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Síntesis del libro. Teoría política y las relaciones internacionales




Enviado por jramirezbrenes



    De Charles Beitz

    1. Relaciones Internacionales y el
      Estado de la Naturaleza
    2. La autonomía de los
      Estados
    3. Justicia Distributiva
      Internacional
    4. Conclusiones

    I
    Parte: Relaciones
    Internacionales y el Estado de
    la Naturaleza

    Capítulo 1- Escepticismo de los
    Realistas.

    El autor dice que uno no se puede mantener la creencia
    que las restricciones morales son consistentes en las acciones de
    los individuos y no en las acciones del estado. Se
    presenta el argumento distinguiendo lo que es escepticismo
    moral y el
    escepticismo internacional.

    El escepticismo existe, pero se duda la posibilidad de
    una moralidad
    internacional, porque uno mismo es escéptico de todo las
    posibilidades de que si hay moralidad o no. El escepticismo moral
    y su forma deritativo, escepticismo sobre las éticas en la
    política, representan la denegación de los
    argumentos morales como las causas de acción.

    Se puede mostrar que escepticismo moral esta equivocado
    si uno se consolida una teoría de ética y
    sus bases. Podemos asumir que compartimos sus ideas
    básicas sobre la naturaleza y
    los requisitos de moralidad (instituciones
    morales) y concluir que si el escepticismo esta consistente con
    ellas.

    Una causa del escepticismo internacional es el
    relativismo cultural. Hay muchas variedades de culturas y cada
    una practica las leyes a su
    manera; hay diferencias en los ideales, reglas y el valor de
    autonomía individual. ¿Cómo se puede hacer
    decisiones a nivel mundial, cuando existe tantas diferencias en
    el mundo? Sería muy difícil llegar a un acuerdo
    entre tantas culturas para hacer leyes comunes, y mucho menos en
    tener una teoría política normativa a nivel
    mundial; no es posible.

    Las diferentes culturas tienen diferentes concepciones
    de lo que es la moralidad y no sabemos cual de todas es la
    correcta. Imperialismo
    intelectual es muy común porque impone la moralidad hacia
    culturas que ni siquiera comprenden la concepción.
    Entonces se basa la moralidad en lo que es considerada en
    general, una moralidad aceptable por todas las
    culturas.

    Los realistas dicen que no es realístico en
    esperar que las naciones actúen moralmente en un mundo tan
    anárquico. Hans Morgenthau argumenta que la moralidad
    internacional por la mayor parte es del pasado y que ahora lo que
    es más importante son los intereses nacionales que motivan
    la política mundial, no la moral de un
    estado. Aquí se cuestiona el porque las morales se aplican
    cuando se hacen juicios individuales; o el uso de juicios morales
    en la política doméstica, pero no se aplica al
    mismo concepto en las
    relaciones internacionales. Morganthau justifica que los
    intereses del estado son demasiado importante en ciertas
    circunstancias, entonces hay que ignorar las morales en tales
    ocasiones para asegurar su seguridad y
    sobrevivencia; este concepto se originó en las obras de
    Maquiavelo. En
    respecto a las responsabilidades de un líder;
    ellos tienen la obligación en consolidar los intereses de
    la nación
    y si no, sería irresponsable. Ahora, el problema es como
    explicar la posición mantenido de los realistas sin
    generar escepticismo general a toda la moralidad. La soberanía es una posibilidad de respuesta,
    porque cada estado es independiente y no son sujeto de
    ningún requisitos de moralidad internacional.

    El autor mantiene la idea que la ausencia de un juez
    común es la causa por el escepticismo en las morales
    internacionales y si no existe un juez común, no
    habrá una ley
    positiva.

    Capítulo 2. La situación
    Hobbesiana.

    El argumento más fuerte que se he dado para
    escepticismo internacional es la teoría del estado de las
    naturaleza en las relaciones internacionales. El estado de
    naturaleza dice que "es la necesidad o la obligación de
    perseguir los intereses nacionales que se basan en la creencia
    que los demás estados harán igual, utilizando la
    fuerza si es
    necesario sin ninguna consideración de los intereses de
    otros actores o de la comunidad
    internacional".

    Según Hobbes, la
    existencia del concepto del estado de la naturaleza es por la
    falta de seguridad y autoridad para
    asegurar esa seguridad. Él dice que no hay morales
    efectivas en el estado de la naturaleza. Para Hobbes, poder
    común es necesario para asegurar que cada individuo
    respete, las leyes de la naturaleza. El problema es crear tal
    poder requiere cooperación en el estado de la naturaleza y
    para él; cooperación es irracional. Parece que no
    hay salida del estado de la naturaleza porque en el estado de
    naturaleza no existe el deseo de establecer un poder común
    porque existen demasiados intereses individuales.

