- Breve reseña
histórica del país - Datos
económicos - Estructura jurídico
tributaria - Secretaría de ingresos
federales - Presencia
fiscal - Autonomía
- Descripción de las
Funciones de las Unidades Centralizadas y
descentralizadas - Unidades
descentralizadas - Anexos
- Conclusiones
- Bibliografía
En Brasil hay
multiplicidad de órganos con funciones
típicas de Administración Tributaria, fruto,
principalmente, de su estructura
federativa de organización política.
Nos encontramos con yn Sistema
Tributario bastante diversificado, enb donde todas las entidades
colaboran y copoperan entre síç, para subsanar
aquellas deficiencias o inconsistencias por concepto de
ingresos qoe
pueda en algún momento dasdo, tener una región o
distrito determkinado.
Otro aspecto importante
Los demás miembros de la Federación –
Distrito Federal, Estados y Municipios – mantienen
administraciones tributarias propias, en el ámbito de los
tributos de
sus potestades, ejerciendo cada una de ellas todas las funciones
inherentes a una administración tributaria. Debe ser
resaltado que Brasil posee un Distrito Federal, veintiséis
Estados y más de cinco mil quinientos Municipios, cada uno
de ellos con su propia administración
tributaria.
BRASIL
BREVE
RESEÑA HISTÓRICA DEL PAÍS
Brasil es el país de mayor extensión
territorial del hemisferio sur del continente americano, con 8,5
millones de km2 de área continua. posee cerca de 7,4 mil
kilómetros de costas oceánicas (océano
atlántico) y más de 15,7 mil kilómetros de
fronteras terrestres, teniendo frontera con todos los
países de América
del sur, con excepción de Chile y
Ecuador.
Brasil es una República Federativa, formada por
la Unión, 26 Estados, 1 Distrito Federal y más de
cinco mil quinientos municipios. El país se divide en
cinco macroregiones territoriales – Norte, Nordeste,
Sudeste, Sur y Centro-Oeste – que agrupan estados con
características físicas, humanas,
económicas y sociales comunes.
Su población aproximada es de 165,7 millones
de habitantes (datos de mayo del
2000), la más grande del cono sur, siendo un país
predominantemente urbano, con cerca de 76% de la población
viviendo en las ciudades. Su población
económicamente activa (PEA) está en torno de 76
millones de trabajadores. Cuenta con un clima tropical
favorable al desarrollo de
diversificados económicos, y que viene de un proceso de
recuperación de su economía, aspecto que
favorece la consolidación de las inversiones y
de las actividades de empresas y
sociedades de
capital
extranjero.
En un país sin grandes embates culturales
causados por diferencias de idiomas, de religión o, incluso,
étnicas, la federación brasileña fue creada
en 1891, después de la proclamación de la
república, en respuesta a las diferencias regionales y a
las necesidades administrativas, vista la dimensión
continental del territorio. Tal federación no nació
de alguna coalición de abajo hacia arriba, sino por
decisión de arriba, a través del desdoblamiento de
un estado
unitario. En lo que se refiere al sistema tributario, la
federación interesaba principalmente a las provincias
más desarrolladas del sur y del sudeste, especialmente a
São Paulo, en donde se concentraba el nuevo sector
exportador. El principal objetivo,
entre otros, era el de la obtención de mayor libertad de
movimiento
para imponer impuestos locales
a sus exportaciones.3 A
cambio de
esto, se ofreció a las regiones menos desarrolladas una
representación más que proporcional en el Poder
Legislativo. Desde su creación, el sistema federativo
brasileño ha pasado por ciclos nítidos de
contracción y descontracción en relación al
poder
central.4 De esta forma, entre 1891 y 1930, bajo la égida
de la denominada "República Vieja" y en el zenit de la
economía primario-exportadora cafetera, el poder central
era relativamente débil. En ese período, la
participación relativa del gobierno federal
en los gastos
públicos totales disminuyó de cerca de tres cuartos
a la mitad. Al mismo tiempo, la
parcela de los ingresos totales de los gobiernos de los estados
que corresponde a la provincia de São Paulo subió
de poco más de 10 para casi el 40 por ciento.
Después de un largo período de
paralización durante el siglo XIX, la economía
brasileña tuvo el mayor crecimiento de todas las naciones
del mundo, desde la década de los años 70 del
citado siglo hasta la misma década del siglo XX y
pasó paralelamente, por profundas transformaciones
estructurales. Sin embargo en los últimos veinte
años, ese ritmo de crecimiento, especialmente vigoroso
después de la Segunda Guerra
mundial, pasó por una fuerte inflexión
descendente. Por eso, su renta per cápita aún
está en el octogésimo octavo lugar y la distribución de la renta está entre
las más desiguales del planeta.
Brasil posee actualmente, la 9ª mayor
economía del mundo, estimada en US$ 1 billón, 40
mil millones de dólares, considerando el poder de compra y
de consumo de su
población.
De acuerdo con los datos fornecidos por el "IBGE –
Instituto Brasilero de Geografía e Estadística", el producto interno
bruto (PIB),
encerró el ejercicio de 1.999 con una variación
positiva de 0,8% (cero coma ocho por ciento), y la
proyección para el año 2000 en curso, es de alza
del 3% (tres por ciento).
El PIB brasileño se presenta, porcentualmente
distribuido así:
. 50% (cincuenta por ciento) Sector de Servicios.
. 39% (treinta y nueve por ciento) Sector
Industrial.
. 11% (once por ciento) Sector de la agricultura.
En sus operaciones de
comercio exterior
(importaciones y
exportaciones), Brasil mantiene relaciones comerciales con la
Unión
Europea, Estados Unidos,
Asociación de Integración latinoamericana, Japón y
países de la OPEC.
