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Código Civil




Enviado por gcoccorese



    Indice
    1.
    Introducción

    2. Evolución Histórica del
    Código Civil Venezolano

    3. Codificación
    4. Códigos Civiles
    Venezolanos

    5. Conclusión
    6. Bibliografía

    1.
    Introducción

    Los Códigos Civiles son el fundamento legal para
    cualquier sociedad, en
    nuestra legislación han existido una serie de distintos
    Códigos Civiles que han cambiado y avanzado a
    través del tiempo; en la
    sociedad Venezolana se han presentado una serie de cambios
    relacionados con la familia,
    personas, costumbre, etc. Y al momento de ocurrir estos cambios
    en la sociedad, las leyes tienen que
    ser modificadas para poder
    adaptarse a esta nueva sociedad cambiante.
    A continuación en este informe se
    presentaran una serie de datos importantes
    relacionados con los Códigos Civiles Venezolanos, su
    estructura y
    las modificaciones a las que se han confrontado.

    2. Evolución Histórica del Código
    Civil Venezolano

    El primer Código
    civil se pone en vigencia cuando la presidencia del General
    Páez en el año de 1861, este Código tiene
    una inspiración en el Código de Andrés
    Bello.
    El segundo Código Civil es el de 1867, este fue una copia
    del Código Civil del célebre Español
    García Gayena.
    El tercer Código Civil fue el de 1896, este trae una serie
    de nuevas disposiciones sobre el Derecho de Familia,
    facilitando la celebración del matrimonio.
    Sigue el Código Civil de 1904 a principios de
    este siglo, también tienen algunas reformas y
    modificaciones que fueron consideradas retrasadas, pero que
    representaron algunos avances como por ejemplo: se consagra por
    primera vez la institución del Divorcio en
    materia de
    Derecho de Familia en Venezuela.
    El quinto Código Civil fue en 1916, tiene una serie de
    modificaciones de carácter
    inconveniente en cuanto a la inquisición de paternidad
    ilegitima.
    En el Código Civil de 1922 se eliminan algunas trabas para
    la inquisición de la paternidad ilegitima, se establecen
    algunos adelantos y algunas reformas en materia de arrendamiento
    y venta.
    El código Civil de 1942 que es el que nos rige
    parcialmente en la actualidad, introdujo una serie de reformas
    convenientes, se estableció la comunidad
    concubinaria que es una regla de Derecho que permite a la mujer que
    había vivido en concubinato prolongado, solicitar derechos patrimoniales de su
    concubino. Se hicieron algunas reformas en materia de obligaciones,
    se destacó la llamada tutela del Estado para
    los menores abandonados. El Código Civil de 1942
    duró 40 años en vigencia y fue derogado
    parcialmente por el Código Civil que nos rige actualmente
    que es el de 1982, este es el Octavo Código Civil
    Venezolano. En este código se establecieron distintas
    modificaciones en materia del Nombre, Tutela, Patrimonio,
    Patria
    Potestad, es decir, que la reforma del Código Civil de
    1942 operada en el 1982 tiene una serie de aspectos positivos y
    que se refieren particularmente a la materia de
    familia.

    3.
    Codificación

    La Codificación en general: En determinados
    momentos los pueblos agrupan y ordenan todas sus normas
    jurídicas vigentes o por lo menos agrupan y ordenan todas
    las normas vigentes de una de las ramas de su Derecho, ello
    obedece, a las siguientes causas:

    1. A la necesidad de facilitar el
      conocimiento del Derecho cuando este se encuentra contenido
      en una multitud de normas dispersas.
    2. A la conveniencia de sustituir gran cantidad de
      normas casuística por un menor numero de normas que
      establezcan principios generales.
    3. A los deseos de unificación de las varias
      legislaciones imperantes en un estado, deseo que suele
      responder al movimiento
      de unificación política;
      y
    4. Al propósito de introducir cambios radicales
      derivados de una revolución social.

    Formas de Codificación:

    1. La recopilación, que es la recolección
      y yuxtaposición cronológica de las normas;
      y
    2. La codificación propiamente dicha, que
      consiste en reunir todas las leyes de un sistema
      jurídico o por lo menos de una rama del Derecho en una
      sola ley general y
      sistemática donde se fusionan las
      anteriores.

