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Traumatología forense




Enviado por alarconflores



    1. Consecuencias jurídicas
      de los traumatismos
    2. Alcances
      conceptuales
    3. Definiciones
    4. Informe médico forense en
      traumatología
    5. Concausa
    6. Partes de un dictamen
      médico legal en lesiones
    7. Lesiones
      contusas
    8. Tipos de lesiones
      contusas

    GENERALIDADES:

    Etimología: Deriva de dos raíces griegas:
    Trauma = Herida y Logos = Tratado.

    Conceptos:

    VIBERT: Dice que traumatología forense es
    la ciencia que
    estudia, la acción
    de los agentes exteriores (físicos y químicos)
    sobre la
    organización animal.

    GISBERT CALABUIG: Introduce el concepto de
    Lesiono logia, aduce que lesión es un término
    más amplio y resulta ser el elemento objetivo de
    los delitos contra
    la vida, el cuerpo y la salud.

    LESION: Es toda alteración anatómica o
    funcional, ocasionada por un agente, externo sobre el cuerpo
    humano.

    TRAUMATISMO: Es la alteración o daño,
    especialmente anatómico, que se da en el cuerpo
    humano.

    PERSONA HUMANA: Es la unidad biosicosocial y cualquier
    alteración va afectar esta tridimensión.

    CONSECUENCIAS
    JURIDICAS DE LOS TRAUMATISMOS:

    En materia
    Civil:

    – Indemnizaciones de secuelas
    traumáticas.

    – Compensación o pago de tratamientos.

    – Reintegro de lucros.

    – Daño moral,
    etc.

    En materia Penal:

    – Delitos.

    Faltas.

    En materia laboral,
    etc.

    ALCANCES CONCEPTUALES

    Al concepto médico legal de LESION, entendida
    como un "daño o alteración morbosa orgánica
    de los tejidos" debe de
    adicionarse el concepto JURIDICO, de responsabilidad penal (ya sea dolosa o
    culposa).

    Es decir que una lesión adquirirá el
    carácter de delito o falta,
    cuando en su producción exista responsabilidad
    legal.

    Dicho de otra forma, la responsabilidad legal,
    constituye el elemento de derecho esencial, que debe de aparecer
    unido a toda lesión, para que esta constituya una conducta
    sancionable.

    En nuestra legislación se utiliza diversas
    denominaciones, para referirse a lesiones, que es menester
    analizarlos en forma individual:

    A) DAÑO: Capitant: Precisa que daño
    es el perjuicio material o moral sufrido por una persona.

    B) CUERPO: Dicese de lo que tiene
    extensión limitada e impresiona los sentidos, es
    la parte de un determinado ser vivo.

    C) SALUD: Según la OMS: "Es el estado de
    completo bienestar físico, mental y social y no solamente
    la ausencia de enfermedad o dolencia".

    D) DEBILITACION PERMANENTE DE LA
    SALUD:

    – Es una disminución sustantiva en el equilibrio de
    la salud.

    – Es un hecho morboso, de menor intensidad que la
    enfermedad.

    – Es un estado de
    debilidad del organismo, siendo suficiente que persista durante
    largo tiempo. Dentro
    del terreno doctrinario la debilitación permanente, no
    debe considerarse por el resto de la vida, dado que muchos casos
    constituyen un juicio de valor
    imposible o difícil de asegurar.

    E) SENTIDO: Del latín, sentiré,
    sentir. Es la aptitud de percibir por medio de determinados
    órganos corporales, las impresiones de los objetos
    externos. Se reconocen genéricamente cinco sentidos,
    quedando abierta la percepción
    que tenemos muchos mas sentidos que aún no lo
    desarrollamos y que se dan bajo condiciones
    especiales.

    ACHAVAL: Destaca el concepto de unidad
    anatomo-funcional. Ejemplo: la visión, la
    audición; son los dos ojos y los dos oídos
    respectivamente.

    F) ORGANO: Es el conjunto de elementos
    tisulares que concurren simultáneamente o sucesivamente al
    ejercicio de una función
    biológica determinada que no puede ser reemplazada-parcial
    o totalmente por el organismo.

    G) MIEMBRO: Es todo apéndice articulado al
    tronco mediante una cintura (escapular o pelviana), con ello se
    excluye la cabeza y el pene. Concluyéndose entonces que
    los miembros son cuatro.

    H) PALABRA:

    – Es el sonido o conjunto
    de sonidos que expresan una idea.

    – Es la facultad de hablar.

    Lenguaje.

    – Sonido articulado que representa una idea.

