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AFORE: Información general y su futuro en el país




Enviado por gabo_04



    1. Objetivos
    2. Desarrollo
    3. Conclusión
    4. Bibliografía

    Objetivos:

    *Informar ampliamente al lector sobre el sistema de
    ahorro para el
    retiro.

    *Analizar una serie de puntos coyunturales, que pueden
    afectar positiva y negativamente el desarrollo del
    sistema pensionario de las AFORES.


    Hipótesis:

    * El sistema actual de ahorro para el retiro a pesar de
    que ha sido eficaz quedara obsoleto en algunos años.

    Desarrollo:

    a) Información básica de las AFORES.

    ¿Sabes qué es una Afore? Afore es una
    Administradora de Fondos para el Retiro. Las Afore son empresas
    financieras debidamente autorizadas por la SHCP, y supervisadas
    por la CONSAR, que se especializan en el manejo de los ahorros
    para el retiro de los trabajadores.

    ¿Quién puede hacer uso de una Afore? Si
    estás afiliado al IMSS,
    deberás contar necesariamente con un sistema de pensiones
    y puedes elegir tu Afore

    ¿Cómo funcionan las AFORES? Las Afores no
    son un banco, ni una
    aseguradora. Son instituciones
    que se dedican exclusivamente a administrar los recursos
    depositados en tu cuenta individual de los trabajadores y tienen
    el objetivo de
    ofrecer al trabajador una pensión en el momento de tu
    retiro.

    ¿Qué es una pensión? Los sistemas de
    pensiones tienen como objetivo proteger los ingresos del
    trabajador y su familia ante
    diferentes contingencias y situaciones naturales que ocurren en
    la vida:

    •Vejez

    •Cesantía en edad avanzada

    Muerte
    prematura

    Accidentes y
    enfermedades
    que conducen a la invalidez

    La pensión es el resultado de un esfuerzo de toda la
    vida laboral de los
    trabajadores. Contar con una pensión, te ofrece
    tranquilidad y seguridad de que
    podrás contar un apoyo económico que te permita
    vivir con dignidad. Con
    mayor razón, no dejes que otros tomen decisiones sobre tu
    pensión, porque sólo te corresponde a ti informarte
    y tomar mejores decisiones.

    ¿Qué es la cuenta individual? Es la
    cuenta personal y
    única de cada trabajador administrada por la Afore. En
    ésta, durante la vida laboral del trabajador, se acumulan
    las cuotas y aportaciones que realizan:

    1. el patrón

    2. el gobierno

    3. el propio trabajador

    A su vez, la cuenta individual que administra tu AFORE
    está conformada de cuatro grandes Sub-cuentas:

    • Retiro, Cesantía y Vejez (RCV)
    • Aportaciones Voluntarias

    Patrón. 

    El 2% de tu Salario
    base de cotización para Retiro y 3.15% de tu salario
    base de cotización para Cesantía en edad
    avanzada y Vejez. Las aportaciones se realizan de manera
    bimestral.

    Gobierno.

    0.225% del salario base de cotización por
    Cesantía en edad avanzada y Vejez (de manera
    bimestral) y una cantidad equivalente al 5.5% del salario
    mínimo general para el D.F., por cada día
    cotizado, por concepto de
    cuota social.

    Trabajador.

    1.125% sobre el salario base de cotización
    de manera bimestral.

    Vivienda

    Aportaciones complementarias

    ¿Qué es la subcuenta de Retiro,
    Cesantía y Vejez (RCV)? En esta subcuenta se depositan
    las cuotas y aportaciones tripartitas, es decir: las que realiza
    tu patrón, el gobierno federal y las del trabajador. Las
    aportaciones se realizan en la siguiente
    proporción:

    ¿Qué es la subcuenta de aportaciones
    voluntarias? Si lo deseas, podrás llevar a cabo
    aportaciones de manera voluntaria que servirán para
    complementar tu pensión. Puedes realizarlo tú
    personalmente en tu Afore o solicitarle a tu patrón que
    las realice haciendo un descuento de tu sueldo, obviamente con tu
    anuencia. No hay montos mínimos ni
    máximos.

    ¿Qué es la subcuenta de vivienda?
    Es aquella subcuenta en la que únicamente el patrón
    realiza (deposita) aportaciones que equivalen al 5% sobre tu
    salario base de cotización (bimestral). Estos recursos son
    canalizados al INFONAVIT a través del al Fondo Nacional de
    la Vivienda y la Afore sólo lleva el registro de
    dichos recursos, que aparecen en tu estado de
    cuenta.

    ¿Qué es la subcuenta de aportaciones
    complementarias? Es aquella con el propósito de
    incrementar el monto de tu pensión, éstas
    aportaciones las podrán realizar tu o tu patrón en
    cualquier momento. Sólo se podrá disponer de
    éstas aportaciones al momento de tu retiro.

    ¿Cuáles son las funciones de una
    Afore? Entre las funciones que realiza una AFORE se
    encuentran las siguientes:

    • Abrir, administrar y operar las cuentas
      individuales
    • Proporcionar material informativo sobre el sistema
      (SAR)
    • Contar con una Unidad Especializada de Atención al Público para atender
      quejas y reclamaciones
    • Efectuar los traspasos de recursos SAR 92-97 a tu
      cuenta individual,
    • Proporcionarte estados de cuenta
    • Contar con una Sociedad de
      Inversión Especializadas en Fondos para
      el Retiro (SIEFORE) a través de la cuál los
      trabajadores podrán obtener mejores rendimientos para
      sus ahorros y con muy poco riesgo. A
      través de ella la Afore podrá recibir y tramitar
      retiros totales y parciales
    • Llevar el registro de los recursos correspondientes a
      tu subcuenta de vivienda

    ¿Qué es la cuenta concentradora? La
    cuenta concentradora es donde se depositan los recursos de
    aquellos trabajadores que no eligieron Afore durante los primeros
    dos meses de su vida laboral. Después de dos meses, la
    CONSAR los asignará a una de las tres Afores con menores
    comisiones del Sistema.

    ¿Por qué me beneficia registrarme desde
    el principio en una Afore? Porque si no te registras, no
    podrás corroborar que tus datos personales
    estén correctos, y, por otra parte, no recibirás
    estados de cuenta (porque la Afore no tendrá tu domicilio)
    y no podrás verificar tu saldo en tu cuenta
    individual.

    Ésta te deberá proporcionar un formato
    donde aparecen todas las comisiones que cobran las AFORES para
    que sepas quién cobra menos y quién cobra
    más comisiones, lo que te ayudará a tomar una mejor
    decisión. Si no lo firmas, la solicitud de registro no
    será válida.

    Además, deberás presentar anexo a la
    solicitud

    el Número de Seguridad
    Social a 11 posiciones, mismo que viene en tu Hoja color Rosa del
    IMSS

    • original y copia simple del Acta de nacimiento o
      constancia CURP, si no tienes acta y
    • original y copia simple de una identificación
      con fotografía.

    ¿Por qué la AFORE me cobra una
    comisión?

    • Porque administran las cuentas individuales de los
      trabajadores, es decir llevan el registro puntual de las
      aportaciones que ingresan a tu cuenta individual.
    • Porque se encargan de procurar la obtención de
      una adecuada rentabilidad
      (rendimiento) y seguridad en la inversión de tus
      ahorros.
    • Porque al momento del retiro, se encargan de entregar
      los recursos de la cuenta individual a la institución de
      seguros que
      el trabajador o sus beneficiarios (son los familiares a los que
      elijas para, en caso de muerte, reciban los recursos de tu
      ahorro para el retiro) elijan para contratar la
      pensión.
    • Porque obligatoriamente deberán enviarte dos
      estados de cuenta en forma periódica, además de
      ofrecerte asesoría.

    El porcentaje de comisión que cobra la AFORE en
    la que estás registrado, influirá en el monto de tu
    futura pensión. Por eso, infórmate de quién
    es quien en el cobro de comisiones.

    Si deseas contar con mayor información, la CONSAR
    pone a tu disposición la calculadora de proyección
    de saldos en la página de Internet de la CONSAR
    www.consar.gob.mxAhí
    podrás hacer varios ejercicios para saber qué AFORE
    te conviene más.

    ¿Cómo me cambio de
    AFORE?

    Si ya te encuentras registrado en una AFORE, recuerda
    que puedes cambiarte en el momento que lo decidas, siempre y
    cuando tengas un año de permanencia en la Afore en la que
    te encuentras actualmente. Es importante que sepas que el
    trámite de traspaso lo tienes que realizar con la Afore a
    la cual te quieres cambiar.

    Sólo deberás acudir a las oficinas de la
    AFORE a la que desees traspasar tus recursos o solicitarlo en
    alguno de los teléfonos 01-800 de las Afores y ellos te
    enviarán un agente promotor a tu centro de trabajo o
    domicilio. Deberás llenar la solicitud de registro que te
    proporcionen y anexar tu acta de nacimiento, tu Hoja Rosa del
    IMSS, un estado de cuenta de la AFORE en la que estabas y una
    identificación oficial con fotografía

    La AFORE te deberá proporcionarte un formato
    (cuya vigencia es de 30 días) en donde aparecen las
    comisiones que cobran todas las Administradoras lo que te
    permitirá evaluar aún más a fondo si te
    conviene o no realizar el traspaso. Deberás firmarlo para
    que proceda el traspaso.

    Si tu solicitud fue aceptada, la nueva AFORE
    deberá enviarte a tu domicilio la "constancia de traspaso"
    en un plazo de 26 días hábiles. Si tu solicitud no
    fue aceptada, la nueva AFORE deberá enviarte a tu
    domicilio un documento explicando las causas del rechazo. En todo
    momento puedes solicitar directamente en la AFORE un estado de
    cuenta.

    ¿Cuándo me puedo retirar? Cuando
    cumplas con alguno de los requisitos: Tengas 65 años
    cumplidos o que tengas derecho a una pensión (por
    cesantía, vejez, invalidez, riesgo de trabajo,
    incapacidades)

    ¿Si dejo de trabajar, que pasa con mi
    Afore? Los recursos permanecen en tu cuenta individual, sin
    que nadie pueda hacer uso de ellos. Tus recursos seguirán
    obteniendo rendimientos hasta que cumplas con los requisitos de
    retiro.

    ¿Cómo retiro los recursos de mi
    cuenta? Para saber en que casos te encuentras primero revisa
    tu resolución de pensión (que la puedes obtener en
    el IMSS) y dependiendo de la opción en que te encuentres,
    podrás disponer de los recursos de la siguiente
    forma:

    • Si obtuviste una pensión por la Ley del
      Seguro
      Social de 1973: Podrás disponer de los recursos de
      Retiro y Vivienda 92, en una sola exhibición y el 2% del
      saldo acumulado en la subcuenta de Retiro, Cesantía y
      Vejez (RCV). Todo lo acumulado en el Nuevo Sistema de
      Pensiones, incluyendo lo de la vivienda, será entregado
      al IMSS para que te sigan pagando tu
      pensión.
    • Cuando hayas adquirido una pensión en función
      de un plan de
      pensiones establecido por tu patrón o derivado de
      contratación colectiva, podrás disponer del total
      de los recursos de tu cuenta individual. Si no se encuentra
      registrado el plan de pensiones, no podrás disponer de
      tus recursos hasta que tu patrón lo
      registre.
    • Si obtuviste una pensión por la Ley del
      Seguro
      Social 1995: Podrás disponer de los recursos de Retiro y
      Vivienda 92 en una sola exhibición y el saldo de RCV y
      Vivienda 97 será utilizado para contratar una
      pensión ya sea a través de una Aseguradora o con
      la misma AFORE.
    • Si obtuviste del IMSS una negativa de pensión:
      Podrás disponer del total de tus recursos por RCV y
      Vivienda 97 en una sola exhibición. Para disponer de los
      recursos de Retiro y Vivienda 92 deberás tener 65
      años de edad cumplidos

    En todos los casos, se deberá anexar a la
    solicitud de retiro, la resolución de la pensión,
    una identificación oficial con fotografía y un
    estado de cuenta.

    ¿Puedo disponer en forma parcial de los
    recursos de mi cuenta individual? Solamente podrás
    hacerlo en el caso de que te encuentres sin trabajo o bien por
    matrimonio:

    Por desempleo,
    podrás retirar el 10% de los recursos acumulados en la
    Subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez
    (RCV) a partir del día 46 en que quedaste sin empleo.
    Éste retiro sólo podrás ejercerlo una vez
    cada cinco años. Para tramitarlo deberás acudir al
    IMSS y solicitar la constancia de baja; posteriormente acudir a
    la AFORE para que concluyas el trámite.

    Por matrimonio, tendrás derecho a retirar 30
    días de salario mínimo vigente en el DF, siempre y
    cuando tengas acreditadas un mínimo de 150 semanas de
    cotización en la subcuenta de RCV a la fecha de
    celebración del matrimonio. Para ello, deberás
    solicitar al IMSS la resolución de ayuda para gastos de
    matrimonio y posteriormente acudir ante la Afore para solicitar
    el retiro.

    ¿Cuándo debo recibir mis estados de
    cuenta? Por ley, las Afores deberán enviarte dos veces
    al año, a tu domicilio, el estado de
    cuenta. Tu estado de cuenta deberá incluir la siguiente
    información:

    a) las aportaciones patronales, del Estado y del
    trabajador,

    b) el número de días de
    cotización registrado durante cada bimestre
    y,

    c) los rendimientos obtenidos

    En caso de que no recibas los estados de cuenta de tu
    AFORE, o tus datos personales no coincidan, notifica dicha
    irregularidad a la Comisión Nacional para la
    Protección y Defensa de Usuarios de Servicios
    Financieros (CONDUSEF). Teléfonos: 5682-6373 y 01 800
    999-8080.

    Asimismo, deberás verificar cada vez que recibas
    tu estado de cuenta que tus datos personales sean correctos, que
    tu Número de Seguridad Social sea con el que tu
    patrón te tiene registrado en el IMSS, la fecha de corte y
    los importes correspondientes.

