- El
Cooperativismo - La Empresa como fuente de
ocupación. - Fuentes de
financiamiento. - Los bonos
- Otras Fuentes del Financiamiento
Externo - Control Contable de una
Empresa - El Reglamento Interno de la
Empresa - Conclusión
- Bibliografía
En
el presente trabajo puede
encontrar los principios
básicos el cooperativismo, la clasificación de este
que se divide en 7 principios, libre acceso y adhesión
voluntaria, control
Democrático, distribución de excedentes en
proporción a las operaciones,
limitación de intereses al capital,
neutralidad política y religiosa
venta al contado,
fomento de la educación y obras
sociales.
A sí mismo o solo eso sino además podemos
ver lo que es la empresa como
fuente de ocupación, la Fuentes de
financiamiento los tipos de acciones
preferentes y participantes, los prestamos fiduciarios o
hipotecarios los tipos de bonos.
Esto con el fin de saber de que forma se puede presentar
el capital esto es mas usado en las empresas y entre
gobiernos, como ejemplo podemos citar: Los eurobonos en Guatemala
comprados por el presidente Alfonso Portillo y vendido en su
mayor cantidad al IGSS, estos bono serán cobrados por el
IGSS al gobierno con los
interés
correspondientes.
1. Libre
Acceso y Adhesión Voluntaria:
La cooperación es la expresión
económica de la democracia y,
por consiguiente, la libertad
individual es el jefe de su funcionamiento social.
2. Control Democrático:
Las asociaciones cooperativas
se rigen mediante las más limpias y depuradas normas
democráticas: libre manifestación de la voluntad de
cada persona con igual
valor a la de
los demás; un hombre, un
voto con absoluta independencia
del capital, ya que este es servidor y nunca
amo; y autonomía frente al Estado, con
las únicas limitaciones que la moral y la
ley imponen
para proteger los intereses de la comunidad.
3. Distribución
de Excedentes en Proporción a las
Operaciones:
Este principio llamado de Howart, es la esencia de la
cooperación en cuanto es afirmación del sentido de
servicio
solidario y negación de lucro, señalando la
diferencia entre las asociaciones cooperativas y las sociedades
civiles y mercantiles. Los excedentes obtenidos, vale decir la
diferencia entre el precio de
costo y el precio
de venta, se distribuyen en proporción a las operaciones
efectuadas y no en proporción al capital invertido. A
mayor gasto, mayor ahorro.
4. Limitación
del Interés al Capital:
Las asociaciones cooperativas para su formal desarrollo y
eficiente funcionamiento social requieren capital. Empero en
ellas éste no ejerce el dominio absoluto
que tiene en las sociedades
mercantiles, en las cuales la distribución de
beneficios se hace en proporción al mismo sin tener en
cuenta a la persona, sino que es un simple servidor al que se le
paga con interés limitado.
5. Neutralidad
Política y Religiosa:
Con el objeto de mantener siempre la unidad entre los
miembros de las cooperativas se ha establecido ese principio. El
cooperador tiene completa libertad de pensar y opinar en las
órdenes políticas
y religiosas pero es conveniente que sus creencias no sean
llevadas al seno de la asociación, para evitar que el
apasionamiento pueda desviar el objetivo o
provocar choques entre personas, quebrando la
unión.
El crédito
es siempre un factor negativo en el sistema
cooperativo. Compromete los medios
económicos y frena el desarrollo de la asociación l
limpiar o paralizar sus actividades. Quien compra al contado,
compra más barato y puede ahorrar contribuyendo a la
prosperidad y estabilidad económica de la
asociación.
7. Fomento de la
Educación
y Obras Sociales:
Esta es la regla de oro de la
cooperativa:
educar y servir, con el objeto de elevar el nivel de vida
espiritual y material de los miembros de la comunidad.
El buen éxito y
el amplio desarrollo alcanzado por el movimiento
cooperativo en todas las naciones se debe al estricto
cumplimiento de estos principios:
Las empresas de servicio público: Se llaman
servicios
públicos a aquellos que presta el estado y
que satisfacen necesidades colectivas. En estas actividades
económicas por lo general se limita la competencia con
la finalidad de prestar un servicio más eficiente y
más barato. La razón de esta peculiaridad es porque
dichas empresas requieren una fuerte inversión y explotan factores escasos o
descubrimientos técnicos de gran especialidad. En otras
palabras, porque si se dejara libre a la iniciativa privada su
explotación, tendría que operarla en condiciones
monopolísticas.
El servicio público, se caracteriza por su
utilidad y
muchas veces por el grado de necesidad, razón por la cual
garantiza un crecido número de usuarios lo cual
generalmente implica una fuerte inversión.
