- Historia del
IASC - Objetivos
- Estructura del
IASB - Cronología del
IASB - Pequeña
Introducción sobre las materias de las
NIC - Objetivos de las
IFRS - Conclusión
- Bibliografía
Como es sabido por muchos, en varios países del
mundo el proceso de
convergencia o divergencia a Normas
Internacionales de Contabilidad (NIC) es una
situación evidente, cada día se suman más y
más países a la
globalización contable, en nuestro país el
Colegio de Contadores de Chile A.G. esta trabajando este proyecto de
Convergencia hace poco mas de un año, patrocinado por el
BID-FOMIN (Banco
Interamericano de Desarrollo en
su calidad de
administrador
de Fondo Multilateral de Inversiones),
tarea encomendada a nuestro gramio por la Superintendencia de
Valores y
Seguros, cuya
tarea debera ser finalizada en el año 2008 cuya probable
fecha de vigencia seria a contar del 1 de enero del año
2009, si bien es cierto que falta bastante tiempo, la
capacitación tiene que empezar desde ahora,
es por eso que hoy en día, KPMG Auditores Consultores
Ltda., una de las cuatro empresas
consultoras mas grandes de nuestra nación,
creo el llamado "Equipo IFRS", constituido por
profesionales de alta calidad, cuyos integrantes son: Jorge
Milillán, socio Auditoría y Lider del Equipo; Orlando
Jeira, Socio Principal de KMPG; Leonardo Torres, Consultor KMPG;
Gastón Villarroel, Gerente Senior
KMPG; Teresa Olivia, Director KMPG y Jaime Bustamante, Gerente
Senior KMPG, los que estaran dedicados en la capacitación
de docentes en
temas referidos a normas
internacionales de contabilidad,
es así como en noviembre de este año (2005)
firmó un convenio con la Universidad de
Santiago de Chile (USACH), pionera en nuestro país que se
preocupa del perfeccionamiento y actualización de
lacademicos en materias IFRS, orientado a entregar mayor
transparencia a la información financiera, lo que provoca en
si misma un replanteamiento de aplicaciones contables de las
empresas.
La necesidad de comparabilidad no debe ser confundida
sólo con uniformidad, y tampoco debe permitirse que llegue
a ser un impedimento para la introducción de normas de contabilidad
más adecuadas, la política contable
adoptada debe ser coherente en sus características
cualitativas de relevancia y fiabilidad.
Dada la importancia que se produce a raís de este
cambio de
normativa contable, lo primero que debe ser objeto de nuestro
estudio para un completo entendimiento de esta materia, es su
origen, el por qué es necesario la globalizarción
de las aplicaciones contables por medio de las normas
internacionales de contabilidad, sus objetivos,
saber como funciona, el sistema regulador
sobre la emisión de normas y el beneficio que se
obtendría al contar con normas contables mundialmente
únicas.
2. Historia del
IASC
En enero de 1973, cuando en Chile se aprobaba la
emisión de nuestro primer Boletín Técnico,
referido escencialmente a materias de teoría
y principios
básicos de contabilidad, en Europa se
organizaba la creación de una entidad mundial con el fin
de dictar normas equitativas e igualitarias para los
países del mundo, dada la heterogeneidad existente, en
aquella epoca ya existia la inquietud de globalizar las normas,
mientras en nuestro país recién se comenzaba a
legislar sobre la materia por medio de Boletines Técnicos
emitidos por el Colegio de Contadores de Chile A.G., finalmente
el 29 de junio de 1973 en Londrés fue creado el ASC
(International Accounting Standardrs Committee), como resultado
de un convenio entre organizaciones
profesionales contables de Australia, Canadá, Francia,
Alemania,
Japón,
México,
Holanda, Reino Unido, Irlanda y Estados
Unidos.
El nacimiento del Comité de Normas Internacional
de Contabilidad nace con el ánimo de armonizar las normas
no importando el país de origen en el que se hayan emitido
las normas, reflejar la esencia economica de las operaciones del
negocio de las empresas emisoras de estados
financieros.
Según la teoría de Van Der Trass en 1988
el problema de la comparabilidad es la armonización entre
el estado y
proceso.
Para ejemplizar las enormes diferencias que se producen
en los estados financieros entre uno y otro país veremos
el caso de dos empresas que quisieron entrar al mercado estado
unidense para vender acciones en el
mercado búrsatil de Wall Street, el primer ejemplo, se
trata de la empresa
Daimler Benz que en 1993 quizo entrar a este mercado, para lo
cual tuvo que convertir sus estados financieros que estaban
confeccionados de acuerdo a directivas internas del país,
que arrojaban una utilidad de 602
millones de marcos (DM) lo que demostraba la rentabilidad
de la empresa, al hacer
la adopción
de los estados financieros según el US GAAP (United
States, Generally Accepted Accounting Principles) el resultado
final de las operaciones era con una pérdida de
1.806 millones de marcos (DM),
una situación similar ocurrio en el año 2001 cuando
la empresa española Telefónica quizo entrar en el
mismo mercado búrsatil, según directivas
españolas el resultado del ejercicio era de 2.000 millones
de euros (€) al adaptar los estados financieros al US GAAP
el resultado fue mas que asombroso, con una pérdida de
7.000 millones de euros (€).
En ambos casos, los estados financieros fueron
confeccionados con la misma información contable y
financiera de cada una de las empresas, aquí toma
importancia el criterio, las normas contables aquí toman
un rol fundamental, es por eso, que para eliminar esas
diferencias y cumplir con la obligatoriedad economica y bursatil
es que en el año 1973 se creo el IASC para cumplir con
este objetivo y
emitir normas contables, la que en aquella epoca, esperaban que
fueran normas de aplicación mundial, que es lo que hoy
esta ocurriendo.
Volviendo un poco al tema del IASC, sus actividades son
conducidas por un Consejo Directivo que incluye representantes de
hasta trece países y hasta cuatro de las organizaciones
cuyo trabajo se
apoya en los informes
financieros. Muchas organizaciones han participado a lo largo de
la vida del IASC como el IOSCO (International Organization of
Securities Commissions), IFAC (International Federation of
Accountants), FASB (Financial Accounting Standards Board), SEC
(Securities Exchange Commission), entre muchas otras
organizaciones que entre 1973 y el año 2000 lograron parte
sustancial de normas, Interpretaciones, un Marco Conceptual, y
otra dirección que es adoptada directamente por
muchas empresas y esto es contemplado por muchas incubadoras
estándar nacionales de contabilidad en el desarrollo de
normas nacionales de contabilidad. En 1997 se constituye el SIC
(Standing Interpretations Committee), cuya misión era
emitir interpretaciones de las NIC para ser aprobadas en forma
definitiva por el IASC.
A fines del año 2000 se aprueba la
reestructuración del IASC quedando con el nombre de IASB
(international Accountong Standardrs Board) a contar del 1°
de Abril de 2001, cuyo comité de interpretaciones que, en
principio su nombre era SIC, a partir del año 2002
sería conocido como IFRIC (International Financial
Reporting Interpretations Committee). Entre los años 2001
y 2005 el IASB se encargo de la revisión de algunas NIC,
además de estudiar sobre materias aun no tratadas en las
NIC publicadas con anterioridad, es asi como en el año
2003 se publica la 1° IFRS sobre adopción por pimera
vez a NIC de estados financieros.
Hoy en día se han emitido 5 IFRS más, la
2° IFRS trata de pagos basados en acciones, la 3° IFRS
sobre combinación de negocios, la
4° IFRS de contratos de
seguros, la 5° IFRS sobre los activos no
corrientes a la venta y
operaciones descontinuadas y por último la 6° IFRS que
trata sobre la exportación y evaluación
de recursos minerales.
El objetivo del IASC era formular y publicar en
beneficio del interés
público las normas comprensibles y ejecutorias globales de
contabilidad que requieren de alta calidad, información
transparente y comparable en declaraciones financieras e informes
financieros para ayudar a participantes en los mercados de
capitales líderes en el mundo y otros usuarios hacen
decisiones económicas a raíz de estos estados
financieros; promover el empleo y uso
riguroso de aquellas normas; causar convergencia de normas
nacionales de contabilidad aplicables en la presentacion de
estados financieros, y promover la emisión,
aceptación y observancia de las IAS, conocidas en nuestro
país como NIC; impulsar la mejora y armonizacion de esta
normativa, teniendo este Consejo completa y total
autonomía para el establecimiento y emisión de
normas internacionales contables.
Los miembros concuerdan apoyando al IASC en el trabajo de
la emisión y publicación de las normas, en los
distintos países para su difusión y poniendo sus
mejores esfuerzos para asegurar que los estados financieros
publicados cumplan en todos sus aspectos sustanciales y que
contengan la revelación de dicho cumplimiento,
además de propiciar la aceptación y observancia de
las normas internacionales de contabilidad a nivel
mundial.
a) ¿Cómo funciona el
IASB?
Dentro del IASB existen varios Comités de
Trabajo, estos estan encargados de realizar los estudios de
algún tema convenido previamente, como resultado de dicho
estudio nace un "Borrador de Discución" para ser
considerado por el Consejo Directivo. Para que se emita este
borador debe ser aprobado por la mayoría de dos tercios
del Consejo Directivo, este es remitido a las organizaciones
contables, a los gobiernos, mercados de valores, organismos
reguladores y otros organismos y entes pertinentes, para ser
analizados y enviar un reporte con los comentarios al respecto
para ser enviados nuevamente al IASB.
Los comentarios y sugerencias del Borrador de
Discusión son estudiados y examinados por el Consejo
Directivo y, de ser necesario, el Borrador de Discusión se
modifica. Este debe ser aprobado por las tres cuartas del Consejo
Directivo, y se emite como una Norma Internacional de
Contabilidad definitiva y entra en vigencia desde la fecha que
indica la misma Norma.