    Podemos formular una conclusión que los oficiales
    de los estados no tienen obligación conformar sus acciones
    oficiales en asuntos internacionales con principios
    morales, cuando estos principios no son efectivos porque otros
    actores no los cumplen tampoco.

    El problema moral de la teoría de Hobbes es en
    como crear las condiciones de efectividad de las leyes
    naturales.

    Sólo que se crean condiciones deseables en cual
    los estados tengan razones en respetar los principios
    normativos.

    Capítulo 3. Relaciones Internacionales y el
    estado de Naturaleza

    La aplicación del concepto Hobbesiano del estado
    de naturaleza a las relaciones internacionales tiene dos funciones para el
    argumento de escepticismo internacional. Primero, proviene un
    modelo
    analítico que explica la guerra como un
    resultado de propiedades estructurales de relaciones
    internacionales, que el conflicto
    entre los actores internacionales causarán guerras dado a
    la ausencia de un poder superior que puede esforzar regulaciones.
    El segundo es que el concepto proviene un modelo de
    justificación moral que explica como los principios
    normativos de relaciones internacionales pueden ser
    justificados.

    Hobbes en su estado de naturaleza confirma que no es
    posible que dos naciones comparten intereses comunes. Para
    él, coaliciones y alianzas son peligrosos y su
    formación será corto porque los intereses
    independientes son de importancia primero; se pueden causar
    fricciones y escalarse hasta un conflicto militar. Sin embargo,
    el autor argumenta que las alianzas son mecanismos para
    establecer la balanza del poder.

    El concepto que dice que los estados son los
    únicos actores en las relaciones internacionales se niega
    una posibilidad en la asociación transnacional de
    individuos con intereses común, que además que
    puede motivarlos a presionar sus respectivos gobiernos a la
    cooperación.

    Después de la II Guerra Mundial,
    aumentó el número de los grupos
    transnacionales (organizaciones
    transnacionales) por ejemplo, la Comunidad Europea, que asistan
    en el aprendizaje
    de colaboración internacional o cooperación
    internacional.

    La teoría de la integración política puede ser
    desacreditado pero los intereses de grupos transnacionales esta
    creciendo; igual a su influencia en la política del
    gobierno
    nacional. Dos ejemplos importantes de grupos transnacionales
    efectivos son corporaciones multinacionales y grupos informales
    de burócratas de medio-nivel en el gobierno. Ambos han
    tenido tanta influencia en presionar al gobierno; que el gobierno
    ha complacido a los grupos en hacer decisiones sobre asuntos
    externos. En realidad, los estados-naciones no son
    independientes, como actores, en las relaciones internacionales
    porque sus acciones e intereses representan también los
    intereses de los grupos transnacionales; sus acciones son
    producto de
    tremenda presión de
    los intereses de tales grupos. Con la teoría de la
    integración política entre grupos transnacionales y
    el gobierno y su funcionalidad; debilita la teoría
    Hobbsiana de que las relaciones internacionales es un estado de
    guerras.

    En el estado de la naturaleza se dice que las unidades
    deben ser iguales en poder; que lo más débil puede
    derrotar la más fuerte. Esto elimina la posibilidad de
    poder único de un estado o el auge de un dictador o
    Imperio porque ningún actor es suficiente poderoso para
    dominar a los demás estados.

    Sin embargo, la distribución del poder entre las naciones
    estado no corresponde a esa teoría. David Gauthier
    argumenta que el desarrollo y
    la proliferación de armas nucleares
    desiguala severamente la balanza del poder mundial. Países
    que tradicionalmente son estados con poca fuerza militar, ahora
    tienen armas nucleares en cual aumentaría su poder
    militar. Gauthier sugiere que no es igualdad en la
    capacidad nuclear; sino la igualdad de vulnerabilidad de un
    ataque nuclear que asegura la analogía de política
    nuclear y el estado de la naturaleza.

