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La justicia a través de la filosofía (página 2)




Enviado por ababas



Partes: 1, 2, 3

Aristóteles afirma que es una especie de justicia
universal que se aplica a la distribución de honores, o cualquier otro
bien externo compartido por los miembros de la comunidad,
así como los tratos que los individuos establecen en sus
relaciones.

Dice Aristóteles[3] que en
relación a la justicia y la injusticia hay que considerar
en qué acciones
consisten, qué clase de
posición intermedia es la justicia, y entre cuales
extremos es lo justo   el termino medio.

La justicia y la injusticia se entienden a lo que
parece, en muchos sentidos, aunque por ser muy cercana una
significación de la otra, la ambigüedad nos escapa, y
no están manifiesta como cuando se aplica a cosas muy
distantes entre sí, que difieren grandemente una de la
otra por su aspecto, como por ejemplo, cuando se llama con la
misma palabra kleis (llave) la clavícula de un
animal y el instrumento con que cerramos la puerta. Tomemos pues
como punto de partida el terminar en cuántos sentidos se
dice de uno que es injusto.

Son, pues, tenidos por injustos el transgresor de la
ley, el
codicioso y el   inicuo o desigual; de donde es claro
que el justo será el observante de la ley y de la
igualdad. Lo justo, pues, es lo legal y lo igual; lo injusto lo
ilegal y lo desigual.

Al transgresor de la ley lo hemos visto como injusto y
al observante como justo, es claro que todas las cosas legales
son de algún modo justas. Los actos definidos como
legislación son legales, y de cada uno de ellos decimos
que es justo. Ahora bien, las leyes se promulgan en todas las
materias mirando ya el interés de
todos en común, ya el interés de los mejores o de
los principales, sea por el linaje, sea por algún otro
titulo semejante.

Llamamos justo a lo que produce y protege la felicidad y
sus elementos en la comunidad política. Por la ley
prescribe justamente hacer los actos del valiente, tales como no
abandonar las filas, ni huir, ni arrojar las armas y los del
parentesco, como no cometer adulterio ni
incurrir en excesos; y los del varón manso, como herir ni
hablar mal de nadie y lo mismo en las otras virtudes y
fechorías, ordenando unas cosas, prohibiendo otras,
rectamente la ley rectamente establecida, menos bien la
improvisada a la ligera.

La justicia nos parece a menudo ser la mejor de las
virtudes; y ni la estrella de la tarde ni el lucero del alba son tan
maravillosos; así entendida no es una parte de la virtud,
sino toda la virtud, como la injusticia contraria no es una parte
del vicio, sino el vicio todo. En qué difieran esta
justicia y las virtudes patente por lo que hemos dicho. La virtud
y la justicia son lo mismo en su existir, pero en su esencia
lógica
no son lo mismo, sino que, en cuanto es para otro, es justicia, y
en cuanto es tal hábito en absoluto, es virtud.

Al lado de la injusticia total hay otra injusticia
particular y que recibe el mismo nombre, porque su
definición está contenida en el mismo genero. Ambas
reciben su significación de la relación de un
hombre con
otro; pero la una se refiere al honor y alas riquezas o a la
salud o a todas
las cosas de este orden si pudiéramos comprenderlas con un
nombre, y su motivo es el placer proveniente del lucro, mientras
que la otra se refiere a todo aquello con que tiene que ver
el hombre
virtuoso.

Hemos distinguido dos sentidos de lo injusto, a saber,
lo ilegal y lo desigual y dos de lo justo, a saber, lo legal y lo
igual.

La injusticia de que se ha hablado en primer lugar es la
que se refiere a la ilegalidad. Pero puesto que lo desigual y lo
ilegal no son lo mismo, sino diferentes, como la parte respecto
del todo, lo injusto y la injusticia como desigualdad no son lo
mismo, sino diferentes de lo injusto y la injusticia como
ilegalidad, una como parte, otra como el todo, porque la
injusticia en sentido particular es una parte de la injusticia
total, y de la misma manera la injusticia en un sentido de la
justicia en el otro. El injusto es desigual y lo injusto es lo
desigual, claro está que hay un término medio de lo
desigual, que es lo igual. Porque en toda acción
en que hay lo más y lo menos hay también lo
desigual, lo justo será lo igual. Si, pues, lo injusto es
lo desigual, lo justo será lo igual; lo cual sin otra
razón lo estiman así todos. Y puesto que lo igual
es un medio, lo justo será también una especie de
medio.

Lo justo, es pues, lo proporcional; lo injusto lo que
esta fuera de la proporción, lo cual puede ser en
más y en menos. Esto es lo que acontece en la
práctica: el que comete injusticia es el que recibe
más; es el que sufre, menos de lo que estaría
bien.

En el mal es la inversa: el mal menor esta en concepto del bien
comparando con el mal mayor. El mal menor es preferible al mayor;
ahora bien, lo preferible es un bien.