En la actualidad ya no se emiten NIC, el año 2003
se publico la primera IFRS (International Financial Reporting
Standards) o NIIF (Normas Internacionales de Informes
Financieros), pero con la misma forma de trabajo,
aceptación y publicación que tuvieron las
NIC.
b) ¿Quiénes pueden
votar?
Cada país y cada organización son representados por una
persona que
pertenece al Consejo Directivo el cual tiene derecho a un voto.
El texto aprobado
de cualquier Borrador de Discusión o Norma es el publicado
por el IASB en idioma inglés,
cada miembro tiene la responsabilidad, bajo la autoridad del
Consejo Directivo, de traducir los Borradores de Discusión
o de Normas, de modo que, tales traducciones puedan publicarse en
el idioma correspondiente a cada país, cuya traducción deberá indicar el nombre
de la
organización contable encargada de la
traducción y mencionar que se trata de una
traducción del texto aprobado por el IASB.
- Fuente: http://iasplus.deloitte.es
Cambios en la
estructura del IASB
En noviembre de 2004, los administradores delIASC
propusieron una serie de cambios en la estructura del IASB, entre
los que se incluyen:
• aumentar el número de administradores del
IASB de 19 a 22;
• mantener la situación actual de dos
miembros a tiempo parcial del IASB;
• facilitar la combinación de perfiles
requerida en el IASB. Los mínimos actuales de cinco
auditores en activo, tres elaboradores de información
financiera, tres usuarios y un académico serían
sustituidos por "una mezcla apropiada de experiencia
práctica entre auditores, elaboradores, usuarios y
académicos", incluyendo como mínimo a un miembro
del IASB con experiencia reciente en cada uno de dichos
ámbitos.
• otorgar a los administradores el derecho a
comentar y hacer sugerencias sobre la agenda técnica del
IASB, pero ninguna capacidad para decidirla; y
• aumentar el voto para los borradores de
propuesta, las normas y las
interpretaciones de una mayoría simple a nueve de
los 14 miembros del
IASB.
Actualmente la Directiva el IASB es:
1973Acuerdo fundacional del Comité de
Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) rubricado por
representantes de los organismos profesionales de
contabilidad de Australia, Canadá, Francia, Alemania,
Japón, México, Países Bajos, Reino Unido
/ Irlanda, y Estados Unidos.
Se designan comités de seguimiento para los
tres primeros proyectos del
IASC.
1975Se publican las primeras NIC definitivas:
NIC 1 (1975), Revelación de Políticas Contables, y NIC 2 (1975),
Valoración y Presentación de Inventarios
en el Contexto del Sistema de Coste
Histórico.
1982El Consejo del IASC se amplía a 17
miembros, incluyendo miembros de 13 países designados
por el Consejo de la Federación Internacional de
Contables (IFAC) y 4 representantes de organizaciones
relacionadas con la presentación de información
financiera. Todos los miembros del IFAC son a su vez miembros
del IASC. IFAC reconoce y considera a IASC como el emisor de
normas internacionales de contabilidad.
1989La Federación Europea de
Contabilidad (FEE) apoya la armonización internacional
y una mayor participación europea en IASC. IFAC adopta
directrices provenientes del sector
público para requerir a los órganos de
dirección de las empresas públicas el
seguimiento de las NIC.
1994Establecimiento de un Consejo Consultivo
del IASC con responsabilidades de supervisión y
financiación.
1995La Comisión Europea respalda el
acuerdo entre el IASC y la Organización Internacional
de Comisiones de Valores (IOSCO) para completar las normas
fundamentales y determinar que las multinacionales
pertenecientes a los países de la Unión
Europea deberían adoptar las NIC.
1996La Comisión Norteamericana del
Mercado de
Valores (SEC) muestra su
apoyo a los objetivos del IASC para desarrollar, a la mayor
brevedad, un conjunto de normas contables a utilizar en la
preparación de los estados financieros para emisiones
internacionales de valores.
1997Se constituye el Comité de
Interpretaciones Permanente (SIC), formado por 12 miembros
con derecho a voto. Su misión es crear
interpretaciones de las NIC para que el IASC las apruebe
definitivamente.
Se crea un grupo de
trabajo estratégico con objeto de elaborar
recomendaciones que permitan mejorar la estructura y el
funcionamiento futuros del IASC.
1998IFAC/IASC amplía su
composición a 140 miembros pertenecientes a 101
países.
IASC finaliza la elaboración de las normas
fundamentales con la aprobación de la NIC
39.
1999Los Ministros de Finanzas
del G7 y el FMI impulsan
su apoyo a las Normas Internacionales de Contabilidad con el
fin de "fortalecer la arquitectura
financiera internacional".
El Consejo del IASC aprueba unánimemente su
reestructuración en un consejo de 14 miembros (12 a
tiempo completo) bajo un consejo de administradores
independiente.
2000La IOSCO recomienda que sus miembros
permitan a los emisores multinacionales la utilización
de las normas elaboradas por el IASC en las emisiones y
colocaciones internacionales de valores.
Se constituye un comité de designaciones
puntuales, presidido por el Presidente de la SEC Arthur
Levitt, para designar a los Administradores que
supervisarán la nueva estructura del IASB.
Los miembros del IASC aprueban su
reestructuración y la Constitución de un nuevo
IASC.
El Comité de Designaciones nombra a los
primeros administradores.
Los administradores nombran a Sir David Tweedie
(presidente del Consejo de Normas de Contabilidad de Reino
Unido) como el primer
Presidente del Consejo de Normas Internacionales de
Contabilidad reestructurado.
2001Se publican los miembros y se anuncia el
nuevo nombre del IASB. Se constituye también la
Fundación del IASC. El 1 de abril de 2001, el nuevo
IASB asume las principales responsabilidades del IASC en
relación con la emisión de las normas de
contabilidad. Las NIC y SIC existentes son adoptadas por el
IASB.
El IASB se traslada a su nueva oficina en 30
Cannon St., Londres.
El IASB mantiene reuniones con los presidentes de
los ocho organismos encargados de la emisión de normas
contables con los que mantiene una vinculación formal,
con objeto de comenzar a coordinar agendas y establecer
objetivos para la convergencia normativa.
2002El SIC cambia su nombre por el de
Comité de Interpretaciones de Información
Financiera (IFRIC) con una obligación no sólo
de interpretar las NIC y NIIF existentes, sino también
de proporcionar una guía de asuntos no tratados
en las NIC o NIIF.
Europa exige a las empresas cotizadas que apliquen
las NIIF a partir de 2005.
El IASB y el FASB firman un acuerdo conjunto sobre
convergencia.
2003Se publican la primera norma definitiva
NIIF (NIIF 1) y el primer borrador de interpretación del IFRIC.
Se realizan proyectos de mejora (revisiones
importantes de 14 NICs).
2004Gran debate
sobre la NIC 39 en Europa, que se traduce finalmente en su
adopción por la CE con la supresión de dos
secciones de la NIC 39.
Comienza la emisión a través de la
Red de las
reuniones del IASB.
Primer documento de debate del IASB y primera
interpretación definitiva del IFRIC.
Se publican las NIIF 2 a 6.
6. Pequeña
introducción sobre materias de las NIC
NIC 1, Presentación de estados financieros
(revisada en el año 2003)
Esta NIC stablece un marco general para la
presentación de estados financieros con fines generales,
incluyendo directrices para su estructura y el contenido
mínimo.
Los principios fundamentales que subyacen a la
preparación de estados financieros, incluyendo la hipótesis de las empresas en
funcionamiento, la uniformidad de la presentación y
clasificación, la hipótesis contable
del devengo y la materialidad.
Aquí los activos y pasivos, y los ingresos y
gastos, no pueden
compensarse salvo que la compensación esté
permitida o sea exigida por otra NIIF. Cualquier
información comparativa correspondiente al ejercicio
anterior debe ser presentada en los estados financieros mediantes
notas dentro de los mismos. Los informes exigidos por esta normas
son: balance, una cuenta de resultados, un estado de cambios en
el patrimonio
neto, un estado de flujos de efectivo, políticas contables
y notas explicativas.
El estado de cambios en el patrimonio neto debe
reflejar:
– todos los cambios habidos en el patrimonio neto;
o
– los cambios en el patrimonio neto distintos de los
procedentes de operaciones con socios que actúen en
calidad de tales.
Los estados financieros deben ser objeto de
presentación con una periodicidad generalmente anual. Si
cambia la fecha de cierre del ejercicio, y los estados
financieros se presentan para un período distinto a un
año, será necesario informar de este
hecho.
Es muy importante también la obligatoriedad de la
distinción entre activos y pasivos corrientes y no
corrientes.
La NIC 1 especifica los epígrafes que como
mínimo deben presentarse en el balance, la cuenta de
resultados, y el estado de cambios en el patrimonio neto, e
incluye directrices para identificar epígrafes
adicionales.
Requerimientos minimos que deben contener las notas de
los estados financieros según NIC 1:
– las políticas contables seguidas;
– los criterios que ha adoptado la Dirección en
el proceso de aplicar las políticas contables de la
entidad que tengan el efecto más significativo en los
importes registrados en los estados financieros; y
– las principales hipótesis en relación
con el futuro, y otras fuentes
principales de incertidumbre en las estimaciones, que impliquen
un riesgo
significativo de causar un ajuste material en los valores
contables de los activos y pasivos en el próximo
ejercicio.
NIC 2 Existencias
(revisada en el año 2003)
Aquí encontramos el tratamiento contable sobre
las existencias, incluyendo la determinación del coste y
su consiguiente reconocimiento como gasto, si deben ser valoradas
al coste o al valor neto
realizable, según cuál sea menor.
Dentro de los costes se considera el precio de
adquisición, el coste de transformación (materiales,
mano de obra y gastos generales) y otros costes en los que se
haya incurrido para dar a las existencias su condición y
ubicación actuales, pero no las diferencias de
cambio.
Para los elementos de existencias que no son
intercambiables, se atribuyen costes específicos a los
elementos individuales específicos que conforman las
existencias.
