CAPITULO I
Planteamiento del
Problema
Desde el inicio de la
civilización el médico ha tenido la responsabilidad
moral, social,
profesional y penal de salvaguardar vidas y garantizar el
máximo bienestar a sus pacientes. Y es objeto de
reconocimiento cuando los resultados de su intervención
son exitosos, mientras que en caso contrario pasa a ser objeto de
especial atención por los familiares del paciente y
el resto de la sociedad en
caso de fallecimiento o cuando los resultados de la
intervención no son los esperados por el
paciente.
En efecto, en caso de fallecimiento del paciente y
cuando se promueven los medios o
motivaciones necesarios para determinar la culpa o
responsabilidad medica, se acude a una importante rama auxiliar
del derecho como lo es la medicina
legal, que según Núñez (2003) es
la disciplina que efectúa el estudio,
teórico y práctico de los conocimientos
médicos y biológicos necesarios para la
resolución de problemas
jurídicos, administrativos, canónicos, militares o
provisionales, con utilitaria aplicación
propedéutica a estas cuestiones.
Para Quiróz (2002), la medicina legal
como madre de las ciencias
forenses aporta avances cada vez mas significativos que son de
vital importancia no solo para determinar la muerte,
sino también de la naturaleza y
clasificación de las lesiones, presentadas por el
cadáver, con un sentido humano y legalista que es el
esclarecimiento de la verdad, y para determinar la
responsabilidad médica, que es la obligación que
tiene el medico de reparar faltas
cometidas en el ejercicio profesional indemnizando a la persona
dañada o sufriendo una pena
En este contexto, un importante medio probatorio en el
caso de malapraxis médica es la autopsia legal, que
según Dominici (2005) "consiste en el examen
anatómico del cadáver" (p.9). Este examen debe
responder a una serie de rigurosidades técnico-legales con
la finalidad de aportar al proceso penal, el diagnóstico exacto de la enfermedad y sobre
todo el reconocimiento de las causas verdaderas que
desencadenaron la muerte del
paciente, así como también encontrar evidencia que
sea digna de ser presentada ante un tribunal.
Sobre este particular, Bolívar J.
Y Dominicci (2004), en el marco del I Congreso Internacional de
Criminalidad y Seguridad de las
Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara
(2004), puntualizaron que:
pese a los grandes avances plasmados en los
instrumentos jurídicos venezolanos y en el proceso penal
en si, las debilidades se encuentran en la escasa
participación de expertos en la práctica legal de
la medicina forense, al procederse a la autopsia legal, y mas
aún de los jueces, fiscales y abogados, razón por
la cual deben incorporarse a los estudios de los abogados y
jueces, seminarios teórico práctico para abordar
el peritaje
clínico, la autopsia forense y la tanatología, no tanto para la
realización de las mismas, pero si para el
conocimiento profundo de los procedimientos
y protocolos
existentes, y de los cuales depende la evidencia cierta (p.
7).
Lo anterior permite inferir, que si bien la medicina
forense es una rama auxiliar de gran importancia para el juez y
demás actores del proceso, es importante que estos tengan
una clara noción teórica de los procedimientos
implícitos en la evaluación
forense. En consecuencia, los actores que interviene en el
proceso penal venezolano, (jueces, fiscales y abogados),
están en la obligación de conocer puntual y
asertivamente las particularidades de cada protocolo y
procedimiento
implícito en el examen del cadáver, bajo fiel
cumplimento de los requerimientos deontológico,
técnicos y jurídicos.
En atención a los señalamientos que se
realizan, se hace necesario el estudio de los requerimientos
técnico-legales de la autopsia legal para la
comprobación de responsabilidad médica en el
proceso penal venezolano.
Para tal fin se plantean a continuación las
siguientes interrogantes: ¿Cómo se define la
responsabilidad medica a la luz de la
jurisprudencia
venezolana?, ¿Cuáles son los instrumentos
jurídicos que establecen los requerimientos
técnico-legales de la autopsia legal para la
comprobación de responsabilidad médica en el
proceso penal venezolano?.
OBJETIVOS DEL ESTUDIO
Objetivo General
Analizar los requerimientos técnico-legales de la
autopsia legal para determinar la responsabilidad médica
en el proceso penal venezolano.
Objetivos
Específicos
- Definir la responsabilidad medica a la luz de la
jurisprudencia Venezolana. - Precisar los requerimientos técnico-legales de
la autopsia legal para determinar la responsabilidad
médica en el proceso penal venezolano.
