1-
2- LAS
OBLIGACIONES DEL ESTADO Y LAS OBLIGACIONES DE LOS
CIUDADANOS
3- REQUISITOS PARA
EL DESARROLLO
5- CONCLUSIÓN
6- BIBLIOGRAFIA
Hoy parece evidente que las funciones-poderes
del Estado
están llamadas a una colaboración y a un control
recíproco que garantice de forma más adecuada el
criterio esencial de evitar la concentración de poder en un
sólo órgano por medio de la división de
poderes.
Y junto a ello, parece también evidente que la
mayor complejidad de la Sociedad actual
obliga a postular una ampliación de los órganos del
Estado y de
los mecanismos que actualizan la división de
poderes.
Desde hace siglos el hombre
habla de la función
jurisdiccional como contralora de los actos de relación
jurídico-social de gobernantes y ciudadanos. Es la
función que hace del poder judicial el
garante del Estado de
Derecho, y decir Estado de Derecho
no es mencionar una expresión tras la cual los gobernantes
finjan someterse a la norma y los ciudadanos, pedir derechos sin contrapeso de
deberes.
Existe una tendencia a incluir junto a la
división "horizontal" de los poderes una división
"vertical" de la descentralización territorial del poder del
Estado. Ahora no se trata ya de mantener el equilibrio
constitucional a través de la articulación de los
órganos del Estado, sino de asegurar la vigencia concreta
de la Constitución a través de
determinados mecanismos jurídicos.
Función de Control de la
Constitucionalidad, esta perspectiva sistemática
constituye un substrato dogmático y orgánico que
puede permitir una concepción y un funcionamiento
más nítidos de la función de la defensa de
la Constitución. No cabe una distinción
"jurídica" de las funciones de jurisdicción,
legislación y ejecución, ya que esto incorpora
también una descripción de las funciones sociales que
aquellos desempeñan en el contenido
histórico.
El contenido jurídico-constitucional de la
articulación de las funciones en la figura
histórica que se describe no es otro que la
aplicación de aquel conocimiento a
la realidad social.
Se ha señalado ya con frecuencia y énfasis
el riesgo
contemporáneo de disolución de la
orientación jurídica general del Estado en un
conglomerado pluralista, al que se atribuye con buenas razones
rasgos neocorporativistas; la división de poderes
podría servir de indicador de ese riesgo, en la
medida en que es en sí misma resultado de una resuelta
orientación jurídico-fundamental.
Y podría hacerlo también respecto de la
concentración de poder en el interior de toda una serie de
esferas o instituciones,
tanto públicas como privadas, en las que ha quedado
excluida una plena vigencia de la Constitución, con la
consiguiente redacción de la capacidad de esta de
impregnar con su contenido jurídico-fundamental todos los
ámbitos de la Sociedad y del
Estado.
A medida que se acentúa la unidad de la soberanía, la división de poderes
tiende a entenderse como una separación estricta entre los
órganos superiores del Estado en base a una
distinción de las funciones según un criterio
material.
Para que el Estado
pueda cumplir correctamente con todas sus funciones, hay que
resolver los aspectos constitucionales deficientes que provocaron
un sistema
político que se puede caracterizar como rígidamente
representativo y fuertemente centralizado. De allí, que
nuestra democracia no
tenga elementos participativos sino meramente representativos. Es
decir, debemos pasar de una democracia
representativa a una democracia participativa, donde la Sociedad Civil
tenga cabida como actor social.
2- LAS OBLIGACIONES
DEL ESTADO Y LAS OBLIGACIONES
DE LOS CIUDADANOS
El individuo no sólo tiene necesidades primarias
de alimento y habitación, sino que también debe
educarse, distraerse, completar su vida con la apreciación
y goce de la cultura.
La Constitución, por medio de los principios que
consagra, obliga al Estado a la conformación del orden
social. Esa función, a la cual está obligado
el Estado
Social y Democrático de Derecho, se realiza a
través de dos formas, principalmente. Por una parte,
conformando el orden social y, por la otra, mediante la
participación del Estado mismo, o de alguno de sus entes
de derecho
público o privado, en el orden social y
económico.
Pero, frente a estos deberes del Estado, también
existen deberes de los particulares, relativos a la asistencia,
educación
y bienestar, en general, del pueblo.
Estas obligaciones de los particulares, derivadas de la
solidaridad
social, se expresan en el compromiso de cooperar con la comunidad y con
el Estado.