En la década del 90, Brasil lanzó su programa de
privatización, trayendo inversiones
externas considerables. Aproximadamente, 90 sociedades federales
y 30 estaduales fueron privatizadas en Brasil, con destaque de
los sectores de telecomunicaciones, siderúrgico y
petroquímico.
La economía brasileña depende de
inversiones y préstamos extensos, y por eso acumula una
deuda externa
aproximadamente de US$ 200.000 millones de dólares. El
sector
público brasileño presenta un déficit
próximo a los 50% de su PIB, haciendo con que el gobierno
deliberara aumentos de tributos y redujera sus
inversiones.
Como consecuencia, Brasil presenta una de las mayores
cargas tributarias del mundo, con 70 modalidades de impuestos
aproximadamente, lo cual hace que los inversionistas programen
sus aplicaciones en Brasil, por medio de una eficaz planificación fiscal y
tributaria.
El sistema tributario de Brasil se caracteriza por la
existencia de impuestos propios a cada uno e los tres niveles de
gobierno (federación, estados y municipios) y de dos
mecanismos fiscales que son bien diferentes, primero, un sistema
de repartición de ingresos tributarios que igualmente
figuran en los fiscos de las unidades que los comparten como
recursos propios
y segundo, un sistema de transferencias intergubernamentales que
opera en forma redistributiva y compensatoria atenuando
desigualdades regionales. Tiene esta última un
direccionamiento vertical hacia abajo, es decir el gobierno
federal transfiere hacia los estados y municipios y a su vez los
estados transfieren a sus municipios.
ESTRUCTURA JURÍDICO
TRIBUTARIA
La estructura tributaria brasileña está
definida por la Constitución Federal de 1988. Los impuestos
vigentes en Brasil, clasificados por su naturaleza y por
la respectiva competencia, son
los siguientes:
IMPUESTOS VIGENTES EN BRASIL
IMPUESTOS | COMPETENCIA |
– Impuestos sobre el Comercio | |
– Impuesto | Unión |
– Impuesto sobre la Exportación – | Unión |
– Impuestos sobre el Patrimonio y la Renta | |
– Impuesto Predial y Territorial Urbano – | Municipios |
– Imposto Territorial Rural – | Unión |
– Impuesto de Transferencia Inter Vivos de | Municipios |
– Impuesto de Transferencia Causa Mortis y | Estados |
– Impuesto sobre la Propiedad de Vehículos Automotores | Estados |
– Impuesto | Unión |
– Impuestos sobre la Producción y | |
– Impuesto sobre Productos Industrializados – | Unión |
– Impuesto sobre Circulación de | Estados |
– Impuesto sobre Servicios de Cualquiera | Municipios |
– Impuesto sobre Servicios de Cualquiera | Unión |
Carga Tributaria
En 1999 la Carga Tributaria Bruta en Brasil,
considerando las tres esferas de gobierno – Unión,
Estados e Municipios – y la Seguridad
Social, correspondió a 30,27% del PIB, representando
una recaudación total de R$ 305.731 billones (US$
168.545). De ese total, la Unión, los Estados y los
Municipios contribuyeron con 70,4%, 25,6% y 4,0%,
respectivamente.
En Brasil, cada esfera de gobierno posee competencia
tributaria propia. Mientras, la Constitución Federal
determina algunas transferencias de ingresos tributarios, con
vista a corregir desequilibrios regionales y propiciar una mejor
distribución de los ingresos, de acuerdo con las distintas
necesidades de Estados, Municipios y regiones del
País.
Las transferencias constitucionales son
automáticas y tienen una naturaleza bastante
descentralizadora, beneficiando sobre todo a los Municipios. En
1998, por ejemplo, luego de las transferencias constitucionales,
la proporción de ingreso tributario total asignada por la
Unión, por los Estados y por los Municipios fue de 59,8%,
25,2% y 15,0% (para una participación en el esfuerzo de
recaudación de 69,3%, 26,4% y 4,3%, respectivamente). (Ver
anexos 1 y 2).
Recaudación
Administrando todos los impuestos de competencia federal
y varias contribuciones sociales para la Seguridad Social,
la SRF tiene a su cargo la tributación y
fiscalización de toda la actividad económica y
financiera del País (inclusive la realizada con el
exterior), contando en sus Registros con
documentos de
más de 100 millones de contribuyentes personas
físicas y más de 10 millones de contribuyentes
personas jurídicas.
Los ingresos administrados por la Secretaría de
Ingresos Federales alcanzaron, en 1999, el monto de R$ 142.557
millones (US$ 78.590 millones), que representaran,
aproximadamente, 46,6% de la carga tributaria brasileña
total y 66,2% de los ingresos tributarios de la
Unión.
Por otra parte, según la Coordinadora de la
Política Tributaria de la República Federal, Andrea
Lemgruber, afirma que Los impuestos pagados el año pasado
por los brasileños fueron equivalentes al 34.36 por ciento
del Producto
Interior Bruto (PIB) y superiores en porcentaje a lo que se paga
en México y
Argentina, las
otras dos grandes economías de la región.
agregó que la recaudación tributaria en Brasil el
año pasado fue de 406,870 millones de reales (unos 163,000
millones de dólares), lo que supuso un aumento del 5.88
por ciento en comparación con la del 2000
En el mismo período la economía
brasileña apenas creció un 1.51 por ciento y la
renta per cápita tuvo un leve aumento del 0.19 por
ciento.
Lemgruber atribuyó el crecimiento en la
recaudación tributaria principalmente a modificaciones en
la forma como se cobran los tributos de los sectores de
combustibles, automotriz y sobre ganancias de capital, para
combatir la evasión fiscal.
No obstante, el sector productivo brasileño
presiona desde hace años por la aprobación en el
Congreso de una reforma tributaria que elimine los impuestos en
cascada, para hacer más competitiva a la industria
nacional.
En el sistema tributario brasileño existen
impuestos que son cobrados tanto por la unión federal,
como por los estados y municipios, lo que incide sobre los
costos de
producción de bienes y servicios.