    ¿Cómo utilizo los recursos de la
    Vivienda? Los recursos depositados en la subcuenta de
    vivienda son aportaciones que realiza tu patrón (5% del
    Salario base de cotización, de manera bimestral) que te
    servirán si quieres solicitar un crédito
    para Vivienda. Los recursos los administran el Infonavit, aunque
    tu los verás registrados en tu estado de cuenta que te
    manda tu Afore. Si deseas solicitar un crédito
    hipotecario, deberás realizar el trámite ante el
    Infonavit. Si se te otorga, tu cuenta deberá aparecer en
    ceros, ya que los recursos en la subcuenta de vivienda,
    servirán para pagar tu crédito.

    Si no obtienes el crédito, o en su caso, nunca lo
    solicitas, los recursos que aparecen en la subcuenta de Vivienda,
    al final de tu vida laboral, servirán de complemento para
    tu pensión.

    Si tienes un crédito y aún hay recursos en
    la subcuenta de vivienda deberás notificarlo al INFONAVIT
    para que transfieran éstos al adeudo
    correspondiente.

    ¿Qué pasa con los recursos acumulados
    en la subcuenta de vivienda, si nunca obtuve un crédito
    por parte del INFONAVIT? En este caso, si tienes derecho a
    una pensión, los recursos acumulados a partir del 4°
    bimestre de 1997 en adelante en la subcuenta de vivienda, se
    sumarán al saldo total de tu cuenta para contratar tu
    pensión. Si no tienes derecho a la pensión, te
    serán entregados en una sola exhibición.

    Tienes mas de un Números de Seguridad Social
    (NSS) ¿Cómo unifico mis cuentas del SAR? Si
    tienes dos o más Números de Seguridad Social (NSS)
    deberás acudir al IMSS a solicitar la certificación
    de tu NSS. Posteriormente acude a tu AFORE e inicia los
    trámites de unificación. Dicho trámite
    durará aproximadamente 4 meses. Una vez que quede
    concluido el trámite verifica que los saldos hayan sido
    transferidos correctamente.

    ¿Qué debo hacer si tengo una homonimia
    en el SAR (un trabajador que comparte el mismo número de
    seguridad social)? En caso de que exista otro trabajador que
    tenga el mismo NSS que tú (la única forma de
    saberlo es supervisando que tus datos sean los correctos y que el
    monto de aportaciones que recibes vayan en consonancia con tu
    salario base de cotización) deberás acudir al IMSS
    a solicitar la certificación de tu NSS. Posteriormente
    deberás acudir a tu AFORE para que inicie la
    separación de los recursos.

    No olvides presentarle a la AFORE todos los comprobantes
    que acrediten con cuántos patrones has trabajado. La
    Administradora por su parte identificará tu cuenta para
    que sobre la misma no puedan utilizar los recursos.

    Asimismo, deberás notificarle a tu patrón
    el nuevo NSS para que en lo subsiguiente realice las aportaciones
    con el número correcto.

    ¿Cómo corrijo mis datos de SAR 92-97 y
    los de la AFORE? En caso de que existan diferencias en los
    datos que tienes registrados en la cuenta del SAR (los recursos
    del SAR son los recursos pensionarios que se acumularon durante
    el periodo 1992-1997 y que deben de aparecer en tu estado de
    cuenta si laboraste durante este periodo) y los de la AFORE,
    deberás acudir al IMSS y solicitar la corrección de
    tus datos personales. El instituto te dará un documento
    que se llama Afil-07, mismo que deberás presentar
    en tu AFORE para iniciar la corrección. La Afore te
    deberá contestar en un tiempo
    pertinente (aprox. 2 meses) Una vez que quede corregido el
    nombre, el INFONAVIT recibirá la actualización
    correspondiente.

    Al efecto, te proporcionamos el número
    telefónico del IMSS: 52 41 02 45. www.imss.gob.mx

    Si se presenta la diferencia en el Registro Federal de
    Contribuyentes (RFC) y en tu Homoclave, deberás acudir al
    Servicio de
    Administración Tributaria (SAT) que te
    corresponda conforme a su domicilio personal y/o fiscal a
    corregir el error, toda vez que dicho Organismo es el
    único facultado para realizar la asignación o
    corrección correspondiente.

    Al efecto, te proporcionamos el número
    telefónico del SAT: 52 27 02 97. www.sat.gob.mx

    Asimismo, cualquier irregularidad, podrás hacerla
    del conocimiento
    de la CONDUSEF Teléfono 5682-6373 y
    01-800-999-8080, www.condusef.gob.mx

    ¿Cómo puedo traspasar los recursos de
    las cuentas individuales del SAR 92-97 a una Afore? Si ya
    elegiste una AFORE, podrás solicitarle el traspaso de los
    recursos acumulados en tu cuenta individual SAR 92-97, operada
    por una institución de crédito mediante el llenado
    del formato de usos múltiples, que la propia Afore te
    proporcione.

    Si no has elegido una AFORE, en el momento en que la
    elijas podrás solicitarle el traspaso de tu cuenta
    individual.

    En ambos casos, deberás anexar a la solicitud
    correspondiente copia del comprobante individual SAR-03, SAR-04,
    estado de cuenta o cualquier otro documento emitido por la
    institución de crédito, que contenga tus datos de
    identificación de la o las cuentas que vayas a traspasar,
    así como una identificación oficial
    vigente.

    ¿Es posible traspasar mis recursos de la
    cuenta individual del ISSSTE a una Afore? Si tus recursos son
    IMSS e ISSSTE, no es posible unificar las cuentas individuales,
    hasta en tanto los sistemas de seguridad social se homologuen. En
    este caso tendrás una cuenta individual SAR 92-97, misma
    que se abrió cuando cotizaste para el IMSS y otra
    actualmente cotizando para el ISSSTE, generando los rendimientos
    que a cada una corresponda.

    ¿Cómo se efectúan las
    aportaciones voluntarias a una cuenta SAR? Las puedes
    realizar de dos formas: tú mismo o por conducto de tu
    patrón.

    De igual forma, puedes realizar retiros de la subcuenta
    de aportaciones voluntarias cada 2 ó 6 meses dependiendo
    de la AFORE en la que te encuentres registrado.

    Si deseas disponer de los recursos depositados en esa
    subcuenta, deberás presentarte ante la AFORE y tramitar la
    disposición de los recursos. Por su parte la AFORE
    deberá entregarte los recursos en una sola
    exhibición en un plazo no mayor de 15 días
    hábiles.

    ¿Qué pasa con los recursos de mi cuenta
    individual si dejé de cotizar antes de los 60 ó 65
    años de edad? Si dejas de cotizar antes de cumplir con
    las edades requeridas o bien con las semanas de
    cotización, los recursos de tu cuenta individual
    permanecerán en la Afore que hayas elegido, generando los
    intereses correspondientes, hasta que se cumpla con algún
    supuesto de retiro establecido en la Ley del Seguro
    Social.

