Los regímenes de excepción en el Perú y el respeto a los Derechos Humanos
- Planteamiento del
problema - Legislación
- Principios que
rigen los estados de excepción - Generalidades
de la policía - Análisis
- Conclusiones
- Recomendaciones
- Bibliografía
- Anexos
INTRODUCCIÓN
El propósito de esta investigación, es realizar un análisis sobre los Regimenes de
Excepción que hemos tenido en nuestro país, tomando
como base las tres últimas décadas vividas;
también hemos querido hacer un breve recuento de
cómo, la idea o noción de Regimenes de
Excepción, lo encontramos a lo largo de la historia de la humanidad,
habiendo evolucionado a lo largo de esta historia, hecho que el
Perú no ha sido ni es ajeno.
Se han tomado determinados criterios para el desarrollo de
esta investigación; analizando brevemente, la historia de
nuestro Perú, a partir del inicio de la época
Republicana, la presencia de los períodos del Militarismo,
en donde empezamos, a tener las primeras nociones de Regimenes de
Excepción; luego en un marco de evolución histórica, vemos que
surgen normas de
carácter nacional e internacional, que
tratan de regular los mecanismos de protección de los
individuos en situaciones de instauración de estos
Regimenes de Excepción.
Desarrollamos los conceptos de Regimenes de
Excepción, Derechos Humanos,
la importancia que tiene la suspensión de los derechos fundamentales, en
situaciones de Excepción, no sólo dentro de un
ámbito interno sino también enfocado desde el
aspecto internacional.
Mencionamos una breve casuística de los Regimenes
de Excepción en el Perú, resaltando gobiernos, que
han dejado en la historia de nuestro país, por uno u otro
hecho, aspectos de repercusión, nacional e internacional
claramente definidos.
Finalmente se emite una posición respecto a la
dación en un Estado de Derecho
de los Regimenes de Excepción, arribando a conclusiones y
recomendaciones que en un marco de esta naturaleza,
los Estados deberían contemplar, a fin de no atentar
contra las normas de Derechos Humanos.
CAPÍTULO
I
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
A. CARACTERIZACIÓN DE LA
PROBLEMÁTICA.
Las diversas circunstancias de nuestra realidad
nacional, a través del tiempo ha
implicado en algunos momentos históricos, enfrentar
situaciones críticas que para ser superadas se ha tenido
que implementar determinadas medidas excepcionales, en
salvaguarda del orden público y defensa nacional, con la
finalidad de preservar el equilibrio
social.
Nuestra Constitución vigente, establece medidas
específicas, como la declaración de
Regímenes de Excepción, las mismas que han sido
utilizadas como instrumento principal para poder lograr
los objetivos
políticos de cada Gobierno, que
de acuerdo a su perspectiva particular sobre la ruptura del
orden social, debe dársele determinada
solución.
Es así que, cuando se establece formalmente los
Regímenes de Excepción, se producen variadas
acciones que
vulneran los derechos humanos.
B. DELIMITACIÓN DE LOS
OBJETIVOS
1. OBJETIVO
GENERAL
Determinar cuales son los Regímenes de
Excepción en el Perú, las causas que los
originaron, la función de la Policía Nacional
del Perú durante su vigencia, así como precisar
el respeto a
los derechos humanos en las situaciones de Regímenes
de Excepción.
2. OBJETIVO ESPECÍFICOS
a. Determinar qué causas originaron el
establecimiento de los Regímenes de Excepción
en el Perú.
b. Determinar si durante los Regímenes de
Excepción se han vulnerado los derechos
humanos.
c. Precisar las funciones
de la Policía Nacional del Perú cuando se
establecen los regimenes de excepción.
C. JUSTIFICACIÓN E
IMPORTANCIA
La presente investigación encuentra su
justificación e importancia por cuanto está
orientada a explicar cuáles son los Regímenes de
Excepción establecidos en la Constitución
Política
del Perú; que el personal
policial conozca las funciones por desempeñar mientras
están en vigencia; así como determinar si
existió violación de los derechos humanos durante
las situaciones de Regímenes de Excepción
decretadas en el Perú, a fin de no volver a cometerlos,
coadyuvando de esta forma a mejorar el prestigio
institucional.
