Documento electrónico e instrumento público: La función del Notario
- Resumen
- El
documento electrónico y el instrumento
público - La
nueva concepción documental - Documento
electrónico y documento
informático - La
función del notario en el instrumento
electrónico - Conclusiones
- Bibliografía
Resumen
Hoy en día nadie puede negar el impacto el
impacto que produjo la revolución
informática en todos los campos de la
actividad humana. Los usos y costumbres sociales se vieron
afectados por este desarrollo
vertiginoso de los medios de
comunicación originándose a su vez situaciones
nuevas que ni las propias leyes
habían previsto. Las nuevas tecnologías de Información y comunicación han transformado con su
aplicación, casi todas las actividades que el ser humano
realiza en el umbral de este siglo XXI. Visto de esta manera, el
Derecho y específicamente la actividad notarial, se
insertan paulatinamente en el moderno esquema de sociedad
digital, para dar paso a una nueva generación de
actividades y procesos
sistematizados, cada vez más lejos del papel, elemento
fundamental en la certificación de documentos de
orden legal. El papel ha sido hasta hoy el sustrato básico
del oficio notarial.
En este sentido las funciones del
notario, se han visto afectadas por la llamada informática
jurídica y se traen a consideración varias
preguntas. ¿Qué significa ser notario? y
¿cómo enfrentar el reto de cambiar los esquemas
tradicionales con los que opera un notario? ¿Es la
Informática una herramienta mágica?
En términos simples, el notario es el licenciado
en Derecho a quien el Estado
concede el poder de dar
fe pública y que tiene a su cargo por oficio: recibir,
interpretar, redactar y dar forma legal y certeza jurídica
a la voluntad de las personas que ante él acuden para
otorgar actos jurídicos o para hacer constar hechos
jurídicos, mediante su consignación en instrumentos
públicos auténticos, es decir, con valor de
prueba plena.
Los retos que la Informática plantea al notario
son diversos y deben ser analizados con serenidad y prudencia,
siempre refiriéndonos a los fines del Derecho y a la
razón de ser del notario: la certeza y seguridad
jurídica. Debemos recordar que la Informática no es
un fin en sí mismo, sino que es una herramienta más
para que el hombre se
desarrolle y logre su realización íntegra como
persona. La
Informática no debe ser un sustituto de la persona, ni un
enemigo de su libertad y del
ejercicio de sus derechos fundamentales,
garantía de los cuales es la Seguridad
Jurídica.
Para el notario y sus complejas funciones, no deben
cambiar sino los aspectos tecnológicos de sus herramientas
de trabajo, con
la consecuente premisa de que, las máquinas,
por maravillosas que sean, no suplen ni el criterio
jurídico, ni el discernimiento inteligente del hombre, por
lo cual, creemos que el papel del notario no será nunca
sustituido por la Informática, sino, al contrario,
será cada vez en mayor medida, increíblemente
impulsado a su perfeccionamiento.
Introducción
La "Sociedad de la Información", constituye un
fenómeno no sólo tecnológico sino
sociocultural[1]. Esta nueva etapa en el desarrollo de
la humanidad deja su impronta en campos tan estratégicos
como la economía, la política y el
ordenamiento jurídico de cada Estado. Es tal
el desarrollo alcanzado y el que se vislumbra alcanzar, que sus
utilidades han permeado casi todas las esferas de nuestra vida
social y entre ellas el comercio ocupa
una posición de importancia, tornándose familiar
para nosotros el término "Comercio
Electrónico".
Los servicios de
la Sociedad de la Información se prestan, en gran medida,
a través del Comercio Electrónico. La
contratación electrónica, se está consolidando en
el mundo entero gracias a la implantación definitiva de
protocolos que
garantizan la seguridad de las transacciones y el incremento
progresivo de usuarios de la red1.
El Comercio Electrónico implica cualquier forma
de transacción o intercambio de información
comercial basada en el tratamiento electrónico y la
transmisión de datos sobre
redes de
comunicación como Internet que implica la
transferencia de propiedad o de
derechos para utilizar productos o
servicios.[] En sus inicios el comercio
electrónico estaba restringido al comercio entre empresas
conectadas por redes privadas cerradas pero actualmente crece en
rapidez y complejidad para involucrar a un mayor número de
participantes (empresas, empresarios individuales, consorcios
transnacionales) que pueden incluso no conocerse y establecer
relaciones de intercambio comercial en redes abiertas mundiales
como Internet.