    ¿Qué pasa si mi patrón no
    está haciendo los pagos del SAR? Si consideras que tu
    patrón ha omitido cumplir con el pago de tus cuotas y
    aportaciones deberás hacerlo del conocimiento del IMSS y
    del INFONAVIT con el fin de notificar el posible Incumplimiento
    Patronal, a efecto de que éstos, en su carácter de organismos autónomos
    fiscalizadores, ejerzan sus facultades de fiscalización
    requiriéndole al patrón de que se trate, los pagos
    que no realizó. Una vez recuperados los recursos, se
    canalizarán a la AFORE en la que te encuentres
    registrado.

    ¿Qué es la CONDUSEF? La CONDUSEF
    ( www.condusef.gob.mx
    )es la Comisión Nacional para la Protección y
    Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, que se crea el
    18 de enero de 1999 y cuyo objetivo es promover, asesorar,
    proteger y defender los intereses de los usuarios de los
    servicios financieros, actuar como árbitro en los conflictos que
    éstos sometan a su jurisdicción, y promover la
    equidad de las
    relaciones entre éstos y las instituciones financieras;
    así como atender las consultas y reclamaciones presentadas
    por los usuarios sobre asuntos de su competencia.

    b) Reflexión de la problemática actual
    de las AFORES.

    Introducción.

    A siete años de haber iniciado su vigencia el
    nuevo Sistema de Seguridad social (Julio, 1997) ha alcanzado
    resultados que indudablemente deben ser analizados, se
    cambió a principios del
    año 2000, al 1er. presidente de la Consar (Comisión
    Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro) a quien se
    debe el diseño
    y puesta en marcha del mencionado sistema previsionario, muchas
    cosas que originalmente se planearon realizar, no se llevaron a
    cabo, otras surgieron como consecuencia directa del operar, unas
    más se dieron casi espontáneas y otras que se
    esperaban nunca se realizaron.

    Pero a pesar de todo ello el sistema está
    obteniendo resultados, está en un periodo de
    consolidación, sus tasas de rendimientos globales han
    superado, los rendimientos que están pagando los
    instrumentos de deuda manejados por otras financieras, diferentes
    a las Siefores (Sociedades de
    Inversión de Fondos de Retiro), del promedio obtenido en
    los siete años de operación, las administradoras
    han rendido el 7.12% real, que los sitúa como uno de los
    mejores medios
    financieros, dentro de los primeros lugares de rentabilidad de
    las sociedades de inversión, motivo por el cual se
    cuestiona si dicho rendimiento es para el trabajador o
    todavía estará sujeto a descuentos por parte de las
    Siefores, etc. lo cual ha motivado, que los resultados
    individuales que han obtenido estas sociedades, no se puedan
    aún comparar entre ellas y poder
    determinar realmente, cual de ellas está produciendo el
    mayor rendimiento a sus afiliados.

    A continuación señalo una lista, en forma
    enunciativa, que en mi opinión constituye a la fecha, la
    problemática que deberán enfrentar las Afores, que
    al modificarlas perfeccionarlas o eliminarlas el sistema puede
    permanecer, crecer y con el paso de los años lograr darle
    al trabajador al final de su vida activa, la tan mencionada
    pensión decorosa: espíritu de este sistema, y
    objetivo esencial que solo se lograra con comisiones bajas y
    buenos rendimientos reales.

    1. Número de trabajadores
      afiliados.
    2. Política salarial.
    3. Instrumentos financieros a largo plazo.
    4. Aportaciones voluntarias.
    5. Monto de la pensión.

    Análisis de la problemática actual de
    las AFORES.

    Es necesario resaltar que solo se enunciaron algunos de
    los problemas que
    requieren una participación activa de los trabajadores que
    intervienen en la planeación, operación y
    sostenimiento de todo este sistema de seguridad social, de
    inmediato procederé a informar, para comprender la
    situación y poder por último hacer una
    reflexión individual y global de los retos que
    enfrentarán las Afores en el inicio del tercer
    milenio.

    Número de afiliados.

    Los trabajadores inscritos en alguna de las 13
    administradoras de ahorro para el retiro suman a septiembre del
    2004, 32,677,176 afiliados, de los cuales el 60.5% se encuentran
    concentrados en 5 Afores, ocupando el primer lugar la Afore
    Banamex con el 17.7%; con 5,792,433 trabajadores afiliados, el
    resto de las 8 Afores tienen registrados como socios el 39.5% del
    total de afiliados, siendo la Afore IXE la que tiene el menor
    número de socios 51,360 representando el 0.2% de la
    población. Se estima que el número
    máximo de afiliados al final del año será de
    34,000,000 de trabajadores.

    De esta cifra de 32,677,176 trabajadores registrados a
    una Afore, existen un total de casi 9 000 000 de trabajadores
    dados de alta en el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro social)
    que representan 14 000 mil millones de pesos, que teniendo
    derecho a seleccionar una administradora a partir del 1º. de
    julio de 1997, no lo han hecho y sus patrones continúan
    aportando el 2% del SAR para el fondo de retiro, tales
    trabajadores por el derecho que les conceden las leyes del sistema
    de ahorro para el retiro, tuvieron

    el derecho de seleccionar una Afore antes del 1º.
    de julio del año 2001; que de no ejercer dicho derecho, la
    Consar seleccionará las Afores que manejarán dichos
    recursos, controlados actualmente por el Banco de México, en
    una cuenta denominada: Cuenta Concentradora del IMSS para el
    retiro, por la que cobra por administrarla, una comisión
    del 1.15% del salario integrado de cada uno de los trabajadores
    de dicha cuenta, que no han seleccionado a la fecha una Afore que
    administre sus ahorros para el retiro, los cuales en cualquier
    momento lo pueden realizar.

    Para ver la tabla seleccione la
    opción "Descargar" del menú superior

    El Banco de México para manejar dichas cuentas, a
    partir de marzo de 1998 seleccionó, de las 17 Afores que
    existían, a 13 de ellas para que le manejaran en su nombre
    dichas cuentas, las cuales las distribuyó de acuerdo a
    criterios propios que el diseñó.

    Pero a partir del 1º de julio del año 2001,
    de no tomar los trabajadores de la cuenta Concentradora la
    decisión de seleccionar una Afore. Obligará a la
    Consar asignar a una o varias Afores a los trabajadores de dicha
    cuenta, pero esto pudiera ocasionar un serio problema en el
    porcentaje de mercado que tiene
    cada una de ellas actualmente, ya que 9 000 000 de trabajadores
    representa el 30% del total de afiliados en las administradoras,
    cantidad que puede cambiar totalmente el perfil, la capacidad de
    las Afores, premiándolas o castigándolas
    según el desempeño realizado; comparándola
    individualmente con la Afore líder
    representa 2.4 veces el número de afiliados que tiene la
    de Banamex, la cual no podría recibir el total de socios
    de la Cuenta Concentradora, porque rebasaría el porcentaje
    máximo de mercado que señala la ley, que es del 20%
    del universo que
    representaría un incremento en el número de
    afiliados. Si se hace una equivocada distribución, pudiera ocasionar cambios
    drásticos en la participación del mercado, de tal
    manera que una o algunas de las seis Afores menores pudieran
    convertirse en los líderes o bien que de las 7
    mayoritarias actualmente su participación en el mercado
    las situara en posiciones medianas o pequeñas, lo que en
    algunos casos quizá los orillará a retirarse. Lo
    que se requiere para esa distribución es definir criterios
    y parámetros justos para evaluar la rentabilidad, eficiencia,
    capacidad administrativa y operacional que premie por un lado a
    las de éxito,
    y que castigue y elimine a las ineficientes.

    Es por ello la importancia que tiene para las
    administradoras, que los criterios que tome la Consar busquen
    conservar el lugar que actualmente se ha ganado, con su
    inversión, planeación y tiempo dedicado a la
    afiliación y conservación de sus clientes, que la
    distribución sea en forma equitativa, pero sin rebasar los
    porcentajes máximos de socios que pueda tener cada Afore,
    que es el 20% del mercado potencial total, para que ninguna o
    varias de ellas constituyan un monopolio de
    los ahorros para el retiro.

    Este es el primer problema fuerte que deberá de
    enfrentar el nuevo presidente de la Consar: diseñar e
    implementar un sistema de asignación de los socios de la
    cuenta Concentradora, a más tardar en el mes de diciembre
    del año en curso.

    Pero la situación de este tipo de afiliados no se
    termina con la distribución de sus ahorros a las Afores,
    porque existe alrededor de ellos otra problemática, tanto
    en la cuenta Concentradora como en las propias Afores, existen
    cuentas inactivas que suman 6,000,000 de trabajadores, que en
    este momento no están cotizando al IMSS, porque cambiaron
    de sistema de seguridad, porque trabajan en forma independiente,
    porque ingresaron a la población activa informal cuyo
    crecimiento cada día es mayor, representando el 64% del
    total de trabajadores activos,
    están desempleados, etc., esto indudablemente que
    representa un problema para el sistema, qué hacer con este
    número tan grande de cuentas inactivas, por el lado de las
    administradoras, no van a querer que les asignen en la
    distribución de la Cuenta Concentradora a este tipo de
    socios, de las que tienen en sus registros, los
    quisieran eliminar. El manejo de todas ellas les implica trabajo
    y costos, por lo
    cual ellos creen que es justo cobre la
    comisión por su administración, aunque ello signifique ir
    disminuyendo el monto acumulado del ahorro del trabajador a la
    fecha en que el patrón dejo de hacer las aportaciones
    correspondientes.

    Los trabajadores opinan que es una política equivocada
    del sistema, el permitir que las Afores tomen sus comisiones del
    fondo acumulado ya que éste, aunque no reciba nuevas
    aportaciones, sus ahorros siguen trabajando, generando ingresos;
    lo que se debería de hacer es implementar otro sistema de
    pago de comisiones para dichas cuentas, que nunca permitiera a la
    Afores tocar parte de los ahorros acumulados, para que de esa
    manera el trabajador que no vuelva a aportar, tuviera como
    garantía que lo que acumuló en el tiempo que estuvo
    activo lo va a recibir, porque de no cambiar el procedimiento del
    cobro de las comisiones en las cuentas inactivas, lleva el riesgo
    de que las comisiones, con el transcurso del tiempo se coman el
    patrimonio y
    llegan a la edad que fija la ley (65 años) para poder
    realizar su retiro de la Afore, no va a tener nada que retirar y
    todas aquellas aportaciones que hicieron sus empleadores cuando
    fue activo fueron para las administradoras, falla grave del
    sistema.

    Política laboral.

    Como consecuencia directa de la manera como en el
    país se ha orientado la política laboral, se
    está manejando y se prevé que en el futuro
    mantendrá sus enfoques, el cual consiste en que cualquier
    estrategia que
    tome el gobierno, con el apoyo o participación de la
    iniciativa privada, siempre buscará sacrificar el ya mini
    poder adquisitivo del trabajador, que año tras año
    se ha observado, que el incremento anual a los salarios
    mínimos, es siempre menor a la tasa de inflación,
    que se tuvo en el año inmediato anterior y esto
    ¿qué efectos tiene en el operar del sistema de
    seguridad social?, muchos, pero el más grave es el que a
    continuación se detalla en un análisis.

    Recordemos que el resultado final del sistema de ahorro
    para el retiro es que el trabajador al terminar su vida laboral
    activa y tener la edad señalada por la ley (65
    años) para disfrutar de una pensión digna para que
    ésta sea tal, el monto acumulado por las aportaciones de
    los patrones y en ocasiones por el trabajador, aumentado por los
    rendimientos obtenidos por las Siefores, permitan aquel
    trabajador que haya cubierto al IMSS las 1250 cotizaciones
    obligatorias, contratar con una compañía de Seguros
    especializada en el manejo de fondos de retiro, una
    pensión vitalicia, que como mínimo sea igual al
    último sueldo obtenido como trabajador activo, lo cual
    solo se podría lograr, si en los años venideros se
    cambia el procedimiento por el cual se aprueban los incrementos
    salariales a través de la Comisión de los Salarios
    Mínimos, que en su funcionar, en lugar de proteger el
    poder adquisitivo del trabajador ha venido beneficiando al sector
    patronal, y gubernamental (con casi 20 años de inflexible
    contención salarial y la indexación de precios a los
    bienes y
    tarifas del sector
    público).

    Prueba de ello es que el incremento salarial de los
    últimos años, solo fue aprobado por los
    representantes del sector patronal y el gobierno, ya que por el
    ridículo aumento autorizado, no le alcanza para adquirir
    la canasta básica cuyo precio
    $1,447.30 actualmente, y el salario diario de un obrero al
    día de hoy es de $42.11 a $45.24. Los representantes de
    los trabajadores se tuvieron que retirar del seno de la
    Comisión al no ser escuchados los requerimientos de sus
    representados, quienes temen que de mantenerse estas tendencias a
    través de los años, su poder adquisitivo es cada
    vez menor que el de año anterior y ese había sido
    menor que el que le antecedió, surge de inmediato la
    pregunta: ¿en qué afecta esto al sistema? Si
    recordamos que la aportación obligatoria del ahorro la
    realiza el patrón y no el trabajador, la respuesta es
    sencilla, mientras el crecimiento anual de los salarios sea en
    cantidades muy pequeñas, la base sobre la cual se calcula
    las aportaciones al sistema es el salario que recibe el
    trabajador y si este crece anualmente en menor cantidad que la
    tasa de inflación del año anterior, la cantidad que
    se logre acumular en la vida activa del trabajador, seguramente
    no alcanzará para poder contratar una pensión
    digna, de la que tanto pregona el sistema, que tenga el poder
    adquisitivo para adquirir en el futuro, lo que se puede obtener
    en este momento de persistir esta tendencia, pone en riesgo el
    espíritu del sistema de proteger el poder adquisitivo del
    ahorro acumulado.

    Otro factor negativo que origina que el ahorro acumulado
    no crezca más rápidamente y proporcione la
    seguridad de que lo que se ahorre sí alcanzará para
    contratar la pensión vitalicia, es que al no tener poder
    adquisitivo el trabajador para cubrir sus necesidades más
    urgentes, menos tendrá capacidad para generar aportaciones
    voluntarias que fortalecieran e incrementaran el ahorro para el
    retiro, mientras el salario promedio que reciben actualmente los
    trabajadores no pasan de 3 salarios mínimos y escasamente
    algunos llegan alcanzar 5 salarios, siendo una minoría de
    la población económica productiva, que alcanza ese
    nivel, los eliminan automáticamente de poder participar
    activamente en la formación de su fondo de ahorro, lo que
    sitúa a un porcentaje muy alto de la población
    activa a solo recibir de este sistema la pensión de
    garantía que será de un salario mínimo,
    cantidad que pagaba el anterior sistema de seguridad.

    Es por ello que es prioritario incrementar el poder
    adquisitivo del trabajador a un monto que realmente permita a la
    población económicamente activa adquirir los
    productos de
    la canasta básica y de ser posible tengan un excedente. Y
    si recordamos de ahí surgen las propuestas de los
    excandidatos a la presidencia de la República, de que el
    incremento anual de los salarios mínimos deberá ser
    superior a la tasa de inflación del año anterior
    (Francisco Labastida Ochoa), que el salario mínimo para
    que se recupere su poder adquisitivo deberá ser de $150
    (Vicente Fox). UNT, el salario mínimo deben ser igual a la
    tasa de inflación prevista más cinco puntos, y lo
    único que pienso al leer esto es que el país sigue
    hundido en la mediocridad, ya que nuestro presidente electo, el
    señor Vicente Fox no ha logrado obtener los resultados que
    prometió durante su campaña.

    Como se podrá observar, el monto del salario es
    punto vital e importante para el país, pero más
    importante es para el trabajador que al final de su vida lleva el
    riesgo de no alcanzar una pensión digna y decorosa, solo
    podrá disponer de la pensión de garantía que
    seguramente será inferior para aquellos trabajadores que
    percibían más de un salario
    mínimo.

    Aun cuando se corrigiera esta base, los nuevos
    trabajadores y todos aquellos trabajadores que estuvieron
    cotizando con la ley anterior de seguridad enfrentarán una
    problemática que se está originando con la nueva
    manera de contratación laboral, la cual consiste en la
    creación de contratos de
    trabajo temporales, como consecuencia de la política
    gubernamental y empresarial de generar empleos temporales, lo que
    motivará a que todo trabajador para poder acumular las
    1250 cotizaciones al IMSS, le llevará varios años
    más, quizá 30 de servicios ya que el tiempo que
    esté desempleado, no se le contará y su monto
    acumulado de permanecer la norma de que las Afores sigan cobrando
    comisiones por cuentas inactivas y descontarlas de los ahorros;
    los pondrán en una situación indefinida de no
    cubrir el tiempo y su ahorro no ser suficiente para contratar la
    pensión vitalicia con las compañías de
    seguro especializada en fondos de retiro.

    Instrumentos financieros a largo
    plazo.

    Un aspecto tan importante como los anteriormente
    tratados es la
    necesidad de la gestación en el mercado financiero, de
    instrumentos financieros de largo plazo, a 5, 10, 15, 20
    años, que les permita a las Siefores ofrecer a los
    trabajadores varias alternativas confiables de inversión
    con tasas de rendimientos diferentes, acorde a riesgos,
    montos y plazos.

    Por otro lado la Consar debe buscar una nueva
    distribución de la inversión de esos instrumentos,
    donde los porcentajes mayoritarios sean en aquellos instrumentos
    a mediano y largo plazo. Por lo que es vital pugnar porque la
    inversión mayoritaria de los fondos para el retiro se
    invierta en instrumentos financieros emitidos por la iniciativa
    privada con calificación "AAA". Es prioritario para que el
    sistema de pensiones cumpla sus objetivos de
    generar empleos con proyectos
    productivos, que el gobierno no siga acumulando en sus
    instrumentos financieros la casi totalidad de los $125 000
    millones de pesos captados por el sistema de retiro.

    Es urgente que el mercado financiero se aboque al
    diseño y participación de instrumentos financieros
    a mediano y largo plazo que reúnan las condiciones de
    estar indexados a la inflación, para que los rendimientos
    que pague conserven el poder adquisitivo y sobre todo que sean
    expedidos por instituciones de la iniciativa privada que sean
    internamente controlados y supervisados para que en ningún
    momento y por ningún motivo pongan en peligro los ahorros
    de los trabajadores.

    La necesidad que origina urgentemente la
    aparición de estos documentos
    obedece a que los actuales no les dan libertades a las Siefores
    de ofertar otro tipo de rendimientos a los trabajadores al
    obligarlos a invertir solo en los instrumentos expedidos por el
    gobierno quien al recibir los recursos los usa como quiere y no
    los destina a proyectos productivos ni a generar empleos
    permanentes.

    Este requerimiento de las Siefores de contar con un
    abanico más grande de instrumentos financieros se debe a
    que todas ellas tienen que mantener las tasas de rendimiento
    promedio que a la fecha ha obtenido en estos dos primeros
    años de operar la cual es del 13.5% anual neta, lo cual
    será imposible sostener durante los 24 años
    mínimos que manejará los fondos de retiro del
    trabajador, preocupación que se incrementa en este
    año tan especial por el cambio del poder
    Ejecutivo, aunado a los cambios de tasas del fondo de
    reservas, se estima que el rendimiento que se pagará este
    año será del 5 al 7% neto. Es por ello que se
    requiere se implementen las cinco siguientes
    actividades:

    1. Que el mercado financiero se aboque al
      diseño de paquetes de instrumentos financieros a
      corto, mediano y largo plazo.
    2. Que la Consar autorice la creación de nuevos
      tipos de Siefores.
    3. Quitar los candados que establecen las leyes
      respectivas para incrementar la inversión de las
      Siefores en las empresas particulares que tengan el aval de
      autoridades financieras.
    4. La construcción de una metodología que permita a cualquier
      trabajador poder comparar los rendimientos que le paga su
      Afore con el resto de las demás y poder determinar las
      bondades y debilidades de los rendimientos recibidos por el
      trabajador.
    5. Diseño de un sistema de comisiones por
      administración descendente con el paso de los
      años.

    Por último, es conveniente considerar que al
    mismo tiempo que se genere en el mercado financiero una amplia
    gama de instrumentos a largo plazo, se les permita a las Siefores
    invertir en ellos, sin importan quien es el emisor: gobierno
    federal, gobierno estatal, iniciativa privada, bancos, etc., que
    tengan la calificación de triple "A", sea de bajo riesgo y
    generen empleo, que las sociedades de inversión puedan
    invertir en emisiones un porcentaje mayor del 20% aprobado a la
    fecha. Simultáneamente, con esto las administradoras deben
    de buscar un sistema que les permita reducir sus costos de
    administración y, por ende, sus comisiones. Ello
    motivaría que la rentabilidad para el trabajador
    aumentaría.

    Aportaciones voluntarias.

    Uno de los derechos que le concede las
    leyes y reglamentos del nuevo sistema de pensiones a todo el
    trabajador, es que si lo desea y puede, realice aportaciones
    voluntarias en apoyo al crecimiento de su fondo para el retiro,
    para que llegado el momento de jubilarse o pensionarse, la
    cantidad acumulada sea mayor, lo que le permitirá, sin
    duda alguna contratar una pensión más cuantiosa que
    le proporcione mayor bienestar.