Es importante conocer y reconocer que aún a
pesar de la existencia de una situación de violencia,
que obligue al Estado a
tomar medidas tan drásticas como el decreto de
Regímenes de Excepción en cualquier parte del
territorio de la República, éstos no puede
alterar la obligación de proteger y respetar los
Derechos Humanos, frente a los grupos
delictivos que resultan responsables de actos atentatorios
contra el resto de la población, no se puede concebir una
respuesta del Estado a través de la Policía
Nacional, que renuncie a su superioridad moral para
aplicar procedimientos
criminales de semejante categoría.
D LIMITACIONES
El tiempo asignado para la formulación del
presente trabajo,
por la misma naturaleza del curso y por estar participando
con retención de cargo, es relativamente
corto.- LIMITACIONES DE TIEMPO
- LIMITACIONES DOCTRINARIAS
La gran mayoría del personal policial no ha
recibido capacitación en Metodología de Investigación Científica, por lo
el presente trabajo más tiene de monográfico que
de investigación
CAPÍTULO
II
MARCO TEÓRICO
DOCTRINARIO
Se ha buscado bibliografía o trabajos
monográficos que guarden relación con presente
trabajo de investigación y no se ha encontrado
antecedente alguno del mismo.- ANTECEDENTES.
- BASES TEÓRICAS
1. MARCO HISTÓRICO
En los tiempos actuales en que la difusión del
respeto a los derechos fundamentales, en todos los niveles
alcanza un sitial preponderante, nos avocamos a la
realización de un trabajo de investigación de los
Regímenes de Excepción en el Perú y su
relación con los Derechos Humanos; este se llevó
a cabo a través de un análisis descriptivo de los
aspectos histórico-sociales, políticos y
normativos que han regido en el período Republicano,
tomando como base las últimas tres décadas. A lo
largo de la historia nuestro país ha pasado por
distintas formas de
gobierno, que si hacemos un breve repaso desde el inicio de
la época de la República, nos encontraremos con
gobernantes unos más que otros respetuosos de las normas
de derecho interno.
CIRCUNSTANCIAS
HISTÓRICAS internacionales SOBRE CONDICIONES PARA LOS
REGÍMENES DE EXCEPCIÓN.
Sin embargo, es menester precisar que los Estados de
Excepción, también los encontramos a lo largo de
la historia de la humanidad, así diremos que desde la
Roma antigua
hasta el fin del estado absoluto, los estados de
excepción se basaron en la facultad de dominio y
capacidad de sometimiento de los detentadores del poder -idea
que afirma el Ius Imperium del gobernante.
También lo encontramos en la
Constitución Francesa de 1814 y su incorporación
a la doctrina alemana: la noción de estado de necesidad
del derecho penal y
civil pasa al Derecho
Constitucional. Recogiendo una cita, Bidart Campos indica:
"…Estado de necesidad, en general, sería aquella
situación de peligro actual de los intereses protegidos
por el derecho, en el cual no queda otro remedio que la
violación de los intereses de otro.
El mismo autor fundamenta los estados de
excepción bajo el criterio de estado de necesidad:
"El estado
también reacciona ante los peligros, aunque carezca de
normas que lo autoricen. Pero no está autorizado a
causar daño
para evitar otro mayor, como ocurre con los particulares; el
Estado de Necesidad, dice Bielsa, el legítimo frente a
un hecho extraño a la voluntad directa del Estado, hecho
que entraña para la conservación de este o de la
colectividad a él referida un peligro grave e inminente,
ya sea respecto del orden público interno, ya cuando
esté amenazada su integridad política,
institucional u orden internacional. En general añade,
se resuelve o consiste en cierta disminución de derechos
en defensa de un mayor bien a la comunidad. Es
emergente, circunstancial e imprevisto, al menos en la ley, y ninguna
cuestión se presenta como no sea la validez de la ley
frente a la Constitución, en cuanto ésta es el
único límite a las nuevas normas dictadas en
estado de necesidad".
Una tercera corriente surge como supuesto que la vida
institucional no es uniforme, lineal, con previsión
absoluta del desarrollo de la sociedad por
la Constitución. La realidad demuestra la veracidad de
este supuesto, por lo cual es necesario que el Estado
esté prevenido de los instrumentos necesarios para
afrontar situaciones extraordinarias que impidan el
cumplimiento de los fines de la sociedad estatal. En esta
corriente, el Estado de necesidad constitucional tiene mayor
relación con las medidas que se adopten para hacer
frente a la situación extraordinaria.
