De Charles Beitz
- Relaciones Internacionales y el
Estado de la Naturaleza - La autonomía de los
Estados - Justicia Distributiva
Internacional - Conclusiones
I
Parte: Relaciones
Internacionales y el Estado de
la Naturaleza
Capítulo 1- Escepticismo de los
Realistas.
El autor dice que uno no se puede mantener la creencia
que las restricciones morales son consistentes en las acciones de
los individuos y no en las acciones del estado. Se
presenta el argumento distinguiendo lo que es escepticismo
moral y el
escepticismo internacional.
El escepticismo existe, pero se duda la posibilidad de
una moralidad
internacional, porque uno mismo es escéptico de todo las
posibilidades de que si hay moralidad o no. El escepticismo moral
y su forma deritativo, escepticismo sobre las éticas en la
política, representan la denegación de los
argumentos morales como las causas de acción.
Se puede mostrar que escepticismo moral esta equivocado
si uno se consolida una teoría de ética y
sus bases. Podemos asumir que compartimos sus ideas
básicas sobre la naturaleza y
los requisitos de moralidad (instituciones
morales) y concluir que si el escepticismo esta consistente con
ellas.
Una causa del escepticismo internacional es el
relativismo cultural. Hay muchas variedades de culturas y cada
una practica las leyes a su
manera; hay diferencias en los ideales, reglas y el valor de
autonomía individual. ¿Cómo se puede hacer
decisiones a nivel mundial, cuando existe tantas diferencias en
el mundo? Sería muy difícil llegar a un acuerdo
entre tantas culturas para hacer leyes comunes, y mucho menos en
tener una teoría política normativa a nivel
mundial; no es posible.
Las diferentes culturas tienen diferentes concepciones
de lo que es la moralidad y no sabemos cual de todas es la
correcta. Imperialismo
intelectual es muy común porque impone la moralidad hacia
culturas que ni siquiera comprenden la concepción.
Entonces se basa la moralidad en lo que es considerada en
general, una moralidad aceptable por todas las
culturas.
Los realistas dicen que no es realístico en
esperar que las naciones actúen moralmente en un mundo tan
anárquico. Hans Morgenthau argumenta que la moralidad
internacional por la mayor parte es del pasado y que ahora lo que
es más importante son los intereses nacionales que motivan
la política mundial, no la moral de un
estado. Aquí se cuestiona el porque las morales se aplican
cuando se hacen juicios individuales; o el uso de juicios morales
en la política doméstica, pero no se aplica al
mismo concepto en las
relaciones internacionales. Morganthau justifica que los
intereses del estado son demasiado importante en ciertas
circunstancias, entonces hay que ignorar las morales en tales
ocasiones para asegurar su seguridad y
sobrevivencia; este concepto se originó en las obras de
Maquiavelo. En
respecto a las responsabilidades de un líder;
ellos tienen la obligación en consolidar los intereses de
la nación
y si no, sería irresponsable. Ahora, el problema es como
explicar la posición mantenido de los realistas sin
generar escepticismo general a toda la moralidad. La soberanía es una posibilidad de respuesta,
porque cada estado es independiente y no son sujeto de
ningún requisitos de moralidad internacional.
El autor mantiene la idea que la ausencia de un juez
común es la causa por el escepticismo en las morales
internacionales y si no existe un juez común, no
habrá una ley
positiva.
Capítulo 2. La situación
Hobbesiana.
El argumento más fuerte que se he dado para
escepticismo internacional es la teoría del estado de las
naturaleza en las relaciones internacionales. El estado de
naturaleza dice que "es la necesidad o la obligación de
perseguir los intereses nacionales que se basan en la creencia
que los demás estados harán igual, utilizando la
fuerza si es
necesario sin ninguna consideración de los intereses de
otros actores o de la comunidad
internacional".
Según Hobbes, la
existencia del concepto del estado de la naturaleza es por la
falta de seguridad y autoridad para
asegurar esa seguridad. Él dice que no hay morales
efectivas en el estado de la naturaleza. Para Hobbes, poder
común es necesario para asegurar que cada individuo
respete, las leyes de la naturaleza. El problema es crear tal
poder requiere cooperación en el estado de la naturaleza y
para él; cooperación es irracional. Parece que no
hay salida del estado de la naturaleza porque en el estado de
naturaleza no existe el deseo de establecer un poder común
porque existen demasiados intereses individuales.
Podemos formular una conclusión que los oficiales
de los estados no tienen obligación conformar sus acciones
oficiales en asuntos internacionales con principios
morales, cuando estos principios no son efectivos porque otros
actores no los cumplen tampoco.
El problema moral de la teoría de Hobbes es en
como crear las condiciones de efectividad de las leyes
naturales.
Sólo que se crean condiciones deseables en cual
los estados tengan razones en respetar los principios
normativos.
Capítulo 3. Relaciones Internacionales y el
estado de Naturaleza
La aplicación del concepto Hobbesiano del estado
de naturaleza a las relaciones internacionales tiene dos funciones para el
argumento de escepticismo internacional. Primero, proviene un
modelo
analítico que explica la guerra como un
resultado de propiedades estructurales de relaciones
internacionales, que el conflicto
entre los actores internacionales causarán guerras dado a
la ausencia de un poder superior que puede esforzar regulaciones.
El segundo es que el concepto proviene un modelo de
justificación moral que explica como los principios
normativos de relaciones internacionales pueden ser
justificados.
Hobbes en su estado de naturaleza confirma que no es
posible que dos naciones comparten intereses comunes. Para
él, coaliciones y alianzas son peligrosos y su
formación será corto porque los intereses
independientes son de importancia primero; se pueden causar
fricciones y escalarse hasta un conflicto militar. Sin embargo,
el autor argumenta que las alianzas son mecanismos para
establecer la balanza del poder.
El concepto que dice que los estados son los
únicos actores en las relaciones internacionales se niega
una posibilidad en la asociación transnacional de
individuos con intereses común, que además que
puede motivarlos a presionar sus respectivos gobiernos a la
cooperación.
Después de la II Guerra Mundial,
aumentó el número de los grupos
transnacionales (organizaciones
transnacionales) por ejemplo, la Comunidad Europea, que asistan
en el aprendizaje
de colaboración internacional o cooperación
internacional.
La teoría de la integración política puede ser
desacreditado pero los intereses de grupos transnacionales esta
creciendo; igual a su influencia en la política del
gobierno
nacional. Dos ejemplos importantes de grupos transnacionales
efectivos son corporaciones multinacionales y grupos informales
de burócratas de medio-nivel en el gobierno. Ambos han
tenido tanta influencia en presionar al gobierno; que el gobierno
ha complacido a los grupos en hacer decisiones sobre asuntos
externos. En realidad, los estados-naciones no son
independientes, como actores, en las relaciones internacionales
porque sus acciones e intereses representan también los
intereses de los grupos transnacionales; sus acciones son
producto de
tremenda presión de
los intereses de tales grupos. Con la teoría de la
integración política entre grupos transnacionales y
el gobierno y su funcionalidad; debilita la teoría
Hobbsiana de que las relaciones internacionales es un estado de
guerras.
En el estado de la naturaleza se dice que las unidades
deben ser iguales en poder; que lo más débil puede
derrotar la más fuerte. Esto elimina la posibilidad de
poder único de un estado o el auge de un dictador o
Imperio porque ningún actor es suficiente poderoso para
dominar a los demás estados.
Sin embargo, la distribución del poder entre las naciones
estado no corresponde a esa teoría. David Gauthier
argumenta que el desarrollo y
la proliferación de armas nucleares
desiguala severamente la balanza del poder mundial. Países
que tradicionalmente son estados con poca fuerza militar, ahora
tienen armas nucleares en cual aumentaría su poder
militar. Gauthier sugiere que no es igualdad en la
capacidad nuclear; sino la igualdad de vulnerabilidad de un
ataque nuclear que asegura la analogía de política
nuclear y el estado de la naturaleza.
La tercera condición es que las unidades pueden
manejar sus asuntos internos independientemente de las políticas
internas de otras unidades. El autor se niega que haya tal
independencia
porque los estados son cada vez más interdependientes. La
seguridad y la prosperidad de cualquier estado depende en alguna
forma de otros estados. El ejemplo que se da es la seguridad; la
recognición de poderes potentes en tener un interés
común de evitar un confrontación nuclear y ellos
confían en las relaciones entre si para cumplir esa meta.
Por otro lado, hay interdependencia económica entre los
estados para alimentar sus economías domésticas y
por eso se requiere un alto nivel de cooperación entre los
gobiernos.
La interdependencia de los estados ha aumentado el
número de instituciones interpersonales y la
práctica de rivalidades interestatales, en tal manera, que
se necesita la cooperación internacional, si la
rivalidades mantienen y a solucionar las controversias en maneras
no-violentas.
Poder es la capacidad de un actor en contratar a otros
en como actuar o no actuar en tal manera no común de ese
actor. La violencia es
un instrumento efectivo en manipular las acciones de un actor con
amenazas de utilizar la fuerza militar. Sin embargo, no es la
única forma en practicar el poder; existen formas
no-violentas, como las sanciones, que practican los estados hacia
otros como una forma de presión, especialmente entre
miembros comunes de un grupo u
organización transnacional.
La nueva forma de poder es un producto del desarrollo de
nuevos actores y las relaciones en la política
internacional y por eso aumentaría los conflictos
entre los estados. La interdependencia de los estados es tan
importante que los estados tienen mucho más que riesgo en
términos de intereses y por eso no se utiliza la violencia
para no dañar los intereses.
El concepto de que la ausencia de una autoridad para
reforzar las reglas morales según Hobbes, es una
condición demasiada estricta. Este concepto
empírico no coincide con el comportamiento
internacional moderno. La comunidad internacional posee una
variedad de formas (instituciones) para establecer y cumplir las
normas sin
tener una "policía internacional". Los estados en general
a través de la cooperación internacional en
organizaciones transnacionales voluntariamente respetan las
normas (ONU, OMS) en
alianzas militares (OTAN) y en organizaciones regionales
económicas o de desarrollo (CEE; Mercomur).
La curente situación en las relaciones
internacionales, deja muy poco campo para las guerras, casi
difícil de crear por que la historia en los
últimos cien años es caracterizado de los peores
conflictos mundiales.
Si el criticismo empírico es verdadero de que los
estados son obligados en comportar bajo los principios morales,
únicamente cuando es para los intereses nacionales; parece
que hay principios que son fundamentales para la
cooperación internacional y que se quedan fijos entre los
estados que son obligatorios a todos.
Capítulo 4. Las Bases de moralidad
internacional
El estado de naturaleza y su utilización
justifica los principios para la política internacional.
El argumento Hobbsiana es que la primera ley de la naturaleza es
que "cada hombre debe
buscar la paz siempre y cuando se puede obtenerla, pero cuando no
se puede obtenerla, que el hombre
busca y utiliza todas sus ventajas para la guerra". Y se basa en
los intereses propios. Se establece que el cumplimiento de las
leyes de la naturaleza de un actor depende del cumplimiento de
ellos por los demás actores.
El actor cuestiona si ese concepto es aceptable en
justificar los principios morales internacionales en aplicarlo a
las relaciones internacionales y se basa con dos preguntas:
primero, ¿Debería la justificación de
principios para las relaciones internacionales promover los
intereses del estado? Y segundo, ¿Debería la
justificación de los principios, promover
únicamente a los intereses?
El autor aclara que es preferible en eliminar los
intereses nacionales en su total y se basa la política
internacional en los derechos y los intereses de
todos los individuos afectados por una política
internacional. Son los derechos y los intereses de las personas
que son fundamentales de un punto de vista moral; esto
debería la justificación de principios para las
relaciones internacionales.
El otro punto de vista se relaciona con la ética.
Es inadecuado decir que la ética se basa con intereses
propios. Podemos decir que si existen obligaciones
morales que imponen requisitos en comportamiento sin recibir
"algo" en intercambio y que son estas reglas que institucionaliza
las reglas y su creatividad–
estos serían morales sentimentales.
Beitz persiste en la conclusión que el
único principio efectivo de moralidad internacional es de
auto-preservación. La teoría de la política
internacional de intereses es posible pero no implica que los
principios son los mismos o análogos a los que
caracterizan a la teoría política del
estado.
El señor Beitz está de acuerdo con Locte,
cuando compara las relaciones del estado con las relaciones de
los individuos en el estado de la naturaleza.
Capítulo 5. Escepticismo Internacional con
la Moralidad de los Estados
El argumento más fuerte al escéptico es de
la caracterizaciones de las relaciones internacionales como un
concepto Hobbsiano (el estado de la naturaleza). Es una
posición que combina una análisis empírico de las relaciones
internacionales; que el estado no se interesa en perseguir las
reglas de cooperación. Si es así entonces no existe
moralidad internacional. Este es una perspectiva que el autor no
comparte.
Pufendorf en su descripción de la moralidad de los estados,
hace la concepción del mundo como una comunidad de estados
autónomos autosuficientes que interactuan en formas
marginales.
Los estados, no personas son sujeto de la moralidad
internacional y las reglas fundamentales que regulan sus
conductas en preservar el orden pacífico de los estados
soberanos.
Son dos bases de principios que sobresalen. Uno es el
principio de la autonomía del estado; como individuos en
una sociedad
doméstica, los estados en la sociedad internacional deben
ser tratados como
autónomas; libres de intervención externa en sus
asuntos internos. El otro es la ausencia de un principio de
justicia
distributivo internacional: significa que cada estado se asume el
derecho de las riquezas de su territorio y que no hay reglas
morales al respecto a la estructura o
el comportamiento de las relaciones económicas entre
estados. Tomando en cuenta los dos puntos anteriores; se pude
comprender la moralidad de los estados como una analogía
al liberalismo
del siglo XIX.
II Parte. La
autonomía de los Estados.
Las percepciones de las Relaciones Internacionales han
tenido influencia de la analogía de estados e individuos.
La concepción de relaciones internacionales como estado de
naturaleza se puede ver como una aplicación de esa
analogía. Otra aplicación es la idea de los
estados, como individuos, tienen derecho de ser respetados como
entidades autónomas. Esta idea es un elemento principal de
la moralidad de los estados y se ha aplicado en las controversias
de la política internacional. Estas controversias
envuelven los principios de la no intervención y la auto-
determinación.
La autonomía de los estados es un elemento
fundamental en las relaciones internacionales, el autor
señala que sus consecuencias son de un orden internacional
complejo y de conflictos morales. Esta idea ni es fundamental ni
adecuada como una justificación de principios derivativos
de no-intervención y autodeterminación o de
oposición moral al imperialismo y la dependencia
económica. La intervención, el colonialismo, el
imperialismo y la dependencia económica violan el derecho
de la autonomía, porque son injustos.
Capítulo 1. La autonomía del Estado
y la libertad
individual
En las siguientes secciones, el autor propone un
criticismo y la reconstrucción de la idea de la
autonomía del estado, explorando las bases morales del
principio de la no-intervención. Es la estructura
principal de la concepción del mundo actual.
¿Qué es intervención? En general se
refiere a las acciones o políticas designadas a influir
los asuntos de un estado soberano y cumplido por un agente
externo del estado; se puede incluir intervención
económica o del militar en la
definición.
La ayuda económica bilateral se considera en
ciertas condiciones, es un instrumento de intervención
porque viene con compromisos políticos. En cualquier
definición, todos tienen en común que producen
cambios internos de un estado sin importar los deseos de ese
estado. Lo que dice el autor es que todo tipo de
intervención no es permitible.
Los tres elementos de la intervención son: su
forma, sus agentes y sus metas.-capturar todas las
consideraciones que pueden entrar como un argumento que permita
la intervención; el autor dice que no es
cierto.
Sería mejorar en separar las cuestiones de las
definiciones de las cuestiones de las éticas
políticas.
Según Christian Wolff: "por la naturaleza, no
nación
tiene derecho de un acto en que pertenece al ejercicio de la
soberanía de otra nación" con eso se propone en
prohibición "absoluto" de intervención con respecto
a los estados, en cual no puede interferir en los asuntos de
otros estados soberanos.
El argumento anterior resulta de la analogías con
libertad personal. Los
estados como las personas deben ser respetadas en perseguir sus
metas, mientras que no ofenda la libertad de otros. Como las
personas, los estados son entidades morales que son sistemas enteros
con la capacidad en realizar su naturaleza y perseguir sus
metas.
Un estado puede tener un carácter moral: por la construcción de sus derechos y libertades a
través de las bases de los derechos individuales. Los
derechos de los estados provienen del consenso de sus miembros.
El gobierno actúa en nombre de sus ciudadanos y con eso
debe actuar según las moralidades de la población. Los estados, dice Beitz, con
instituciones que apropiadamente satisface los principios de
justicia pueden pedir respecto como un estado
autónomo.
Capítulo 2. No intervención,
paternalismo y neutralidad.
Hay tres argumentos para la prohibición general
de intervención en las relaciones internacionales. El
primero es que los estados como individuos, tienen el derecho de
ser respetados autónomas como fue explicado anteriormente.
Los dos otros, son que las circunstancias en cual ni libertades
personales, ni las instituciones justas pueden ser protegidos por
observancias del no-intervención.
Uno de los argumentos es una analogía del
concepto de Mill en contra del paternalismo; dice el gobierno no
esta justificado en inferir en la conducta de
individuos que tiende en actuar desapropiadamente porque el
individuo está en la mejor posición en determinar
cuales son sus intereses, sin la intervención del
gobierno. Sin embargo, este concepto desacreditaría las
organizaciones como las Naciones Unidas,
entonces el argumento queda débil en su aplicación
de no-intervención. El concepto antipaternalístico
promueve que cada estado se resuelve sus asuntos a su
manera.
William E. Hall, señala una propocisión
no-intervención neutral en guerras internas. La prueba del
principio de la neutralidad es que en si los inducirlos
razonables utilizarán el concepto como la base para
solucionar los conflictos. Un ejemplo de la aplicación de
neutralidad es cuando dice un sospechoso es inocente hasta que
las pruebas digan
que es culpable.
Los argumentos para no-intervención con la
analogía con respecto a los individuos, requiere apoyo
para perseguir la idea de la prohibición total de
intervención porque en muchos estados las instituciones no
conforman con los principios de justicia.
Capítulo 3.
Auto-determinación
Los conceptos de libertad se divide entre variedades
"negativos" y "positivos".
El aspecto negativo de la autonomía del estado
está expresado del principio de no-intervención en
cual protege los derechos del estado que ya reconocidos como
independiente.
El aspecto positivo se expresa por el principio del
autodeterminación; en cual da derechos de independencia de
las colonias u otras entidades que son bajo control
extranjera.
La no -intervención impone un requisito negativo
a los otros estados de no interferir. Auto-determinación
impone un requisito positivo a otros estados (colonizadores o el
poder dominante) de parar de ejercitar control sobre las
entidades, proclamando el derecho de ser
independientes.
Autodeterminación es un principio de ley
internacional y reconocido en las Naciones Unidas.
El principio de autodeterminación puede ser
interpretado en varias formas que se he llegado en dudar sobre su
moralidad; este principio es ambiguo en tres formas. Primero, no
queda claro que "auto" de "autodeterminación" refiere al
gobierno o a la población de un grupo.
Segundo, la identidad de
grupos elegibles en proclamar el derecho de
auto-determinación. Finalmente que tipo de independencia
satisfacería el principio si es independencia
económica, social o política. Un problema de los
grupos que buscan auto-determinación es la
identificación de intereses que les da credibilidad,
legitimidad en su búsqueda de independencia.
La proclamación del derecho de
auto-determinación por parte de las colonias, reduce las
injusticias sociales en la colonia- como respuesta esta la
independencia
Con respecto a las tres ambigüedades: primero, si
auto-determinación requiere un auto-gobierno adentro a una
colonia y dando independencia colonial-política; pues
auto-determinación es la forma en terminar injusticia
social de la colonia.
Las otras dos ambigüedades son discutidas en los
siguientes capítulos.
Capítulo 4. Elegibilidad, Fronteras y
Nacionalidad
En el caso de las colonias, el autor señala
quienes son los grupos elegibles en proclamar su
auto-determinación según los principios de las
Naciones Unidas.
El problema es que no queda claro en porque es que los
grupos elegibles en proclamar su derecho de
autodeterminación deben ser únicamente a las
poblaciones coloniales, que ya son reconocidas como territorios
distintos.
Pues, se basa el problema en definir "quienes son" que
están proclamando su auto-determinación. El
principio común es que son los grupos elegibles en
proclamar sus derechos son grupos que son ya aceptados
abiertamente.