Secretaría de Ingresos
Federales
Recaudación de Ingresos Administrados –
1999
Tributos | Recaudación | PIB | |
R$ | US$ | ||
Impuesto sobre Importación-II | 7.916 | 4.364 | 0,78 |
Impuesto s/ Productos | 16.503 | 9.098 | 1,64 |
Impuesto sobre la Renta-IR | 51.516 | 28.400 | 5,10 |
Impuesto sobre Operaciones | 4.877 | 2.689 | 0,48 |
Contrib. Social s/ Utilidad | 7.303 | 4.026 | 0,72 |
Contribución para el Financiamiento de la Seguridad Social | 32.184 | 17.743 | 3,19 |
Contribución para el PIS/PASEP | 9.835 | 5.422 | 0,97 |
Contrib. Provisional sobre Movimientos Financieros |
7.956 |
4.386 |
0,79 |
Contrib. para el Plan de |
3.142 |
1.732 |
0,31 |
Otros tributos y contribuciones | 1.325 | 730 | 0,13 |
TOTAL | 142.557 | 78.590 | 14,11 |
Órganos de
Administración Tributaria en Brasil
La Secretaria de Ingresos Federales es el principal
órgano de Administración Tributaria en el
ámbito federal, siendo responsable de la
administración de todos los tributos de competencia de
la Unión y de varias contribuciones sociales.
Las contribuciones que afectan la planilla (adeudadas
por los empleados y por los empleadores) y sobre el trabajo
independiente, cuya recaudación está dirigida al
financiamiento del sistema público de bienestar (seguro
social), no se encuentran bajo la responsabilidad de la SRF, cabiendo su
administración al Instituto Nacional de Seguro Social –
INSS, entidad autónoma vinculada al Ministerio de
Bienestar y Asistencia Social. El INSS ejerce, de manera
complementaria, las funciones de agente recaudador de otras
contribuciones– tales como Salario Educación y otras de
intervención en el dominio
económico y de interés de
categorías económicas – que también
afectan la planilla de las empresas.
Con relación al sistema público de
bienestar (seguro social), el INSS ejerce la
administración tanto de los ingresos como de los gastos,
manteniendo, para dicho fin, una estructura propia de registro de los
contribuyentes / asegurados y de recaudación,
fiscalización y cobro de las contribuciones bajo su
competencia.
Los demás miembros de la Federación –
Distrito Federal, Estados e Municipios – mantienen
Administraciones Tributarias propias, en el ámbito de los
tributos bajo su competencia, ejerciendo cada una de las/todas
las funciones inherentes a una AT.
SECRETARÍA DE INGRESOS
FEDERALES
Organización y
funciones
1La Secretaría de la Renta
Federal (SRF) fue creada por medio del Decreto n.º
63.659/68. Su estructura actual está definida por el
Decreto nº 3.786, de 24.07.2001.
La Secretaria de Ingresos Federales-SRF fue creada por
el Decreto nº 63.659/68. Su estructura actual está
definida por el Decreto n.º 63.659/68, su estructura actual
está definida por el Decreto nº 3.786, de
24.07.2001.
La SRF forma parte de la estructura del Ministerio de
Hacienda y se caracteriza por ser un órgano central de
dirección superior de la
administración tributaria. A la SRF compete la
planificación, supervisión, ejecución, control y
evaluación de las actividades relacionadas
a los tributos en la esfera federal, inclusive aquéllos
relativos al comercio exterior.
La estructura organizativa de la Secretaria de Ingresos
Federales presenta los siguientes niveles: Central, que abarca
las funciones de dirección general y asesoría;
Regional, de supervisión y controle: y Local, de
ejecución.
La SRF mantiene una estructura funcional,
descentralizada y sistémica, con cada uno de los niveles
jerárquicos desarrollando las funciones básicas de
la administración tributaria. Con excepción de los
Juzgados, que tienen una estructura diferenciada, cada uno de los
órganos descentralizados posee sus propias divisiones
especializadas en las áreas de atención y registro del contribuyente,
fiscalización, recaudación y cobro de tributos, y
control aduanero (cuando sea apropiado).
La dirección de la Institución es ejercida
por el Secretario de Ingresos Federales, que ocupa el cargo de
mayor nivel jerárquico de la SRF. El Secretario es
auxiliado en sus tareas por tres Secretarios Adjuntos,
además de contar con las Unidades Centrales.
OBJETIVOS
La Secretaría de Ingresos Federales fue creada
con los siguientes
objetivos:
- Dinamizar la administración tributaria,
tornándola capaz de administrar varios tributos
(inclusive los del área aduanera), maximizando la
utilización de los recursos
humanos y materiales. - Presentar a la administración tributaria
como una representación única ante los
contribuyentes - Definir criterios claros y eficientes de descentralización, con gran
autonomía de los órganos locales de
punta.
MISIÓN
La Secretaría de Ingresos Federales es el
órgano central de dirección superior, subordinado
al Ministerio de Hacienda, responsable de la
administración de los tributos internos y aduaneros de la
Unión, con el propósito de promover el cumplimiento
voluntario de las obligaciones
tributarias recaudar los recursos para el Estado y
efectuar las acciones de
fiscalización y lucha contra el fraude, de forma
de promover la justicia
fiscal.
FUNCIONES
La SRF es el órgano central de dirección
superior de la Administración Tributaria de Brasil,
ejerciendo las funciones básicas de control,
elaboración de normas,
recaudación y fiscalización de tributos (incluso
los Aduaneros) y contribuciones federales. Actúa en la
formulación de la Política Tributária del
País y es responsable, aun, por el Juzgamiento, en primera
instancia, del Contencioso Administrativo Fiscal.
PERSONAL DE LA SRF
Las actividades típicas de administración
tributaria son ejercidas en la Secretaría de Ingresos
Federales por funcionarios de carrera ARF – Auditoria de
Ingresos Federales.