Esta última posición es mucho más
acorde con el Estado Social y Democrático de Derecho,
pues, el Estado debe cumplir con sus obligaciones
de proveer seguridad,
bienestar y promover el desarrollo de la nación, tanto como a la población
le corresponde el derecho de participar en la
consecución de estos fines, en consecuencia se protege
una decisión común de organización social y desarrollo,
quedando el Ius Imperium del gobernante limitado a una
formalidad coyuntural. Esto contrasta con los niveles de
participación estrechos de nuestro ordenamiento
constitucional.
La institución de la dictadura
romana es considerada como la primera y más antigua
forma de un estado de excepción. Surge a fines del siglo
VI A.C. junto con la República Romana.
La dictadura tenía las siguientes
características: – Las situaciones de excepción
eran fundamentalmente la necesidad de dar término a una
guerra o a
una rebelión.
La formalidad de excepción consistía en
la designación de un Dictador por el Senado. Cabe
resaltar que el órgano titular de la decisión de
declarar la situación extraordinaria era distinto del
órgano que lo asumía. El cargo de dictador
tenía la duración improrrogable de seis
meses.
El dictador asumía amplia potestad para tomar
decisiones administrativas, legislativas, judiciales y
fundamentalmente militares. Inclusive existe la opinión
que el dictador podía suspender la autoridad
del Senado. Esta última afirmación no es
compartida en la doctrina.
La doctrina ha distinguido entre dictadura soberana
(capacidad de establecer un nuevo orden político) y la
dictadura comisoria (ejercida por encargo o delegación
de facultades).
La dictadura comisoria rigió durante la
Edad Media.
Los comisarios (comisarii) concentraban el poder civil y
militar para cumplir las misiones que tanto el Papa como los
monarcas europeos le encomendaban delegando su soberanía. No obstante, estos
funcionarios estaban sujetos a la revocación de quien
les confirió el cargo (Romero, 1982:926).
CIRCUNSTANCIAS
HISTÓRICAS EN EL PERÚ SOBRE CONDICIONES PARA LOS
REGÍMENES DE EXCEPCIÓN.
En este orden de ideas, encontramos al inicio de la
historia republicana del Perú, muchos hechos de
rebelión de los peruanos; el proceso
independentista, para muchos podría tomarse como un
período de paz y armonía que vivió nuestro
país; pero a la luz de los
acontecimientos, los diversos intereses que giran alrededor de
un gobierno, hacen que las estructuras
del Estado, no siempre sean las más sólidas;
viéndose plasmado en hechos que por historia conocemos,
tales como entre los años 1821 a 1845, las tendencias
regionalistas y separatistas en Cusco y Arequipa, motivaron un
marco de inestabilidad al Estado peruano, en tan sólo 24
años, hubo 53 gobiernos y seis constituciones. En 1838
hubo 7 presidentes simultáneamente. En 1872 estando en
el poder el Presidente José Balta nombró como
ministro de guerra a Tomás Gutiérrez. El
Perú se encontraba en ese momento en un proceso de
transición, Manuel Pardo era el presidente electo que
asumiría el mando el 28 de julio de ese año. Sin
embargo, el 22 de julio Tomás Gutiérrez, junto
con sus hermanos Silvestre, Marceliano y Marcelino (todos
coroneles) realizan un golpe militar, capturan a Balta y le dan
muerte, este
hecho es conocido como la "Rebelión de los hermanos
Gutiérrez". El pueblo peruano, fatigado por la agobiante
crisis
económica y los cuartelazos, decide no apoyar la
efímera dictadura de los hermanos Gutiérrez. Se
inicia una reacción popular contra los insurrectos. Los
hermanos Tomás, Silvestre y Marceliano Gutiérrez
fueron muertos y colgados de las torres de la catedral de Lima.
Durante la ocupación chilena, el caudillo Andrés
Avelino Cáceres organizó la resistencia en
la sierra central entre 1881 a 1883. Cáceres
participó de varias rebeliones e insurrecciones,
combatió a Manuel Ignacio Vivanco (1844), apoyó a
Ramón
Castilla (1855-1862), combatió al gobierno de Juan
Antonio Pezet (1863-1865). Apoyó el levantamiento de
Mariano Ignacio Prado (1865-1868). Combatió a
Nicolás de Piérola (1879-1881) y a Miguel
Iglesias (1883-1886).