Por las razones anotadas anteriormente, es que el propio
Estado toma a su cargo la operación de esta clase de
servicio. Sin embrago, esto no imposibilita la alternativa de que
El Estado las confiera por concesión a la iniciativa
privada, para que ésta la opere. En nuestro país,
encontramos ejemplos de esta clase:
- Ferrocarriles Internacionales de Centro América;
- Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A.;
y - Compañía de Agua del
Mariscal.
La concesión de servicios
públicos de esta naturaleza,
conlleva para el Estado, La obligación de velar por el
estricto cumplimiento de la concesión, especialmente en lo
que se refiere a tarifas del servicio que se encuentra operando
bajo estas condiciones.
1.-
¿Qué es el Cooperativismo?
El cooperativismo es una herramienta que permite a las
comunidades y grupos humanos
participar para lograr el bien común. La
participación se da por el trabajo
diario y continuo, con la colaboración y la solidaridad.
2.- ¿Cuáles son los valores
del cooperativismo?
El cooperativismos, como movimiento y doctrina, cuanta con seis
valores
básicos. Estos son:
I. Ayuda Mutua.
II. Responsabilidad.
III. Democracia.
IV. Igualdad.
V. Equidad.
VI. Solidaridad.
3.- ¿Cuáles son los principios del
Cooperativismo?
Como complemento
de los valores señalados, los principios básicos
del cooperativismo son siete:
I. Membresía abierta y voluntaria.
II. Control democrático de los miembros
III. Participación económica de los miembros.
IV. Autonomía e independencia.
V. Educación, entrenamiento e
información.
VI. Cooperación entre cooperativas.
VII. Compromiso por la comunidad.
4. – ¿Qué es una
cooperativa?
La cooperativa es
una forma de organizar empresas con fines económicos y
sociales, donde lo importante es trabajar en común para
lograr un beneficio. Se diferencia de otro tipo de empresa en que es
más importante el trabajo de los asociados que el dinero que
aportan.
5.- ¿Cuál es el objetivo final del
cooperativismo?
El
cooperativismo busca desarrollar al HOMBRE, con el valor de la
cooperación, de la igualdad, de la justicia, del
respeto y del
trabajo conjunto.
6.- ¿Cuál es el símbolo o
emblema del cooperativismo?
El
símbolo del cooperativismo son dos pinos de color verde
oscuro, sobre un fondo amarillo, encerrados en un círculo
también verde. Los pinos significan inmortalidad,
constancia y fecundidad, también la necesidad del esfuerzo
común. El círculo significa la unión y la
universalidad del cooperativismo. El fondo amarillo representa
sol, que es la fuente de la vida para el
hombre.
7.- ¿Cuál es la bandera del
cooperativismo?
La bandera tiene
siete franjas horizontales con los colores del arco
iris. Dichos colores representan todas las banderas del mundo. Es
un símbolo de la solidaridad de todas las personas y todas
las naciones.
LA
EMPRESA COMO FUENTE DE
OCUPACIÓN.
Uno de los factores que intervienen en la producción es el factor humano o factor de
trabajo. Es indudable que la participación de este factor
en la producción viene a constituir uno de los
móviles del progreso económico.
La organización de los negocios
conlleva la utilización de los diversos factores de la
producción, y entre ello el factor humano. El desarrollo
de las grandes y medianas empresas demanda de la
comunidad, los trabajadores necesarios y especializados para
desarrollar su actividad de producción. Por esta
razón es muy importante que el Estado promueva e impulse
el desarrollo educativo de un país con la finalidad de
preparar el personal que
demandará la empresa en su desarrollo. Los países
poco desarrollados encuentran a menudo la demanda de personal
especializado que no puede suplir por falta de centros de
adiestramiento
vocacional adecuado.
Determinación del tipo de sociedad que
conviene a una empresa, de
acuerdo con las necesidades del medio y los que se
persiguen:
Una vez determinado el plan de
organización que más convienen a la nueva empresa,
queda por determinar el tipo de sociedad mercantil que conviene a
la misma. No hay ninguna forma de organización de empresas conocida, hasta
ahora que se adopte a todos los tipos de negocios.
En síntesis
todas tienen determinados ventajas y desventajas que es necesario
evaluar en el momento de la
organización.
O sea que nadie, querría invertir su dinero sin
antes saber la clase de negocios que se va a organizar,
cómo va a funcionar, el lugar en que se va establecer,
posibilidad de éxito que se tenga, y en fin, todo aquello
relacionado con su organización en general.
Establecido lo anterior, veamos qué tipo de
sociedad mercantil se adoptará para financiar el capital
necesario. Para ello, habría que entrar analizar el medio
en que va a desarrollarse en sus actividades, las necesidades de
capital y los fines que se persiguen.
Si el medio en que se va establecer la nueva empresa
es económica y comercialmente desarrollada, donde no
existen prejuicios contra determinados tipos de sociedades, tales
como en las accionadas, el problema queda reducido a determinar
el tipo de sociedad según las necesidades y fines que se
persiguen.
Una cosa distinta será si el medio es poco
desarrollado y existe un desconocimiento casi completo de los
tipos de sociedades por acciones.
En éste caso el problema se complica, pues si
las necesidades de capital son muy diferentes a la
colocación de acciones, se podrá recurrir a los
préstamos en los centros colectiva o la empresa
individual.
El promotor deberá considerar una serie de
factores en el momento que planifica la organización, con
el objetivo de dar a la empresa que organiza, la forma o estructura
adecuada para su desenvolvimiento.
Entre otros, es necesario considerar los
siguientes:
- Facilidad de constitución;
- Posibilidades de reunir fondos
necesarios; - La responsabilidad de los socios o
partícipes; - En quien reside la autoridad y
la responsabilidad dela dirección; - Estabilidad que ofrece para la
aplicación; - Qué facilidades ofrece para la
aplicación; - Legislación que afectará a la
empresa; y - Grado de fiscalización que
ejercitará al Estado.
FUENTES
DE FINANCIAMIENTO.
Dentro de la organización económica que
impera en el mundo occidental, las fuentes de
financiamiento están representadas por las personas e
instituciones
que son capaces de proveer el capital para el financiamiento de
las empresas. En general estas personas o instituciones se
denominan inversionistas, las cuales desean invertir su capital
en empresas que les produzcan el máximo rendimiento o
dividendo. Por lo general, la inversión se canaliza al
sistema bancario, donde inversionistas profesionales o
pequeños ahorrantes depositan sus capitales con la
finalidad de que estos sean colocados en las empresas, en forma
de préstamos o créditos, o bien directamente destinado a
la compra de valores como sucede con los bancos de
inversión.
El financiamiento tiene dos grandes fuentes: el capital
propio y el capital prestado. El primero proviene de los propios
inversionistas o socios de las empresas, y el capital prestado se
obtiene del sistema bancario o instituciones especializadas en
financiamiento de empresas.
Cuando se trata de la empresa individual generalmente el
promotor es el propietario de la empresa quien provee el capital
invirtiendo sus fondos privados en la misma.
En las empresas colectivas existe una identidad o
relación directa entre los promotores y socios de la
empresa, de manera que el financiamiento se produce o se origina
por la relación de socios y promotores, generalmente los
promotores interesan a un grupo de
socios quienes proveen el capital de la empresa.
El caso de la empresa de responsabilidad limitada es
más o menos semejante al de la colectiva,
diferenciándose en que la aportación de los socios
deberá efectuarse previa a su funcionamiento, ya que la
legislación exige la aportación del 25% del capital
antes de iniciar sus operaciones.
La experiencia indica que en los casos de la empresa
individual la colectiva y la de responsabilidad limitada no
requiere grandes sumas de capital para desarrollar sus
operaciones, lo cual permite que la capitalización se
desarrolle o este a cargo de los socios inversionistas. Existen
excepciones en aquellas empresas que adoptando las formas de
organización indicadas, requieren fuertes montos de
capital para organizarse.
En las empresas accionadas o sociedades
anónimas, el capital está constituido por el
valor de las acciones emitidas, el cual se integran con emisiones
de bonos y obligaciones
que complementan la capitalización.
Las características que reviste la empresa
accionada, por constituir una de las formas de
organización de la empresa moderna cuyo objetivo es la
capitalización de fuente de monto de capital para
emprender actividades de producción importantes, amerita
una explicación amplia de las variadas formas de acciones,
bonos, obligaciones que dicha empresa emita, con el objeto de
hacer atractivo por el inversionista la inversión de su
capital.
El capital de las empresas accionadas como se ha dicho,
estará representada por las acciones emitidas, las cuales
pueden ser comunes y ordinarias, y preferentes o privilegiadas.
Los derechos que
confieren las acciones a sus tenedores son las
siguientes:
- Derecho de propiedad en
el patrimonio
indivisible de la sociedad; - Derecho de la trasferencia de la acción;
- Derecho de percibir dividendos;
- A inspeccionar los libros de la
empresa; - A suscribir los aumentos del capital;
- A voto en las asambleas generales; y
- A participación en el capital y las reservas y
en caso de liquidación.
Se llama valor nominal de la acción, al valor que
la empresa establece para cada acción, la cual va escrita
en el título respectivo. En algunas oportunidades las
empresas emiten acciones sin valor nominal.
Son aquellas que además de gozar de los
derechos o privilegios inherentes alas acciones comunes, tienen
ciertas prorrogativas, en cuanto al activo o en cuanto al
dividendo.
Preferencia en Cuanto al Activo.
Significa que las acciones en caso de disolución
tienen preferencia en el reparto del activo con preferencia a
otras acciones.
Preferencia en Cuanto a Dividendo.
Significa que tiene derecho a percibir un tipo
determinado de dividendo de las ganancias o utilidades, antes de
asignar el dividendo de las acciones no preferentes y
comunes.