    En sentido medico y jurídico, la PALABRA,
    adquiere una amplitud mayor que la mera articulación
    silábica organizada conforme a un código
    (lenguaje, idioma, dialecto). Ya que se aprende tanto el lenguaje
    hablado y comprendido, como la lecto-escritura,
    incluyendo aquellas capacidades que el individuo
    posee y ha perdido como consecuencia de una lesión,
    denominadas en medicina
    AFASIAS.

    I) PELIGRO DE VIDA: Es el riesgo o
    contingencia inminente de que suceda un mal. Debiéndose
    considerar como valor diagnóstico y no pronóstico. Es uno
    de los elementos mas difíciles, complejos y discutidos de
    los juicios periciales. Incluso algunos autores niegan como
    entidad jurídica. Podemos concluir que cada caso debe ser
    evaluado en forma individual para emitir un informe
    pericial.

    J) DEFORMACION PERMANENTE DEL ROSTRO: Rostro, del
    latín rostrum, pico, cara, semblante.

    Genéricamente se dice que es la parte
    anatómica encuadrada desde la frente hasta el
    mentón, en el borde inferior de la arcada maxilar,
    incluyendo los pabellones auriculares (orejas).

    K) PERDIDA DE LA CAPACIDAD PARA ENGENDRAR O
    CONCEBIR:
    Comprende la impotencia sexual en el hombre y la
    llamada acopulia en la mujer. Al
    igual que la esterilidad masculina o femenina en todas sus
    formas.

    DEFINICIONES:
    TRAUMATOLOGIA FORENSE

    1. Concepto: Es la rama de la medicina
    forense que se encarga del estudio de las acciones u
    omisiones que impliquen violencias y de su resultado al ser
    ejercidas sobre el individuo, resultando un daño a la vida
    del cuerpo o la salud.

    2. Sinonímia:

    Daño – Lesión – Trauma.

    3. Concepto de Lesión:

    Es el resultado de una violencia que
    ejercida sobre un individuo sin ánimo de matar, va a
    condicionar un daño a la vida el cuerpo o la
    salud.

    4. Clasificación de las
    Lesiones
    :

    a) Según su grado:

    Se clasifican en leves, graves y
    gravísimas:

    * LEVES: Son consideradas como faltas. Y
    cuantitativamente calificadas hasta un máximo de 10
    días de inhabilitación.

    * GRAVES: Caracterizadas por presentar:

    – Debilitación permanente.

    – Peligro de vida.

    – Deformación (que no significa
    incapacidad)

    * GRAVISIMAS: Caracterizadas por presentar:

    – Mutilación.

    – Enfermedad grave o insanía.

    – Impotencia funcional.

    – Incapacidad o invalidez (es decir pérdida de
    la función).

    – Desfiguración grave.

    b) Según su intencionalidad:

    Pueden ser dolosas o culposas.

    c) Según su etiología:

    Es decir según su origen, se clasifican
    en:

    – Lesiones
    contusas.

    – Lesiones por arma blanca.

    – Asfixias.

    – Lesiones por agentes físicos.

    – Lesiones por agentes químicos.

    – Lesiones psíquicas.

    d) Según su etiología médico
    forense:

    – Por accidente.

    – Por suicidio o mano
    propia.

    – Por homicidio o
    mano ajena.

    INFORME MEDICO FORENSE EN
    TRAUMATOLOGIA

    En las lesiones corporales, los peritos deberán
    indicar:

    – El tipo de arma.

    – El tipo de lesión.

    – Si hubo peligro de vida o no.

    – Circunstancias especiales.

    El perito forense debe de evaluar y discutir:

    A) Perjuicio Físico: Es decir la evaluación
    de:

    – Defecto físico.

    – Pérdida de fuerzas.

    – Perjuicio Estético.

    – Decaimiento Físico.

    – Dolor (es indemnizable)

    B) Traumatismo:

    – Directo.

    – Indirecto.

    C) Imputabilidad: Es decir la relación causa
    efecto:

    Naturaleza
    del Traumatismo.

    – Concordancia de asiento.

    – Correlación
    anatomo-clínica.

    – Condición de tiempo.

    – Ver si la afección no existía
    antes.

    – Exclusión de causa extraña.

    CONCAUSA

    Es el elemento o situación que se agrega al
    efecto de la acción violenta y provoca un daño
    mucho mas serio. El evidenciar la concausa sirve para atenuar la
    pena, siempre y cuando el autor desconociera la presencia de esa
    concausa.

    Hay tres clases de concausas:

    A) PREEXISTENTES:

    – Congénitas: Situs inverso, órganos de
    mayor tamaño.