Creada por el Decreto Ley nº
2.225/85 y modificada por la Medida Provisional nº 1.915, de
29.06.99, la carrera ARF está formada por los Auditores
Fiscales de Ingresos Federales (AFRF) y por los Técnicos
de Ingresos Federales (TRF). El ingreso en la Carrera se
efectúa exclusivamente mediante Concurso Público,
exigiéndose una formación de nivel superior, en
cualquier área.
Los concursos para la Carrera ARF, bajo la
responsabilidad de la ESAF – Escuela de
Administración Hacendaria (vinculada al Ministerio de
Hacienda), se realizan en dos fases, la primera fase consiste en
pruebas de
conocimientos y la segunda, consiste en curso de
formación. Los candidatos que aprueban y clasifican en la
primera fase son sometidos a un Curso de Formación, de
aproximadamente tres meses y de carácter
eliminatorio, donde se ofrecen clases sobre Sistema Tributario,
Código
Tributario, Administración Tributaria, Derechos del Contribuyente,
Código de Ética y
Disciplina, y,
de modo más específico, sobre los tributos
administrados por la Secretaría de Ingresos
Federales.
Además de la carrera ARF, las actividades
de administración tributaria reciben el soporte de
funcionarios administrativos (funcionarios administrativos,
oficinistas, conductores y otros) y de un grupo de
funcionarios del SERPRO – Servicio
Federal de Procesamiento de
Datos, ubicado en la SRF.
Secretaría de Ingresos
Federales Distribución de Personal
(En ejercicio – diciembre de
1999)
Categoría de Funcionario | Dirección | Nivel | Nivel | Soporte (4) | TOTAL | % | |
Ubicación | DAS/FG (1)* | AFRF (2) | TRF (3) | SERPRO | Otros |
(5)** | |
Unid. Centrales | 288 | 293 | 226 | 147 | 167 | 833 | 4,2 |
Unid. | 2.657 | 7.084 | 6.141 | 2.729 | 2.900 | 18.854 | 95,8 |
TOTAL | 2.945 | 7.377 | 6.367 | 2.876 | 3.067 | 19.687 | 100,0 |
% | 15,0 | 37,5 | 32,3 | 14,6 | 15,6 | 100,0 |
Fuente: SRF/COPOL/DIARH
* Columna (1): El total de funcionarios de esta columna
está distribuido en las columnas siguientes (AFRF, TRF y
soporte).
** Columna (5) = AFRF (2) + TRF (3) + Soporte
(4)
El personal de la
Secretaría de Ingresos Federales, en diciembre de 1999,
estaba formado por 19.687 servidores en
ejercicio, de los cuales 69,8% pertenecían a la carrera
ARF y 30,2% al personal de soporte. La distribución de los
servidores entre Unidades Centrales y Unidades descentralizadas
(incluyendo DRJ) era de 4,2% y 95,8%, respectivamente. Los cargos
de dirección representaban 15% del personal (en
ejercicio), totalizando 2.945 cargos.
Además de la función de
coerción que posee, la Secretaría de la Renta
Federal ha buscado, en los últimos años, aumentar
la efectividad de su acción con una mayor presencia junto
al contribuyente.
Esa presencia se puede traducir en la
implantación de un moderno sistema de atención al
contribuyente; en el desarrollo de los mecanismos que facilitan
el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la
comunicación con el contribuyente; en la
ampliación de la presencia aduanera; en la
agilización y facilitación de la rutina aduanera y
en actividades de educación fiscal.
Atención y asistencia.
La mayor innovación realizada por la
Secretaría de la Renta Federal en los últimos
años fue la incorporación del concepto de
administración centrada en el contribuyente, lo que
llevó a una revisión de toda la estrategia de
relación y comunicación con el público, por
parte de la
organización.
La atención al contribuyente es tratada en la SRF
como un servicio especializado y de fundamental importancia como
instrumento de inducción y facilitación del
cumplimiento de las obligaciones tributarias, siendo realizado
por los Centros de Atención al Contribuyente
(CAC).
El concepto de Administración Tributaria centrada
en el contribuyente representa hoy día una tendencia
dominante, no solo en el pensamiento
tributario, como también en toda la Administración
Pública.
Facilitación del cumplimento de la
obligación tributaria.
La Secretaría de la Renta Federal ha realizado
grandes esfuerzos en el sentido de disponerle a los
contribuyentes instrumentos que faciliten el cumplimiento de las
obligaciones tributarias principales y accesorias,
tornándolas más sencillas y cómodas. Ello ha
causado una constante inversión en nuevas
tecnologías de comunicación y
transmisión de datos, así como, de forma paralela,
un mayor compromiso con la calidad de la
atención al contribuyente. De esta manera, la SRF busca
cultivar un clima de respeto en la
relación fisco-contribuyente, facilitando y
desburocratizando al máximo esa relación y teniendo
siempre en cuenta los derechos del contribuyente.
Los esfuerzos despendidos por la SRF en el sentido de
proporcionar al contribuyente/ ciudadano una atención de
alta calidad a través de Internet, han sido
reconocidos por la crítica especializada y por los propios
contribuyentes- internautas, rindiéndole a la
Secretaría de la Renta Federal varias premiaciones en el
ámbito nacional.
Presencia fiscal en el área
aduanera.
La Secretaría de la Renta Federal mantiene en el
área aduanera una presencia fiscal altamente intensiva en
mano de obra, debido a la necesidad de estar presente en
distintas aduanas de la
zona primaria (puertos, aeropuertos y puntos de frontera), o
secundaria (Estaciones Aduaneras del Interior – EADI),
acompañando el movimiento propiamente dicho de personas y
mercancías y desarrollando una acción permanente de
vigilancia y represión al contrabando y al tráfico
de drogas.
