Las tendencias recientes se dirigen: a) hacia la
reducción de la importancia de las aranceles
aduaneros, bien por la disminución de la relación
entre comercio exterior
y renta nacional, en contraste con el aumento, casi general, de
la relación entre ingresos
tributario y renta nacional; bien por el recurso a controles
cuantitativos de comercio
exterior, que reducen la función de
los aranceles protectores; b) hacia la reducción,
cada vez más decidida, de la importancia de los impuestos sobre
los hechos jurídicos y sobre los documentos,
tributos
propios de períodos en los que la vida económica y
la vida del derecho tenían características muy
diferentes de las actuales; e) hacia el continuo desarrollo de
la imposición. sobre los intercambios, en vez de
los tipos de impuestos indirectos que cada vez pierden más
terreno.
Este tipo de imposición, introducido en principio
por las exigencias financieras de la primera guerra
mundial y la primera postguerra, ha terminado por convertirse
en una institución permanente de la hacienda de muchos
países, y en algunos casos (como en Italia en la
forma de impuesto general
sobre la renta) se ha convertido, además, en la fuente
más importante de los ingresos tributarios.
El éxito
de los impuestos sobre los intercambios se debe, en parte, a las
crecientes exigencias fiscales y a los límites
políticos y económicos a la expansión de los
impuestos directos y de los impuestos sobre el consumo de
tipo tradicional. Pero está ligado también, en
parte, a cambios cualitativos, y no solamente cuantitativos, de
la política
financiera.
El impuesto sobre la
renta (y en general, los impuestos directos) son el
instrumento típico de la hacienda neutral, entendida como
hacienda que pretende cubrir las necesidades de los organismos
públicos, evitando toda perturbación en la
actividad económica privada, fuera de aquellas que
están inevitablemente conectadas con la exacción de
tales necesidades. Ya se ha dicho que la hacienda neutral
está perdiendo terreno en favor de una hacienda entendida
como instrumento fundamental para regular el equilibrio
entre recursos a
disposición de la colectividad y empleo de los
mismos.
Esta función reguladora de la hacienda puede
hacer, en determinadas circunstancias, que no sea suficiente
contraer mediante la imposición los gastos globales
de los particulares, sino que sea necesario que la
imposición contraiga de modo particular determinados tipos
de gastos. En estos casos, la acción
indiscriminada de los impuestos directos sobre los gastos es
insuficiente y hacen necesarios (cuando no se quiera contar
únicamente con racionamientos, etc.), impuestos directos
que permitan discriminar entre consumos que se deban favorecer y
consumos que se deban comprimir.
A esta función se prestan muy bien los impuestos
sobre los intercambios con su aplicación general y con las
amplias posibilidades de maniobra respecto a los tipos y las
exenciones; un ejemplo típico se tiene en la hacienda
británica de la guerra y de la
postguerra, con la purchase-tax aplicada con tipos muy
altos para los productos que
concurrían con la producción bélica (o contra los
consumos interiores de productos de los cuales quisiera
estimularse las exportaciones).
No obstante su importancia, y tras una experiencia
suficientemente larga, los impuestos sobre los intercambios
están todavía bastante lejos de un orden estable y
plenamente satisfactorio.
La imposición sobre todos los intercambios de
bienes y
servicios
(incluí-da o no la venta al por
mayor), es objeto de críticas generalmente, aunque
presente la ventaja de la amplitud de su base, y por lo tanto, la
posibilidad de aplicar tipos moderados. Contra ella se oponen
,más que nada, consideraciones de índole
distributiva. Gravar todas esas transferencias quiere decir en la
práctica, afectar con tipos diferentes e imprecisos a los
productos finales, creando discriminaciones arbitrarias entre
productores y consumidores. También en Italia la estructura de
la imposición sobre la renta tiende a alejarse del tipo
inicial de imposición en forma de cascada o
pirámide, como se dice comúnmente, para formar
parte cada vez más, de formas de imposición
concentrada: imposición en un solo punto de la cadena que
conduce al consumo final.
La tasación en un solo punto puede tomar, a su
vez, diversas formas: puede afectar a la venta por parte del
productor; a la venta al detallista; a la venta al por
menor.
En la primera forma la simplicidad administrativa es
máxima; pero subsiste la posibilidad de duplicaciones,
porque el producto final
puede englobar componentes que provengan de otras fases de la
producción y que, por tanto, ya han absorbido el impuesto
a la salida de tales fases. En la última la base
imponible, es máxima, de la misma forma que lo son las
dificultades administrativas. La tasación del paso del
mayorista al detallista presenta dificultades administrativas
menores que la tasación de la venta al por menor y excluye
casi completamente la posibilidad de
duplicación.
Pero, en cualquier caso, la imposición sobre un
solo punto suscita perplejidades, porque parece probable que por
razones de rigidez, el impuesto tienda a quedar, por lo menos en
parte, sobre la fase elegida para la determinación del
impuesto y la recaudación. Se tendría así
una incidencia no equitativa y se renunciaría a la
tentativa de afectar los excedentes del productor y del consumidor,
diluidos en el sistema
económico.
Esto puede explicar el interés
que se manifiesta por la imposición de los intercambios
sobre la base del valor
añadido, que permitiría evitar la
duplicación y aseguraría una incidencia difusa.
Pero ni siquiera este sistema está ausente de objeciones;
en primer lugar, si hubiera de aplicarse a la generalidad de las
empresas
presentaría dificultades administrativas no menores que
cualquier otro tipo de impuesto sobre los intercambios; y
además haría muy difícil (en los casos de
empresas de productos múltiples) la exención o la
discriminación de determinados productos,
que pueden ser necesarios si se quieren asegurar al impuesto
características distributivas aceptables.
La solución practica podrá buscarse en la
imposición sobre el paso del mayorista al detallista,
siempre que no se quieran aplicar métodos
distintos a sectores diferentes o a diversas fases de la
producción.
En un análisis de los sistemas
tributarios actuales no se pueden olvidar los sistemas de
seguridad
social. Y esto, tanto por la importancia de la
tributación detraída a estos efectos (obligatoria
en gran medida y con un campo de aplicación que en la
mayoría de los países comprende a casi toda o a
toda la población), como porque las prestaciones
exceden muy a menudo a los tributos, y se financian en parte no
desdeñable mediante los ingresos generales de los
organismos públicos; y también porque la
extensión de los campos de seguridad social
ha relegado a segundo plano, en muchos países, a los
elementos de seguridad ya propios de tales sistemas y tiende a
hacer de su financiación un problema general de la
hacienda pública más bien que un problema limitado
(aunque sea con una cierta asistencia del Estado) a
categorías aseguradas restringidas.
