- Proyecto de reforma
constitucional - Derechos
varios - Formación de
funcionarios - Iglesias y
Estado - Limitaciones al
poder - Poder
Legislativo - Poder
Ejecutivo - Poder
Judicial - Sistema
electoral - Federalización de las
recaudaciones - Gremios
- Medidas a
tomar - Demografía
- Economía
- Control de
calidad como medio de competitividad - Defensa
- Salud
- Ecología
- Transporte
- Educación
- Patentes
- Relaciones
exteriores - Medidas
aconsejadas pero no fundamentales - Costo
argentino (o costo país) - Actualización
Elaborado con vista a la situación de la Rep.
Argentina pero creo se adapta a otras naciones.
Este trabajo es el
resumen de otro propio anterior, cuyo objeto es traer a
discusión un proyecto de tipo de país que uno
desea, es decir proclamar un ideal para tener una meta que sirva
para unir voluntades y evitar fragmentaciones en las políticas
a seguir.
Como premisa considero al ser humano malo por
nacimiento, y que el entorno le crea un ambiente que
le impone condiciones pactadas para que el no lesione ni sea
lesionado (ley, religión, costumbres,
y elementos culturales.)
Este dique de contención y cubierta de apoyo debe
ser dado por el Estado o/y
los cultos religiosos de cualquier origen.-
El lema de un político debe ser: la traducción del latín:" la vista
en el cielo, los pies en la
tierra"…… , y " Nada de lo que atañe a
la humanidad me es extraño"
Concepto General: ningún sector social,
ni individuo debe de estar excluido del esquema de gobierno y para
ello toda persona debe
tener como garantía; algo de tiempo libre
para: pensar y actuar en política, estar con
su familia,
educarla, instruirse en forma permanente. Debe tener tiempo
libre para intervenir activamente en el plano político
ya que ello es garantía de "su futuro y el de sus hijos".
–
Los cambios tienen que ser por Evolución y no por Revolución, La segunda genera
reacción al cambio
violento, la primera permite enmendar los errores, minimizar
choques, acomodar cargas y lograr entendimiento de los motivos
del cambio.-
AVISO AL LECTOR
Este trabajo intenta crear un concepto global
acerca de un país no fragmentado en su estructura,
con leyes no
contradictorias por falta de un fin común y un
aprovechamiento de recursos donde se
tenga a la Nación como un todo.-
CONSTITUCIÓN
PROYECTO DE
REFORMA CONSTITUCIONAL
Las Constituciones Nacional o Provinciales no
podrán ser reformadas en su totalidad. El llamado a
Asamblea Constituyente por el Congreso respectivo solo
podrá serlo para reemplazar artículos bien
definidos y en número no superior a 5 (cinco) Realizada la
reforma por la Asamblea Constituyente, esta será sometida
a un referéndum que la aprobará solo
sí los votos afirmativos superan el 60% de los votos
emitidos, (es decir se contabilizan los votos en blanco) y solo
será válida la votación con una concurrencia
del 50 % de los electores del padrón total (masculino mas
el femenino)
Esta modificación debe ser efectuada como
única tema de la primera reforma que se
realice.
Si la modificación implica una atribución,
beneficio o prebenda al Poder
Ejecutivo o a Miembros del Legislativo como ser: aumento de
tiempo en ejercicio, aumento de poderes, o de índole
parecida, solo podrá tener efecto en los cargos que sean
elegidos en el próximo período
electivo.-
Las elecciones presidenciales y de gobernadores
necesitarán superar el 50% de los votos emitidos, contando
como tales a los votos en blanco y los cuestionados; de no llegar
a este porcentaje necesitará una segunda vuelta entre los
dos candidatos más votados.-
Las elecciones de los diferentes poderes y de las
provincias y nacionales serán efectuadas en distintas
fechas para evitar la ligazón psicológica de votar
a un mismo partido en una misma elección, debiendo estar
separadas por 6 meses una de la otra, para permitir
campañas electorales separadas, las cuales no
deberán durar mas de 2 meses.
El derecho de la Prensa oral,
escrita .e informática para su divulgación
masiva e indiscriminada, se garantizará permitiendo la
presencia , filmación, fotografías de toda
reunión, manifestación, asamblea ,de carácter público ,sin impedimentos
por parte de ningún poder del
estado o
particular, debiendo garantizar la policía que
actúe en ese lugar, el seguro desempeño del periodista.
Asimismo todo memorando, orden, reglamento, o
indicación de los organismos públicos que no tengan
que ver con secretos médicos, de seguridad
nacional o pública o jurídica, serán de
libre acceso,
No se permitirá impedir la divulgación de
actos, órdenes, etc. al periodismo por
parte de los directivos de las instituciones
públicas ya que el poder del control popular a
través de la información es prioritario.
Se creará una escuela de
ADMINISTRACIÓN PUBLICA donde se impartirá cursos de
GERENCIA
SOCIAL, ECONOMÍA BÁSICA, NOCIONES DE DOCTRINAS
ECONÓMICAS, CONSTITUCIÓN NACIONAL comentada por
PROFESORES CONSTITUCIONALISTAS, RELACIONES
INTERNACIONALES Y COMERCIO
INTERNACIONAL y otros temas relacionados si tiene
especializaciones..
Los egresados tendrán aumento del puntaje en los
concursos de empleados públicos.
Los Funcionarios electos deberán concurrir
obligatoriamente, luego de su elección, a cursos
abreviados que dictarán "ad oc" los profesores de esa
escuela.
El Estado no tendrá Iglesia
Oficial
Dado la tradición y creencia en Dios por la
mayoría de la población se sugiere la concurrencia
gubernamental a "Te Deum" los días patrios.
Dado que las FF.AA. tienen tradición
católica se autorizarán actos religiosos en las
FF.AA. pero no será obligatorio su concurrencia por el
personal
militar.