La lógica
de la actuación de la Secretaría de la Renta
Federal en el área aduanera es que, en un mundo de
comercio globalizado, donde la competitividad
es fuertemente afectada por la velocidad de
los flujos de las mercancías, el control por parte de las
autoridades aduaneras no debe obstaculizar el comercio regular.
De ese modo, el gran reto es justamente buscar el equilibrio
entre control y facilitación de los procedimientos, a
partir de la premisa de que la eficacia de la
fiscalización aduanera para el combate a los fraudes puede
y debe buscarse sin perjuicio de la agilidad de los flujos
comerciales.
Educación fiscal.
Con relación a la importancia, reconocida por
todos, de una política de educación fiscal, la SRF
sufrió una discontinuidad de sus programas
formadores de conciencia y
cultura
tributaria en la sociedad, los
cuales tan sólo recientemente fueron retomados.
En el año 2000, intentando actuar de manera
más fuerte, la SRF indicó representantes en cada
región fiscal para participar del Programa Nacional de
Educación Fiscal (PNEF). La principal atribución de
esos funcionarios es interactuar, como representantes regionales
de la Secretaría de la Renta Federal, con las
representaciones estaduales en la realización de acciones
coordinadas de educación fiscal, en el ámbito de
sus jurisdicciones.
La SRF dispone de una relativa autonomía
– administrativa y financiera – en el desempeño de sus actividades. Aunque gran
parte de sus gastos (cerca de 60%) los cubre el FUNDAF –
Fondo Especial para el Desarrollo y Perfeccionamiento de las
Actividades de Fiscalización, administrado por la SRF, la
realización de esos gastos requiere de la anuencia de los
órganos de administración del Ministerio de
Hacienda.
Al crearse la Secretaría de Ingresos Federales,
se pretendía que ésta se dedicase exclusivamente a
sus funciones, especializándose en las actividades de
administración tributaria. Por este motivo fueron
retirados de la competencia de la SRF los servicios de compras, recursos
humanos y obras, entre otros, que pasaron a ser ejecutados por
las DAMF – Delegaciones de Administración del Ministerio
de Hacienda.
Esta opción, mientras tanto, se
mostró, con el tiempo, inadecuada para satisfacer las
demandas de la Institución, en vista de la
desproporción entre el tamaño / necesidades de la
SRF (que corresponde a más de 70% de toda la Estructura
del Ministerio de Hacienda) y la disponibilidad de recursos
humanos y materiales de las DAMF, las cuales, en adición,
necesitan atender también todas las demás
Secretarías del Ministerio.
En los últimos años, parte de los
servicios ejecutados anteriormente por las DAMF se devolvieron a
la SRF, que pasó a responsabilizarse por todos los
procesos de
licitaciones de la Institución, realizándolos de
forma centralizada o descentralizándolos hacia las
Superintendencias Regionales.
A partir de 1999, con la extinción de once
(11) DAMF y la "racionalización" de las que permanecieron,
pasó a ser responsabilidad de la Secretaría de
Ingresos Federales la administración de todos sus contratos –
alquileres, compras, servicios y otros – lo que viene exigiendo
de la Institución la asignación de recursos humanos
importantes en esta nueva actividad. (En algunas localidades en
las que existe DAMF y donde la SRF comparte espacios
físicos con otras Unidades del Ministerio de Hacienda,
algunos contratos – en el área de limpieza y
seguridad, por ejemplo – continúan siendo
administrados por las DAMF).
La estructura
organizacional de la Secretaría de Ingresos Federales
presenta los siguientes niveles:
- Central, que comprenden las funciones de la
dirección general y asesoría. - Regional, de supervisión y
control. - Sub-regional, de ejecución y
supervisión. - Local, de ejecución.
En la siguiente página se muestra el
organigrama de la
Secretaria de Ingresos Federales
Para ver el gráfico seleccione la
opción "Descargar" del menú superior
Descripción de las Funciones de
las Unidades Centralizadas y Descentralizadas
- Gabinete – GABIN. Asiste al
Secretario en su representación institucional y en la
preparación y despacho del expediente; da seguimiento a
la tramitación de materias de interés de la
Secretaria ante el Congreso Nacional; asiste al Secretario en
sus relaciones con la prensa. - Asesoría Especial: Actúa en
actividades de apoyo técnico jurídico al
Secretario y a la Secretaria Adjunta; coordina el Programa de
Impuesto sobre la Renta – PIR y otros programas especiales
establecidos por el Secretario de Ingresos Federales; examina y
prepara propuestas de convenio, ajuste o protocolo, a
celebrarse con representantes de los departamento de hacienda
pública federal, estatal, Distrital y
municipal - Asesoría técnica: Actúa
en las actividades de apoyo técnico-jurídico al
Secretario y a la Secretaría adjunta. - Asesoría de Divulgación y Relaciones
Externas: Ejecuta las actividades de las relaciones de la
SRF con entidades extranjeras y organismos internacionales;
promueve el estudio de la legislación tributaria
comparada y analiza propuestas de acuerdos internacionales para
evitar la doble tributación y prevenir la evasión
fiscal, participando de las negociaciones de acuerdos y
convenios con otros países relacionados a la materia
tributaria. Coordina las actividades que involucren la
participación de la SRF en el Mercado
Común del Sur-MERCOSUR, en
el área de Libre Comercio
de las Américas-ALCA y en el
Sistema Integrado de Comercio Exterior-SISCOMEX. - Coordinación General de Estudios
Económicos, Tributarios y Estratégicos
(COGET): Desarrolla estudios económico tributarios,
promoviendo la elaboración y análisis de escenarios alternativos, de
proyecciones de comportamiento y simulación de resultados; efectúa
la recopilación y el manejo de datos e informaciones y
la diseminación de estadísticas gerenciales, tributarias y
de comercio exterior; consolida el Plan de Acción Anual
de la SRF y evalúa el desempeño del Órgano
en función de los programas y planes de gobierno;