Finalmente, asumió el poder en 1886 a 1890 y de
1894 a 1895. Pero Cáceres, un eterno insubordinado,
sufrió la insubordinación en carne propia, fue
acusado de querer perpetuarse en el poder y Nicolás de
Piérola se rebeló en su contra, junto con sus
"montoneros" llevó a cabo intensos y sangrientos
combates que desembocaron en la renuncia de Cáceres y la
ascensión al poder del General Remigio Morales
Bermúdez.
El siglo XX trajo enormes cambios al país, pero
las conspiraciones y rebeliones siguieron siendo las mismas.
Hasta la clásica violación de la
Constitución continuó siendo una norma. Durante
el oncenio del presidente Augsto B. Leguía, la Carta Magna
redactada por él, fue violada por él mismo y por
el fiel oficialismo de aquella época. Leguía
llevó al país hacia la modernidad y
fue uno de los presidentes más destacados del siglo XX,
fue un sujeto pragmático y dirigió al país
con mentalidad empresarial, pero también se
caracterizó por mantener el control
absoluto del poder y por una tendencia natural hacia el
autoritarismo. En 1920 Leguía aprobó una nueva
Constitución que no contemplaba la reelección
presidencial inmediata. Sin embargo, en 1923 modificó un
artículo constitucional e introdujo la reelección
"por una sola vez". Y luego de ser reelecto, volvió a
modificar la Constitución aceptando la reelección
indefinida: "el presidente durará en su cargo cinco
años y podrá ser reelecto", decía la
norma. Estas reformas, en manos de un congreso siempre sumiso,
permitió que Leguía permanezca once años
en el poder.
Todo marchó bien hasta que llegó la
crisis económica producto de
la Primera Guerra
Mundial. El repudio por la presencia del "tirano" fue
capitalizado por la revolución de Arequipa encabezada por el
comandante Luis Miguel Sánchez Cerro en agosto de 1930.
Leguía aceptó renunciar y partió hacia el
exilio, pero fue arrestado y murió en la
Penitenciaría de Lima, en absoluta pobreza, en
1932.
Como ha sido frecuente en la historia peruana, la
revolución de Sánchez Cerro se originó en
el sur del país, en Arequipa. De origen humilde y rasgos
indígenas, Luis Miguel Sánchez Cerro era el
típico militar "macho" latinoamericano. Participó
del golpe contra Billinghurst en 1914, se alzó en
armas contra
Leguía en 1922 y estuvo preso en la isla de Taquile, en
Puno.
En 1931, se organizaron elecciones, en las cuales
Sánchez Cerro resultó electo. Pero los apristas
consideraron que hubo fraude y
declararon a Víctor Raúl Haya de la Torre como
"presidente moral del Perú". Los apristas iniciaron una
oposición desenfrenada que casi lleva a una guerra civil
y que concluyó con una revolución aprista en
Trujillo y el asesinato del presidente Sánchez Cerro en
1933 en manos de un militante aprista.
El APRA también estuvo por detrás de
otra rebelión. En 1948, durante el gobierno de
José Luis Bustamante y Rivero los apristas realizaron
una férrea oposición desde el Congreso, el
país vivía una crisis social que desembocó
en la sublevación que tenía por objetivo tomar el
poder y deshacerse de los mandos castrenses. El 3 de octubre de
1948, el Real Felipe fue atacado por mar y tierra, pero
los apristas no consiguieron el respaldo popular y Haya de la
Torre tuvo que refugiarse en la embajada de Colombia.
Bustamante y Rivero no duraría mucho tiempo.
El 27 de octubre de 1948, otra vez Arequipa se
levantó contra el gobierno constitucional, y el Gral.
Manuel A. Odría dirigió un golpe que
derrocó al presidente, al cual se le acusó de
fomentar la anarquía. Odría convocó a
elecciones para legitimarse, pero participó solo,
mandó a la cárcel al otro candidato, el general
Ernesto Montagne. Por entonces surge una nueva rebelión
en Arequipa, comandada por la Liga Democrática, se
levantaron barricadas y hubo varios muertos. En este clima,
Odría, que era candidato único, se eligió
"presidente constitucional", el 28 de julio de 1850.