    La tercera condición es que las unidades pueden
    manejar sus asuntos internos independientemente de las políticas
    internas de otras unidades. El autor se niega que haya tal
    independencia
    porque los estados son cada vez más interdependientes. La
    seguridad y la prosperidad de cualquier estado depende en alguna
    forma de otros estados. El ejemplo que se da es la seguridad; la
    recognición de poderes potentes en tener un interés
    común de evitar un confrontación nuclear y ellos
    confían en las relaciones entre si para cumplir esa meta.
    Por otro lado, hay interdependencia económica entre los
    estados para alimentar sus economías domésticas y
    por eso se requiere un alto nivel de cooperación entre los
    gobiernos.

    La interdependencia de los estados ha aumentado el
    número de instituciones interpersonales y la
    práctica de rivalidades interestatales, en tal manera, que
    se necesita la cooperación internacional, si la
    rivalidades mantienen y a solucionar las controversias en maneras
    no-violentas.

    Poder es la capacidad de un actor en contratar a otros
    en como actuar o no actuar en tal manera no común de ese
    actor. La violencia es
    un instrumento efectivo en manipular las acciones de un actor con
    amenazas de utilizar la fuerza militar. Sin embargo, no es la
    única forma en practicar el poder; existen formas
    no-violentas, como las sanciones, que practican los estados hacia
    otros como una forma de presión, especialmente entre
    miembros comunes de un grupo u
    organización transnacional.

    La nueva forma de poder es un producto del desarrollo de
    nuevos actores y las relaciones en la política
    internacional y por eso aumentaría los conflictos
    entre los estados. La interdependencia de los estados es tan
    importante que los estados tienen mucho más que riesgo en
    términos de intereses y por eso no se utiliza la violencia
    para no dañar los intereses.

    El concepto de que la ausencia de una autoridad para
    reforzar las reglas morales según Hobbes, es una
    condición demasiada estricta. Este concepto
    empírico no coincide con el comportamiento
    internacional moderno. La comunidad internacional posee una
    variedad de formas (instituciones) para establecer y cumplir las
    normas sin
    tener una "policía internacional". Los estados en general
    a través de la cooperación internacional en
    organizaciones transnacionales voluntariamente respetan las
    normas (ONU, OMS) en
    alianzas militares (OTAN) y en organizaciones regionales
    económicas o de desarrollo (CEE; Mercomur).

    La curente situación en las relaciones
    internacionales, deja muy poco campo para las guerras, casi
    difícil de crear por que la historia en los
    últimos cien años es caracterizado de los peores
    conflictos mundiales.

    Si el criticismo empírico es verdadero de que los
    estados son obligados en comportar bajo los principios morales,
    únicamente cuando es para los intereses nacionales; parece
    que hay principios que son fundamentales para la
    cooperación internacional y que se quedan fijos entre los
    estados que son obligatorios a todos.

    Capítulo 4. Las Bases de moralidad
    internacional

    El estado de naturaleza y su utilización
    justifica los principios para la política internacional.
    El argumento Hobbsiana es que la primera ley de la naturaleza es
    que "cada hombre debe
    buscar la paz siempre y cuando se puede obtenerla, pero cuando no
    se puede obtenerla, que el hombre
    busca y utiliza todas sus ventajas para la guerra". Y se basa en
    los intereses propios. Se establece que el cumplimiento de las
    leyes de la naturaleza de un actor depende del cumplimiento de
    ellos por los demás actores.

    El actor cuestiona si ese concepto es aceptable en
    justificar los principios morales internacionales en aplicarlo a
    las relaciones internacionales y se basa con dos preguntas:
    primero, ¿Debería la justificación de
    principios para las relaciones internacionales promover los
    intereses del estado? Y segundo, ¿Debería la
    justificación de los principios, promover
    únicamente a los intereses?

    El autor aclara que es preferible en eliminar los
    intereses nacionales en su total y se basa la política
    internacional en los derechos y los intereses de
    todos los individuos afectados por una política
    internacional. Son los derechos y los intereses de las personas
    que son fundamentales de un punto de vista moral; esto
    debería la justificación de principios para las
    relaciones internacionales.

    El otro punto de vista se relaciona con la ética.
    Es inadecuado decir que la ética se basa con intereses
    propios. Podemos decir que si existen obligaciones
    morales que imponen requisitos en comportamiento sin recibir
    "algo" en intercambio y que son estas reglas que institucionaliza
    las reglas y su creatividad
    estos serían morales sentimentales.

    Beitz persiste en la conclusión que el
    único principio efectivo de moralidad internacional es de
    auto-preservación. La teoría de la política
    internacional de intereses es posible pero no implica que los
    principios son los mismos o análogos a los que
    caracterizan a la teoría política del
    estado.