Justificación e
Importancia
Con este estudio, se pretende generar hallazgos
cualitativos de los requerimientos técnico-legales de la
autopsia legal para la comprobación de responsabilidad
médica en el proceso penal venezolano, con la finalidad de
fortalecer el desempeño de los actores en el proceso
penal venezolano, al exponerse los medios probatorios requeridos
en caso de muerte, donde se pretende determinar la
responsabilidad médica.
Sobre este particular, Dominici (2004), señala la
importancia de cumplir con los principios
científicos en que se funda la explicación
detallada de las operaciones
técnicas realizadas en la autopsia
médico-legal, sustentada en sólidos principios
éticos. Así el perito rendirá su dictamen y
lo hará en forma objetiva, imparcial, concreta, precisa y
clara, con la finalidad de contribuir de forma efectiva al
dictamen del Juez.
Pues además del dictamen y elementos
teóricos-periciales aportados por el perito forense, los
actores del proceso con pleno conocimiento
de causa, podrán vincular o desvincular los demás
elementos probatorios implícitos en un proceso de
malapraxis, para determinar la responsabilidad penal del
médico.
Asimismo, con esta investigación, se podrá generar la
posibilidad de generar una nueva línea de
investigación orientada al desarrollo de
investigaciones que giren en torno a la
responsabilidad médica, tema sobre el cual se
podrán generar importantes elementos teóricos
partiendo de este estudio y de nuevos trabajos investigativos
desde distintos enfoques, realidades y contextos teóricos
y metodológicos.
CAPITULO II
Antecedentes
Según la historia jurídica, la
criminalistica moderna nace en Francia ,
Vidoc crea la Sureté, en 1823 y Purkinje funda una estudio
sobre la disologia y el órgano cutáneo en 1829 se
crea en la calle de bow henry fielding un agrupamiento de
investigación en 1833 nace el primer antecedente de la
antoprometria o fotografia forense con bertillon y el
famosísimo bertillonaje en 1842 se funda SCOTLAN YARD,
WILIAM HESCHEL en la india ya
comienza su estudio en identificación y hace una manera de
impresión dactilar en 1893 un personaje importante hace su
aparición HANS GROSS con su Manual del Juez,
dando el nombre propio a la criminalistica en 1910, cuando se
funda el primer laboratorio de
criminalística en 1914 en México,
contándose con el primer centro dactiloscopico.
La Criminalística comienza con el sentido humano
respecto del esclarecimiento de la verdad histórica que
sucede en la realidad; la Criminalística no por el simple
hecho de ser una ciencia que se
encargue del estudio de los indicios con el fin de convertir las
evidencias
necesarias para llegar a la verdad histórica. Para
conseguir éstos fines, los cuales podríamos decir
que forman parte esencial de la Criminalística, es
necesario como toda ciencia relacionada con aspectos sociales que
tenga un sentido humano, es decir, la Criminalística no es
solo una ciencia fría sino es una ciencia que ataca la
manera exógena del actuar del victimario, y misma que
utiliza métodos
naturales y científicos que se utilizan en otras ciencias
como la química
la biología,
la medicina forense, entre otras, con el objeto principal de ser
un auxiliar y de ser el perito de la razón que lleve a los
jueces a tomar decisiones en bases técnicas
científicas, las cuales mediante la metodología pericial queden completamente
determinadas
Para Dominici (2005), la Criminalística tiene
diferentes principios y diferente fines, entre los fines podemos
diferenciar uno mediato y uno inmediato.
El fin mediato, mismo cual es el más importante
socialmente, consiste en darle a la autoridad
competente los datos
técnicos jurídicos y científicos para el
ejercicio de la acción,
y el fin inmediato es la determinación de la existencia de
un hechos delictuoso, su reconstrucción y la
investigación de quiénes en un momento dado
participaron.
La Criminalística moderna ya no solo depende del
perito o el especialista que vaya a la escena de los hechos o
hallazgo, sino ya depende de muchas ciencias auxiliares que antes
no se tenían, entre las cuales se tiene a los peritos en
huella genetica y las condiciones técnicas actuales para
poder
determinar la absorción atómica y técnicas
modernas que son fundamentales para poder determinar la
responsabilidad penal del medico, cuando se presume la existencia
de mala praxis
media.
Antecedentes
Investigativos
Parra (2001), en su Trabajo
Especial de Grado Titulado "Medios Probatorios para determinar la
Malapraxis Medica", presentado en la Universidad
Fermín Toro para optar al título de Abogado.
Realizada como una investigación de tipo cualitativa, de
carácter documental.