    Esta aportación voluntaria es opcional en todo
    tiempo para el trabajador, quien podrá decidir, que
    ésta sea una cantidad fija o variable, permanente o
    temporal durante todo el tiempo en que permanezca como activo,
    pudiéndola retirar toda o una parte seis meses
    después de cada aportación; dichas aportaciones,
    las Afores las manejarán en forma separada de las
    aportaciones que realice el patrón por cada trabajador,
    pero recibirán el mismo rendimiento que generen los fondos
    para el retiro.

    Este derecho consignado en la ley casi no fue ejercido
    en el primer año de operación del sistema, pero a
    partir de su segundo año de funcionamiento inició
    un crecimiento mensual cada vez mayor llegando a sumar a la fecha
    600 millones de pesos, y a criterio de la Consar es un nicho que
    de seguir con la tendencia actual representara un porcentaje
    significativo del total de los fondos que manejan las
    Siefores.

    Basado en ese significativo crecimiento la nueva
    presidencia de la Consar, aprobó en el mes de abril del
    2000 la constitución de una segunda Siefore cuya
    función primordial será la de manejar todos los
    fondos de ahorro para el retiro que provengan de las aportaciones
    voluntarias de los trabajadores, los cuales serán
    invertidos en títulos de deuda referidos en UDI (Unidades
    de Inversión), y tomar hasta el 20% de una emisión
    en papeles de deudas de empresas privadas que favoreciendo la
    generación de empleos, cobrándole al trabajador una
    comisión diferente a la que cobra por administrar los
    fondos de retiro aportados por el empleador y el gobierno. La
    Consar al mes de junio del año en curso aún no ha
    publicado la normatividad a la que se sujetarán esta
    nuevas Siefores, por lo cual, lo único que pueden hacer en
    este momento cada una de las 13 Afores existentes, es solicitar
    el permiso para constituir esa segunda Siefore y esperar a que se
    publiquen los mecanismos, controles, y supervisiones a que se
    debe someter este nuevo tipo de sociedad.

    La limitante que pueda tener esta segunda Siefore es que
    las comisiones que cobre sean mayores a las que se está
    cobrando actualmente y por ende sus rendimientos que paguen
    pudieran ser menores a los que produzcan las Siefores
    autorizadas. Esta diferencia de tasas puede, y de hecho
    está generando un problema en perjuicio de los
    rendimientos del trabajador a quien le cobraban la misma
    comisión, y le otorgaban el mismo rendimiento de los
    fondos de retiro.

    No se encuentra una base lógica
    el cambio de comisión porque si la diferencia es
    significativa, es probable que detenga el crecimiento duplicador
    que a la fecha han tenido las aportaciones voluntarias. En caso
    que fueran menores originará problemas a las primeras
    Siefores. Veremos qué es lo que sucede en el futuro
    inmediato.

    Por otro lado, el crecimiento tan raro que está
    teniendo en este momento se puede interrumpir como consecuencia
    de que deje de realizar aportaciones el trabajador, disminuya su
    aportación o la retire, lo que le restaría
    potencial a estas nuevas Siefores, que en los planes de la Consar
    no se tenía contemplado, que el segundo tipo Siefores se
    encargarían de manejar las aportaciones voluntarias. Hay
    que recordar que el grueso de los trabajadores inscriptos en el
    IMSS su promedio de sueldo no rebasa los tres salarios
    mínimos, y como es sabido, cada año su ingreso
    salarial pierde poder adquisitivo, eso realmente le impide al
    sistema de pensiones que todo trabajador realice aportaciones
    voluntarias, lo cual reduce de manera significativa el
    tamaño del mercado donde operarán esta 2ª
    Siefore, quizá en el último cuatrimestre del
    año inicien su funcionamiento algunas de estas Siefores,
    de las cuales el trabajador no tiene conocimiento de su
    aprobación, funcionamiento, comisiones que cobrará,
    instrumentos en los que se invertirá, etc., por tal
    motivo, la Consar deberá iniciar una gran campaña
    de difusión de esta nueva Siefore como el complemento
    urgente que requiere el sistema para que pueda otorgarle con
    seguridad una pensión digna a todos y cada uno de los
    socios del sistema.

    Es conveniente hacer notar que es tan importante que
    existan las aportaciones voluntarias, que espero que la
    aprobación de esta segunda Siefore no sea la primera etapa
    de un proceso de
    obligar a los trabajadores a tener que hacer en forma obligatoria
    una aportación fija permanente como una consecuencia
    directa de las debilidades que está presentando el
    crecimiento del fondo acumulado a la fecha.

    Monto de la pensión.

    Todo el análisis anterior nos lleva directamente
    a formular la pregunta clave del sistema: ¿cuál es
    el monto de la pensión que se pagará al
    trabajador?, no puede, ni podrá contestar directamente ya
    que en todo su planteamiento administrativo solo se hace
    referencia de ella, al decir que el trabajador que se jubile
    recibirá una pensión digna, en ocasiones se
    menciona como una pensión decorosa, según ellos
    suficiente; basta para cubrir las necesidades de los pensionados,
    que les permitirá tener un nivel de vida respetable, el
    cual podrá conservar el resto de su vida, sin
    preocupación alguna.

    De acuerdo a nuestros análisis, este objetivo del
    sistema, corre un gran peligro de no realizarse, debido a que son
    muchos los factores que se deben de integrar y ser definidos por
    el sistema para que el monto de la pensión alcance a ser
    digna.

    Dichos factores están referidos a que el monto
    acumulado de ahorro al final de la vida del trabajador,
    dependerá del sueldo que ganó, el número de
    cotizaciones que tuvo al IMSS, lo que representará, si
    tiene o no, derecho a la pensión, las tasas de rendimiento
    que le pagó la o las Siefores en donde se invirtieron sus
    ahorros, las comisiones que le cobraron la administradora que
    seleccionó, los riesgos que corrieron sus inversiones,
    la permanencia en una o en varias administradoras, el monto de
    sus aportaciones voluntarias, su permanencia, retiros,
    constancia, años en que su cuenta de retiro estuvo
    inactiva, etc. Todo ello, se traduce a un total de ahorro
    acumulado y de la cuantía de este dependerá el
    monto y tipo de pensión o devolución a la que Tenga
    derecho una vez que llegue a la edad de los 65
    años.

    Llegado este momento cuando el trabajador tenga 65
    años o más, y haya realizado 1250 cotizaciones al
    IMSS por la versatilidad del sistema pueden darse las siguientes
    situaciones, por las que tendrá que tomar una
    decisión el trabajador que se retira:

    1. Retirar en una sola exhibición el total de
      ahorro acumulados a la fecha de retiro y gozar
      únicamente de los servicios médicos del
      IMSS.
    2. Indicarle a su Afore su deseo de realizar retiros
      programados anuales pagaderos mensualmente y el resto que
      se lo siga manejando la Afore para que siga ganando
      intereses, en caso de fallecimiento, entregue la parte
      disponible de sus ahorros a sus familiares.