La otra forma que resta es lo justo correctivo, que se
da en las transacciones privadas, tanto en las voluntarias como
en las involuntarias. Lo justo tiene aquí otra forma
distinta de lo justo anterior. Lo justo distributivo, en efecto,
se refiere a las cosas comunes, y es siempre conforme a la
proporción antes dicha.

Paréceles a algunos que la reciprocidad o el
talión es simplemente lo justo. Los pitagóricos
así lo afirmaron al definir lo justo simplemente el sufrir
uno lo mismo que hizo a otro. Pero el talión no
está en consonancia ni con la justicia distributiva ni con
la correctiva, por mas que pretenda decirse que esta es la
justicia de Radamanto: "si uno padece lo que hizo ésta
será la recta justicia".

Habrá, pues, reciprocidad cuando se hayan
igualado las prestaciones,
de manera que la relación entre el agricultor y el
zapatero sea la misma que entre el producto del
zapatero y el del agricultor. Sin embargo no es en el momento del
cambio cuando
hay que proceder a un esquema de proporción pues de ese
modo uno de los extremos tendría ambos excesos, si no
cuando ambas partes están aún en posesión de
lo suyo.

Cuáles son las injusticias que hay que cometer
para ser ya injusto en cada especie de injusticia, ya se trate
del ladrón, del adultero o del bandido ¿ o es que
no habrá ninguna diferencia?

Lo justo, en efecto, existe sólo entre hombres
cuyas relaciones mutuas están gobernadas por la ley; y la
ley existe para hombres entre quienes hay injusticias, puesto que
la sentencia judicial es el discernimiento de lo justo y lo
injusto. Y entre quienes puede haber justicia, pueden
también cometerse actos injustos.

De lo justo político una parte es natural, otra
legal. Natural es lo que en todas partes tiene la misma fuerza y no
depende de nuestra aprobación o desaprobación.
Legal es lo que en un principio es indiferente que sea de este
modo o del otro, pero una vez constituidas las leyes deja de ser
indiferente.

Hay diferencias entre la acción justa y lo
injusto, así entre la acción justa y lo justo. Lo
justo lo es por naturaleza o
disposición de la ley; siendo la acción justa y las
injustas las que acabamos de decir se cometen injusticias o se
obra justamente cuando alguno ejecuta tales actos
voluntariamente. Cuando procede involuntariamente, ni comete
injusticias ni obra justamente sino por accidente, porque
aconteció ser justo o injusto lo que hacia.

Hay tres especies de daños en las relaciones
sociales. Los causados por ignorancia son errores cuando se obra
sin darse cuenta ni de la persona afectada,
ni del acto, ni del instrumento, ni del fin, como cuando no se
pensó arrojar un proyectil a una persona, o con tal fin,
sino que el resultado fue de otro modo de cómo
pensó o la persona herida o el proyectil distintos de los
que se supuso. Las cuestiones de justicia no existen sino entre
quienes participan de los bienes
absolutos, y que pueden recibir de ellos una parte excesiva o
defectuosa. Porque hay algunos para quienes nunca pueden haber
excesos en el disfrute de ellos, como son por ventura los
dioses.

Por su parte NIncola Abbagnano[4] en su
diccionario de
Filosofía nos señala que por justicia en general se
entiende el orden de las relaciones
humanas o la conducta del que
se adapta a este orden. Se pueden distinguir dos principales
significados:

  1. El significado según el cual la Justicia es la
    conformidad de la conducta a una norma y;
  2. Aquel por el cual la justicia constituye la eficiencia de
    una norma o de un sistema de
    normas entendiéndose por eficiencia de una norma una
    determinada medida en su capacidad de hacer posibles las
    relaciones entre los hombres. En el primer sentido, se adopta
    este concepto para juzgar el comportamiento
    humano o la persona humana y esta última por su
    comportamiento. En el segundo significado se lo
    adopta para juzgar las normas que regulan el comportamiento
    mismo. La problemática histórica de los dos
    conceptos aún cuando unida y confuso a menudo es
    totalmente diferente.

El mismo autor menciona que Hobbes
afirma que la justicia consiste simplemente en el mantenimiento de los pactos y que, por lo tanto,
donde no hay un estado con
poder
coercitivo que asegure la observancia de los pactos no hay
justicia ni injusticia.

Por otra parte Kant
formuló la identificación de la justicia con la
libertad
señalando que "una sociedad en
la cual la libertad bajo leyes externas se enlace en el
más alto grado posible con un poder irresistible, o sea
una constitución civil perfectamente justa es
la tarea suprema de la naturaleza en relación con la
especie humana".[5]

El mismo autor señala que en nuestros
días Kelsen opuso a la justicia como ideal y racional la
paz como medida empírica de la eficiencia de las
leyes.

Por su parte Rawls identifica la justicia con la
actuación de los principios de
justicia relativos a la estructura
fundamental de una sociedad bien ordenada que escogerían
y actuarían de acuerdo con personas racionales libres e
iguales o sea individuos que se encuentren en una
situación de autonomía. 