En este trabajo de grado, se presenta una
clasificación de todos los medios probatorios admitido por
el recién aprobado Código
Orgánico Procesal Penal, con la finalidad de analizar su
pertinencia, aplicabilidad y particularidad, al ,mismo tiempo que
constituye un referente teórico para los actores del
proceso penal. Estimándose, que del peritaje efectivo, se
deriva la comprobación de la responsabilidad medica en
caso de mala praxis.
Escalona (2002) en su trabajo de grado
titulado "La investigación pericial en el Proceso Penal
Venezolano" Estudia cualitativo, orientado al análisis de los factores que inciden en la
investigación pericial, tomando en cuenta los aspectos
jurídicos, técnicos y
científicos.
En este estudio se planta que la investigación
pericial no puede realizarse de cualquier forma, sino que ha de
someterse al estricto cumplimiento de normas e
inspirarse en unos principios fundamentales, a fin de ser
verdaderamente útil a los fines de la justicia. Pues
de al inobservancia de estas normas, redundaría en la
obstaculización de la justicia.
Igualmente se plantea que la esencia de la
investigación pericial consiste en la recolección y
el análisis sistemático de los datos. El acopio de
datos requiere de mirada sutil, entendiendo por ella el
hábito de observar, el espíritu alerta e
inquisitivo, la inteligencia
activa, que percibe todo lo que es desusado y ve un problema en
sus más recónditos aspectos.
Se tiene la certeza, de que aparte del genio, casi todos
los descubrimientos se han debido psicológicamente a la
combinación de esta mirada sutil con el espíritu
inquisitivo.
Kavitko (2005), en su ponencia titulada Antecedentes
históricos de los procesos por
responsabilidad profesional médica y la malapraxis en el
ejercicio de la medicina legal, presentada ante la
Asociación Latinoamericana de Medicina Legal y
Deontología Médica e Iberoamericana de Ciencias
Forenses.
Señala este experto que la
problemática de la responsabilidad médica no es
reciente, no es de hace 20 años, ni de este siglo, sino
que nace con la historia del hombre, pues
todas las legislaciones escritas que han llegado hasta nuestros
días tienen perfectamente determinada esta
situación. Si estaba contemplada en esas legislaciones era
porque realmente ocurría, les preocupaba y generaba
situaciones que la justicia, a su manera y dentro de sus
posibilidades y criterios, tenía que resolver.
Bases Teóricas
Pérez (2005), señala que
cuando se presume la mala praxis médica, o se pretende
determinar responsabilidad médica en alguna querella, el
Juez recure tácitamente a la medicina Legal, que es la
rama de la medicina que asesora sobre asuntos biológicos,
físicos, químicos o patológicos al Poder Judicial,
entidades administrativas del Estado y personas jurídicas
que lo requieran.
En efecto, la medicina legal es la disciplina que
efectúa el estudio, teórico y práctico de
los conocimientos médicos y biológicos necesarios
para la resolución de problemas jurídicos,
administrativos, canónicos, militares o provisionales, con
utilitaria aplicación propedéutica a estas
cuestiones. El médico forense rebasa los conocimientos del
médico común y tiene que penetrar forzosamente en
el terreno jurídico, es decir, en las relaciones que las
leyes pueden
tener con la vida del individuo en
sociedad. El facultativo forense es el médico de la
justicia. Es un colaborador imprescindible.
Actualmente la medicina y el derecho marchan
acompañando al hombre desde su estado embrionario hasta
después de su muerte; es decir, desde antes de nacer hasta
después de que ha desaparecido, prestándose
auxilios mutuos, estudiando conjuntamente el modo de garantizar
eficazmente los derechos individuales y
sociales.
En este contexto, los litigios por
responsabilidad médica han experimentado en los
últimos años un incremento vertiginoso, como
consecuencia de múltiples factores, como: el desarrollo
tecnológico de la medicina y las subespecialidades, la
complejidad del ejercicio médico, él trabajo en
equipo, la despersonalización de la atención
asistencial con un evidente deterioro de las relaciones
médico-paciente y el cambio de la
mentalidad en la población por el gran acceso a la información, que cada vez se torna
más exigente en la defensa, a veces desproporcionada de
sus derechos.
En consecuencia, el creciente aumento de las demandas
por mala praxis, constituye una seria preocupación de los
profesionales de la salud interfiriendo en el
libre ejercicio de su actividad. Es importante rescatar la
relación médico- paciente, la correcta redacción de la historia clínica y
del protocolo quirúrgico, así como la
no-omisión del consentimiento informado.
Responsabilidad Médica
Para Gutiérrez (2002), la
responsabilidad significa deuda obligación de reparar y
satisfacer, por sí o por otro, a consecuencia de delito, de una
culpa o de otra causa legal. Es cargo u obligación moral
que resulta para uno del posible yerro en cosa o asunto
determinado.
