastas, la distribución de las pérdidas es menos
concentrada. El 38.6% de ellas recaería sobre bienes
colocados en la canasta A (desgravación inmediata),
y el 21.5% en bienes de la canasta C (desgravación
lineal en 5 años). Los bienes en la canasta M
(desmonte no lineal en 5 años) explicarían el 14.2%
de las pérdidas, y aquellos en la canasta X
(desmonte no lineal en 5 años) el 11.7%. En el caso
especifico de la canasta A, estos productos
explicarían el 95.4% de las pérdidas arancelarias
del año 1 de acuerdo.

33. El 30.1% de las pérdidas arancelarias
asociadas al US-DR-CAFTA se explicaría por el desmonte
arancelario a bienes de consumo, el 21.4% a equipo de transporte
y sus partes, especialmente vehículos de pasajeros, el
20.4% a insumos industriales, y el 16.2% a alimentos y bebidas,
especialmente productos de consumo de los hogares.

COMISIÓN CAMBIARIA

34. Como se señalo antes, la Comisión
Cambiaria se ha convertido en el principal gravamen al comercio
exterior en la República Dominicana. Se espera que en 2005
termine recaudando el equivalente a 2.4% del PIB comparado con
2.1% en el caso del Arancel de Aduanas. La Comisión
Cambiaria tiene una tasa de 13% sobre el valor c.i.f. de todas
las importaciones. Aunque este para-arancel no fue negociado en
el US-DR-CAFTA, se espera que sea gradualmente desmontado en
virtud de su evidente incompatibilidad con un régimen de
libre comercio con socios del acuerdo. Adicionalmente, un panel
de la
Organización Mundial del Comercio (OMC)
consideró que dicho impuesto es incompatible con algunos
compromisos asumidos por el país ante ese organismo,
mientras sectores empresariales han propuesto su
eliminación debido al fuerte impacto negativo que tiene en
los costos de
producción.

35. La Tabla 12 muestra el resultado de un escenario
hipotético de reducción y eliminación de la
Comisión Cambiaria consistente en una reducción
anual lineal de la tasa de este impuesto por un período de
tres años, iniciando el primero de enero del año 1.
Se asume el desmonte para todos los socios comerciales por lo que
el único efecto que se incorpora es el de creación
de comercio, no así el de desviación. En la tabla
se presenta los resultados del ejercicio con respecto a los
ingresos tributarios nominales bajo dos escenarios de tipo de
cambio, los cuales se explican en el pié. Si el
primero de enero del año 1 la tasa de la Comisión
Cambiaria se redujera en un tercio, el costo fiscal
ascendería a 0.80% del PIB. Una reducción similar
el primero de enero del año 2 implicaría un costo
fiscal adicional de 0.83% y durante el tercer año el
último desmonte se traduciría en pérdidas
por 0.86% del PIB. Si la Comisión Cambiaria no fuese
modificada los ingresos tributarios derivados ascenderían
a 2.66% del PIB durante el tercer año.

36. En términos de las pérdidas
tributarias por tipo de bien, el 29.7% se asocia a suministros
industriales, el 16.4% a bienes de capital y el 15.4% a bienes de
consumo. Un 13.1% beneficiaría la importación de
alimentos y bebidas, en especial elaborados para el consumo de
los hogares, y un 12.9% a equipo de transporte. El relativamente
alto peso de las pérdidas asociadas a las importaciones de
suministros industriales elaborados sugiere que el desmonte
podría implicar una significativa reducción para el
sector manufacturero local.

PÉRDIDAS TRIBUTARIAS POR ESTRECHAMIENTO DE LAS
BASES IMPONIBLES DEL ITBIS Y DEL ISC.

37. En 2003, el 60.7% de las importaciones nacionales
estuvo sujeta al ITBIS. El pago de ITBIS por importaciones
implicó ingresos tributarios por US$ 305.4 millones (RD$
9,260.0 millones) equivalentes a 1.9% del PIB. Con el incremento
de la tasa del ITBIS hasta 16% se estima que estas recaudaciones
asciendan, bajo un escenario similar a 2003 en cuanto a volumen de
importaciones, a un monto equivalente a 2.4% del PIB. Por su
parte, el 61.4% de las importaciones desde los Estados Unidos
estuvo sujeta a ITBIS, las cuales explicaron el 41.1% de las
recaudaciones totales por ITBIS a las importaciones.

38. La Tabla 14 muestra la tasa arancelaria media para
las importaciones desde los Estados Unidos gravables con ITBIS y
la pérdida fiscal acumulada como porcentaje del PIB. La
estimación se hizo a partir del universo de
productos gravables con ITBIS, incorporando los efectos de
creación y desviación de comercio y del cambio en
la base imponible que resulta tanto de la reducción del
valor gravable por ITBIS. Como consecuencia de esta
combinación de efectos, aunque el arancel medio cae desde
8.6% hasta 5.4% durante el primer año del acuerdo, la
pérdida fiscal se limita a 0.10% del PIB. En los
años subsiguientes el arancel promedio continúa
reduciéndose (2.4% en el año 5, 0.3% en el
año 10 y 0.0% en el año 15). En el año 5 la
pérdida fiscal acumulada llega hasta 0.19% del PIB, en el
año 10 hasta 0.25% y en el año 15 hasta
0.26%.

