En la Doctrina, se afirma que los partidos
políticos surgieron en algunos países como Gran
Bretaña, Estados Unidos de
Norteamérica y Francia, en la
segunda mitad del siglo XVIII como resultado de los procesos
revolucionarios liberales, que establecieron el marco
político representativo, llegándose a constituir
como verdaderos partidos políticos en el siglo
XIX.
A partir del desarrollo del
parlamentarismo y la democratización del Estado Liberal,
al extenderse el derecho del sufragio, se
consolida este nuevo fenómeno, por lo que prescindiendo de
los posibles antecedentes remotos, se considera que los partidos
políticos son fruto del sistema liberal
representativo.
Históricamente se determina que los primeros
partidos políticos surgen en torno a la
legitimación del sistema establecido y el
desarrollo de los derechos políticos,
lo que obligó a estructurar las facciones de notables, que
son los grupos
parlamentarios y los comités electorales, en los que
podemos encontrar el origen de los partidos políticos de
cuadros de tipo liberal .
En el siglo XIX en Europa, se da una
fuerte lucha entre el parlamento y el ejecutivo, producto de
esto, comienza a surgir una creciente preeminencia del
legislativo, lo que permite el perfeccionamiento de los
instrumentos parlamentarios y entre ellos se da la
regulación de las fracciones partidistas combinado con el
sufragio censitario. Con la progresiva instauración del
sufragio universal, los anteriores partidos de cuadro
caracterizados por una débil articulación, una base
social limitada e impulsados por asociaciones específicas,
se ven obligados a transformarse naciendo los partidos de
socialistas y los católicos.
En resumen, los partidos políticos son el fruto
del sistema liberal representativo.
La denominación de Partido Político deriva
del latín pars que significa parte o fracción; y
del griego polis que significa ciudad-estado, es decir que en
base a sus raíces, partido político significa una
fracción de la ciudad, una parte del Estado. No obstante,
tal significado etimológico ha ido evolucionando hasta
adquirir su significado actual.
Notas cardinales que inspiran a un partido
político:
- Constituye un conjunto, un grupo
coherente, una organización de ciudadanos; porque
sólo los que con el título propio pueden actuar
en la política del país, tienen derecho
a pertenecer a la entidad. - No se trata de organismos de tipo especulativo o
doctrinal; podrá y deberá tener una doctrina o
programa ,
más lo importante no consiste en descubrir verdades, ni
articular teorías , el partido político nace
por la acción pública , para la conquista
del poder y para
luego desempeñar las funciones de
gobierno.
Recoge un sector canaliza un núcleo de opiniones, de
donde resulta la necesidad de que haya más de un
partido
Concretando, un partido político es un conjunto
armónico y orgánico, que sabe hacia dónde
marcha y lo que quiere, y para ello, dispone de un programa que
contiene las asignaciones de la clase que
representa. Por lo tanto, es la clase social el verdadero
fundamento sociológico del partido. Son grupos
sociales que tienen por finalidad alcanzar el poder
político, Edmun Burke como un núcleo de hombres
unidos para promover, mediante un esfuerzo conjunto, el interés
nacional, sobre algún principio particular sobre el cual
todos están de acuerdo.
Maurice Duverger dice que son aquellas organizaciones
que tienen como objeto directo, la conquista del poder o la
participación en su ejercicio, tratando de obtener
escaños en las elecciones, de poseer diputados y ministros
y de apoderarse del gobierno.
Los partidos políticos constituyen una
institución esencial de los regímenes liberales,
nacieron y se desarrollaron a la par de las elecciones y de la
representación.
Son muchas las aportaciones de los distintos autores en
relación a determinar si los partidos políticos son
de carácter público, privado o mixto.
Antonio Torres es de la opinión de que los partidos
políticos son asociaciones y por tanto, están
fundamentadas en el principio de voluntariedad, el cual alcanza
tanto a su creación como a su permanencia y
afiliación.
Otros autores, plantean su naturaleza
jurídica a partir de su constitucionalización y de
la atribución que se les asigna de funciones
públicas. En base a tales concepciones, sostienen que los
partidos políticos se han transformado en órganos
del Estado, sin embargo, otros con énfasis en la
voluntariedad, conciben que los partidos políticos siguen
siendo asociaciones privadas.
Criterios utilizados para determinar la naturaleza
jurídica de los partidos políticos.
- son órganos del Estado
- son asociaciones de derecho privado.