La responsabilidad médica es, según
Lacassagne (citado por Gutiérrez), la obligación
para los médicos de sufrir las consecuencias de ciertas
faltas por ellos cometidas en el ejercicio de su arte, faltas que
pueden comportar una doble acción: civil y
penal.
Por ello, el médico puede caer en responsabilidad
penal o civil, o penal y civil. Es responsable penalmente si se
trata de la comisión de un delito. Hay responsabilidad
civil si ha causado daños físicos o perjuicios
morales o económicos. En el primer caso, tendrá que
sufrir la pena que la autoridad determine, y, en el segundo, debe
pagar indemnización reparadora del daño
hecho a la víctima. Es obvio que ambas situaciones se
presentarán cuando el médico sea responsable penal
y civilmente.
La responsabilidad profesional deviene de hechos
culposos y dolosos, es decir no mediando o mediando la
intención de configurar injustos. La responsabilidad
jurídica surge de la obligación de las personas
imputadas de dar cuenta ante la justicia por los actos contrarios
a la ley y sufrir las
consecuencias legales. La responsabilidad civil procura reparar
el daño causado a la víctima,
económicamente. La responsabilidad penal arraiga en el
interés
del estado y de los particulares interesados, en mantener la
armonía jurídica y Orden público.
Las principales situaciones de
responsabilidad penal por parte del médico son: cuando
actúa como hombre, fuera de su profesión; si comete
actos delictivos llevando al ejercicio profesional sus pasiones
humanas; y cuando comete delitos tales
que por su naturaleza únicamente como médico puede
cometer. Aparte de esta categoría de actos delictuosos que
tiene de común la intención, el dolo, existe otra
categoría de hechos punibles, en los que con ausencia de
intención, se presenta en cambio la imprudencia: la falta
profesional.
En efecto, la responsabilidad del médico frente
al enfermo y en especial frente al caso de culpa por
omisión, la interpretación legal ha llevado a crear el
concepto de
obligación jurídica de obrar, entendiéndose
por tal no solo la que la ley consagra, sino también la
impuesta por la razón, por el estado de
las costumbres y por la práctica de los hombres
probos
Requerimientos Técnico-Legales de la
Autopsia Legal para Determinar la Responsabilidad médica
en el Proceso Penal Venezolano
Riera (2005), representante de la Asociación
Médica Forense de Argentina señala que las
Periciales Médico Forenses son un medio de prueba de
especialísima consideración en denuncias por las
llamadas genéricamente malas praxis médicas. Y
señala que la responsabilidad del profesional
médico es de medios; no puede garantizar un
resultado, sólo debe ser diligente y en muchas
ocasiones la mala interpretación de esta conducta por
personas no calificadas, necesariamente termina en laberintos
judiciales que acarrean consecuencias irreparables, aún
cuando se trate de expertos que dispongan de cuanta
diligencia aconseja su ciencia al caso en concreto.
En cuanto a la Prueba, etimológicamente proviene
del latín probare consiste en la demostración que
se hace de la existencia de hechos materiales o
de actos jurídicos, conforme a las observaciones
objetivas. Procura proveer una prueba técnica medico legal
objetiva y verás, sobre aspectos biológicos y/o
biopatológicos captados por normativas específicas,
a los fines de ilustrar y mejor proveer a la causa de autos. Se
efectiviza sobre personas, cosas o hechos.
En lo referente a las denuncias o imputaciones por mala
praxis médica, procura el perito oficial de la justicia
reconstruir técnicamente un hecho histórico, del
pasado, con método
medicolegal, procurando medir y discernir sobre las imputaciones
culposas y/o dolosas, acorde a los cuestionarios de oficio. Goza
la instancia pericial medicolegal judicial de autonomía
científica, para levantar a jerarquía de indicios o
evidencia los hallazgos empíricos y someterlos al
análisis y crítica
científica en un primer momento de comprobación y
luego a síntesis y
argumentación dialéctica en una segunda instancia
de demostración.
La lógica
aristotélica es menester, respetando a ultranza los
primeros principios criteriológicos, tales como el de
identidad, el
de causalidad, de no-contradicción, de razón
suficiente, procurando demostrar a la luz de la razón
lógica reflexiva, ahí donde fuese posible, el Nexo
Causal eficiente o directo entre el daño imputado y el
agente agresor por acción u omisión, siempre en
procura de la verdad real y desde las limitaciones de una ciencia
y arte conjetural.