Cuando los sistemas de seguridad social se financian con
el método
tradicional de contribuciones a cargo de los trabajadores
protegidos y sus dadores de trabajo, se
estima que tales contribuciones se pueden asimilar a los
impuestos directos por la parte que grava a los obreros, y a los
impuestos indirectos, en la que afecta a los dadores de trabajo,
y que la opinión predominante estima transferida a los
consumidores (o tal vez inmediatamente sobre los trabajadores
mediante reducciones de los salarios).
La actividad de detracción y distribución para la seguridad social da
como resultado: a) una redistribución de la renta entre
los trabajadores ocupados, (especialmente por lo que respecta a
las asignaciones familiares que, en el sistema italiano,
representan una redistribución del importe total de los
salarios entre trabajadores de diferentes condiciones
familiares); b) una redistribución desde los
trabajadores ocupados (y el conjunto de consumidores y
contribuyentes) hacia los desocupados, inválidos,
ancianos, etcétera.
5. La deuda
pública.—Según la
opinión generalmente aceptada, por lo menos hasta el final
de la primera guerra mundial,
el recurso a la deuda
pública era perfectamente compatible con una sana
conducta
financiera: a) en la hacienda extraordinaria, como alternativa de
los impuestos extraordinarios; b) en la hacienda ordinaria
solamente en forma de bonos ordinarios
del tesoro (con plazo inferior a un año) a fin de superar
déficits transitorios de caja, para compensarse dentro del
ejercicio financiero anual.
La discusión sobre la conveniencia de recurrir al
empréstito o al impuesto en la hacienda extraordinaria ha
sido siempre muy viva. A favor del empréstito se sostiene
la ventaja de detraer las disponibilidades donde éstas se
encuentran en forma líquida, mientras que el impuesto
afecta también a los contribuyentes que no tienen
posibilidades de convertir en efectivo su patrimonio a
no ser mediante ventas o
estipulaciones de empréstitos privados en condiciones
más onerosas que las del empréstito
público.
A favor del impuesto extraordinario se sostiene: a) que
no transmite a ejercicios futuros una carga de intereses que,
unida a la detracción de los impuestos ordinarios
necesarios para afrontarlos, requiere una transferencia de
riqueza de las categorías productoras a una
categoría de rentiers y haría mayor la
presión
tributaria sobre las nuevas iniciativas productoras; b) la
posibilidad de que el impuesto impulse, más que el
empréstito, a los contribuyentes a contraer sus consumos,
ya que el financiamiento
mediante el impuesto se haría con menor daño
para la formación neta de capital.
Aquí está el núcleo de la tesis, tan
difundida, según la cual el impuesto grava a la
generación presente, mientras que el empréstito
grava a las generaciones futuras.
En términos reales, los gastos públicos no
pueden cubrirse sino con los bienes existentes en el presente, es
decir, con la renuncia, por parte de la generación
presente, a destinar tales bienes a otros usos. Ciertamente en el
caso de que todos los gastos extraordinarios se afrontasen con la
contracción de los consumos corrientes, las generaciones
futuras recibirían, a pesar de los gastos, una suma
invariable de bienes capitales; y, al contrario, en el caso de
que los gastos se afrontasen con una reducción de la
formación de bienes capitales, las generaciones futuras
serían más pobres por la cuantía total de
los gastos.
Pero no se puede hacer una distinción cualitativa
sobre el impuesto y el empréstito suponiendo que el
impuesto contraiga siempre y únicamente los consumos, y el
empréstito siempre y solamente la formación de
capital; solamente se puede suponer que la contracción de
los consumos será mayor en el caso del impuesto y menor en
el caso del empréstito.
Desde el punto de vista de la distribución de la
carga entre las clases de contribuyentes, se ha sostenido la
indiferencia del recurso al impuesto extraordinario o al
empréstito, pero la afirmación implica que los
profesionales y los trabajadores están sujetos al impuesto
extraordinario patrimonial, por el valor capital de su renta de
trabajo.
En concreto, sin
embargo, el impuesto extraordinario sobre el patrimonio no afecta
a los capitales personales. Por lo tanto, en el caso de que se
recurra al impuesto extraordinario sobre el patrimonio, los
perceptores de renta sobre el trabajo no
contribuyen a cubrir los gastos extraordinarios, mientras que
estarían afectados por el impuesto ordinario para el
servicio del
empréstito. Se explica pues, por qué en la realidad
los trabajadores y, en general, los contribuyentes más
pobres, prefieren el recurso al impuesto extraordinario,
financiado en general por las clases capitalistas y
empresariales, y, por lo tanto, los más ricos.
La tentativa de confinar los empréstitos
públicos al ámbito de la hacienda extraordinaria, y
de excluirlos (con la excepción de los bonos ordinarios
del Tesoro) de la hacienda ordinaria (que estaría regulada
por el principio del equilibrio entre gastos e ingresos), choca
con la dificultad señalada más atrás de
distinguir los gastos ordinarios y los gastos extraordinarios
sobre la base de su naturaleza:
cualquier precepto basado en una distinción de este
género,
tiene una significado más bien escaso.
En realidad no existe un tipo o un nivel de gastos para
el que sea obligatoria la cobertura mediante el impuesto,
independientemente de cualquier circunstancia, superado el cual
sea legítimo el recurso al empréstito. Las
conclusiones tradicionales pueden ser equivocadas en los dos
sentidos.
Así, por ejemplo, en la hacienda de la guerra
moderna, que es en realidad una hacienda extraordinaria en todos
los sentidos
posibles del término, la entidad de las necesidades es
totalmente desproporcionada respecto a la cantidad de bienes
existentes y movilizables para la guerra, y solamente puede
afrontarse por el flujo de la producción corriente. Pero
entonces el financiamiento debe provenir sustancialmente de la
renta corriente. Y en efecto, en la hacienda extraordinaria de
los tiempos actuales se tiende a hacer una parte cada vez mayor a
los impuestos; y los empréstitos, por su lado, tienen como
función principal no la absorción de
disponibilidades líquidas, sino la detracción de
las rentas corrientes mediante un proceso de
inflación.
