Regulación de la prostitución en relación a los Derechos Humanos (página 4)
Uno de los puntos habitualmente pasados por alto en este
tipo de investigaciones académicas es la
consideración de que se trabaja con personas y se debe
tomar en cuenta la dimensión humana de éstas,
recordar que son personas como cualquier otra, capaces de sentir
dolor, frustración, alegría, angustia, y todos los
sentimientos, los más elevados y los más bajos,
como cualquier otro ser humano. Es pues importante tomar en
cuenta para este tipo de estudios que las TSC no son un simple
objeto de estudio ni un objeto de placer más, sino que
son, ante todo, personas humanas. En este subtítulo se
considerará este y otros aspectos. Para ello, partiremos
considerando el testimonio de una TSC, extraído del libro
Sexo, placer y sexualidad, pág. 118, de las autoras
bolivianas Julieta Paredes y María Galindo.
"Bueno, se dicen muchas cosas sobre las trabajadoras
sexuales. Yo me quiero presentar, soy como todas las trabajadoras
sexuales comerciales, por lo tanto, merezco respeto.
¿Sería mucho pedir que se me respetara como mujer?,
porque yo también nací de una mujer. Uno debe
respetar a la mujer.
"Nosotras las trabajadoras sexuales somos mujeres con
mucho más sufrimiento, por la discriminación, somos
mal miradas por la sociedad, por las mismas autoridades, por la
prensa que nos
trata mal, a veces como ‘mujeres alegres’,
‘prostitutas’, ‘rameras’,
‘putas’, ‘mujeres de la vida’,
‘mujeres fáciles’, etc., sin saber
quiénes somos como personas. También somos mal
miradas por nuestras familias. ¿Por qué debemos
pagar un precio tan alto?… Si lo que nosotras realizamos
siempre ha existido. A fin de cuentas nosotras
realizamos nuestra actividad con otros. Al cliente, por ejemplo,
¿quién lo juzga?, ¿quién lo ofende
como se hace con nosotras?, ¿quién lo discrimina?
Que sepamos, nadie.
"Para nosotras, lo que hacemos es un trabajo, porque nos
ayuda a pagar nuestros gastos, vivir al día con las
cuentas de arriendo, para comer, para vestirnos, porque nosotras
no vamos a andar desnudas por las calles.
"Tampoco queremos que se discrimine a nuestros hijos e
hijas en los colegios por ser hijas de trabajadoras
sexuales.
"Todas estas cosas son nuestra realidad, la realidad de
nuestras vidas, la vida de la trabajadora sexual…"
En la literatura también se
considera el campo del TSC desde la perspectiva humana. La novela La dama
de las camelias de Alejandro Dumas hijo presenta en la
página 111 la siguiente reflexión de una
prostituta:
"Ya me cansé de ver tantas personas con las
mismas pretensiones, que me pagan y se creen en paz conmigo. Si
las que comienzan nuestro vergonzoso oficio supieran antes lo que
es, primero se harían mozas de cántaro. Mas nos
seduce la vanidad de ostentar lujosos trajes, ricos adornos,
coches, pedrerías; creemos lo que oímos, puesto que
la prostitución no está exenta de fe, y pronto
venimos a gastar nuestro corazón,
cuerpo y figura; se nos mira como a bichos salvajes, se nos
desprecia como a parias, siempre nos rodea gente que nos toma
más de lo que nos da, y después de todo nuestro fin
es el hospital, muriendo como perros, luego de
haber perdido a algunos y habernos perdido a nosotras
mismas."
En otro fragmento, el relato contiene los siguientes
comentarios, que concuerdan con algunas características
observadas en las TSC de la ciudad de La Paz:
"Todos los que rodean a las mujeres de mi esfera tienen
un interés especial en escudriñar nuestros hechos y
comentar nuestros dichos, para luego deducir consecuencias de las
acciones más triviales. He aquí por que es raro el
que tengamos un amigo. Los que nos cercan no son más que
almas egoístas, que gastan su dinero, no por nosotras,
como dan a entender, sino por satisfacer su amor propio y hacer
ostentoso alarde de vanidad.
"Con esas buenas gentes hay que estar alegres cuando
ellos lo están, tener apetito cuando quieren comer. Nos
está vedado el manifestar el menor síntoma de
sensibilidad, bajo la pena de una rechifla y de ver desplomarse
nuestro crédito.
"No nos pertenecemos. Pasamos del estado de seres al de
cosas. Somos las primeras para satisfacer su amor propio y las
últimas en su estimación."
Otra obra, Mis días y mis noches, testimonio
novelado de Julie (pseudónimo), una TSC incluye, entre
otros elementos, una consideración acerca del decaimiento
físico y psicológico de una persona sometida a este
ritmo de vida (pág, 115-116):
"Mientras trataba de buscar la seguridad durante mis dos
primeros años de oficio, no sospechaba que estaba pagando
un precio cuyos efectos se dejaban sentir poco a poco. Empezaron
a aparecer ciertos síntomas que me dejaron. perpleja. El
hecho de que durmiera demasiado era un viejo problema, pero ahora
era algo que empeoraba. Por otra parte, me resultaba muy
difícil arreglarme apropiadamente cada día. Mi
atractivo parecía estar desapareciendo.
"Yo no sabía que me estaba encaminando hacia una
crisis. Hoy
creo. saber por qué. Las constantes heridas a mi orgullo y
a mi dignidad comenzaban a afectarme. A diferencia de las otras
chicas, no me he aturdido nunca ni con el alcohol ni con las
píldoras, y por lo tanto no podía ser tan
Indiferente como ellas a los insultos y la
grosería.
"Todo esto estaba haciendo efecto en mi cabeza. Mi
cuerpo funcionaba perfectamente. Realizar el acto sexual con uno
o dos individuos cada noche, excepto los domingos, no es
más que un esfuerzo físico, y yo puedo
resistirlo.
"Pero permanecer fríamente sobria en un bar,
esperando noche tras noche, semana tras semana, que llegue
alguien, con la música
taladrándome la cabeza y teniendo que soportar el olor del
whisky, de la comida, del desinfectante, del sudor de los hombres
y del fuerte perfume de las chicas, eso es algo que yo no puedo
resistir".
Este fragmento, como el relato completo, contiene varios
hechos coincidentes con los testimonios de TSC que desarrollan
sus actividades en whiskerías, night club’s,
karaokes y discotecas de nuestro medio.
En otro fragmento (pág. 302), la misma autora
comenta sobre las razones que impulsan a una mujer a ingresar en
esta actividad y la percepción
que sabe que tiene la sociedad sobre ellas:
"En este oficio una muchacha no gana dinero tal como lo
gana un hombre de negocios. Son
las dueñas de prostíbulos las que acaban con
dinero.
"Los hombres no comprenden a las prostitutas, y la
verdad es que tampoco las mujeres las comprenden. Yo no creo que
nadie nos comprenda. La gente cree que odiamos a los hombres, que
nos metemos en este oficio por qué odiamos a los hombres.
Tal vez son los psicólogos que estudian a las call girls y
escriben sobre ellas quienes han propalado esta idea; no lo
sé. Lo que sí sé es que el mundo decente se
la ha tragado bien.
"Pero están completamente equivocados. Nos
metemos en el oficio por razones económicas. Para
mí, como para todas las mujeres que he conocido, es el
único medio que tenemos de ganarnos la vida con cierto
desahogo.
"Los hombres, en particular los americanos, no ven en
una call girl más que un objeto sexual. Tal vez es
así como consideran a todas las mujeres, tal como dicen
las mujeres liberadas, pero en lo que a las call girls se
refiere, sé que eso es cierto. Algunos de mis clientes me
respetan y me admiran; unos cuantos aseguran que me aman. Pero
tanto si lo reconocen como si no, yo no soy para ellos más
que un sexo; no una mujer, no una persona, tan sólo un
sexo."
En cuanto a la literatura nacional, la obra teatral La
calle del pecado de Raúl Salmón contiene una
descripción pormenorizada de este submundo.
En el relato se toma en cuenta la historia de un médico
especializado en enfermedades venéreas que maltrata a los
pacientes que acuden a él con la seguridad de que las
prostitutas que prestaban sus servicios en la calle Conde Huyo lo
hacían por viciosas, hasta que encuentra a su hermana,
extraviada tiempo atrás, y se entera que también
ella era una mujer prostituida, con lo cual cambia su
visión de la problemática.
Para finalizar este subtítulo, conviene
plantearse la siguiente interrogante: ¿cómo viven
las prostitutas? El TSC, de modo particular el femenino, presenta
las siguientes características:
- desarrollan sus actividades en ambientes
malsanos; - no duermen bien;
- no comen bien;
- se exponen a los diversos tipos de infecciones
transmisibles sexualmente ; - se someten a caprichos, depravaciones y vicios de los
clientes; - soportan el mal carácter de los clientes y los
atropellos de autoridades policiales; - ingieren bebidas alcohólicas para soportar los
malos tratos de los clientes; - al confrontar situaciones de embarazos no deseados,
los abortos son frecuentes y se los practican en condiciones de
riesgo para la salud y la vida de las TSC; - en caso de enfermar, deben resignarse a perder su
lugar en los locales nocturnos, incrementándose de esta
forma el TSC clandestino, con lo cual sus condiciones de vida
también sufren una degradación; - tienen una autoestima baja;
- rompen sus vínculos familiares,
contentándose con enviar dinero a sus parientes
más cercanos, ocultando sus actividades; y, - cuando los familiares de estas mujeres se enteran de
la actividad que desarrollan en la ciudad de La Paz, les
prohíben incluso la entrada en la casa,
señalándolas con el dedo acusador y
negándolas en el seno de la familia.
Finalmente, cabe destacar que se toma en cuenta
fundamentalmente el TSC femenino por la situación de
riesgo y trauma tan particular que ésta comporta (el
aborto y sus secuelas, violaciones que deben callar, malos tratos
de algunos dueños de locales, clientes y policías
corruptos), así como por estar en desventaja física
cuando sufren alguna agresión, su condición de
madres (que las encierra en una situación desesperante por
cumplir el doble papel de
proveedora y educadora de sus hijos) y por ser mayor el
número de éstas con relación a los TSC
varones (que son solicitados principalmente por homosexuales),
que no corren los riesgos en la misma magnitud que las primeras
(y que en el caso del embarazo no deseado, éste es
exclusivo de las TSC mujeres).
3.5 Trabajadores
sexuales comerciales: ¿delincuente o
víctima?
Si bien es cierto que el ambiente en que desenvuelven
sus actividades las y los TSC dispone a estas personas de alguna
manera para la comisión de delitos (generalmente hurto o,
máximo, tráfico de estupefacientes), no es menos
cierto que la posición de estas personas corresponde
muchas veces al de la víctima.
Sobre la definición de víctima, se puede
citar a Elias Newman (1984: 25), quien afirma que la
víctima es "el ser humano que padece daño en los
bienes jurídicamente protegidos: vida, salud, propiedad,
honor, honestidad, etc.;
por el hecho de otro e incluso por accidentes
debidos a factores humanos, mecánicos o naturales, como
ocurre en los accidentes de trabajo". Ampliando este concepto, puede
afirmarse que víctima es no sólo el sujeto
individual, sino también una colectividad, en tanto y
cuanto se viola alguno o algunos de sus derechos legalmente
reconocidos. En el caso de las y los TSC se les puede considerar
víctimas en los siguientes casos:
- por su condición económica y social,
existe un trato discriminatorio tanto en dependencias
policiales como de salud; - Muchas veces se priva de libertad a estas personas
ante una denuncia no comprobada; - Se les trata en forma humillante o degradante siendo
estigmatizadas por la sociedad; - Se desconoce su personalidad jurídica (su
status como persona); - No se les reconoce, en los hechos, una
protección integral, sino que se les margina de las
disposiciones legales que rigen para todos; - Se les niega el derecho a ser escuchadas
públicamente; - Cuando los medios de
comunicación masiva cubren alguna noticia
relacionada con esta población, se las muestra como
delincuentes, pasando muchas veces por alto que se trata de
personas que no tienen otra forma de sobrevivir; - Se vulnera su derecho a la privacidad;
- No pueden desplazarse libremente, sino que sufren el
control permanente; - Se les niega, mediante mecanismos no escritos, la
asociación para la defensa de sus intereses en
común. Estos mecanismos son ejecutados por los
dueños de los locales donde se explota a las mujeres,
principalmente, ya que la organización y cohesión
afectaría sus intereses; - Se les niega la seguridad
social y una jubilación digna; - Por sus condiciones de vida, no tienen derecho a
descanso vacacional; - Su maternidad no está garantizada y la
dignidad de sus hijos se encuentra permanentemente
amenazada; - Carecen de oportunidades para mejorar su nivel de
instrucción; - Se las margina de la comunidad;
- Sufren, en algunos casos, el tráfico de
personas o comercio
carnal en gran escala.
3.6 Ambientes,
ofertas, demanda
El ambiente de atención al
cliente varía según sea un o una TSC
clandestina o independiente, o bien se ofrezca el servicio en una
casa de citas, club nocturno, wiskhería, etc.
Las patinadoras, por ejemplo, ofrecen sus servicios en
la calle y el servicio es dado en moteles o alojamiento
próximos al lugar del contacto. En la ciudad de La Paz
puede encontrarse estas ofertas en la plaza de la Estación
(Kennedy), Av. de las Muñecas (más conocida como
América, donde ofrecen sus servicios los
travestis), proximidades de las plazas Pérez Velasco y
Alonso de Mendoza (sobre todo los días viernes), en la
plaza del Estadio, etc. En este caso, puede advertirse la
presencia de TSC tanto en el día como en la noche, aunque
operan en su mayoría en horario nocturno. Además de
aguardar la clientela en determinadas calles, esquinas y puertas
de alojamientos, frecuentan locales, restaurantes y bares
aledaños a sus lugares de trabajo.
En cuanto a los TSC varones, éstos ofrecen sus
servicios a hombres y mujeres, pero la mayor demanda es por
parte de los homosexuales (Cecilia Rea Céspedes, Ob.
Cit.). Los puntos donde ofrecen son la plaza Isabel la
Católica, inmediaciones del Estadio, Café
Ciudad, El Prado y algunos bares en las zonas de Sopocachi, zona
Central, etc. De ahí, pasan a moteles o alojamientos en
compañía de sus clientes o al departamento del TSC
o del cliente.
También hay quienes ejercen la
prostitución de manera esporádica, en su
mayoría inhalantes de thinner o klefa que encuentran en el
TSC una rápida manera de lograr ingresos para obtener la
droga, complementando sus ingresos con el "macheteo"
(sonsacamiento de dinero).
En cuanto a las wiskherías, se puede observar
ambientes estrechos, casi como los de un bar cualquiera, donde se
distinguen dos ambientes: uno general, donde el cliente
efectúa el primer contacto con la TSC y los privados o
individuales, que son espacios cubiertos por cortinas en los
cuales el cliente puede acariciar a la dama de
compañía (copetinera) y eventualmente llegar a un
acuerdo transaccional para mantener relaciones sexuales en
algún alojamiento o motel próximo al local o bien
la vivienda del cliente. Las wiskherías se hallan ubicadas
en diferentes puntos de la ciudad, siendo las más
conocidas las que se encuentran en la calle Sucre y Yanacocha, la
zona del Estadium (Av. Bolívar e inmediaciones), Cancha
Zapata, etc.
Los clubes nocturnos tienen ambientes más
cómodos que los anteriores, y mantienen tarifas
relativamente elevadas. Presentan habitualmente (sobre todo los
fines de semana) shows eróticos consistentes en la
ejecución del strep tease. En estos locales se ofrecen
mujeres extranjeras, aunque muchas veces no son más que
muchachas bolivianas bien dotadas (altas y delgadas) que fingen
el acento.
Respecto a las casas o salones de masaje, éstos
son prostíbulos encubiertos, ya que las "masajistas" dan,
además de los masajes, caricias provocativas en las zonas
erógenas que despiertan la libido del cliente y facilitan
la transacción comercial. Este servicio es ofrecido en el
local o bien en hoteles y
domicilios (Ver anexos).
También existen las denominadas "casas de citas",
que son domicilios que aparentan normalidad, pero se transforman
en la noche para recibir únicamente a varones
prolongándose esta situación hasta el amanecer. No
tienen avisos exteriores ni nada que las identifique de manera
particular con respecto a las viviendas vecinas, pero al ingresar
se puede constatar un ambiente propicio para la compra de
servicios sexuales (ambientes semioscuros, música de
ambiente y señoritas vestidas para la ocasión).
Estos locales son algunos de los que mantienen tarifas más
altas.
Otros puntos donde se puede trabar contacto para
negociar una relación sexual son, según una
publicación periodística (El Diario, Crónica
Policial, 13 de julio de 2000, pág. 3) gimnasios, karaokes
y discotecas. Ahí se puede encontrar TSC con quienes se
acuerda el precio y otros aspectos inherentes al servicio sexual.
De ahí, el cliente y el o la TSC se van a un
motel.
Otro dato que llama la atención es el aumento de
TSC de pollera. En diferentes puntos de la ciudad se puede
encontrar a cholitas esperando un cliente para ofrecer sus
servicios sexuales. Por ejemplo, en inmediaciones de la Av.
Muñecas puede verse a éstas paradas en sus
esquinas. También existen locales dedicados a este rubro
del TSC en las inmediaciones de la Av. Buenos
Aires.
INSTITUCIONES
RELACIONADAS CON LA PROBLEMÁTICA DE LA PROSTITUCIÓN
O TRABAJO SEXUAL COMERCIAL
El presente capítulo presenta una relación
de las diferentes instituciones involucradas en el TSC. El fin no
es otro que el de articular el objeto de estudio de la presente
investigación con las entidades que corresponden a la
estructura de la sociedad. Las diferentes entidades consultadas
proveyeron información de diverso tipo. Para ello se
aplicó boletas de entrevista que contenían las
preguntas relacionadas con el tema de
investigación.
4.1 Ministerio de Salud y Previsión
Social
El Ministerio de Salud y Previsión Social,
según el documento Medicina Familiar
y Comunitaria (MSPS 1997: 7) "se constituye en rector del Sistema
Boliviano de Salud; promueve la vida, la familia, la seguridad
humana y los hábitos saludables; se fortalece en sus roles
normativo, regulador, modulador, evaluador y fiscalizador." Entre
las actividades que desarrolla el Ministerio, se encuentra la
Profilaxis, que es la lucha contra la propagación de las
enfermedades infecciosas y transmisibles, entre las que se
encuentran las ITS y el VIH – SIDA. Esta tarea demanda gran
cantidad de recursos y esfuerzos conjuntos, no
solo para este Ministerio, sino también para otros
órganos estatales. En la actualidad, la lucha contra estas
enfermedades, sustentada en el presupuesto con
que cuenta esta repartición de Estado, se halla
contemplada en el Seguro Básico de Salud, de pronta
implementación a través de los gobiernos
municipales (ver anexos) con el cual se atenderá
gratuitamente problemas tales como las ITS, excepto el SIDA.
Esto, de ejecutarse, redundaría favorablemente en el
Desarrollo
Humano de la población en general y de los y las TSC
en particular.
El Ministerio de Salud y Previsión Social, a
través del Programa ITS-SIDA, proporcionó la
siguiente información sobre el número de personas
infectadas por el VIH-SIDA:
Departamento | Total Infectados por el VIH | Lugar de contagio | |||
En Bolivia | En otros países | ||||
n.º | % | n.º | % | ||
Santa Cruz | 252 | 146 | 57,9 | 106 | 42,1 |
La Paz | 127 | 107 | 84,3 | 20 | 15,7 |
Cochabamba | 67 | 41 | 61,2 | 26 | 38,8 |
Beni | 20 | 13 | 65 | 7 | 35 |
Tarija | 11 | 2 | 18,2 | 9 | 81,8 |
Chuquisaca | 11 | 5 | 45,5 | 6 | 54,5 |
Pando | 4 | 2 | 50 | 2 | 50 |
Potosí | 4 | 1 | 25 | 3 | 75 |
Oruro | 2 | 1 | 50 | 1 | 50 |
Fuente: Programa Nacional ITS/SIDA
– UNAP/MSPS, Junio 2000
El Dr. Vito Rivas V, Responsable Nacional ITS-SIDA de
este Ministerio, señala que Bolivia aún está
considerada con una epidemia naciente o incipiente por tener una
prevalencia menor al 5% en grupos de riesgo, ya que de acuerdo a
los datos de control del VIH en Sitios Centinela, en estos grupos
como son las TSC en Santa Cruz de la Sierra (1998), la
prevalencia es sólo de 0,3% con VIH positivas, y en 1997
en un universo de 980 mujeres embarazadas, fueron el 0,5% de
positivas al VIH. Actualmente se tienen en estudio 3 Sitios
Centinela: La Paz, en el Hospital Boliviano –
Holandés a población general; en Cochabamba, en la
Escuela de Salud Pública, también a
población general; y en Santa Cruz de la Sierra, en el
Hospital Maternológico "Percy Boland" a mujeres
embarazadas. Y continuarán por espacio de cinco
años, lo que permitirá conocer
científicamente la circulación del VIH en la
población boliviana.
Hasta fines de marzo del año 2000, Bolivia
presentó 498 notificaciones por VIH, donde el departamento
de Santa Cruz se encuentra con un 50,7% de las mismas. Esta
situación se da sobre todo en las regiones fronterizas con
el Brasil, con cuyas autoridades se trabaja en la Vigilancia
Epidemiológica de Segunda Generación, apoyada por
la OPS/OMS.
Es importante indicar que las notificaciones, como es el
curso de la misma en todos los países del área, va
en incremento, por lo que el Programa Nacional de ITS-SIDA de la
Unidad Nacional de Atención a las Personas del Ministerio
de Salud y Previsión Social ha establecido conjuntamente
con los organismos internacionales de apoyo, estrategias que van
al fortalecimiento del Sistema de Vigilancia
Epidemiológica de Segunda Generación, iniciado
precisamente en Bolivia con un diagnóstico de ONU-SIDA de la
región. Esto permitirá ampliar la capacidad para
explicar la epidemia y aprovechar mejor la información que
genera el sistema.
Si bien en la actualidad se ofrece sólo
consejería a los pacientes identificados como portadores
del VIH, se encuentra en curso la posibilidad de dotar de algunos
antirretrovirales a los mismos, con el apoyo de agencias
internacionales. Por otra parte, se están efectuando
Intervenciones Conductuales, a través de la
comunicación social e interacciones personalizadas, dentro
de la orientación y educación recíproca en
forma masiva a universitarios, Fuerzas Armadas, y seguir con la
rutina en grupos de riesgo como los homosexuales y
TSC.
4.2 Ministerio de Gobierno – Policía
Nacional
La Constitución Política del Estado
(CPE) en su artículo 215 Parágrafo I señala:
"La Policía Nacional, como fuerza pública, tiene la
misión
específica de la defensa de la sociedad y la
conservación del orden público y el cumplimiento de
las leyes en todo el territorio nacional. Ejerce la
función policial de manera integral y bajo mando
único, en conformidad con su Ley Orgánica y las
Leyes de la República". En Bolivia, la Policía
Nacional depende directamente del despacho del ministro de
Gobierno. De esta manera se delimita el campo de acción de
la Institución del Orden y de sus miembros.
4.2.1 Número
de TSC registradas, matriculadas y clandestinas
El Cnl. Adolfo Vargas, Jefe de la División
Matrículas de la Policía Técnica Judicial
(PTJ) – La Paz informa que en esta oficina se hallan
registradas alrededor de 1.600 TSC mujeres matriculadas y 1.200
registradas pero no matriculadas ya que no cuentan con todos los
requisitos (edad o documentos de
identidad). El
mismo funcionario policial informó que los TSC
homosexuales se matriculan pero no compran valores. En cuanto a
los menores de edad prostituidos se tiene un Plan Operativo en
base a las denuncias para remitirlos a Gestión
Social de la Prefectura.
El matutino La Razón (13-11-00, pág. A-8,
ver Anexos) informa que en Bolivia están registradas por
la Policía, entre menores y mayores de edad, 1.464 TSC.
Sólo en las ciudades del Eje (La Paz, El Alto, Cochabamba
y Santa Cruz) las TSC están clasificadas en tres
diferentes rubros: meretrices, copetineras y bailarinas. En el
resto sólo figuran como meretrices. La mayor cantidad de
meretrices mayores de edad trabaja en La Paz (579) y Santa Cruz
(391). Después se encuentra Oruro (195), Potosí
(162), Tarija (132) y Cochabamba (104). Según la
Policía, la cantidad de TSC que trabajan sin
matrícula triplica fácilmente estas
cifras.
El costo de la papeleta valorada es de Bs 55. Su
duración o validez es de seis semanas. Antes, su
duración era de solo cuatro semanas y su costo de 40 Bs.
En estas dependencias se considera la prostitución como
cualquier otra actividad laboral, que debe cancelar tributos al
Estado.
4.2.2 Atribuciones
y obligaciones
de la PTJ y la División Matrículas
La protección que la Policía Nacional
brinda a las TSC se circunscribe a las siguientes
acciones:
Se toma en cuenta los Derechos Humanos
y constitucionales que amparan y protegen a todo ciudadano
boliviano y a cualquier persona en general.
Cuando una TSC es denunciada de robo por un cliente, se
intenta persuadir a ésta en la Oficina de
Conciliación Ciudadana para que devuelva el objeto
sustraído, agotándose todos los recursos para que
la TSC no tenga antecedentes (evitando
prontuariársela).
Se les da a las TSC un trato correcto,
informándoseles que deben portar sus
matrículas.
Para el futuro, se planifica dar charlas educativas a
estas personas.
Las TSC que no portan matrícula son detenidas
hasta que regularicen su situación. También
admitió la existencia de un vacío jurídico,
pese a existir una reglamentación, ya que se
carecía de un instrumento de operaciones. En
la actualidad, esta División cuenta con un Manual de
Funciones, aprobado mediante Resolución 2/98 (ver
Anexos) de la Dirección Nacional de la PTJ. Esta
Resolución está basada en las disposiciones legales
que identifican las atribuciones de la Policía Nacional, y
parte de la necesidad de contar con un instrumento
jurídico administrativo que contemple las atribuciones y
obligaciones de esta División.
En cuanto al proxenetismo, señala que debido a la
imprecisión del Art. 321 se considera proxeneta a la
persona que tiene a su cargo TSC no matriculadas, es decir,
personas no habilitadas legalmente.
Además, comentó que entre las atribuciones
de la PTJ está controlar a las TSC para evitar que sean
portadoras de enfermedades infectocontagiosas. También
aseguró que la PTJ controla que no existan menores
ejerciendo ese oficio, pero dijo que los funcionarios de esa
entidad policial no son responsables de la entrega de
matrículas. "Estos valores no son entregados por la PTJ.
Las prostitutas adquieren esas matrículas
comprándolas en la Dirección Nacional de
Recaudaciones de la Policía Nacional", señala en
dicha declaración. También informó que los
miembros de dicha División son responsables de verificar
que las TSC se sometan a controles mensuales, ya que sin dicha
matrícula están prohibidas de ejercer esta
actividad.
La Razón (14-11-2000, pág. A-8, ver
Anexos) informa que el Cnel. Sánchez defiende la vigencia
de la matrícula de la Policía para registrar a las
TSC y el costo que tiene, porque así pueden
protegerlas y controlar a aquellas que llegan del
exterior. Esta afirmación recuerda los procedimientos
ilegales empleados por la mafia y los rufianes que con el
argumento de protegerlas, extorsionan a las mujeres prostituidas.
Dicha "protección" se traduce en realidad en el hecho de
no golpearlas o asesinarlas (en el caso de la Policía, de
no detenerlas ni arrestarlas). Con esto, se vulnera los derechos
de estas personas y se las extorsiona con un argumento
legal.
4.2.3 Procedimiento
para la matriculación de TSC
En cuanto a los requisitos para la matriculación,
en la División de Matrículas se informó que
son los siguientes:
- Cédula de identidad
- Libreta de sanidad
- 3 fotos
4×4 - Tener mayoría de edad
- Compra de valores (costo de Bs 55).
- Las extranjeras requieren el pasaporte con la
indicación de si se trata de objeto determinado o
residencia temporal.
En cuanto a las sanciones que se impone, se tienen las
de tipo corporal (el arresto) y la multa cuando éstas no
portan la matrícula. También está la
suspensión temporal de matrículas cuando se
producen riñas o peleas callejeras o por su
período, previniendo problemas de salud.
Según datos proporcionados por la PTJ,
División Matrículas, actualmente se encuentran
empleadas 2.524 mujeres en 204 lenocinios, clubes nocturnos y
whiskerías, de las que 1.464 son meretrices, 867
copetineras y 665 bailarinas. Otro dato que llama la
atención es que de este total 1.806 son solteras, 367
divorciadas y 351 casadas.
4.3 Gobierno Municipal de la ciudad de La
Paz
El Art. 200 de la CPE señala, en sus
Parágrafos I y II
lo siguiente:
"I. El gobierno y la
administración de los municipios están a cargo
de gobiernos municipales autónomos y de igual
jerarquía […]
"II. El Gobierno Municipal consiste en la potestad
normativa, ejecutiva, administrativa y técnica en el
ámbito de su jurisdicción y competencia
territoriales"
En la Ordenanza Municipal 158/2000 HAM y 108/2000 HCM de
fecha 10 de octubre de 2000 (ver Capítulo V) se establecen
los límites y alcances de los distintos locales que
ofrecen alimentos y
bebidas. Esta, sin embargo, adolece de algunas falencias, tal
como se señala en el referido capítulo. Las
acciones municipales referidas a las whiskerías, por
ejemplo, se limitan a controlar que éstas cumplan lo
dispuesto por las ordenanzas municipales, de modo tal que no
ocasionen problemas callejeros con los vecinos y se mantengan
alejados de centros educativos o de salud. Por otra parte, un
lenocinio debe estar "a una distancia de 100 metros en calles de
alta intensidad comercial y a 200 en otras zonas", reconociendo
la restricción de determinadas áreas a esta
actividad.
La Lic. Ana María Durán, encargada de
Licencias de funcionamiento del G.M.L.P. informó que los
locales de prostitución no son independientes de otros
locales similares (whiskerías, karaokes, discotecas, etc.)
y tienen que adecuarse al Reglamento vigente, donde tienen
limitaciones principalmente en lo referente a las distancias a
establecimientos educativos y/o de centros de salud, y a
qué decibeles debe funcionar la música. Sobre la
existencia de una zona Rosa en la ciudad, la funcionaria
informó que no existe tal zona, pero que basta que los
locales se adecuen al Reglamento para que puedan funcionar.
Producto de esta situación, la prostitución se
disemina en toda la ciudad.
Por otra parte, informó que "los medios de
comunicación están presentes en todas las
batidas", con lo cual se garantizaría la transparencia de
estas acciones. La clausura de estos locales se ejecuta ante
denuncias de los vecinos, por encontrar a menores de edad
bebiendo o por no tener patente de funcionamiento.
Además, comentó que las batidas son
efectuadas con la finalidad de verificar la presencia de patentes
de funcionamiento, la presencia de menores de edad. Respecto a la
política municipal sobre el TSC infantil,
señaló que cuando se verifica el trabajo de
niños, niñas o adolescentes en estos locales se
procede a su clausura. Respecto a este último punto, en
otra repartición municipal (Dirección de Desarrollo
y Bienestar Ciudadano) se obtuvo la información de que los
niños, niñas y adolescentes encontrados en estos
locales son derivados a las Defensorías de la Niñez
y Adolescencia,
debiendo presentarse las denuncias en las sub-alcaldías de
distrito.
Curiosamente, en algunas reparticiones municipales
niegan la existencia de lenocinios, indicando que éstos
son clausurados cuando se tiene conocimiento
de los mismos. Si bien es de conocimiento público y
general que muchos locales tales como wiskherías,
karaokes, discotecas, etc., son lenocinios encubiertos, las
autoridades municipales no hacen cumplir la ley.
Llama la atención que las casas de masajes no se
hallen contempladas entre los locales mencionados en el
Reglamento (analizado en el capítulo V), ya que al margen
de ofrecer servicios sexuales acompañan sus ofertas con
bebidas. Otro tanto sucede con los moteles que, como se sabe
bien, ofrecen bebidas alcohólicas.
El Diario (Crónica Policial, 13-06-00,
pág. 3, ver Anexos) informa: "En un operativo policial
realizado hace varios días, los efectivos de la
Policía Técnica Judicial de la ciudad de La Paz
descubrieron que muchas casas de masajes, gimnasios y algunos
karaokes se convirtieron en centros de prostitución
clandestina y funcionan en lugares céntricos. De acuerdo
con los datos recabados en los últimos días, se
presentaron varias denuncias en ese organismo policial, en las
cuales se hizo notar que en varios de esos locales los encargados
prostituyen a menores de edad […] Para descubrir el
funcionamiento de esos centros ilegales, los efectivos del
organismo policial se infiltraron como clientes y lograron sacar
varias muestras fotográficas, además de obtener las
pruebas
necesarias, con la finalidad de convocar a los propietarios para
que respondan por su actitud".
Las y los TSC acuden a los distintos lugares de consumo
de bebidas alcohólicas (bares, cantinas, karaokes), pero
también esperan clientela en las puertas de alojamientos,
hostales y otros lugares (como se señalaba en
líneas anteriores) además de gimnasios y saunas,
debido, probablemente, a la carestía de clientes y el
número cada vez mayor de estos TSC.
4.3.2 Política
sobre la prostitución infantil
Como se indica líneas arriba, los niños,
niñas y adolescentes encontrados en estos locales o en
vía pública ejerciendo esta actividad, son
remitidos a las Defensorías de la Niñez y
Adolescencia distritales, dependientes de cada
subalcaldía.
La Defensoría de la Niñez y Adolecencia
(DNA) es un servicio municipal permanente y gratuito para
defender los derechos del
niño y adolescente, y está conformada por un
equipo multidisciplinario compuesto por un(a) trabajador(a)
social, que recibe e investiga todo caso de denuncia en la
Defensoría; un(a) psicólogo(a) que orienta y
desarrolla una terapia familiar y un(a) abogado(a) que orienta y
defiende jurídicamente. En la ciudad de La Paz operan
actualmente siete defensorías.
4.4 SEDES – Prefectura del
Departamento
La CPE, en su artículo 109, Parágrafo I
señala:
"En cada Departamento el Poder
Ejecutivo está a cargo y se administra por un
Prefecto, designado por el Presidente de la
República".
Por otra parte, el D.S. 25060, de fecha 2 de junio de
1998, establece la estructura y funciones de cada
repartición de las Prefecturas Departamentales,
identificando el Servicio Departamental de Salud (SEDES) en los
Arts. 30 y ss, como un órgano desconcentrado de la
Prefectura de cada Departamento, con estructura propia e
independiente de gestión administrativa.
El Dr. Adolfo Flores Franco, responsable del Programa
ITS-SIDA, más conocido como Centro de Salud Piloto
(dependiente del SEDES – La Paz), informó que este centro
de salud brinda una atención integral (médica,
social y psicológica) a las TSC. El horario de
atención es de 8:45 a.m. a 12:30 p.m. y de 13:30 a 16:30,
trabajando exclusivamente con poblaciones de riesgo y toda
persona que así lo requiera. Este programa trabaja con
grupos de riesgo como la comunidad gay, internos del
panóptico y otra población que la requiera,
brindando información y capacitación a colegios, institutos y la
Policía en la medida de las posibilidades.
El Centro se dedica al control y seguimiento de casos de
ITS. A él acuden TSC mujeres matriculadas y homosexuales,
siendo una dificultad para el control la existencia de TSC
clandestinos. El sistema de atención a esta
población es por turnos señalados en días y
horas, correspondiendo a cada local determinado turno.
Después de cada reunión se elabora un informe
detallado de los resultados.
Sobre el número de casos reportados de ITS,
señaló que existe un decremento en éstos por
el control sistemático que se realiza en el centro
epidemiológico. Los problemas de salud más
frecuentes que presentan las y los TSC de La Paz son la
sífilis, la gonorrea, el chancro, linfogranulomas, el
herpes genital y la trichomoniasis.
Las actividades planificadas por esta institución
son el control médico, la atención en
información, educación, capacitación y
consejería.
Sobre el número de TSC registradas en el Centro,
el responsable informó que hasta el momento se tienen
registradas más de 3.000, y asisten al control más
de 600. Informa que la principal causa de la clandestinidad es
que las TSC desean mantener en el anonimato su actividad. Por
otra parte, informó que en el Centro se hallan registrados
más de 30 travestis.
Además del riesgo de contraer ITS, el responsable
informó que las personas que acuden al Centro requieren
atención por problemas psicológicos y el
alcoholismo.
Sobre el control de los lenocinios, informó que
el Programa ITS-SIDA cuenta con un registro de estos locales en
El Alto y La Paz, asignando un día determinado para el
control de las TSC en el Programa. Asimismo, realiza
supervisiones nocturnas para revisar las libretas de salud y
verificar si están al día. Es decir, que la
señorita tiene el control médico.
El Programa cuenta con el financiamiento
del Programa Integral de Salud PROSIN-SIDA, que apoya al Programa
ITS-SIDA con Recursos
Humanos, insumos para laboratorio como reactivos y otros,
material para el área Información, Educación
y Control (IEC). Muchas instituciones solicitan cursos sobre esta
temática y se programan cursos de capacitación
sobre ITS y VIH-SIDA y prevención. Sobre todo con la
Policía se tuvieron varias capacitaciones, pero no
sucedió lo mismo con otras entidades como el magisterio.
El informante señala que el tiempo y cronograma de
actividades es estricto, razón por la cual es necesario
programar las capacitaciones.
El medicamento que se suministra a las personas con VIH
está constituido por antirretrovirales. La atención
tiene un costo de Bs 10 e incluye exámenes laboratoriales,
consejería, intervención educativa, etc., e incluye
la prueba ELISA. Los fondos recaudados por el Centro ingresan al
Fondo Rotatorio, con el cual se autofinancia el
Programa.
La información con que cuenta el Centro
está contenida en una base de datos
denominada EPINFO, la cual contiene las historias clínicas
de las TSC, cuyos datos son confidenciales.
El equipo del Programa está conformado por
profesionales en el área de salud (médicos,
psicólogos, laboratoristas y enfermería). El equipo realiza reuniones de
coordinación donde se toma decisiones para
mejorar el servicio.
Por otra parte, Amparo Aliaga,
responsable de Consejería del Centro Piloto,
informó que se presentan muchos casos de depresión,
para lo cual las TSC buscan como escape el alcohol y drogas. En
el caso de las copetineras existe un alto grado de alcoholismo.
La angustia, la discriminación, el maltrato de las
autoridades, clientes y dueños de los locales, así
como los problemas entre ellas genera un estado depresivo y baja
autoestima, lo cual provoca que el Centro las derive a
psicólogos particulares o profesionales que trabajan con
la red.
También comentó que dos TSC varones
acudieron a su control, y se pretende ampliar este servicio a los
mismos, dados los factores de riesgo.
4.5 Instituciones de protección a los
Derechos Humanos
La Constitución Política del Estado, en su
Título IV, Defensa de la Sociedad, en su Capítulo
II Defensor del Pueblo, artículo 127, Parágrafo I,
señala:
"El Defensor del Pueblo vela por la defensa y el
cumplimiento de los derechos y garantías de las personas
en relación a la actividad administrativa de todo el
sector
público. Asimismo, vela por la defensa,
promoción y divulgación de los derechos
humanos."
Las actividades del Defensor del Pueblo están
señaladas por la Ley 1818, de 22 de diciembre de 1997.
Ésta, en su Título I, Disposiciones generales,
naturaleza,
gratuidad, sede y ámbito de competencia de la
institución, señala:
"Artículo 1 (Naturaleza). El Defensor del Pueblo
es una institución establecida por la Constitución
Política del Estado para velar por la vigencia y el
cumplimiento de los derechos y garantías de las personas
en relación a la actividad administrativa de todo el
sector público; asimismo, vela por la promoción,
vigencia, divulgación y defensa de los Derechos
Humanos.
"Tiene por misión como Alto Comisionado del
Congreso, la defensa y protección de las garantías
y derechos individuales y colectivos tutelados por la
Constitución Política del Estado y las
leyes."
"Artículo 3 (Accesibilidad). Toda persona sin
excepción alguna puede acudir al Defensor del
Pueblo".
En síntesis,
esta institución fue creada para defender a las personas
de los abusos de los poderes públicos y velar por el
cumplimiento de los Derechos Humanos. Hay violaciones de los
derechos humanos cuando los poderes públicos atentan
contra cualquiera de los derechos consignados en la Carta
Universal de los Derechos Humanos y en la Constitución
Política del Estado. Conforman los poderes públicos
las instituciones del Estado que prestan servicios de salud,
educación, administración de justicia,
recaudaciones de impuestos,
administración de cárceles, etc. Los funcionarios
de ministerios, alcaldías, prefecturas, Fuerzas Armadas,
Policía y Tránsito también son parte de los
poderes públicos.
Esta institución, mediante el Asesor Legal, Dr.
Gonzalo Párraga, asesor legal de Derechos Humanos,
proporcionó la siguiente información: en fecha 2 de
mayo de 2000, un grupo de TSC, en representación de todas
las mujeres que trabajan en esta actividad en las ciudades de La
Paz y El Alto, denunciaron los malos tratos, abusos y trato
discriminatorio que reciben por parte de algunos funcionarios
policiales, en las instalaciones del Centro Epidemiológico
Departamental (Centro de Salud Piloto, dependiente del
SEDES).