ACCIONES PARTICIPANTES Y NO
PARTICIPANTES.
Acciones preferentes sin participación son
aquellas que según los términos de su
emisión, reciben un dividendo preferente de tipo
estipulado y nada más, y el dividendo restante sea cual
fuera, para las acciones ordinarias.
Acciones preferentes con participación son
aquellas que perciben un dividendo preferente de tipo estipulado
y después comparten con las demás acciones el resto
de los beneficios declarados dividendos. El tipo de
participación puede ser simple, inmediata o
especial.
Participación Simple.
Es un sistema por medio de la cual las acciones
preferentes reciben un primer dividendo de un tipo
señalado, y luego un segundo dividendo es repartido entre
las acciones ordinarias, hasta llegar al mismo tipo de ser
posible; y si después de ambos repartos queda un sobrante
se distribuye por igual las acciones preferentes
ordinarias.
Participación Inmediata.
Es este sistema las acciones preferentes perciben un
dividendo estipulado, y luego el resto se distribuye por igual
entre las acciones preferentes y ordinarias sin abonar a estas un
dividendo especial alguno. En otras palabras, las preferentes
gozan dos repartos.
Participación Especial.
Este sistema no es único y tiene diversas
modalidades, por ejemplo, se da a las referentes un 6% del
dividendo, luego lo mismo a las acciones ordinarias; luego a las
preferentes un 4% y a las ordinarias un 2%; así
sucesivamente hasta agotar el excedente.
ACCIONES ACUMULATIVAS Y NO
ACUMULATIVAS.
Con el objeto de hacer atractiva la inversión en
acciones preferentes a veces se establece que las acciones de un
dividendo estipulado, el cual se acumula en los años
malos, o sea cuando la empresa no tiene utilidades; en otras
palabras en un año que la empresa tiene utilidades
suficientes, se cubre los dividendos que se acumularon, a estas
acciones se les llama acumulativas. Por el contrario a veces se
establece que a las preferentes no se les pagará
dividendos en períodos en que no hay utilidades, a estas
acciones se les llama no acumulativas.
ACCIONES AMORTIZABLES
Acciones preferentes amortizables, son aquellas que las
sociedades pueden amortizarlas o rescatarlas de sus poseedores en
condiciones y términos naturalmente establecidos en la
escritura
social.
ACCIONES CONVERTIBLES
Son aquellas que son canjeables a voluntad del
propietario, por otros valores convenidos. La conversión a
diferencia de la amortización depende del tenedor o poseedor
del título.
ACCIONES PREFERENTES
PROTEGIDAS
Algunas compañías con el objeto de
garantizar o proteger el dividendo, establecen que cada
año antes del reparto del dividendo a las ordinarias, un
monto determinado para el fondo de reserva destinado a pago de
dividendos de las acciones preferentes protegidas, hasta alcanzar
determinado monto, con el objeto de pagar los dividendos de
dichas acciones aún en los años en que no haya
utilidades.
ACCIONES DE FUNDADOR, PROMOTOR Y
ADMINISTRADOR.
Estas acciones se establecen por la escritura social,
están destinadas a los fundadores o promotores por sus
servicios prestados, generalmente se establece que solo pueden
percibir dividendos cuando la sociedad haya alcanzado un
período de prosperidad.
ACCIONES GARANTIZADAS
Son aquellas cuyo dividendo esta garantizado por otra
compañía distinta de la emisora por lo general la
que utiliza el capital de esta última. Por ejemplo las
compañías de ferrocarriles arriendan con frecuencia
o explotan la propiedad de otras empresas, y estas como parte del
pago garantizan el pago de dividendos.
OTROS TIPOS DE
ACCIONES.
Acciones condicionadas, acciones ultra preferentes,
acciones sin voto, y acciones con derecho de voto.
CAPITAL PRESTADO.
El capital prestado es obtenido de diversas fuentes de
financiamiento, ya sea que las empresas lo soliciten a bancos o
instituciones de crédito especializadas en esta clase de
operaciones o a inversionistas por medio de la emisión de
bonos y obligaciones.
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PRÉSTAMOS FIDUCIARIOS E
HIPOTECARIOS.
La fuente más conocida de capital prestado esta
representada por el sistema bancario. Son estos los que otorgan
préstamos fiduciarios en los cuales la garantía
descansa sobre la solvencia económica, la
reputación y la honorabilidad de los empresarios. Otras
veces los bancos prestan con garantía hipotecaria de los
terrenos, edificios, instalaciones y eventualmente sobre el
equipo o maquinaria de la empresa, tomando en este caso la
modalidad de préstamo prendario.
Generalmente los préstamos fiduciarios se utilizan
para proveer de capital de
trabajo, ya que tienen corta duración, es decir que
son a corto plazo; por el contrario los préstamos
hipotecarios se utilizan para realizar inversiones y
su duración es de largo plazo.