    El señor Beitz está de acuerdo con Locte,
    cuando compara las relaciones del estado con las relaciones de
    los individuos en el estado de la naturaleza.

    Capítulo 5. Escepticismo Internacional con
    la Moralidad de los Estados

    El argumento más fuerte al escéptico es de
    la caracterizaciones de las relaciones internacionales como un
    concepto Hobbsiano (el estado de la naturaleza). Es una
    posición que combina una análisis empírico de las relaciones
    internacionales; que el estado no se interesa en perseguir las
    reglas de cooperación. Si es así entonces no existe
    moralidad internacional. Este es una perspectiva que el autor no
    comparte.

    Pufendorf en su descripción de la moralidad de los estados,
    hace la concepción del mundo como una comunidad de estados
    autónomos autosuficientes que interactuan en formas
    marginales.

    Los estados, no personas son sujeto de la moralidad
    internacional y las reglas fundamentales que regulan sus
    conductas en preservar el orden pacífico de los estados
    soberanos.

    Son dos bases de principios que sobresalen. Uno es el
    principio de la autonomía del estado; como individuos en
    una sociedad
    doméstica, los estados en la sociedad internacional deben
    ser tratados como
    autónomas; libres de intervención externa en sus
    asuntos internos. El otro es la ausencia de un principio de
    justicia
    distributivo internacional: significa que cada estado se asume el
    derecho de las riquezas de su territorio y que no hay reglas
    morales al respecto a la estructura o
    el comportamiento de las relaciones económicas entre
    estados. Tomando en cuenta los dos puntos anteriores; se pude
    comprender la moralidad de los estados como una analogía
    al liberalismo
    del siglo XIX.

    II Parte. La
    autonomía de los Estados.

    Las percepciones de las Relaciones Internacionales han
    tenido influencia de la analogía de estados e individuos.
    La concepción de relaciones internacionales como estado de
    naturaleza se puede ver como una aplicación de esa
    analogía. Otra aplicación es la idea de los
    estados, como individuos, tienen derecho de ser respetados como
    entidades autónomas. Esta idea es un elemento principal de
    la moralidad de los estados y se ha aplicado en las controversias
    de la política internacional. Estas controversias
    envuelven los principios de la no intervención y la auto-
    determinación.

    La autonomía de los estados es un elemento
    fundamental en las relaciones internacionales, el autor
    señala que sus consecuencias son de un orden internacional
    complejo y de conflictos morales. Esta idea ni es fundamental ni
    adecuada como una justificación de principios derivativos
    de no-intervención y autodeterminación o de
    oposición moral al imperialismo y la dependencia
    económica. La intervención, el colonialismo, el
    imperialismo y la dependencia económica violan el derecho
    de la autonomía, porque son injustos.

    Capítulo 1. La autonomía del Estado
    y la libertad
    individual

    En las siguientes secciones, el autor propone un
    criticismo y la reconstrucción de la idea de la
    autonomía del estado, explorando las bases morales del
    principio de la no-intervención. Es la estructura
    principal de la concepción del mundo actual.

    ¿Qué es intervención? En general se
    refiere a las acciones o políticas designadas a influir
    los asuntos de un estado soberano y cumplido por un agente
    externo del estado; se puede incluir intervención
    económica o del militar en la
    definición.

    La ayuda económica bilateral se considera en
    ciertas condiciones, es un instrumento de intervención
    porque viene con compromisos políticos. En cualquier
    definición, todos tienen en común que producen
    cambios internos de un estado sin importar los deseos de ese
    estado. Lo que dice el autor es que todo tipo de
    intervención no es permitible.

    Los tres elementos de la intervención son: su
    forma, sus agentes y sus metas.-capturar todas las
    consideraciones que pueden entrar como un argumento que permita
    la intervención; el autor dice que no es
    cierto.

    Sería mejorar en separar las cuestiones de las
    definiciones de las cuestiones de las éticas
    políticas.

    Según Christian Wolff: "por la naturaleza, no
    nación
    tiene derecho de un acto en que pertenece al ejercicio de la
    soberanía de otra nación" con eso se propone en
    prohibición "absoluto" de intervención con respecto
    a los estados, en cual no puede interferir en los asuntos de
    otros estados soberanos.

    El argumento anterior resulta de la analogías con
    libertad personal. Los
    estados como las personas deben ser respetadas en perseguir sus
    metas, mientras que no ofenda la libertad de otros. Como las
    personas, los estados son entidades morales que son sistemas enteros
    con la capacidad en realizar su naturaleza y perseguir sus
    metas.