Para los elementos intercambiables, el coste se
determina usando las fórmulas de primera entrada primera
salida (FIFO) o coste promedio ponderado. La fórmula
LIFO no está permitida.
Cuando se venden las existencias, el valor contable debe
reconocerse como gasto en el período en que se registra en
ingreso correspondiente.
NIC 7 Estado de Flujo
Efectivo (revisada en el año 1997)
Esta persigue como objetivo la exigibilidad a las
empresas que suministren información acerca de los
movimientos históricos en el efectivo y los equivalentes
al efectivo a través de la presentación de un
estado de flujos de efectivo, clasificados en el período
según que procedan de actividades de explotación,
de inversión y de
financiación.
Los estados de flujos de efectivo deben analizar los
cambios en el efectivo y los equivalentes al efectivo durante un
período, que incluye inversiones a corto plazo (menos de 3
meses desde la fecha de adquisición), fácilmente
convertibles en importes determinados de efectivo, estando
sujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor.
Generalmente no incluyen participaciones de capital.
Si los flujos de efectivo procedentes de actividades de
explotación, inversión y financiación deben
presentarse por separado.
Los flujos de efectivo de las actividades de
explotación se presentan utilizando el método
directo o el indirecto, pero, se recomienda el método
directo.
Los flujos de efectivo procedentes de impuestos sobre
beneficios se clasifican como de explotación salvo que
puedan identificarse específicamente con actividades de
financiación o inversión.
El tipo de cambio
utilizado para la conversión de operaciones denominadas en
una moneda extranjera y los flujos de efectivo de una filial
extranjera deberá ser el tipo vigente en la fecha de los
flujos de efectivo.
Los flujos de efectivo agregados derivados de
adquisiciones y enajenaciones de filiales y otros negocios
deberán presentarse por separado y clasificarse como
actividades de inversión, revelando información
adicional específica.
Las operaciones de inversión y
financiación que no supongan el uso de efectivo
deberán excluirse de los estados de flujos de efectivo,
pero deberán revelarse por separado.
NIC 8 Políticas
Contables, cambios en las estimaciones contables y errores
(revisada en el año 2003)
El objetivo de esta NIC es prescribir los criterios para
seleccionar y cambiar políticas contables, junto con el
tratamiento contable y la información a proporcionar en
cuanto a cambios en políticas contables, cambios en
estimaciones y errores.
En esta norma existe una jerarquía para elegir
políticas contables:
– Normas e interpretaciones del IASB, teniendo en cuenta
cualquier directriz de implantación del IASB.
– A falta de una norma, buscar los requisitos y las
directrices incluidos en las normas e interpretaciones del IASB
que se refieren a cuestiones similares y relacionadas; y las
definiciones, criterios de reconocimiento y conceptos de
valoración de activos, pasivos, ingresos y gastos que se
recogen en el Marco Conceptual.
– La Dirección también puede tener en
cuenta los pronunciamientos más recientes de otros
organismos reguladores que utilicen un marco conceptual similar
al de las NIIF para crear principios contables, otra literatura contable y
prácticas aceptadas del sector.
Aplicar políticas contables atendiendo a
criterios de uniformidad con operaciones similares.
• Realizar cambios de política contable
sólo si lo exige una norma o interpretación o si
producen información más relevante y
fiable.
• Si una norma o interpretación exige un
cambio de política contable, seguir los requisitos de
transición de dicho pronunciamiento. Si no se especifica
ninguno, o si el cambio es voluntario, aplicar la nueva
política contable con efecto retrospectivo mediante la
reexpresión de períodos anteriores. Si la
reexpresión es imposible, incluir el efecto acumulativo
del cambio en los resultados. Si no es posible determinar el
efecto acumulativo, aplicar la nueva política de forma
prospectiva.
• Los cambios en las estimaciones contables (por
ejemplo, un cambio en la vida útil de un activo) se
contabilizan en el ejercicio en curso, o en ejercicios futuros, o
en ambos (sin reformulación).
• Todos los errores deben corregirse mediante la
reformulación de los importes comparativos del ejercicio
anterior y, si el error se produjo antes del primer
período presentado, mediante la reformulación del
balance inicial.
• Son obligatorias las revelaciones sobre cambios
contables, cambios en las estimaciones y correcciones de
errores.
NIC 10 Hechos
Posteriores a la Fecha del Balance (revisada en el año
2003)
Los hechos posteriores a la fecha del balance son todos
aquellos eventos, ya sean
favorables o desfavorables, que se han producido entre la fecha
del balance y la fecha de autorización de emisión
de los estados financieros.
Estos hechos que implican ajustes para reflejar aquellos
hechos que suministran evidencia de condiciones que
existían en la fecha del balance, como la
resolución de un juicio después de la fecha del
balance, pero también existen hechos que no amertita que
los estados sean ajustados como una reducción en los
precios de
mercado después del cierre del ejercicio, que no cambie la
valoración de inversiones a la fecha del
balance.
Los dividendos propuestos o declarados con respecto a
instrumentos de capital después de la fecha del balance no
deberán registrarse como pasivo en la fecha del balance.
Es obligatorio revelar información al respecto.
Una entidad no deberá preparar sus estados
financieros bajo la hipótesis de empresa en funcionamiento
si los hechos posteriores a la fecha del balance indican que esta
hipótesis no es apropiada.
Una entidad deberá revelar la fecha de
autorización de emisión de sus estados
financieros.
NIC 11 Contratos de
Construcción (revisada en el año
1993)
Esta NIC esta diriguida especificamente a Empresas de
Construcción y contratistas, en el cual se persiben los
ingresos y costes proveniente de estos contratos , cuyos ingresos
deben comprender el importe acordado en el contrato inicial
junto con cualquier modificación en el trabajo contratado,
así como reclamaciones o incentivos en la
medida que sea probable que de los mismos resulte un ingreso y
siempre que sean susceptibles de valoración
fiable.
Los costes del contrato deben comprender los costes que
se relacionen directamente con el contrato específico, los
costes que se relacionen con la actividad de contratación
en general y puedan ser imputados al contrato, y cualquier otro
coste que se pueda cargar al cliente,
según los términos pactados en el
contrato.
Cuando el resultado de un contrato de
construcción pueda ser estimado con suficiente fiabilidad,
los ingresos y los costes deben ser reconocidos en resultados
como tales, con referencia al estado de realización de la
actividad consecuencia del contrato (método del porcentaje
de realización o grado de avance), si el resultado no
puede estimarse con suficiente fiabilidad, no deberá
registrarse ningún beneficio. Por el contrario, los
ingresos del contrato sólo deben reconocerse en la medida
en que se prevea la recuperación de los costes incurridos
por causa del contrato, y los costes del contrato deberán
reconocerse en el ejercicio en que se incurran. Ahora si es
probable que los costes totales del contrato vayan a exceder de
los ingresos totales derivados del contrato, la pérdida
esperada deberá reconocerse inmediatamente.
NIC 12 Impuesto sobre
las Ganacias (revisada el año 2000)
El tratamienro contable del impuesto a las ganancias
establece los principios y directrices para la
contabilización de las concecuencias actuales y futuras, a
efecto de los impuestos sobre las ganacias de la
recuperación o liquidación en el futuro del importe
en los lbros en los activos (pasivos) que se han reconocido en el
balance de una empresa y las
transacciones del ejercicio en curso han sido objeto de
reconocimiento en la cuenta de resultado o directamente en los
fondos propios.
Los pasivos por impuestos diferidos deben reconocerse
por las futuras consecuencias fiscales de todas las diferencias
temporarias sujetas a tributación con tres
excepciones:
– pasivos por impuestos diferidos derivados del
reconocimiento inicial del fondo de comercio;
– pasivos por impuestos diferidos derivados del
reconocimiento inicial de un activo o pasivo no surgido de una
combinación de negocios que, en el momento de la
operación, no afecte al resultado contable ni a la base
imponible; y
– pasivos derivados de ganancias no distribuidas
procedentes de inversiones cuando la empresa sea capaz de
controlar la fecha de la reversión de la diferencia y sea
probable que la reversión no se produzca en el futuro
previsible.
Un activo por impuestos diferidos se debe reconocer por
las diferencias temporarias deducibles, las pérdidas
fiscales no utilizadas y los créditos fiscales no utilizados en la
medida en que sea probable que se disponga de ganancias fiscales
con cargo a las cuales puedan utilizarse las diferencias
temporarias deducibles, excepto cuando el activo por impuestos
diferidos surge del reconocimiento inicial de un activo o pasivo,
no derivado de una combinación de negocios que, en el
momento de la operación, no afecte al resultado contable
ni a su base imponible.
Los (activos) pasivos por impuestos diferidos deben
calcularse a los tipos impositivos que se espera que se apliquen
cuando el pasivo sea liquidado o el activo realizado, sobre la
base de tipos impositivos / leyes fiscales
que hayan sido aprobados o prácticamente aprobados antes
de la fecha del balance. El descuento de los activos y pasivos
por impuestos diferidos está prohibido. Los impuestos
anticipados y diferidos deben presentarse como partidas no
corrientes en el balance.
NIC 14 Información Financiera por Segmentos
(revisada en el año 1997)
Esta norma establece criterios para porporcionar
información financiera por líneas de negocios y
zonas geográficas, esta NIC se aplica a las empresas cuyos
títulos de capital o deuda coticen públicamente o a
las empresas que se encuentran en el proceso de emitir
títulos para cotizar en mercados públicos de
títulos. Asimismo, una empresa que revele voluntariamente
información financiera por segmentos debe cumplir los
requisitos de esta NIC.
Se Exige a la empresa que tenga una cuenta en su
estructura organizativa y un sistema de
información interna con el propósito de
identificar sus tipos de segmentos de negocio y
geográficos. Si los segmentos internos no están
basados en grupos de
productos o
servicios
relacionados, ni en áreas geográficas, se exige a
la empresa buscar en el nivel inmediatamente inferior de la
segmentación interna para identificar los
segmentos sobre los que habrá de informar.
