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Normas Internacionales de Contabilidad



    1. Historia del
      IASC
    2. Objetivos
    3. Estructura del
      IASB
    4. Cronología del
      IASB
    5. Pequeña
      Introducción sobre las materias de las
      NIC
    6. Objetivos de las
      IFRS
    7. Conclusión
    8. Bibliografía

    1. Introducción

    Como es sabido por muchos, en varios países del
    mundo el proceso de
    convergencia o divergencia a Normas
    Internacionales de Contabilidad (NIC) es una
    situación evidente, cada día se suman más y
    más países a la
    globalización contable, en nuestro país el
    Colegio de Contadores de Chile A.G. esta trabajando este proyecto de
    Convergencia hace poco mas de un año, patrocinado por el
    BID-FOMIN (Banco
    Interamericano de Desarrollo en
    su calidad de
    administrador
    de Fondo Multilateral de Inversiones),
    tarea encomendada a nuestro gramio por la Superintendencia de
    Valores y
    Seguros, cuya
    tarea debera ser finalizada en el año 2008 cuya probable
    fecha de vigencia seria a contar del 1 de enero del año
    2009, si bien es cierto que falta bastante tiempo, la
    capacitación tiene que empezar desde ahora,
    es por eso que hoy en día, KPMG Auditores Consultores
    Ltda., una de las cuatro empresas
    consultoras mas grandes de nuestra nación,
    creo el llamado "Equipo IFRS", constituido por
    profesionales de alta calidad, cuyos integrantes son: Jorge
    Milillán, socio Auditoría y Lider del Equipo; Orlando
    Jeira, Socio Principal de KMPG; Leonardo Torres, Consultor KMPG;
    Gastón Villarroel, Gerente Senior
    KMPG; Teresa Olivia, Director KMPG y Jaime Bustamante, Gerente
    Senior KMPG, los que estaran dedicados en la capacitación
    de docentes en
    temas referidos a normas
    internacionales de contabilidad,
    es así como en noviembre de este año (2005)
    firmó un convenio con la Universidad de
    Santiago de Chile (USACH), pionera en nuestro país que se
    preocupa del perfeccionamiento y actualización de
    lacademicos en materias IFRS, orientado a entregar mayor
    transparencia a la información financiera, lo que provoca en
    si misma un replanteamiento de aplicaciones contables de las
    empresas.

    La necesidad de comparabilidad no debe ser confundida
    sólo con uniformidad, y tampoco debe permitirse que llegue
    a ser un impedimento para la introducción de normas de contabilidad
    más adecuadas, la política contable
    adoptada debe ser coherente en sus características
    cualitativas de relevancia y fiabilidad.

    Dada la importancia que se produce a raís de este
    cambio de
    normativa contable, lo primero que debe ser objeto de nuestro
    estudio para un completo entendimiento de esta materia, es su
    origen, el por qué es necesario la globalizarción
    de las aplicaciones contables por medio de las normas
    internacionales de contabilidad, sus objetivos,
    saber como funciona, el sistema regulador
    sobre la emisión de normas y el beneficio que se
    obtendría al contar con normas contables mundialmente
    únicas.

    2. Historia del
    IASC

    En enero de 1973, cuando en Chile se aprobaba la
    emisión de nuestro primer Boletín Técnico,
    referido escencialmente a materias de teoría
    y principios
    básicos de contabilidad, en Europa se
    organizaba la creación de una entidad mundial con el fin
    de dictar normas equitativas e igualitarias para los
    países del mundo, dada la heterogeneidad existente, en
    aquella epoca ya existia la inquietud de globalizar las normas,
    mientras en nuestro país recién se comenzaba a
    legislar sobre la materia por medio de Boletines Técnicos
    emitidos por el Colegio de Contadores de Chile A.G., finalmente
    el 29 de junio de 1973 en Londrés fue creado el ASC
    (International Accounting Standardrs Committee), como resultado
    de un convenio entre organizaciones
    profesionales contables de Australia, Canadá, Francia,
    Alemania,
    Japón,
    México,
    Holanda, Reino Unido, Irlanda y Estados
    Unidos.

    El nacimiento del Comité de Normas Internacional
    de Contabilidad nace con el ánimo de armonizar las normas
    no importando el país de origen en el que se hayan emitido
    las normas, reflejar la esencia economica de las operaciones del
    negocio de las empresas emisoras de estados
    financieros.

    Según la teoría de Van Der Trass en 1988
    el problema de la comparabilidad es la armonización entre
    el estado y
    proceso.

    Para ejemplizar las enormes diferencias que se producen
    en los estados financieros entre uno y otro país veremos
    el caso de dos empresas que quisieron entrar al mercado estado
    unidense para vender acciones en el
    mercado búrsatil de Wall Street, el primer ejemplo, se
    trata de la empresa
    Daimler Benz que en 1993 quizo entrar a este mercado, para lo
    cual tuvo que convertir sus estados financieros que estaban
    confeccionados de acuerdo a directivas internas del país,
    que arrojaban una utilidad de 602
    millones de marcos (DM) lo que demostraba la rentabilidad
    de la empresa, al hacer
    la adopción
    de los estados financieros según el US GAAP (United
    States, Generally Accepted Accounting Principles) el resultado
    final de las operaciones era con una pérdida de
    1.806 millones de marcos (DM),
    una situación similar ocurrio en el año 2001 cuando
    la empresa española Telefónica quizo entrar en el
    mismo mercado búrsatil, según directivas
    españolas el resultado del ejercicio era de 2.000 millones
    de euros (€) al adaptar los estados financieros al US GAAP
    el resultado fue mas que asombroso, con una pérdida de
    7.000 millones de euros (€).

    En ambos casos, los estados financieros fueron
    confeccionados con la misma información contable y
    financiera de cada una de las empresas, aquí toma
    importancia el criterio, las normas contables aquí toman
    un rol fundamental, es por eso, que para eliminar esas
    diferencias y cumplir con la obligatoriedad economica y bursatil
    es que en el año 1973 se creo el IASC para cumplir con
    este objetivo y
    emitir normas contables, la que en aquella epoca, esperaban que
    fueran normas de aplicación mundial, que es lo que hoy
    esta ocurriendo.

    Volviendo un poco al tema del IASC, sus actividades son
    conducidas por un Consejo Directivo que incluye representantes de
    hasta trece países y hasta cuatro de las organizaciones
    cuyo trabajo se
    apoya en los informes
    financieros. Muchas organizaciones han participado a lo largo de
    la vida del IASC como el IOSCO (International Organization of
    Securities Commissions), IFAC (International Federation of
    Accountants), FASB (Financial Accounting Standards Board), SEC
    (Securities Exchange Commission), entre muchas otras
    organizaciones que entre 1973 y el año 2000 lograron parte
    sustancial de normas, Interpretaciones, un Marco Conceptual, y
    otra dirección que es adoptada directamente por
    muchas empresas y esto es contemplado por muchas incubadoras
    estándar nacionales de contabilidad en el desarrollo de
    normas nacionales de contabilidad. En 1997 se constituye el SIC
    (Standing Interpretations Committee), cuya misión era
    emitir interpretaciones de las NIC para ser aprobadas en forma
    definitiva por el IASC.

    A fines del año 2000 se aprueba la
    reestructuración del IASC quedando con el nombre de IASB
    (international Accountong Standardrs Board) a contar del 1°
    de Abril de 2001, cuyo comité de interpretaciones que, en
    principio su nombre era SIC, a partir del año 2002
    sería conocido como IFRIC (International Financial
    Reporting Interpretations Committee). Entre los años 2001
    y 2005 el IASB se encargo de la revisión de algunas NIC,
    además de estudiar sobre materias aun no tratadas en las
    NIC publicadas con anterioridad, es asi como en el año
    2003 se publica la 1° IFRS sobre adopción por pimera
    vez a NIC de estados financieros.

    Hoy en día se han emitido 5 IFRS más, la
    2° IFRS trata de pagos basados en acciones, la 3° IFRS
    sobre combinación de negocios, la
    4° IFRS de contratos de
    seguros, la 5° IFRS sobre los activos no
    corrientes a la venta y
    operaciones descontinuadas y por último la 6° IFRS que
    trata sobre la exportación y evaluación
    de recursos minerales.

    3. Objetivos del IASB

    El objetivo del IASC era formular y publicar en
    beneficio del interés
    público las normas comprensibles y ejecutorias globales de
    contabilidad que requieren de alta calidad, información
    transparente y comparable en declaraciones financieras e informes
    financieros para ayudar a participantes en los mercados de
    capitales líderes en el mundo y otros usuarios hacen
    decisiones económicas a raíz de estos estados
    financieros; promover el empleo y uso
    riguroso de aquellas normas; causar convergencia de normas
    nacionales de contabilidad aplicables en la presentacion de
    estados financieros, y promover la emisión,
    aceptación y observancia de las IAS, conocidas en nuestro
    país como NIC; impulsar la mejora y armonizacion de esta
    normativa, teniendo este Consejo completa y total
    autonomía para el establecimiento y emisión de
    normas internacionales contables.

    Los miembros concuerdan apoyando al IASC en el trabajo de
    la emisión y publicación de las normas, en los
    distintos países para su difusión y poniendo sus
    mejores esfuerzos para asegurar que los estados financieros
    publicados cumplan en todos sus aspectos sustanciales y que
    contengan la revelación de dicho cumplimiento,
    además de propiciar la aceptación y observancia de
    las normas internacionales de contabilidad a nivel
    mundial.

    4. Estructura del
    IASB

    a) ¿Cómo funciona el
    IASB?

    Dentro del IASB existen varios Comités de
    Trabajo, estos estan encargados de realizar los estudios de
    algún tema convenido previamente, como resultado de dicho
    estudio nace un "Borrador de Discución" para ser
    considerado por el Consejo Directivo. Para que se emita este
    borador debe ser aprobado por la mayoría de dos tercios
    del Consejo Directivo, este es remitido a las organizaciones
    contables, a los gobiernos, mercados de valores, organismos
    reguladores y otros organismos y entes pertinentes, para ser
    analizados y enviar un reporte con los comentarios al respecto
    para ser enviados nuevamente al IASB.

    Los comentarios y sugerencias del Borrador de
    Discusión son estudiados y examinados por el Consejo
    Directivo y, de ser necesario, el Borrador de Discusión se
    modifica. Este debe ser aprobado por las tres cuartas del Consejo
    Directivo, y se emite como una Norma Internacional de
    Contabilidad definitiva y entra en vigencia desde la fecha que
    indica la misma Norma.