La Resolución Defensorial Nº
RD/LPZ/00059/2000/DH (ver Anexos) de fecha 3 de Octubre de 2000,
en sus partes más importantes señala:
"CONSIDERANDO:
"Que, del análisis de los informes
presentados por las autoridades requeridas dependientes de la
Policía Nacional y Centro Epidemiológico
Departamental La Paz y de la documentación obtenida en el curso de las
investigaciones, se evidencia lo siguiente:
"POLICÍA NACIONAL
"1. Los funcionarios de las Oficinas de Recaudaciones
dependientes de la Dirección Nacional de
Recaudación y Fiscalización de la Policía
Nacional, ubicadas en el Comando Departamental de Policía
de La Paz y Policía Técnica Judicial de El Alto,
cobraban a las trabajadoras sexuales mensualmente por concepto de
matrícula la suma de Bs.55 a nacionales y Bs.105 a
extranjeras.
"2. La División Matrículas tiene un
Registro de las trabajadoras sexuales nacionales y extranjeras,
requiriéndose para este efecto, la compra de tarjeta de
matrícula, sus generales de ley, la de sus familiares en
primer grado, el seudónimo que utilizará,
fotografías, registro domiciliario, impresiones digitales
y especificación del lugar donde prestarán sus
servicios.
"3. La División Matrículas exige la
presencia física de cada una de las trabajadoras sexuales
matriculadas, una vez a la semana en sus oficinas, para sellar su
tarjeta de matrícula mensual, previa presentación
de la tarjeta de sanidad.
"4. La División Matrículas, realiza
recorridos o controles policiales semanales a los diferentes
locales, para verificar que las trabajadoras sexuales, porten su
tarjeta de sanidad y matrícula, así como para
detectar irregularidades, como la presencia de menores de edad;
personas indocumentadas y otros.
"CENTRO EPIDEMIOLÓGICO DEPARTAMENTAL LA
PAZ
"1. El Centro Epidemiológico Departamental,
oferta sus
servicios al público en general, priorizando grupos
considerados de alto riesgo, como el de las trabajadoras
sexuales, a quienes atiende con controles de salud semanales y
trimestrales. Asimismo, brinda apoyo profesional a través
de una educadora, trabajadora social y
psicóloga.
"2. Para realizar un seguimiento de la salud de las
trabajadoras sexuales, se les asigna un número de control
y abre el historial clínico de cada paciente e ingresa a
una base de datos que maneja el Programa ITS/SIDA.
"3. El costo del servicio es de Bs.10 por semana, monto
que cubre: atención médica, exámenes de
laboratorio trimestral, servicio de consejería, trabajo social,
área de información, educación,
capacitación y libreta de salud.
"4. La trabajadora social y educadora del Programa
ITS/SIDA, los responsables de Acreditación y
Certificación e inspectores del Servicio Departamental de
Salud La Paz y El Alto, realizan recorridos periódicos por
los locales públicos con el fin de verificar si las
trabajadoras sexuales portan o no el carnet sanitario.
"CONSIDERANDO:
"Que, de las verificaciones defensoriales efectuadas en
las oficinas de la División Matrículas de la
Policía Técnica Judicial, Centro
Epidemiológico Departamental, oficina de Recaudaciones de
la Policía Nacional, documentación obtenida en el
curso de las investigaciones, entrevistas y el encuentro con las
trabajadoras sexuales de las ciudades de La Paz y El Alto
realizado en fecha 21.08.00, se establece lo
siguiente:
"POLICÍA NACIONAL
"1. En versión de las trabajadoras sexuales, el
personal de la División Matriculas de la Policía
Técnica Judicial y Recaudaciones de la Policía
Nacional, a tiempo de efectuar sus recorridos semanales, les
otorgan un trato despectivo, represivo y discriminatorio, siendo
tratadas como delincuentes, sin otorgarles respeto ni
consideración.
"2. El personal de la División Matrículas
de la Policía Técnica Judicial y Recaudaciones de
la Policía Nacional, a tiempo de efectuar sus recorridos
semanales, realiza las siguientes acciones:
"• Cuando establecen la presencia de trabajadoras
sexuales que no portan su matrícula y/o tarjeta de
sanidad, cobran la suma de Bs. 20 por persona, a través de
los propietarios o administradores de locales, sin entregar
ninguna papeleta valorada.
"• Cobran a las trabajadoras sexuales la suma de
Bs. 20, para no ser registradas o prontuariadas, sin embargo, les
exigen la compra de la tarjeta de matrícula y el
cumplimiento de todos los requisitos para su registro.
"3. Las trabajadoras sexuales también son objeto
de abusos y cobros indebidos de efectivos policiales
pertenecientes a Radio Patrullas
110, Polivalentes y policías de recorrido.
"SERVICIO DEPARTAMENTAL DE SALUD LA PAZ
"1. Funcionarios del Servicio Departamental de Salud de
La Paz y de la ciudad de El Alto, dependientes de la Prefectura
del Departamento de La Paz, realizan el control de la tarjeta de
sanidad de las trabajadoras sexuales, cuando no la portan les
cobran multas y piden servicios personales gratuitos.
"2. El personal del Centro Epidemiológico
Departamental durante las consultas médicas semanales a
las trabajadoras sexuales, les dispensan un trato inadecuado y
discriminatorio, en especial las servidoras públicas Lic.
Alicia Tantani, Ruth Clavijo y Dra. Neyza Zapata […]
"CONSIDERANDO:
"Que, el Defensor del Pueblo solicitó
cooperación de la Carrera de Bioquímica
de la Universidad Mayor de San Andrés para que se realice
un seguimiento a las evaluaciones médicas semanales
efectuadas a las trabájadoras sexuales. Dentro de esta
cooperación interinstitucional, el Dr. Miguel Angel
Estensoro O., Jefe la Carrera de Bioquímica remitió
informe donde se establece lo siguiente:
"• Durante el examen ginecológico semanal en
el Centro Epidemiológico Departamental, las trabajadoras
sexuales reciben un trato discriminatorio, según la
condición social de cada una de ellas.
"• Durante el examen ginecológico, la
enfermera no está presente, no se proporciona bata a la
paciente, el examen médico es superficial,
limitándose a preguntar si la paciente tiene algún
dolor o escozor y en los casos de presencia de secreción
no se toma muestra para el análisis.
"• Los médicos no utilizan instrumental
adecuado, como ser espéculo y otros. Los guantes
desechables después de ser utilizados son introducidos en
solución de hipoclorito de sodio y lavados con agua de pila y
jabón de ropa, para luego ser secados con una toalla y
luego rociados con talco para su posterior uso.
"CONSIDERANDO:
"Que, de la confrontación de los hechos
evidenciados con las normas aplicables al presente caso, se
concluye:
"1. Las oficinas de Recaudaciones dependientes de la
Dirección Nacional de Recaudación y
Fiscalización de la Policía Nacional y
División Matrículas de las ciudades de La Paz y El
Alto, efectúan recorridos a los diferentes locales,
cobrando la suma de Bs. 20 por cada trabajadora sexual que no
porte su matrícula y tarjeta de sanidad, sin entregar
ningún valorado por este concepto, a esto se suman los
abusos, cobros indebidos por parte de algunos funcionarios
pertenecientes a radio patrullas 110, polivalentes y
policías de recorrido, contraviniendo lo dispuesto por el
artículo 4, inciso B numerales 6, 8, 9 y 15 del Reglamento
de Disciplina y
Sanciones de la Policía Nacional.
"2. En la División Matrículas de la
Policía Técnica Judicial, no existe un registro y
archivo
computarizado que resguarde la seguridad y confidencialidad de
los datos personales obtenidos de las trabajadoras sexuales, el
registro se limita a fichas Kardex
y libros lo que
da lugar a que algunos funcionarios policiales utilicen esta
información como un medio de extorsión,
amedrentamiento e intimidación contra aquellas que no
desean ser matriculadas, contraviniéndose de esta manera
lo establecido en el Manual de
Funciones de la División Matrículas de la
Policía Técnica Judicial, Resolución No.
2/98 de 04.09.98, con referencia a las atribuciones del Jefe e
investigador de la División Matrículas.
"3. El personal de la División Matrículas
a tiempo de efectuar sus recorridos semanales no elabora
informes, dando lugar a un manejo discrecional, desorganizado y
sin control institucional sobre esta actividad, desconociendo de
esta manera lo dispuesto por el Manual de Funciones de la
División Matriculas de la Policía Técnica
Judicial, con relación a la presentación de
informes y artículo 4 inciso B, numeral 6, 9 y 15 del
Reglamento de Disciplina y Sanciones de la Policía
Nacional […]
"POR TANTO:
La Defensora del Pueblo, en uso de las atribuciones
conferidas por la Constitución Política del Estado,
la Ley No 1818 y sus Reglamentos:
"RESUELVE:
"Primero.- Recomendar al Ministro de Salud y
Previsión Social, la institucionalización del
carnet sanitario a nivel nacional, como documento único y
válido para el ejercicio de la actividad de la
prostitución, de conformidad a lo dispuesto por el
artículo 7 inc. a) de la Constitución
Política del Estado, concordante con los artículos
72 y 146 del Código de Salud.