      De aquí, surge la duda:
      ¿Cuántos salarios mínimos debe ganar
      el trabajador? para que su fondo acumulado sea suficiente
      para poder contratar una pensión vitalicia que sea
      más o menos similar al sueldo que sirvió de
      base para integrar el ahorro y que dicha pensión
      fuera variable en la misma proporción en que se
      incrementan los salarios de trabajador activo que ocupa el
      puesto del que se retiró.

      Si la respuesta es que se necesitan más de
      tres salarios, que es el promedio de los socios del
      sistema, todos ellos se verán obligados acepta la
      pensión de garantía, que será menor
      que el sueldo que toda su vida productiva recibió y
      que le permitió alcanzar un nivel de vida mejor al
      que tendrá una vez que se jubile, qué
      mejorías le trajo el nuevo sistema, si el monto de
      su pensión será igual al salario
      mínimo, ¿Por qué esta falla del
      sistema desde sus inicios?

      Es por ello que actualmente se está
      gestando una petición por todos los representantes
      de los trabajadores, consistente en que la pensión
      mínima que reciba todo jubilado y pensionado no sea
      inferior a dos salarios mínimos del D.F., lo que
      motivará el primer cambio fundamental en el sistema,
      lo que probablemente originen una serie sucesiva de cambios
      a favor del trabajador.

    3. Si la cantidad acumulada no es suficiente para
      contratar una pensión vitalicia por el resto de su
      vida, el Gobierno Federal le otorgará una
      pensión de garantía vitalicia igual al salario
      mínimo del Distrito Federal elevada al mes; a cambio
      de ello todos sus fondos pasarán a poder del gobierno.
      Es necesario resaltar que esta situación pudiera ser
      la que más se repita en el sistema, como consecuencia
      del bajo monto que en promedio gana el 60% de la
      población activa, ya que el promedio de sueldos, es de
      2 o 3 salarios mínimos, base que probablemente no sea
      suficiente para que el monto del ahorro final sea suficiente
      para contratar una pensión igual o casi igual al
      último salario obtenido como trabajador
      activo.
    4. Si la cantidad es suficiente para contratar una
      pensión vitalicia con una Compañía de
      seguros especializada en fondos de retiro, para que sea tal,
      cuántos salarios mínimos requiere el sistema
      para que la cantidad aportada sea suficiente, para que el
      trabajador pueda contratar una pensión digna,
      decorosa, que tenga cuando menos las siguientes
      características:

    Que sea vitalicia.

    Que sea igual al último salario ganado como
    activo.

    Que sea de naturaleza
    variable acorde con los incrementos salariales que reciba el
    trabajador activo.

    Que las comisiones que cobren las
    compañías de seguros especializadas en el manejo de
    fondos, no estén sujetas a cambios, y que sus servicios
    sean eficientes y de calidad.

    Es necesario que los trabajadores jubilados y sus
    dependientes económicos estén conscientes que al
    firmar su contrato de
    pensión con una Compañía de Seguros,
    automáticamente entrega la Afore a la Cía. de
    seguros seleccionada por el trabajador todos los ahorros
    acumulados y ésta se compromete a pagarle la
    pensión acordada con sus variantes mientras permanezca
    vivo el trabajador, que puede ser en un periodo corto o largo,
    sea cual sea, no hay devolución alguna de ahorros para sus
    beneficiados, de ahí la importancia de la decisión
    del trabajador de disponer de la totalidad o parcialidad de sus
    horros o tener una pensión vitalicia.

    Nuevamente volvemos al estado de incertidumbre de
    cuánto será el monto de la pensión
    ¿igual al sueldo, mayor, menor? ¿será
    vitalicia? ¿será variable?, no lo sé; esto
    seguirá en un estado de indefinición, sólo
    el tiempo nos dará la respuesta, esperemos que sea buena
    para todos aquellos trabajadores que habiendo cumplido con los
    requisitos establecidos por la ley del Sistema de Retiro son
    sujetos de gozar una pensión, la cual les permita tener un
    nivel de estabilidad, y si tienen la fortuna de alcanzar el
    promedio de vida pronosticado para el siglo XXI de 80
    años, puedan disfrutarlos plenamente en paz y
    tranquilidad. Si eso les dará el sistema, enhorabuena, si
    se teme que ocurrirá lo contrario estamos a tiempo de
    corregirlo, perfeccionándolo, modificándolo, y en
    caso extremo de anularlo, porque con los ahorros de los
    trabajadores, nadie, ni en ningún caso se debe jugar o
    poner en riesgo los recursos de los jubilados porque de ellos
    depende su vida.

    Conclusión:

    Después de todo lo comentado sobre el sistema de
    previsión, a manera de conclusión podemos decir que
    para que todo trabajador que gane más de un salario
    mínimo y pueda contratar una pensión digna y
    vitalicia, el sistema deberia de integrar con los siguientes
    factores un círculo sin fin:

    Para ello, el sistema debe de buscar en todo momento un
    aumento constante en las aportaciones que los empleadores, el
    gobierno y el trabajador realicen, en forma tripartita combinado
    con un aumento en el mercado financiero de instrumentos a corto,
    mediano y largo plazo, donde los principales emisores sean la
    iniciativa privada, bancos, financiera que cuenten con una
    calificación de Triple A que den confiabilidad a los
    ahorros del retiro y produzca una adecuada rentabilidad
    sostenida, la cual solo se logrará si se permite a las
    Siefores invertir sus recursos en proyectos productivos de bajo
    riesgo, que traigan consigo un aumento de infraestructuras
    productivas y tecnología de punta
    que generen empleos permanentes, que motiven un aumento en la
    producción y calidad de los productos
    permitiéndole a las empresas obtener mayores utilidades y
    les dé capacidad económica para incrementar los
    salarios de sus trabajadores a 4 o 5 puntos arriba de la tasa de
    inflación del año anterior, que les proporcionen un
    nivel mejor de vida, al permitirles ir recuperando el poder
    adquisitivo que ha venido perdiendo desde hace casi dos
    décadas por un lado, por el otro, al haber más
    empleos se reduce el tamaño de la población
    económica activa informal, se les incorpora nuevamente al
    sistema, se les brinda protección y se evita el riesgo de
    que las comisiones por administración de sus cuentas
    inactivas devoren sus ahorros, y sobre todo, crece la posibilidad
    de todos de cumplir los requisitos establecidos en la ley para
    poder contratar una pensión digna.

     Bibliografía:

    • Disposiciones legales y administrativas relativas
      al SAR
      . Ediciones Fiscales ISEF. S.A. Enero
      1999.
    • Cárdenas Gutiérrez, Carlos. Estudio
      Práctico sobre el SAR
      . 1994.
    • Ley del Seguro social 2000. Ediciones Fiscales
      ISEF. Enero 2000.
    • Miranda Valenzuela, Patricio y Noriega Granado, Juan.
      Entendiendo las Afores. SICCO. 1997.
    • Noticiero del Sistema de Ahorro (NOTISAR).
      http://www.notisar.com/.
    • Circulares de la Comisión Nacional del Sistema
      de Ahorro.


    GABRIEL ONTIVEROS MIER

    1er semestre de licenciatura en Economia

    UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO

    FACULTAD DE ECONOMIA

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