Por el contrario, en la hacienda de los tiempos
ordinarios el empréstito puede ser un medio para movilizar
los recursos que permanecerían inactivos, y para financiar
los gastos públicos sin elevar los tipos de los impuestos
a niveles insoportables para los contribuyentes que tienen hoy
escasos márgenes de renta y que, por el desarrollo de la
vida económica, pueden experimentar un incremento de renta
que les permita contribuir con mayor facilidad a la
liquidación de la deuda.
La posibilidades de endeudamiento encuentran
naturalmente límites; para aclarar la naturaleza de tales
límites es preciso distinguir entre deudas exteriores y
deudas interiores. En el caso de deudas exteriores, el servicio
de los intereses y de la amortización implica una transferencia de
medios de la
economía
del país deudor a la del país acreedor. Esto no
crea un problema (más que eventualmente por la modalidad
de la transferencia), cuando el país deudor emplee el
empréstito exterior para aumentar su renta nacional en
medida por lo menos igual al importe del empréstito. Pero
si se tiene un empleo consuntivo, la posterior sustracción
de riqueza a la economía nacional no encuentra
contrapartida, y no puede impulsarse más allá de
ciertos límites sin crear profundos
desequilibrios.
En el caso de deudas interiores, su realización
supone transferencias solamente en el interior de la
economía del país, que no es, por el hecho de la
deuda, ni más rico ni más pobre. Aquí el
límite no se da, como en el caso anterior, por lo efectos
de una sustracción de riqueza a la economía
considerada como un todo, sino por los inconvenientes de la
redistribución de la renta nacional, mediante el pago de
los intereses de la deuda pública y la detracción
de los impuestos correspondientes.
Como ya se ha dicho anteriormente, la detracción
de tales impuestos implica un aumento de la presión
tributaria a cargo de todas las categorías de
contribuyentes, comprendidas las más activas (empresarios,
trabajadores). Sin embargo, el pago de los intereses compensa la
detracción de los impuestos (por lo menos crea un margen
activo) solamente en el caso de los tenedores de la deuda publica,
los cuales (aunque en los tiempos modernos, no se identifican,
más que nada por el desarrollo del llamado ahorro
institucional, con los ricos ociosos, como sucedía en el
siglo xviii) no coinciden, en general, con las categorías
económicas más activas.
Por otro lado, aunque existiese, en grado elevado, una
compensación entre los impuestos pagados y los intereses
percibidos, quedarían siempre los costes administrativos
de la transferencia, que no se pueden olvidar, sobre todo, en el
caso de que la emisión de la deuda pública
requiriese la detracción de impuestos muy elevados. En
estos inconvenientes de las transferencias entre contribuyentes y
rentiers está el límite real a la
expansión de la deuda pública, límite que
depende, naturalmente, de elementos como son la magnitud de la
relación entre los intereses de la deuda y la renta
nacional, la estructura del sistema
tributario y la distribución de los títulos de
la deuda pública.
De hecho, la expansión de la deuda pública
se da en todos los países, aunque en ocasiones las grandes
devaluaciones monetarias provocan bruscas reducciones del valor
real de la deuda. Por las dimensiones que ha alcanzado, la deuda
pública tiene una función fundamental junto a la
deuda privada, como la base de circulación monetaria; y
por sus dimensiones, así como por la variedad de las
formas que puede asumir (consolidada o amortizable
a largo plazo; bonos del Tesoro y títulos
análogos a plazo corto y a plazo medio) se presta a ser un
importante instrumento de la política del
interés (véase Crédito).
6. Relaciones entre hacienda central y
haciendas locales. La actividad financiera se
desarrollé tanto por los gobiernos centrales, como por los
entes de inferior grado (Estados, cantones, etc., en los Estados
federales; provincias, municipios, etc., tanto en los estados
federales como en los unitarios). Se presentan, por lo tanto,
problemas de
coordinación entre la actividad de los
entes de categoría diferente. Estos problemas se pueden
reagrupar en dos apartados:
a) Coordinación entre la prestación del
servicio y la distribución de la carga tributaria entre
las diferentes zonas y localidades de un mismo Estado;
b) Control del nivel conjunto de los gastos
públicos y de la detracción tributaria, para evitar
que la superposición de los diferentes sistemas
tributarios conduzca a una excesiva presión tributaria y
para evitar que la política financiera, de las entidades
locales obstaculice a la política financiera del gobierno central.
(Este último aspecto del problema ha tomado una
importancia mayor en los últimos tiempos, al extenderse el
campo de acción de la política financiera. Sobre
todo, en la política de estabilización coyuntural
se ha iniciado una’ fuerte tendencia de las entidades
pública locales a actuar en contraste con la acción
del gobierno central. Mientras que este último intenta
desarrollar una acción anticíclica aumentando los
gastos en períodos de depresión
y contrayéndolos en períodos de expansión,
los entes locales hacen lo contrario. El diverso comportamiento
se explica, en gran parte, con la diferente posibilidad que cada
uno tiene de recurrir al crédito (mucho mayor para el
gobierno que para los otros entes).
La acción de coordinación y control del
gobierno central se desarrolla tanto por el lado de los gastos
como por el de los ingresos. El volumen y la
composición de los gastos se controlan, bien fijando
determinados servicios cuya prestación es obligatoria por
parte de las entidades locales, bien favoreciendo la
prestación de otros servicios determinados, con subsidios
específicos y otros análogos, bien limitando de
diversa manera (por ejemplo, prescribiendo el presupuesto
equilibrado, o imponiendo límites al déficit) la
entidad de los gastos cuya ejecución se deja a facultad de
los entes locales o, como veremos inmediatamente, limitando las
facultades de los entes locales para detraer
impuestos.
Los ingresos de los entes locales están
controlados por el gobierno central principalmente vinculando los
tipos y la estructura de los impuestos a los cuales pueden
recurrir (en los Estados federales y en las federaciones la
situación es diferente, formalmente al menos; es decir, la
potestad tributaria de los estados miembros es ilimitada y
solamente tiene límites de carácter general, mientras que el gobierno
federal solamente puede percibir los impuestos que determine
expresamente la constitución). Menos importancia tienen los
vínculos respecto a la gestión
del patrimonio y, por lo tanto, respecto a la suma de los
impuestos patrimoniales y las deudas
contraídas.