    Las Codificaciones antiguas solían ser
    recolecciones de todas las leyes vigentes; las modernas suelen
    ser codificaciones propiamente dichas de las normas de una rama
    del Derecho.

    Principales etapas de la codificación
    Moderna:

    1. Código Civil de Napoleon de
      1804. Es el primer Código Moderno de la edad
      contemporánea, el Código napoleónico
      obedeció a la necesidad de unificar los dos sistemas
      jurídicos vigentes en Francia,
      así como también al deseo de introducir reformas
      inspiradas por la revolución
      francesa.
    2. Códigos Americanos del siglo pasado. La
      necesidad de lograr la unificación política de
      introducir reformas, unida a veces a una reacción contra
      las antiguas potencias colonizadoras, hizo que en la América del siglo pasado se desarrollara
      el movimiento de la codificación.
    3. El Código Civil Alemán. La
      codificación Alemana, tropezó con la
      oposición de Savignny y la Escuela
      Histórica del Derecho, y, hasta la creación del
      Imperio, con la falta de un órgano legislativo
      común al país.
    4. La codificación civil Suiza. La
      codificación suiza tropezó con el
      obstáculo de la
      organización federal del país.
    5. Código Brasilero de 1916. Sintetiza muchas
      corrientes: la tradición portuguesa, proyectos
      brasileros anteriores, el código Francés. Los
      códigos civiles Italiano, Español, Argentino,
      etc…
    6. Código Soviético de 1922. Entró
      en vigencia el 01/01/1923, su proyecto lo
      elaboró es profesor Hoichoacn en 3 meses, lo que explica
      algunos de sus defectos, como por ejemplo sus frecuentes
      antinomias.
    7. Código Civil Mexicano de 1928. Es un
      código largo, que se caracteriza por constituir la
      más fuerte reacción contra el individuo acismo
      dentro de los códigos occidentales.
    8. Código Civil Italiano de 1942. Su
      preparación comenzó en 1924 bajo la dirección descialoja. Se compone de unas
      "Disposiciones Preliminares" y de 6 libros que
      entraron en vigencia separadamente entre 1938 y
      1942.
    9. Código Civil Portugués de 1967.
      Aprobado el 2 de Noviembre de 1966, entró en vigencia el
      1º de junio de 1967, el nuevo Código Civil
      Portugués, objeto de posteriores reformas, es aun
      admirable texto legal
      que se destaca por su alto nivel científico.

    4. Códigos
    Civiles Venezolanos

    El Congreso de Colombia de 1825
    decretó que las leyes españolas seguirían
    vigentes en el país, en todo en cuanto no se opusieran al
    nuevo Estado y que el orden con lo que debían observarse
    esas leyes era la siguiente:

    1. Las pragmáticas
    2. La recopilación de Indias
    3. La nueva recopilación de Castilla
    4. Las 7 partidas

    En 1853 el congreso accedió a la solicitud del
    Dr. Julián Viso de que se le concediera ayuda
    económica "en la empresa de
    redactar" los Códigos Civil y Penal y sus respectivos
    procedimientos. Al año siguiente Viso
    presentó un proyecto de Código Civil que no
    llegó a ser considerado por el Congreso.

    El primer Código Civil Venezolano.
    En 1861 el gobierno de
    Páez encomendó a Viso un nuevo proyecto de
    Código Civil, que fue acogido favorablemente por una
    comisión revisora y promulgado el 28 de Octubre de 1862
    para comenzar a regir el 1º de Enero de 1863. Este primer
    Código perdió su vigencia el 8 de agosto de 1863
    por causa del famoso Decreto de Falcón que derogó
    todas las normas jurídicas dictadas por el gobierno
    central después de estallada la revolución
    Federal.

    • El Código de 1867

    El 21 de Mayo de 1867 se dictó en medio de la
    mayor premura un nuevo Código Civil que era casi una copia
    literal del proyecto español. El resultado fue un
    código radicalmente desadaptado al país.

    • El Código de 1873

    El 20 de febrero de 1873 se dictó un nuevo
    Código Civil inspirado en el código Italiano del
    65. No se tomaron en cuenta las profundas diferencias existentes
    entre la realidad social italiana y la Venezolana, por lo cual
    muchas de sus normas no se adaptaban al país.