El notario público es el profesional en Derecho,
especialista en Derecho Notarial y Registral, habilitado
legalmente para ejercer la función
notarial. El notariado público es la función
pública ejercida privadamente. Por medio de ella, el
funcionario habilitado asesora a las personas sobre la correcta
formación legal de su voluntad en los actos o contratos
jurídicos y da fe de la existencia de los hechos que
ocurran ante él.
Los Notarios cuentan con organizaciones
que coadyuvan a llevar adelante y en forma correcta su
función y su actividad es controlada bajo la supervisión de la Dirección Nacional de Notariado,
dependencia del Poder
Judicial.
En la Era Digital la forma de ver el Notariado ha
cambiado e igual la forma en que llamamos los objetos propios de
nuestra profesión. Hoy el Notario comparte su disciplina con
las tecnológica y combina conceptos como documento
electrónico, contratación electrónica, firma
electrónica hasta llegar a la firma digital, protocolo digital
y porque no Notaria Digital como reunión de todo este
nuevo universo
digital.
Los conceptos e institutos digitales y la
contratación digital constituyen un fenómeno que no
tiene fronteras y Cuba no es la
excepción en mercados
globalizados o abiertos.
Ante esta revolución tecnológica el
Derecho como ente regulador de la vida social enfrenta nuevos
retos, marcados por la existencia de nuevas relaciones sociales
que inciden directa e indirectamente en sus diferentes ramas,
principios e
instituciones
y que demandan respuestas inmediatas para evitar
anomalías, caos y anarquía dotando así de
equidad,
confianza y seguridad a las relaciones entre los usuarios de las
nuevas técnicas
de la informática y las comunicaciones.
En materia de
Derecho notarial, específicamente para las legislaciones
basadas en el sistema del
Notariado Latino, baste citar lo que puede avizorarse ya en
cuanto a la validez legal de las transacciones y contratos sin
papel en los casos en que la ley exija como
formalidad su suscripción en documento público
notarial, (y aún en los supuestos en que la ley no lo
exija partiendo del principio de libertad de formas, si se
pretende que el contrato
electrónico tenga efectos ejecutivos, produzca una
presunción de legitimidad y veracidad en el
tráfico, que haga prueba aún contra tercero del
hecho que motiva su otorgamiento y la fecha de este, que las
declaraciones contenidas en el mismo sólo puedan dejarse
sin efecto por resolución judicial, que se considere como
un principio de prueba privilegiada deberá optarse por la
forma del documento público cuyos efectos son superiores a
los del documento privado); o la adaptación ante las
nuevas circunstancias de principios tradicionales como el de
inmediatez, el de unidad del acto, el de escritura, el
de matricidad o protocolo o bien desde el punto de vista
funcional, la aparición de nuevas aristas en el actuar del
notario como fedatario público.
Ante tales circunstancias el problema de investigación trata de definir
cómo ha de participar el notario en el mundo de las
transacciones jurídicas electrónicas y
cuáles serán las nuevas exigencias para desarrollar
su profesión en este mundo. El papel que juegue el
notariado dependerá del lugar que él mismo haya
creado proponiendo soluciones
para los nuevos problemas que
se van planteando haciéndose valer como institución
que durante siglos ha resuelto de manera satisfactoria problemas
como la identificación, la legalidad, la
confidencialidad, el asesoramiento que, en un ambiento
electrónico vuelven a surgir con original apariencia pero
no con menos importancia. Se trata de adaptarse a nuevos
requerimientos y ser útiles sin perder la esencia del
notario latino ni abdicar de lo que son sus principios
definitorios.
En este contexto el notario, ante el impacto
tecnológico de la informática y las telecomunicaciones en su actividad tradicional
constituye un tema polémico. Es por ello objetivo
de este trabajo es Brindar un acercamiento a algunas de las
cuestiones que suscitan inquietudes y requieren
profundización en el estudio del funcionamiento del
notario ante los retos de la sociedad de la
información.
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