- Resumen
- La cuestión sobre el
origen del Estado colombiano: ¿nacimiento o
fundación? - Teoría Fundacionista del
Estado colombiano - Nuestro
concepto sobre el origen del Estado
colombiano - Periodos
históricos del Estado colombiano - Bibliografía
Casi 200 años después de
nuestra emancipación de España,
sigue intacta la discusión en la doctrina jurídica
constitucional y en la historiografía política nacional,
sobre el origen del Estado
colombiano. La doctrina predominante es la del origen
"fundacional" que toma como punto de partida el Acta de Independencia
de 1810 y las primeras constituciones políticas
provinciales que se expidieron a partir de esa fecha. Pero las
concepciones "organicistas" que toman como punto de partida a las
primeras organizaciones
estatales precolombinas o al Estado-colonia de Nueva Granada,
ganan cada vez mas un mayor número de
adeptos.
RESUMEN
No existe consenso al interior de las ciencias
sociales colombianas sobre el origen de nuestra organización estatal. Hay quienes
consideran que éste se encuentra en el Acta de
Independencia del 20 de Julio de 1810; otros creen que en las
primeras constituciones políticas que expidieron las
distintas provincias que conformaban el Virreinato del Nuevo
Reino de Granada; otros afirman que fue la Constitución de 1821 que creó la
primera forma de Estado republicano totalmente independiente de
España; otros sostienen que fue la Constitución de
1832 que organizó nuestra actual república una vez
se desintegra la Gran Colombia;
mientras unos cuantos son partidarios de que el origen se
encuentra en el periodo precolombino, los menos, y en el periodo
colonial español,
los mas.
Esta heterogeneidad de criterios sobre el origen del
Estado colombiano, se debe en parte a la tradicional tendencia
epistemológica de la comunidad
científica del derecho
constitucional, la politología y la
historiografía nacional, de asimilar el concepto de
Estado al de "poder
público", uno de sus elementos, y, por otra parte, a la
influencia que tuvieron las teorías organicista del
derecho público alemán, e institucionalista
del derecho
público francés, en las ciencias
jurídicas contemporáneas de los países
de América
Latina y, especialmente, en el derecho público
colombiano.
En este ensayo
presentamos las diversas concepciones teóricas
-aparentemente antagónicas pero finalmente
complementarias- sobre el origen del Estado colombiano, las
cuales hemos agrupado en dos grandes corrientes: a) la de la
Teoría Fundacionista, y b) la de la
Teoría Organicista. Igualmente presentamos una
novedosa periodización de la formación
histórica del Estado colombiano.
1. LA CUESTIÓN SOBRE EL ORIGEN DEL ESTADO
COLOMBIANO:
¿NACIMIENTO O FUNDACIÓN?
Aunque parezca un asunto trivial y marginal dilucidar el
origen jurídico del Estado colombiano, puede no serlo
desde la perspectiva histórica y politológica. Es
evidente que para estas dos disciplinas, existen cuestiones
aún no resueltas por la todavía escasa bibliografía nacional sobre
la materia. Por
ejemplo: ¿fue el Estado
colombiano "nacido" como ser
orgánico dotado de "esqueleto legal" y
"de carne y sangre
sociogeográfico", tal como lo concibe la
teoría organicista de KJELLEN, o, por lo contrario,
fue "fundado" como institución
política a través de una "regla de
derecho" constitucional, tal como lo concibe la
teoría institucionalista francesa de HAUREAU y
DUGUIT? ¿Se pueden considerar a los Estados
monárquicos precolombinos y al Estado-colonia del Nuevo
Reino de Granada como formas embrionarias de organización
del actual Estado colombiano?