    Un estado puede tener un carácter moral: por la construcción de sus derechos y libertades a
    través de las bases de los derechos individuales. Los
    derechos de los estados provienen del consenso de sus miembros.
    El gobierno actúa en nombre de sus ciudadanos y con eso
    debe actuar según las moralidades de la población. Los estados, dice Beitz, con
    instituciones que apropiadamente satisface los principios de
    justicia pueden pedir respecto como un estado
    autónomo.

    Capítulo 2. No intervención,
    paternalismo y neutralidad.

    Hay tres argumentos para la prohibición general
    de intervención en las relaciones internacionales. El
    primero es que los estados como individuos, tienen el derecho de
    ser respetados autónomas como fue explicado anteriormente.
    Los dos otros, son que las circunstancias en cual ni libertades
    personales, ni las instituciones justas pueden ser protegidos por
    observancias del no-intervención.

    Uno de los argumentos es una analogía del
    concepto de Mill en contra del paternalismo; dice el gobierno no
    esta justificado en inferir en la conducta de
    individuos que tiende en actuar desapropiadamente porque el
    individuo está en la mejor posición en determinar
    cuales son sus intereses, sin la intervención del
    gobierno. Sin embargo, este concepto desacreditaría las
    organizaciones como las Naciones Unidas,
    entonces el argumento queda débil en su aplicación
    de no-intervención. El concepto antipaternalístico
    promueve que cada estado se resuelve sus asuntos a su
    manera.

    William E. Hall, señala una propocisión
    no-intervención neutral en guerras internas. La prueba del
    principio de la neutralidad es que en si los inducirlos
    razonables utilizarán el concepto como la base para
    solucionar los conflictos. Un ejemplo de la aplicación de
    neutralidad es cuando dice un sospechoso es inocente hasta que
    las pruebas digan
    que es culpable.

    Los argumentos para no-intervención con la
    analogía con respecto a los individuos, requiere apoyo
    para perseguir la idea de la prohibición total de
    intervención porque en muchos estados las instituciones no
    conforman con los principios de justicia.

    Capítulo 3.
    Auto-determinación

    Los conceptos de libertad se divide entre variedades
    "negativos" y "positivos".

    El aspecto negativo de la autonomía del estado
    está expresado del principio de no-intervención en
    cual protege los derechos del estado que ya reconocidos como
    independiente.

    El aspecto positivo se expresa por el principio del
    autodeterminación; en cual da derechos de independencia de
    las colonias u otras entidades que son bajo control
    extranjera.

    La no -intervención impone un requisito negativo
    a los otros estados de no interferir. Auto-determinación
    impone un requisito positivo a otros estados (colonizadores o el
    poder dominante) de parar de ejercitar control sobre las
    entidades, proclamando el derecho de ser
    independientes.

    Autodeterminación es un principio de ley
    internacional y reconocido en las Naciones Unidas.

    El principio de autodeterminación puede ser
    interpretado en varias formas que se he llegado en dudar sobre su
    moralidad; este principio es ambiguo en tres formas. Primero, no
    queda claro que "auto" de "autodeterminación" refiere al
    gobierno o a la población de un grupo.

    Segundo, la identidad de
    grupos elegibles en proclamar el derecho de
    auto-determinación. Finalmente que tipo de independencia
    satisfacería el principio si es independencia
    económica, social o política. Un problema de los
    grupos que buscan auto-determinación es la
    identificación de intereses que les da credibilidad,
    legitimidad en su búsqueda de independencia.

    La proclamación del derecho de
    auto-determinación por parte de las colonias, reduce las
    injusticias sociales en la colonia- como respuesta esta la
    independencia

    Con respecto a las tres ambigüedades: primero, si
    auto-determinación requiere un auto-gobierno adentro a una
    colonia y dando independencia colonial-política; pues
    auto-determinación es la forma en terminar injusticia
    social de la colonia.

    Las otras dos ambigüedades son discutidas en los
    siguientes capítulos.

    Capítulo 4. Elegibilidad, Fronteras y
    Nacionalidad

    En el caso de las colonias, el autor señala
    quienes son los grupos elegibles en proclamar su
    auto-determinación según los principios de las
    Naciones Unidas.

    El problema es que no queda claro en porque es que los
    grupos elegibles en proclamar su derecho de
    autodeterminación deben ser únicamente a las
    poblaciones coloniales, que ya son reconocidas como territorios
    distintos.