El compromiso que impone la solidaridad
social no se queda en una instancia moral sino que
el Estado, por medio de las leyes, puede (y
también debe) exigir la participación en la
resolución de los problemas que
derivan de la necesidad de la transformación del orden
social.
Las obligaciones de los hombres en razón de la
solidaridad social (señala la Constitución) son
proporcionales a sus respectivas capacidades.
3- REQUISITOS PARA
EL DESARROLLO
Existen tres requisitos para el desarrollo
óptimo de las funciones estatales:
- Desarrollo del Estado, es decir de un verdadero
Estado de Derecho, en el cual exista una Seguridad
Jurídica acorde con las exigencias de la
Sociedad. - Promoción de la participación
ciudadana, un Estado de libre expresión, donde se de la
posibilidad de desarrollo
de las personas y de los grupos
sociales. - Clarificación de las reglas de juego en el
Campo Económico, para que las economías puedan
desarrollarse y saber hacia donde conducirse.
El desafío principal de reformar al Estado
es abrirlo a la sociedad, perfeccionar la descentralización y la
redistribución de poder y transformar lo estatal en un
asunto efectivamente público. Esto es, valorizar a la
sociedad como su fuente originaria de legitimidad. Ello implica
un cambio
profundo en la cultura
organizacional del Estado, mediante el desarrollo de una
actitud
compartida de servicio
público en el funcionariado. Se debe pasar de un Estado
estructurado con base en el principio autoritario y
jerárquico a un sistema
pluralista y flexible de toma de
decisiones, que articule distintos mecanismos de
conformación de la voluntad colectiva, sin poner en riesgo
las bases del orden democrático.
Implica también que dicho Estado garantice un
mayor control social sobre su gestión, mejore los medios e
instrumentos que hoy existen de representación política y social y
establezca otras vías de participación
complementarias a las de representación política, que
fortalezcan la democracia, descentralizen su poder con las
respectivas transferencias de responsabilidades y recursos a las
comunidades estatales y locales y, finalmente, mejoren sus
estructuras
políticas.
El nuevo Estado debe desarrollar una estrategia de
acción concurrente y propulsar responsabilidades
solidarias tendentes a la protección y al desarrollo de la
seguridad
ciudadana, la salud, la educación, el
deporte, la
cultura,
el trabajo, y
en fin, el bienestar social.
Se requiere de un Estado redimensionado en su
ámbito, fuerte en su rol estratégico y armonizador,
capaz de actuar descentralizada y coherentemente, en forma
coordinada y eficiente en todo el territorio nacional.
La reforma está dirigida a lograr que el Estado
asuma otras responsabilidades, además de la diferente
ponderación que otorgará a sus funciones
tradicionales. A dotarlo de una clara transparencia en todos los
asuntos públicos para combatir el flagelo de la corrupción
y rescatar la confianza y credibilidad de la comunidad
nacional e internacional en el más pequeño de sus
actos. En este sentido, se trata de proponer una nueva ética, en
la cual la práctica institucional de quienes proponen y
ejecutan políticas
públicas esté claramente signada por una actitud de
servicio y no
por la búsqueda de beneficios personales.
Es necesario transformar al Estado para establecer una
nueva forma de relación entre él y los individuos,
a fin de que puedan desarrollar mejor sus propias iniciativas;
lograr una mayor participación de la Sociedad Civil
que permita definir y recrear el Proyecto de
País.
Se debe transformar al Estado para que sea capaz de
garantizar a los ciudadanos la seguridad de la vida y el acceso a
la justicia, para
que sea eficaz y se acerque más a la gente en la
provisión de medios para la
educación,
la salud, y los
servicios
sociales; para que administre con eficacia y
honestidad la
riqueza de todos y para que él mismo sea instrumento del
cambio que
queremos llevar a cabo.
La transformación del Estado exige un esfuerzo
máximo en la lucha contra las formas de corrupción
, así como para simplificar y hacer eficaces los procesos
administrativos del sector
público y de hacer de la Administración de Justicia
objeto sustantivo de la reforma.
Si se logra esa transformación las instituciones
serán otra vez capaces de fortalecer su legitimidad y de
ganar el reconocimiento de la Sociedad, porque tomarán en
cuenta las necesidades de la gente. Además todas
estás transformaciones permitirán que el Estado
cumpla cabalmente con las funciones trazadas dentro de sus
objetivos
Constitucionales.
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Autor:
Oswaldo Ramírez
Colina