Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Derechos de los Niños y Adolescentes



Partes: 1, 2, 3

    Partes: 1,
    2,

    1. Título
      preliminar
    2. Libro
      primero: Derechos y libertades
    3. Libro
      segundo: sistema nacional de atención integral al
      niño y al adolescente
    4. Libro
      tercero: instituciones familiares
    5. Libro
      cuarto: administración de justicia especializada en el
      niño y el adolescente
    6. Disposiciones
      complementarias

    TÍTULO
    PRELIMINAR

    Artículo I.-
    Definición.-

    Se considera niño a todo ser humano desde su
    concepción hasta cumplir los doce años de edad y
    adolescente desde los doce hasta cumplir los dieciocho
    años de edad.

    El Estado protege
    al concebido para todo lo que le favorece. Si existiera duda
    acerca de la edad de una persona, se le
    considerará niño o adolescente mientras no se
    pruebe lo contrario.

    Artículo II.- Sujeto de derechos.-

    El niño y el adolescente son sujetos de derechos,
    libertades y de protección específica. Deben
    cumplir las obligaciones
    consagradas en esta norma.

    Artículo III.- Igualdad de
    oportunidades.-

    Para la interpretación y aplicación de este
    Código
    se deberá considerar la igualdad de oportunidades y la no
    discriminación a que tiene derecho todo
    niño y adolescente sin distinción de sexo.

    Artículo IV.- Capacidad.-

    Además de los derechos inherentes a la persona
    humana, el niño y el adolescente gozan de los derechos
    específicos relacionados con su proceso de
    desarrollo.
    Tienen capacidad especial para la realización de los actos
    civiles autorizados por este Código y demás
    leyes.

    La Ley establece las
    circunstancias en que el ejercicio de esos actos requiere de un
    régimen de asistencia y determina
    responsabilidades.

    En caso de infracción a la ley penal, el
    niño será sujeto de medidas de protección y
    el adolescente de medidas socio-educativas.

    Artículo V.- Ámbito de
    aplicación general.-

    El presente Código se aplicará a todos los
    niños y
    adolescentes
    del territorio peruano, sin ninguna distinción por motivo
    de raza, color, sexo,
    idioma, religión, opinión política, nacionalidad,
    origen social, posición económica, etnia,
    impedimento físico o mental, o cualquier otra
    condición, sea propia o de sus padres o
    responsables.

    Artículo VI.- Extensión del
    ámbito de aplicación.-

    El presente Código reconoce que la
    obligación de atención al niño y al adolescente se
    extiende a la madre y a la familia del
    mismo.

    Artículo VII.- Fuentes.-

    En la interpretación y aplicación del
    presente Código se tendrá en cuenta los principios y las
    disposiciones de la Constitución Política del
    Perú, la Convención sobre los Derechos del
    Niño y de los demás convenios internacionales
    ratificados por el Perú. En todo lo relacionado con los
    niños y adolescentes, las instituciones
    familiares se rigen por lo dispuesto en el presente Código
    y el Código
    Civil en lo que les fuere aplicable.

    Las normas del
    Código Civil, Código Penal, Código
    Procesal Civil y Código Procesal Penal se
    aplicarán cuando corresponda en forma supletoria al
    presente Código. Cuando se trate de niños o
    adolescentes pertenecientes a grupos
    étnicos o comunidades nativas o indígenas, se
    observará, además de este Código y la
    legislación vigente, sus costumbres, siempre y cuando no
    sean contrarias a las normas de orden público.

    Artículo VIII.- Obligatoriedad de la
    ejecución.-

    Es deber del Estado, la familia, las
    instituciones públicas y privadas y las organizaciones de
    base, promover la correcta aplicación de los principios,
    derechos y normas establecidos en el presente Código y en
    la Convención sobre los Derechos del
    Niño.

    Artículo IX.- Interés
    superior del niño y del adolescente.-

    En toda medida concerniente al niño y al
    adolescente que adopte el Estado a
    través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial,
    del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales,
    Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así
    como en la acción
    de la sociedad, se
    considerará el Principio del Interés Superior del
    Niño y del Adolescente y el respeto a sus
    derechos.

    Artículo X.- Proceso como problema
    humano.-

    El Estado garantiza un sistema de
    administración de justicia
    especializada para los niños y adolescentes. Los casos
    sujetos a resolución judicial o administrativa en los que
    estén involucrados niños o adolescentes
    serán tratados como
    problemas
    humanos.

     

    Partes: 1,
    2, 3

    Partes: 1, 2, 3

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter