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Teoría general del Estado y el Derecho. Los partidos políticos



Partes: 1, 2

    1. Origen.
    2. Concepto
    3. Naturaleza
      jurídica
    4. Estatutos del
      FSLN
    5. Bibliografía

    Origen.

    En la Doctrina, se afirma que los partidos
    políticos surgieron en algunos países como Gran
    Bretaña, Estados Unidos de
    Norteamérica y Francia, en la
    segunda mitad del siglo XVIII como resultado de los procesos
    revolucionarios liberales, que establecieron el marco
    político representativo, llegándose a constituir
    como verdaderos partidos políticos en el siglo
    XIX.

    A partir del desarrollo del
    parlamentarismo y la democratización del Estado Liberal,
    al extenderse el derecho del sufragio, se
    consolida este nuevo fenómeno, por lo que prescindiendo de
    los posibles antecedentes remotos, se considera que los partidos
    políticos son fruto del sistema liberal
    representativo.

    Históricamente se determina que los primeros
    partidos políticos surgen en torno a la
    legitimación del sistema establecido y el
    desarrollo de los derechos políticos,
    lo que obligó a estructurar las facciones de notables, que
    son los grupos
    parlamentarios y los comités electorales, en los que
    podemos encontrar el origen de los partidos políticos de
    cuadros de tipo liberal .

    En el siglo XIX en Europa, se da una
    fuerte lucha entre el parlamento y el ejecutivo, producto de
    esto, comienza a surgir una creciente preeminencia del
    legislativo, lo que permite el perfeccionamiento de los
    instrumentos parlamentarios y entre ellos se da la
    regulación de las fracciones partidistas combinado con el
    sufragio censitario. Con la progresiva instauración del
    sufragio universal, los anteriores partidos de cuadro
    caracterizados por una débil articulación, una base
    social limitada e impulsados por asociaciones específicas,
    se ven obligados a transformarse naciendo los partidos de
    socialistas y los católicos.

    En resumen, los partidos políticos son el fruto
    del sistema liberal representativo.

    Concepto

    La denominación de Partido Político deriva
    del latín pars que significa parte o fracción; y
    del griego polis que significa ciudad-estado, es decir que en
    base a sus raíces, partido político significa una
    fracción de la ciudad, una parte del Estado. No obstante,
    tal significado etimológico ha ido evolucionando hasta
    adquirir su significado actual.

    Notas cardinales que inspiran a un partido
    político:

    • Constituye un conjunto, un grupo
      coherente, una organización de ciudadanos; porque
      sólo los que con el título propio pueden actuar
      en la política del país, tienen derecho
      a pertenecer a la entidad.
    • No se trata de organismos de tipo especulativo o
      doctrinal; podrá y deberá tener una doctrina o
      programa ,
      más lo importante no consiste en descubrir verdades, ni
      articular teorías , el partido político nace
      por la acción pública , para la conquista
      del poder y para
      luego desempeñar las funciones de
      gobierno.
      Recoge un sector canaliza un núcleo de opiniones, de
      donde resulta la necesidad de que haya más de un
      partido

    Concretando, un partido político es un conjunto
    armónico y orgánico, que sabe hacia dónde
    marcha y lo que quiere, y para ello, dispone de un programa que
    contiene las asignaciones de la clase que
    representa. Por lo tanto, es la clase social el verdadero
    fundamento sociológico del partido. Son grupos
    sociales que tienen por finalidad alcanzar el poder
    político, Edmun Burke como un núcleo de hombres
    unidos para promover, mediante un esfuerzo conjunto, el interés
    nacional, sobre algún principio particular sobre el cual
    todos están de acuerdo.

    Maurice Duverger dice que son aquellas organizaciones
    que tienen como objeto directo, la conquista del poder o la
    participación en su ejercicio, tratando de obtener
    escaños en las elecciones, de poseer diputados y ministros
    y de apoderarse del gobierno.

    Los partidos políticos constituyen una
    institución esencial de los regímenes liberales,
    nacieron y se desarrollaron a la par de las elecciones y de la
    representación.

    Naturaleza jurídica

    Son muchas las aportaciones de los distintos autores en
    relación a determinar si los partidos políticos son
    de carácter público, privado o mixto.
    Antonio Torres es de la opinión de que los partidos
    políticos son asociaciones y por tanto, están
    fundamentadas en el principio de voluntariedad, el cual alcanza
    tanto a su creación como a su permanencia y
    afiliación.

    Otros autores, plantean su naturaleza
    jurídica a partir de su constitucionalización y de
    la atribución que se les asigna de funciones
    públicas. En base a tales concepciones, sostienen que los
    partidos políticos se han transformado en órganos
    del Estado, sin embargo, otros con énfasis en la
    voluntariedad, conciben que los partidos políticos siguen
    siendo asociaciones privadas.

    Criterios utilizados para determinar la naturaleza
    jurídica de los partidos políticos.

    • son órganos del Estado
    • son asociaciones de derecho privado.
    • Asociaciones privadas de interés
      público.
    • Entes auxiliares del Estado
    • Entes públicos no estatales.

    La ley electoral del
    24 de enero de 2000 de la República de Nicaragua establece
    que los partidos políticos son personas jurídicas
    de derecho
    público, constituidas por ciudadanos
    nicaragüenses.

    Trayectoria
    cronológica

    GRANADA

    LEÓN

    Monárquico

    Republicanos

    Moderados

    Fiebres

    Mechudos

    Desnudos

    Timbucos

    Calandracas

    Legitimistas

    Democráticos

    Conservadores

    Liberales

    Partidos políticos en el
    poder

    PARTIDO
    POLÍTICO

    PERÍODO

    Conservadores

    1858-1893

    Liberales

    1893-1910

    Conservadores

    1910-1927

    Liberales

    1928-1979

    Sandinistas

    1979-1990

    UNO

    1990-1996

    liberales

    1996-1001-2006

    Fundación de los
    partidos.

    PARTIDO
    POLÍTICO

    FUNDACIÓN

    Partido trabajador nicaragüense
    (PTN)

    1931

    Partido socialista nicaragüense
    (PSN)

    1944

    Partido liberal independiente (PLI)

    1944

    Frente sandinista de liberación nacional
    (FSLN)

    1961

    Partido social cristiano (PSN)

    1957

    Partido obrero socialista de Nicaragua (POSN),
    hoy partido comunista de Nicaragua (PC de N)

    1967

    Movimiento liberal constitucionalista (MLC), hoy
    Partido liberal constitucionalista (PLC)

    1968

    Movimiento de acción popular marxista
    leninista (MAP-ML)

    1972

    Partido unionista centroamericano
    (PUCA)

    1974

    Partido popular social cristiano
    (PPSC)

    1976

    Partido social demócrata (PSD)

    1979

    Partido conservador demócrata
    (PCD)

    1979

    Partido revolucionario de los trabajadores
    (PRT)

    1984

    Partido nacional conservador (PNC)

    1984

    Partido alianza popular conservadora
    (PAPC)

    1984

    Partido neoliberal

    1985

    Partido de acción nacional
    (PAN)

    1987

    Movimiento de unidad revolucionaria
    (MUR)

    1988

    Partido liberal independiente de unidad nacional
    ( PLIUN)

    1988

    Movimiento de renovación sandinista
    (MRS)

    1995

    Proyecto nacional (PRONAL)

    1995

    Los elementos indispensables de los partidos
    políticos son la Doctrina y el Poder político, los
    cuales constituyen los polos en torno a cuyo eje gira toda la
    vida del partido. También se señala la necesidad de
    que haya un programa político y un jefe de partido. La
    carencia de un programa político, pone en riesgo la
    existencia de la
    organización; el jefe es la
    personalidad vigorosa capaz de evitar
    indisciplinas.

    El partido político necesita de un Programa, de
    una Organización y de combatividad. El programa abarca el
    índice de cuestiones esenciales para el país que
    han de abordarse y las soluciones que
    se estimen mejores, pero puede reducirse hasta un cuestionario
    urgente de medidas, con vista a unas elecciones próximas o
    ampliarse hasta enraizar con una ideología filosófica , con una
    concepción especial del mundo y de la vida. Requiere de
    juntas, comités, una secretaría bien montada,
    cotizaciones. No existe partido político si no hay
    ímpetu de lucha política, pues de ello depende la
    conquista de la opinión y el acceso al poder.

    ESTATUTOS DEL
    FSLN

    Titulo I
    Disposiciones Generales

    Titulo II
    De los miembros del FSLN – Sus deberes y derechos

    Titulo III
    De la estructura general del FSLN

    Título IV
    Patrimonio y recursos económicos del
    FSLN

    Titulo V
    El partido y la sociedad

    Título VI
    El partido y el estado

    Título VII
    Las Bancadas Sandinistas en la Asamblea Nacional y en el
    Parlamento Centroamericano

    Título VIII
    Las Bancadas Sandinistas en los Gobiernos Autónomos y en
    los Concejos Municipales

    Título IX
    De la Juventud Sandinista 19 de Julio

    Título X
    De los combatientes y colaboradores históricos
    Disposiciones Transitorias aprobadas por el II Congreso "Blanca
    Aráuz" (22 y 23 de mayo de 1998)

    ESTATUTOS
    DEL FSLN
    : Título I
    Disposiciones Generales

    Capítulo I DE SU NATURALEZA

    Arto. 1 El Frente
    Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) es un Partido
    Revolucionario, socialista, solidario democrático y
    antiimperialista de composición plural, que defiende los
    intereses populares y recoge las tradiciones de lucha
    histórica del pueblo nicaragüense por la soberanía nacional, la paz y la independencia
    patria: el objetivo del
    FSLN es alcanzar la felicidad de todos los nicaragüenses,
    edificando una sociedad con
    democracia
    política y económica, justicia
    social y un verdadero estado de
    derecho.

    Son símbolos del FSLN la bandera rojiinegra en
    franjas horizontales iguales, con las siglas FSLN al centro, en
    letras blancas, y el himno de la unidad sandinista. Su consigna
    es Patria Libre o Morir.

    El Partido es de duración indefinida y su sede
    principal es la ciudad de Managua, sin perjuicio de sus secciones
    territoriales.

    Arto. 2 El Frente
    Sandinista se inspira en los próceres de la Patria, de la
    independencia, de la soberanía nacional, de los
    héroes y mártires de la revolución
    sandinista y de los caídos en la defensa y el
    fortalecimiento constitucional de Nicaragua; tales como
    Diriangén y Nindirí, José Dolores Estrada,
    Andrés Castro, Benjamín Zeledón, Augusto C.
    Sandino, Santos López Pérez, Carlos Fonseca, Camilo
    Ortega, Bernardino Díaz, Gaspar García Laviana,
    Luis Alfonso Velásquez, Luisa Amanda Espinoza, Angelita
    Morales, Claudia Chamorro, Martha Angélica Quezada y
    Carlos Núñez Téllez entre otros y se
    compromete a transmitir su herencia
    intelectual, moral y
    espiritual a las nuevas generaciones.

    Arto.3 El Frente
    Sandinista promoverá las tradiciones y el desarrollo de
    los valores
    culturales cuyos exponentes como Rubén
    Darío, Leonel Rugama, Fernando Gordillo, Ricardo
    Morales, José Coronel Urtecho y Carlos Martínez
    Rivas, entre otros, son motivo de orgullo nacional.

    Arto. 4 El Frente
    Sandinista lucha por una sociedad sin discriminaciones por
    razones de clase, raza o género,
    opciones sexuales, culturales o creencias religiosas, en donde
    todos los seres humanos sean dignificados con iguales deberes y
    derechos y puedan satisfacer sus necesidades personales y
    familiares. Una sociedad el la cual todos puedan desarrollarse
    integralmente en lo material y en lo espiritual.

    Arto. 5 El FSLN,
    propugna por un socialismo que
    responda a las condiciones históricas vigentes, su esencia
    consiste en procurar para todos los nicaragüenses una vida
    digna, con oportunidad de empleo, acceso
    a la salud, la educación,
    vivienda, a la cultura, el
    deporte y, en
    términos globales, a una justa distribución de las riquezas medianta el
    aprovechamiento de nuestros recursos
    naturales.

    Arto. 6 El FSLN es
    antiimperialista, en tanto se siguen expresando nuevas formas de
    intervención y dominio sobre los
    pueblos, expresadas en la imposición de un determinado
    modelo
    económico desde los centros de poder político y
    organismos financieros internacionales.

    Para el FSLN el antiimperialismo significa, defender los
    intereses nacionales frente a las políticas
    económicas impuestas desde el exterior y optar por un
    desarrollo propio que priorice los intereses de la nación.

    Arto. 7 El FSLN es
    un partido que se organiza para alcanzar el gobierno, la
    mayoría parlamentaria y el poder municipal, con el
    objetivo de continuar realizando las transformaciones nacionales
    para alcanzar el desarrollo con equidad y la
    superación moral y material de la sociedad. Para lograrlo,
    el FSLN impulsa la lucha electoral, la lucha
    político-ideológica y la movilización
    popular en todas sus expresiones.

    Arto. 8 El FSLN se
    organiza desde el seno de la sociedad civil,
    para crear, respaldar, fortalecer y ampliar los espacios
    alcanzados por ciudadanos integrados en organizaciones sociales,
    gremiales, sectoriales y locales.

     Capítulo II DE SUS PRINCIPIOS

    Arto. 9 Los
    Principios básicos del partido son: la mística
    revolucionaria, la crítica
    y la autocrítica, la fraternidad entre sus militantes, la
    honestidad, la
    solidaridad, la
    tolerancia, la
    libertad de
    opiniones, el respeto a las
    creencias religiosas individuales, la no discriminación, la formación
    ideológica de sus militantes, la democracia interna y la
    unidad.

    Arto.10 La vida
    interna del FSLN se basa en los siguientes principios:

    PRINCIPIO DE DEMOCRACIA INTERNA, expresada en:

    • Elecciones democráticas en todos los
      organismos de dirección del partido, desde la base
      hasta los organismos superiores.
    • Un proceso
      democrático en la toma de
      decisiones donde se conjugue la libertad de conciencia y
      de amplia expresión, la participación y
      discusión previa con el cumplimiento y respeto de las
      decisiones tomadas.
    • Este proceso es tolerante con otras opiniones, no
      presupone sanción, coacción ni discriminación de la minoría con
      diferente criterio; promueve la búsqueda de consenso
      político y el respeto a la línea partidaria
      decidida por la mayoría.
    • El ejercicio de la dirección colectiva y
      responsabilidad individual y la
      obligación de los militantes en los organismos, de
      responder por su gestión ante los órganos y
      organismos electores y ante sus organismos
      superiores.

    PRINCIPIO DE UNIDAD DEL FSLN; basada en la
    adhesión de todos los militantes a sus principios y
    programas, a
    los grandes objetivos
    establecidos por los órganos nacionales para cada etapa, x
    en el respeto de las decisiones adoptadas por los organismos en
    el marco de sus competencias.

    PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÒN NACIONAL, el FSLN es
    un sólo partido para toda la Nación,
    con sus expresiones autónomas en la costa caribe. Los
    organismos territoriales actúan en consonancia con las
    decisiones nacionales, enriqueciéndolas con la de sus
    propios organismos departamentales en base a sus
    competencias.

    LA EQUIDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES y la promoción de los relevos generacionales. EL
    PRINCIPIO DE HONRAR y respetar a nuestros héroes y
    mártires, a las madres, viudas, hijos y familiares de los
    caídos y la defensa del inmortal ejemplo de quienes
    lucharon por la liberación de Nicaragua.

    ESTATUTOS
    DEL FSLN
    : Titulo II De los
    miembros del FSLN – Sus deberes y derechos

    Capítulo I LOS MILITANTES Y
    AFILIADOS

    Arto. 11 Son
    miembros del FSLN todos los ciudadanos nicaragüenses – sin
    distingo de credo religioso, condición económica o
    étnica – capaces de trabajar por el Partido sin
    interés o beneficio personal, que
    acepten sus Principios, Programa y Estatutos, y estén
    vinculados a un organismo de acuerdo a la
    Reglamentación.

    Arto. 12 Los
    miembros del FSLN se integran en dos categorías, de
    conformidad con el grado de vinculación al trabajo y
    desarrollo del partido.

    – Militantes: los que voluntariamente optan por esta
    categoría, pertenecen a un organismo del partido, asumen
    un compromiso pleno, consciente y disciplinado con todo el
    quehacer partidario y enteran regularmente la cuota
    establecida.

    – Afiliados: los que voluntariamente optan por esta
    categoría, se inscriben en un organismo de base, apoyan la
    causas del FSLN, sus Principios y Programa, impulsan su
    línea entre el pueblo sin asumir compromiso
    orgánico, y contribuyen voluntariamente al sostenimiento
    del partido.

    Cada miembro será evaluado periódicamente
    por su unidad de base, la que determinará, de acuerdo al
    reglamento respectivo, si ratifica o no su calidad de
    afiliado o militante.

     Capítulo II REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE
    INGRESO

    Arto. 13 La
    admisión como miembro del FSLN se hace únicamente
    de forma individual por la unidad de base, de entre los que hayan
    presentado formalmente por escrito su solicitud de ingreso.

    La unidad de base informará del nuevo ingreso ante los
    organismos inmediatos superiores. En caso de negativa, el
    solicitante podrá recurrir ante el organismo inmediato
    superior, el que revisará el procedimiento y
    emitirá su resolución según el reglamento
    establecido.

    Arto. 14 Para ser
    admitido como miembro del FSLN es necesario:

    • Haber cumplido 16 años de edad.

    – Mantener una conducta
    ciudadana ejemplar.

    – No haber participado activamente en las
    organizaciones represivas del somocismo ni haber cometido
    crímenes contra el pueblo.

    – No pertenecer a ningún otro Partido
    político.

    En los casos en que, por un mal procedimiento, se haya
    otorgado membresía contraviniendo lo dispuesto en este
    artículo, cualquier miembro podrá solicitar el
    retiro inmediato del militante o afiliado en cuestión y su
    solicitud será resuelto por el organismo competente, de
    acuerdo al reglamento correspondiente.  

    Capítulo III DERECHOS Y DEBERES DE LOS
    MIEMBROS DEL FSLN

    Arto.15 Los
    militantes y afiliados gozan de los mismos derechos partidarios,
    excepto el de ser elegidos para cargos de dirección
    partidaria. Los militantes tienen deberes específicos que
    se derivan de su decisión voluntaria. Los afiliados
    podrán votar en consultas sometidas a su
    consideración.

    Arto.16 Los miembros
    del FSLN tienen los siguientes derechos:

    – Recibir información, capacitación política y
    formación gradual en la disciplina
    partidaria, a fin de facilitar su desarrollo eficiente en la
    lucha por los postulados políticos del FSLN, y el
    cumplimiento exitoso de las tareas que la organización les
    encomiende.
    – Expresar libremente sus ideas e iniciativas en el seno del
    Partido. Hacer proposiciones y defender sus opiniones hasta tanto
    no se haya tomado acuerdo al respecto.
    – Participar en las reuniones partidarias en las wue se discuta
    su actuación o conducta política y ejercer su
    derecho a la defensa. Conocer el contenido de su expediente
    partidario.
    – Apelar individualmente si está en desacuerdo con
    sanción que se le aplique a él o a su organismo, y
    recibir respuesta concreta, oportuna y objetiva, según lo
    establecido en estos Estatutos y el Reglamento.
    – Criticar en privado, o en las reuniones de los organismos
    partidarios, cualquier miembro del partido, sea cual fuere el
    cargo que ocupe. La crítica deberá ser objetiva,
    oportuna, fraternal y constructiva.
    – Participar en las sesiones de evaluación
    donde su asamblea de base o cualquier otro organismo del partido,
    evalúe su trabajo como militante.
    – Recibir protección externa por parte del propio Partido
    frente a los ataques injustos, e interna mediante la
    actuación objetiva, imparcial y equitativa de los
    órganos competentes
    – Desactivar su participación en el FSLN.
    – Ser estimulados y reconocidos por su labor en beneficio de la
    nación, de la comunidad o del
    Partido, conforme a los reglamentos respectivos.
    – Conocer el informe anual que
    acerca del patrimonio y
    las finanzas deben
    presentar los organismos correspondientes a sus respectivos
    niveles.
    – Recibir en tiempo y forma
    de documentación que los acredita como
    miembros del partido.
    – Ejercer el control
    político de sus elegidos y responsables, basados en una
    información veraz, en la libre expresión, el
    respeto a las personas y la sujeción a la
    reglamentación establecida.
    – Proponer políticas, programas de acción y
    reformas a los documentos del
    partido.
    – Proponer candidatos a las instancias de dirección del
    partido. Proponer precandidatos a los puestos de elección
    popular que postule el partido a todos los niveles.
    – Los militantes residentes en el exterior podrán
    constituir unidades de base y gozar de todos los derechos. De
    acuerdo al número de militantes, podrán elegir
    delegados al Congreso conforme lo establezcan los reglamentos
    respectivos.

    Arto.17 Los miembros
    del FSLN tienen los siguientes deberes básicos:

    – Trabajar por el impulso de la plataforma
    programática del FSLN en el sector donde actúen;
    observar y cumplir las disposiciones de los Estatutos, las
    resoluciones adoptadas en su Congreso, y los acuerdos
    legítimamente emanados de sus órganos de
    dirección.
    – Actuar resueltamente por aglutinar a nuestro pueblo alrededor
    de los principios de la Revolución que impulsa y promueve
    el FSLN, respetando las opiniones divergentes y las discrepancias
    con los planteamientos propios.
    – Fomentar entre el pueblo el espíritu de lucha por la paz
    y la solidaridad con la causa de otros pueblos contra todas las
    formas de opresión y explotación, en el marco de
    las políticas del Partido. Oponerse a las manifestaciones
    de chauvinismo y falso nacionalismo.
    – Observar y promover el respeto por los Héroes y
    Mártires de la Revolución Sandinista, que regaron
    con su sangre la tierra
    patria en el combate contra la dictadura y en
    la defensa de la Revolución; respetar los símbolos
    de la Patria y del FSLN y honrar la memoria de
    todos los Héroes que lucharon por la independencia, la
    soberanía y la dignidad de
    Nicaragua.
    – Acatar disciplinadamente las decisiones de su organismo de base
    y de los organismos superiores del partido, aún y cuando
    éstas no se correspondan con la opinión
    personal.
    – Solidarizarse material y moralmente con los demás
    miembros de la organización y mantener el respeto a sus
    opiniones, a sus posiciones y a sus personas.
    – Combatir cualquier manifestación de fraccionalismo,
    divisionismo u oportunismo, luchando permanentemente por
    fortalecer la unidad del FSLN, y propiciando a la vez el debata
    político en los distintos niveles de las estructuras
    partidarias.
    – Ser sinceros y honrados con el Partido y no ocultar ni
    tergivesar la verdad. Ser veraces sobre el propio trabajo y
    el trabajo de
    otros.
    – Mantener informada a la organización, a través de
    los cauces orgánicos establecidos, sobre todo lo
    relacionado a las tareas del Partido.
    – Declarar sus bienes ante la
    Comisión de Asuntos Jurídicos y Éticos
    cuando hayan sido designados parar ejercer en cargos
    administrativos a lo interno del Partido.
    – Identificarse con el pueblo como verdaderos sandinistas,
    demostrando espíritu de servicio a la
    comunidad.
    – Respetar a las madres de Héroes y Mártires y al
    los lisiados de guerra i
    solidarizarse con ellos. Combatir y denunciar la corrupción
    y el mal uso de los recursos del
    Estado e el Partido.
    – Desarrollar un labor permanente de proselitismo político
    para la captación de nuevos miembros al FSLN.

    Arto.18 Son deberes
    adicionales y específicos de los Militantes:

    – Estar integrados a un organismo partidario y
    participar activamente dentro del mismo; hacer uso de la
    crítica y la autocrítica en el organismo; combatir
    toda manifestación de tolerancia ante las fallas, errores
    o desviaciones, así como la tendencia a exagerar los
    mismos o a engrandecer los éxitos, y cualquier intento de
    amordazar o deformar la crítica revolucionaria; combatir
    el burocratismo, el sectarismo y el culto a la personalidad.
    – Elevar constantemente sus niveles políticos, culturales
    y técnicos, y aportar sus conocimientos a cuantos
    órganos e instituciones
    del Partido se lo demanden.
    – Trabajar en la solución de los problemas del
    pueblo, participando activamente al menos una de las
    organizaciones de masas y sociales de su sector.
    – Aceptar las responsabilidades de representación
    política para los que hayan sido electos o ejecutivamente
    designados, según los casos, salvo circunstancias o causas
    justificadas.
    – Ser responsables en el cumplimiento de sus obligaciones
    familiares y la correcta formación de los hijos; educarlos
    en los ideales del Sandinismo.
    – Estudiar y difundir las tradiciones de lucha de nuestro pueblo,
    las gestas heroicas de nuestro General de Hombres Libres, Augusto
    C. Sandino y del fundador del FSLN, Carlos Fonseca; estudiar y
    difundir la experiencia histórica y de lucha del FSLN.
    – Guardar la compartimentación sobre asuntos internos
    relacionados del Partido, cuando así se les demande.
    – Promover y defender la imagen del
    partido y sus dirigentes ante la sociedad.
    – Entregar regularmente la cotización establecida, de
    acuerdo al Reglamento.

    Capítulo IV LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y LA
    DESACTIVACION

    Arto. 19 Los
    miembros del FSLN que falten al Programa, a los Estatutos y a las
    resoluciones del Partido; que cometan actos graves de
    indisciplina, o que de cualquier otra forma violen las
    obligaciones que a todos los miembros imponen los presentes
    Estatutos, serán sancionados previos trámites
    reglamentarios y mediante decisión de los órganos
    competentes.

    Arto.20 Los
    militantes y afiliados pueden separarse voluntariamente del FSLN.
    Para ello bastará con explicar la razón y pedir su
    desactivación al organismo de base en que están
    inscritos o militan. Este registrará dicha decisión
    e informará inmediatamente al organismo inmediato
    superior. Todo miembro que sea separado del Partido por cualquier
    circunstancia, debe entregar todos los documentos y pertenencias
    del FSLN al organismo competente.

    Arto.21 En el caso
    de que quienes se separaron del Partido – o cuya condición
    de miembro fue desactivada según el Art.12 – deseen
    reingresar al FSLN, lo harán conforme al Reglamento
    pertinente.

    Además, la decisión deberá ser
    ratificada por el organismo directivo superior, después de
    ser aprobada por la Asamblea de Base correspondiente.

    Capítulo V DE LA REVOCACIÓN Y
    SUSTITUCIÓN

    Arto. 22 Los electos
    a cargo de dirección partidaria a todos los niveles
    podrán en cualquier momento ser revocados y sustituidos de
    conformidad al Reglamento que al efecto se dicte.

    También podrán ser sancionados por los
    órganos superiores ejecutivos, cuando cometan actos de
    indisciplina, o falten a sus deberes y responsabilidades para las
    que fueron electos. Entre la sanciones se incluye la
    separación de su cargo.

    Arto.23 Son causales
    de revocación o separación del cargo, las
    siguientes:

    – Pérdida de las condiciones exigidas a su cargo,
    de acuerdo a los reglamentos correspondientes.
    – Falta definitiva ante el órgano correspondiente, dictada
    por decisión político del órgano al cual
    pertenece o por el organismo superior ejecutivo.
    – Será considerada falta definitiva, en general para todos
    los electos, la ausencia continua y sin justificación a
    las reuniones del órgano respectivo; y el incumplimiento
    reiterado de las tareas y responsabilidades que se derivan de las
    funciones del cargo para el cual fue electo. En el caso de los
    responsables o coordinadores de los organismos, se considera
    falta definitiva el no convocar en los tiempos establecidos a las
    sesiones que le corresponda. Los procedimientos para la
    revocación, serán establecidos en Reglamento
    respectivo.
    – Incumplimiento de los deberes establecidos en los Estatutos,
    reglamentos y normativas que rigen el funcionamiento de los
    respectivos órganos de Dirección.
    – Pérdida de la representatividad con la cual fue elegido
    al órgano de dirección.
    – En todos los casos, los afectados podrán apelar a la
    Dirección Nacional, cuya resolución será
    definitiva.

    Partes: 1, 2

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