Existirá un fondo para religión el cual
será repartido en forma proporcional a las iglesias o
cultos según el porcentaje que exista en la
población según el último censo.-
Dado que muchos centros religiosos son
históricos, una declaración de monumento
histórico lo hace acreedor a un subsidio para mantenimiento
y/o mejoras
Desaparecerán los Senados nacionales y
provinciales ya que serán reemplazados en la Nación
por una JUNTA DE GOBERNADORES y se anulan sin reemplazo en las
provincias
Una vez al mes El Presidente de la Nación,
se reunirá en Junta de gobernadores; Estará
constituidas por: los Gobernadores de las Provincias y un
diputado provincial de cada bloque de cada diputación
provincial, para evaluar si las Leyes dictadas por la
Cámara de Diputados de la Nación , lesiona
intereses propios de las Provincias, y en caso de no tener
objeción se conviertan así en leyes aplicables en
todo el territorio nacional.. De tener una mayoría
en contra esa ley volverá a Diputados necesitando 2
tercios de los votos para ser promulgada. y deberá ser
tratada en el lapso de 60 días.-
A los efectos de que tengan amplia información
los miembros de esta Junta, serán informado
electrónicamente y en forma inmediata a Gobernador y
Cámara de Diputados de cada Provincia todas las leyes
aprobadas por Diputados de la Nación, para que tengan
tiempo de discutirlo y llevar armado su respuesta en la
reunión Federal.-
Dado que el motivo teórico de tener Senadores
era la necesidad de que sirvieran de seguro para mantener
el federalismo; por
eso eran elegidos por el Gobierno Provincial, y en la actualidad
ya son elegidos directamente por los ciudadanos, por
mayoría y minoría de la población
provincial. El esquema teórico no existe, con el
consiguiente aumento del gasto
público, pues no solo es el senador, sino todo su
equipo es el que produce gasto superpuesto.
En el sistema propuesto
es reemplazado por los elementos provinciales que ya existe no
necesitando aumento del presupuesto.
Además en el ambiente provincial, las provincias con una
mayoría de un partido político que apoye al
Gobernador en el senado, le permite a este obstruir cualquier
proyecto de Diputados Provinciales.
Otro motivo es que en esa forma, un ley Nacional sea de
alcance a toda la República, no necesitaría su
adhesión por parte de las Provincias; por ejemplo la ley
nacional de Transito sería uniforme en todas
partes.-
No existirá el decreto de necesidad y
urgencia. En lugar de eso se faculta al PE a remitir proyectos de
leyes de tratamiento urgente, debiendo el congreso
expedirse de la necesidad de la urgencia dentro de las 24 hs. de
recibida la propuesta. De estar en receso se convocará a
sesión urgente dentro de las 48 hs.
Las corporaciones sindicales, económicas y de
similares representatividad social, bajo su costo
privado fundarán un Consejo Asesor de la
Cámara de Diputados donde se podrán debatir por
parte del conjunto corporativo total los problemas que
pueden traer ciertas leyes, este .Consejo no podrá
prohibir la inclusión de ningún sector
económico y será de funcionamiento obligatorio pero
sin obligación económica del estado de solventar
sus gastos. (Carga
pública para los entes reconocidos),Este Consejo asesor
tendrá 4 banca sin
voto pero con voz dentro de la Cámara de
Diputados, los cuales no serán nominales por personas,
sino que serán designados por el Consejo Asesor
según los temas a tratar en la agenda del
día.
El Poder Ejecutivo no podrá emitir Decretos sobre
temas que ya estén en la agenda de Diputados, salvo que
esta Cámara, por medio de los presidentes de bloque,
previa vista del proyecto, den su aval, por ser a su juicio de
urgencia mientras el tema se trate a fondo en Diputados.- No
pudiendo tener una duración mayor a 60 días de
aplicación, dando tiempo a su sanción por
Diputados
No podrán usarse Edificios o elementos del Estado
para reuniones de partidos
políticos.
En las reuniones de Ministros con el Presidente ,o su
representante se tendrá una plaza para cada bloque de
diputados que supere los 3 miembros, con voz y sin voto. (para
evitar tratar problemas del partido gobernante)
No existirá ningún tipo de
reelección dentro de los cargos electivos, debiendo pasar
un período para poder presentarse como candidato a
cualquier cargo electivo
El ciudadano designado para un cargo electivo, no
podrá renunciar a él para desempeñar otro
cargo en el gobierno, ya sea nacional o de provincia. Si renuncia
por otro motivo no podrá tener otro cargo por el resto de
su período.
El Presidente saliente, así como todo cargo
electivo, tendrá prohibición de dejar el
país, por 6 meses luego de dejar el gobierno, salvo
permiso del Congreso.-.
LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN (Para todo funcionario
del país)
Terminado el ejercicio de funciones todo
funcionario será sometido a un Juicio de
Residencia, donde cualquier ciudadano, podrá elevar a
Fiscalía de Estado su denuncia y pruebas de mal
desempeño, o abuso de autoridad.
Los Fueros de Diputados, Ministros y cualquier tipo de
cargo electivo en cualquier orden de gobierno (nacional,
provincial o municipal) solo serán para evitar que no
pueda ser juzgado por expresiones vertidas en actos
vinculados a su cargo. Por lo cual no podrá ser
acusado por expresiones vertidas en la Cámara. No
podrá ser retenido por la fuerza
pública y encarcelado salvo por delitos graves
tomados "in fraganti",
Podrá ser acusado de cualquier delito, incluso
de falta de sus deberes de funcionario público y tomada
las declaraciones e investigado por el Juez de la Causa, pero no
podrá ser detenido, impedido de cumplir con sus funciones
para lo cual fue elegido, y podrá pactar con el Juez los
horarios de sus citaciones, hasta salir la sentencia.
El solicitante de cohecho (coima )
tendrá pena de reclusión no eximida por motivo
alguno.
Par evitar el enriquecimiento ilícito, todo
funcionario deberá presentar su declaración jurada
de sus bienes y del
núcleo familiar (esposa, hijos, padres, yernos.). al
empezar y al terminar su mandato. Dichas declaraciones
serán difundidas por los medios de
prensa dando lugar a objeciones por parte de los habitantes de la
Nación.
El ex funcionario repetirá dicha
declaración de bienes pública cada 5 años la
cual será controlada por la dirección de ingresos
públicos y libre de ser examinada por periodismo y
ciudadanos así como los bienes adquiridos por el ex
funcionario luego de terminado su mandato.
Si supera el valor de 10
sueldos de esa persona , obligarán a comprobar
además que el vendedor no lo venda por un precio
inferior al mercado, y que el
vendedor, al tiempo de la adquisición por su
parte ,justifique sus ingresos ;todo esto para evitar que sea
un "testaferro". El mismo procedimiento
será para caso de recibir donaciones.-
Luego de su toma de posesión, y hasta su muerte no lo
amparará secreto bancario, ni comercial, solo será
privado su vida familiar y personal que no involucre posibilidad
de ocultar ganancias ilegales.