coordina la cooperación técnica entre la SRF y
entidades similares nacionales o internacionales, en asuntos de
interés intersistémico; coordina la
participación de la SRF en el ámbito de la
Comisión Técnica Permanente – COTEPE, responsable
por el apoyo técnico a las reuniones del Consejo
Nacional de Política Hacendaria – CONFAZ; brinda
apoyo al Secretario en cuanto a la participación de la
SRF en el CIAT. - Coordinación General de Auditoría y Rectificación
(COAUC): Desempeña las gestiones relacionadas con
Auditoria interna y en el control del comportamiento
ético-funcional; ejecuta indagatorias e investigaciones
administrativo-disciplinares - Coordinación General del Sistema de
Tributación (COSIT): Planifica, coordina, orienta y
evalúa las actividades de tributación. Es
responsable de la interpretación y aplicación de
la legislación tributaria y relacionada y de la
expedición de actos normativos, destinados a uniformizar
la interpretación de la legislación en el
ámbito de la SRF; considera las propuestas de
institución, modificación y extinción de
exenciones o reducciones de tributos, incentivos
fiscales y regímenes especiales de
tributación. - Coordinación General del sistema de
Recaudación y Cobro (COSAR): Elabora la propuesta de
previsión de la recaudación de los tributos y
contribuciones administrados por la SRF y coordina y consolida
las previsiones de los demás ingresos federales, para
subsidiar la elaboración de la propuesta presupuestaria
de la Unión; realiza el análisis del
desempeño de la recaudación y ejecuta el cobro,
inclusive por medio de acciones fiscales; ejecuta el
reconocimiento de los créditos tributarios y de las
devoluciones de tributos; orienta, controla y fiscaliza las
actividades de recaudación de los Agentes de la Red
Recaudadora. - Coordinación General del Sistema de
Fiscalización (COFIS): Promueve estudios y
análisis de sectores económicos y de
contribuyentes con vista a la formulación y
determinación de los objetivos y
prioridades de la política de fiscalización,
relativa a los tributos y contribuciones administrados por la
SRF, a excepción de los tributos sobre el comercio
exterior; elabora la programación general de la
fiscalización de los tributos y contribuciones
administrados por la SRF, a excepción de los tributos
sobre el comercio exterior. - Coordinación General de Indagación e
Investigación (COPEI): Realiza el
levantamiento de datos e informaciones sobre la práctica
de evasión, contrabando y fraudes fiscales, al igual que
promueve estudios para el desarrollo de técnicas
de investigación que permitan identificar tales
irregularidades fiscales. - Coordinación General del Sistema Aduanero
(COANA): Planifica, orienta, supervisa y evalúa las
actividades aduaneras y las relacionadas con la nomenclatura y
clasificación de mercancías; interpreta y aplica
la legislación aduanera, en conjunto con la COSIT;
formula y define los objetivos y criterios para el control
aduanero y elabora el programa general de fiscalización
relativo a los tributos sobre el comercio exterior, inclusive
en una zona franca; da seguimiento a la preparación de
anteproyectos y proyectos de
Acuerdos, Tratados,
Convenciones, Convenios y recomendaciones internacionales en
materia aduanera; promueve estudios y análisis, con
miras a formular las normas sobre el control del comercio
exterior. - Coordinación General de Tecnología y Sistemas de
Información – COTEC. Es responsable de la
definición del modelo
informático global de la SRF y de la
investigación de tecnologías a ser adoptadas por
la Secretaria, así como de la consolidación de
los programas de entrenamiento
en informática; define normas y patrones
para la adquisición, el uso y la contratación de
servicios de informática. Le compete también la
administración de datos, incluyendo su captación,
los sistemas de
información, el programa de seguridad de
datos e informaciones, los registros de contribuyentes y las
listas corporativas de la SRF. - Coordinación General de Programación
y Logística – COPOL. Su
área de competencia está relacionada con el
presupuesto y
la programación financiera; con los convenios y
contratos; con la asignación de recursos, en coordinación con las demás
unidades de la Secretaria y con el órgano sectorial del
Ministerio de Hacienda; con la ejecución de las
actividades operativas relacionadas a la evaluación del desempeño de los
funcionarios y con la ejecución de las actividades
auxiliares vinculadas a los servicios administrativos de las
Unidades Centrales, así como con el control de
mercancías aprehendidas. Coordina las actividades
relacionadas con la organización, planificación y
modernización administrativa, así como las
relacionadas a proyectos de capacitación y desarrollo de los
servidores de la SRF.
Desde el punto de vista de la jurisdicción, las
unidades descentralizadas están divididas en Regionales y
Locales.
Para facilitar el ejercicio de la administración
tributaria, el país está dividido en diez Regiones
Fiscales (RF); en cada Región Fiscal se localiza una
Superintendencia Regional de Ingresos Federales (SRRF); cada una
de las Regiones Fiscales se Subdivide en Sub-regiones cuya
jurisdicción comprende las unidades sub-regionales
denominadas Delegaciones de Ingresos Federales, (DRF), en total
82, que se clasifican en Delegaciones de clase A, B y C
(dependiendo de factores tales como el monto de la
recaudación y el numero de contribuyentes, personas
físicas o jurídicas).
El área de cada delegación a su vez
está subdividida en Unidades Locales (Agencias e
Inspecciones de Ingresos Federales – de Clase B y C). Son
además, Unidades Locales, pero vinculadas directamente a
las respectivas SRRF, y de Aduanas y Las Inspectorías
Especiales de clase A.
Además de las unidades administrativas
mencionadas, en 1994 se crearon dieciocho (18) Delegaciones de
Ingresos Federales de Juzgamiento (DRJ), subordinadas
directamente al Secretario de Ingresos Federales.