Rupert Emerson contesta que "el derecho de cualquier
grupo de personas insatisfechas de su presente condiciones del
estado y quieren apartarse de ello y establecer un nuevo estado,
deben tener el derecho a hacerlo". Este principio es la
auto-definión.
Un caso típico de auto-determinación tiene
un componente territorial; el grupo que proclama reconocimiento
como una entidad política independiente también
proclama la separación de territorio para ese grupo
independiente para dividir los recursos
naturales y las riquezas del estado.
El principio de auto-definición de grupos
elegibles causará una cadena de elegibilidad a los grupos
étnicos, minorías o subgrupos raciales.
Charles Beitz explica que la mayoría de los
grupos elegibles para auto-determinación no son grupos
definidos.
Es más recomendable por el autor que en grupos
para calificarse como un grupo elegible debe tener varias
características en común – raza, tribu, religión o cultura; son
ejemplo de ellos.
J.S. Mill afirma el concepto que un grupo necesita
unidad a través de características comunes para
consolidar las condiciones esenciales de construir instituciones.
La diversidad de un grupo es una división natural en esa
sociedad que puede impedir elegibilidad grupal.
Si existen dudas en definir la elegibilidad de un grupo;
igual tiene el problema en definir esa familia de
conceptos: "nación", nacionalidad",
"lealtad nacional", y "nacionalismo".
La definición según Walker Connor reconoce
que muchos elementos asociados con nacionalidad
son sujetos a modificaciones de las instituciones
políticas. Algunos aspectos que se dan por nacionalismo no
son tan concretos en la vida social en cual se debilita la
elegibilidad de adquirir el derecho de auto-determinación
del grupo.
El grupo tiene que buscar los elementos de
unificación para poder justificar su deseo de
auto-determinación. El autor dice que la mejor forma es la
expresión conjunta de las injusticias contra el gobierno
(poder colonizador).
Capítulo 5. Dependencia
Económica
La cuestión es en si los extranjeros con fuerte
influencia política-económica sobre los asuntos
internos de un estado independiente puede ser criticados por
infracciones a los derechos del estado de
auto-determinación.
Los criticismos son fuertes contra los efectos de
inversión
extranjera y de empresas
multinacionales asociadas con la época
colonial.
Dependencia o "imperialismo económico" es el
control que tiene un país extranjero hacia un país
satélite y utilice poder económico en lugar de
poder político en ejércitos control a través
de las empresas extranjeras.
Suzanne Bodenheimer define que la dependencia de la
infraestructura (gobierno subordinado y la estructura
social) puede ser considerado como la funcionalidad
equivalente a un aparato colonial.
La dependencia económica retrasa el crecimiento
económico de un país dependiente. Algunas
personas incluyen que la asistencia económica,
intercambios y las inversiones
amenazan a los pequeños países.
El imperialismo político y la dependencia
económica causan la imposición de instituciones
políticas y económicas e impone una política
sin el consenso de los ciudadanos del estado. Esta es una
muestra de
violaciones a los derechos de los ciudadanos. Para contrapesar
ese fenómeno el estado tendrá que desarrollar un
fuerte aparato estatal en reclamar su control
político-económico contra los agentes
extranjeros.
Capítulo 6. Autonomía del estado y
la Justicia Social doméstica.
El autor argumenta que el principio de la
autonomía de un estado; el elemento central en la
moralidad de estados carece de una base moral, especialmente en
la aplicación del principio de no-intervención. El
principio no se aplica igualmente en todo de los estados; incluso
las mismas morales que apoyan no-intervención en algunas
circunstancias, por otro lado, puede justificar la
intervención en otras. La diferencia depende en la
justicia de las instituciones domésticas de un
estado.
El argumento moral más fuerte para la
auto-determinación es que independencia
política es necesaria para eliminar la injusticia
social y para el desarrollo de instituciones justas.
El argumento más fuerte en contra de la
dependencia económica es que las formas asociadas con las
relaciones económicas internacionales producen o apoyan
las instituciones domésticas injustas.