    En la actualidad ya no se emiten NIC, el año 2003
    se publico la primera IFRS (International Financial Reporting
    Standards) o NIIF (Normas Internacionales de Informes
    Financieros), pero con la misma forma de trabajo,
    aceptación y publicación que tuvieron las
    NIC.

    b) ¿Quiénes pueden
    votar?

    Cada país y cada organización son representados por una
    persona que
    pertenece al Consejo Directivo el cual tiene derecho a un voto.
    El texto aprobado
    de cualquier Borrador de Discusión o Norma es el publicado
    por el IASB en idioma inglés,
    cada miembro tiene la responsabilidad, bajo la autoridad del
    Consejo Directivo, de traducir los Borradores de Discusión
    o de Normas, de modo que, tales traducciones puedan publicarse en
    el idioma correspondiente a cada país, cuya traducción deberá indicar el nombre
    de la
    organización contable encargada de la
    traducción y mencionar que se trata de una
    traducción del texto aprobado por el IASB.

    Organigrama
    del IASB

    Cambios en la
    estructura del IASB

    En noviembre de 2004, los administradores delIASC
    propusieron una serie de cambios en la estructura del IASB, entre
    los que se incluyen:

    • aumentar el número de administradores del
    IASB de 19 a 22;

    • mantener la situación actual de dos
    miembros a tiempo parcial del IASB;

    • facilitar la combinación de perfiles
    requerida en el IASB. Los mínimos actuales de cinco
    auditores en activo, tres elaboradores de información
    financiera, tres usuarios y un académico serían
    sustituidos por "una mezcla apropiada de experiencia
    práctica entre auditores, elaboradores, usuarios y
    académicos", incluyendo como mínimo a un miembro
    del IASB con experiencia reciente en cada uno de dichos
    ámbitos.

    • otorgar a los administradores el derecho a
    comentar y hacer sugerencias sobre la agenda técnica del
    IASB, pero ninguna capacidad para decidirla; y

    • aumentar el voto para los borradores de
    propuesta, las normas y las

    interpretaciones de una mayoría simple a nueve de
    los 14 miembros del

    IASB.

    Actualmente la Directiva el IASB es:

    5. Cronología
    del IASB

    1973Acuerdo fundacional del Comité de
    Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) rubricado por
    representantes de los organismos profesionales de
    contabilidad de Australia, Canadá, Francia, Alemania,
    Japón, México, Países Bajos, Reino Unido
    / Irlanda, y Estados Unidos.

    Se designan comités de seguimiento para los
    tres primeros proyectos del
    IASC.

    1975Se publican las primeras NIC definitivas:
    NIC 1 (1975), Revelación de Políticas Contables, y NIC 2 (1975),
    Valoración y Presentación de Inventarios
    en el Contexto del Sistema de Coste
    Histórico.

    1982El Consejo del IASC se amplía a 17
    miembros, incluyendo miembros de 13 países designados
    por el Consejo de la Federación Internacional de
    Contables (IFAC) y 4 representantes de organizaciones
    relacionadas con la presentación de información
    financiera. Todos los miembros del IFAC son a su vez miembros
    del IASC. IFAC reconoce y considera a IASC como el emisor de
    normas internacionales de contabilidad.

    1989La Federación Europea de
    Contabilidad (FEE) apoya la armonización internacional
    y una mayor participación europea en IASC. IFAC adopta
    directrices provenientes del sector
    público para requerir a los órganos de
    dirección de las empresas públicas el
    seguimiento de las NIC.

    1994Establecimiento de un Consejo Consultivo
    del IASC con responsabilidades de supervisión y
    financiación.

    1995La Comisión Europea respalda el
    acuerdo entre el IASC y la Organización Internacional
    de Comisiones de Valores (IOSCO) para completar las normas
    fundamentales y determinar que las multinacionales
    pertenecientes a los países de la Unión
    Europea deberían adoptar las NIC.

    1996La Comisión Norteamericana del
    Mercado de
    Valores (SEC) muestra su
    apoyo a los objetivos del IASC para desarrollar, a la mayor
    brevedad, un conjunto de normas contables a utilizar en la
    preparación de los estados financieros para emisiones
    internacionales de valores.

    1997Se constituye el Comité de
    Interpretaciones Permanente (SIC), formado por 12 miembros
    con derecho a voto. Su misión es crear
    interpretaciones de las NIC para que el IASC las apruebe
    definitivamente.

    Se crea un grupo de
    trabajo estratégico con objeto de elaborar
    recomendaciones que permitan mejorar la estructura y el
    funcionamiento futuros del IASC.

    1998IFAC/IASC amplía su
    composición a 140 miembros pertenecientes a 101
    países.

    IASC finaliza la elaboración de las normas
    fundamentales con la aprobación de la NIC
    39.

    1999Los Ministros de Finanzas
    del G7 y el FMI impulsan
    su apoyo a las Normas Internacionales de Contabilidad con el
    fin de "fortalecer la arquitectura
    financiera internacional".

    El Consejo del IASC aprueba unánimemente su
    reestructuración en un consejo de 14 miembros (12 a
    tiempo completo) bajo un consejo de administradores
    independiente.

    2000La IOSCO recomienda que sus miembros
    permitan a los emisores multinacionales la utilización
    de las normas elaboradas por el IASC en las emisiones y
    colocaciones internacionales de valores.

    Se constituye un comité de designaciones
    puntuales, presidido por el Presidente de la SEC Arthur
    Levitt, para designar a los Administradores que
    supervisarán la nueva estructura del IASB.

    Los miembros del IASC aprueban su
    reestructuración y la Constitución de un nuevo
    IASC.

    El Comité de Designaciones nombra a los
    primeros administradores.

    Los administradores nombran a Sir David Tweedie
    (presidente del Consejo de Normas de Contabilidad de Reino
    Unido) como el primer

    Presidente del Consejo de Normas Internacionales de
    Contabilidad reestructurado.

    2001Se publican los miembros y se anuncia el
    nuevo nombre del IASB. Se constituye también la
    Fundación del IASC. El 1 de abril de 2001, el nuevo
    IASB asume las principales responsabilidades del IASC en
    relación con la emisión de las normas de
    contabilidad. Las NIC y SIC existentes son adoptadas por el
    IASB.

    El IASB se traslada a su nueva oficina en 30
    Cannon St., Londres.

    El IASB mantiene reuniones con los presidentes de
    los ocho organismos encargados de la emisión de normas
    contables con los que mantiene una vinculación formal,
    con objeto de comenzar a coordinar agendas y establecer
    objetivos para la convergencia normativa.

    2002El SIC cambia su nombre por el de
    Comité de Interpretaciones de Información
    Financiera (IFRIC) con una obligación no sólo
    de interpretar las NIC y NIIF existentes, sino también
    de proporcionar una guía de asuntos no tratados
    en las NIC o NIIF.

    Europa exige a las empresas cotizadas que apliquen
    las NIIF a partir de 2005.

    El IASB y el FASB firman un acuerdo conjunto sobre
    convergencia.

    2003Se publican la primera norma definitiva
    NIIF (NIIF 1) y el primer borrador de interpretación del IFRIC.

    Se realizan proyectos de mejora (revisiones
    importantes de 14 NICs).

    2004Gran debate
    sobre la NIC 39 en Europa, que se traduce finalmente en su
    adopción por la CE con la supresión de dos
    secciones de la NIC 39.

    Comienza la emisión a través de la
    Red de las
    reuniones del IASB.

    Primer documento de debate del IASB y primera
    interpretación definitiva del IFRIC.

    Se publican las NIIF 2 a 6.

    6. Pequeña
    introducción sobre materias de las NIC

    NIC 1, Presentación de estados financieros
    (revisada en el año 2003)

    Esta NIC stablece un marco general para la
    presentación de estados financieros con fines generales,
    incluyendo directrices para su estructura y el contenido
    mínimo.

    Los principios fundamentales que subyacen a la
    preparación de estados financieros, incluyendo la hipótesis de las empresas en
    funcionamiento, la uniformidad de la presentación y
    clasificación, la hipótesis contable
    del devengo y la materialidad.

    Aquí los activos y pasivos, y los ingresos y
    gastos, no pueden
    compensarse salvo que la compensación esté
    permitida o sea exigida por otra NIIF. Cualquier
    información comparativa correspondiente al ejercicio
    anterior debe ser presentada en los estados financieros mediantes
    notas dentro de los mismos. Los informes exigidos por esta normas
    son: balance, una cuenta de resultados, un estado de cambios en
    el patrimonio
    neto, un estado de flujos de efectivo, políticas contables
    y notas explicativas.

    El estado de cambios en el patrimonio neto debe
    reflejar:

    – todos los cambios habidos en el patrimonio neto;
    o

    – los cambios en el patrimonio neto distintos de los
    procedentes de operaciones con socios que actúen en
    calidad de tales.

    Los estados financieros deben ser objeto de
    presentación con una periodicidad generalmente anual. Si
    cambia la fecha de cierre del ejercicio, y los estados
    financieros se presentan para un período distinto a un
    año, será necesario informar de este
    hecho.

    Es muy importante también la obligatoriedad de la
    distinción entre activos y pasivos corrientes y no
    corrientes.

    La NIC 1 especifica los epígrafes que como
    mínimo deben presentarse en el balance, la cuenta de
    resultados, y el estado de cambios en el patrimonio neto, e
    incluye directrices para identificar epígrafes
    adicionales.

    Requerimientos minimos que deben contener las notas de
    los estados financieros según NIC 1:

    – las políticas contables seguidas;

    – los criterios que ha adoptado la Dirección en
    el proceso de aplicar las políticas contables de la
    entidad que tengan el efecto más significativo en los
    importes registrados en los estados financieros; y

    – las principales hipótesis en relación
    con el futuro, y otras fuentes
    principales de incertidumbre en las estimaciones, que impliquen
    un riesgo
    significativo de causar un ajuste material en los valores
    contables de los activos y pasivos en el próximo
    ejercicio.

    NIC 2 Existencias
    (revisada en el año 2003)

    Aquí encontramos el tratamiento contable sobre
    las existencias, incluyendo la determinación del coste y
    su consiguiente reconocimiento como gasto, si deben ser valoradas
    al coste o al valor neto
    realizable, según cuál sea menor.

    Dentro de los costes se considera el precio de
    adquisición, el coste de transformación (materiales,
    mano de obra y gastos generales) y otros costes en los que se
    haya incurrido para dar a las existencias su condición y
    ubicación actuales, pero no las diferencias de
    cambio.

    Para los elementos de existencias que no son
    intercambiables, se atribuyen costes específicos a los
    elementos individuales específicos que conforman las
    existencias.