La coordinación tributaria entre el sistema del
gobierno central y los sistemas de los entes locales se
efectúa según dos modalidades
principales:
a) La separación de las fuentes:
ciertas fuentes (por
ejemplo, los impuestos reales sobre la tierra y
sobre los edificios; los aranceles interiores de consumo) se
dejan a los entes locales; los demás al gobierno
central.
b) la participación en los ingresos del
gobierno central por los entes locales; la
distribución de subsidios por el gobierno central,
bien para mejorar la situación financiera de los entes
locales, bien (subsidios específicos) para
estimular a tales entes en la oferta de
determinados servicios
públicos (instrucción, carreteras,
etc.).
En régimen de separación de fuentes, los
entes locales pueden tener plena autonomía para determinar
las tasas de las fuentes que les han sido reservadas; o bien,
pueden estar supeditadas en la estructura de los impuestos que
pueden aplicar y ,sobre todo, por lo que se refiere a su medida
(a fin de evitar faltas de
equidad
demasiado fuertes en el nivel de impuestos de las entidades
locales aisladas, así como para evitar el empleo de los
impuestos locales con fines de proteccionismo
interno).
FORMAS DE REALIZACIÓN
DEL RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN EN LOS
IMPUESTOS
El régimen de participación en los
impuestos del gobierno central tiene dos formas principales de
realización:
a) Recargos a tales impuestos por los
entes locales. Los entes locales aplican tipos propios (que se
añaden a los que aplica el gobierno central) sobre las
bases imponibles determinadas por la
administración tributaria central, sin que desarrollen
una actividad propia de comprobación. La facultad de
recargar los impuestos debe mantenerse generalmente, dentro de
los límites fijados por el gobierno central;
b) Participación en los ingresos
procedentes de los impuestos del gobierno central. La
participación de los entes locales aislados puede
efectuarse o en razón de la recaudación de
impuestos en la circunscripción de cada ente, o
según otros criterios (proporcionalmente a la
población de cada ente; o según índices de
necesidades: desarrollo de las carreteras, población
escolar, etc.).
El método de la separación de fuentes hace
más amplio el margen de autonomía financiera de los
entes locales y, por lo tanto, se encomiendan a los que dirijan
la vida política local y al sentido de la responsabilidad de las administraciones
locales.
Pero esto tiene el inconveniente de que en las zonas
más pobres los ingresos tributarios pueden ser
insuficientes para prestar los servicios públicos
fundamentales, mientras que en las zonas más ricas pueden
permitirles a los entes públicos una actividad más
amplia. Como cada vez se siente más la exigencia de una
determinada uniformidad en la prestación de los servicios
públicos en todo el territorio de un Estado, el
método de la separación de fuentes ha perdido
terreno. Actualmente, donde se aplica, lo es siempre en
unión de otros procedimientos
que tienden a corregir las injusticias a las cuales pueda dar
origen.
El mismo inconveniente del método de la
separación de fuentes se encuentra en el método de
la participación cuando se aplica según el sistema
del recargo impositivo o según el sistema de la
distribución con arreglo a la recaudación de las
diferentes circunscripciones. También en este caso las
zonas ricas tienen ingresos más fáciles; las zonas
pobres tienen ingresos más restringidos. El inconveniente
se evita, por lo menos en parte, distribuyendo según la
población u otros índices similares; pero este
método cuanto mejor lograr cubrir las necesidades de los
entes locales aislados, tanto más atenúa la
autonomía financiera y el sentido de responsabilidad. En
efecto, esto asegura en todo caso, la cobertura de los gastos de
determinados servicios, independientemente de la importancia que
se dé a estos gastos en cada localidad y de la eficiencia y
economicidad de las administraciones locales.
Esta atenuación de la autonomía financiera
local es un defecto común a los subsidios distribuidos por
el gobierno central de forma diferente al reparto entre los entes
locales de la recaudación de los impuestos
centrales.
Limitaciones de los sistemas
financieros de entidades locales
La dificultad de encontrar sistemas de
financiación de las entidades locales que satisfagan las
exigencias de perecuación y las de autonomía, es
una de las razones por las cuales la importancia de la hacienda
local declina respecto a la hacienda de los gobiernos centrales.
Este ocaso ha sido general a partir del período entre las
dos guerras, y
tiene otros factores importantes, como el final del predominio
político de los clanes, ligados a la tierra o a un
círculo de intereses fuertemente localizados; la
expansión de las intervenciones económicas del
Estado, que acentúa la exigencia de una
coordinación de la actividad financiera entre los entes de
diferente categoría (exigencia resuelta hasta ahora
según la vía de menor resistencia
ofrecida por ana extensión relativa de la actividad del
poder
central); la mayor economicidad que puede tener en las
condiciones actuales la prestación de los servicios
públicos fundamentales si se confían a grandes
unidades administrativas en lugar de a unidades más
pequeñas que no podrían prescindir de una organización burocrática compleja;
la exigencia, que se hace sentir más vivamente que en el
pasado, de una mayor igualdad entre
las diferentes zonas de un mismo país respecto a la
presión tributaria y los beneficios de los servicios
públicos (mayor igualdad que es difícilmente
verificable en un régimen de amplia autonomía
financiera de los entes locales, por lo menos donde existan zonas
de profunda desigualdad de condiciones económicas y
sociales); en fin, la evolución técnica de los sistemas
tributarios modernos, que juega en el sentido de disminuir la
esfera de la materia
imponible afecta a la imposición local (desarrollo de los
impuestos personales en menoscabo de los impuestos reales, y de
los impuestos generales sobre el intercambio en menosprecio de
los impuestos tradicionales sobre el consumo).
Adaptado por el autor de: Sergio Steve en
Economía Política por Claudio Napoleoni
(1988)
(2005) Sitio web del Servicio
Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria
(SENIAT). Conectado a Internet haga clic
aquí para mayor información y actualizaciones sobre el
sistema tributario venezolano.
CAPITULO VII
CONCEPTO DE RENTA NACIONAL.