- Asociaciones privadas de interés
público. - Entes auxiliares del Estado
- Entes públicos no estatales.
La ley electoral del
24 de enero de 2000 de la República de Nicaragua establece
que los partidos políticos son personas jurídicas
de derecho
público, constituidas por ciudadanos
nicaragüenses.
Trayectoria
cronológica
GRANADA | LEÓN |
Monárquico | Republicanos |
Moderados | Fiebres |
Mechudos | Desnudos |
Timbucos | Calandracas |
Legitimistas | Democráticos |
Conservadores | Liberales |
Partidos políticos en el
poder
PARTIDO | PERÍODO |
Conservadores | 1858-1893 |
Liberales | 1893-1910 |
Conservadores | 1910-1927 |
Liberales | 1928-1979 |
Sandinistas | 1979-1990 |
UNO | 1990-1996 |
liberales | 1996-1001-2006 |
Fundación de los
partidos.
PARTIDO | FUNDACIÓN |
Partido trabajador nicaragüense | 1931 |
Partido socialista nicaragüense | 1944 |
Partido liberal independiente (PLI) | 1944 |
Frente sandinista de liberación nacional | 1961 |
Partido social cristiano (PSN) | 1957 |
Partido obrero socialista de Nicaragua (POSN), | 1967 |
Movimiento liberal constitucionalista (MLC), hoy | 1968 |
Movimiento de acción popular marxista | 1972 |
Partido unionista centroamericano | 1974 |
Partido popular social cristiano | 1976 |
Partido social demócrata (PSD) | 1979 |
Partido conservador demócrata | 1979 |
Partido revolucionario de los trabajadores | 1984 |
Partido nacional conservador (PNC) | 1984 |
Partido alianza popular conservadora | 1984 |
Partido neoliberal | 1985 |
Partido de acción nacional | 1987 |
Movimiento de unidad revolucionaria | 1988 |
Partido liberal independiente de unidad nacional | 1988 |
Movimiento de renovación sandinista | 1995 |
Proyecto nacional (PRONAL) | 1995 |
Los elementos indispensables de los partidos
políticos son la Doctrina y el Poder político, los
cuales constituyen los polos en torno a cuyo eje gira toda la
vida del partido. También se señala la necesidad de
que haya un programa político y un jefe de partido. La
carencia de un programa político, pone en riesgo la
existencia de la
organización; el jefe es la
personalidad vigorosa capaz de evitar
indisciplinas.
El partido político necesita de un Programa, de
una Organización y de combatividad. El programa abarca el
índice de cuestiones esenciales para el país que
han de abordarse y las soluciones que
se estimen mejores, pero puede reducirse hasta un cuestionario
urgente de medidas, con vista a unas elecciones próximas o
ampliarse hasta enraizar con una ideología filosófica , con una
concepción especial del mundo y de la vida. Requiere de
juntas, comités, una secretaría bien montada,
cotizaciones. No existe partido político si no hay
ímpetu de lucha política, pues de ello depende la
conquista de la opinión y el acceso al poder.
Titulo I
Disposiciones Generales
Titulo II
De los miembros del FSLN – Sus deberes y derechos
Titulo III
De la estructura general del FSLN
Título IV
Patrimonio y recursos económicos del
FSLN
Titulo V
El partido y la sociedad
Título VI
El partido y el estado
Título VII
Las Bancadas Sandinistas en la Asamblea Nacional y en el
Parlamento Centroamericano
Título VIII
Las Bancadas Sandinistas en los Gobiernos Autónomos y en
los Concejos Municipales
Título IX
De la Juventud Sandinista 19 de Julio
ESTATUTOS
DEL FSLN: Título I
Disposiciones Generales
Capítulo I DE SU NATURALEZA
Arto. 1 El Frente
Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) es un Partido
Revolucionario, socialista, solidario democrático y
antiimperialista de composición plural, que defiende los
intereses populares y recoge las tradiciones de lucha
histórica del pueblo nicaragüense por la soberanía nacional, la paz y la independencia
patria: el objetivo del
FSLN es alcanzar la felicidad de todos los nicaragüenses,
edificando una sociedad con
democracia
política y económica, justicia
social y un verdadero estado de
derecho.
Son símbolos del FSLN la bandera rojiinegra en
franjas horizontales iguales, con las siglas FSLN al centro, en
letras blancas, y el himno de la unidad sandinista. Su consigna
es Patria Libre o Morir.
El Partido es de duración indefinida y su sede
principal es la ciudad de Managua, sin perjuicio de sus secciones
territoriales.