    Para los elementos intercambiables, el coste se
    determina usando las fórmulas de primera entrada primera
    salida (FIFO) o coste promedio ponderado. La fórmula
    LIFO no está permitida.

    Cuando se venden las existencias, el valor contable debe
    reconocerse como gasto en el período en que se registra en
    ingreso correspondiente.

    NIC 7 Estado de Flujo
    Efectivo (revisada en el año 1997)

    Esta persigue como objetivo la exigibilidad a las
    empresas que suministren información acerca de los
    movimientos históricos en el efectivo y los equivalentes
    al efectivo a través de la presentación de un
    estado de flujos de efectivo, clasificados en el período
    según que procedan de actividades de explotación,
    de inversión y de
    financiación.

    Los estados de flujos de efectivo deben analizar los
    cambios en el efectivo y los equivalentes al efectivo durante un
    período, que incluye inversiones a corto plazo (menos de 3
    meses desde la fecha de adquisición), fácilmente
    convertibles en importes determinados de efectivo, estando
    sujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor.
    Generalmente no incluyen participaciones de capital.

    Si los flujos de efectivo procedentes de actividades de
    explotación, inversión y financiación deben
    presentarse por separado.

    Los flujos de efectivo de las actividades de
    explotación se presentan utilizando el método
    directo o el indirecto, pero, se recomienda el método
    directo.

    Los flujos de efectivo procedentes de impuestos sobre
    beneficios se clasifican como de explotación salvo que
    puedan identificarse específicamente con actividades de
    financiación o inversión.

    El tipo de cambio
    utilizado para la conversión de operaciones denominadas en
    una moneda extranjera y los flujos de efectivo de una filial
    extranjera deberá ser el tipo vigente en la fecha de los
    flujos de efectivo.

    Los flujos de efectivo agregados derivados de
    adquisiciones y enajenaciones de filiales y otros negocios
    deberán presentarse por separado y clasificarse como
    actividades de inversión, revelando información
    adicional específica.

    Las operaciones de inversión y
    financiación que no supongan el uso de efectivo
    deberán excluirse de los estados de flujos de efectivo,
    pero deberán revelarse por separado.

    NIC 8 Políticas
    Contables, cambios en las estimaciones contables y errores
    (revisada en el año 2003)

    El objetivo de esta NIC es prescribir los criterios para
    seleccionar y cambiar políticas contables, junto con el
    tratamiento contable y la información a proporcionar en
    cuanto a cambios en políticas contables, cambios en
    estimaciones y errores.

    En esta norma existe una jerarquía para elegir
    políticas contables:

    – Normas e interpretaciones del IASB, teniendo en cuenta
    cualquier directriz de implantación del IASB.

    – A falta de una norma, buscar los requisitos y las
    directrices incluidos en las normas e interpretaciones del IASB
    que se refieren a cuestiones similares y relacionadas; y las
    definiciones, criterios de reconocimiento y conceptos de
    valoración de activos, pasivos, ingresos y gastos que se
    recogen en el Marco Conceptual.

    – La Dirección también puede tener en
    cuenta los pronunciamientos más recientes de otros
    organismos reguladores que utilicen un marco conceptual similar
    al de las NIIF para crear principios contables, otra literatura contable y
    prácticas aceptadas del sector.

    Aplicar políticas contables atendiendo a
    criterios de uniformidad con operaciones similares.

    • Realizar cambios de política contable
    sólo si lo exige una norma o interpretación o si
    producen información más relevante y
    fiable.

    • Si una norma o interpretación exige un
    cambio de política contable, seguir los requisitos de
    transición de dicho pronunciamiento. Si no se especifica
    ninguno, o si el cambio es voluntario, aplicar la nueva
    política contable con efecto retrospectivo mediante la
    reexpresión de períodos anteriores. Si la
    reexpresión es imposible, incluir el efecto acumulativo
    del cambio en los resultados. Si no es posible determinar el
    efecto acumulativo, aplicar la nueva política de forma
    prospectiva.

    • Los cambios en las estimaciones contables (por
    ejemplo, un cambio en la vida útil de un activo) se
    contabilizan en el ejercicio en curso, o en ejercicios futuros, o
    en ambos (sin reformulación).

    • Todos los errores deben corregirse mediante la
    reformulación de los importes comparativos del ejercicio
    anterior y, si el error se produjo antes del primer
    período presentado, mediante la reformulación del
    balance inicial.

    • Son obligatorias las revelaciones sobre cambios
    contables, cambios en las estimaciones y correcciones de
    errores.

    NIC 10 Hechos
    Posteriores a la Fecha del Balance (revisada en el año
    2003)

    Los hechos posteriores a la fecha del balance son todos
    aquellos eventos, ya sean
    favorables o desfavorables, que se han producido entre la fecha
    del balance y la fecha de autorización de emisión
    de los estados financieros.

    Estos hechos que implican ajustes para reflejar aquellos
    hechos que suministran evidencia de condiciones que
    existían en la fecha del balance, como la
    resolución de un juicio después de la fecha del
    balance, pero también existen hechos que no amertita que
    los estados sean ajustados como una reducción en los
    precios de
    mercado después del cierre del ejercicio, que no cambie la
    valoración de inversiones a la fecha del
    balance.

    Los dividendos propuestos o declarados con respecto a
    instrumentos de capital después de la fecha del balance no
    deberán registrarse como pasivo en la fecha del balance.
    Es obligatorio revelar información al respecto.

    Una entidad no deberá preparar sus estados
    financieros bajo la hipótesis de empresa en funcionamiento
    si los hechos posteriores a la fecha del balance indican que esta
    hipótesis no es apropiada.

    Una entidad deberá revelar la fecha de
    autorización de emisión de sus estados
    financieros.

    NIC 11 Contratos de
    Construcción (revisada en el año
    1993)

    Esta NIC esta diriguida especificamente a Empresas de
    Construcción y contratistas, en el cual se persiben los
    ingresos y costes proveniente de estos contratos , cuyos ingresos
    deben comprender el importe acordado en el contrato inicial
    junto con cualquier modificación en el trabajo contratado,
    así como reclamaciones o incentivos en la
    medida que sea probable que de los mismos resulte un ingreso y
    siempre que sean susceptibles de valoración
    fiable.

    Los costes del contrato deben comprender los costes que
    se relacionen directamente con el contrato específico, los
    costes que se relacionen con la actividad de contratación
    en general y puedan ser imputados al contrato, y cualquier otro
    coste que se pueda cargar al cliente,
    según los términos pactados en el
    contrato.

    Cuando el resultado de un contrato de
    construcción pueda ser estimado con suficiente fiabilidad,
    los ingresos y los costes deben ser reconocidos en resultados
    como tales, con referencia al estado de realización de la
    actividad consecuencia del contrato (método del porcentaje
    de realización o grado de avance), si el resultado no
    puede estimarse con suficiente fiabilidad, no deberá
    registrarse ningún beneficio. Por el contrario, los
    ingresos del contrato sólo deben reconocerse en la medida
    en que se prevea la recuperación de los costes incurridos
    por causa del contrato, y los costes del contrato deberán
    reconocerse en el ejercicio en que se incurran. Ahora si es
    probable que los costes totales del contrato vayan a exceder de
    los ingresos totales derivados del contrato, la pérdida
    esperada deberá reconocerse inmediatamente.

    NIC 12 Impuesto sobre
    las Ganacias (revisada el año 2000)

    El tratamienro contable del impuesto a las ganancias
    establece los principios y directrices para la
    contabilización de las concecuencias actuales y futuras, a
    efecto de los impuestos sobre las ganacias de la
    recuperación o liquidación en el futuro del importe
    en los lbros en los activos (pasivos) que se han reconocido en el
    balance de una empresa y las
    transacciones del ejercicio en curso han sido objeto de
    reconocimiento en la cuenta de resultado o directamente en los
    fondos propios.

    Los pasivos por impuestos diferidos deben reconocerse
    por las futuras consecuencias fiscales de todas las diferencias
    temporarias sujetas a tributación con tres
    excepciones:

    – pasivos por impuestos diferidos derivados del
    reconocimiento inicial del fondo de comercio;

    – pasivos por impuestos diferidos derivados del
    reconocimiento inicial de un activo o pasivo no surgido de una
    combinación de negocios que, en el momento de la
    operación, no afecte al resultado contable ni a la base
    imponible; y

    – pasivos derivados de ganancias no distribuidas
    procedentes de inversiones cuando la empresa sea capaz de
    controlar la fecha de la reversión de la diferencia y sea
    probable que la reversión no se produzca en el futuro
    previsible.

    Un activo por impuestos diferidos se debe reconocer por
    las diferencias temporarias deducibles, las pérdidas
    fiscales no utilizadas y los créditos fiscales no utilizados en la
    medida en que sea probable que se disponga de ganancias fiscales
    con cargo a las cuales puedan utilizarse las diferencias
    temporarias deducibles, excepto cuando el activo por impuestos
    diferidos surge del reconocimiento inicial de un activo o pasivo,
    no derivado de una combinación de negocios que, en el
    momento de la operación, no afecte al resultado contable
    ni a su base imponible.

    Los (activos) pasivos por impuestos diferidos deben
    calcularse a los tipos impositivos que se espera que se apliquen
    cuando el pasivo sea liquidado o el activo realizado, sobre la
    base de tipos impositivos / leyes fiscales
    que hayan sido aprobados o prácticamente aprobados antes
    de la fecha del balance. El descuento de los activos y pasivos
    por impuestos diferidos está prohibido. Los impuestos
    anticipados y diferidos deben presentarse como partidas no
    corrientes en el balance.

    NIC 14 Información Financiera por Segmentos
    (revisada en el año 1997)

    Esta norma establece criterios para porporcionar
    información financiera por líneas de negocios y
    zonas geográficas, esta NIC se aplica a las empresas cuyos
    títulos de capital o deuda coticen públicamente o a
    las empresas que se encuentran en el proceso de emitir
    títulos para cotizar en mercados públicos de
    títulos. Asimismo, una empresa que revele voluntariamente
    información financiera por segmentos debe cumplir los
    requisitos de esta NIC.

    Se Exige a la empresa que tenga una cuenta en su
    estructura organizativa y un sistema de
    información interna con el propósito de
    identificar sus tipos de segmentos de negocio y
    geográficos. Si los segmentos internos no están
    basados en grupos de
    productos o
    servicios
    relacionados, ni en áreas geográficas, se exige a
    la empresa buscar en el nivel inmediatamente inferior de la
    segmentación interna para identificar los
    segmentos sobre los que habrá de informar.

    Se facilitan directrices sobre los segmentos sobre los
    que se habrá de informar (generalmente límites
    del 10%), con dos base de segmentación, una de carácter principal, y otra, de
    carácter secundario.

    La información por segmentos se debe preparar
    utilizando las mismas políticas contables adoptadas para
    los estados financieros consolidados o individuales.

    NIC 16 Inmobilizado Material (revisada en el
    año 2003)

    Aquí se establecen los principios de
    reconocimiento inicial y la contabilización posterior del
    inmobilizado material, cuyos elementos deben registrarse como
    activos cuando es probable que la empresa obtenga beneficios
    económicos derivados del activo, y el coste del activo
    pueda calcularse con suficiente fiabilidad, entonces, el
    reconocimiento inicial ha de realizarse atendiendo al coste, que
    incluye todos los costes necesarios para preparar al activo para
    el uso al que está destinado. Si el pago se aplaza,
    deberán registrarse intereses.

    En la contabilización posterior a la
    adquisición, la NIC 16 permite elegir el método
    contable:

    – Método de coste: El activo se registra al coste
    de adquisición menos la amortización acumulada y el deterioro del
    valor.

    – Método de revalorización: El activo se
    registra por el importe revalorizado, que es el valor contable en
    la fecha de revalorización menos la amortización
    posterior.

    Según el método de revalorización,
    deben efectuarse revalorizaciones regularmente. Todos los
    elementos de una determinada clase deben
    ser revalorizados (por ejemplo, todos los edificios). Los
    incrementos debidos a una revalorización se abonan al
    patrimonio neto. Las disminuciones por revalorización se
    registran primero con cargo a la reserva de revalorización
    en el patrimonio neto, y cualquier exceso con cargo a resultados.
    Cuando el activo revalorizado es enajenado, la reserva de
    revalorización en el patrimonio neto permanece en el
    patrimonio neto y no se lleva a resultados. Si se utiliza el
    método de coste, los componentes de un activo con
    distintos patrones de obtención de beneficios deben
    amortizarse por separado.

    NIC 17 Arrendamientos (revisada en el año
    2003)

    El objetivo de esta NIC es establecer politicas
    contables de arrendamiento apropiadas, tanto pata el arrendador
    como para el arrendatario, en que se debe reflejar la
    relación con los arrendamientos operativos y
    financieros.

    El Arrendamiento
    Financiero es cuando se transfiere en la totalidad de los
    riesgos y
    ventajas derivadas de la
    propiedad,
    como por ejemplo cuando el arrendamiento cubre la totalidad de la
    vida del activo; o cuando el valor actual de los pagos de
    arrendamiento es prácticamente igual al valor razonable
    del activo.

    Todos los demas arrendamientos se clasifican como
    arrendamientos operativos.

    Un arrendamiento de terrenos y edificios deberá
    dividirse en elementos de terrenos y edificios. El elemento
    terreno es generalmente un arrendamiento operativo. El elemento
    edificio es un arrendamiento operativo o financiero en función de
    los criterios de la NIC 17. Sin embargo, el cálculo
    separado de los elementos terreno y edificio no es obligatorio si
    los intereses del arrendatario en el terreno y los edificios se
    clasifican como "propiedades de inversión" de acuerdo con
    la NIC 40 y se adopta el modelo del
    valor razonable.

    Arrendamientos financieros – Contabilización del
    arrendatario:

    – Registrar un activo y un pasivo al valor actual de los
    pagos mínimos del arrendamiento o bien al valor razonable
    del bien arrendado, si éste fuera menor.

    – Política de amortización: la misma que
    para los activos que se posean.

    – Pago del arrendamiento
    financiero: distribuido entre intereses y una
    reducción en el pasivo.

    Arrendamientos financieros – Contabilización del
    arrendador:

    – Reconocer como una partida a cobrar por un importe
    equivalente a la inversión neta en el
    arrendamiento.

    – Reconocer los ingresos financieros basándose en
    una pauta que refleje un tipo de rendimiento constante sobre la
    inversión neta del arrendador.

    Arrendamientos operativos – Contabilización del
    arrendatario:

    – Reconocer los pagos de arrendamientos operativos como
    gasto en la cuenta de resultados, de forma lineal a lo largo del
    plazo de arrendamiento, salvo que resulte más
    representativa otra base de reparto.

    Arrendamientos operativos – Contabilización del
    arrendador:

    – Los arrendadores deben presentar, en el balance, los
    activos dedicados a arrendamientos operativos de acuerdo con la
    naturaleza de
    tales bienes.

    – Los arrendamientos operativos deben ser reconocidos de
    forma lineal a lo largo del plazo de arrendamiento, salvo que
    resulte más representativa otra base sistemática de
    reparto,

    Los arrendadores deben distribuir los costes directos
    iniciales a lo largo del período de arrendamiento
    (está prohibido llevarlos a gastos inmediatamente). La
    contabilización de operaciones de venta y posterior
    arrendamiento (leaseback) depende básicamente de que se
    trate de arrendamientos financieros u operativos.

    NIC 18 Ingresos (revisada en el año
    1993)

    Los ingresos ordinarios deben valorarse utilizando el
    valor razonable de la contrapartida recibida o por
    recibir.

    Reconocimiento:

    – Procedentes de la venta de bienes: Cuando se han
    transferido al comprador los riesgos y ventajas significativos,
    el vendedor pierde el control efectivo,
    y el importe puede valorarse con fiabilidad.

    – Procedentes de la prestación de servicios:
    Método del porcentaje de realización.

    – Intereses, royalties y dividendos: Se reconocen cuando
    es probable que la empresa obtenga beneficios económicos:
    Intereses: sobre la base de la proporción de tiempo
    transcurrido, teniendo en cuenta el rendimiento efectivo del
    activo.

    Royalties: utilizando la hipótesis contable del
    devengo, de acuerdo con el fondo económico del acuerdo en
    que se basan.

    Dividendos: cuando se establezca el derecho a recibir el
    pago por parte del accionista.

    NIC 19 Retribuciones a los empleados (revisada en el
    año 2000)

    El tratamiento contable y la información a
    proporcionar respecto de las retribuciones a los empleados,
    incluyendo retribuciones a corto plazo (salarios,
    vacaciones anuales, permisos remunerados por enfermedad,
    participación en ganancias anuales, incentivos y
    retribuciones no monetarias); pensiones, seguros de vida y
    asistencia médica post-empleo; y otras prestaciones a
    largo plazo (permisos remunerados después de largos
    periodos de servicio,
    incapacidad, compensación diferida y participación
    en ganancias e incentivos a largo plazo).

    Según el principio subyacente, el coste de
    proporcionar retribuciones a los empleados debe reconocerse en el
    período en el cual el empleado recibe la
    retribución, no en el momento en que es pagada o
    pagadera.

    Las retribuciones a los empleados a corto plazo
    (pagaderas en 12 meses) deben reconocerse como gasto en el
    período en el cual el empleado presta el
    servicio.

    Los pagos de participación en ganancias y de
    incentivos sólo se reconocerán cuando la entidad
    tenga una obligación implícita de pagarlos y los
    costes puedan estimarse con suficiente fiabilidad.

    Los planes de prestaciones post-empleo (como pensiones y
    asistencia sanitaria) se clasifican o bien como planes de
    aportaciones definidas o como planes de prestaciones
    definidas.

    De acuerdo con los planes de aportaciones definidas, los
    gastos se reconocen en el período en que es pagadera la
    aportación.

    De acuerdo con los planes de prestaciones definidas, se
    reconoce un pasivo en el balance equivalente al importe neto
    de:

    – el valor actual de las obligaciones
    por prestaciones definidas (el valor actual de los pagos futuros
    esperados que son necesarios para cumplir con las obligaciones
    derivadas de los servicios prestados por los empleados en el
    ejercicio en curso y en los anteriores);

    – las pérdidas y ganancias actuariales diferidas
    y el coste diferido de los servicios pasados; y

    – el valor razonable de cualquier activo afecto al
    plan en la
    fecha del balance.

    Los activos afectos al plan incluyen activos
    poseídos por un fondo de prestaciones a empleados a largo
    plazo y pólizas de seguros aptas.

    Las prestaciones a empleados a largo plazo deben
    reconocerse y calcularse del mismo modo que las prestaciones
    post-empleo de acuerdo con un plan de prestaciones definidas. No
    obstante, a diferencia de los planes de prestaciones definidas,
    está prohibido diferir las pérdidas o ganancias
    actuariales y los costes derivados de servicios
    pasados.

    Las indemnizaciones por cese deben reconocerse cuando la
    entidad se encuentre comprometida de forma demostrable a
    rescindir el vínculo que la une a un empleado o grupo de
    empleados antes de la fecha normal de retiro, o bien a pagar
    indemnizaciones por cese como resultado de una oferta
    realizada para incentivar la rescisión voluntaria por
    parte de los empleados.

    Los planes de retribuciones en forma de instrumentos de
    capital están cubiertos por la NIIF 2, no por la NIC
    19.

    NIC 20 Contabilización de sobvenciones
    oficiales e informacion a revelar sobre ayudas
    públicas

    Reconocer las subvenciones oficiales sólo cuando
    exista la garantía razonable de que la entidad
    cumplirá las condiciones asociadas a las subvenciones, y
    que éstas serán recibidas. Las subvenciones no
    monetarias se reconocen normalmente al valor razonable, aunque
    está permitido el

    reconocimiento al valor nominal.

    Aplicar el método de la renta
    sistemáticamente (reconocer los ingresos a lo largo de los
    ejercicios necesarios para compensarlos con los costes
    correspondientes), y no el método del capital
    (contabilizarlos directamente en el patrimonio neto).

    Las subvenciones relacionadas con ingresos pueden
    presentarse como abono en la cuenta de resultados o como deducción en la presentación del
    gasto correspondiente.

    Las subvenciones relacionadas con activos pueden
    presentarse o bien como ingresos diferidos en el balance, o
    deducirse en el cálculo del valor contable del
    activo.

    El reembolso de una subvención oficial debe
    tratarse contablemente como revisión de una
    estimación contable con un tratamiento distinto para las
    subvenciones relacionadas con ingresos y con activos.

    NIC 21 Efectos de las variaciónes en los tipos
    de cambio de moneda extranjera (revisada en el año
    2003)

    En primer lugar, determinar la moneda funcional de la
    entidad informante. Convertir todas las partidas en moneda
    extranjera en la moneda funcional:

    – En la fecha de la transacción, registrar
    utilizando el tipo de cambio

    vigente en la fecha de la transacción para su
    reconocimiento y valoración

    iniciales.

    – En fechas de balances posteriores:

    utilizar el tipo de cierre para las partidas monetarias;
    utilizar tipos de cambio vigentes en la fecha de la
    transacción para partidas no monetarias registradas al
    coste histórico; y utilizar tipos de cambio vigentes en la
    fecha de valoración para

    partidas no monetarias registradas al valor
    razonable.

    – Las diferencias de cambio surgidas en la
    liquidación de partidas monetarias y en la
    conversión de partidas monetarias a un tipo distinto al
    vigente cuando se reconocieron inicialmente, se incluyen en los
    resultados netos, con una excepción:

    las diferencias de cambio derivadas de partidas
    monetarias que forman parte de la inversión neta realizada
    por la empresa en una entidad extranjera se clasifican en los
    estados financieros consolidados que incluyen la entidad
    extranjera en un componente distinto del patrimonio neto;
    serán registradas como ingreso o gasto en la fecha de
    enajenación de la inversión
    neta.

    Los resultados y la situación financiera de
    cualquier entidad cuya moneda funcional no sea la moneda de una
    economía
    hiperinflacionaria se convierten a una moneda de
    presentación distinta utilizando los siguientes procedimientos:

    – los activos y pasivos correspondientes a cada balance
    presentado (incluyendo los comparativos) se convierten al tipo de
    cierre en la fecha de dicho balance;

    – los ingresos y gastos correspondientes a cada cuenta
    de resultados (incluyendo las comparativas) se convierten a tipos
    de cambio vigentes en las fechas de las transacciones;
    y

    – todas las diferencias de cambio resultantes se
    reconocen como un componente distinto del patrimonio
    neto.

    Normas especiales para convertir en una moneda de
    presentación los resultados y la situación
    financiera de una entidad cuya moneda funcional sea
    hiperinflacionaria.

    NIC 23 Costes por Intereses

    Los costes por intereses incluyen intereses,
    amortización de descuentos o primas correspondientes a
    préstamos, y amortización de gastos de
    formalización de contratos de préstamo.

    Se permiten dos tratamientos contables:

    – Tratamiento de gasto: Todos los costes por intereses
    se reconocen como gastos en el ejercicio en que se
    incurren.

    – Tratamiento de capitalización: Capitalizar los
    costes por intereses directamente atribuibles a la
    adquisición o construcción de un activo
    cualificado, pero sólo cuando sea probable que dichos
    costes generen beneficios económicos en el futuro para la
    entidad, y los costes puedan medirse con suficiente fiabilidad.
    Todos los demás costes por intereses que no cumplan las
    condiciones para la capitalización se reconocerán
    como gastos en el ejercicio en que se incurran.

    Un activo cualificado es aquel que requiere de un
    periodo de tiempo sustancial antes de estar listo para su uso o
    para la venta. Algunos ejemplos incluyen plantas de
    fabricación, propiedades de inversión y
    determinadas existencias.

    Si los fondos proceden de préstamos y se utilizan
    para obtener el activo cualificado, aplicar un tipo de
    capitalización (media ponderada de costes por intereses
    aplicables a los préstamos específicos y no
    específicos pendientes durante el período) a la
    inversión efectuada durante el período, para
    determinar el importe de los costes por intereses aptos para la
    capitalización.

    La revelación de información incluye la
    política contable adoptada en relación con los
    costes por intereses.

    NIC 24 Información a Revelar sobre partes
    vinculadas (revisada en el año 2003)

    Asegurarse de que en los estados financieros se ha
    tenido en cuenta la posibilidad de que la situación
    financiera y los resultados de las operaciones puedan verse
    afectados por la existencia de partes vinculadas

    Las partes vinculadas son partes que controlan o tienen
    una influencia significativa sobre la empresa informante, entre
    las que se incluyen las empresas dominantes, las filiales, los
    negocios conjuntos, los
    propietarios y sus familias, los principales directivos clave y
    los planes de prestaciones relacionadas con la
    jubilación.

    Información exigida a revelar:

    – Relaciones con partes vinculadas cuando exista
    control, aun cuando no se hayan producido operaciones con las
    mismas.

    – Operaciones con partes vinculadas.

    – Retribución de directivos.

    Ejemplos de operaciones entre partes vinculadas que
    deben desglosarse:

    – Compras o
    ventas de
    bienes.

    – Compras o ventas de activos.

    – Prestación o recepción de
    servicios.

    – Arrendamientos.

    – Transmisiones de investigación y desarrollo.

    – Transmisiones mediante acuerdos de
    licencia.

    – Transmisiones mediante acuerdos de financiación
    (incluidos préstamos y aportaciones de
    capital).

    – Provisión de garantías o
    avales.

    – Liquidación de pasivos en nombre de la entidad
    o por parte de la entidad en nombre de otra parte.

    NIC 26 Contabilización e información
    financiera sobre planes de presentaciones por
    retiros

    Aquí se debe Especificar los principios de
    valoración y desglose de información financiera en
    relación con los planes de prestaciones por
    retiro.

    Se debe establecer los requisitos de información
    a suministrar tanto en relación con los planes de
    aportaciones definidas como con los de prestaciones definidas,
    incluyendo un estado de activos netos disponibles para el pago de
    prestaciones y un desglose del valor actuarial actual de las
    prestaciones comprometidas (detallando las devengadas y las no
    devengadas). Además se especifica la necesidad de una
    valoración actuarial de las prestaciones correspondientes
    a planes de prestaciones definidas, así como la
    utilización de valores razonables para la
    contabilización de las inversiones de los planes de
    pensiones.

    NIC 27 Estados Financieros consolidados y
    contabilización de inversiones de dependientes (revisada
    en el año 2003)

    El objetivo es establecer los requisitos para la
    preparación y presentación de los estados
    financieros consolidados de un grupo de empresas bajo el control
    de una dominante y establecer los requisitos para el tratamiento
    contable de las inversiones en entidades dependientes, entidades
    bajo control conjunto y empresas asociadas en los estados
    financieros individuales de la dominante.

    Una dependiente es una empresa controlada por otra
    entidad, conocida como matriz o
    dominante. El control es la facultad de determinar las
    políticas financieras y de las operaciones.

    Los estados financieros consolidados son los estados
    financieros de un grupo de empresas (dominante y dependientes)
    presentados como si fueran los de una sola entidad
    contable.

    Los estados financieros consolidados deben incluir a
    todas las dependientes.

    No existen exenciones por "control temporal" o porque la
    "dependiente opere bajo severas restricciones para la
    transferencia de fondos a largo plazo".

    Todas las empresas del grupo deben utilizar las mismas
    políticas contables.

    Las fechas de referencia de los estados financieros de
    las dependientes no pueden tener una diferencia mayor de tres
    meses con respecto a la fecha de referencia de los estados
    financieros del grupo.

    Los intereses minoritarios se presentan dentro del
    patrimonio neto consolidado en el balance de situación y
    no se deducen en el cálculo del resultado consolidado. No
    obstante, el resultado consolidado se distribuye entre los
    accionistas minoritarios y los de la sociedad
    dominante en la cuenta de resultados.

    En los estados financieros individuales (separados) de
    la dominante se contabilizan todas sus inversiones en
    dependientes al coste o como inversión de acuerdo con la
    NIC 39.

    NIC 28 Contabilización de Inversiones en
    empresas asociadas (revisada en el año
    2003)

    Se aplica a todas las inversiones en las que el inversor
    tenga influencia significativa a menos que el inversor sea una
    empresa de capital riesgo, un fondo de inversión o un
    fondo de inversión mobiliaria, en cuyo caso debe aplicarse
    la NIC 39.

    El inversor debe utilizar el método de puesta en
    equivalencia para todas las inversiones en empresas asociadas en
    las que tenga una influencia significativa.

    Existe la presunción rebatible de que existe
    influencia significativa si se posee una participación,
    directa o indirecta, de más del 20% en la
    asociada.

    De conformidad con el método de puesta en
    equivalencia, la inversión se registra al coste en el
    momento de la adquisición, ajustándose
    posteriormente en función del cambio en la
    participación del inversor en los activos netos de la
    participada. En la cuenta de resultados del inversor se
    recogerá la participación que le corresponda en los
    resultados de la adquirida.

    Las políticas contables de las asociadas,
    consideradas a efectos de la aplicación del método
    de la puesta en equivalencia, deben ser las mismas que las del
    inversor.

    Se exige la contabilización por el método
    de puesta en equivalencia en los estados financieros del inversor
    cuando no sea obligatorio presentar las cuentas
    consolidadas, por ejemplo, porque el inversor carezca de
    filiales. No obstante, el inversor no aplica el método de
    puesta en equivalencia cuando presenta sus estados financieros
    individuales (separados) de conformidad con la NIC 27. En tal
    caso, el inversor contabiliza la inversión o bien al coste
    o como inversión de conformidad con la NIC 39.

    Se requiere la realización de pruebas en
    relación con la posible pérdida de valor de los
    activos de conformidad con la NIC 36, Deterioro del valor de los
    activos. Serán de aplicación los indicadores de
    deterioro de valor establecidos en la NIC 39.

    NIC 29 Información financiera en
    economías hiperinflacionarias

    Esta establece principios especificos para la
    elaboración y presentación de la información
    financiera de una empresa en la moneda correspondiente a una
    economía hipreinflacionaria, con el fin de evitar
    proporcionar información confusa.

    Los estados financieros de una entidad que presente
    información financiera en la moneda de una economía
    hiperinflacionaria deben presentarse en la unidad de
    valoración corriente en la fecha del balance.

    Las cifras comparativas de períodos anteriores
    deben reformularse en la misma unidad de valoración
    corriente del período actual.

    Por lo general, una economía es
    hiperinflacionaria cuando su tasa de inflación en 3
    años es del 100% o superior.

    NIC 30 Información a revelar en los estados
    financieros de bancos y
    entidades financieras similares

    El objetivo es regular adecuadamente la
    presentación e información a revelar en los estados
    financieros de bancos e instituciones
    similares, como complemento a los requisitos establecidos por el
    resto de NIIF.

    Esta normativa se hace exigible a los bancos y entidades
    financieras similares clasificar las partidas en el balance y en
    la cuenta de resultados atendiendo a su naturaleza y presentar
    los activos en función de su liquidez relativa. Se debe
    identifica la información mínima a revelar en
    relación con las partidas de la cuenta de resultados y el
    balance de los bancos y entidades financieras
    similares.

    Los requisitos de información incluyen la
    concentración de activos, pasivos y operaciones fuera de
    balance, pérdidas en préstamos y anticipos,
    contingencias, pignoraciones de activos y riesgos generales de la
    actividad bancaria.

    NIC 31 Información financiera sobre los
    intereses en negocios conjuntos (revisada en el año
    2003)

    Esta regula el tratamiento contable de las inversiones
    en negocios conjuntos ("joint

    ventures"), con independencia
    de la estructura o forma legal bajo la cual tienen lugar las
    actividades de la entidad.

    Estas normas se aplican a todas las inversiones en las
    que el inversor tenga el control conjunto, a menos que el
    inversor sea una empresa de capital riesgo, un fondo de
    inversión o un fondo de inversión mobiliaria, en
    cuyo caso debe observarse la norma NIC 39.

    La característica principal de un negocio
    conjunto es un acuerdo contractual para compartir el control. Los
    negocios conjuntos pueden clasificarse como operaciones
    controladas conjuntamente, activos controlados conjuntamente o
    entidades controladas conjuntamente.

    Existen principios de reconocimiento diferentes para los
    distintos tipos de negocio conjunto:

    Operaciones controladas conjuntamente: el
    partícipe reconoce los activos que están bajo su
    control, los gastos y pasivos en los que incurre, así como
    su parte en los ingresos obtenidos, tanto en sus estados
    financieros individuales como consolidados.

    Activos controlados conjuntamente: el partícipe
    reconoce su parte de los activos controlados conjuntamente,
    cualquier pasivo en el que haya incurrido directamente y su parte
    de los pasivos en los que haya incurrido conjuntamente con otros
    partícipes, cualquier ingreso resultante de la venta o uso
    de su parte de la producción del negocio conjunto, cualquier
    gasto incurrido en relación con el negocio conjunto y
    cualquier gasto que haya incurrido directamente en
    relación con su participación en el negocio
    conjunto.

    Entidades controladas conjuntamente: Existe la
    opción de elegir entre dos políticas
    contables:

    – Consolidación proporcional. De acuerdo con este
    método el balance del partícipe incluye su
    participación en los activos bajo control conjunto y su
    participación en los pasivos de los que es responsable
    conjuntamente. Su cuenta de resultados incluye su
    participación en los ingresos y gastos de la entidad
    controlada conjuntamente.

    – Puesta en equivalencia según se describe en la
    NIC 28.

    En los estados financieros (separados) individuales del
    partícipe, las participaciones en negocios conjuntos deben
    contabilizarse o bien al coste o bien como inversiones de
    conformidad con la NIC 39.

    NIC 32 Intrumentos financieros: Presentación e
    información a revelar (revisada en el año
    2003)

    Facilitar a los usuarios de los estados financieros la
    comprensión de los instrumentos financieros reconocidos
    dentro y fuera del balance así como su efecto sobre la
    posición financiera, resultados y flujos de efectivo de la
    entidad.

    La clasificación de un instrumento por parte del
    emisor como pasivo o instrumento de capital:

    – Se basará en el fondo y no en la forma del
    mismo.

    – Tendrá lugar en el momento de emisión y
    no se modificará posteriormente.

    – Un instrumento es un pasivo financiero si el emisor
    puede estar obligado a entregar efectivo u otro activo financiero
    o si el titular tiene derecho a exigir efectivo u otro activo
    financiero. Un ejemplo son las acciones preferentes cuyo rescate
    es obligatorio.

    – Un instrumento que no da lugar a dicha
    obligación contractual es un instrumento de
    capital.

    – Los intereses, dividendos, pérdidas y ganancias
    relacionados con un instrumento clasificado como pasivo deben
    presentarse como ingresos o gastos según
    corresponda.

    En el momento de la emisión, el emisor debe
    clasificar por separado los componentes de pasivo y de capital de
    un mismo instrumento compuesto como puede ser una deuda
    convertible y una deuda emitida con derechos separables o
    warrants.

    Un activo y un pasivo financiero pueden ser compensados
    y presentados por su importe neto únicamente cuando la
    entidad tiene un derecho legalmente reconocido a compensar los
    importes de ambos instrumentos y tiene la intención bien
    de liquidar por el importe neto o realizar el activo y pagar el
    pasivo de forma simultánea.

    El coste de las acciones propias se deduce del
    patrimonio y las reventas de acciones propias tienen la
    consideración de operaciones de capital.

    Los costes de emisión o readquisición de
    instrumentos de capital (distintos de los derivados de una
    combinación de negocios) se contabilizan como
    deducción del patrimonio neto, una vez considerada
    cualquier ventaja fiscal a
    efectos del impuesto sobre beneficios.

    Los requisitos de información
    incluyen:

    – Políticas de cobertura y gestión
    de riesgos

    – Políticas y prácticas de
    contabilización de coberturas, y pérdidas y
    ganancias derivadas de las coberturas

    – Condiciones y políticas contables relacionadas
    con los instrumentos financieros

    – Información sobre exposición
    al riesgo de interés

    – Información sobre exposición al riesgo
    de crédito

    – Valores razonables de todos los activos y pasivos
    financieros, a excepción de aquellos para los que no
    exista una medida fiable del valor razonable

    – Información sobre bajas, avales, deterioros de
    valor, moras e incumplimientos, y reclasificaciones

    NIC 33 Beneficios por acción
    (evisada en el año 2003)

    Esta norma cumple con la función de establecer
    principios para la determinación y presentación de
    los beneficios por acción (BPA), con objeto de mejorar la
    comparabilidad de la rentabilidad entre diferentes sociedades en
    un mismo ejercicio y entre diferentes ejercicios para la misma
    sociedad. La NIC 33 se centra en el denominador del
    cálculo del BPA.

    Esta es aplicable a las sociedades cotizadas, sociedades
    en proceso de emitir acciones que coticen en mercados
    públicos, así como aquellas otras que opten por
    presentar voluntariamente esta información.

    Requiere la presentación, al mismo nivel de
    importancia, de los beneficios por acción básicos y
    diluidos como parte de la cuenta de resultados para:

    – cada clase de acciones ordinarias,

    – para todos los períodos presentados.

    En los estados financieros consolidados, los beneficios
    por acción reflejan los beneficios atribuibles a los
    accionistas de la dominante.

    La dilución es una reducción de los
    beneficios por acción o un aumento de las pérdidas
    por acción como resultado de la conversión de los
    instrumentos convertibles, del ejercicio de las opciones o
    warrants, o de la emisión de acciones ordinarias cuando se
    reúnen ciertas condiciones específicas.

    Cálculo de los beneficios por acción
    básicos:

    – Numerador: resultado del período, una vez
    deducidos todos los gastos, incluidos impuestos, partidas
    extraordinarias, intereses de socios externos, así como
    dividendos de acciones preferentes.

    – Denominador: número medio ponderado de acciones
    ordinarias en circulación durante el
    período.

    Cálculo de los beneficios por acción
    diluidos:

    – Numerador: resultado neto del período
    atribuible a las acciones ordinarias ajustado tanto por el
    importe, neto de efecto impositivo, de los dividendos e intereses
    reconocidos en el período, atribuibles a las acciones
    ordinarias potenciales con efecto dilutivo (por ejemplo,
    opciones, warrants, obligaciones convertibles, contratos de
    seguro
    contingente), así como por cualquier otro cambio en los
    ingresos o gastos del período que pudiesen resultar de la
    conversión de las acciones ordinarias potenciales con
    efecto dilutivo.

    – Denominador: debe ajustarse por el número de
    acciones a emitir en el supuesto de la conversión en
    acciones ordinarias de todas las acciones con efecto potencial
    dilutivo.

    – Las acciones ordinarias potenciales que no se vean
    afectadas por la dilución deben ser excluidas del
    cálculo.

    NIC 34 Información financiera
    intermedia

    Regular el contenido mínimo de la
    información financiera intermedia y los criterios de
    reconocimiento y valoración a aplicar en la
    información financiera intermedia. Esta norma se aplica
    sólo cuando la entidad tiene la obligación o toma
    la decisión de emitir información financiera
    intermedia de conformidad con las NIIF.

    Los organismos reguladores locales de cada país
    (y no la NIC 34) establecen:

    – Qué sociedades deberían presentar
    estados financieros intermedios;

    – su frecuencia; y

    – el plazo para presentar dicha información tras
    la finalización de dicho período
    intermedio.

    La información financiera intermedia es un
    juego completo
    o condensado de estados financieros correspondientes a un
    período de tiempo inferior al ejercicio anual completo de
    la entidad.

    El contenido mínimo de la información
    financiera intermedia es un balance condensado, una cuenta de
    resultados, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado
    de flujo de
    efectivo y una selección
    de notas explicativas.

    Establece los períodos comparativos sobre los que
    se requiere la presentación de información
    financiera intermedia.

    La importancia relativa se basa en los datos financieros
    del periodo intermedio y no en los de la proyección
    anual.

    Las notas explicativas de la información
    financiera intermedia deben proporcionar información sobre
    las transacciones y hechos más significativos para
    entender los cambios acontecidos desde la emisión de los
    últimos estados financieros anuales.

    Las políticas contables han de ser las utilizadas
    en la preparación de los estados financieros
    anuales.

    Los ingresos y gastos deben reconocerse en el
    período en el que se devengan, no deben anticiparse o
    diferirse.

    Los cambios en políticas contables conllevan la
    modificación de la información incluida en los
    anteriores estados financieros intermedios
    presentados.

    NIC 36 Deterioro del valor de los activos (revisada
    en el año 2004)

    Esta se encarga de asegurar que los activos no
    están registrados a un importe superior a su importe
    recuperable y definir cómo se calcula el mismo.

    La NIC 36 es aplicable a todos los activos excepto
    existencias (v. NIC 2 Existencias), activos surgidos de los
    contratos de construcción (v. NIC 11 Contratos de
    construcción), activos por impuestos diferidos (v. NIC 12
    Impuestos sobre las ganancias), activos relacionados con
    retribuciones a empleados (v. NIC 19 Retribuciones a los
    empleados), activos financieros (v. NIC 39 Instrumentos
    financieros: reconocimiento y valoración), propiedades
    inmobiliarias de inversión valoradas a valor razonable (v.
    NIC 40 Inmuebles de inversión) y activos biológicos
    relacionados con la actividad agrícola valorados a valor
    razonable minorado por los costes en el punto de venta (v. NIC 41
    Agricultura).

    La pérdida por deterioro en el valor de los
    activos debe reconocerse cuando su valor neto contable excede de
    su importe recuperable.