Odría también tuvo su Montesinos: Alejandro
Esparza Zañartu, un siniestro personaje quien se
desempeñó como Director de Gobierno y como
Ministro de Gobierno (hoy denominado Ministro del Interior). Su
actuación se rodeó de misterio y sus excesos
contribuyeron al desprestigio del régimen, que
acabó siendo muy impopular. La indignación
aumentó cuando nuevamente en Arequipa hubo un
levantamiento popular debido a una salvaje represión
militar contra una huelga
estudiantil, donde murieron tres jóvenes que portaban
una bandera blanca. Odría tuvo que prescindir de Esparza
Zañartu y derogar la ley de seguridad
interior.
En las elecciones de 1962 Haya de la Torre
quedó en primer lugar, Belaúnde Terry en segundo
y Odría en tercero, pero no hubo un ganador con
mayoría absoluta, el Congreso debía elegir al
nuevo presidente. Era vox populi que había habido
fraude. Las Fuerzas Armadas exigieron que se anularan los
comicios y como el poder electoral se negó, sobrevino un
nuevo golpe de Estado
que convocó a nuevas elecciones donde ganó
Fernando Belaúnde Terry.
Los años 60 fueron plagados de rebeliones y de
movimientos guerrilleros inspirados por el éxito
de la revolución cubana. Hugo Blanco y Luis de
la Puente Uceda fueron los más famosos líderes
revolucionarios. Se realizaba la toma de pueblos, haciendas y
puestos militares con el fin de ganar adeptos. Pero a la
población no le interesaba la ideología que predicaban y no los
respaldó.
Fernando Belaúnde no trajo la ansiada
estabilidad al Perú. En 1968 su gobierno firmó un
convenio con la International Petrolium Company que tuvo el
apoyo multipartidario. Pero el Director de la Empresa
Petrolera Fiscal,
Carlos Loret de Mola, denunció que había
desaparecido la página once del acuerdo, donde
estaría estipulado el monto de la indemnización
que pagaría el Estado a esa empresa. Se
produjo un gran escándalo que llevaría a una
nueva rebelión. El 3 de octubre se produce un nuevo
golpe de Estado que depone a Belaúnde. La junta militar
presidida por el General Juan Velasco Alvarado contaría
con el apoyo de la izquierda peruana y del partido
comunista.
El gobierno de Velasco nacionalizó los recursos,
reformó el agro, la
educación, expropió las empresas, los
bancos y
los medios de
comunicación. El autoritarismo campeaba y la
radicalización de los bandos opuestos era evidente. Fue
un buen momento para que el General Francisco Morales
Bermúdez planeara un "relevo institucional", que se
produjo en agosto de 1975.
Es en el año de 1975 que se produce un nuevo
golpe militar encabezado por el General de División
Francisco Morales Bermúdez el cual con su nueva junta
militar busca nuevamente el retorno a la democracia
logrando en el año 79 la elección de la Asamblea
Constituyente presidida por Víctor Raúl Haya de
la Torre el cual entre sus cometidos establece la
realización de elecciones Generales Democráticas
en el año 1980. En estas elecciones resulta nuevamente
elegido Fernando Belaunde Terry siendo también estas el
inicio de una de las épocas mas oscuras de la historia
del Perú cuando un "grupo
terrorista genocida", auto denominado "Sendero Luminoso"
empieza su accionar en la sierra peruana, trasladando
rápidamente su accionar a las diferentes ciudades del
Perú.
Luego en los años 1985 y siguientes, con el
gobierno del Doctor Alan García Pérez, todos
podemos recordar y nos viene a la memoria,
un período en que la subversión tomó
más fuerza
llegando al extremo de tener que develar un levantamiento
general de dos prisiones donde se recluían presos por
terrorismo
el cual tuvo un desenlace por demás funesto, caso que
hasta la fecha es materia de
investigación.