Al tomar posición de su cargo firmará una
autorización obligando a cualquier país del mundo a
brindar datos bancarios o
contables, o de posesión de propiedades, con el motivo de
evitar posibilidades de manejo de dinero de
corrupción
o negocios en el
mercado de drogas.
Si el Poder Ejecutivo vetara una Ley, esta
deberá ser girada en forma inmediata a la Cámara
para su trato por esta dentro de un plazo de 60 días y si
fuese aprobada por 2/3 de esta: su promulgación
será obligatoria dentro de los 3 días de recibida
por el Ejecutivo.
El Poder Ejecutivo no podrá gravar actividad
alguna, ni imponer tasas o impuestos, ni
realizar donaciones a países extranjeros ni realizar acto
alguno que comprometa el patrimonio de
la Nación y de sus habitantes sin una ley que lo autorice
en forma explícita y particular, Siendo prohibido
al cuerpo legislativo toda ley que dé al Ejecutivo poderes
que aumenten su poder o den poderes generales sobre los bienes de
la nación o de los habitantes del suelo argentino,
Los que votaren estos poderes deben hacerlo bajo firma y
serán penados con cárcel y perdida de sus derechos ciudadanos de por
vida, no caducando su responsabilidad bajo ningún motivo legal
posterior .-
NINGUNA LEY PODRÁ DAR PODERES EXTRAORDINARIOS AL
EJECUTIVO NI A FUNCIONARIO ALGUNO BAJO PENA DE CÁRCEL NO
MENOR A 6 AÑOS E INHABILITACIÓN PERMANENTE DE SUS
DERECHOS POLÍTICOS
Los funcionarios de cualquier nivel deberán dar
explicaciones a todo el Congreso o Comisión y
estará prohibido hacerlo a los bloques en forma
individual.
No podré usarse locales del Estado para realizar
reuniones partidarias.
Todas estas limitaciones son para limitar la
bandería partidaria por parte del partido de
turno
Estará compuesto solamente por la Cámara
de Diputados, los cuales representarán al Pueblo, ya que
serán electos directamente por el voto popular.
La Cámara de Senadores será remplazada por
el Consejo de Gobernadores de las Provincias, el cual se trata en
otro parte del proyecto.
El mandato de cada diputado es otorgado por el voto
popular y por ello solo podrá ser revocado por este medio;
según sistema a tratar mas adelante y no podrán ser
reelectos.
Dentro de la lista de candidatos será
válido la tacha de los candidatos por parte del elector,
debiendo acceder al cargo en forma sucesiva los suplentes, el
control de la tacha será realizada en el acto de computo
definitivo, para no retrasar el acto eleccionario.(U otro
sistema efectivo contra la lista sábana) Será
objeto de estudio un voto
electrónico con las seguridades acordes a las tarjetas de
crédito.-
Existirán Controladores Legislativos con voz y
voto dentro de la Cámara de Diputados, estos serán
elegidos por sorteo de la Lotería Nacional, sacados del
padrón electoral, uno por cada provincia, no pudiendo
estar afiliados a ningún partido, Será carga
pública, no pudiendo ser familiar directo, ni socio de
funcionario público electo, se exigirá :no tener
proceso penal,
tener el equivalente a secundario completo del sistema viejo de
enseñanza, y no ser empleado Estatal
Nacional, Provincial o Municipal. Sus atribuciones serán
las comunes a todo diputado, pero no tendrán cargo
permanente en las comisiones, sino que rotarán por todas
ellas en forma aleatoria.
El motivo de los controladores es colocar a ciudadanos
no comprometidos en la política dentro del quehacer
cotidiano de la Cámara de tal manera de limitar,
descubrir y denunciar componendas a espaldas del
pueblo, ya al no pertenecer a ningún partido
político , no está obligado por partido alguno a
seguir ordenes partidarias .
Existirán Diputados elegidos por las
comunidades aborígenes (.uno por cada una) por métodos
tradicionales de esta comunidades .
Esto colocará obligatoriamente a un
indígena para participar en las leyes
argentinas,
Cualquier ciudadano podrá ser candidato a
cualquier cargo electivo si supera 1.000 firmas de ciudadanos que
apoyen su candidatura,
Terminado su mandato el Diputado cobrará un
sueldo igual a su dieta durante la mitad del tiempo que estuvo en
el cargo, y la mitad de su sueldo el resto del tiempo hasta
igualar su mandato realmente ejercido. No podrá tener
jubilación especial sobre su dieta, pero de sus
haberes se descontará lo que corresponda para su caja de
jubilaciones..
El legislativo votará los sueldos y dietas de
todo el personal electo,(incluso del ejecutivo) pero solo
cobrarán este salario los
miembros que ingresen luego del proceso eleccionario posterior a
la aprobación de la ley y no podrá ser superior
a¿…… 10? a discutir …) salarios
mínimos de un obrero
Las cámaras legislativas provinciales
usarán el mismo sistema.
Los concejales solo cobrarán el equivalente a el
salario / hora de un empleado con 10 años de permanencia
en el cargo, y será solo por las horas efectivamente
presénciales en el Consejo Deliberante (sesiones y
comisiones) para lo cual deberán marcar el reloj de
control El concejal vive en la misma ciudad
Los sueldo del presidente y vicepresidente,(y presidente
nato de la Camara de Diputados) no podrá ser menor al
doble que el de los legisladores.
De haber inflación, los aumentos de sueldo
serán iguales en porcentaje a aquellos que tenga el obrero
industrial.-
Tendrán prohibido todo funcionario electo o
cargo político (salvo los concejales que no son de tiempo
completo) tener otro sueldo: salvo el oficial ,mas la renta de
sus bienes, siendo falta grave recibir donaciones, sueldo,
beneficios, u otra entrada por parte de sociedades,
cargos, o premios durante su ejercicio.-
Los legisladores que no tengan residencia en el lugar de
sesiones tendrán un alojamiento pago por el
Estado
El derecho del Indulto podrá ser pedido por el
Ejecutivo pero solo será otorgado por el Legislativo con
el 70% de votos del total de los diputados totales de la nomina
del Congreso (presentes y ausentes), en sesión
pública y con 3 días de aviso a la prensa del tema
a tratar
EL PODER
LEGISLATIVO es el único que puede imponer
impuestos, gravámenes, concertar deuda
pública externa e interna, fijar el valor de la moneda
nacional, precio de los servicios
estatales, o enajena bienes estatales, NO PUDIENDO DELEGARLO POR
LEY ALGUNA QUE INVOLUCRE ESOS TEMAS.y deberá aprobarse con
el 60% de la nomina de legisladores. Por lo cual podrán
ser intimados a concurrir por la fuerza
pública.
El Legislativo Nacional es el único autorizado a
emitir certificados de deuda pública al portador, con
validez de intercambio y pago de curso obligatorio en todo el
territorio nacional y deberá tener fecha de canje al
tiempo de su emisión. Siendo su valor nominal de
estricto cumplimiento y sujeto a cárcel su negativa a su
uso como moneda interna y con distinto valor al nominal El
hecho de la penalización de su no aceptación es
para evitar, como sucedió, que gente con capital compre
los bonos a menos que
su valor y luego los canjee a su precio nominal.
Toda ley será evaluada al cabo de 3
años de su promulgación, para ver si ha sido
aplicada correctamente por el Ejecutivo; si necesita una
modificación o desaparecieron los motivos de su
sanción o es inefectiva; y si es efectiva y útil
dictaminar dentro de cuanto tiempo deberá ser evaluada de
nuevo,.. y completada si es necesario.
A pedido del 10% de la ciudadanía certificado con documento y
firma, se deberá llamar a plebiscito para la
sanción o anulación de cualquier ley nacional o
provincial según sea la jurisdicción
El Presidente de la Nación será el
presidente nato del Consejo de Gobernadores y del Consejo de
Ministros al estar él presente, Caso contrario en este
último organismo será el Jefe de ministros el jefe
reemplazante.
Durarán en el cargo por 6 años
-Esto permite mantener un esquema de administración más prolongado de tal
manera que luego de la transición tenga tiempo de cumplir
sus objetivos.
El Jefe de Ministros será propuesto por el
presidente y necesitará el 51 % de los votos afirmativos
de la nómina total del congreso, para ejercer su
cargo, debiendo en el caso de oposición de legisladores
dar motivo del mismo.
El consejo de ministro tendrá ministros sin
cartera que será elegido por cada uno de los partidos de
la oposición,con mas de tres(3) miembros que existan en el
congreso, tendrá voz en él, pero no voto ya que
su función
primordial será evitar que la reunión se torne en
expresión partidaria del partido gobernante.
El Jefe de Ministros deberá mensualmente
presentar al congreso un informe del poder
ejecutivo y podrá se interpelado si es avisado por el
interlocutor 3 días antes con los temas a interpelar. El
interpelado puede delegar la respuesta en el ministro del ramo de
ese tema, estando él presente. El Ministro enviará
resumen de los temas de su agenda de exposición
con 5 días antes de ella.
Las reuniones informativas y consultas de los
Ministros deberán ser realizadas ante representantes de
todos los partidos políticos, no pudiendo hacerse con
bancadas aisladas.
El Presidente y sus ministros con cartera
deberán pedir licencia como afiliado en su partido
político ya que representan al gobierno de todo el
país y no a su partido
político.-
El Poder Ejecutivo, ante obstrucción del
Congreso para tratar una ley que considere prioritarias y que la
haya remitido como de necesidad y urgencia, y durante un lapso de
1 (uno) mes no sea tratada, podrá convocar por sí
solo a un referéndum popular con voto obligatorio y
validez legal sobre el proyecto enviado a la Cámara.
Los jueces serán elegidos por el Colegio de
Abogados de la circunscripción donde actuará el
juez, dentro de los cinco candidatos aprobados (ver mas adelante)
debiendo tener un 55% de los votos del total del Colegio de
Abogados, con una concurrencia a comicios de no menos del 75% de
la nómina
de socios. La concurrencia será obligatoria, y la falta no
justificada por el consejo electoral dará lugar a la
suspensión de la matrícula por 3 meses .Los
antecedentes, exámenes y/o oposición serán
tomados por profesores de Universidades Nacionales no locales. El
Colegio de Abogados elegirá entre los 3 mejores promedios
al ganador, El Poder Ejecutivo y el Legislativo tiene vedado la
intromisión en la designación de Jueces, pero puede
pedir remoción del Juez con causales para su
remoción o impedir su ingreso a su cargo a través
de un juicio interpuesto ante el juzgado penal.-
Existirá un solo Consejo de Abogados por
circunscripción siendo la afiliación obligatoria y
necesaria para ejercer. De existir problemas que ameriten una
intervención, avalada por una asamblea de todos los jueces
de la circunscripción, esta no podrá exceder a 2
meses, debiendo llamarse a elecciones para que las nuevas
autoridades elegidas por el Consejo tomen el cargo al fin de ese
tiempo.
El Colegio de Abogados, o un Juez y/o el consejo de la
Magistratura podrán solicitar a la Corte Suprema de turno
la declaración de inconstitucionalidad de una ley. En caso
de fallar en su inconstitucionalidad será remitida esta
disposición al Congreso quien tratará este caso con
la presencia de uno o más miembros de la Corte como
informantes. De primar el concepto de la Corte la ley será
derogada.
La Suprema Corte estará constituida por
5 miembros elegidos a la azar ,dentro de los jueces federales de
todo el país ,quienes serán sorteados luego de
llegar a la Suprema Corte un caso a juzgar, no pudiendo ser
ningún caso salteado de su cadena de apelación.(
Prohibido el per saltum ) Es decir primero se tiene el
caso a juzgar y luego se sortea el jurado de profesionales
entre los jueces nacionales de todo el
país.
Esto se basa en evitar que se nombre una corte adicta al
gobierno de turno y además seria un símil a un
Juicio por Jurados profesionales destacados.
Se constituirá un consejo de Jurisconsultos,
Jueces y Técnicos para analizar todo el contexto
Jurídico actual (Leyes y procedimientos)
de tal manera dar un nuevo Código,
como fue en Francia con el
Código Napoleón y lograr así coherencia
sobre una base de trámites rápidos, normas para
evitar "chicanas", defensa para el procesado; pero igual defensa
para el agredido
Para ser Juez se necesita tener mas de 20 años de
profesión.- Se entiende como profesión haberse
desempeñado como abogado activo o bien en la carrera
docente de abogacía de Universidad
reconocida por el Ministerio de Educación. El tiempo
dedicado a las ciencia
sociales dentro y fuera del país se computará como
ejercicio activo de la profesión., hasta un máximo
de 15 años. El motivo de tanta edad es para que la
experiencia de vida, que no se da en los libros, evite
ser un dogmático, y que los casos de su experiencia lo
habiliten para ver las facetas de la jurisprudencia
en toda su amplitud y lógica
humana y las lesiones a las personas que pueden darse con los
malos fallos.
Desaparecerá el Ministerio de Justicia y sus
atribuciones y deberes pasarán a un organismo de la Corte
Suprema, para de esta forma sacar del ambiente político
todo lo que es justicia..
PROCEDIMIENTOS JUDICIALES
En el termino de 5 años se iniciarán los
JUICIOS POR JURADO LEGOS en el orden criminal y delitos de
malversación de fondos públicos y de corrupción, para lo cual se dictarán
cursos televisivos y en los diarios sobre las bases legales y de
comportamiento
de los integrantes de los Jurados. El juicio por jurado ya
figuraba en la constitución del 1853 y actualmente se
reflota en Europa.
Los diferentes pasos de un cualquier juicio, aun los
administrativos, serán con límite de tiempo
en los pasos judiciales, y se deberá notificar al
cliente en forma
telegráfica sobre el motivos de no cumplimiento del tiempo
si este no se cumpliera. En esa forma el clientes deja de
convertirse en un incapaz que necesite un curador que le corte
sus derechos de persona.
Si la pérdida de un juicio fuese por no
presentación del escrito por parte del profesional
actuante, el Juez castigará con suspensión de sus
honorarios al responsable y comunicará al cliente para que
este pueda actuar judicialmente, si lo considera de su voluntad,
pudiendo el cliente pedir reapertura del
juicio..
En todo juicio contra el Estado, el fallo con el resumen
de los considerandos será publicado en los medios de
difusión público, ya que todos los ciudadanos son
parte de él y por ello parte
comprometida
No se permitirá que el Estado suspenda la
iniciación de juicios en su contra o contra sus
funcionarios bajo ningún concepto siendo declarado traidor
a la Nación a quien presente o ejecute una
contravención a este párrafo
Estará prohibido la tasa de
Justicia.
Si uno de los litigantes fuese declarado insolvente, el
abogado patrocinante de este, no cobrará honorarios de
perder el juicio. Para evitar que quede alguien sin defensa, en
caso de no conseguir un abogado patrocinante; un escribano
presentará su demanda y el
Estado proveerá un abogado por sorteo dentro del Colegio
respectivo y el Estado pagará los honorarios fijados por
el juez, , la parte ganadora no pagará nada de los gastos
de la otra parte. Se mantiene el derecho del querellante, pero de
no ser dada la razón a este, no se lesiona el patrimonio
de la parte contraria como en este momento en que si pierde el
insolvente, el ganador del juicio debe pagar los gastos de la
parte perdedora.
Todo juicio tendrá una audiencia conciliadora de
los litigantes y sus abogados, donde el juez dictará un
fallo, que de ser aceptado por las partes será definitivo.
Caso contrario si la querella prosigue por consejo del
abogado de la parte no conforme, y pierde el juicio, este
tendrá la mitad de honorarios que el profesional de la
parte ganadora.
Esto permitiría menos juicios, ya que el
demandante tendría una visión previa de su probabilidad de
triunfo, y los abogados una merma de sus ingresos si aconsejaron
un juicio condenado al fracaso
FIGURA DEL ARREPENTIDO ..Aquel que habiendo colaborado
en un delito, aún en el de cohecho, malversación de
fondos públicos y aún conocimiento
de delitos que debería por la legislación haber
comunicado en su momento como cualquier ciudadano, será
disminuida o aún eximido de ella, si lo denuncia fuera
hecha en término, en ocasión de un Juicio o
investigación o bien presenta la denuncia
formalmente a la Justicia. Si lo hiciese luego que fue
involucrado en la causa solo es beneficiado con
disminución de la pena; no de la eximición. Si su
testimonio pusiese en peligro su vida el Juez podrá
otorgarle otra identidad a
él y a su familia, por cuestiones de seguridad.
SE ELIMINA LA FIGURA DEL "PER SALTUM" ya que significa
sacar a un juicio de sus Jueces Naturales.
Los organismos del Estado no podrán prohibir
la divulgación de resoluciones, y hechos acaecidos,en su
juridicción ;que no lesionen secretos Médicos,
Judiciales o de extrema seguridad Nacional. La coerción
para evitar esta divulgación será penada
administrativa y aún judicialmente. Es común que
se prohiba a los empleados divulgar memorando que comprometan a
los altos funcionarios o jefes o hechos no claros o aún
semidelictivos de la
administración, No debe haber secretos en la administración pública
.
Se prohibirá terminantemente el sistema de
"ley de lemas" ya que en este se vota a un partido
político y no al hombre El
sistema electoral deberá garantizar que la
representación del congreso sea una fotografía
de las los porcentaje de las opiniones de los
ciudadanos.
Existirá una segunda vuelta para la
elección los poderes ejecutivos nacionales y provinciales,
sino existe mayoría absoluta debiendo inevitablemente
superar mas del 50% de los votos emitidos,: computados los en
blanco como votos válidos. El voto en blanco es una
opinión negativa sobre todos los candidatos, es un
No ; no una abstención.
Esto permitirá en la primera elección
que el ciudadano vote al que crea mejor, no al mejor que
tenga posibilidad de salir electo (el consabido," vas a perder tu
voto") Ya en una segunda vuelta tendrá solo 2 candidatos
para ya optar entre ambos.-
Deberá arbitrarse un sistema que permita al
votante eliminar un candidato si así lo desea, o bien un
sistema que elimine la "lista sábana". El partido
significa la plataforma y la doctrina política, el
ejecutor es la persona, con sus variantes particulares de
aplicación de esas doctrinas y por ello debe su
elección debe ser la persona que tiene la confianza del
elector.
Cualquier ciudadano que tenga el aval de 1000 firmas
para ser candidato y se incluirá como ta en la
nómina de candidatos a elegir
Esto permitiría que una persona con arraigo en
los ciudadanos, pese a no ser de ningún partido pueda ser
elegido en cualquier cargo electivo.
Si un diputado figura en más de una lista de los
partidos políticos se sumarán los votos acumulados
en todos los votos, se vota al hombre no al
partido.
Todo cargo electivo significará un compromiso del
postulante con sus votantes y por ello de salir electo y
renunciar a ese cargo, lo inhabilitará por el resto del
período para desempeñar cualquier otro cargo
político en el gobierno donde fue electo (esto se refiere
si lo fue en el orden nacional, no podrá tener cargo en
ese ámbito. Ídem dentro de las provincias. Se
prioriza el voto popular al arreglo
político.-
Al presentarse como candidato a cualquier cargo electivo
deberá presentar declaración jurada del grupo
familiar, la cual será pública y exhibida por los
diarios para que cualquier ciudadano pueda reclamar por falsedad
de omisión o defecto .Asimismo declarará sus
relaciones comerciales o de representación, incluso de
defensa de intereses económicos o legales de empresas u
organizaciones
similares en los últimos 5 años. Deberá
hacerlo con una antelación de 3 meses a la
elección.
Todo candidato debe explicar su programa de
gobierno o proyectos a presentar.
Terminado su periodo de mandato, todo cargo electivo, ya
sea del ejecutivo como el de legislativo se tomará el
tiempo de un periodo de su mandato sin posibilidades de cubrir
cargo político No puede ser que una persona tenga el
contacto íntimo con el pueblo sino convive en sus mismas
condiciones. Es difícil pensar que un gobernante o
legislador, rodeado de un entorno, y sobre todo de un poder que
alienta su megalomanía ; dentro de la normalidad; (todo
político tiene que tener su dosis de autoestima
acrecentada para desear ponerse en una situación directiva
en la sociedad,(! lo
cual es deseable que alguno la tenga!), pueda mantenerse sin
considerarse imprescindible.
Además el entorno lo aleja de las necesidades
normales del habitante, además de rodearlo personas que
habitualmente son proclives a dar halagos al
poderoso.
Terminado su período de mandato los miembros del
poder ejecutivo y legislativo no podrán salir del
país por el tiempo que dure su disposición al
Juicio de Residencia que no podrá ser menor a 6 meses;
salvo con autorización de la Cámara de Diputados,
con un "quórum" mínimo del 70% de la nómina
y previa notificación del Juez que lleve el Juicio de
Residencia que su salida no influye en el tramite. y con la
limitación que este último puede exigir su
presencia en forma inmediata.
Poder Ejecutivo, Legisladores, miembros del Poder Judicial y
cualquier funcionario estatal es pasible de que: el Fiscal de
turno y la DGI, pueda y deba investigar de Oficio cualquier
denuncia periodística en que se indique posible maniobra
de enriquecimiento ilícito, cohecho etc. aún
ganancias eventuales por juego, por lo
cual si supera 1000 sueldos mínimos de ganancia
deberá notificar al fiscal de turno, el propio interesado.
Esta situación se mantiene durante toda la vida del
funcionario con cargo electivo.
Si un funcionario o legislador tuviese el pedido de
remoción de su cargo con un número de firmas igual
al 10% del número de votos que tuvo para ser electo,
deberá ser llamado a elecciones de su circuito electoral
donde fue elegido, y si tuviese, por lo menos el mismo
número de votos a su favor que en la elección donde
adquirió el cargo será confirmado, sí tiene
menos será removido y el suplente tomará su cargo.
. .(Ver constitución de Venezuela
Cáp. III Art.:71)
El Pedido de remoción será simplemente un
documento donde figure la causa de este pedido y las firmas de
ciudadanos con su número de DNI
Este sistema ejerce control posterior sobre el
representante de la ciudadanía y permite castigar al que
no cumple la voluntad del pueblo
De Los Empleados Públicos.
La única forma de ingreso a la
administración pública será por
concurso, de antecedentes y aún de oposición.
Para ello será necesario la publicación del llamado
a concurso abierto, por lo menos en diarios locales y en diarios
de circulación nacional, No podrá exigirse
afiliación política alguna, mas aún,
existirá prohibición de cualquier forma de
investigación sobre sus ideas políticas; la
constatación de este hecho significará
postergación del concurso para poder realizar la
investigación judicial al que ordenó esa
infracción, no pudiendo demorarse mas de 15 días en
resolverse el caso. Bases del concurso serán enviadas al
legislativo; comisión respectiva; para poder hacer las
objeciones que hubiese lugar. El pliego de condiciones
será gratuito
FEDERALIZACIÓN DE LAS
RECAUDACIONES
El total de impuestos (suma de las tasas municipales e
impuestos provinciales y nacionales) serán cobrados por la
Municipalidad respectiva y; esta en forma inmediata (72 hs.) a su
recepción ( ya sea por descuentos por pago
automático por bancos o ingreso
por caja), retendrá para si la parte que le corresponda y
girará a la Provincia el resto, y esta a su vez en un
lapso no mayor de 72 hs. hábiles lo hará a la
Nación,
Si no fuesen cumplidos los términos durante 3
veces seguidas o en un año ,será pasible cada
eslabón de una intervención contable por parte de
el eslabón superior para normalizar la situación y
por el tiempo mínimo que esta sea requerida no pudiendo
ser mayor de 60 días .Existirán controles
itinerantes por cada parte de la cadena hacia su recaudador
inmediato inferior. Es común que sea ahogada una
administración inferior con falta de remesas de
coparticipación si esta no es obsecuente con el poder
superior.
"con posterioridad a la impresión el
día 13 junio 2004 en el diario" Clarín"Pág.
27 IDOIA ZENARRRUTZABEITIA BELDARRAIN Ministra de hacienda de
Euskadi refiere que ellos recaudan sus propios impuestos y le
pagan al gobiernos de Madrid una
formula pactada de 6.24% que representa el peso del País
Vasco en el PIB nacional"
lo cual es una idea parecida a la expuesta por el
autor
Dentro del marco de impuestos y tasas, estas
últimas son propias de las municipalidades y solo
podrán ser aplicadas a servicios realmente prestados y no
inventar cobros que en realidad son impuestos es decir cargas en
dinero al habitante para solventar gastos
públicos.
Así por ejemplo no se podría cobrar
estacionamiento medido o pago sino se ofrece un servicio como:
cubierta ante inclemencias del tiempo, lugares especiales con
vigilancia, siendo descartado de plano el cobro en la vía
pública ya que esta es para el uso del los
vehículos en la calzada y los peatones en la
acera.