Arto. 2 El Frente
Sandinista se inspira en los próceres de la Patria, de la
independencia, de la soberanía nacional, de los
héroes y mártires de la revolución
sandinista y de los caídos en la defensa y el
fortalecimiento constitucional de Nicaragua; tales como
Diriangén y Nindirí, José Dolores Estrada,
Andrés Castro, Benjamín Zeledón, Augusto C.
Sandino, Santos López Pérez, Carlos Fonseca, Camilo
Ortega, Bernardino Díaz, Gaspar García Laviana,
Luis Alfonso Velásquez, Luisa Amanda Espinoza, Angelita
Morales, Claudia Chamorro, Martha Angélica Quezada y
Carlos Núñez Téllez entre otros y se
compromete a transmitir su herencia
intelectual, moral y
espiritual a las nuevas generaciones.
Arto.3 El Frente
Sandinista promoverá las tradiciones y el desarrollo de
los valores
culturales cuyos exponentes como Rubén
Darío, Leonel Rugama, Fernando Gordillo, Ricardo
Morales, José Coronel Urtecho y Carlos Martínez
Rivas, entre otros, son motivo de orgullo nacional.
Arto. 4 El Frente
Sandinista lucha por una sociedad sin discriminaciones por
razones de clase, raza o género,
opciones sexuales, culturales o creencias religiosas, en donde
todos los seres humanos sean dignificados con iguales deberes y
derechos y puedan satisfacer sus necesidades personales y
familiares. Una sociedad el la cual todos puedan desarrollarse
integralmente en lo material y en lo espiritual.
Arto. 5 El FSLN,
propugna por un socialismo que
responda a las condiciones históricas vigentes, su esencia
consiste en procurar para todos los nicaragüenses una vida
digna, con oportunidad de empleo, acceso
a la salud, la educación,
vivienda, a la cultura, el
deporte y, en
términos globales, a una justa distribución de las riquezas medianta el
aprovechamiento de nuestros recursos
naturales.
Arto. 6 El FSLN es
antiimperialista, en tanto se siguen expresando nuevas formas de
intervención y dominio sobre los
pueblos, expresadas en la imposición de un determinado
modelo
económico desde los centros de poder político y
organismos financieros internacionales.
Para el FSLN el antiimperialismo significa, defender los
intereses nacionales frente a las políticas
económicas impuestas desde el exterior y optar por un
desarrollo propio que priorice los intereses de la nación.
Arto. 7 El FSLN es
un partido que se organiza para alcanzar el gobierno, la
mayoría parlamentaria y el poder municipal, con el
objetivo de continuar realizando las transformaciones nacionales
para alcanzar el desarrollo con equidad y la
superación moral y material de la sociedad. Para lograrlo,
el FSLN impulsa la lucha electoral, la lucha
político-ideológica y la movilización
popular en todas sus expresiones.
Arto. 8 El FSLN se
organiza desde el seno de la sociedad civil,
para crear, respaldar, fortalecer y ampliar los espacios
alcanzados por ciudadanos integrados en organizaciones sociales,
gremiales, sectoriales y locales.
Capítulo II DE SUS PRINCIPIOS
Arto. 9 Los
Principios básicos del partido son: la mística
revolucionaria, la crítica
y la autocrítica, la fraternidad entre sus militantes, la
honestidad, la
solidaridad, la
tolerancia, la
libertad de
opiniones, el respeto a las
creencias religiosas individuales, la no discriminación, la formación
ideológica de sus militantes, la democracia interna y la
unidad.
Arto.10 La vida
interna del FSLN se basa en los siguientes principios:
PRINCIPIO DE DEMOCRACIA INTERNA, expresada en:
- Elecciones democráticas en todos los
organismos de dirección del partido, desde la base
hasta los organismos superiores. - Un proceso
democrático en la toma de
decisiones donde se conjugue la libertad de conciencia y
de amplia expresión, la participación y
discusión previa con el cumplimiento y respeto de las
decisiones tomadas. - Este proceso es tolerante con otras opiniones, no
presupone sanción, coacción ni discriminación de la minoría con
diferente criterio; promueve la búsqueda de consenso
político y el respeto a la línea partidaria
decidida por la mayoría. - El ejercicio de la dirección colectiva y
responsabilidad individual y la
obligación de los militantes en los organismos, de
responder por su gestión ante los órganos y
organismos electores y ante sus organismos
superiores.