Los representantes de países desarrollados apoyan
la idea de un rápido desarrollo de las sociedades de
países en vías de desarrollo, requiere un nuevo
orden económico internacional y cambios en las
instituciones socio-políticas internas en sus sociedades.
El desarrollo de instituciones justas en muchas sociedades
dependen en la eliminación de la injusticia distributiva
internacional.
III Parte.
Justicia Distributiva Internacional.
No es parte de la moralidad de estado que las sociedades
afluentes tengan las obligaciones en promover el desarrollo
económico a otras partes en el mundo.
Uno cree que las obligaciones de justicia serían
más responsables en esa forma. Las obligaciones de tal
magnitud necesitan reformas institucionales a gran nivel. Los
países ricos deben aumentar sus contribuciones a los
países menos desarrollados.
Las obligaciones distributivas internacionales son
basadas en la justicia y no sólo en ayuda
mutua.
Capítulo 1. Cooperación Social,
fronteras y la base de justicia.
La Justicia, dice John Rawls, es el primer principio de
las instituciones sociales. Su primer sujeto es la estructura de
la sociedad; la manera en cual las instituciones sociales de
mayor importancia distribuyen sus derechos y deberes
fundamentales por lo cual determine la división de las
ventajas de la cooperación social.
El problema central con la teoría de justicia es
la identificación de principios para formar una estructura
social. Se proponen dos principios como posibles soluciones:
- Que cada persona tiene
igualdad de derechos en el sistema entero
de las libertades compatible con un sistema similar de libertad
para todos. - Las desigualdades sociales y económicas
serán organizadas en que ambos (a) mayor beneficio a los
más pobres y (b) igualdad de oportunidades para todos en
posiciones bajo todas las condiciones. Según Rawls, las
personas racionales bajo estos principios escogerán los
dos principios como la más importante moral para sus
instituciones sociales. Los principios son necesarios para
identificar las instituciones que distribuyen los beneficios en
la vida social-cooperación social. Si no existe
"cooperación", no existe justicia.
Rawls asume que "las fronteras" de los esquemas
cooperativos se dan por las naciones de una reservación
por la comunidad nacional. Sin embargo, la comunidad nacional se
asocia con otras comunidades, por eso existe interdependencia de
ellos. Si el principio fuera cierto entonces no habrá la
posibilidad de una conducta internacional y mucho menos una
preocupación de la justicia internacional. Tal vez, se
puede decir que los estados son auto-eficientes pero no son
auto-reservados.
¿Por qué son importantes los principios de
justicia internacional? Rawls contesta que la conducta de la
sociedad es controlada por los principios de justicia y de los
derechos individuales para prevenir las guerras injustas y la
violación de los derechos humanos
en el mundo.
Un acuerdo de principios regulados dará a cada
estado una seguridad de como se comportarán los otros
estados; asegurando una existencia pacífica entre los
estados. Los principios más comunes entre los estados son:
auto-determinación, no-intervención, la regla pacta
sunt servoinda, auto-defensa justificada y los principios de jus
en bello.
Capítulo 2. Los derechos de los Recursos
Naturales.
La teoría de la justicia internacional puede ser
aceptado por la mayoría de los estados, pero cuando se
habla de los recursos naturales, si existe un conflicto moral
entre los estados.
Los recursos naturales son distribuidos en formas
desiguales, algunos estados son ricos y estos estados les
explotan y viven bien. Otras sociedades, que no les tienen,
pueden llegar a un nivel de prosperidad muy limitada por la
escasez de los
mismos. Así es la vida, dice el autor, pero ni quiere
decir que la vida es injusta; lo que es injusto e la manera en
que las instituciones manejen este problema.
Los países que sufren por la escasez de recursos
naturales no deben sufrir por eso: igual que a los países
que son ricos de sus recursos no deben dejar de los países
menos afortunados. ¿Será posible en establecer un
principio de la redistribución de los recursos naturales?
El autor afirma que el mundo sufre una escasez de los recursos
naturales y esto presionará una nueva conducta
internacional para una mejor distribución de
ellos.
Capítulo 3. Interdependencia y la justicia
distributiva global.
El caso para un principio de restribución
internacional de recursos es consistente con la asumpción
que los estados son esquemas de auto-eficiencia. Es el
principio más fuerte y aplicable en el mundo de estados
auto-eficientes.