Nación y Provincias no podrán implantar
peaje en rutas salvo que sean autopistas hechas por el
concesionario, previo a la implantación del peaje y
además que estas autopistas tengan caminos opcionales
asfaltados que comuniquen las terminales y escalas de la
autopista, y que estén cercana a 10 Km. de distancia.,
entre sí las rutas alternativas Los puestos de peaje
estarán en la entrada y salida de las autopistas con peaje
y cobrarán solamente la verdadera distancia
recorrida.-
Ningún gremio, o asociación,
colegiación, iglesia u otra agrupación no
política podrá realizar declaraciones de tipo apoyo
a candidatura alguna, expresar apoyo u aconsejar preferencias o
negarla a partido político alguno. y sobre todo ayudar a
partido político alguno en forma económica. Es
decir se saca la política pública de los
gremios
Los gremios podrán formar Mutuales de servicios
sociales o médicos, pero su administración y
cuentas en dinero
o propiedades serán administradas por una
comisión en donde los dirigentes sindicales no
tendrán acceso; elegida por todos los afiliados a
la mutual, sean o no del sindicato, pudiendo sí
ser auditarlas por el gremio, pedir a la justicia su
intervención y llamar a elecciones. Las elecciones de cada
sector: gremial y mutual será en distinto acto
eleccionario.
Los cargos electivos no podrán ser
reelectos (lo mismo sucede en la parte política,
así que no es un castigo a los gremios sino una
protección contra el enquistamiento por años en los
cargos directivos).Luego de dejar el cargo deberán
volver al mismo puesto de trabajo que tenían al
asumir, por lo menos por un numero igual de tiempo al
período ejercido en la dirigencia sindical. De
renunciar a su anterior cargo laboral no
podrá ser candidato gremial por 5
años.
. Al obligarlo a volver a su trabajo anterior, luego
de su período de dirigente, lo obliga a pensar mucho antes
de tomar una medida en ocasión de su desempeño
representativo, pues al volver será juzgado por sus
compañeros de trabajo mas inmediato, y si renuncia para
evitar criticas a su actuación, se excluye de tareas de
dirigente en su nuevo trabajo por un lapso grande.
Todo aspirante a cargo sindical debe presentar
declaración jurada del grupo familiar ante la DGI y
publicada en boletines del sindicato y en
su sitio laboral, pudiendo ser controlada y observada por
cualquier afiliado a su gremio y por la prensa.
Los candidatos al manejo de la mutual deberán ser
socios de la mutual, sean o no afiliados al gremio, y aún
no empleados de ese ramo de trabajo si la mutual pone sus
servicios a personas no vinculadas a esa actividad laboral. El
Estado Nacional o Provincial podrá tener supervisores
pero no la dirección de la mutual de sus
empleados.-
.La comisión directiva estará
compuesta en forma proporcional al resultado de las elecciones,
de tal manera que toda agrupación de los mutualizados
esté representado dentro de la comisión directiva.
Forma de evitar manejos no absolutamente claros de los fondos
mutuales.
El sistema a implementar de aquí en
adelante será por capitalización; no
tendrá ninguna limitación máxima de aportes,
será con una proporción igualitaria en todo tipo de
ingreso, incluso será descontado del movimiento de
acciones e
interesas de las mismas, es decir sobre lo que realmente sean
ingresos brutos del aportante, incluirá además
beneficios que se puedan valorar en dinero, como ser alojamiento,
vales de comida etc. Dichos aportes estarán exentos de
todo tipo de impuesto,
presente o futuro. Se pone un en adelante para no
afectar a los que ya pactaron un sistema.
El total de lo recaudado será girado a la Casa de
la Moneda quien emitirá dinero con respaldo en
metálico [oro, acero o acero
inoxidable estos últimos estimo serían preferible
ya que con ellos se podrían realizar construcciones
públicas (puentes, edificios públicos)que
mostrarían el respaldo de este dinero a todo
habitante].
Con esta moneda (que podría ser del MERCOSUR)
pasaría en forma integral a prestamos para actividades
productivas que aumenten fuentes de
trabajo, con intereses bajo (por ejemplo:0,5; 0,6% mensual ,de
amortización también mensual, y
capitalización de los aportes en forma también
mensual. Dicho dinero no podría salir del país,
para que cada país se capitalice con su propio esfuerzo.
Solo tendrían acceso a ese crédito las empresas que
pagasen parte del salario a sus empleados con acciones de
empleado (ver mas adelante; Pág. 14)
Los créditos podrían ser a 100
años si la empresa tiene
perspectivas para esa vida y en este único caso no
pagaría el capital ya que sus intereses abrían
cubierto su misión de
asegurar al asegurado su jubilación y además a
la muerte de
este, los ingresos mensuales pasarían a cubrir asistencia
de los incapacitados totales y cubrir déficit de sueldos
del trabajo de discapacitados. hasta llegar a cubrir los 100
años de pagos del deudor-
Los aportantes podrían tener jubilaciones
parciales a partir de sus 50 años (es decir:
trabaja menos horas o menos días por semana), pero la
jubilación cubre las horas no trabajadas, y no
existiría edad de retiro forzoso, solo la voluntad del
trabajador y su capacidad indicarían el momento de su cese
total de actividades.
En determinado momento en que el fuese suficiente el
capital asegurado, podría servir los intereses para fondo
particular del aportante en caso de perdida de trabajo (fondo
particular de desempleo),
siempre que este dedicase por lo menos 4 hs. a capacitación laboral y el resto a la
búsqueda de empleo
Los Registros Civiles
comunicarán en el día, por medios
electrónicos los fallecimientos al Registro Nacional
de las Personas, quien tendrá dos días para
publicarlos como baja diaria en Internet, la cual
será examinada diariamente por las instituciones de
previsión social, para evitar prestaciones y
jubilaciones a fallecidos. Será considerada falta
administrativa grave su omisión y si diese lugar a uso
indebido de prestaciones o jubilaciones será considerada
desfalco por parte del responsable.
La jubilación será pagada por
depósito en caja de ahorros bancaria de cada jubilado. Al
fallecer está será transferida al derecho habiente
en el lapso de dos semanas posteriores al fallecimiento del
titular.
El discapacitado será reeducado en talleres
protegidos del Estado quien reeducará, buscará
inserción laboral en empresas particulares merced a
beneficios adicionales en el caso de. que la productividad sea
menor que en un normal; esto podría ser pagando el
déficit laboral por parte del Estado.
Desaparecería la indemnización por
accidente y se reemplazaría por la reinserción
laboral y sostenimiento de la familia
afectada durante el tratamiento de rehabilitación, por
parte de la empresa (o de la
aseguradora) y/o del Estado en proporción a la culpa que
pudiese corresponder.
CALIDAD DE VIDA Y LA ECONOMÍA COMO MEDIO PARA
CONSEGUIRLA.
El destinatario de la Economía es el SER
HUMANO, nó la economía en si misma; todas las
medidas que se tomen desde el Estado deben propender a que el
habitante tenga sobre todo la posibilidad de mejorar su
condición social, económica, cultural,
educacional, etc. sin importar su capacidad económica,
anterior y/o actual.