Las respuestas a estas preguntas han sido diversas y a
veces contradictorias, muchas de ellas elaboradas desde orillas
epistemológicas opuestas que han dado origen, en nuestro
concepto, a dos posiciones teóricas o doctrinarias
claramente distinguibles: una primera -la más tradicional
y especialmente arraigada en el Derecho Constitucional
Colombiano, aunque no totalmente homogénea- que concibe el
origen de nuestro Estado como una "fundación" o
creación jurídica (Teoría fundacionista
del Estado colombiano). Para esta teoría,
el Estado colombiano fue "fundado" o "creado" por las
élites criollas neogranadinas a través de las
constituciones políticas que se expidieron con
posterioridad al grito de independencia del 20 de julio de 1810;
y la otra que lo concibe como un "organismo vivo" que "nace" en
el periodo precolombino como consecuencia del tránsito de
una sociedad igualitaria tribal a una sociedad
jerárquica señorial (Teoría
organicistas del Estado colombiano).
Como es apenas evidente, el primer enfoque es propio de
la Escuela Institucional-legalista (o
ius-institucionalista), que ha dominado el estudio del
derecho público en Colombia desde el siglo XIX; y el
segundo se fundamenta en las teorías
geopolíticas organicistas de origen igualmente
decimonónico, pero que tienen una gran acogida y desarrollo
especialmente a mediados del siglo XX.
No obstante, tanto el enfoque geopolítico
"organicista" como el enfoque "institucional-legalista", pueden
ser útiles a la hora de construir un discurso
interpretativo sobre el origen de nuestro Estado y nuestro
Sistema
Político.
Es evidente que el Estado colombiano ha sido el
resultado de un largo proceso
histórico de evolución orgánica de sus distintos
elementos o componentes constitutivos, proceso éste que se
inicia con la ocupación, apropiación y uso del
territorio por parte de los primeros pueblos precolombinos,
continúa con la ocupación, conquista y
colonización hispánica, que se prolonga durante
tres siglos, y prosigue con el proceso emancipador de 1810 y la
conformación de las primeras formas republicanas, hasta
nuestros días. Cada uno de esos periodos históricos
fue fundamental en la formación y constitución del
actual Estado colombiano y su estudio resulta indispensable para
entender nuestro sistema
político.
2.
TEORÍA FUNDACIONISTA DEL ESTADO
COLOMBIANO.
Denominamos como "Teoría fundacionista del
Estado colombiano" al conjunto de interpretaciones
jurídicas, históricas y politológicas
elaboradas por la doctrina constitucional colombiana sobre el
origen y la evolución de nuestra organización
estatal, fundamentadas a su vez en la "Teoría de las
Instituciones
y Fundaciones" del jurista y politólogo francés
MAURICE HAURIOU y luego desarrollada, desde una perspectiva
sociojurídica, por el también iuspolitólogo
LEON DUGUIT.
La teoría iuspolitológica
institucionalista, concibe al Estado como un conjunto de
estructuras e
instituciones jurídico-políticas que se pueden
explicar y entender a través del estudio y análisis del derecho público. En
consecuencia, el Estado tiene su origen en una "fundación"
o pacto social formalizado e institucionalizado a través
de la expedición de "reglas jurídicas" de carácter constitucional. Este enfoque
institucional-legalista sobre el origen del Estado, se ha
mantenido en la tradición académica occidental,
especialmente en los países latinos, como el nuestro,
notándose su marcada influencia en los numerosos tratados que
enriquecen la bibliografía jurídica y
política de la contemporaneidad.
En Colombia el enfoque institucional-legalista
sigue prevaleciendo en el estudio del Estado y del Derecho
Público en general, con algunas notables excepciones. Se
observa en los distintos tratados de Derecho Constitucional una
generalizada tendencia de situar la fundación o
creación del Estado colombiano a partir de las distintas
Constituciones Políticas que se expidieron con
posterioridad a la revolución
independentista de 1810 e, incluso, a partir de ese momento
histórico. Al respecto, podemos señalar las
siguientes interpretaciones:
a) El Acta de Independencia del 20 de Julio de
1810 como norma fundacional del Estado colombiano. El
connotado tratadista de Derecho Constitucional colombiano JACOBO
PEREZ ESCOBAR considera que el origen del actual Estado
colombiano, y del constitucionalismo colombiano, se encuentra en
el Acta de Independencia del 20 de Julio de 1810
"porque en virtud de ella se creó el Estado
de lo que hoy es nuestro país, aunque después las
provincias separadamente o unidas expidieran Constituciones
diversas".
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