PRINCIPIO DE UNIDAD DEL FSLN; basada en la
adhesión de todos los militantes a sus principios y
programas, a
los grandes objetivos
establecidos por los órganos nacionales para cada etapa, x
en el respeto de las decisiones adoptadas por los organismos en
el marco de sus competencias.
PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÒN NACIONAL, el FSLN es
un sólo partido para toda la Nación,
con sus expresiones autónomas en la costa caribe. Los
organismos territoriales actúan en consonancia con las
decisiones nacionales, enriqueciéndolas con la de sus
propios organismos departamentales en base a sus
competencias.
LA EQUIDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES y la promoción de los relevos generacionales. EL
PRINCIPIO DE HONRAR y respetar a nuestros héroes y
mártires, a las madres, viudas, hijos y familiares de los
caídos y la defensa del inmortal ejemplo de quienes
lucharon por la liberación de Nicaragua.
ESTATUTOS
DEL FSLN: Titulo II De los
miembros del FSLN – Sus deberes y derechos
Capítulo I LOS MILITANTES Y
AFILIADOS
Arto. 11 Son
miembros del FSLN todos los ciudadanos nicaragüenses – sin
distingo de credo religioso, condición económica o
étnica – capaces de trabajar por el Partido sin
interés o beneficio personal, que
acepten sus Principios, Programa y Estatutos, y estén
vinculados a un organismo de acuerdo a la
Reglamentación.
Arto. 12 Los
miembros del FSLN se integran en dos categorías, de
conformidad con el grado de vinculación al trabajo y
desarrollo del partido.
– Militantes: los que voluntariamente optan por esta
categoría, pertenecen a un organismo del partido, asumen
un compromiso pleno, consciente y disciplinado con todo el
quehacer partidario y enteran regularmente la cuota
establecida.
– Afiliados: los que voluntariamente optan por esta
categoría, se inscriben en un organismo de base, apoyan la
causas del FSLN, sus Principios y Programa, impulsan su
línea entre el pueblo sin asumir compromiso
orgánico, y contribuyen voluntariamente al sostenimiento
del partido.
Cada miembro será evaluado periódicamente
por su unidad de base, la que determinará, de acuerdo al
reglamento respectivo, si ratifica o no su calidad de
afiliado o militante.
Capítulo II REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE
INGRESO
Arto. 13 La
admisión como miembro del FSLN se hace únicamente
de forma individual por la unidad de base, de entre los que hayan
presentado formalmente por escrito su solicitud de ingreso.
La unidad de base informará del nuevo ingreso ante los
organismos inmediatos superiores. En caso de negativa, el
solicitante podrá recurrir ante el organismo inmediato
superior, el que revisará el procedimiento y
emitirá su resolución según el reglamento
establecido.
Arto. 14 Para ser
admitido como miembro del FSLN es necesario:
- Haber cumplido 16 años de edad.
– Mantener una conducta
ciudadana ejemplar.
– No haber participado activamente en las
organizaciones represivas del somocismo ni haber cometido
crímenes contra el pueblo.
– No pertenecer a ningún otro Partido
político.
En los casos en que, por un mal procedimiento, se haya
otorgado membresía contraviniendo lo dispuesto en este
artículo, cualquier miembro podrá solicitar el
retiro inmediato del militante o afiliado en cuestión y su
solicitud será resuelto por el organismo competente, de
acuerdo al reglamento correspondiente.
Capítulo III DERECHOS Y DEBERES DE LOS
MIEMBROS DEL FSLN
Arto.15 Los
militantes y afiliados gozan de los mismos derechos partidarios,
excepto el de ser elegidos para cargos de dirección
partidaria. Los militantes tienen deberes específicos que
se derivan de su decisión voluntaria. Los afiliados
podrán votar en consultas sometidas a su
consideración.
Arto.16 Los miembros
del FSLN tienen los siguientes derechos:
– Recibir información, capacitación política y
formación gradual en la disciplina
partidaria, a fin de facilitar su desarrollo eficiente en la
lucha por los postulados políticos del FSLN, y el
cumplimiento exitoso de las tareas que la organización les
encomiende.
– Expresar libremente sus ideas e iniciativas en el seno del
Partido. Hacer proposiciones y defender sus opiniones hasta tanto
no se haya tomado acuerdo al respecto.
– Participar en las reuniones partidarias en las wue se discuta
su actuación o conducta política y ejercer su
derecho a la defensa. Conocer el contenido de su expediente
partidario.