Por la existencia de complejo relaciones
económicas, políticas y culturales; hay un esquema
global de cooperación social. Kant nota que la
cooperación económica internacional construye
nuevas bases de moralidad internacional. La interdependencia de
los estados ha crecido desde 1945 y aumentará en el
futuro.
La interdependencia ha causado efectos positivos y
negativos, por ejemplo; se abre más el espacio entre los
países ricos de los países pobres,
explotación internacional por parte de los países
ricos a través de sus multinacionales, los países
pobres desarrollan sus economías, se reestructuran sus
políticas internas y sus economías, etc.
El resultado más importante es que la
interdependencia contribuyó en la distribución de
reglas, principios y morales que son más permanentes. La
distribución de principios, ofrece más reglas y un
orden internacional- si existen principios entonces se
producirán más principios de justicia.
Capítulo 4. La diferencia entre la Sociedad
doméstica y la sociedad internacional.
La conclusión de que los principios de justicia
distributivo aplican globalmente y que la cooperación
social es producto de ellos, la consecuencia normativa de ese
argumento es que las relaciones internacionales parecen cada vez
más a la sociedad doméstica.
La diferencia entre la sociedad doméstica de la
sociedad internacional es la ausencia en la toma de
decisiones efectivas de la sociedad internacional.
La comunidad internacional no tiene una constitución que define la estructura de
autoridad entre los estados, entonces no hay una fuerza de
policía internacional que puede asistir en el cumplimiento
de los policías. Lo que hay son instituciones en cual los
actores entre si practican sus poderes e influencias. Los
procesos de
estas instituciones son de guerra, diplomacia, negociaciones y
organizaciones transnacionales. Si existen procedimientos
que se pueden aplicar cuando un estado no quiere cumplir con las
normas de la comunidad internacional, por ejemplo,
aplicación de sanciones o aislamiento diplomático,
pero éstos no son igual de eficientes como los de los
procedimientos de la toma de decisiones de la sociedad
doméstica.
En la sociedad doméstica, existe un sentimiento
de comunidad que es un motivo importante por el cumplimiento con
las leyes y de toma de decisiones oficiales, en cual no existe en
la sociedad internacional. Existe un orden y la capacidad de una
sociedad con justicias. En la comunidad internacional, justicia
global es ausente que se puede dar una sensación de
comunidad más íntima entre los estados. Lo que
necesita la comunidad internacional son motivos para el
cumplimiento de los principios de justicia.
Capítulo 5. Los Derechos de los
Estados.
Los países ricos pueden reclamar mayor
distribución, de los derechos por su superioridad
tecnológica, económica y en la
eficiencia.
Las objeciones son: primero, se puede argumentar que en
el mundo interdependiente; siempre existe el derecho de
identificación político de las sociedades
nacionales. Otra objeción es que la nación tiene
derecho a sus riquezas porque los ciudadanos cumplen las reglas
(normas) de justicia en adquirir (extraer) sus recursos materiales
para la producción. El último es que una
nación rica puede reservar su parte en aplicar el
principio de cooperación global para ayudar a los
países pobres para promover su justicia doméstica.
La intuición es que los ciudadanos se sienten en la
obligación de ayudar a sus propios miembros de la sociedad
que son pobres; dando menos importancia en dar ayuda a los pobres
de otros estados del mundo.
El autor afirma la necesidad de redestribución de
cooperación social es la respuesta de igualdades que sufre
el mundo entero.
Charles Beitz argumenta que los conceptos de relaciones
internacionales son inadecuados y producen principios normativos
incorrectos en la política internacional. Una
teoría normativa de la política internacional debe
incluir la noción de autonomía de un estado que
está conectado con la justicia doméstica social con
los principios de justicia distributiva internacional que
establecen una justa división de los recursos naturales,
los ingresos y las
riquezas entre los individuos de las diversas sociedades. Tal
teoría no sólo aclara y profundiza nuestras
instituciones morales acerca de los temas de la política
internacional, sino nos ofrecen una estructura y un
propósito para el estudio empírico de las
relaciones internacionales.
JUAN CARLOS RAMÍREZ
ESCUELA DE RELACIONES INTERNACIONALES
UNIVERSIDAD NACIONAL – HEREDIA