Así la Prueba Pericial Medico forense
rendirá su más que necesario imprescindible auxilio
al juzgador, siempre que sea completa, metódica, no
contradictoria, y de razón lógica de las
conclusiones de su dictamen.
Un elemento probatorio de vital
importancia para salvaguardar la responsabilidad de la
institución medica y del medico lo representa la historia
clínica, que es el "documento de identidad" de la salud de
una persona ya que contiene sus enfermedades, hábitos
de vida, antecedentes familiares.
CAPITULO III
Naturaleza de la
Investigación
A objeto de dar respuesta a los objetivos
planteados en el presente estudio, el mismo se enmarca en la
modalidad de una investigación
documental, bajo un diseño
jurídico dogmático, desarrollada bajo el paradigma
cualitativo.
Este tipo de investigación es definida por
Balestrini (1997), consiste en el estudio de un problema o
situación con el objeto de ampliar y profundizar el
conocimiento inherente a su naturaleza el cual está
contenido en diversas fuentes
secundarias y documentales y es extraordinariamente
válida, en atención a la experticia y aportes de
cada investigador.
También refiere Bermejo (2002), que la investigación cualitativa se caracteriza
por una lógica analítica objetiva, en
atención al fenómeno estudiado, basada en una
búsqueda exhaustivo para descomponer el tema en elementos
que revelan conocimientos interesantes.
Diseño de
Investigación
Este diseño se basa en diseño
jurídico dogmático que según Witker (1997)
se orienta al estudio de un fenómeno, desde una
perspectiva meramente jurídica a objeto de analizarlo a la
luz del derecho, bien sea para estudiar su pertenencia,
efectividad y relación con la jurisprudencia.
Técnicas para la
Recolección de la Información
La técnicas para la recolección de la
información en los estudios cualitativos, están
constituidas por la observación documental,
constituyéndose en una estrategia donde
se observa y reflexiona sistemáticamente sobre realidades
(teóricas o no) usando para ello diferentes tipos de
documentos.
Indaga, interpreta, presenta datos e informaciones sobre un tema
determinado de cualquier ciencia, utilizando para ello, una
metódica de análisis; teniendo como finalidad
obtener resultados que pudiesen ser base para el desarrollo de la
creación científica.
Técnicas para el
análisis de la información
Se caracteriza por la utilización de documentos;
recolecta, selecciona, analiza y presenta resultados coherentes.
Utiliza los procedimientos lógicos y mentales de toda
investigación; análisis, síntesis, deducción, inducción, en el cual se realiza un proceso
de abstracción científica, generalizando sobre la
base de lo fundamental.
A estos fines se realiza una recopilación
adecuada de datos que permiten redescubrir hechos, sugerir
problemas, orientar hacia otras fuentes de investigación,
orientar formas para elaborar instrumentos de
investigación, elaborar hipótesis.
Las técnicas desarrolladas para la
recolección y operacionalización de la
información documental según lo refiere Ballestrini
(1.997), son el fichaje, la lectura
exploratoria, la lectura
analítica, el subrayado y las notas marginales, pues de
ésta se deriva el proceso de recolección de la
información para uso estricto del investigador.
Parra G. (2001), Medios Probatorios para determinar la
Malapraxis Medica, Trabajo Especial de Grado presentado como
requisito para optar al titulo de Abogado en la Universidad
Fermín Toro.
Riera A. (2005), Responsabilidad Medica Mala-Praxis-
Edit. Trillas
Gutiérrez L. (2002), Manual De Ciencias Forenses
Y Criminalística. Edit. Trillas Venezuela.
Núñez A. (2003) La Autopsia. Editorial GTZ
Bolivia.
Pérez S. (2005) La Prueba en el Proceso Penal
Acusatorio- 2da Edic. Editorial Vadell Hermanos.
Caracas.
Quiróz (2002), la medicina legal. Sitio Web.
Federación internacional de Medicina Legal. Disponible
en://www.fedeinter_medicinalegal.gov.ar
Dominici A. (2005) La Medicina Legal y la
responsabilidad Penal. Otras anotaciones del a medicina Forense
en la búsqueda de las pruebas.
Editorial INfojuridicas. Caracas.
I Congreso Internacional de Criminalidad y Seguridad de
las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara (2004), UFT-FAP-
LARA.
Kavitko (2005), Antecedentes
históricos de los procesos por responsabilidad profesional
médica y la malapraxis en el ejercicio de la medicina
legal, PONENCIA presentada ante la Asociación
Latinoamericana de Medicina Legal y Deontología
Médica e Iberoamericana de Ciencias Forenses. Suplemento
de Derecho Medico. Argentina.
NINOSKA CABRERA