39. En 2003, el 2.2% de las importaciones nacionales
(US$ 90.7 millones f.o.b), y el 2.1% de aquellas originarias de
los Estados Unidos (US$ 34.7 millones f.o.b.), fueron gravadas
con el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC). En ese año,
las recaudaciones por ISC aplicadas a las importaciones
ascendieron a RD$ 1,220.0 millones, equivalente al 0.24% del PIB,
de las cuales el 38.3% fueron a importaciones provenientes de los
Estados Unidos.

40. La Tabla 15 muestra los resultados de la
estimación de la pérdida de ingresos por ISC como
resultado de la disminución de la base imponible asociada
al desmonte arancelario a las importaciones desde los Estados
Unidos. Al igual que en el ejercicio con respecto al ITBIS, se
incorporó los efectos en los flujos de comercio y en la
erosión de la base resultante del desmonte arancelario.
Durante los primeros cinco años del acuerdo, el desmonte
arancelario para los Estados Unidos gravable con ISC es muy
acelerado. Mientras en el año 0 el arancel medio es de
16.2%, en el año 1 se reduce a 14.2%, en el año 5 a
1.1%, en el 10 a 0.3% y en el 15 a 0.0%. El resultado de esta
reducción combinado con los cambios en los valores
importados se traduce en una pérdida fiscal acumulada de
0.003% del PIB para el primer año, de 0.023% para el
año 5 y de 0.025% para el año 15.

41. No obstante, los ejercicios anteriores no incorporan
el efecto tributario resultante de estrechamiento de la base
imponible del ITBIS y del ISC como consecuencia de una
reducción de la Comisión Cambiaria. Como se
sugirió más arriba, el impacto dependerá del
tipo de proceso de desmonte que se lleve a cabo. Sin embargo,
vale recordar que la Comisión Cambiaria es una tasa
uniforme de 13% con la que se grava el valor c.i.f. de todas las
importaciones, por lo que una eliminación de una sola vez
de este cargo para las importaciones desde los EEUU
reduciría la base imponible del ITBIS y del ISC en 13%. Un
ejercicio de estática
comparativa que no incluye los efectos de creación y
desviación de comercio sugieren que un desmonte
único sumado al desmonte arancelario acordado en el
US-DR-CAFTA implicaría una pérdida fiscal para el
caso del ITBIS de 0.4% del PIB para el primer año del
acuerdo, en vez de 0.10%, mientras la pérdida fiscal
acumulada sería 0.3% más elevada que la indicada
para cada año en la Tabla 14. En el caso de ISC, la
pédida sería de 0.02% del PIB en vez de 0.003%, y
la pérdidas acumuladas serían 0.017% del PIB
más eleva para casa año subsiguiente que la
indicada en la Tabla 15. No es difícil hacer un ejercicio
similar para un escenario de reducción lineal en tres
años de la tasa de la Comisión Cambiaria, como la
sugerida en un escenario descrito anteriormente.

42. Las pérdidas tributarias combinadas
acumuladas (arancelarias, por Comisión Cambiaria, por
ITBIS y por ISC) alcanzarían el equivalente a 1.3% del PIB
durante el primer año del acuerdo, 2.2% del PIB durante el
segundo año, y 3.4% durante el quinto año. Sin
embargo, esta estimación tiene dos problemas. Primero, las
pérdidas totales resultan de la suma lineal de las
pérdidas individuales estimadas. Esto podría
implicar una subestimación del impacto tributario en la
medida en que los efectos simultáneos y combinados en los
flujos de comercio de cada reducción impositiva magnifican
el impacto. No obstante, es probable que el efecto combinado no
sea significativamente más elevado que el que resulta de
la suma lineal. Segundo, las pérdidas por ISC y por ITBIS
incluidas en la Tabla 16 no incorporan el efecto en las
recaudaciones por esos impuestos como resultado del encogimiento
de la base imponible que resulta de la reducción de la
Comisión Cambiaria.

DEDICATORIAS

A mi esposa y mis hijos, por ser mi fortaleza cada
día.

A mis Padres, siempre les estaré
agradecido.

JOSE LUIS
FORTUNATO

AGRADECIMIENTOS

A la Universidad
Autónoma de Santo Domingo, agradecimiento
eterno.

A mis compañeros de aula, muy especialmente
a Mayra, Mirelys y Carolina, gracias del alma.

JOSE LUIS FORTUNATO

Enviado por:

José Luis Fortunato

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