Descripción de cada una de las
Unidades Administrativas Descentralizadas:
- Superintendencias Regionales SR (10): Tienen a
su cargo la programación, supervisión,
implementación, control y evaluación regional de
las funciones de tributación, recaudación y
cobro, fiscalización, control aduanero,
orientación al contribuyente, y captación de
datos e informaciones económico fiscales de los tributos
administrados por la Secretaria de Ingresos Federales, y las
funciones de programación y logística, dentro de
los límites
de sus jurisdicciones. - Delegaciones de Ingresos Federales de Juzgamiento
(18). A los DRJ compete juzgar, en primera instancia, los
procesos administrativo fiscales relativos a los tributos y
contribuciones administrados por la SRF. El principal objetivo
de la creación de estos Juzgados fue desvincular la
autoridad
ejecutora de la autoridad juzgadora en el proceso de
determinación y demanda de
los créditos tributarios. - Las Delegaciones de Ingresos Federales DIF
(82): Desarrollan las actividades de tributación,
recaudación y cobro, fiscalización, control
aduanero, orientación al contribuyente y de
captación de informaciones económico fiscales
relativas a los tributos administrados por la SRF, y las
actividades de programación y logística, en su
jurisdicción. Con este fin, elaboran el programa de
trabajo y, en coordinación con las respectivas
Superintendencias Regionales y con el apoyo de las
Inspectorías y Agencias subordinadas, promueven su
ejecución. Asisten a las unidades subordinadas en la
implantación y utilización de técnicas
operativas, y, finalmente, cumplen y hacen cumplir las normas
de procedimiento
emitidas por las unidades centrales y regionales. - Inspectorías de Ingresos Federales – IIF
(52). Ejercen actividades de control, tanto de los
impuestos internos como sobre los del comercio exterior.
Desarrollan las actividades de tributación,
recaudación y cobro, fiscalización, control
aduanero, orientación al contribuyente y de
captación de informaciones económico fiscales
relativas a los tributos administrados por la SRF, dentro de
los límites de sus jurisdicciones. Las
Inspectorías Especiales y Clase A ejercen,
además de eso, las funciones de programación y
logística, en sus jurisdicciones. Las
Inspectorías Clase Especial y algunas
Inspectorías localizadas en puertos y aeropuertos
ejercen exclusivamente actividades relacionadas a los
tributos sobre el comercio exterior.- Inscripción y ejecución de la deuda
activa – a cargo de la Procuraduría General de
Hacienda Nacional-PGFN; contencioso fiscal – con la 1ª
Instancia a cargo de Ingresos Federales, la 2ª
Instancia a cargo de los Consejos de Contribuyentes del
Ministerio de Hacienda y la Instancia Especial a cargo de
la Cámara Superior de Recursos Fiscales
(también en el ámbito del Ministerio de
Hacienda); - Procesamiento de datos y parque
tecnológico – a cargo del Servicio Federal de
Procesamiento de Datos-SERPRO, bajo supervisión de
Ingresos Federales (COTEC); - Selección, capacitación y
entrenamiento – a cargo de la Escuela de
Administración Hacendaria-ESAF, de acuerdo con
directrices trazadas por Ingresos Federales
(COPOL); - Ejecución presupuestaria – a cargo
(parcialmente) de las Oficinas de Administración del
Ministerio de Hacienda-DAMF.
Además, Ingresos Federales otorga a terceros
los servicios de recibo de tributos, que son ejecutados por
la red bancaria, y los servicios de confección del
CPF, realizados por los Correos. - Inscripción y ejecución de la deuda
- Las Agencias ARF (381): Tienen sus funciones
limitadas a la orientación al contribuyente,
recaudación y cobro y recopilación de
informaciones económico fiscales relativas a los
tributos administrados por la SRF, a excepción de los
relacionados al comercio exterior. En relación con los
tributos de su competencia administrativa, Ingresos Federales
ejerce todas las funciones típicas de
Administración Tributaria, sino en forma plena, al menos
parcialmente. Algunas funciones típicas de
administración tributaria son ejercidas por la SRF en
conjunto con otros órganos públicos de la
estructura del Ministerio de Hacienda, como sigue: - Aduanas (21): Desarrollan actividades
exclusivamente relacionadas al control del comercio exterior.
Ejercen las actividades de tributación,
recaudación y cobro, orientación al contribuyente
y de captación de informaciones económico
fiscales, y las actividades de programación y
logística, en sus jurisdicciones.