Se facilitan directrices sobre los segmentos sobre los
que se habrá de informar (generalmente límites
del 10%), con dos base de segmentación, una de carácter principal, y otra, de
carácter secundario.
La información por segmentos se debe preparar
utilizando las mismas políticas contables adoptadas para
los estados financieros consolidados o individuales.
NIC 16 Inmobilizado Material (revisada en el
año 2003)
Aquí se establecen los principios de
reconocimiento inicial y la contabilización posterior del
inmobilizado material, cuyos elementos deben registrarse como
activos cuando es probable que la empresa obtenga beneficios
económicos derivados del activo, y el coste del activo
pueda calcularse con suficiente fiabilidad, entonces, el
reconocimiento inicial ha de realizarse atendiendo al coste, que
incluye todos los costes necesarios para preparar al activo para
el uso al que está destinado. Si el pago se aplaza,
deberán registrarse intereses.
En la contabilización posterior a la
adquisición, la NIC 16 permite elegir el método
contable:
– Método de coste: El activo se registra al coste
de adquisición menos la amortización acumulada y el deterioro del
valor.
– Método de revalorización: El activo se
registra por el importe revalorizado, que es el valor contable en
la fecha de revalorización menos la amortización
posterior.
Según el método de revalorización,
deben efectuarse revalorizaciones regularmente. Todos los
elementos de una determinada clase deben
ser revalorizados (por ejemplo, todos los edificios). Los
incrementos debidos a una revalorización se abonan al
patrimonio neto. Las disminuciones por revalorización se
registran primero con cargo a la reserva de revalorización
en el patrimonio neto, y cualquier exceso con cargo a resultados.
Cuando el activo revalorizado es enajenado, la reserva de
revalorización en el patrimonio neto permanece en el
patrimonio neto y no se lleva a resultados. Si se utiliza el
método de coste, los componentes de un activo con
distintos patrones de obtención de beneficios deben
amortizarse por separado.
NIC 17 Arrendamientos (revisada en el año
2003)
El objetivo de esta NIC es establecer politicas
contables de arrendamiento apropiadas, tanto pata el arrendador
como para el arrendatario, en que se debe reflejar la
relación con los arrendamientos operativos y
financieros.
El Arrendamiento
Financiero es cuando se transfiere en la totalidad de los
riesgos y
ventajas derivadas de la
propiedad,
como por ejemplo cuando el arrendamiento cubre la totalidad de la
vida del activo; o cuando el valor actual de los pagos de
arrendamiento es prácticamente igual al valor razonable
del activo.
Todos los demas arrendamientos se clasifican como
arrendamientos operativos.
Un arrendamiento de terrenos y edificios deberá
dividirse en elementos de terrenos y edificios. El elemento
terreno es generalmente un arrendamiento operativo. El elemento
edificio es un arrendamiento operativo o financiero en función de
los criterios de la NIC 17. Sin embargo, el cálculo
separado de los elementos terreno y edificio no es obligatorio si
los intereses del arrendatario en el terreno y los edificios se
clasifican como "propiedades de inversión" de acuerdo con
la NIC 40 y se adopta el modelo del
valor razonable.
Arrendamientos financieros – Contabilización del
arrendatario:
– Registrar un activo y un pasivo al valor actual de los
pagos mínimos del arrendamiento o bien al valor razonable
del bien arrendado, si éste fuera menor.
– Política de amortización: la misma que
para los activos que se posean.
– Pago del arrendamiento
financiero: distribuido entre intereses y una
reducción en el pasivo.
Arrendamientos financieros – Contabilización del
arrendador:
– Reconocer como una partida a cobrar por un importe
equivalente a la inversión neta en el
arrendamiento.
– Reconocer los ingresos financieros basándose en
una pauta que refleje un tipo de rendimiento constante sobre la
inversión neta del arrendador.
Arrendamientos operativos – Contabilización del
arrendatario:
– Reconocer los pagos de arrendamientos operativos como
gasto en la cuenta de resultados, de forma lineal a lo largo del
plazo de arrendamiento, salvo que resulte más
representativa otra base de reparto.
Arrendamientos operativos – Contabilización del
arrendador:
– Los arrendadores deben presentar, en el balance, los
activos dedicados a arrendamientos operativos de acuerdo con la
naturaleza de
tales bienes.
– Los arrendamientos operativos deben ser reconocidos de
forma lineal a lo largo del plazo de arrendamiento, salvo que
resulte más representativa otra base sistemática de
reparto,
Los arrendadores deben distribuir los costes directos
iniciales a lo largo del período de arrendamiento
(está prohibido llevarlos a gastos inmediatamente). La
contabilización de operaciones de venta y posterior
arrendamiento (leaseback) depende básicamente de que se
trate de arrendamientos financieros u operativos.
NIC 18 Ingresos (revisada en el año
1993)
Los ingresos ordinarios deben valorarse utilizando el
valor razonable de la contrapartida recibida o por
recibir.
Reconocimiento:
– Procedentes de la venta de bienes: Cuando se han
transferido al comprador los riesgos y ventajas significativos,
el vendedor pierde el control efectivo,
y el importe puede valorarse con fiabilidad.
– Procedentes de la prestación de servicios:
Método del porcentaje de realización.
– Intereses, royalties y dividendos: Se reconocen cuando
es probable que la empresa obtenga beneficios económicos:
Intereses: sobre la base de la proporción de tiempo
transcurrido, teniendo en cuenta el rendimiento efectivo del
activo.
Royalties: utilizando la hipótesis contable del
devengo, de acuerdo con el fondo económico del acuerdo en
que se basan.
Dividendos: cuando se establezca el derecho a recibir el
pago por parte del accionista.
NIC 19 Retribuciones a los empleados (revisada en el
año 2000)
El tratamiento contable y la información a
proporcionar respecto de las retribuciones a los empleados,
incluyendo retribuciones a corto plazo (salarios,
vacaciones anuales, permisos remunerados por enfermedad,
participación en ganancias anuales, incentivos y
retribuciones no monetarias); pensiones, seguros de vida y
asistencia médica post-empleo; y otras prestaciones a
largo plazo (permisos remunerados después de largos
periodos de servicio,
incapacidad, compensación diferida y participación
en ganancias e incentivos a largo plazo).
Según el principio subyacente, el coste de
proporcionar retribuciones a los empleados debe reconocerse en el
período en el cual el empleado recibe la
retribución, no en el momento en que es pagada o
pagadera.
Las retribuciones a los empleados a corto plazo
(pagaderas en 12 meses) deben reconocerse como gasto en el
período en el cual el empleado presta el
servicio.
Los pagos de participación en ganancias y de
incentivos sólo se reconocerán cuando la entidad
tenga una obligación implícita de pagarlos y los
costes puedan estimarse con suficiente fiabilidad.
Los planes de prestaciones post-empleo (como pensiones y
asistencia sanitaria) se clasifican o bien como planes de
aportaciones definidas o como planes de prestaciones
definidas.
De acuerdo con los planes de aportaciones definidas, los
gastos se reconocen en el período en que es pagadera la
aportación.
De acuerdo con los planes de prestaciones definidas, se
reconoce un pasivo en el balance equivalente al importe neto
de:
– el valor actual de las obligaciones
por prestaciones definidas (el valor actual de los pagos futuros
esperados que son necesarios para cumplir con las obligaciones
derivadas de los servicios prestados por los empleados en el
ejercicio en curso y en los anteriores);
– las pérdidas y ganancias actuariales diferidas
y el coste diferido de los servicios pasados; y
– el valor razonable de cualquier activo afecto al
plan en la
fecha del balance.
Los activos afectos al plan incluyen activos
poseídos por un fondo de prestaciones a empleados a largo
plazo y pólizas de seguros aptas.
Las prestaciones a empleados a largo plazo deben
reconocerse y calcularse del mismo modo que las prestaciones
post-empleo de acuerdo con un plan de prestaciones definidas. No
obstante, a diferencia de los planes de prestaciones definidas,
está prohibido diferir las pérdidas o ganancias
actuariales y los costes derivados de servicios
pasados.
Las indemnizaciones por cese deben reconocerse cuando la
entidad se encuentre comprometida de forma demostrable a
rescindir el vínculo que la une a un empleado o grupo de
empleados antes de la fecha normal de retiro, o bien a pagar
indemnizaciones por cese como resultado de una oferta
realizada para incentivar la rescisión voluntaria por
parte de los empleados.
Los planes de retribuciones en forma de instrumentos de
capital están cubiertos por la NIIF 2, no por la NIC
19.
NIC 20 Contabilización de sobvenciones
oficiales e informacion a revelar sobre ayudas
públicas
Reconocer las subvenciones oficiales sólo cuando
exista la garantía razonable de que la entidad
cumplirá las condiciones asociadas a las subvenciones, y
que éstas serán recibidas. Las subvenciones no
monetarias se reconocen normalmente al valor razonable, aunque
está permitido el
reconocimiento al valor nominal.
Aplicar el método de la renta
sistemáticamente (reconocer los ingresos a lo largo de los
ejercicios necesarios para compensarlos con los costes
correspondientes), y no el método del capital
(contabilizarlos directamente en el patrimonio neto).
Las subvenciones relacionadas con ingresos pueden
presentarse como abono en la cuenta de resultados o como deducción en la presentación del
gasto correspondiente.
Las subvenciones relacionadas con activos pueden
presentarse o bien como ingresos diferidos en el balance, o
deducirse en el cálculo del valor contable del
activo.
El reembolso de una subvención oficial debe
tratarse contablemente como revisión de una
estimación contable con un tratamiento distinto para las
subvenciones relacionadas con ingresos y con activos.
NIC 21 Efectos de las variaciónes en los tipos
de cambio de moneda extranjera (revisada en el año
2003)
En primer lugar, determinar la moneda funcional de la
entidad informante. Convertir todas las partidas en moneda
extranjera en la moneda funcional:
– En la fecha de la transacción, registrar
utilizando el tipo de cambio
vigente en la fecha de la transacción para su
reconocimiento y valoración
iniciales.