Existen varios tipos, préstamos 1. Compra de vivienda
PARA QUE LAS PERSONAS REQUISITOS LIBERACIÓN DE HIPOTECA 1. Apertura de a) Saldo de 5. Constancia COMPRA DE 1. Apertura de CONSTRUCCIÓN DE 1. Apertura de la |
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gráfico seleccione la opción "Descargar" del
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LOS
BONOS
Otro tipo de capitalización
utilizado por las empresas es la emisión de bonos, los
cuales se emiten con garantía hipotecaria de algún
activo de la empresa o garantizándolos con el activo total
de la empresa.
La característica esencial de
los bonos es facilidad de reunir capital para la empresa, porque
se distribuye entre un mayor numero de inversionistas, con el
cual se logra una participación inmediata y suficiente
para las necesidades de la empresa. Generalmente, el sistema
bancario sirve de vehículo para la colocación de
los bonos. En toda emisión de bonos debe hacerse constar,
denominación, objeto y domicilio de la empresa; importe de
la emisión, tipo de interés; lugar y fecha de pago,
etc. Los bonos pueden ser nominales o al portador. El tenedor de
un bono es acreedor de la empresa que lo emite y por consiguiente
recibe un interés especificado en el titulo del bono. Un
bono no representa parte de la propiedad de la
empresa
. Concepto de
bono
"Las obligaciones son títulos de
crédito que incorporan una parte alícuota de un
crédito colectivo constituido a cargo de una sociedad
anónima. Serán considerados bienes muebles, aun
cuando estén garantizadas con derechos
reales sobre inmuebles"
Los bonos son certificados que se emiten para obtener recursos, estos
indican que la empresa pide prestada cierta cantidad
de dinero y se compromete a pagarla en una fecha futura con una
suma establecida de intereses previamente, y en un periodo
determinado
Cuando un inversionista compra un bono, le esta prestando su
dinero ya sea a un gobierno, a un ente territorial, a una agencia
del estado, a una corporación o compañía, o
simplemente al prestamista.
Es un instrumento a través del cuál el "emisor" se
compromete a devolver en una fecha determinada el monto recibido
en préstamo del "inversor" y a retribuir dicho
préstamo con una cantidad periódica en concepto de
"intereses".
2. Características generales
de los bonos
Cuando la empresa realiza una
emisión de bonos debe tener en cuenta los siguientes
aspectos:
Características De Conversión
Este
permite que el acreedor convierta los bonos en cierto
número de acciones comunes. El acreedor convierte su bono
solamente si el precio de mercado de la
acción sobrepasa el precio de conversión. Esta
característica se considera atractiva por parte del emisor
y del comprador de bonos corporativos.
Opción de compra
La
opción de compra se incluye en casi todas las emisiones de
bonos, esta da al emisor la oportunidad de amortizar los bonos a
un precio establecido de su vencimiento. En ocasiones el precio
de amortización varía con el transcurso del
tiempo,
disminuyendo en distintas épocas definidas de
antemano.
El precio de amortización se fija por encima del valor
nominal del bono para ofrecer alguna compensación a los
tenedores de los bonos redimibles antes de su vencimiento.
Generalmente la opción de compra es ventajosa para
el emisor ya que le permite recoger la deuda vigente antes de su
vencimiento. Cuando caen las tasas de
interés, un emisor puede solicitar para
redención un bono vigente y hacer otra emisión de
un nuevo bono a una tasa de
interés más baja, por ende cuando se elevan las
tasas de interés no se puede ejercer el privilegio de
amortización, excepto para cumplir con requerimientos del
fondo de amortización.
Para vender un bono amortizable, el emisor debe pagar una tasa de
interés más alta que la de emisiones no
amortizables de riesgo
igual. La opción de compra es útil para
forzar la conversión de bonos convertibles cuando el
precio de conversión del título esté por
debajo del precio del mercado.
Cupones De Compra
Los
"warrants" o cupones de compra forman parte de los bonos como
garantía adicional, para hacerlos más atractivos
para compradores en perspectiva. Un cupón de compra es un
certificado que da a su tenedor el derecho a comprar cierto
número de acciones comunes a un precio
estipulado.
Comercialización Y
Venta
Las principales emisiones de bonos se pueden hacer
de dos maneras, por colocación directa o por ofertas
públicas
La colocación directa de bonos implica la venta de una
emisión de bonos directamente a un comprador o a un grupo
de compradores, usualmente grandes instituciones financieras
tales como compañías de seguros de vida o
fondos de pensión. Las emisiones de bonos de
colocación directa no difieren en forma significativa de
un préstamo a largo plazo y virtualmente no tienen mercado
secundario.