En este sentido Rawls reformuló los dos
principios de la justicia señalando que toda persona
tiene igual titulo a un sistema plenamente adecuado de derechos iguales y
libertades fundamentales; la asignación de ese sistema a
una persona es compatible con su asignación a todos lo
cual, debe garantizar el valor justo
de iguales libertades políticas y en relación al segundo
principio señalo que las desigualdades sociales y
económicas deben satisfacer la coedición de estar
asociadas a posiciones y cargos abiertos a todos en condiciones
de justa igualdad en materia de
oportunidades y por otra parte proporcionar el máximo
beneficio a los miembros menos favorecidos de la
sociedad.

OPINIÓN PERSONAL

El tema de la justicia a sido central en la historia del pensamiento
humano en mi opinión los conceptos y definición de
la idea de justicia tienen relación con el devenir
histórico así por ejemplo si pensamos cual pudo
haber sido la idea de justicia en el hombre primitivo
tendríamos que asociarlo con una idea de lo que pudiera
ser conveniente, útil o peligroso para ese grupo donde
era difícil detenerse a pensar si una acción
determinada era justa o injusta, el pensamiento primitivo
debió haber estado más relacionado con las ideas de
satisfacción, peligro, en la búsqueda de ciertos
satisfactores y en huir de peligros que conllevaban la muerte y la
destrucción del mismo hombre y de su especie.

Posteriormente la idea de justicia al implementarse la
religión
como un pensamiento sistemático y ordenado en
relación a la divinidad tendría que tener
relación con los deseos de esa divinidad, quien finalmente
estaría protegiendo al hombre en sus necesidades primarias
y en su cultura,
así la idea de justicia se asociaría con la idea de
lo útil y lo conveniente para el orden social y
religioso.

Por otra parte si pensamos por ejemplo en la estructura
social de los egipcios pensaríamos en un orden
jerárquico que es el que determina cuales son las acciones
justas y cuales injustas como de nueva cuenta una u otra idea se
van a relacionar con aquello que es socialmente conveniente y que
permite el desarrollo
económico en este caso de los egipcios, quienes
tendrían que defender no solo a sus dioses tutelares sino
también a los diferentes grupos
jerarquizados por lo tanto hablaríamos de diferentes ideas
de justicia según el grupo determinado al que cada
individuo
perteneciera, así quiero pensar que en las diferentes
líneas de las relaciones humanas existen diferentes
tratamientos según jerarquía social, grupo
religiosos, sexo, raza,
jerarquía militar, actividad económica, en esta
forma si nos ponemos a reflexionar existirían
históricamente hablando varias ideas de los que es la
justicia, al igual existirían diferentes conceptos de
derecho, ética,
religión, ideas que nos llevan a revisar en un contexto
antropológico y jurídico la justicia desde el punto
de vista desde los diferentes contextos culturales e
históricos de los pueblos.

Señalábamos en párrafos anteriores
algunas ideas sobre como pudo haber sido el concepto de justicia
en la antigüedad y despues hemos visto en el curso de este
ensayo que la
idea se organiza en torno al precepto
de dar a cada quien lo que le corresponde de acuerdo a su merito
o demerito, sin embargo el precepto es tan amplio que nos permite
diferentes lecturas de acuerdo nuevamente a la ideología de cada época así
por ejemplo esta definición que se le atribuye a Ulpiniano
y que fue adoptada por los juriscultos romanos como la voluntad
constante y perpetua de dar a cada uno lo suyo no siempre a sido
aplicada en un justo equilibrio basta recordar las diferencias en
la aplicación de los justo cuando las luchas de
religión en la edad media por
ejemplo donde se consideraba justo y conveniente eliminar, acosar
y destruir a los que tenían ideas religiosas diferentes
así se establecen marginaciones para los julios y
árabes en Europa o al
revés para los judíos
y cristianos en los países controlados por el Islam en este
mismo sentido existía y quizás existe una diferente
justicia para los pobres y otra para los ricos, donde las
diferencias se han dado históricamente no solo en
relación a los ingresos
económicos sino también a ciertos signos
externos como los raciales o culturales, todo esto nos lleva a la
idea que si bien es cierto de que se busca el ideal de justicia
esta idea es central pero solo se aplica dentro de un grupo muy
homogéneo, es decir la justicia en el sentido de dar a
cada quien lo que le corresponde tendría mayor peso
normativo a medida de que hubiera más integración en un grupo determinado y
cuando me refiero a un grupo determinado no debemos de perder de
vista la idea de que los grupos están integrados por
subgrupos en forma tal que a pesar de que actualmente se busca
una homogenización de la justicia, las normas y el derecho
se han dado casos de discriminación muy notorias por ejemplo
hacia las mujeres, los menores, las razas diferentes, los
proletarios y demás grupos que se van formando en el curso
de la integración social.

La Justicia es un ideal de distribución y de
equilibrio de difícil realización en donde los
investigadores modernos deben estudiarla desde el contexto de
incorporar a más y mayores cantidades y calidades de
hombres en un equilibrio armónico que tienda a la
búsqueda de la felicidad individual y
social.     

Por

Abraham Bastida Aguilar

 

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