– Apelar individualmente si está en desacuerdo con
sanción que se le aplique a él o a su organismo, y
recibir respuesta concreta, oportuna y objetiva, según lo
establecido en estos Estatutos y el Reglamento.
– Criticar en privado, o en las reuniones de los organismos
partidarios, cualquier miembro del partido, sea cual fuere el
cargo que ocupe. La crítica deberá ser objetiva,
oportuna, fraternal y constructiva.
– Participar en las sesiones de evaluación
donde su asamblea de base o cualquier otro organismo del partido,
evalúe su trabajo como militante.
– Recibir protección externa por parte del propio Partido
frente a los ataques injustos, e interna mediante la
actuación objetiva, imparcial y equitativa de los
órganos competentes
– Desactivar su participación en el FSLN.
– Ser estimulados y reconocidos por su labor en beneficio de la
nación, de la comunidad o del
Partido, conforme a los reglamentos respectivos.
– Conocer el informe anual que
acerca del patrimonio y
las finanzas deben
presentar los organismos correspondientes a sus respectivos
niveles.
– Recibir en tiempo y forma
de documentación que los acredita como
miembros del partido.
– Ejercer el control
político de sus elegidos y responsables, basados en una
información veraz, en la libre expresión, el
respeto a las personas y la sujeción a la
reglamentación establecida.
– Proponer políticas, programas de acción y
reformas a los documentos del
partido.
– Proponer candidatos a las instancias de dirección del
partido. Proponer precandidatos a los puestos de elección
popular que postule el partido a todos los niveles.
– Los militantes residentes en el exterior podrán
constituir unidades de base y gozar de todos los derechos. De
acuerdo al número de militantes, podrán elegir
delegados al Congreso conforme lo establezcan los reglamentos
respectivos.
Arto.17 Los miembros
del FSLN tienen los siguientes deberes básicos:
– Trabajar por el impulso de la plataforma
programática del FSLN en el sector donde actúen;
observar y cumplir las disposiciones de los Estatutos, las
resoluciones adoptadas en su Congreso, y los acuerdos
legítimamente emanados de sus órganos de
dirección.
– Actuar resueltamente por aglutinar a nuestro pueblo alrededor
de los principios de la Revolución que impulsa y promueve
el FSLN, respetando las opiniones divergentes y las discrepancias
con los planteamientos propios.
– Fomentar entre el pueblo el espíritu de lucha por la paz
y la solidaridad con la causa de otros pueblos contra todas las
formas de opresión y explotación, en el marco de
las políticas del Partido. Oponerse a las manifestaciones
de chauvinismo y falso nacionalismo.
– Observar y promover el respeto por los Héroes y
Mártires de la Revolución Sandinista, que regaron
con su sangre la tierra
patria en el combate contra la dictadura y en
la defensa de la Revolución; respetar los símbolos
de la Patria y del FSLN y honrar la memoria de
todos los Héroes que lucharon por la independencia, la
soberanía y la dignidad de
Nicaragua.
– Acatar disciplinadamente las decisiones de su organismo de base
y de los organismos superiores del partido, aún y cuando
éstas no se correspondan con la opinión
personal.
– Solidarizarse material y moralmente con los demás
miembros de la organización y mantener el respeto a sus
opiniones, a sus posiciones y a sus personas.
– Combatir cualquier manifestación de fraccionalismo,
divisionismo u oportunismo, luchando permanentemente por
fortalecer la unidad del FSLN, y propiciando a la vez el debata
político en los distintos niveles de las estructuras
partidarias.
– Ser sinceros y honrados con el Partido y no ocultar ni
tergivesar la verdad. Ser veraces sobre el propio trabajo y
el trabajo de
otros.
– Mantener informada a la organización, a través de
los cauces orgánicos establecidos, sobre todo lo
relacionado a las tareas del Partido.
– Declarar sus bienes ante la
Comisión de Asuntos Jurídicos y Éticos
cuando hayan sido designados parar ejercer en cargos
administrativos a lo interno del Partido.
– Identificarse con el pueblo como verdaderos sandinistas,
demostrando espíritu de servicio a la
comunidad.
– Respetar a las madres de Héroes y Mártires y al
los lisiados de guerra i
solidarizarse con ellos. Combatir y denunciar la corrupción
y el mal uso de los recursos del
Estado e el Partido.
– Desarrollar un labor permanente de proselitismo político
para la captación de nuevos miembros al FSLN.