Como los bonos se colocan directamente con los compradores, no es
necesario es registro de la emisión en la comisión
de valores de bolsa. Las tasas de interés de bonos que se
colocan directamente son ligeramente superiores a la de emisiones
públicas similares, ya que evitan ciertos costos
administrativos y de suscripción.
Ofertas públicas
Los
bonos que se venden al público los colocan generalmente
los bancos inversionistas que están en el negocio de
vender valores corporativos. El banco
inversionista recibe del emisor la compensación por el
servicio y su comisión es un porcentaje del monto
principal estipulado previamente por las partes. Los bonos que se
emiten en ofertas públicas se deben registrar en la
comisión de valores de bolsa.
El precio al cuál se ofrecen estos bonos difieren a menudo
de la tasa establecida o del cupón de bonos, si otros
instrumentos de deuda-riesgo similar producen en el momento una
tasa de interés más alta que la tasa de
cupón de bono, éste tiene que venderse con
descuento, es decir por debajo de su valor nominal, pero si la
tasa ésta por debajo de la tasa del cupón del bono,
este se vende con prima, o sea con un valor mayor al
nominal.
Forma De Emisión
Formas:
Las obligaciones podrán ser nominativas, a
la orden o al portado y tendrán igual valor nominal, que
serpa de cien quetzales o múltiplos de cien.
Nominativo:
Son aquellos
títulos en los que se indica el nombre de la persona
determinada como su titular. Es esta la única persona
facultada para exigir el cumplimiento de la obligación
documentada. Sin embargo, este título puede circular a
través de la cesión de créditos.
Requisitos y forma de
pago
Generalmente es ordinaria directa, en
cupones que comprenden capital e intereses, insertos en el mismo
documento, con vencimiento iguales y sucesivos, salvo el
último cupón que puede ser diferente. En el caso de
los bonos convertibles en acciones, lo usual es que la
amortización sea en una sola cuota al
vencimiento
Amortización de un
Bono:
Corresponde a la cancelación total
(única vez al vencimiento) o parcial de la deuda (en
fechas predeterminadas),
Cupón:
Es el monto que
paga un bono en cada período en concepto de renta y/o
amortización. Los bonos están formados por uno o
varios cupones que representan los diferentes pagos que va hacer
el bono a lo largo de su vida.
Clasificación
de los bonos
Los bonos pueden ser públicos y
mercantiles. Los primeros son emitidos por el Estado o por las
municipalidades con el objeto de reducir el medio circulante, o
bien para realización de obras publicas. Los bonos
mercantiles son emitidos por las empresas y su objeto es obtener
capital de las inversionistas.
Atendiendo el objeto que los bonos
deben llenar, se dividen así:
- Bono de
Adquisición.
Que son emitidos con la finalidad de
adquisición de activo fijo.
- Bono Consolidado.
Se llama así porque tiene por
objeto consolidar en una sola emisión, distintas
emisiones hechas anteriormente.
- Bonos de
Conversión.
Estos bonos tienen por objeto
convertir en una sola deuda las emisiones que se hubieran hecho
anteriormente, contando con la emisión del poseedor de
dichos bonos.
Por la garantía pueden
dividirse en:
- Bonos de Obligación
Preferente:
Son los que se emiten con la
garantía en la primera hipoteca.
- Bonos de Primera, Segunda o
Tercera Hipoteca.
Como su nombre lo indica, se
garantizan con las hipotecas primera, segunda, etc.
- Bonos con Garantía
Especifica
Son los que se emiten con
garantía de algún activo.
- Bonos Sin Garantía
Hipotecaria
Son los que se emiten sin
garantía de hipoteca.
- Bonos de Fideicomiso.
Un fideicomiso puede obtener la
autorización para emitir bonos con el objeto de
fortalecer financieramente una empresa.
- Bonos Endosados o
Avalados.
Son los que se emiten con la
garantía o el aval de una empresa diferente a la
emisora
- Bonos
Participantes.
Se emiten por excepción y se
caracterizan porque pueden percibir un interés adicional
cuando las utilidades alcanzan determinado monto.
- Bonos de Interés Sobre
Utilidades.
Dentro del medio financiero se
utilizan poco y los intereses únicamente se pagan cuando
la empresa ha obtenido suficientes ganancias.
Por la forma de amortización y
pago:
- Bonos Redimibles
Son emitidos a un plazo determinado,
pero pueden ser llamados anticipadamente a rendición a
voluntad de la empresa.
- Bonos
Convertibles.
Son los que facultan al tenedor a
cambiarlos o convertirlos en otros valores de la
empresa.
- Bonos en Serie.
Son los que forman parte de una misma
emisión y se van poniendo a la venta en series
sucesivas.
- Bonos de
Amortización.
Son los que se emiten con respaldo de
un fondo de amortización tomado de las utilidades que
garantizan el pago del interés y del principal a su
vencimiento.
Extinción de
los Bonos.