    • El Código de 1896

    Se reformó nuevamente el código civil,
    tratando de adaptarlo al medio social, de eliminar algunas
    instituciones
    originales y absurdas del código del 73 y de acoger
    algunos principios admitidos pacíficamente por la doctrina
    y jurisprudencia
    Franco-Italiano.

    • El Código de 1904

    Se dictó un nuevo código civil cuya
    principal innovación consistió en introducir
    el divorcio.

    • Los Códigos de 1916 y de 1922

    En 1916 se dictó un nuevo Código Civil que
    introdujo innovaciones muy importantes para adaptar la
    legislación al medio social.
    En 1922 se reformó nuevamente el código civil,
    siendo la principal innovación la eliminación de la
    inquisición de paternidad natural como principio, limitada
    cuyo anteriormente al caso de rapto, lo que evidentemente
    constituyó un retroceso.

    • El proyecto del 31 y el Código de
      1942

    En 1931 se elaboró un nuevo proyecto de
    código civil, cuya discusión no concluyó el
    congreso, promulgado en 1942 sus innovaciones tuvieron como
    finalidad adapta la legislación al medio
    social:

    1. Se estableció la presunción de
      comunidad de bienes en
      los casos de unión extra – patrimonial
    2. Se permitió la libre investigación de la paternidad natural en
      la vida del padre.
    3. Se convirtió al hijo natural en heredero
      forzoso del padre, dándole la mitad de lo que
      corresponde al legitimo.
    4. El Estado asumió "de hecho", la tutela de los
      menores abandonados.
    5. Se introdujeron otras reformas sustanciales,
      especialmente en materia de obligaciones, inspiradas en el
      Proyecto Franco – Italiano.

    Estructura del Código Civil Venezolano
    Vigente
    El Código Civil actual Venezolano es el código
    civil del 42 con reforma del 82, es un todo orgánico, es
    decir que las disposiciones contenidas en este código son
    de sentido orgánico coherentes y correlativos como todo
    documento codificado está dividido en secciones y
    libros.
    La estructura material del Código Civil: Un titulo
    preliminar que contiene disposiciones básicas y
    fundamentales lo que se inicia como es natural con el
    artículo 4 y concluye con el artículo 14.
    Desde el artículo 15 se inicia el titulo I del Libro Primero
    del código Civil. Se refiere a la jurisdicción
    especial, ese primer libro es fundamental dentro de la organización de la sociedad Venezolana en
    materia de personas.
    A partir del artículo 525 se in8icia el libro segundo que
    se denomina de los bienes de la propiedad y
    sus modificaciones, la doctrina lo llama de los bienes y de las
    cosas, inicia en el artículo 525 y concluye en el 795.
    Luego en el artículo 796 se inicia el tercer libro, el
    titular se denomina de las materias de adquirir y trasmitir la
    propiedad y demás derechos, allí están
    constituidas las disposiciones relativas a los principales
    Derecho Reales fundamentalmente el Derecho de Propiedad. Este es
    el libro final y concluye en el artículo 1.987.
    A partir del artículo 1988 hasta el artículo 1993
    encontramos las disposiciones transitorias que fueron previstas
    por el legislador Venezolano en el orden del modos operandi.
    Luego encontramos dos disposiciones finales en los
    artículos 1994 y 1945; las disposiciones finales se
    refiere a la oportunidad que empieza a seguir el código
    actual.
    Este todo orgánico que nos rige y que es de capital
    importancia para vigencia del Derecho Venezolano, promulgado por
    el Congreso de la República en la oportunidad
    correspondiente que es indicada, se inicia con el titulo
    preliminar y siguen sucesivamente tres libros con el orden de
    materia que se ha señalado libro primero, libro segundo y
    libro tercero.

    5.
    Conclusión

    Como hemos podido apreciar los Códigos Civiles
    Venezolanos han sido de gran influencia para los Venezolanos, sus
    cambios y modificaciones a través de los años han
    marcado gran evolución en cuanto materia Civil se refiere,
    claro quedan muchas lagunas por llenar y muchos cambios que
    atravesar con la esperanza que nuestros legisladores sean capaces
    de adecuar el sistema normativo a nuestras distintas
    necesidades.

    6.
    Bibliografía

    Derecho Civil.
    Personas

    Aguilar Gorrondona

    • Derecho Civil I

    Alberto La Roche

     

     

     

     

    Autor:

    Gaetano Coccorese

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