UNIDADES
DESCENTRALIZADAS
ANEXO 1- RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
PROPIA DE LOS ESTADOS Y DE LOS MUNICIPIOS: DISTRIBUCIÓN
POR REGIÓN Y ESTADO EN 1998
Recaudación Tributaria | Recaudación Tributaria | |||||||
Regiones y Estados | % PIB pb | Per Cápita | Total | Gobierno | Estados | Municipios | ||
(R$/hab.) | Central | |||||||
A | B | C=D+E+F | D | E | F | |||
BRASIL | 29,70% | 29,70% | 239.706 | 161.786 | 65.375 | 12.545 | ||
100,00% | 100,00% | 100,00% | 100,00% | |||||
Regiones Más | 31,20% | 31,20% | 79,20% | 80,10% | 76,10% | 83,90% | ||
Región Sudeste | 32,80% | 32,80% | 65,90% | 67,40% | 61,00% | 70,90% | ||
Minas Gerais | 21,10% | 21,10% | 6,90% | 6,00% | 9,20% | 7,80% | ||
Espirito Santo | 38,90% | 38,90% | 2,00% | 1,80% | 2,40% | 1,50% | ||
Rio de Janeiro | 33,40% | 33,40% | 12,40% | 13,10% | 10,30% | 15,80% | ||
São Paulo | 35,50% | 35,50% | 44,50% | 46,60% | 39,00% | 45,90% | ||
Región Sur | 24,90% | 24,90% | 13,30% | 12,60% | 15,10% | 13,00% | ||
Paraná | 24,60% | 24,60% | 4,80% | 4,80% | 4,80% | 5,70% | ||
Santa Catarina | 25,40% | 25,40% | 2,60% | 2,30% | 3,30% | 2,60% | ||
Rio Grande do Sul | 25,00% | 25,00% | 5,90% | 5,50% | 7,00% | 4,70% | ||
Regiones Menos Desarrolladas | 25,20% | 727 | 20,80% | 19,90% | 23,90% | 16,10% | ||
Región Norte | 15,80% | 518 | 2,60% | 2,00% | 4,10% | 2,20% | ||
Acre | 11,40% | 386 | 0,10% | 0,10% | 0,10% | 0,10% | ||
Amazonas | 25,00% | 1.028 | 1,10% | 0,90% | 1,60% | 0,90% | ||
Pará | 11,80% | 356 | 0,90% | 0,60% | 1,40% | 0,80% | ||
Rondonia | 11,50% | 513 | 0,30% | 0,20% | 0,50% | 0,10% | ||
Roraima | 15,40% | 581 | 0,10% | 0,00% | 0,10% | 0,10% | ||
Amapá | 11,90% | 390 | 0,10% | 0,10% | 0,10% | 0,10% | ||
Tocantins | 25,90% | 306 | 0,10% | 0,10% | 0,30% | 0,20% | ||
Región Nordeste | 20,50% | 455 | 8,70% | 6,90% | 13,30% | 8,60% | ||
Maranhão | 14,20% | 208 | 0,50% | 0,40% | 0,70% | 0,40% | ||
Piauí | 20,30% | 288 | 0,30% | 0,30% | 0,50% | 0,20% | ||
Ceará | 23,30% | 488 | 1,40% | 1,10% | 2,20% | 1,50% | ||
Rio Grande do Norte | 17,90% | 479 | 0,50% | 0,40% | 0,80% | 0,50% | ||
Paraíba | 21,80% | 387 | 0,50% | 0,40% | 0,90% | 0,40% | ||
Pernanbuco | 23,70% | 586 | 1,80% | 1,40% | 2,70% | 2,20% | ||
Alagoas | 15,80% | 366 | 0,40% | 0,30% | 0,70% | 0,50% | ||
Sergipe | 21,10% | 546 | 0,40% | 0,30% | 0,60% | 0,40% | ||
Bahia | 20,10% | 519 | 2,80% | 2,20% | 4,20% | 2,50% | ||
Región Centro Oeste | 40,20% | 2.083 | 9,60% | 11,10% | 6,50% | 5,30% | ||
Distrito Federal | 75,40% | 8.501 | 6,80% | 9,30% | 1,60% | 2,60% | ||
Goiás | 22,10% | 729 | 1,40% | 1,00% | 2,40% | 1,70% | ||
Mato Grosso | 15,70% | 740 | 0,70% | 0,50% | 1,40% | 0,60% | ||
Mato Grosso do Sul | 15,80% | 687 | 0,60% | 0,40% | 1,10% | 0,30% |
Brasil llega al final del siglo con grandes
desafíos por delante. Hay que conciliar la
estabilización de precios y la
reactivación del desarrollo con una estructura fiscal
caracterizada por una acentuada descentralización de
poderes y de recursos tributarios, a favor de los gobiernos
sub-nacionales (de los estados y de los municipios) así
como de las unidades y regiones menos desarrolladas.
La federación brasileña, aunque no
terminada, exhibe trazos de razonable estabilidad. Para ello
contribuyeron la herencia del
Estado unitario y la moderación de las diferencias
étnicas, lingüísticas y religiosas entre los
brasileños. De la misma manera, los ciclos de
contracción y descontracción en relación al
poder central y la tradición conciliadora de la
política brasileña han ido facilitando los ajustes
necesarios en el transcurso del tiempo. Específicamente en
el caso de los sistemas tributario y fiscal, los mecanismos de
redistribución se utilizan para solidificar los intereses
regionales divergentes y contradictorios, a través de la
transferencia de recursos públicos entre las diversas
esferas del gobierno y las regiones más y menos
desarrolladas, en una medida de tiempo y de intensidad que pocas
otras federaciones han conseguido realizar sin dramáticos
sobresaltos políticos y civiles. No es una coincidencia
que los ideales del federalismo
fiscal sean siempre evocados en la defensa de intereses
localizados y de políticas
públicas de impacto regional.
Es necesario que el gobierno federal ejerza una
función de coordinación adecuada y que los
gobiernos sub-nacionales adopten un mínimo de
armonía entre sus ámbitos tributarios y de gastos.
A pesar de las dificultades y complejidades, la federación
brasileña ha tenido un razonable grado de estabilidad. Sin
embargo, se impone anticiparse a los acontecimientos y adoptar
reformas que impidan la reversión de ese cuadro y que
hagan que la federación se torne más fuerte, unida
y democrática.
El Diario de Hoy (2002). En Brasil se paga
más impuestos. Pagina Web:
http://www.elsalvador.com/noticias/2002/6/17/negocios/negoc3.html,
Juvenil Alves & Abogados Asociados (2000).
Empresas Extranjeras. Cómo invertir en
Brasil.
Secretaría de Hacienda del Estado de Sao Paulo
(2002). Programa de Fortalecimiento de la Gestión Fiscal del Estado de Sao
Paulo.
Serra, José, Rodrigues Afonso, José
Roberto. El federalismo fiscal a la moda
brasileña: algunas reflexiones. Rio de Janeiro,
diciembre de 1999. ,
,
http://federativo.bndes.gov.br
Centro Interamericano de Administración
Tributaria (2000-2001). CIAT. Revista.
Constitución de Brasil (2002).
http://www.elportaljuridico.com.mx/CoBra.html
Integrantes:
Reyes Indira
Morgado Gatsby