Renta nacional es el conjunto de
bienes y servicios producidos por una cierta colectividad
en un período dado de tiempo,
deducidos los bienes y servicios necesarios para la
reposición del patrimonio existente al comenzar el
intervalo considerado. Más brevemente, la renta nacional
es el flujo neto de bienes y servicios producidos en determinado
período de tiempo. La expresión neto indica que la
renta no es igual a la suma de todos los bienes y servicios
producidos, esto es, al valor de la producción bruta
anual, sino que está dada por dicho valor deducidos los
reempleos y la depreciación sufrida por el patrimonio en
el período considerado.
Esto enunciado, queda sin embargo por definir qué
bienes y servicios se computan en la renta y qué debe
entenderse por «reposición del
patrimonio».
En los análisis estadísticos se consideran
generalmente todos los bienes materiales
producidos y solamente aquellos servicios que son objeto de
cambio,
quedando, pues, excluidos todos los servicios prestados en el
ámbito individual o familiar, así como la casi
totalidad de los que provienen del uso de bienes duraderos de
consumo.
Se comprende fácilmente que estas exclusiones
revisten no poca importancia y son de tal entidad que quitan a
las valoraciones de la renta nacional, y a las comparaciones
espaciales o intertemporales que se realizan sobre dicha base,
todo significado no sólo como índices del
«bienestar económico» de una cierta
colectividad, sino, además, como índices de la
potencialidad productiva total de bienes y servicios.
En definitiva, las valoraciones de la renta nacional,
tal y como se hacen generalmente, dependen del tipo de
organización económica de la colectividad
considerada, y las comparaciones que se quisiesen hacer sobre esa
base serían válidas solamente dentro de los
límites según los que pueda considerarse inmutable
ese tipo de organización económica. Análogas
dificultades, y algunas más, surgen cuando se trate de
definir qué deba entenderse por
«reposición» del patrimonio existente al
comienzo del intervalo estudiado.
Si se incluyen en el patrimonio no sólo los
bienes materiales e inmateriales externos al hombre, sino
los llamados capitales personales, seria necesario deducir
también de la renta cuanto es preciso para compensar el
desgaste de la fuerza
laboral, es
decir, el mínimo de subsistencia de la población y
los servicios necesarios (instrucción, etc.) para el
mantenimiento
de las capacidades personales.
En un sentido todavía más amplio, puesto
que es la capacidad de crear rentas futuras la que determina
económicamente el valor del patrimonio en un momento dado,
sería preciso considerar dicho elemento (comprensivo de
todos los bienes materiales e inmateriales, de los capitales
personales y de la
organización económica de la producción)
para valorar el patrimonio existente al principio y al final del
intervalo, para poder deducir de la renta bruta la cuota ideal
necesaria para mantener inmutable el patrimonio.
En seguida se observa que aunque es posible expresar la
definición en forma conceptualmente correcta, no es, sin
embargo, posible intentar, ni aproximadamente, la
valoración estadística correspondiente. Las
estimaciones estadísticas relativas a la
«reposición» del patrimonio se limitan, por
consiguiente, a considerar la inmutabilidad de éste en una
acepción muy limitada.
En primer lugar, el patrimonio se considera
refiriéndolo únicamente a los bienes materiales,
quedando excluidos no sólo los llamados capitales
personales, sino, por la dificultad de su análisis,
también los bienes
inmateriales.
En segundo lugar, la inmutabilidad del patrimonio
de los bienes materiales no se toma en sentido absoluto, sino
solamente como reintegración de la depreciación
sufrida por aquellos en el proceso productivo,
excluyéndose, pues, las eventuales variaciones del
patrimonio debidas a causas de fuerza mayor y guerra y,
además, las que provienen de motivos económicos de
orden general (obsolescencia, etc.).
Hay que subrayar que adoptando la condición del
mantenimiento del capital como reposición de la
depreciación normal por desgaste o vejez, llega a
identificarse la renta nacional con la «producción
neta», mientras que la condición básica de la
inmutabilidad del capital a fines de la determinación de
la renta llevaría lógicamente a tener en cuenta no
sólo las variaciones derivadas de la
producción, sino, además, muchas otras variaciones
que no tienen nada que ver con la producción y que pueden,
sin embargo, influir de forma importante en la continuidad del
flujo de bienes y servicios que es el fundamento del concepto de
renta.
Como ya se ha dicho, las dificultades que supone las
investigación estadística concreta
han llevado en la práctica a usar, en orden a la
valoración de la renta nacional, un concepto al que debe
llamarse más propiamente de «producción
nacional neta» y que coincide, en la práctica y con
una cierta aproximación, con aquélla sólo en
períodos normales.
La eventual consideración de los capitales
personales y del desgaste de las fuerzas del trabajo exige otros
razonamientos. Hemos dicho que el flujo de la renta es neto
porque se estima descontando los reempleos, esto es, los bienes y
servicios consumidos en el proceso productivo. Desde este punto
de vista se plantea entonces el problema de fijar la frontera entre
los consumos directos y los productivos.
Con la inclusión de los capitales personales se
llegaría a considerar como consumos productivos todos los
consumos necesarios para mantener la eficiencia de la
población productiva, de la misma forma en que se
consideran productivos (y se detraen, por lo tanto) los consumos
de bienes y servicios para el mantenimiento del capital fijo.
Independientemente de la dificultad de trazar un límite
entre los consumos necesarios y otras categorías de
consumo, por este camino se llegaría a no tomar como
consumos directos y finales gran parte de los consumos humanos
que se incluyen en el concepto normal de consumo.
Parece mejor, por consiguiente, considerar consumo y,
por lo tanto, renta, toda utilidad
absorbida por el hombre con
la sola exclusión de aquellos consumos estrictamente
dependientes de la actividad productiva a los que en el lenguaje
corriente (incluso a fines fiscales) se toma como gastos
productivos.
La renta, en cuanto flujo neto de bienes y servicios, es
renta real formada por el conjunto de cosas consumidas más
o menos la inversión o desinversión real. Se
expresa en términos monetarios sobre la base de los
precios
corrientes para las diversas categorías de bienes y
servicios únicamente por la necesidad de usar una medida
común que permita totalizar magnitudes
heterogéneas.
Con ello se introducen relaciones de equivalencia entre
los diferentes bienes, relaciones constituidas por las
proporciones existentes entre sus precios en un período
determinado. Y al variar en el tiempo las proporciones entre los
precios, se modifican las relaciones de equivalencia entre los
distintos bienes, sin que pueda hallarse un principio aceptable
sobre el cual establecer qué relaciones de equivalencia se
consideran más significativas para expresar el flujo real
de bienes y servicios en una unidad de medida que permita las
comparaciones espaciales y temporales capaces de determinar en
forma unívoca las variaciones de la renta real.