    En el caso de los activos registrados al coste, el
    reconocimiento de la pérdida por deterioro de valor se
    registra en la cuenta de resultados. En el caso de los activos
    revalorizados, se considera como disminución de la reserva
    de revalorización.

    El importe recuperable de un activo es el mayor entre el
    precio neto de venta y su valor de uso.

    El valor de uso es el valor actual de la
    estimación de flujos de efectivo futuros derivados del uso
    continuado del activo y de su enajenación al final de su
    vida útil.

    El tipo de descuento es el tipo antes de impuestos que
    refleja la valoración actual del mercado en función
    del valor temporal del dinero y los
    riesgos específicos del activo. El tipo de descuento no
    debería reflejar riesgos futuros que ya estuvieran
    considerados en la estimación de los flujos de efectivo
    futuros y debería coincidir con el rendimiento que un
    tercero exigiría a una inversión que generase unos
    flujos de efectivo equivalentes a los previstos para dicho
    activo.

    En cada fecha de balance, se debe revisar la
    situación de los activos para detectar indicios de
    deterioro en su valor. Si existen indicios de deterioro,
    habrá que calcular el importe recuperable.

    El fondo de comercio y otros activos intangibles con
    vida útil indefinida deben ser sometidos a pruebas de
    deterioro de valor al menos una vez al año y a un
    cálculo de su importe recuperable.

    Si no es posible determinar el importe recuperable de un
    activo, habrá que determinar el importe recuperable
    correspondiente a la unidad generadora de efectivo que incluye a
    ese activo. Las pruebas de deterioro de valor del fondo de
    comercio deben realizarse en el grupo de unidades generadoras de
    efectivo más pequeño al que pueda asignarse fondo
    de comercio de forma razonable y coherente.

    Se permite la reversión de pérdidas por
    deterioro de valor reconocidas en años anteriores en
    determinadas circunstancias (está prohibida en el caso del
    fondo de comercio).

    Se deben desglosar las pérdidas por deterioro de
    valor por clase de activos y por segmento (si fuese aplicable la
    NIC 14 Información financiera por segmentos).

    También se requiere desglosar las reversiones de
    pérdidas por deterioro en el valor de un activo
    previamente registradas.

    NIC 37 Porvisiones, activos contingentes y pasivos
    contingentes

    Esta norma se asegura que se utilizan bases apropiadas
    para el reconocimiento y la valoración de provisiones,
    activos y pasivos contingentes, así como que se revela
    información suficiente en las notas a los estados
    financieros para permitir a los usuarios comprender su
    naturaleza, importe y calendario de vencimiento. El objetivo de
    esta norma es asegurarse de que sólo las obligaciones
    reales son las que se registran en los estados financieros. No se
    incluirán los gastos futuros previstos, aun cuando
    estén autorizados por el Consejo de Administración u órgano de gobierno
    equivalente, ni las provisiones para cubrir pérdidas
    propias aseguradas, incertidumbres generales y otros hechos
    todavía no acontecidos.

    NIC 38 Activos Inmateriales (revisada en el
    año 2004)

    Tiene como objeto Establecer el tratamiento contable
    para el reconocimiento, valoración y desglose de todos los
    elementos de inmovilizado inmaterial que no están
    contemplados específicamente en otra NIC.

    Esta exige el reconocimiento de un activo inmaterial, ya
    sea adquirido o desarrollado internamente, si:

    – es probable que dicho activo genere beneficios
    económicos futuros para la sociedad, y

    – el coste del activo puede ser determinado de forma
    fiable.

    Existen criterios adicionales para el reconocimiento de
    activos inmateriales desarrollados internamente.

    Todos los gastos de investigación han de cargarse
    a la cuenta de resultados en el momento en el que se
    incurren.

    Los gastos de desarrollo se capitalizan sólo
    cuando se ha podido establecer la viabilidad técnica y
    comercial del producto o
    servicio en cuestión.

    Los activos inmateriales, incluidas las actividades de
    I+D en curso, adquiridos en una combinación de negocios
    deben reconocerse por separado del fondo de comercio si surgen
    como resultado de derechos contractuales o legales o pueden
    separarse del negocio.

    Los fondos de comercio, las marcas
    comerciales, las cabeceras de periódicos o revistas, los
    sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes, los
    gastos de puesta en marcha, los costes de formación, los
    costes de publicidad y los
    costes de reubicación, generados internamente, no deben
    registrarse como activos.

    Si un elemento inmaterial no cumple con la
    definición y los criterios de reconocimiento aplicables a
    activos inmateriales, los gastos relacionados con dicho elemento
    deben llevarse a la cuenta de resultados en el momento en que se
    incurren, salvo cuando el coste incurrido forme parte de una
    combinación de negocios tratada como adquisición,
    en cuyo caso debería pasar a formar parte del importe
    asignado al fondo de comercio en la fecha de
    adquisición.

    A efectos de la contabilización posterior a la
    adquisición inicial, los activos inmateriales atienden a
    la siguiente clasificación:

    – Vida indefinida: No existe un límite previsible
    para el período en el que se

    espera que el activo genere beneficios económicos
    para la sociedad.

    "Indefinida" no significa "infinita".

    – Vida definida: Existe un período limitado de
    generación de beneficios

    para la sociedad.

    Los activos inmateriales con vida útil indefinida
    no se amortizan sino que deben ser sometidos a pruebas de
    deterioro de valor en cada fecha de cierre. Si el importe
    recuperable es inferior al importe en libros, se
    reconoce una pérdida por deterioro de valor. La
    evaluación también debe considerar si el activo
    inmaterial sigue teniendo una vida indefinida.

    Por lo general, el coste (el valor residual suele ser
    cero) de un activo inmaterial con vida útil definida se
    amortiza a lo largo de dicho período. Si el activo
    inmaterial tiene un precio de cotización en un mercado
    activo, se permite elegir una política contable basada en
    un modelo de revalorización. Siguiendo el modelo de
    revalorización, el activo se registra a su importe
    revalorizado, que es el valor razonable en la fecha de
    revalorización menos la amortización acumulada
    practicada con posterioridad. Por lo general, los gastos
    ocasionados por un activo inmaterial después de su
    adquisición o finalización se registran como gasto.
    Sólo en raras ocasiones se cumplen los criterios de
    reconocimiento como activo.

    NIC 39 Instrumento sFinancieros: reconocimiento y
    valoración (revisada en los años 2003 y
    2004)

    Esta se encarga de establecer los criterios para el
    reconocimiento, cancelación y valoración de activos
    y pasivos financieros.

    Todos los activos y pasivos financieros, incluyendo los
    derivados financieros y ciertos instrumentos financieros
    implícitos, deben ser reconocidos en el balance de
    situación.

    Los instrumentos financieros han de valorarse
    inicialmente al valor razonable en la fecha de adquisición
    o emisión. Por lo general, este valor coincide con el
    coste, aunque en algunos casos se precisa un ajuste.

    Una entidad tiene la opción de reconocer la
    compra o venta ordinaria de activos financieros en el mercado
    atendiendo a la fecha de negociación o a la fecha de
    liquidación. Si se utiliza a efectos contables la fecha de
    liquidación, la NIC 39 requiere el reconocimiento de los
    cambios de valor producidos entre la fecha de negociación
    y la de liquidación.

    Al objeto de valorar los activos financieros en fechas
    posteriores a su reconocimiento inicial, la NIC 39 clasifica los
    mismos en cuatro categorías:

    1. Préstamos y cuentas a cobrar no disponibles
    para negociación.

    2. Inversiones a ser mantenidas hasta el vencimiento,
    tales como títulos de renta fija y acciones preferentes
    amortizables, que la empresa tiene la intención y los
    recursos financieros necesarios para mantener hasta su
    vencimiento. Si una empresa vende de forma anticipada cualquier
    inversión a vencimiento (salvo en circunstancias
    excepcionales), se vería obligada a reclasificar el resto
    de inversiones incluidas en esta categoría a la
    categoría de disponible para la venta (ver
    categoría 4 más abajo) tanto para el ejercicio en
    curso como para los dos siguientes.

    3. Activos financieros valorados a valor razonable a
    través de la cuenta de resultados, que incluye los
    mantenidos para negociación (cuyo propósito es
    obtener un beneficio a corto plazo) y cualquier otro activo
    financieros que designe la empresa (la "opción del valor
    razonable"). Los derivados financieros activos siempre se
    consideran instrumentos negociables, salvo que se hayan designado
    como instrumentos de cobertura.

    4. Activos financieros disponibles para la venta. Se
    incluyen en esta categoría el resto de activos financieros
    no incluidos en las anteriores.

    Esto incluiría todas las inversiones en
    instrumentos de capital que no se valoren al valor razonable en
    la cuenta de resultados. Además, una empresa podrá
    dar consideración de activo financiero disponible para la
    venta a cualquier préstamo y cuenta a cobrar.

    Tras el reconocimiento inicial:

    – Todos los activos financieros de las categorías
    1 y 2 anteriores se registran al coste amortizado y se someten a
    una prueba de deterioro de valor.

    – Todos los activos financieros de la categoría 3
    anterior se registran al valor razonable, reconociéndose
    los cambios de valor en la cuenta de resultados.

    – Todos los activos financieros de la categoría 4
    anterior se valoran al valor razonable en el balance,
    reconociéndose los cambios de valor en el patrimonio neto,
    con sujeción a una prueba de deterioro de valor. Si el
    valor razonable de un activo disponible para la venta no puede
    medirse de forma fiable, se contabilizará al
    coste.

    Tras la adquisición, la mayoría de los
    pasivos financieros se valoran al importe originalmente
    registrado menos reembolsos de principal y amortización.
    Hay tres categorías de pasivos que se registran a valor
    razonable ajustándose los cambios en su valor en la cuenta
    de resultados:

    – pasivos derivados;

    – pasivos mantenidos para negociación (ventas de
    valores en descubierto); y

    – cualquier pasivo que designe la empresa, en el momento
    de su emisión, que va a registrarse a través de la
    cuenta de resultados (la "opción del valor
    razonable").

    El valor razonable es el importe por el cual puede ser
    intercambiado un activo o liquidado un pasivo, entre partes
    interesadas, debidamente informadas, en una operación
    realizada en condiciones de independencia mutua. La
    jerarquía establecida por la NIC 39 para el valor
    razonable es la siguiente:

    – En primer lugar, el precio de cotización en un
    mercado activo.

    – En segundo lugar, utilizar una técnica de
    valoración que haga máximo uso de la
    información del mercado y que incluya operaciones de
    mercado recientes realizadas en condiciones de libre
    concurrencia, referencias al valor razonable actual de otro
    instrumento que sea sustancialmente similar, análisis de flujos de efectivo descontados
    y modelos de
    valoración de opciones.