    – Fisiológicas: Gestación, plenitud
    gástrica.

    – Patológicas: Tumoraciones, sífilis,
    diabetes
    mellitus.

    B) SIMULTANEAS:

    Lesiones que se presentan al mismo tiempo:
    Tétanos.

    C) SOBREVINIENTES:

    Errores de tratamiento, muerte por
    anestesia, neumonía por éstasis, insuficiencia
    respiratoria del adulto.

    PARTES DE UN DICTAMEN MEDICO LEGAL EN
    LESIONES

    1.- Nombre, sexo, edad,
    ocupación.

    2.- Descripción de la lesión:

    – Ubicación topográfica.

    – Localización dentro de dicha
    región.

    – Dimensiones, largo, ancho, profundidad.

    – Forma.

    Color.

    Dirección.

    – Característica de los bordes.

    – Etapa de cicatrización.

    3.- Repercusión Funcional: Movimientos que limita
    y porcentaje de limitación.

    4.- Tiempo que tardará para curar.

    5.- Incapacidad para las labores habituales.

    6.- Indicar si puede quedar secuelas y fijar plazo para
    su valoración.

    LESIONES CONTUSAS

    1.- Concepto: Son lesiones producto de la
    acción violenta sobre el cuerpo, de elementos que
    tienen:

    – superficie impactante roma.

    – Sin punta ni filo.

    – Peso capaz de producir daño.

    2.- Clasificación de las lesiones
    contusas:

    a) Según sus características
    morfológicas:

    Erosión, equimosis, hematoma, edema, traumatismo,
    fractura cerrada.

    b) Según su compromiso corporal:

    – Compromiso tegumentario.

    – Partes del cuerpo afectadas.

    c) Según la severidad del compromiso
    corporal:

    – De 1er.grado: erosión,
    equimosis.

    – De 2do.grado: Hematoma.

    – De 3er.grado: Desgarro.

    – De 4to.grado: Fractura, atricción.

    GENERICAMENTE: Podemos decir que el tipo
    de lesión contusa depende de:

    – Naturaleza del instrumento.

    – Fza. y ángulo de impacto.

    – Movilidad del cuerpo.

    – Area corporal contundida.

    – Físico de la víctima.

    TIPOS
    DE LESIONES CONTUSAS

    EROSION:

    Es la perdida de la capa epidérmica de la
    piel. Son
    superficiales, características de lesiones
    leves.

    Sinonimia: Excoriación, abrasión,
    rozadura, rasguño, arañazo.

    Evolución: Como costra rojiza pardusca y
    desecación de 4 a 7 días.

    EQUIMOSIS:

    Es la extravasación sanguínea localizada,
    por ruptura de pequeños vasos sanguíneos. Se
    presentan debajo de la piel que sufre la contusión, bajo
    de mucosas, bajo el cuero
    cabelludo, bajo las serosas viscerales, etc.

    Ocurren más intensamente en el niño y en
    el senecto.

    Tipos de Equimosis:

    a) Según el grado de compromiso
    corporal:

    -Superficiales: Cutáneas y
    subcutáneas.

    -Profundas: Musculares, intramusculares,
    viscerales.

    b) Según su etiología:

    – Traumáticas: Accidentales,
    criminales.

    – Espontaneas: Asfixias, discrasias sanguíneas,
    intoxicaciones.

    – Terapéuticas: En inyectables, punción
    lumbar.

    c) Formas Especiales:

    – Equimoma: Lesión más amplia en
    capa.

    – Supinación: Producida por presión
    negativa, en el momento de la succión.

    Evolución de las Equimosis:

    a) Evolución Cromática: La edad de la
    equimosis se determina por la coloración de ella,
    según variaciones de la hemoglobina
    extravasada.

    – El primer día: rojo
    violáceo.

    – 2 – 4to día: violáceo.

    – 4 – 10 días: verde

    – 10 – 15 días: amarilla.

    b) Evolución Histológica:

    – A 24 horas: Eritrocitos deformados y punteado en el
    tejido.

    – De 4 – 5 días: Infiltración
    fagocitaria.

    – De 7 días: Observación de hemosiderina.

    – De 12 días: Gránulos
    grasos.

    – De 15 días: Hemosiderina en ganglios
    regionales.

     

    Lic. Luís Alfredo Alarcón
    Flores

    Abogado

    Magíster en la UNFV

    Doctor en la UNFV

    Conciliador Extrajudicial en CAPECA

    Conciliador Especializado en Familia en
    CAPECA

    Arbitro en CAPECA

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