    Pues, se basa el problema en definir "quienes son" que
    están proclamando su auto-determinación. El
    principio común es que son los grupos elegibles en
    proclamar sus derechos son grupos que son ya aceptados
    abiertamente.

    Rupert Emerson contesta que "el derecho de cualquier
    grupo de personas insatisfechas de su presente condiciones del
    estado y quieren apartarse de ello y establecer un nuevo estado,
    deben tener el derecho a hacerlo". Este principio es la
    auto-definión.

    Un caso típico de auto-determinación tiene
    un componente territorial; el grupo que proclama reconocimiento
    como una entidad política independiente también
    proclama la separación de territorio para ese grupo
    independiente para dividir los recursos
    naturales y las riquezas del estado.

    El principio de auto-definición de grupos
    elegibles causará una cadena de elegibilidad a los grupos
    étnicos, minorías o subgrupos raciales.

    Charles Beitz explica que la mayoría de los
    grupos elegibles para auto-determinación no son grupos
    definidos.

    Es más recomendable por el autor que en grupos
    para calificarse como un grupo elegible debe tener varias
    características en común – raza, tribu, religión o cultura; son
    ejemplo de ellos.

    J.S. Mill afirma el concepto que un grupo necesita
    unidad a través de características comunes para
    consolidar las condiciones esenciales de construir instituciones.
    La diversidad de un grupo es una división natural en esa
    sociedad que puede impedir elegibilidad grupal.

    Si existen dudas en definir la elegibilidad de un grupo;
    igual tiene el problema en definir esa familia de
    conceptos: "nación", nacionalidad",
    "lealtad nacional", y "nacionalismo".

    La definición según Walker Connor reconoce
    que muchos elementos asociados con nacionalidad
    son sujetos a modificaciones de las instituciones
    políticas. Algunos aspectos que se dan por nacionalismo no
    son tan concretos en la vida social en cual se debilita la
    elegibilidad de adquirir el derecho de auto-determinación
    del grupo.

    El grupo tiene que buscar los elementos de
    unificación para poder justificar su deseo de
    auto-determinación. El autor dice que la mejor forma es la
    expresión conjunta de las injusticias contra el gobierno
    (poder colonizador).

    Capítulo 5. Dependencia
    Económica

    La cuestión es en si los extranjeros con fuerte
    influencia política-económica sobre los asuntos
    internos de un estado independiente puede ser criticados por
    infracciones a los derechos del estado de
    auto-determinación.

    Los criticismos son fuertes contra los efectos de
    inversión
    extranjera y de empresas
    multinacionales asociadas con la época
    colonial.

    Dependencia o "imperialismo económico" es el
    control que tiene un país extranjero hacia un país
    satélite y utilice poder económico en lugar de
    poder político en ejércitos control a través
    de las empresas extranjeras.

    Suzanne Bodenheimer define que la dependencia de la
    infraestructura (gobierno subordinado y la estructura
    social) puede ser considerado como la funcionalidad
    equivalente a un aparato colonial.

    La dependencia económica retrasa el crecimiento
    económico de un país dependiente. Algunas
    personas incluyen que la asistencia económica,
    intercambios y las inversiones
    amenazan a los pequeños países.

    El imperialismo político y la dependencia
    económica causan la imposición de instituciones
    políticas y económicas e impone una política
    sin el consenso de los ciudadanos del estado. Esta es una
    muestra de
    violaciones a los derechos de los ciudadanos. Para contrapesar
    ese fenómeno el estado tendrá que desarrollar un
    fuerte aparato estatal en reclamar su control
    político-económico contra los agentes
    extranjeros.

    Capítulo 6. Autonomía del estado y
    la Justicia Social doméstica.

    El autor argumenta que el principio de la
    autonomía de un estado; el elemento central en la
    moralidad de estados carece de una base moral, especialmente en
    la aplicación del principio de no-intervención. El
    principio no se aplica igualmente en todo de los estados; incluso
    las mismas morales que apoyan no-intervención en algunas
    circunstancias, por otro lado, puede justificar la
    intervención en otras. La diferencia depende en la
    justicia de las instituciones domésticas de un
    estado.

    El argumento moral más fuerte para la
    auto-determinación es que independencia
    política es necesaria para eliminar la injusticia
    social y para el desarrollo de instituciones justas.

    El argumento más fuerte en contra de la
    dependencia económica es que las formas asociadas con las
    relaciones económicas internacionales producen o apoyan
    las instituciones domésticas injustas.