– En fechas de balances posteriores:
utilizar el tipo de cierre para las partidas monetarias;
utilizar tipos de cambio vigentes en la fecha de la
transacción para partidas no monetarias registradas al
coste histórico; y utilizar tipos de cambio vigentes en la
fecha de valoración para
partidas no monetarias registradas al valor
razonable.
– Las diferencias de cambio surgidas en la
liquidación de partidas monetarias y en la
conversión de partidas monetarias a un tipo distinto al
vigente cuando se reconocieron inicialmente, se incluyen en los
resultados netos, con una excepción:
las diferencias de cambio derivadas de partidas
monetarias que forman parte de la inversión neta realizada
por la empresa en una entidad extranjera se clasifican en los
estados financieros consolidados que incluyen la entidad
extranjera en un componente distinto del patrimonio neto;
serán registradas como ingreso o gasto en la fecha de
enajenación de la inversión
neta.
Los resultados y la situación financiera de
cualquier entidad cuya moneda funcional no sea la moneda de una
economía
hiperinflacionaria se convierten a una moneda de
presentación distinta utilizando los siguientes procedimientos:
– los activos y pasivos correspondientes a cada balance
presentado (incluyendo los comparativos) se convierten al tipo de
cierre en la fecha de dicho balance;
– los ingresos y gastos correspondientes a cada cuenta
de resultados (incluyendo las comparativas) se convierten a tipos
de cambio vigentes en las fechas de las transacciones;
y
– todas las diferencias de cambio resultantes se
reconocen como un componente distinto del patrimonio
neto.
Normas especiales para convertir en una moneda de
presentación los resultados y la situación
financiera de una entidad cuya moneda funcional sea
hiperinflacionaria.
NIC 23 Costes por Intereses
Los costes por intereses incluyen intereses,
amortización de descuentos o primas correspondientes a
préstamos, y amortización de gastos de
formalización de contratos de préstamo.
Se permiten dos tratamientos contables:
– Tratamiento de gasto: Todos los costes por intereses
se reconocen como gastos en el ejercicio en que se
incurren.
– Tratamiento de capitalización: Capitalizar los
costes por intereses directamente atribuibles a la
adquisición o construcción de un activo
cualificado, pero sólo cuando sea probable que dichos
costes generen beneficios económicos en el futuro para la
entidad, y los costes puedan medirse con suficiente fiabilidad.
Todos los demás costes por intereses que no cumplan las
condiciones para la capitalización se reconocerán
como gastos en el ejercicio en que se incurran.
Un activo cualificado es aquel que requiere de un
periodo de tiempo sustancial antes de estar listo para su uso o
para la venta. Algunos ejemplos incluyen plantas de
fabricación, propiedades de inversión y
determinadas existencias.
Si los fondos proceden de préstamos y se utilizan
para obtener el activo cualificado, aplicar un tipo de
capitalización (media ponderada de costes por intereses
aplicables a los préstamos específicos y no
específicos pendientes durante el período) a la
inversión efectuada durante el período, para
determinar el importe de los costes por intereses aptos para la
capitalización.
La revelación de información incluye la
política contable adoptada en relación con los
costes por intereses.
NIC 24 Información a Revelar sobre partes
vinculadas (revisada en el año 2003)
Asegurarse de que en los estados financieros se ha
tenido en cuenta la posibilidad de que la situación
financiera y los resultados de las operaciones puedan verse
afectados por la existencia de partes vinculadas
Las partes vinculadas son partes que controlan o tienen
una influencia significativa sobre la empresa informante, entre
las que se incluyen las empresas dominantes, las filiales, los
negocios conjuntos, los
propietarios y sus familias, los principales directivos clave y
los planes de prestaciones relacionadas con la
jubilación.
Información exigida a revelar:
– Relaciones con partes vinculadas cuando exista
control, aun cuando no se hayan producido operaciones con las
mismas.
– Operaciones con partes vinculadas.
– Retribución de directivos.
Ejemplos de operaciones entre partes vinculadas que
deben desglosarse:
– Compras o
ventas de
bienes.
– Compras o ventas de activos.
– Prestación o recepción de
servicios.
– Arrendamientos.
– Transmisiones de investigación y desarrollo.
– Transmisiones mediante acuerdos de
licencia.
– Transmisiones mediante acuerdos de financiación
(incluidos préstamos y aportaciones de
capital).
– Provisión de garantías o
avales.
– Liquidación de pasivos en nombre de la entidad
o por parte de la entidad en nombre de otra parte.
NIC 26 Contabilización e información
financiera sobre planes de presentaciones por
retiros
Aquí se debe Especificar los principios de
valoración y desglose de información financiera en
relación con los planes de prestaciones por
retiro.
Se debe establecer los requisitos de información
a suministrar tanto en relación con los planes de
aportaciones definidas como con los de prestaciones definidas,
incluyendo un estado de activos netos disponibles para el pago de
prestaciones y un desglose del valor actuarial actual de las
prestaciones comprometidas (detallando las devengadas y las no
devengadas). Además se especifica la necesidad de una
valoración actuarial de las prestaciones correspondientes
a planes de prestaciones definidas, así como la
utilización de valores razonables para la
contabilización de las inversiones de los planes de
pensiones.
NIC 27 Estados Financieros consolidados y
contabilización de inversiones de dependientes (revisada
en el año 2003)
El objetivo es establecer los requisitos para la
preparación y presentación de los estados
financieros consolidados de un grupo de empresas bajo el control
de una dominante y establecer los requisitos para el tratamiento
contable de las inversiones en entidades dependientes, entidades
bajo control conjunto y empresas asociadas en los estados
financieros individuales de la dominante.
Una dependiente es una empresa controlada por otra
entidad, conocida como matriz o
dominante. El control es la facultad de determinar las
políticas financieras y de las operaciones.
Los estados financieros consolidados son los estados
financieros de un grupo de empresas (dominante y dependientes)
presentados como si fueran los de una sola entidad
contable.
Los estados financieros consolidados deben incluir a
todas las dependientes.
No existen exenciones por "control temporal" o porque la
"dependiente opere bajo severas restricciones para la
transferencia de fondos a largo plazo".
Todas las empresas del grupo deben utilizar las mismas
políticas contables.
Las fechas de referencia de los estados financieros de
las dependientes no pueden tener una diferencia mayor de tres
meses con respecto a la fecha de referencia de los estados
financieros del grupo.
Los intereses minoritarios se presentan dentro del
patrimonio neto consolidado en el balance de situación y
no se deducen en el cálculo del resultado consolidado. No
obstante, el resultado consolidado se distribuye entre los
accionistas minoritarios y los de la sociedad
dominante en la cuenta de resultados.
En los estados financieros individuales (separados) de
la dominante se contabilizan todas sus inversiones en
dependientes al coste o como inversión de acuerdo con la
NIC 39.
NIC 28 Contabilización de Inversiones en
empresas asociadas (revisada en el año
2003)
Se aplica a todas las inversiones en las que el inversor
tenga influencia significativa a menos que el inversor sea una
empresa de capital riesgo, un fondo de inversión o un
fondo de inversión mobiliaria, en cuyo caso debe aplicarse
la NIC 39.
El inversor debe utilizar el método de puesta en
equivalencia para todas las inversiones en empresas asociadas en
las que tenga una influencia significativa.
Existe la presunción rebatible de que existe
influencia significativa si se posee una participación,
directa o indirecta, de más del 20% en la
asociada.
De conformidad con el método de puesta en
equivalencia, la inversión se registra al coste en el
momento de la adquisición, ajustándose
posteriormente en función del cambio en la
participación del inversor en los activos netos de la
participada. En la cuenta de resultados del inversor se
recogerá la participación que le corresponda en los
resultados de la adquirida.
Las políticas contables de las asociadas,
consideradas a efectos de la aplicación del método
de la puesta en equivalencia, deben ser las mismas que las del
inversor.
Se exige la contabilización por el método
de puesta en equivalencia en los estados financieros del inversor
cuando no sea obligatorio presentar las cuentas
consolidadas, por ejemplo, porque el inversor carezca de
filiales. No obstante, el inversor no aplica el método de
puesta en equivalencia cuando presenta sus estados financieros
individuales (separados) de conformidad con la NIC 27. En tal
caso, el inversor contabiliza la inversión o bien al coste
o como inversión de conformidad con la NIC 39.
Se requiere la realización de pruebas en
relación con la posible pérdida de valor de los
activos de conformidad con la NIC 36, Deterioro del valor de los
activos. Serán de aplicación los indicadores de
deterioro de valor establecidos en la NIC 39.
NIC 29 Información financiera en
economías hiperinflacionarias
Esta establece principios especificos para la
elaboración y presentación de la información
financiera de una empresa en la moneda correspondiente a una
economía hipreinflacionaria, con el fin de evitar
proporcionar información confusa.
Los estados financieros de una entidad que presente
información financiera en la moneda de una economía
hiperinflacionaria deben presentarse en la unidad de
valoración corriente en la fecha del balance.
Las cifras comparativas de períodos anteriores
deben reformularse en la misma unidad de valoración
corriente del período actual.
Por lo general, una economía es
hiperinflacionaria cuando su tasa de inflación en 3
años es del 100% o superior.
NIC 30 Información a revelar en los estados
financieros de bancos y
entidades financieras similares
El objetivo es regular adecuadamente la
presentación e información a revelar en los estados
financieros de bancos e instituciones
similares, como complemento a los requisitos establecidos por el
resto de NIIF.
Esta normativa se hace exigible a los bancos y entidades
financieras similares clasificar las partidas en el balance y en
la cuenta de resultados atendiendo a su naturaleza y presentar
los activos en función de su liquidez relativa. Se debe
identifica la información mínima a revelar en
relación con las partidas de la cuenta de resultados y el
balance de los bancos y entidades financieras
similares.