Arto.18 Son deberes
adicionales y específicos de los Militantes:
– Estar integrados a un organismo partidario y
participar activamente dentro del mismo; hacer uso de la
crítica y la autocrítica en el organismo; combatir
toda manifestación de tolerancia ante las fallas, errores
o desviaciones, así como la tendencia a exagerar los
mismos o a engrandecer los éxitos, y cualquier intento de
amordazar o deformar la crítica revolucionaria; combatir
el burocratismo, el sectarismo y el culto a la personalidad.
– Elevar constantemente sus niveles políticos, culturales
y técnicos, y aportar sus conocimientos a cuantos
órganos e instituciones
del Partido se lo demanden.
– Trabajar en la solución de los problemas del
pueblo, participando activamente al menos una de las
organizaciones de masas y sociales de su sector.
– Aceptar las responsabilidades de representación
política para los que hayan sido electos o ejecutivamente
designados, según los casos, salvo circunstancias o causas
justificadas.
– Ser responsables en el cumplimiento de sus obligaciones
familiares y la correcta formación de los hijos; educarlos
en los ideales del Sandinismo.
– Estudiar y difundir las tradiciones de lucha de nuestro pueblo,
las gestas heroicas de nuestro General de Hombres Libres, Augusto
C. Sandino y del fundador del FSLN, Carlos Fonseca; estudiar y
difundir la experiencia histórica y de lucha del FSLN.
– Guardar la compartimentación sobre asuntos internos
relacionados del Partido, cuando así se les demande.
– Promover y defender la imagen del
partido y sus dirigentes ante la sociedad.
– Entregar regularmente la cotización establecida, de
acuerdo al Reglamento.
Capítulo IV LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y LA
DESACTIVACION
Arto. 19 Los
miembros del FSLN que falten al Programa, a los Estatutos y a las
resoluciones del Partido; que cometan actos graves de
indisciplina, o que de cualquier otra forma violen las
obligaciones que a todos los miembros imponen los presentes
Estatutos, serán sancionados previos trámites
reglamentarios y mediante decisión de los órganos
competentes.
Arto.20 Los
militantes y afiliados pueden separarse voluntariamente del FSLN.
Para ello bastará con explicar la razón y pedir su
desactivación al organismo de base en que están
inscritos o militan. Este registrará dicha decisión
e informará inmediatamente al organismo inmediato
superior. Todo miembro que sea separado del Partido por cualquier
circunstancia, debe entregar todos los documentos y pertenencias
del FSLN al organismo competente.
Arto.21 En el caso
de que quienes se separaron del Partido – o cuya condición
de miembro fue desactivada según el Art.12 – deseen
reingresar al FSLN, lo harán conforme al Reglamento
pertinente.
Además, la decisión deberá ser
ratificada por el organismo directivo superior, después de
ser aprobada por la Asamblea de Base correspondiente.
Capítulo V DE LA REVOCACIÓN Y
SUSTITUCIÓN
Arto. 22 Los electos
a cargo de dirección partidaria a todos los niveles
podrán en cualquier momento ser revocados y sustituidos de
conformidad al Reglamento que al efecto se dicte.
También podrán ser sancionados por los
órganos superiores ejecutivos, cuando cometan actos de
indisciplina, o falten a sus deberes y responsabilidades para las
que fueron electos. Entre la sanciones se incluye la
separación de su cargo.
Arto.23 Son causales
de revocación o separación del cargo, las
siguientes:
– Pérdida de las condiciones exigidas a su cargo,
de acuerdo a los reglamentos correspondientes.
– Falta definitiva ante el órgano correspondiente, dictada
por decisión político del órgano al cual
pertenece o por el organismo superior ejecutivo.
– Será considerada falta definitiva, en general para todos
los electos, la ausencia continua y sin justificación a
las reuniones del órgano respectivo; y el incumplimiento
reiterado de las tareas y responsabilidades que se derivan de las
funciones del cargo para el cual fue electo. En el caso de los
responsables o coordinadores de los organismos, se considera
falta definitiva el no convocar en los tiempos establecidos a las
sesiones que le corresponda. Los procedimientos para la
revocación, serán establecidos en Reglamento
respectivo.
– Incumplimiento de los deberes establecidos en los Estatutos,
reglamentos y normativas que rigen el funcionamiento de los
respectivos órganos de Dirección.
– Pérdida de la representatividad con la cual fue elegido
al órgano de dirección.
– En todos los casos, los afectados podrán apelar a la
Dirección Nacional, cuya resolución será
definitiva.
Página siguiente |