"Segundo.- Recomendar al Fiscal General
de la República, instruya una investigación en el
ámbito nacional, sobre la corrupción de menores,
corrupción agravada otros delitos relacionado a la
prostitución, que vulneran los derechos de la niñez
y adolescencia.
"Tercero.- Recomendar al Comandante General de la
Policía Nacional:
"a. La supresión del control ejercido por la
División Matriculas a las actividades de las trabajadoras
sexuales, por haberse constituido en una instancia de permanente
vulneración a los derechos humanos.
"b. La instrucción de la investigación e
instauración de sumarios informativos contra el personal
de la División Matrículas y Recaudaciones de la
Policía en las ciudades de La Paz y El Alto y en otros
lugares del territorio nacional donde se hubieren presentado
denuncias.
"c. La adopción
inmediata de políticas de prevención para evitar
que en el futuro personal de la Policía Nacional otorgue
un trato discriminatorio y de violación a los derechos
humanos de las trabajadoras sexuales.
"Cuarto.- Recomendar al Director del Servicio
Departamental de Salud de La Paz:
"a. Instruya a nivel departamental que los servidores
públicos de salud, otorgue un trato digno y humanitario a
las trabajadoras sexuales que soliciten el servicio.
"b. Proveer los insumos necesarios para realizar el
efectivo control médico semanal, mensual y trimestral de
las trabajadoras sexuales, considerando que es una
población de alto riesgo.
"c. La adopción de medidas inmediatas para evitar
que en el futuro los inspectores de acreditación y
certificación del Servicio Departamental de Salud La Paz,
efectúen cobros indebidos que vulneran los derechos de las
trabajadoras sexuales.
"d. La investigación e instauración de
sumarios contra el personal que fue denunciado por cobros
indebidos a las trabajadoras sexuales.
"e. Instruir al personal de los programas lTS-SIDA
brindar información en todos los lenocinios,
Wisquerías y otros lugares públicos, para la
prevención de infecciones de transmisión sexual y
el síndrome de inmuno deficiencia adquirida.
"Quinto.- En aplicación de lo previsto por los
artículos 11 inciso 3) 25) y 31) de la Ley 1818, de
22.12.00 recordar al H. Alcalde Municipal de la ciudad de La Paz,
el deber legal que tiene de cooperar con carácter urgente,
obligatorio e inmediato al Defensor del Pueblo en sus
investigaciones y responder a las peticiones de informe que se le
hace en los plazos previstos por ley."
Por esta razón, y una serie de análisis de
las leyes vigentes, se planteó que la PTJ deje de
controlar a las TSC. A través de la Resolución
Biministerial 0417 de 17 de agosto de 2000, la solicitud fue
aceptada en un primer momento. Sin embargo, a través de
otra Resolución se devolvió a la Policía el
control sobre las meretrices y la posibilidad de matricularlas.
La Defensoría del Pueblo interpuso un recurso de
inconstitucionalidad ante esta última Resolución,
pero aún se espera resultados.
Al respecto, el matutino Última Hora (6-01-01,
pág. 2) al informar sobre un balance de la
Defensoría del Pueblo señala: "Como evaluación
de la anterior gestión, según el informe anual de
la Defensora del Pueblo, Ana María Romero de Campero, las
instituciones estatales son las que más vulneran el
derecho de los ciudadanos bolivianos a ser escuchados y atendidos
cuando presentan un reclamo […] Recuerda que el Art. 6 de la
CPE tutela la dignidad de las personas y establece que su respeto
y protección son deberes primordiales del Estado. No
obstante, funcionarios del Estado mellan, de acuerdo a las
denuncias presentadas al Defensor, la dignidad de sectores
específicos de la población, como son las
meretrices" (ver Anexos).
4.5.2 Asamblea
Permanente de Derechos Humanos en Bolivia
La Asamblea Permanente de Derechos Humanos en Bolivia
(APDHB) es una institución civil, pluralista,
democrática, independiente de toda filiación
política o partidaria y no asistencial. Los objetivos de
esta agrupación se resumen en:
Defender la vigencia plena de los Derechos Humanos en
Bolivia de acuerdo a la Constitución Política del
Estado, la Declaración Universal de los Derechos Humanos,
así como los pactos y convenios suscritos al
respecto;
denunciar y efectuar un seguimiento de las violaciones
de los Derechos Humanos; y,
educar a la población en torno a sus derechos
fundamentales, tanto individuales como colectivos.
Conformada en su base social por agrupaciones
representativas de la población boliviana (COB, FSTMB,
CSUTCB), la APDHB lucha por la vigencia de los derechos como la
libertad de conciencia, libertad de opinión,
inviolabilidad de la persona humana, derecho a la vida, a la
dignidad, derecho de petición a un juicio justo a la
defensa, etc. También defiende los Derechos Individuales
como:
a) Derechos civiles y políticos
Se llaman también derechos de la Primera
generación, insertos en las constituciones de Estados
modernos del mundo inspirado en la revolución
Americana, referidos a la libertad seguridad y moral de la
persona humana, protección de la persona frente a un poder
público y Estatal.
a.1 Derechos Civiles:
Derecho a la vida.
A no ser sometido a torturas, tratos crueles,
degradantes o inhumanos.
A no estar en estado de esclavitud o
servidumbre.
A la libertad y seguridad de la persona, que incluye a
un juicio justo.
A la intimidad y a la inviolabilidad de su hogar y
correspondencia.
A la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
a.2 Derechos Políticos:
A la libertad de opinión y de expresión
libre del pensamiento.
A la libertad de reunión y de
asociación.
A participar en la conducción de los asuntos
públicos.
A elegir y ser elegido.
Pedir a la autoridad pública el cumplimiento de
sus demandas.
b) Derechos económicos, sociales y
culturales
La APDHB, asimismo, defiende los Derechos
Económicos, Sociales y Culturales. Estos derechos
también son llamados Derechos de la Segunda
Generación y son:
Al trabajo.
A condiciones laborales justas y favorables.
A un salario
justo.
A la asociación sindical (huelga y
libertad de sindicalización).
A la seguridad social.
A la protección económica de los
desvalidos.
A la alimentación,
vestuario y albergue adecuado.
A la protección y asistencia de la
familia.
A un nivel de vida apropiado.
A un nivel de salud física y mental
progresivamente mejor.
A la educación, a la instrucción, a
la ciencia y
cultura.
c) Derechos de los Pueblos
Llamados también Derechos de la Tercera
Generación, los cuales están dirigidos a la
protección de una Nación-Estado sin distinción
alguna:
Derecho a la autodeterminación.
Derecho a la paz.
Derecho al desarrollo.
Derecho a la democracia.
Derecho a la integración.
Derecho a producir y recibir información
equitativa.
Derecho al medio ambiente
sano y ecológicamente equilibrado.
Derecho a beneficiarse del patrimonio
común de la humanidad.
Esta entidad, a través de sus personeros, al ser
consultada sobre la violación de los Derechos Humanos
cometidos contra la población conformada por los y las TSC
informó (ver Anexos):
La posición de la APDHB respecto a la
problemática de la prostitución es que ésta
es una actividad realizada por personas generalmente del sexo
femenino que no pueden satisfacer de otro modo sus necesidades
económicas. La institución, afirman los
informantes, respeta y reivindica los derechos de todos los
sectores laborales y sociales que son víctimas del sistema
social y político.
Por otra parte, consideran que el ejercicio de la
prostitución por necesidad es en sí una
violación a los Derechos Humanos. Las violaciones de los
agentes estatales (como los policías y otros funcionarios)
es permanente y tiene un carácter de prebendalismo
abusivo.
Consideran que la sociedad en general y los poderes
públicos en particular asumen una posición de
hostilidad hipócrita, que permite un fenómeno
social generado por la injusta distribución de los recursos que impone el
sistema económico y social vigente.