Los requisitos de información incluyen la
concentración de activos, pasivos y operaciones fuera de
balance, pérdidas en préstamos y anticipos,
contingencias, pignoraciones de activos y riesgos generales de la
actividad bancaria.
NIC 31 Información financiera sobre los
intereses en negocios conjuntos (revisada en el año
2003)
Esta regula el tratamiento contable de las inversiones
en negocios conjuntos ("joint
ventures"), con independencia
de la estructura o forma legal bajo la cual tienen lugar las
actividades de la entidad.
Estas normas se aplican a todas las inversiones en las
que el inversor tenga el control conjunto, a menos que el
inversor sea una empresa de capital riesgo, un fondo de
inversión o un fondo de inversión mobiliaria, en
cuyo caso debe observarse la norma NIC 39.
La característica principal de un negocio
conjunto es un acuerdo contractual para compartir el control. Los
negocios conjuntos pueden clasificarse como operaciones
controladas conjuntamente, activos controlados conjuntamente o
entidades controladas conjuntamente.
Existen principios de reconocimiento diferentes para los
distintos tipos de negocio conjunto:
Operaciones controladas conjuntamente: el
partícipe reconoce los activos que están bajo su
control, los gastos y pasivos en los que incurre, así como
su parte en los ingresos obtenidos, tanto en sus estados
financieros individuales como consolidados.
Activos controlados conjuntamente: el partícipe
reconoce su parte de los activos controlados conjuntamente,
cualquier pasivo en el que haya incurrido directamente y su parte
de los pasivos en los que haya incurrido conjuntamente con otros
partícipes, cualquier ingreso resultante de la venta o uso
de su parte de la producción del negocio conjunto, cualquier
gasto incurrido en relación con el negocio conjunto y
cualquier gasto que haya incurrido directamente en
relación con su participación en el negocio
conjunto.
Entidades controladas conjuntamente: Existe la
opción de elegir entre dos políticas
contables:
– Consolidación proporcional. De acuerdo con este
método el balance del partícipe incluye su
participación en los activos bajo control conjunto y su
participación en los pasivos de los que es responsable
conjuntamente. Su cuenta de resultados incluye su
participación en los ingresos y gastos de la entidad
controlada conjuntamente.
– Puesta en equivalencia según se describe en la
NIC 28.
En los estados financieros (separados) individuales del
partícipe, las participaciones en negocios conjuntos deben
contabilizarse o bien al coste o bien como inversiones de
conformidad con la NIC 39.
NIC 32 Intrumentos financieros: Presentación e
información a revelar (revisada en el año
2003)
Facilitar a los usuarios de los estados financieros la
comprensión de los instrumentos financieros reconocidos
dentro y fuera del balance así como su efecto sobre la
posición financiera, resultados y flujos de efectivo de la
entidad.
La clasificación de un instrumento por parte del
emisor como pasivo o instrumento de capital:
– Se basará en el fondo y no en la forma del
mismo.
– Tendrá lugar en el momento de emisión y
no se modificará posteriormente.
– Un instrumento es un pasivo financiero si el emisor
puede estar obligado a entregar efectivo u otro activo financiero
o si el titular tiene derecho a exigir efectivo u otro activo
financiero. Un ejemplo son las acciones preferentes cuyo rescate
es obligatorio.
– Un instrumento que no da lugar a dicha
obligación contractual es un instrumento de
capital.
– Los intereses, dividendos, pérdidas y ganancias
relacionados con un instrumento clasificado como pasivo deben
presentarse como ingresos o gastos según
corresponda.
En el momento de la emisión, el emisor debe
clasificar por separado los componentes de pasivo y de capital de
un mismo instrumento compuesto como puede ser una deuda
convertible y una deuda emitida con derechos separables o
warrants.
Un activo y un pasivo financiero pueden ser compensados
y presentados por su importe neto únicamente cuando la
entidad tiene un derecho legalmente reconocido a compensar los
importes de ambos instrumentos y tiene la intención bien
de liquidar por el importe neto o realizar el activo y pagar el
pasivo de forma simultánea.
El coste de las acciones propias se deduce del
patrimonio y las reventas de acciones propias tienen la
consideración de operaciones de capital.
Los costes de emisión o readquisición de
instrumentos de capital (distintos de los derivados de una
combinación de negocios) se contabilizan como
deducción del patrimonio neto, una vez considerada
cualquier ventaja fiscal a
efectos del impuesto sobre beneficios.
Los requisitos de información
incluyen:
– Políticas de cobertura y gestión
de riesgos
– Políticas y prácticas de
contabilización de coberturas, y pérdidas y
ganancias derivadas de las coberturas
– Condiciones y políticas contables relacionadas
con los instrumentos financieros
– Información sobre exposición
al riesgo de interés
– Información sobre exposición al riesgo
de crédito
– Valores razonables de todos los activos y pasivos
financieros, a excepción de aquellos para los que no
exista una medida fiable del valor razonable
– Información sobre bajas, avales, deterioros de
valor, moras e incumplimientos, y reclasificaciones
NIC 33 Beneficios por acción
(evisada en el año 2003)
Esta norma cumple con la función de establecer
principios para la determinación y presentación de
los beneficios por acción (BPA), con objeto de mejorar la
comparabilidad de la rentabilidad entre diferentes sociedades en
un mismo ejercicio y entre diferentes ejercicios para la misma
sociedad. La NIC 33 se centra en el denominador del
cálculo del BPA.
Esta es aplicable a las sociedades cotizadas, sociedades
en proceso de emitir acciones que coticen en mercados
públicos, así como aquellas otras que opten por
presentar voluntariamente esta información.
Requiere la presentación, al mismo nivel de
importancia, de los beneficios por acción básicos y
diluidos como parte de la cuenta de resultados para:
– cada clase de acciones ordinarias,
– para todos los períodos presentados.
En los estados financieros consolidados, los beneficios
por acción reflejan los beneficios atribuibles a los
accionistas de la dominante.
La dilución es una reducción de los
beneficios por acción o un aumento de las pérdidas
por acción como resultado de la conversión de los
instrumentos convertibles, del ejercicio de las opciones o
warrants, o de la emisión de acciones ordinarias cuando se
reúnen ciertas condiciones específicas.
Cálculo de los beneficios por acción
básicos:
– Numerador: resultado del período, una vez
deducidos todos los gastos, incluidos impuestos, partidas
extraordinarias, intereses de socios externos, así como
dividendos de acciones preferentes.
– Denominador: número medio ponderado de acciones
ordinarias en circulación durante el
período.
Cálculo de los beneficios por acción
diluidos:
– Numerador: resultado neto del período
atribuible a las acciones ordinarias ajustado tanto por el
importe, neto de efecto impositivo, de los dividendos e intereses
reconocidos en el período, atribuibles a las acciones
ordinarias potenciales con efecto dilutivo (por ejemplo,
opciones, warrants, obligaciones convertibles, contratos de
seguro
contingente), así como por cualquier otro cambio en los
ingresos o gastos del período que pudiesen resultar de la
conversión de las acciones ordinarias potenciales con
efecto dilutivo.
– Denominador: debe ajustarse por el número de
acciones a emitir en el supuesto de la conversión en
acciones ordinarias de todas las acciones con efecto potencial
dilutivo.
– Las acciones ordinarias potenciales que no se vean
afectadas por la dilución deben ser excluidas del
cálculo.
NIC 34 Información financiera
intermedia
Regular el contenido mínimo de la
información financiera intermedia y los criterios de
reconocimiento y valoración a aplicar en la
información financiera intermedia. Esta norma se aplica
sólo cuando la entidad tiene la obligación o toma
la decisión de emitir información financiera
intermedia de conformidad con las NIIF.
Los organismos reguladores locales de cada país
(y no la NIC 34) establecen:
– Qué sociedades deberían presentar
estados financieros intermedios;
– su frecuencia; y
– el plazo para presentar dicha información tras
la finalización de dicho período
intermedio.
La información financiera intermedia es un
juego completo
o condensado de estados financieros correspondientes a un
período de tiempo inferior al ejercicio anual completo de
la entidad.
El contenido mínimo de la información
financiera intermedia es un balance condensado, una cuenta de
resultados, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado
de flujo de
efectivo y una selección
de notas explicativas.
Establece los períodos comparativos sobre los que
se requiere la presentación de información
financiera intermedia.
La importancia relativa se basa en los datos financieros
del periodo intermedio y no en los de la proyección
anual.
Las notas explicativas de la información
financiera intermedia deben proporcionar información sobre
las transacciones y hechos más significativos para
entender los cambios acontecidos desde la emisión de los
últimos estados financieros anuales.
Las políticas contables han de ser las utilizadas
en la preparación de los estados financieros
anuales.
Los ingresos y gastos deben reconocerse en el
período en el que se devengan, no deben anticiparse o
diferirse.
Los cambios en políticas contables conllevan la
modificación de la información incluida en los
anteriores estados financieros intermedios
presentados.
NIC 36 Deterioro del valor de los activos (revisada
en el año 2004)
Esta se encarga de asegurar que los activos no
están registrados a un importe superior a su importe
recuperable y definir cómo se calcula el mismo.
La NIC 36 es aplicable a todos los activos excepto
existencias (v. NIC 2 Existencias), activos surgidos de los
contratos de construcción (v. NIC 11 Contratos de
construcción), activos por impuestos diferidos (v. NIC 12
Impuestos sobre las ganancias), activos relacionados con
retribuciones a empleados (v. NIC 19 Retribuciones a los
empleados), activos financieros (v. NIC 39 Instrumentos
financieros: reconocimiento y valoración), propiedades
inmobiliarias de inversión valoradas a valor razonable (v.
NIC 40 Inmuebles de inversión) y activos biológicos
relacionados con la actividad agrícola valorados a valor
razonable minorado por los costes en el punto de venta (v. NIC 41
Agricultura).
La pérdida por deterioro en el valor de los
activos debe reconocerse cuando su valor neto contable excede de
su importe recuperable.