    Los representantes de países desarrollados apoyan
    la idea de un rápido desarrollo de las sociedades de
    países en vías de desarrollo, requiere un nuevo
    orden económico internacional y cambios en las
    instituciones socio-políticas internas en sus sociedades.
    El desarrollo de instituciones justas en muchas sociedades
    dependen en la eliminación de la injusticia distributiva
    internacional.

    III Parte.
    Justicia Distributiva Internacional.

    No es parte de la moralidad de estado que las sociedades
    afluentes tengan las obligaciones en promover el desarrollo
    económico a otras partes en el mundo.

    Uno cree que las obligaciones de justicia serían
    más responsables en esa forma. Las obligaciones de tal
    magnitud necesitan reformas institucionales a gran nivel. Los
    países ricos deben aumentar sus contribuciones a los
    países menos desarrollados.

    Las obligaciones distributivas internacionales son
    basadas en la justicia y no sólo en ayuda
    mutua.

    Capítulo 1. Cooperación Social,
    fronteras y la base de justicia.

    La Justicia, dice John Rawls, es el primer principio de
    las instituciones sociales. Su primer sujeto es la estructura de
    la sociedad; la manera en cual las instituciones sociales de
    mayor importancia distribuyen sus derechos y deberes
    fundamentales por lo cual determine la división de las
    ventajas de la cooperación social.

    El problema central con la teoría de justicia es
    la identificación de principios para formar una estructura
    social. Se proponen dos principios como posibles soluciones:

    1. Que cada persona tiene
      igualdad de derechos en el sistema entero
      de las libertades compatible con un sistema similar de libertad
      para todos.
    2. Las desigualdades sociales y económicas
      serán organizadas en que ambos (a) mayor beneficio a los
      más pobres y (b) igualdad de oportunidades para todos en
      posiciones bajo todas las condiciones. Según Rawls, las
      personas racionales bajo estos principios escogerán los
      dos principios como la más importante moral para sus
      instituciones sociales. Los principios son necesarios para
      identificar las instituciones que distribuyen los beneficios en
      la vida social-cooperación social. Si no existe
      "cooperación", no existe justicia.

    Rawls asume que "las fronteras" de los esquemas
    cooperativos se dan por las naciones de una reservación
    por la comunidad nacional. Sin embargo, la comunidad nacional se
    asocia con otras comunidades, por eso existe interdependencia de
    ellos. Si el principio fuera cierto entonces no habrá la
    posibilidad de una conducta internacional y mucho menos una
    preocupación de la justicia internacional. Tal vez, se
    puede decir que los estados son auto-eficientes pero no son
    auto-reservados.

    ¿Por qué son importantes los principios de
    justicia internacional? Rawls contesta que la conducta de la
    sociedad es controlada por los principios de justicia y de los
    derechos individuales para prevenir las guerras injustas y la
    violación de los derechos humanos
    en el mundo.

    Un acuerdo de principios regulados dará a cada
    estado una seguridad de como se comportarán los otros
    estados; asegurando una existencia pacífica entre los
    estados. Los principios más comunes entre los estados son:
    auto-determinación, no-intervención, la regla pacta
    sunt servoinda, auto-defensa justificada y los principios de jus
    en bello.

    Capítulo 2. Los derechos de los Recursos
    Naturales.

    La teoría de la justicia internacional puede ser
    aceptado por la mayoría de los estados, pero cuando se
    habla de los recursos naturales, si existe un conflicto moral
    entre los estados.

    Los recursos naturales son distribuidos en formas
    desiguales, algunos estados son ricos y estos estados les
    explotan y viven bien. Otras sociedades, que no les tienen,
    pueden llegar a un nivel de prosperidad muy limitada por la
    escasez de los
    mismos. Así es la vida, dice el autor, pero ni quiere
    decir que la vida es injusta; lo que es injusto e la manera en
    que las instituciones manejen este problema.

    Los países que sufren por la escasez de recursos
    naturales no deben sufrir por eso: igual que a los países
    que son ricos de sus recursos no deben dejar de los países
    menos afortunados. ¿Será posible en establecer un
    principio de la redistribución de los recursos naturales?
    El autor afirma que el mundo sufre una escasez de los recursos
    naturales y esto presionará una nueva conducta
    internacional para una mejor distribución de
    ellos.

    Capítulo 3. Interdependencia y la justicia
    distributiva global.

    El caso para un principio de restribución
    internacional de recursos es consistente con la asumpción
    que los estados son esquemas de auto-eficiencia. Es el
    principio más fuerte y aplicable en el mundo de estados
    auto-eficientes.