.En conclusión la herramienta de la capacidad
económica radica en la EDUCACIÓN DEL HABITANTE
,dado el carácter rápidamente cambiante de la
realidad económica ,el cambio de tareas y sobre todo de
la comprensión de las mismas conlleva a que tenemos que
dar una educación de carácter universal y no
pragmática pura ,ésta localizada al ámbito
de su especialidad, deja afuera las bases teóricas
generales que permiten el cambio de oficio y aún mas la
posibilidad de aplicar técnicas
y teorías de otras especialidades a su
trabajo, muchas veces con un gran salto de productividad. NO SE
PUEDE ADAPTARSE AL CAMBIO SIN UNA VISIÓN GLOBAL DEL
ENTORNO
El Estado no debe dar dádivas sino posibilitar
el entorno social y de distribución de riqueza que permita la
capacitación,
Una riqueza del ciudadano, que es además factor
de progreso y se ha perdido para la mayoría de los
trabajadores es el TIEMPO LIBRE, este permite dedicarlo a
pensar .Edificó la civilización actual, cuando de
recolector que consumía mucho tiempo se hizo sedentario,
con la agricultura
y la ganadería estable, al tener tiempo de
pensar empezó a inventar, a aprender,
comunicándose con otras colectividades
intercambió conocimientos. Es decir
PROGRESÓ.
La falta de tiempo libre del trabajador, deja al
dirigente político sin contralor ya que él es el
único que dispone de tiempo y el ciudadano no puede
tener el espacio libre para informarse a fondo, interpretar, y
actuar en consecuencia. ES DECIR QUE EL TIEMPO LIBRE ES
TAMBIÉN UN FACTOR DE PODER.
El sueldo de un empleado (obrero o oficinista etc.); en
una empresa por acciones; serás parte en efectivo y un
porcentaje a determinar en ACCIONES LABORALES no
transferibles. Los socios capitalistas no podrán tener
más de 5 veces el sueldo del salario mínimo obrero
(en el caso que ostenten un cargo administrativo en la empresa),
El Capital social es la suma de las acciones ordinarias mas las
laborales y sobre este monto se realizan los
dividendos.-
Los cargos directivos tendrán acciones fijas y
permanentes al cargo (Acciones Gerenciales ), que incentiven al
gerente si no
es el dueño
Esto permite que el empleado sea partícipe de
las ganancias, con el consecuente interés en
que la empresa dé rindes para él usufructuar los
beneficios, esto puede evitar que se apañe al
compañero vago, se evite desperdicios, se controle la
calidad y
cantidad del producto
elaborado.
Además el Capital no obrero; obliga que para
mantener el control de la firma deberá invertir en bienes
de capital en forma de acciones, con el consiguiente crecimiento
de la empresa.
El sueldo mas alto de una compañía no
podrá superar en 5 veces el del personal menos pago. El
resto del sueldo serán las ganancias por las acciones,(
que serán proporcionales a los sueldos, cargos y
antigüedad, los cuales serán mayores a mas alto
escalafón y nulo en el propietario ya que él es el
dueño de la estrategia
comercial).-
No existirán acciones preferenciales, todas
serán iguales para evitar que existan dividendos
distintos. Las asambleas no podrán otorgar premios a los
directivos. Existen antecedentes en que los socios
mayoritarios y por ende directivos se auto premiaron con
distribución excepcional en el reparto de
ganancias.
Para imponer esta modalidad; en forma no coercitiva; se
exigiría que cumplan estas disposiciones para otorgar un
préstamo bancario u otros beneficios bancarios o
estatales.
No se permitirán horas extras de mas de 1
hs.
En forma paulatina los horarios de trabajo se
ajustarán a 8 hs diarias en el hombre y en
la mujer que no
tenga hijos; (ver mas adelante), y en un lapso de 5 ??
años será de 6 hs. diarias en un turno ,para
permitir la posibilidad de 4 turnos en labores
continuas.
La mujer que tenga
hijos de menos de 12 años no superará 6 hs de
trabajo diario en un turno, si es menor de 6 años (escuela
primaria del niño a partir de esa edad) no superá
las 4 hs.
Esto está acorde con la tecnología que
permite un ahorro de
esfuerzo humano, y así con menos horas de trabajo el
trabajador podrá dedicar mas tiempo a educarse, educar a
sus hijos, dedicarse a pensar y aún dedicarse a trabajar
en los partidos políticos y así reactivar este
sector de la sociedad tan necesitada de renovación y
trabajo colectivo que eviten el caudillismo.
Además aumentaría la cantidad de puestos de
trabajo..
Un trabajo no considerado es el de la mujer madre,
que es el del educar (es decir enseñar a vivir en
sociedad) que es privativo de ella ya que la escuela instruye y
poco educa. Y por ello es necesario darle el tiempo necesario
para ello. Y creo que disminuiría la criminalidad
juvenil.
El empleado que luego de sus horas de trabajo de 6 hs.
hiciese cursos aprobados por el Ministerio de Educación,
dictados en su lugar de trabajo o cercanas a él, y en
materias que elegiría la empresa, será compensado
con media hora de sueldo .Las clases no podrían superar
las 2 has diarias.
Esto permitiría una mejor calidad de trabajo,
por ende de calidad de la empresa y aumento de la competitividad
de esta y por ende de la capacidad de la
Nación.
Uno de los motivos del progreso de la Grecia
Clásica fue tener tiempo libre para pensar. Tenían
a los esclavos para trabajar. Debemos tener a las máquinas
como esclavos en estos tiempos y no a los obreros trabajando mas
de 8 hs, no podemos pedir atención concentrada con máquinas
complejas tanto tiempo Lo económico es usar el capital
máquinas al máximo ya que su reposición no
necesita tanto tiempo como es la capacitación del hombre
(Reacuérdese que en la 2ª.Guerra Mundial se
les ordenaba a los pilotos tirarse en paracaídas ante la
menor duda puesto que era mas fácil y rápido
reponer un avión que instruir al piloto)
Se utilizará las redes oficiales de Radio y Televisión
.LRA y ATC) como medios educativos y de divulgación
de sesiones del Congreso, lo cual servirá para que la
ciudadanía vea el accionar real de la democracia y
además servirá para el control de sus
representantes.
Para aprovechar las instituciones ya existentes
podría el Consejo Superior Universitario programar la
tarea educativa de estos medios Informativos.
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