En el caso de los activos registrados al coste, el
reconocimiento de la pérdida por deterioro de valor se
registra en la cuenta de resultados. En el caso de los activos
revalorizados, se considera como disminución de la reserva
de revalorización.
El importe recuperable de un activo es el mayor entre el
precio neto de venta y su valor de uso.
El valor de uso es el valor actual de la
estimación de flujos de efectivo futuros derivados del uso
continuado del activo y de su enajenación al final de su
vida útil.
El tipo de descuento es el tipo antes de impuestos que
refleja la valoración actual del mercado en función
del valor temporal del dinero y los
riesgos específicos del activo. El tipo de descuento no
debería reflejar riesgos futuros que ya estuvieran
considerados en la estimación de los flujos de efectivo
futuros y debería coincidir con el rendimiento que un
tercero exigiría a una inversión que generase unos
flujos de efectivo equivalentes a los previstos para dicho
activo.
En cada fecha de balance, se debe revisar la
situación de los activos para detectar indicios de
deterioro en su valor. Si existen indicios de deterioro,
habrá que calcular el importe recuperable.
El fondo de comercio y otros activos intangibles con
vida útil indefinida deben ser sometidos a pruebas de
deterioro de valor al menos una vez al año y a un
cálculo de su importe recuperable.
Si no es posible determinar el importe recuperable de un
activo, habrá que determinar el importe recuperable
correspondiente a la unidad generadora de efectivo que incluye a
ese activo. Las pruebas de deterioro de valor del fondo de
comercio deben realizarse en el grupo de unidades generadoras de
efectivo más pequeño al que pueda asignarse fondo
de comercio de forma razonable y coherente.
Se permite la reversión de pérdidas por
deterioro de valor reconocidas en años anteriores en
determinadas circunstancias (está prohibida en el caso del
fondo de comercio).
Se deben desglosar las pérdidas por deterioro de
valor por clase de activos y por segmento (si fuese aplicable la
NIC 14 Información financiera por segmentos).
También se requiere desglosar las reversiones de
pérdidas por deterioro en el valor de un activo
previamente registradas.
NIC 37 Porvisiones, activos contingentes y pasivos
contingentes
Esta norma se asegura que se utilizan bases apropiadas
para el reconocimiento y la valoración de provisiones,
activos y pasivos contingentes, así como que se revela
información suficiente en las notas a los estados
financieros para permitir a los usuarios comprender su
naturaleza, importe y calendario de vencimiento. El objetivo de
esta norma es asegurarse de que sólo las obligaciones
reales son las que se registran en los estados financieros. No se
incluirán los gastos futuros previstos, aun cuando
estén autorizados por el Consejo de Administración u órgano de gobierno
equivalente, ni las provisiones para cubrir pérdidas
propias aseguradas, incertidumbres generales y otros hechos
todavía no acontecidos.
NIC 38 Activos Inmateriales (revisada en el
año 2004)
Tiene como objeto Establecer el tratamiento contable
para el reconocimiento, valoración y desglose de todos los
elementos de inmovilizado inmaterial que no están
contemplados específicamente en otra NIC.
Esta exige el reconocimiento de un activo inmaterial, ya
sea adquirido o desarrollado internamente, si:
– es probable que dicho activo genere beneficios
económicos futuros para la sociedad, y
– el coste del activo puede ser determinado de forma
fiable.
Existen criterios adicionales para el reconocimiento de
activos inmateriales desarrollados internamente.
Todos los gastos de investigación han de cargarse
a la cuenta de resultados en el momento en el que se
incurren.
Los gastos de desarrollo se capitalizan sólo
cuando se ha podido establecer la viabilidad técnica y
comercial del producto o
servicio en cuestión.
Los activos inmateriales, incluidas las actividades de
I+D en curso, adquiridos en una combinación de negocios
deben reconocerse por separado del fondo de comercio si surgen
como resultado de derechos contractuales o legales o pueden
separarse del negocio.
Los fondos de comercio, las marcas
comerciales, las cabeceras de periódicos o revistas, los
sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes, los
gastos de puesta en marcha, los costes de formación, los
costes de publicidad y los
costes de reubicación, generados internamente, no deben
registrarse como activos.
Si un elemento inmaterial no cumple con la
definición y los criterios de reconocimiento aplicables a
activos inmateriales, los gastos relacionados con dicho elemento
deben llevarse a la cuenta de resultados en el momento en que se
incurren, salvo cuando el coste incurrido forme parte de una
combinación de negocios tratada como adquisición,
en cuyo caso debería pasar a formar parte del importe
asignado al fondo de comercio en la fecha de
adquisición.
A efectos de la contabilización posterior a la
adquisición inicial, los activos inmateriales atienden a
la siguiente clasificación:
– Vida indefinida: No existe un límite previsible
para el período en el que se
espera que el activo genere beneficios económicos
para la sociedad.
"Indefinida" no significa "infinita".
– Vida definida: Existe un período limitado de
generación de beneficios
para la sociedad.
Los activos inmateriales con vida útil indefinida
no se amortizan sino que deben ser sometidos a pruebas de
deterioro de valor en cada fecha de cierre. Si el importe
recuperable es inferior al importe en libros, se
reconoce una pérdida por deterioro de valor. La
evaluación también debe considerar si el activo
inmaterial sigue teniendo una vida indefinida.
Por lo general, el coste (el valor residual suele ser
cero) de un activo inmaterial con vida útil definida se
amortiza a lo largo de dicho período. Si el activo
inmaterial tiene un precio de cotización en un mercado
activo, se permite elegir una política contable basada en
un modelo de revalorización. Siguiendo el modelo de
revalorización, el activo se registra a su importe
revalorizado, que es el valor razonable en la fecha de
revalorización menos la amortización acumulada
practicada con posterioridad. Por lo general, los gastos
ocasionados por un activo inmaterial después de su
adquisición o finalización se registran como gasto.
Sólo en raras ocasiones se cumplen los criterios de
reconocimiento como activo.
NIC 39 Instrumento sFinancieros: reconocimiento y
valoración (revisada en los años 2003 y
2004)
Esta se encarga de establecer los criterios para el
reconocimiento, cancelación y valoración de activos
y pasivos financieros.
Todos los activos y pasivos financieros, incluyendo los
derivados financieros y ciertos instrumentos financieros
implícitos, deben ser reconocidos en el balance de
situación.
Los instrumentos financieros han de valorarse
inicialmente al valor razonable en la fecha de adquisición
o emisión. Por lo general, este valor coincide con el
coste, aunque en algunos casos se precisa un ajuste.
Una entidad tiene la opción de reconocer la
compra o venta ordinaria de activos financieros en el mercado
atendiendo a la fecha de negociación o a la fecha de
liquidación. Si se utiliza a efectos contables la fecha de
liquidación, la NIC 39 requiere el reconocimiento de los
cambios de valor producidos entre la fecha de negociación
y la de liquidación.
Al objeto de valorar los activos financieros en fechas
posteriores a su reconocimiento inicial, la NIC 39 clasifica los
mismos en cuatro categorías:
1. Préstamos y cuentas a cobrar no disponibles
para negociación.
2. Inversiones a ser mantenidas hasta el vencimiento,
tales como títulos de renta fija y acciones preferentes
amortizables, que la empresa tiene la intención y los
recursos financieros necesarios para mantener hasta su
vencimiento. Si una empresa vende de forma anticipada cualquier
inversión a vencimiento (salvo en circunstancias
excepcionales), se vería obligada a reclasificar el resto
de inversiones incluidas en esta categoría a la
categoría de disponible para la venta (ver
categoría 4 más abajo) tanto para el ejercicio en
curso como para los dos siguientes.
3. Activos financieros valorados a valor razonable a
través de la cuenta de resultados, que incluye los
mantenidos para negociación (cuyo propósito es
obtener un beneficio a corto plazo) y cualquier otro activo
financieros que designe la empresa (la "opción del valor
razonable"). Los derivados financieros activos siempre se
consideran instrumentos negociables, salvo que se hayan designado
como instrumentos de cobertura.
4. Activos financieros disponibles para la venta. Se
incluyen en esta categoría el resto de activos financieros
no incluidos en las anteriores.
Esto incluiría todas las inversiones en
instrumentos de capital que no se valoren al valor razonable en
la cuenta de resultados. Además, una empresa podrá
dar consideración de activo financiero disponible para la
venta a cualquier préstamo y cuenta a cobrar.
Tras el reconocimiento inicial:
– Todos los activos financieros de las categorías
1 y 2 anteriores se registran al coste amortizado y se someten a
una prueba de deterioro de valor.
– Todos los activos financieros de la categoría 3
anterior se registran al valor razonable, reconociéndose
los cambios de valor en la cuenta de resultados.
– Todos los activos financieros de la categoría 4
anterior se valoran al valor razonable en el balance,
reconociéndose los cambios de valor en el patrimonio neto,
con sujeción a una prueba de deterioro de valor. Si el
valor razonable de un activo disponible para la venta no puede
medirse de forma fiable, se contabilizará al
coste.
Tras la adquisición, la mayoría de los
pasivos financieros se valoran al importe originalmente
registrado menos reembolsos de principal y amortización.
Hay tres categorías de pasivos que se registran a valor
razonable ajustándose los cambios en su valor en la cuenta
de resultados:
– pasivos derivados;
– pasivos mantenidos para negociación (ventas de
valores en descubierto); y
– cualquier pasivo que designe la empresa, en el momento
de su emisión, que va a registrarse a través de la
cuenta de resultados (la "opción del valor
razonable").
El valor razonable es el importe por el cual puede ser
intercambiado un activo o liquidado un pasivo, entre partes
interesadas, debidamente informadas, en una operación
realizada en condiciones de independencia mutua. La
jerarquía establecida por la NIC 39 para el valor
razonable es la siguiente:
– En primer lugar, el precio de cotización en un
mercado activo.