Representando los bonos una deuda de la
empresa frente a terceros, las formas de extinguir los bonos se
determinan: conversión, refundición, y
rendición.
Conversión
Consiste en cambiar un bono por
otro, generalmente mas atractivos para su poseedor.
Re Fundición:
Consiste en la extinción
de una emisión y su canje por otra de distinta naturaleza,
generalmente se hace con el sentimiento de tenedor de
bono.
Para ver el gráfico seleccione la
opción "Descargar" del menú superior
Rendición.
Consiste en el pago del bono a su
vencimiento o antes, si está estipulado en la
emisión que pueden ser llamados a redención por
sorteo.
Obligaciones.
Otra de las fuentes de capitalización de
las empresas, consiste en la emisión de obligaciones, que
generalmente se realizan con garantía hipotecaria del
activo de la empresa. La modalidad más interesante
consiste en las obligaciones denominadas cedulas hipotecarias,
que fraccionan el valor total de una hipoteca.
OTRAS
FUENTES DEL FINANCIAMIENTO EXTERNO.
Existen fuentes de financiamiento internacional
de carácter bancario; se trata de
instituciones bancarias internacionales cuyo propósito es
estimular la producción de los países en
vías de desarrollo. Entre otras pueden mencionarse las
siguientes:
- Banco internacional para la reconstrucción y
fomento (BIRF) - Banco de importación y exportación (EXIBANK)
- La corporación internacional financiera
(CIF) - Banco internacional e desarrollo (BID), y
otros
Disolución – Fracasos; Auditoria
Interna.
La disolución ocurre en aquellas empresas
constituidas en personas jurídicas. Se entiende por
disolución al fenecimiento o muerte de la
persona jurídica.
Una sociedad mercantil, puede disolverse por las causas
siguientes:
- Por mutuo acuerdo de los socios que la
integran; - Por fenecimiento del plazo estipulado para su
existencia. - Por retiro de uno de los socios.
- Por quiebra de
la sociedad (perdida del 50% del capital social); - Por fallecimiento de un socio.
- Por concluir el objetivo por el cual se constituyo;
y - Por quiebra de uno de los socios; que la
integran.
Auditoria Interna.
La auditoria interna: es un elemento del control
interno, siendo su principal función,
la de evaluar y fiscalizar los demás medios de
control.
Lo anteriormente expuesto, nos indica que pesa sobre el
auditor interno, una gran responsabilidad, debido a que su
función como tal lo obliga a:
- Vigilar si los bienes de la hacienda son
adecuadamente controlados y contabilizados - Si los egresos han sido debidamente
autorizados. - Si se observan las normas de procedimientos
vigentes: y - Si las cuentas y
sus estados periódicos presentan un cuadro imparcial de
las operaciones
Los demás elementos de control interno, son
puestos en conocimiento
del personal a través de organigramas de
organizaciones
con planes contables y reglamentación interna.
Control Interno.
Un sistema de control interno, puede definirse
como la coordinación del sistema de contabilidad y
de los procedimientos de empresas, de tal manera que el trabajo
de un empleado llevando a cabo sus labores delineadas en una
forma independiente, compruebe continuamente el trabajo de otro
empleado hasta determinado punto que pueda involucrar la
posibilidad de fraude o
errores.
Son elementos constituidos de control interno; los
siguientes.
- Organizacional estructural.
- Procedimiento de trabajo.
- La contabilidad de registros.
- Informes.
- Estándares de rendimiento; y
- Auditoria Interna.
CONTROL CONTABLE DE UNA EMPRESA
Organización de la contabilidad de una
empresa.
La organización del sistema de contabilidad,
cuando se trate de empresas pequeñas, con frecuencia es
factible, que ciña estrechamente a principios
estandarizados, los cuales con mínimos ajustes pueden
emplearse en diversas clases.
En cambio las
medianas y grandes empresas, se tropezará con la
complejidad, la especialización y por consiguiente, con la
estructuración de un sistema de medida.
Se hace necesario, para la implantación de un
sistema de contabilidad, la especialización y por
consiguiente, con la estructuración de un sistema a la
medida.
Con lo anteriormente expuesto, se comprueba el principio
de aplicación del elemento constituido del control interno
ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL.
La creación de una organización y la
delegación de responsabilidades son sin duda alguna,
requisitos inmediatos de control.
Lo cual obedece a que una organización depende en
último término de sus componentes individuales, la
asignación de cargo brinda la oportunidad de colocar a
cada gente en el lugar en donde sus aptitudes podrán
rendir el máximo individual y colectivo consideradas. Esta
separación de las funciones
encierra el germen de un control mejor de un desenvolvimiento de
trabajo más adecuado.
Las computadoras
personales constituyen una herramienta muy importante el registro
de las operaciones diarias que realiza las empresas en la
actualidad.
Sistemas de Contabilidad.
Se entiende por sistema, el conjunto ordenado de
principios y reglas coordinadas entre si, sobre determinada
materia.