En rigor, con referencia a un tiempo base t0
y al t1, sólo podrá decirse que cuando
las cantidades físicas de cada uno de los bienes y
servicios sean todas en t, mayores que en t0, la renta
real habrá aumentado ciertamente, al menos en la magnitud
del menor (y como máximo del mayor) de los porcentajes de
aumento físico de cada uno de los bienes y servicios.
Cualquier otra afirmación basada en la utilización
de números índices globales o compuestos requiere
un convenio que comporta siempre un grado de arbitrariedad de
imposible eliminación.
LOS COMPONENTES DE LA RENTA
NACIONAL.
La evolución de los estudios e investigaciones
estadísticas sobre la renta nacional ha comportado una
creciente precisión del contenido y significado de dichas
investigaciones que, con el título genérico de
«estadísticas sobre la renta nacional»,
incluyen hoy numerosos agregados cada uno de los cuales tiene un
significado específico y, por consiguiente, también
una específica utilización.
Siguiendo la terminología anglosajona usada
generalmente en la literatura internacional,
exponemos a continuación el significado y contenido de las
magnitudes globales de uso más frecuente.
Según una primera acepción, de percepción
inmediata, la renta nacional es la suma de todas las rentas
personales obtenidas por las personas que forman parte de una
cierta colectividad. Será, por consiguiente, la suma de
los sueldos y
salarios, beneficios, intereses, dividendos y rentas y
cualquiera otra suma percibida por cualquier concepto como las
pensiones, subsidios de paro y
cantidades obtenidas adicionalmente sobre los sueldos y salarios
a título de seguros o
asistencia social.
Si al total de rentas personales se suman también
los beneficios no distribuidos por las sociedades, se
obtiene el total de rentas «privadas».
Hay que señalar que el total de rentas privadas
no coincide con el total de rentas provenientes de la
producción de bienes y servicios, ya que incluye las
«transferencias de renta», a las que más
propiamente podría llamarse «transferencias de poder
adquisitivo»; son éstas las transferencias
efectuadas por el Estado o
los entes públicos a favor de determinadas clases y
están constituidas por pagos de pensiones u otras formas
de seguridad o asistencia social.
Restando a las rentas privadas todas las transferencias
de renta se obtiene el total de rentas percibidas por el sector
privado por la producción de bienes y servicios, esto es,
todas las rentas que han afluido a los factores de la
producción empleados en el período considerado,
como remuneración por sus servicios.
Sumando a este conjunto de rentas las rentas eventuales
derivadas dc los bienes propiedad del
Estado o de otros organismos públicos se obtiene la
llamada renta nacional neta al costo de los
factores, es decir, la renta nacional valorada según el
costo de los factores que han intervenido en forma directa en la
producción. La renta nacional al costo de los factores se
valora, por lo tanto, incluyendo los impuestos directos que
gravan las rentas, pero deduciendo los impuestos indirectos,
impuestos que están incluidos en el precio pagado
por los consumidores, pero no en el ingreso de los productores, y
que no son, por lo tanto, remuneración de los factores de
la producción utilizados en un determinado sector de
actividad.
Si se quiere valorar la renta nacional no al costo de
los factores, sino a los precios de mercado, es
decir, si se quiere estimar a los precios de mercado el valor del
flujo neto de bienes y servicios producidos, es preciso
añadir al total anterior la cuantía de los
impuestos indirectos. Al existir también
«subsidios» del Estado a las empresas, subsidios que
hacen la remuneración de los factores de la
producción mayor de la que hubiera resultado sobre la base
de las cantidades pagadas por los consumidores, será
también preciso detraer estos subsidios.
Más brevemente: para obtener la renta nacional a
precios de mercado es necesario añadir a la renta nacional
al costo de los factores la magnitud de los impuestos indirectos
deduciendo los subsidios.
Si a la renta neta a los precios de mercado así
determinada se añade la amortización, los bienes y
servicios utilizados para mantener intacto el patrimonio ya
existente, se llega a un total más general definido como
«renta nacional bruta» o «producto nacional
bruto».
Hasta ahora, para no alargar la exposición, no se han mencionado
todavía las relaciones económicas con el exterior;
pero se sobreentiende que todos los totales mencionados han de
incluir también la renta neta del exterior, el saldo
(positivo o negativo) por intereses, dividendos y otros tipos de
ingresos (como las remesas de los emigrantes) provenientes del
exterior.
Pero las relaciones con el exterior intervienen
también en otro sentido en las estadísticas sobre
la renta nacional, en cuanto el total de bienes y servicios
producidos en el interior —el «producto nacional
bruto»— no corresponde al de los bienes y servicios
utilizados dentro del país, puesto que, para ello, es
preciso tener también en cuenta los bienes y servicios
importados y los exportados.
Añadiendo al producto nacional bruto la magnitud
de los bienes y servicios importados, se tiene el total de
recursos disponibles tanto para el interior del país como
para la exportación. Restando, en fin, las
exportaciones de bienes y servicios, se obtendrá el total
de recursos disponibles en el interior. En otras palabras: el
total de recursos disponibles en el interior es igual al producto
nacional bruto, más o menos el déficit o el
superávit de las partidas corrientes de la balanza de
pagos.
Obsérvese que si bien las relaciones
económicas internacionales modifican la cuantía de
los recursos disponibles en el interior durante el período
considerado, no tienen, sin embargo, evidentemente, la menor
influencia sobre el producto nacional bruto, porque al eventual
exceso o déficit de los recursos disponibles respecto a
los bienes y servicios producidos en el interior se opone una
correlativa posición deudora o acreedora hacia el exterior
en las partidas de la balanza de pagos relativas a los
movimientos de capital.
Hay que señalar, además, que las rentas
netas provenientes del exterior y ya incluidas eventualmente en
el producto nacional bruto, concurren en la cobertura del
déficit de la balanza corriente de pagos y, por lo tanto,
si se dispone del producto nacional bruto comprensivo ya de tales
partidas, será preciso añadir, para llegar al total
de recursos disponibles, no la totalidad del déficit de la
balanza de las partidas corrientes, sino este mismo
déficit deduciendo de él las rentas netas del
exterior, ya incluidas con anterioridad.