– En segundo lugar, utilizar una técnica de
valoración que haga máximo uso de la
información del mercado y que incluya operaciones de
mercado recientes realizadas en condiciones de libre
concurrencia, referencias al valor razonable actual de otro
instrumento que sea sustancialmente similar, análisis de flujos de efectivo descontados
y modelos de
valoración de opciones.
La NIC 39 establece las condiciones para determinar
cuándo se ha transferido el control sobre un activo o
pasivo financiero a otra parte, por lo que debe ser dado de baja
del balance (cancelado). La cancelación queda prohibida en
la medida en que el transmitente siga estando involucrado en un
activo o en una parte del mismo que haya trasmitido.
La contabilización de coberturas (reconocimiento
de los efectos compensatorios de los cambios del valor razonable
tanto del instrumento de cobertura como del elemento cubierto en
la cuenta de resultados del mismo período) se permite en
determinadas circunstancias, siempre que la relación de
cobertura esté claramente definida, sea medible y
realmente efectiva. La NIC 39 establece tres tipos de
coberturas:
– Cobertura de valor razonable: Si una entidad cubre un
cambio en el valor razonable de un activo, pasivo o compromiso en
firme reconocido, el cambio en el valor razonable tanto del
instrumento de cobertura como del elemento cubierto se reconoce
en la cuenta de resultados cuando se produce.
– Cobertura de flujos de efectivo: Si una entidad cubre
los cambios en los flujos de efectivo futuros relacionados con un
activo o pasivo reconocido o una operación considerada
probable, el cambio en el valor razonable del instrumento de
cobertura se reconoce directamente en el patrimonio neto hasta
que tengan lugar dichos flujos de efectivo futuros.
Una cobertura del riesgo de cambio en un compromiso
firme podrá registrarse como cobertura del valor razonable
o como cobertura de flujos de efectivo.
La cobertura de una inversión neta en una entidad
extranjera recibe el tratamiento de cobertura de flujo de
efectivo.
Las modificaciones realizadas en 2003 a la NIC 39
trasladaron todos los desgloses que se contemplaban en la NIC 39
a la NIC 32.
NIC 40 Inmuebles de Inversión (revisada en el
año 2004)
La NIC 40 regula el tratamiento contable de los
inmuebles de inversión y los desgloses
correspondientes.
Los inmuebles de inversión son terrenos y
edificios (en propiedad o bajo arrendamiento financiero)
destinados al alquiler o a la obtención de
plusvalías o a ambos.
Esta Norma no se aplica a terrenos o edificios
utilizados por el propietario o que se encuentren en fase de
construcción o desarrollo para su uso futuro como
inversión, o que se encuentren a la venta como
consecuencia de la actividad normal de la sociedad.
Permite a las empresas elegir entre el modelo de coste y
el de valor razonable.
– Modelo de valor razonable: el inmueble de
inversión se registra a su valor razonable y los cambios
en éste se contabilizan directamente en la cuenta de
resultados.
– Modelo de coste: el inmueble de inversión se
registra a su valor neto contable corregido por las
pérdidas por deterioro de su valor.
Adicionalmente, es necesario revelar el valor
razonable.
El modelo elegido ha de aplicarse a todos los inmuebles
de inversión de la sociedad.
Si una entidad utiliza el modelo del valor razonable
pero, en el momento de comprar un inmueble determinado, existen
claros indicios de que la entidad no podrá determinar su
valor razonable de forma continuada, se aplicará el modelo
del coste al activo hasta su enajenación.
Se permite cambiar de un modelo a otro cuando así
se logre una presentación de información más
adecuada (no obstante, es improbable que se justifique un cambio
del modelo del valor razonable al modelo del coste).
Un inmueble, que cumple con la definición general
de inmueble de inversión, que lo mantenga un arrendatario
bajo arrendamiento operativo, podrá ser considerado
contablemente inmueble de inversión, siempre que el
arrendatario utilice el modelo del valor razonable establecido en
la NIC 40.
En este caso, el arrendatario contabilizará el
arrendamiento como si se tratara de un arrendamiento
financiero.
La información a revelar
incluirá:
– el método de determinación del valor
razonable,
– el alcance de la participación de un valorador
independiente en la determinación del valor
razonable.
– los criterios utilizados para clasificar el bien como
inmueble de inversión o no.
– los importes registrados en la cuenta de
resultados.
NIC 41 Agricultura
Establecer los criterios para la contabilización
solamente de la actividad agrícola – que comprende
la gestión de la transformación de activos
biológicos (plantas y
animales) en productos agrícolas.
Valoración de todos los activos biológicos
a valor razonable menos los costes estimados hasta el punto de
venta a la fecha de balance, salvo que el valor razonable no
pueda ser determinado de forma fiable.
Valoración de los productos agrícolas a
valor razonable en el lugar de su cosecha menos los costes
estimados hasta el punto de venta. Dado que los productos
agrícolas cosechados son mercancías
comercializables no hay excepciones para la determinación
del valor razonable.
Las variaciones en el valor razonable de un activo
biológico en un período se registran en la cuenta
de resultados.
Excepción a la determinación del valor
razonable de un activo biológico: cuando en el momento del
reconocimiento inicial en los estados financieros no hay un
mercado activo y no es determinable por otro método de
valoración fiable, el activo biológico
específico se valorará de acuerdo con el modelo del
coste. Los activos biológicos deben ser contabilizados a
su valor neto contable corregido por las pérdidas por
deterioro de valor.
El precio de mercado cotizado en un mercado activo
constituye generalmente la mejor estimación de valor
razonable para un activo biológico o un producto
agrícola. Si no existe mercado activo, la NIC 41
proporciona pautas para seleccionar otros criterios de
valoración.
La valoración a valor razonable se aplica hasta
el momento de la cosecha.
La NIC 2, Existencias, sería de aplicación
a partir del momento de la cosecha.
La información a revelar incluye:
– Descripción de los activos
biológicos de la sociedad, clasificados por
categorías.
– Valor neto contable de cada
categoría.
– Variaciones en el valor razonable durante el
período.
– Conciliación de cambios en el valor contable de
los activos biológicos durante el período,
indicando de forma separada los cambios en la valoración,
adquisiciones, ventas y cosechas.
– Criterios para la determinación del valor
razonable.
IFRS 1 Adopción por primera vez de las Normas
Internacionales de Información Financiera
Objetivo
Establecer los procedimientos que se deben seguir cuando
una empresa adopta las NIIF por primera vez como base de
presentación para sus estados financieros con
carácter general.
IFRS 3 Combinaciones de negocios
Objetivo
Establecer la información financiera que debe
presentar una sociedad cuando lleva a cabo una combinación
de negocios.
IFRS 4 Contratos de seguro
Objetivo
Establecer los requisitos de información
financiera aplicables a contratos de seguro hasta que el IASB
termine la segunda fase de su proyecto sobre norma aplicable a
los contratos de seguro.
IFRS 5 Activos no corrientes mantenidos para la venta
y explotaciones en interrupción definitiva
Objetivo
Establecer el tratamiento contable de los activos
mantenidos para la venta y los requisitos de presentación
e información de explotaciones en interrupción
definitiva.
IFRS 6 Exploración y evaluación de
recursos minerales
Objetivo
Establecer los requisitos de presentación de
información financiera aplicables a la exploración
y evaluación de recursos minerales.
Todas las normas tienen una base económica
detrás, siendo la contabilidad un sistema de
información para la toma de
desiciones, es impresindible contar con una normativa que se
aplique a todos los países dada la globalización económica que hoy en
día se vive, el "Tzunami Contable" que se nos avecina
sobre la forma y el fondo de los estados financieros, que parte
de una heterogeneidad de normas va diriguida a la
armonización entre el estado y proceso para conseguir la
uniformidad y comparabilidad de estados financieros, para la
optención de reflejar una imagen fiel del
patrimonio y la situación financiera de las empresas
emisoras de los informes.
Permítome citar una frase dicha por el Sir David
Tweedie, Presidente del Consejo e Normas Internacionales de
Contabilidad, en una declaración realizada ante el
Comité de Banca, Vivienda y
Asuntos Urbanos del Senado de Estados Unidos en Washington el 09
de septiembre de 2004.
"Un funcionamiento eficaz de los mercados de
capitales es esencial para nuestro bienestar económico. En
mi opinión, una sólida infraestructura de
presentación de información financiera debe
construirse sobre cuatro pilares: (1) normas de contabilidad que
sean uniformes, globales, y que estén basadas en
principios claros para permitir que los informes financieros
reflejen la realidad económica subyacente; (2)
prácticas eficaces de gobierno corporativo, incluyendo una
obligación de establecer fuertes controles internos que
implanten las normas de contabilidad; (3) prácticas de
auditoría que den al mundo exterior la seguridad de que
una entidad está reflejando fielmente sus resultados
económicos y su situación financiera; y (4) un
mecanismo de aplicación o supervisión que garantice
que se están cumpliendo los principios establecidos por
las normas contables y de auditoría."
Es fundamental entonces el uso de un único
método contable para poder
establecer el verdadero sentido de un mundo globalizado y
completamente integrado, el reto es inmenso, esta solo en
nosotros hacer arrancar el motor que nos
conducira a un mundo globalizado y más unido.
"El
conocimiento es un regalo que se dá a todo
áquel que lo quiera recibir"
Mi gran amigo
Leonardo Torres H.
Consultor de KPMG y Académico de la Universidad
de las Américas
http://leonardotorresh.blogspot.com
Conferencia de Normas Internacionales de
Contabilidad
11 de Noviembre DE 2005, Aula Magna, Colegio de
Contadores de Chile A.G.
Asisitida por el Dr. José Luis Ucieda
Blanco
Docente e Investigador en el Departamento de
Contabilidad y Organización de Empresas de la Facultad de
Ciencias
Económicas y Empresariales de la Universidad
Autónoma de Madrid.
Autor:
Yohanna Inostroza Ordenes
Contador Colegiado
Colegio de Contadores de Chile A.G.