También creen que se debería adoptar
acciones de prevención a partir de organizaciones de
la sociedad civil
como la APDH y otras desde el Estado (como el Defensor del
Pueblo), para así organizar a las TSC y garantizar la
reivindicación de sus derechos y gestar así
mecanismos de defensa. Sobre la relación con otros grupos
vulnerables, Waldo Albarracín (1996: 20)
comenta:
"Los derechos de los discapacitados, de los ancianos, de
los niños, víctimas del SIDA, trabajadoras
sexuales, homosexuales y otros grupos vulnerables, son derechos
humanos que el Estado o los Estados hicieron poco para evitar su
desconocimiento y violación. No podemos negar que sobre
algunos casos existen normas jurídicas nacionales e
internacionales que tienden a protegerlos, sin embargo los
mecanismos de violación y las causas que ocasionan son los
que jamás fueron atacados y por ende
subsisten."
Finalmente, El Diario (9-12-00, pág. 6, ver
Anexos) informa que la APDHB, representada por su presidente,
Waldo Albarracín, denuncia que en el país subsiste
una franca violación de los derechos fundamentales y
discriminación de las personas, pese a la firma de
numerosos tratados y
convenios internacionales suscritos por el Estado boliviano.
"Ojalá que todo esto cambie a la brevedad posible en el
ámbito de las autoridades políticas y de la propia
sociedad civil para la construcción de los derechos humanos en el
país" añadió el presidente de la
APDHB.
4.5.3 Asamblea
Permanente de Derechos Humanos – La Paz
(APDHLP)
Esta entidad, filial departamental de la APDHB,
proporcionó la siguiente información:
"La prostitución es un problema social por la
carencia de trabajo visto desde lo estructural. El Estado no
despliega programas de formación y reconversión
laboral específica para elevar el nivel de la calidad de
vida de la población en general. Es de capital
importancia realizar orientación legal en los distintos
niveles sociales por parte de las autoridades pertinentes y
organismos llamados a este efecto. Las y los involucrados como
actores en este oficio deben conocer sus derechos fundamentales
como trabajadores".
Sobre la violación de los Derechos Humanos de
esta población, respondieron: "En el caso de la
Policía existe el abuso de autoridad, sin embargo se
advierte en algunos casos complicidad con los propietarios, sobre
todo con funcionarios municipales. A partir de que sea la
Policía, Municipio u otra institución
pública que aplicare formas de coerción, abuso,
prepotencia, extorsión, cometen violación a los
derechos humanos de este sector".
Consideran que la posición de la sociedad y los
poderes públicos ante esta realidad es que "la sociedad
prefiere ignorar esta realidad, aunque es imposible opinar por la
sociedad en general. No todos piensan lo mismo. En una sociedad
tan mercantilizada como la nuestra para la gran mayoría es
común sólo observar la prostitución que
llega incluso al proxenetismo".
Las medidas para frenar los abusos contra las y los TSC,
según esta entidad son: "cumplimiento de la legalidad,
educación, difusión, organización,
interacción institucional, control a las batidas que
efectúan miembros de la Policía o Alcaldía.
El Defensor del Pueblo debe coordinar acciones orientadas a
menguar la violación de los Derechos Humanos en este
sector; también son necesarias políticas de control
para evitar el triángulo de extorsión de la
Policía-Sanidad-Alcaldía".
4.6.1 Gestión
Social de la Prefectura
La entrevistada, Dra. Guadalupe Aguilar, Jefa de Unidad
de Asistencia Social a la Familia, informó que la
política de esta repartición prefectural respecto a
la prostitución
infantil sigue los lineamientos generales del Código
Niño, Niña y Adolescente y otras normas legales.
Así, el procedimiento que se sigue cuando se detecta un
niño o niño ejerciendo la prostitución se
denuncia a las Defensorías o el Ministerio Público
(Fiscalía Tutelar). También informó que no
existe estadísticas sobre el número de
casos detectados de niños, niñas o adolescentes que
hubiesen sido encontrados ejerciendo el TSC.
Señaló que las víctimas de este
abuso son sometidas a terapia psicológica. La informante
no aportó ningún otro dato significativo al
formulársele otras preguntas. La boleta de entrevista
está consignada en Anexos.
4.6.2 Medios de Comunicación
Social
Los medios de comunicación, en su afán de
vender, han convertido el sexo en su mejor gancho. Según
datos proporcionados por Luis María Aller y Marcio Ruiz
(1994: 94 y ss) se calcula que un adolescente promedio observa, a
través del cine y
la
televisión, 10.000 escenas provocativas anualmente: a
los 20 años ha visto más de 100.000 y se ha
convencido de que el sexo extramarital es algo fascinante. Pero
lo delicado del asunto es que esta manipulación
publicitaria está exenta de la más mínima
información respecto a los peligros del libertinaje
sexual.
Al margen de esto, se puede observar que basta buscar en
la sección de avisos clasificados de cualquier
periódico importante para obtener datos de cómo
hacer y cuánto pagar por la actividad sexual que se desee.
A través del periódico se puede satisfacer las
más diversas fantasías sexuales; apenas es una
cuestión de precio.
Lo irónico del caso es que a la vez que se
propalan imágenes
sugestivas invitando a una práctica sexual irrestricta o
publicitan los lugares donde se puede llevar a cabo
fantasías sexuales de todo tipo, los medios de
comunicación condenan a las prostitutas cuando las
muestran como la lacra de la sociedad o, mínimo, como
mujeres dignas de compasión caritativa.
Finalmente, existen otras reparticiones oficiales con
funciones específicas sobre el control a la
prostitución, como por ejemplo Servicio Nacional de
Impuestos Internos, que regula impositivamente los locales donde
se ejerce el TSC, ya se trate de un lenocinio, una
wiskhería u otra. Migración
que está encargada de controlar a todas las mujeres
extranjeras que se dedican al TSC y finalmente Narcóticos
cuya función se relaciona con la prostitución en
forma indirecta al controlar en los locales el tráfico de
estupefacientes.
4.7
Organización para la reivindicación de los derechos
de las TSC
La organización para los diferentes grupos
implica un nivel apreciable de cohesión y
articulación orgánica. En el caso de las y los TSC,
según información proporcionada por la Lic. Vivian
Peñaranda, Trabajadora Social del programa ITS-SIDA, el
sector de las TSC mujeres cuenta con una organización
incipiente desde el mes de agosto de 2000. Se cuenta con
contactos previos con los travestis, pero aún no existe
nada con los TSC varones. Las actividades efectuadas hasta el
momento se circunscriben a reuniones con el Programa ITS-SIDA, el
Defensor del Pueblo, y con organizaciones de defensa de los
Derechos Humanos. Tienen planificados cursillos de
orientación sexual. Continúan a la espera de los
resultados sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado
por la devolución del control de las matrículas a
la PTJ. Los objetivos de esta agrupación están
dirigidos a luchar contra cualquier abuso de la Policía
que signifique extorsiones, maltrato psicológico,
físico y sexual, y cualquier otro tipo de
vulneración de sus derechos. Los precedentes
internacionales permiten una mejor organización de estos
grupos (ver Anexos). Esta organización en la ciudad de La
Paz está encabezada por Lily Cortez.
La problemática de la prostitución tiene y
ha tenido a lo largo del tiempo diversas respuestas por parte del
Estado, tanto en Bolivia como en otros países. En el
presente capítulo se considera estos aspectos tomando en
cuenta el proceso histórico que siguió el
mismo.
5.1 Normativa legal
abrogada de carácter nacional
En el presente subtítulo se considera la
normativa legal abrogada referente a la prostitución. Los
subtítulos contenidos aquí fueron extraídos
de la tesis de grado
intitulada Estudio social y legal de la prostitución en
Bolivia (Feliciano Peña Berazaín). El mencionado
autor señala (pág. 86-87) que "todas las
disposiciones referentes a la prostitución en nuestro
país, partiendo del Código Penal de 1834, traslucen
un criterio muy simplista al respecto, ya que los codificadores
de aquel entonces no le dieron mucha importancia
médico-social y jurídica que requiere, no vieron
las consecuencias que podría acarrear con el transcurso de
los años, casi olvidaron que en alguna medida se debe
proteger a la mujer que es la que ejerce este oficio y aún
no se legisló nada en absoluto".
Este Código fue dictado por el Mcal.
Andrés de Santa Cruz. En materia de
prostitución solo contemplaba dos artículos sobre
el particular: 426 y 427, los que no sancionan el ejercicio de
esta actividad, lo que significa que no existía
penalización.
5.1.2 Ley
Reglamentaria de Policía de 1886
Este breve cuerpo de disposiciones en materia de
policías, dictado mediante Decreto Ley de ese año,
no indica absolutamente nada referente a la prostitución.
En este cuerpo se puede observar que los legisladores de aquellos
años no eran conscientes de la enorme importancia que
tenía este problema ni las consecuencias en que
derivaría por falta de disposiciones penales, y sobre todo
una buena reglamentación sobre esta materia.
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