    Por la existencia de complejo relaciones
    económicas, políticas y culturales; hay un esquema
    global de cooperación social. Kant nota que la
    cooperación económica internacional construye
    nuevas bases de moralidad internacional. La interdependencia de
    los estados ha crecido desde 1945 y aumentará en el
    futuro.

    La interdependencia ha causado efectos positivos y
    negativos, por ejemplo; se abre más el espacio entre los
    países ricos de los países pobres,
    explotación internacional por parte de los países
    ricos a través de sus multinacionales, los países
    pobres desarrollan sus economías, se reestructuran sus
    políticas internas y sus economías, etc.

    El resultado más importante es que la
    interdependencia contribuyó en la distribución de
    reglas, principios y morales que son más permanentes. La
    distribución de principios, ofrece más reglas y un
    orden internacional- si existen principios entonces se
    producirán más principios de justicia.

    Capítulo 4. La diferencia entre la Sociedad
    doméstica y la sociedad internacional.

    La conclusión de que los principios de justicia
    distributivo aplican globalmente y que la cooperación
    social es producto de ellos, la consecuencia normativa de ese
    argumento es que las relaciones internacionales parecen cada vez
    más a la sociedad doméstica.

    La diferencia entre la sociedad doméstica de la
    sociedad internacional es la ausencia en la toma de
    decisiones efectivas de la sociedad internacional.

    La comunidad internacional no tiene una constitución que define la estructura de
    autoridad entre los estados, entonces no hay una fuerza de
    policía internacional que puede asistir en el cumplimiento
    de los policías. Lo que hay son instituciones en cual los
    actores entre si practican sus poderes e influencias. Los
    procesos de
    estas instituciones son de guerra, diplomacia, negociaciones y
    organizaciones transnacionales. Si existen procedimientos
    que se pueden aplicar cuando un estado no quiere cumplir con las
    normas de la comunidad internacional, por ejemplo,
    aplicación de sanciones o aislamiento diplomático,
    pero éstos no son igual de eficientes como los de los
    procedimientos de la toma de decisiones de la sociedad
    doméstica.

    En la sociedad doméstica, existe un sentimiento
    de comunidad que es un motivo importante por el cumplimiento con
    las leyes y de toma de decisiones oficiales, en cual no existe en
    la sociedad internacional. Existe un orden y la capacidad de una
    sociedad con justicias. En la comunidad internacional, justicia
    global es ausente que se puede dar una sensación de
    comunidad más íntima entre los estados. Lo que
    necesita la comunidad internacional son motivos para el
    cumplimiento de los principios de justicia.

    Capítulo 5. Los Derechos de los
    Estados.

    Los países ricos pueden reclamar mayor
    distribución, de los derechos por su superioridad
    tecnológica, económica y en la
    eficiencia.

    Las objeciones son: primero, se puede argumentar que en
    el mundo interdependiente; siempre existe el derecho de
    identificación político de las sociedades
    nacionales. Otra objeción es que la nación tiene
    derecho a sus riquezas porque los ciudadanos cumplen las reglas
    (normas) de justicia en adquirir (extraer) sus recursos materiales
    para la producción. El último es que una
    nación rica puede reservar su parte en aplicar el
    principio de cooperación global para ayudar a los
    países pobres para promover su justicia doméstica.
    La intuición es que los ciudadanos se sienten en la
    obligación de ayudar a sus propios miembros de la sociedad
    que son pobres; dando menos importancia en dar ayuda a los pobres
    de otros estados del mundo.

    El autor afirma la necesidad de redestribución de
    cooperación social es la respuesta de igualdades que sufre
    el mundo entero.

    Conclusiones

    Charles Beitz argumenta que los conceptos de relaciones
    internacionales son inadecuados y producen principios normativos
    incorrectos en la política internacional. Una
    teoría normativa de la política internacional debe
    incluir la noción de autonomía de un estado que
    está conectado con la justicia doméstica social con
    los principios de justicia distributiva internacional que
    establecen una justa división de los recursos naturales,
    los ingresos y las
    riquezas entre los individuos de las diversas sociedades. Tal
    teoría no sólo aclara y profundiza nuestras
    instituciones morales acerca de los temas de la política
    internacional, sino nos ofrecen una estructura y un
    propósito para el estudio empírico de las
    relaciones internacionales.

     

    JUAN CARLOS RAMÍREZ

    ESCUELA DE RELACIONES INTERNACIONALES

    UNIVERSIDAD NACIONAL – HEREDIA

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