- Título
preliminar - Libro
primero: Derechos y libertades - Libro
segundo: sistema nacional de atención integral al
niño y al adolescente - Libro
tercero: instituciones familiares - Libro
cuarto: administración de justicia especializada en el
niño y el adolescente - Disposiciones
complementarias
Artículo I.-
Definición.-
Se considera niño a todo ser humano desde su
concepción hasta cumplir los doce años de edad y
adolescente desde los doce hasta cumplir los dieciocho
años de edad.
El Estado protege
al concebido para todo lo que le favorece. Si existiera duda
acerca de la edad de una persona, se le
considerará niño o adolescente mientras no se
pruebe lo contrario.
Artículo II.- Sujeto de derechos.-
El niño y el adolescente son sujetos de derechos,
libertades y de protección específica. Deben
cumplir las obligaciones
consagradas en esta norma.
Artículo III.- Igualdad de
oportunidades.-
Para la interpretación y aplicación de este
Código
se deberá considerar la igualdad de oportunidades y la no
discriminación a que tiene derecho todo
niño y adolescente sin distinción de sexo.
Artículo IV.- Capacidad.-
Además de los derechos inherentes a la persona
humana, el niño y el adolescente gozan de los derechos
específicos relacionados con su proceso de
desarrollo.
Tienen capacidad especial para la realización de los actos
civiles autorizados por este Código y demás
leyes.
La Ley establece las
circunstancias en que el ejercicio de esos actos requiere de un
régimen de asistencia y determina
responsabilidades.
En caso de infracción a la ley penal, el
niño será sujeto de medidas de protección y
el adolescente de medidas socio-educativas.
Artículo V.- Ámbito de
aplicación general.-
El presente Código se aplicará a todos los
niños y
adolescentes
del territorio peruano, sin ninguna distinción por motivo
de raza, color, sexo,
idioma, religión, opinión política, nacionalidad,
origen social, posición económica, etnia,
impedimento físico o mental, o cualquier otra
condición, sea propia o de sus padres o
responsables.
Artículo VI.- Extensión del
ámbito de aplicación.-
El presente Código reconoce que la
obligación de atención al niño y al adolescente se
extiende a la madre y a la familia del
mismo.
Artículo VII.- Fuentes.-
En la interpretación y aplicación del
presente Código se tendrá en cuenta los principios y las
disposiciones de la Constitución Política del
Perú, la Convención sobre los Derechos del
Niño y de los demás convenios internacionales
ratificados por el Perú. En todo lo relacionado con los
niños y adolescentes, las instituciones
familiares se rigen por lo dispuesto en el presente Código
y el Código
Civil en lo que les fuere aplicable.
Las normas del
Código Civil, Código Penal, Código
Procesal Civil y Código Procesal Penal se
aplicarán cuando corresponda en forma supletoria al
presente Código. Cuando se trate de niños o
adolescentes pertenecientes a grupos
étnicos o comunidades nativas o indígenas, se
observará, además de este Código y la
legislación vigente, sus costumbres, siempre y cuando no
sean contrarias a las normas de orden público.
Artículo VIII.- Obligatoriedad de la
ejecución.-
Es deber del Estado, la familia, las
instituciones públicas y privadas y las organizaciones de
base, promover la correcta aplicación de los principios,
derechos y normas establecidos en el presente Código y en
la Convención sobre los Derechos del
Niño.
Artículo IX.- Interés
superior del niño y del adolescente.-
En toda medida concerniente al niño y al
adolescente que adopte el Estado a
través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial,
del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales,
Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así
como en la acción
de la sociedad, se
considerará el Principio del Interés Superior del
Niño y del Adolescente y el respeto a sus
derechos.
Artículo X.- Proceso como problema
humano.-
El Estado garantiza un sistema de
administración de justicia
especializada para los niños y adolescentes. Los casos
sujetos a resolución judicial o administrativa en los que
estén involucrados niños o adolescentes
serán tratados como
problemas
humanos.
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