    La NIC 39 establece las condiciones para determinar
    cuándo se ha transferido el control sobre un activo o
    pasivo financiero a otra parte, por lo que debe ser dado de baja
    del balance (cancelado). La cancelación queda prohibida en
    la medida en que el transmitente siga estando involucrado en un
    activo o en una parte del mismo que haya trasmitido.

    La contabilización de coberturas (reconocimiento
    de los efectos compensatorios de los cambios del valor razonable
    tanto del instrumento de cobertura como del elemento cubierto en
    la cuenta de resultados del mismo período) se permite en
    determinadas circunstancias, siempre que la relación de
    cobertura esté claramente definida, sea medible y
    realmente efectiva. La NIC 39 establece tres tipos de
    coberturas:

    – Cobertura de valor razonable: Si una entidad cubre un
    cambio en el valor razonable de un activo, pasivo o compromiso en
    firme reconocido, el cambio en el valor razonable tanto del
    instrumento de cobertura como del elemento cubierto se reconoce
    en la cuenta de resultados cuando se produce.

    – Cobertura de flujos de efectivo: Si una entidad cubre
    los cambios en los flujos de efectivo futuros relacionados con un
    activo o pasivo reconocido o una operación considerada
    probable, el cambio en el valor razonable del instrumento de
    cobertura se reconoce directamente en el patrimonio neto hasta
    que tengan lugar dichos flujos de efectivo futuros.

    Una cobertura del riesgo de cambio en un compromiso
    firme podrá registrarse como cobertura del valor razonable
    o como cobertura de flujos de efectivo.

    La cobertura de una inversión neta en una entidad
    extranjera recibe el tratamiento de cobertura de flujo de
    efectivo.

    Las modificaciones realizadas en 2003 a la NIC 39
    trasladaron todos los desgloses que se contemplaban en la NIC 39
    a la NIC 32.

    NIC 40 Inmuebles de Inversión (revisada en el
    año 2004)

    La NIC 40 regula el tratamiento contable de los
    inmuebles de inversión y los desgloses
    correspondientes.

    Los inmuebles de inversión son terrenos y
    edificios (en propiedad o bajo arrendamiento financiero)
    destinados al alquiler o a la obtención de
    plusvalías o a ambos.

    Esta Norma no se aplica a terrenos o edificios
    utilizados por el propietario o que se encuentren en fase de
    construcción o desarrollo para su uso futuro como
    inversión, o que se encuentren a la venta como
    consecuencia de la actividad normal de la sociedad.

    Permite a las empresas elegir entre el modelo de coste y
    el de valor razonable.

    – Modelo de valor razonable: el inmueble de
    inversión se registra a su valor razonable y los cambios
    en éste se contabilizan directamente en la cuenta de
    resultados.

    – Modelo de coste: el inmueble de inversión se
    registra a su valor neto contable corregido por las
    pérdidas por deterioro de su valor.

    Adicionalmente, es necesario revelar el valor
    razonable.

    El modelo elegido ha de aplicarse a todos los inmuebles
    de inversión de la sociedad.

    Si una entidad utiliza el modelo del valor razonable
    pero, en el momento de comprar un inmueble determinado, existen
    claros indicios de que la entidad no podrá determinar su
    valor razonable de forma continuada, se aplicará el modelo
    del coste al activo hasta su enajenación.

    Se permite cambiar de un modelo a otro cuando así
    se logre una presentación de información más
    adecuada (no obstante, es improbable que se justifique un cambio
    del modelo del valor razonable al modelo del coste).

    Un inmueble, que cumple con la definición general
    de inmueble de inversión, que lo mantenga un arrendatario
    bajo arrendamiento operativo, podrá ser considerado
    contablemente inmueble de inversión, siempre que el
    arrendatario utilice el modelo del valor razonable establecido en
    la NIC 40.

    En este caso, el arrendatario contabilizará el
    arrendamiento como si se tratara de un arrendamiento
    financiero.

    La información a revelar
    incluirá:

    – el método de determinación del valor
    razonable,

    – el alcance de la participación de un valorador
    independiente en la determinación del valor
    razonable.

    – los criterios utilizados para clasificar el bien como
    inmueble de inversión o no.

    – los importes registrados en la cuenta de
    resultados.

    NIC 41 Agricultura

    Establecer los criterios para la contabilización
    solamente de la actividad agrícola – que comprende
    la gestión de la transformación de activos
    biológicos (plantas y

    animales) en productos agrícolas.

    Valoración de todos los activos biológicos
    a valor razonable menos los costes estimados hasta el punto de
    venta a la fecha de balance, salvo que el valor razonable no
    pueda ser determinado de forma fiable.

    Valoración de los productos agrícolas a
    valor razonable en el lugar de su cosecha menos los costes
    estimados hasta el punto de venta. Dado que los productos
    agrícolas cosechados son mercancías
    comercializables no hay excepciones para la determinación
    del valor razonable.

    Las variaciones en el valor razonable de un activo
    biológico en un período se registran en la cuenta
    de resultados.

    Excepción a la determinación del valor
    razonable de un activo biológico: cuando en el momento del
    reconocimiento inicial en los estados financieros no hay un
    mercado activo y no es determinable por otro método de
    valoración fiable, el activo biológico
    específico se valorará de acuerdo con el modelo del
    coste. Los activos biológicos deben ser contabilizados a
    su valor neto contable corregido por las pérdidas por
    deterioro de valor.

    El precio de mercado cotizado en un mercado activo
    constituye generalmente la mejor estimación de valor
    razonable para un activo biológico o un producto
    agrícola. Si no existe mercado activo, la NIC 41
    proporciona pautas para seleccionar otros criterios de
    valoración.

    La valoración a valor razonable se aplica hasta
    el momento de la cosecha.

    La NIC 2, Existencias, sería de aplicación
    a partir del momento de la cosecha.

    La información a revelar incluye:

    Descripción de los activos
    biológicos de la sociedad, clasificados por
    categorías.

    – Valor neto contable de cada
    categoría.

    – Variaciones en el valor razonable durante el
    período.

    – Conciliación de cambios en el valor contable de
    los activos biológicos durante el período,
    indicando de forma separada los cambios en la valoración,
    adquisiciones, ventas y cosechas.

    – Criterios para la determinación del valor
    razonable.

    7.
    Objetivos de las IFRS

    IFRS 1 Adopción por primera vez de las Normas
    Internacionales de Información Financiera

    Objetivo

    Establecer los procedimientos que se deben seguir cuando
    una empresa adopta las NIIF por primera vez como base de
    presentación para sus estados financieros con
    carácter general.

    IFRS 3 Combinaciones de negocios

    Objetivo

    Establecer la información financiera que debe
    presentar una sociedad cuando lleva a cabo una combinación
    de negocios.

    IFRS 4 Contratos de seguro

    Objetivo

    Establecer los requisitos de información
    financiera aplicables a contratos de seguro hasta que el IASB
    termine la segunda fase de su proyecto sobre norma aplicable a
    los contratos de seguro.

    IFRS 5 Activos no corrientes mantenidos para la venta
    y explotaciones en interrupción definitiva

    Objetivo

    Establecer el tratamiento contable de los activos
    mantenidos para la venta y los requisitos de presentación
    e información de explotaciones en interrupción
    definitiva.

    IFRS 6 Exploración y evaluación de
    recursos minerales

    Objetivo

    Establecer los requisitos de presentación de
    información financiera aplicables a la exploración
    y evaluación de recursos minerales.

    8. Conclusión

    Todas las normas tienen una base económica
    detrás, siendo la contabilidad un sistema de
    información para la toma de
    desiciones, es impresindible contar con una normativa que se
    aplique a todos los países dada la globalización económica que hoy en
    día se vive, el "Tzunami Contable" que se nos avecina
    sobre la forma y el fondo de los estados financieros, que parte
    de una heterogeneidad de normas va diriguida a la
    armonización entre el estado y proceso para conseguir la
    uniformidad y comparabilidad de estados financieros, para la
    optención de reflejar una imagen fiel del
    patrimonio y la situación financiera de las empresas
    emisoras de los informes.

    Permítome citar una frase dicha por el Sir David
    Tweedie, Presidente del Consejo e Normas Internacionales de
    Contabilidad, en una declaración realizada ante el
    Comité de Banca, Vivienda y
    Asuntos Urbanos del Senado de Estados Unidos en Washington el 09
    de septiembre de 2004.

    "Un funcionamiento eficaz de los mercados de
    capitales es esencial para nuestro bienestar económico. En
    mi opinión, una sólida infraestructura de
    presentación de información financiera debe
    construirse sobre cuatro pilares: (1) normas de contabilidad que
    sean uniformes, globales, y que estén basadas en
    principios claros para permitir que los informes financieros
    reflejen la realidad económica subyacente; (2)
    prácticas eficaces de gobierno corporativo, incluyendo una
    obligación de establecer fuertes controles internos que
    implanten las normas de contabilidad; (3) prácticas de
    auditoría que den al mundo exterior la seguridad de que
    una entidad está reflejando fielmente sus resultados
    económicos y su situación financiera; y (4) un
    mecanismo de aplicación o supervisión que garantice
    que se están cumpliendo los principios establecidos por
    las normas contables y de auditoría."

    Es fundamental entonces el uso de un único
    método contable para poder
    establecer el verdadero sentido de un mundo globalizado y
    completamente integrado, el reto es inmenso, esta solo en
    nosotros hacer arrancar el motor que nos
    conducira a un mundo globalizado y más unido.

    "El
    conocimiento es un regalo que se dá a todo
    áquel que lo quiera recibir"

    8.
    Bibliografía

    Mi gran amigo

    Leonardo Torres H.

    Consultor de KPMG y Académico de la Universidad
    de las Américas

    http://leonardotorresh.blogspot.com

    Conferencia de Normas Internacionales de
    Contabilidad

    11 de Noviembre DE 2005, Aula Magna, Colegio de
    Contadores de Chile A.G.

    Asisitida por el Dr. José Luis Ucieda
    Blanco

    Docente e Investigador en el Departamento de
    Contabilidad y Organización de Empresas de la Facultad de
    Ciencias
    Económicas y Empresariales de la Universidad
    Autónoma de Madrid.

    http://iasplus.deloitte.es

    http://www.iasb.org

    http://www.contach.cl

     

     

     

    Autor:

    Yohanna Inostroza Ordenes

    Contador Colegiado

    Colegio de Contadores de Chile A.G.

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