La presente monografía trata de explicar en forma clara
y sencilla el Dictamen o Dictámenes de un auditor
Independiente.
El Trabajo
está dividido en cuatro partes o Capítulos:
El primero nos habla del Dictamen en un marco conceptual, es
decir nos da el concepto del
termino DICTAMEN, y también las Normas que
regulan a éste.
La segunda parte está evocada a lo que corresponde a
las partes o el contenido de un DICTAMEN; como el Título,
Destinatario, etc…; cada una de ésta partes es
brevemente explicada para no cansar la vista del lector, es por
eso que hemos tratado solo de desarrollar los puntos mas
resaltantes de este tema.
La tercera parte corresponde a los Tipos de Dictámenes,
en éste capítulo hemos desarrollado cinco tipos de
Dictámenes, entre ellos se encuentran: Opinión
Limpia, opinión calificada o con salvedades, entre
otras.
La cuarta parte desarrolla algunos modelos de
Dictamen que son los mayormente empleados por los Auditores.
Esperamos haber abarcado las partes de mayor importancia en lo
que se refiere a los "Dictámenes de Auditores".
1.1 CONCEPTO
El informe del
auditor es el medio a través del cual se emite un juicio
técnico sobre los estados contables que ha examinado.
Mediante este documento el auditor expresa:
- que ha examinado los estados contables de un ente,
identificándolos. - cómo llevó a cabo su examen, generalmente
aplicando normas de autoría, y - qué conclusión le merece su auditoría, indicando si dichos estados
contables presentan razonablemente la situación
patrimonial, financiera y económica del ente, de acuerdo
con normas contables vigentes, las que constituyen su marco de
referencia.
La importancia del informe para el auditor es capital. Es la
conclusión de su trabajo, por lo cual se le debe asignar
un extremo cuidado verificando que sea técnicamente
correcto y adecuadamente presentado. Es común que el
informe del auditor sobre estados contables se denomine "Dictamen
del auditor".
Por lo tanto, el informe o certificado del auditor
independiente se emite únicamente después de una
revisión de las manifestaciones efectuadas por su cliente sobre su
posición financiera y resultados de sus operaciones tal
como se muestran en los estados financieros publicados.
1.2 NORMAS QUE REGULAN EL DICTAMEN
En el Perú rigen los pronunciamientos que emite la
IFAC, denominadas Normas Internacionales de Auditoría
– NIA las mismas que deben ser aplicadas en toda
auditoría independiente que se realice en entidades
siempre y cuando esté dirigido para expresar una
opinión.
Sin embargo, las NIA´s no se superponen a las
convenciones locales que regulan la auditoría en un
país.
Las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (cuarta
norma relativa al informe) establecen lo siguiente: El dictamen
contendrá ya sea la expresión de opinión con
respecto a los estados
financieros tomados en conjunto, o una aseveración en
el sentido de que no puede expresarse una opinión. Cuando
no se puede expresar una opinión en que el nombre del
auditor esté relacionado con estados financieros, el
dictamen debe contener una indicación clara y concisa de
la naturaleza del
examen del auditor y el grado de responsabilidad que está asumiendo.
II.- ELEMENTOS BASICOS DEL
DICTAMEN
Titulo
Destinatario
Párrafo introductorio
Párrafo del alcance
Párrafo de la opinión
Fecha y firma del dictamen
2.1 TITULO : Dictamen de los auditores
independientes.
Para resaltar la independencia
del auditor que suscribe su opinión y que obviamente el
examen se llevó a cabo de acuerdo con normas de
auditoría generalmente aceptadas. No es aplicable utilizar
la denominación Dictamen de los Auditores Externos porque
no menciona la calidad de
independiente que es fundamental y muy importante.
2.2 DESTINATARIO
El dictamen está dirigido al primer nivel de la empresa o
entidad examinada, que normalmente son los accionistas y los
directores o cargos similares que ha dispuesto la
contratación de los servicios
profesionales de auditores independientes. En casos especiales la
auditoria se practica a determinada empresa o entidad
y el dictamen se dirige a la entidad que efectuó el
contrato como
por ejemplo los organismos internacionales que contratan
directamente los servicios de los auditores independientes para
examinar determinado proyecto o
entidad- Aún cuando es obvio, es conveniente mencionar que
la razón social debe ser la misma que figura en la
escritura de
constitución y documentación oficial y no siglas
comerciales.
2.3 PARRAFO INTRODUCTORIO
Este primer párrafo
tiene la redacción que se menciona a
continuación:
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