Cuanto hemos expuesto hasta ahora puede resumirse
esquemáticamente en la forma que se presenta en la tabla
VII-1:
TABLA
VII-1
COMPONENTES DE LA
RENTA NACIONAL
Rentas personales.
+ Beneficios no distribuidos.
Rentas privadas.
— Transferencias de
rentas.
+ Rentas del Estado y de otros
organismos públicos.
Producto nacional neto al costó
de los factores.
+ Impuestos indirectos (deducidos los
subsidios).
Producto nacional neto a los precios de
mercado.
+ Amortización.
Producto nacional bruto (a los precios
de mercado).
+ Rentas netas del exterior.
Renta nacional bruta (a los precios de
mercado).
+ Importación de bienes y
servicios.
— Exportación de bienes y
servicios.
Total de recursos disponibles en el
interior.
La precedente exposición tiene como objetivo
fundamental poner en evidencia los nexos existentes entre los
principales agregados relativos a la renta nacional, y se ha
efectuado adoptando como punto de partida aquel total que se ha
considerado de más inmediata percepción, el total
de las rentas personales.
Pero hay que añadir en seguida que la renta
nacional puede interpretarse directamente de tres formas
diferentes, cada una de las cuales corresponde a uno de los
distintos aspectos bajo los que puede ser considerada. Esta puede
interpretarse:
- Como suma de rentas netas añadidas
por las distintas formas de actividad productiva más la
renta neta derivada de las relaciones con el
exterior. - Como suma de rentas obtenidas por los diversos
factores productivos: salarios y sueldos, intereses,
beneficios, rentas. - Como gasto nacional neto, es decir, corno suma de los
consumos finales de bienes servicios por parte de los
consumidores privados y los organismos públicos,
más la formación neta de capital en el interior y
el movimiento
patrimonial en las relaciones exteriores.
Con el método a), al que podemos llamar de
lvalor añadido (comúnmente conocido como
método del valor agregado) llega en forma directa a
la valoración de la renta nacional al costo de los
factores; con el método b), llamado de las «clases
de renta», se valora directamente el total de las rentas
personales o el total de las rentas producidas; con el
método c), llamado del «producto final», se
consigue la valoración directa del producto nacional bruto
a precios de mercado. Pero siempre es posible introducir en uno
cualquiera de los totales las variaciones conceptuales necesarias
para transformarlo en aquel otro total que se quiera
eventualmente considerar.
La renta nacional, interpretada como suma de las rentas
netas de las diversas formas de actividad productiva, se
articulará, por ejemplo, como suma de rentas productivas
por las siguientes actividades: agricultura,
industrias
extractivas, servicios públicos, industrias
manufactureras, construcción, transportes y comunicaciones, comercio, banca y seguros,
servicios del Gobierno, otros servicios, y rentas netas del
exterior.
La renta nacional como gasto nacional en consumo
final se estructura, por el contrario, de la siguiente
forma:
1) Gastos de los consumidores en bienes y
servicios.
2) Gastos corrientes del Gobierno por los mismos
conceptos.
3) Formación bruta de capital en el
interior.
- Inversiones privadas.
- Inversiones
públicas.
4) Inversión o desinversión en
relación con el exterior
El total de estas partidas proporcionará
directamente el producto nacional bruto ( o producto interno
bruto) a los precios de mercado; de este total, corno ya
hemos visto, se obtiene, sustrayendo la amortización y los
impuestos indirectos (deducidos los subsidios), la renta nacional
al costo de los factores.
Más recientemente el desarrollo de la contabilidad
nacional ha permitido considerar desde otros punto de vista los
elementos constitutivos de la renta nacional. Sin anticipar lo
que después diremos sobre este punto, consideramos
oportuno una breve ilustración que permitirá aclarar el
contenido de las valoraciones de la renta nacional
italiana.
Se adopta como punto de partida el ingreso bruto de
una empresa
productiva, consistente en la magnitud de los precios de mercado
pagados por los consumidores, multiplicada por los bienes y
servicios vendidos por ella. De este ingreso bruto es preciso de
traer después el costo de los bienes y servicios a otras
empresas, y la diferencia podrá ser distribuida entre los
diversos factores que han concurrido a la
producción.
Estado de ganancias y pérdidas (resultados) de
una empresa
cualquiera (suponiendo para simplificar, que no se ha producido
en el intervalo considerado ninguna variación en los
stocks) puede resumirse como se muestra en la
tabla VII-2.
TABLA
VII-2
EMPRESA
A
ESTADO DE GANANCIAS Y
PERDIDAS
DEL 1º DE ENERO
31 DE DICIEMBRE DEL 200X
| INGRESOS |
| COSTOS |
| Venta de bienes y servicios. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
NOTA: Adaptado de Napoleón. Diccionario de
Economía
política. 1988
En este ejemplo, si del total de ingresos brutos
deducimos el costo de los bienes y servicios comprados (incluimos
los intereses), obtenemos lo que se define como «valor
añadido» por la empresa A al valor de los bienes y
servicios adquiridos del exterior.
Si pasamos ahora a considerar todas las empresas
productivas de la nación
como una sola empresa, la cuenta consolidada de esta empresa
(«consolidada» en el sentido de que se han eliminado
todas las duplicaciones derivadas de los bienes y servicios que
cada empresa aislada compra de las demás), a la que puede
llamarse «sector productivo privados, se presentará
como se muestra en la tabla VII-3.
TABLA
VII-3
SECTOR PRODUCTIVO
PRIVADO
RESUMEN DE INGRESOS Y
COSTOS
DESDE EL 1º ENERO
HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 200X
INGRESOS | COSTOS | ||
| Venta de bienes y servicios: para uso final, a |
| Sueldos y salarios. |
|
| Amortización. | |
|
| Impuestos y tasas (excluidos los impuestos | |
|
|
| Impuestos directos sobre la renta. |
|
|
| Renta neta del ejercicio. |
NOTA: Adaptado de Napoleoni. Diccionario
de Economía política. 1988
En definitiva, del lado de los ingresos quedan solamente
las ventas efectuadas fuera del sector productivo (uso final y
administración pública), ya que
todas las que se verifiquen a otras empresas productivas
constituyen, para estas últimas, los costos de los
bienes. y servicios adquiridos, costos que forman el ingreso
bruto, esto es, la magnitud de las ventas de los bienes y
servicios de dichas empresas.