Culminando el período de Dr. García
Pérez asume el poder el Ing. Alberto Fujimori Fujimori,
del Partido Independiente Cambio 90 ,
recibiendo a un país que se encontraba en una de las
peores crisis económicas y a punto de que sus Instituciones pudieran perder la lucha
antisubversiva, produciéndose cambios radicales en
materia económica, política y social, tales como
la intervención en los Poderes Legislativos, Judicial,
Ministerio Público, Tribunal Constitucional, así
como en otras instituciones del Estado, lo que se
denominaría como el llamado "Autogolpe de 1992"; hechos
que de por sí fueron considerados con posterioridad una
grave violación a los derechos humanos; sin embargo, se
inició una nueva estrategia por
la "pacificación nacional"; constituyendo hasta la
fecha, una de los más resaltantes hechos de dicho
gobierno, la captura de los principales líderes
senderistas, entre ellos Abimael Guzmán
Reynoso.
Otro aspecto que merece ser mencionado es la
incursión Ecuatoriana en el Alto Cenepa de 1995 en donde
se observa el cumplimiento de las normas del Derecho
Internacional Humanitario por parte de ambos
beligerantes.
Luego resaltamos, el hecho de la "toma de rehenes en
la Residencia" del Embajador Japonés en el año
1997, por parte de un grupo subversivo, autodenominado
"Movimiento
Revolucionario Túpac Amaru", lleva a la
meditación de todos los peruanos que la lucha por
combatir a estos grupos de delincuentes, aún no ha
terminado; logrando después de seis meses de
negociaciones, destacando la presencia en el terreno mismo,
como intermediarios, a la Iglesia
Peruana y al Comité Internacional de la Cruz Roja, tras
un plan operativo,
contando con la intervención de nuestras FF.AA. logran
el rescate de todos los rehenes, considerándose la mas
exitosa en la historia de la humanidad, no obstante que hubo
"bajas" por la pérdida de vida humana; no podemos dejar
de destacarlo.
Nos ubicamos en la historia en los años 2000,
producida la renuncia del Presidente Alberto Fujimori Fujimori,
en un escenario de escándalos de corrupción, asume el Gobierno de
Transición el Dr. Valentín Paniagua Curazao,
convocando a elecciones siendo elegido el Dr. Alejandro Toledo
Manrique, gobierno que adopta medidas de restablecimiento del
orden interno; realizando como principal actividad, el
restablecimiento de los poderes que se encuentran investidas
varias instituciones estatales, consagrados en nuestra Carta Magna,
que habían quedado suspendidos, con la presencia, en
mucho de los casos de "Comisiones Interventoras", así
tenemos, el Poder Judicial,
Ministerio Público, etc; sentando además el
Perú, una posición de respeto y acatamiento a las
normas de derecho internacional, de la cual es parte por la
subscripción de los muchos Tratados
Internacionales.
2. ASPECTOS
GENERALES
ASPECTOS DOCTRINALES SOBRE
LOS REGÍMENES ESPECIALES O DE
EXCEPCIÓN
Al referirnos a los Regímenes o Estados de
Excepción, (en adelante sólo "Estados de
Excepción") es preciso diferenciar los sentidos
que tiene esta denominación. En sentido amplio, refiere
a la contravención, total y absoluta, del Estado de
Derecho usualmente por los gobiernos de facto. En sentido
restringido, son la modificación, de determinados
mecanismos del Estado de Derecho para su defensa ante
situaciones anormales.
Pasamos a desarrollar así el sentido
restringido de la expresión: Existen dos posiciones en
la doctrina para definir los Estados de Excepción: Una
primera, que totaliza en estos términos todas las
situaciones en las cuales se modifican algunos mecanismos del
Estado de Derecho; y la segunda, que restringe la
definición a lo que se conoce como la suspensión
de derechos o suspensión de garantías, que no es
sino la desprotección de derechos ante una emergencia
que afecta el orden político o social.
La primera posición es exclusiva del Derecho
Constitucional y nos permite entender la dinámica de los Estados de
Excepción. La segunda posición es común
del Derecho Constitucional y del Derecho Internacional de los
Derechos Humanos, en la cual la protección y respeto a
la persona
adquiere mayor rigor. Esto nos lleva a la conclusión que
los estados de excepción se pueden clasificar en
aquellos que comportan la suspensión o
desprotección de derechos fundamentales y aquellos que
no.
En el derecho
comparado los estados de excepción presentan
elementos comunes. La distinción entre un régimen
de excepción y otro radica fundamentalmente en la
modalidad en que se dan estos elementos.
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