Como consecuencia en el aumento del comercio y la
ampliación de la industria se
ha impuesto la
necesidad de establecer normas de la contabilidad, de las
diferentes empresas que las llevan a cabo.
Como sistemas de
contabilidad, aplicados a las diferentes empresas, pueden
citarse:
- Sistema de partida simple:
- Sistema de partida doble;
- Sistema de pólizas;
- Sistemas de comprobantes; y
- Sistema de inventario
perpetuo, etc.
En la practica, puede determinarse que no existe
ningún sistema fijo de los enumerados anteriormente, pues
como es de conocimiento de los estudiosos de la materia, la
partida doble es el sistema universalmente usado, aunque no
siempre se adapta a las exigencias de la empresa.
Pero como es natural, en todo el sistema de contabilidad
bien planificado, debe obtenerse un máximo de
información como un mínimo de esfuerzo. En tales
circunstancias, para obtener los mejores resultados debe
recurrirse a diversos procedimientos que tiendan a simplificar el
trabajo. Y en esta actividad, como en tantas otras de la vida
moderna las maquinas brindan una buena oportunidad para lograr
eficacias y rapidez.
EL
REGLAMENTO INTERNO DE LA EMPRESA
De acuerdo que para el efecto determinara la legislación
laboral guatemalteca:
Reglamento Interno de trabajo es el elaborado por el
patrón de acuerdo con las leyes,
reglamentos, pactos colectivos, y contratos
vigentes que lo afectan, con el objeto de precisar las
condiciones obligatorias a que deben sujetarse, el patrono y sus
trabajadores, con motivo de la ejecución o
prestación concreta del trabajo.
Como es natural por innecesario no se
incluirán en el reglamento las disposiciones contenidas en
la ley.
La Ley, establece que todo patrono que ocupen en su
empresa permanentemente diez o más trabajadores, queda
obligado a elaborar y poner en vigor su respectivo reglamento
interior de trabajo.
Así mismo, todo reglamento interior de
trabajo debe ser aprobado previamente por la inspección de
trabajo; debe de ser puesto en conocimiento de los trabajadores
con quince días de anticipación.
A la fecha en que va a comenzar a regir,
deberá imprimirse en caracteres fácilmente legibles
y se ha detener constantemente colocado, por lo menos en dos de
los sitios más visibles del lugar de trabajo, en su
defecto a de suministrarse impresa en un folleto a todos los
trabajadores de la empresa de que se trate.
Las disposiciones que contienen el párrafo
anterior deben observarse también para toda
modificación derogatoria que haga el patrono del
reglamento interior de trabajo.
Lo mismo que, este reglamento comprenderá las
reglas de orden técnico y administrativo necesarias para
la buena marcha de la empresa; las relativas a higiene y
seguridad en las labores, como indicaciones para evitar que
se realicen los riesgos
profesionales e instrucciones para prestar los primeros
auxilios en caso de accidentes, y
en general todas aquellas otras necesarias para la
conservación de la disciplina y
el buen cuidado de los bienes de la empresa. Además debe
contener:
- Las horas de entrada y salida de los trabajadores
o periodos de descanso durante la jornada; - El lugar y el momento en que debe comenzar y
terminar las jornadas de trabajo. - Los diversos tipos de salarios y
las categorías de trabajo a que
correspondan; - El lugar, día y hora de
pago; - Las disposiciones disciplinarias y procedimientos
para aplicarlas. Es entendido que se prohíbe descontar
suma alguna de salario de
los trabajadores en concepto de multa y de la suspensión
del trabajo, sin goce de salario, no puede decretarse por
más de ocho días, sin antes haber oído al
interesado y a los compañeros que este
indique. - La designación de las personas del
establecimiento ante quines debe presentarse las peticiones de
mejoramiento o reclamos en general y la manera de formular unos
a otros. - Las normas especiales pertinentes a las diversas
clases de labores, de acuerdo con la edad y sexo de los
trabajadores y las normas de conducta,
presentación y compostura personal que estos deben
guardar, según lo que requiera la índole del
trabajo.
Como conclusión podemos decir que las
asociaciones cooperativas se rigen mediante las más
limpias y depuradas normas democráticas: libre
manifestación de la voluntad de cada persona con igual
valor a la de los demás; un hombre, un voto con absoluta
independencia del capital, ya que este es servidor y nunca amo; y
autonomía frente al Estado, con las únicas
limitaciones que la moral y la ley
imponen para proteger los intereses de la
comunidad.
Y que la forma movimiento de las empresas se rige mas
que nada por documentos los cuales son percibidos o concedido, en
caso de las acciones, al vender una acción estamos dando
una parte de la empresa al comprador, lo cual lo hace propietario
de ella.
Fotocopias dadas por el profesor
Vivas. 16 páginas.
Mario Flores