Así, por ejemplo, en la hipótesis de que existen solamente dos
empresas, una de las cuales produzca hilados de lana y la otra el
tejido, las cuentas
individuales y la cuenta conjunta consolidada serían como
se muestra en las tablas VII-4, VII-5 y VII-6i:
TABLA
VII-4
EMPRESA
A
RESUMEN DE INGRESOS Y
COSTOS
DESDE EL 1º ENERO
HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 200X
(En millones de US
$)
INGRESOS | $ | COSTOS | $ |
Venta de empresa B. | 50 | Bienes y servicios compra dos del | 20 |
|
| Valor agregado | 30 |
| 50 |
| 50 |
NOTA: Adaptado de
Napoleoni. Diccionario de Economía política.
1988
TABLA
VII-5
EMPRESA
B
RESUMEN DE INGRESOS Y
COSTOS
DESDE EL 1º ENERO
HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 200X
(En millones de US
$)
INGRESOS | $ | COSTOS | $ |
Venta a los consumidores | 110 | Compras a la | 50 |
|
| Valor agregado | 60 |
| 110 |
| 110 |
NOTA: Adaptado de
Napoleoni. Diccionario de Economía política.
1988
TABLA
VII-6
EMPRESA A +
B
RESUMEN DE INGRESOS Y
COSTOS CONSOLIDADO
DESDE EL 1º ENERO
HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 200X
(En millones de US
$)
INGRESOS |
| COSTOS |
|
Ventas a los consumidores | 110 | Bienes y servicios compra dos del | 20 |
|
| Valor agregado por la empresa A | 30 |
|
| Valor agregado por la empresa B | 60 |
| 110 |
| 110 |
NOTA: Adaptado de Napoleoni. Diccionario
de Economía política. 1988
En el ejemplo expuesto, figura aun en el sector de los
costos la partida bienes y servicios adquiridos del exterior,
pero se entiende que, incluyendo a la totalidad de las empresas
productivas, todos los costos se configuran como «valores
añadidos» y su suma es igual al valor de los bienes
y servicios vendidos en el exterior del sistema productivo
privado.
Con referencia a la valoración de la renta
nacional italiana para el año 1952, el «valor
añadido» por el sector productivo privado, obtenido
como suma de los valores
añadidos de las grandes ramas de actividad productiva
(agricultura, industria,
comercio, etc.), ha resultado igual a 8.081 miles de millones.
Obsérvese que en la presentación de los datos parciales
que forman este total, existe en las estadísticas italiana
una partida denominada «diferencia por duplicaciones»
(206 miles de millones) que se debe a la circunstancia de que en
el valor agregado de cada sector de actividad productiva
están incluidas también las cargas por intereses
sobre los capitales tomados a préstamo, cargas que
constituyen una duplicación cuando al considerar la
totalidad del sistema productivo privado se incluye
también el «valor añadido» de los
servicios prestados por el sistema bancario. (En rigor, las
cargas por intereses, al representar también el costo de
un servicio adquirido por la empresa, deben excluirse desde el
primer momento del valor añadido, pero puesto que es
difícil cifrarlas estadísticamente, sector por
sector, se elimina la duplicación sobre el total
global).
La administración pública se estudia de la
misma forma que el sector productivo privado en el sentido de que
también ella proporciona bienes y servicios, los compra
del exterior y con su actividad origina la formación de un
valor añadido. Sólo que al faltar un precio de
mercado los bienes y servicios se valoran al costo.
La contabilidad de la administración
pública puede ilustrarse como sigue (tabla
VII-7):
TABLA
VII-7
ADMINISTRACION
PUBLICA
COSTOS |
| INGRESOS |
Compra de bienes y servicios al sector productivo |
| Bienes y servicios prestados valorados a su costo |
Valor agregado |
|
NOTA: Adaptado de Napoleoni. Diccionario
de Economía política. 1988
El producto neto se define como el valor
agregado deducidas las amortizaciones. Es, por lo tanto,
igual a los ingresos brutos menos el valor de los bienes y
servicios comprados del exterior y menos las amortizaciones. Es,
asimismo, igual al total de las partidas indicadas con los
números 2, 4, 5 y 6 en la tabla VII-2.
Sobre la base del análisis italiano para el
año 1952, los datos relativos al sector productivo privado
y a la administración pública pueden exponerse en
la siguiente forma siguiendo el esquema que se exhibe en la tabla
VII-8.
TABLA
VII-8
SECTOR PRODUCTIVO
PRIVADO
DESDE EL 1º ENERO
HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 200X
(En millones de US
$)
INGRESOS |
| COSTOS Y |
|
Ventas: Usos finales | 7.580 | Valor de los bienes y servicios recibidos de la | 419 |
A la administración | 977 | Producto privado neto a los precios de | 8.138 |
| 8.557 |
| 8.557 |
NOTA: Adaptado de Napoleoni. Diccionario
de Economía política. 1988
En cuanto se refiere a la administración
pública, el valor de los bienes y servicios prestados por
ella se diversifica en bienes y servicios para usos finales y
bienes y servicios proporcionados al sector productivo privado
(se trata de los servicios de la administración
pública, que se consideran directamente útiles para
la producción y cuya utilidad queda incorporada al valor
de los bienes y servicios proporcionados por el sector productivo
privado a los precios de mercado).
TABLA
VII-9
ADMINISTRACION
PUBLICA
DESDE EL 1º ENERO
HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 200X
(En millones de US
$)
COSTOS |
|
| INGRESOS |
|
Compra de bienes y servicios al sector | 977 |
| Bienes y servicios prestados: A los consumidores finales | 1.443 |
Producto neto | 885 |
| Al sector productivo privado | 419 |
| 1.862 |
|
| 1.862 |
NOTA: Adaptado de Napoleoni. Diccionario
de Economía política. 1988
Se entiende que, para obtener el producto nacional neto
a los precios de mercado, será necesario sumar, por una
parte, el producto neto del sector privado y el de la
administración pública, y por otra, el valor de
todos los bienes destinados a usos finales (en la
expresión «usos finales» se incluyen tanto los
consumos finales como las inversiones netas).
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