- Resumen
- La opinión de la Empresa
Minera Manhattan - La empresa Manhattan Minerals,
vista en el exterior. - La Empresa Manhattan, la
Constitución y la legislación minera
peruana. - La grave problemática de
la minería en Tambogrande - La Empresa Manhattan y El
Gobierno peruano, luego de la Consulta
Popular. - Consideraciones
finales
Clave para el futuro: El desarrollo
sostenible, que significa actuar y producir de tal manera que
las próximas generaciones tengan, por lo menos, iguales
posibilidades que nosotros, para configurar su vida y mejorar su
bienestar.
El día Domingo 2 de Junio, la población de Tambogrande expresó,
libre y voluntariamente, que no desea continúen
desarrollándose en su suelo, las
actividades mineras que ha venido efectuando, en esa ciudad,
la empresa
canadiense Manhattan.
Tambogrande es un distrito de la provincia de Piura, con
una población generalmente dedicada a labores
agrícolas, estimada en 65 mil habitantes, desperdigados en
198 caseríos..
En la consulta popular, 25, 381 votantes le dijeron no a
la minería,
es decir el 93.95 % de los votos emitidos, y sólo 374
votantes favorecieron a la Minería,
de decir, apenas el 1.28 %. Pese a no ser obligatoria esta
consulta, el ausentismo de votantes ( 6.8 % ), fue menor que el
registrado en el último proceso
electoral ( 10.8 % ), cuando si fue obligatoria.
Estos resultados contradicen lo expresado por los
directivos mineros, acusando a la dirigencia tambograndina de
intentar, con malas artes, torcer la voluntad del pueblo, al cual
consideraban que apoyaba la minería. Lo cual ha resultado
falso.
La incuestionable victoria de la agricultura,
tesoneramente defendida por el pueblo tambograndino, debe
atribuirse a su antigua y comprensible preocupación por su
futuro, que encontró apoyo en el exterior. En efecto,
durante los primeros meses del año pasado, el Consejo de
Minería del Medio Ambiente
de Columbia Británica, Mineral Policy Center y Oxfam
América, financiaron la visita a Piura, del
Hidrólogo Dr. Robert Moran, un reconocido experto
internacional, especializado en estudios de impacto ambiental
de minería.
En Agosto del año pasado fue publicado su
trabajo, que estuvo disponible en Internet en: www. Oxfam.com.
y constituye, hasta hoy, el mejor trabajo de base
científica, que proporciona luces para la toma de
decisiones.
Basándonos en las investigaciones
de este experto, y en algunos informes
oficiales, se examina a continuación, las razones que
apoyan la sabia decisión del pueblo tambograndino,
expresada en su rotundo NO A LA MINERIA.
1.- La opinión de
la Empresa Minera
Manhattan
Para la Empresa Minera
Manhattan, la moderna minería, permite la coexistencia con
la agricultura
sin que exista ningún tipo de contaminación.
Se han dado continuos pronunciamientos públicos
de la Empresa
Manhattan, sobre las actividades mineras en Tambogrande,
asegurando que "no habrá emisión alguna de
deshechos , ni en el corto ni en el largo plazo, que perjudiquen
el medio ambiente, los
suelos, y las
aguas". Sin embargo, tales afirmaciones que no han sido
sustentadas, de manera irrefutable, con ningún informe
definitivo, que haya sido publicado y evaluado por autoridad o
institución competente.
En resumen, pese a su compromiso, hasta el día de
hoy la Empresa Minera Manhattan no
ha presentado el Estudio de Impacto Ambiental
( EIA), sino apenas un Informe
Preliminar
Este Informe Preliminar, ha sido calificado como
"completamente inadecuado", por el Dr. Moran, quien
irónicamente comenta: "es práctica común
designar los informes
mineros medioambientales como "preliminares", y también,
desafortunadamente, se acostumbra a que no se publique nunca un
informe final."
2.-La empresa
Manhattan Minerals, vista en el exterior.
Según el Informe, Manhattan es : "Una joven
empresa, sin experiencia previa en operaciones
mineras de esta escala y sin
ningún otro proyecto en
operación. Que llegó al país con el boom
minero, desarrollado en la década de los noventa,
impulsado por el gobierno"
fujimontesinista, y que está muy empeñada en
extraer , todo el oro, la plata, el cobre y el
zinc que subyacen, una parte en el suelo del pueblo
de Tambogrande, y otras partes en el Valle de San Lorenzo, una de
las zonas agrícolas con mayor productividad en
frutales del país
Este gran desarrollo
frutícola, que con el Proyecto minero
se pone en peligro, es el resultado de la concepción del
Desarrollo
Económico, que prevaleció en los años
cincuenta. Es decir, impulso al desarrollo
agrícola con inversiones en
obras de riesgo e
infraestructura agrícola, que permitan colonizar nuevas
tierras, modernizando las técnicas
agrícolas, todo ello gracias a préstamos del
Banco
Mundial..
3.-La Empresa
Manhattan, la Constitución y la legislación minera
peruana.
El análisis de como obtuvo Manhattan Minerals
Corp. la concesión de diez mil Hectáreas, descubre
antecedentes anómalos, algunos de antigua data y otros,
recientes, con dudosas características de ilegalidad, en los que
parece esconderse la siniestra mano fufimontesinista.
-Minero Perú recibió el Proyecto Minero de
Tambogrande, por transferencia del Gobierno Regional
por la suma de diez mil soles, en extraña operación
calificada de ilegal.
En 1981, Minero Perú, contando con el apoyo de la
consultora francesa BRGM, elaboró un Estudio de
Prefactibilidad, que fue objetado y paralizado por acción
social, al dudarse que permitiera beneficios sociales para el
pueblo de Tambogrande.
– En 1999, en las postrimerías del Gobierno
Fujimontesinista, se expidieron dos Decretos Supremos, DS 003- 99
EM y DS 014- 99 EM, los cuales facilitaron las acciones de
Manhattan.
En efecto, por el DS 003 se declara de necesidad
pública la inversión privada extranjera de
Manhattan, prohibida por el Art. 71 de la Constitución si se realiza dentro de los
cincuenta kilómetros de la frontera y solo permitida por
"necesidad pública".
Por el DS 014, se facilita la adquisición de
Manhattan de diez derechos Mineros de la
Empresa Estatal Minero Perú S.A., por un área de
diez mil hectáreas.
Este Decreto Supremo 014- 99 EM, no tiene en cuenta que
el Art 88 de la Constitución declara: El Estado
apoya preferentemente el Desarrollo Agrario. Tampoco considera el
Art. 89 referente a los derechos de las comunidades
sobre el uso de la
tierra.
En este marco legal, Manhattan, bajo la
protección del Gobierno Fujimontesinista, recibió
la transferencia de las diez mil hectáreas, sin que se
efectuara el obligatorio Concurso Público, que establece
el Art 76 de la Constitución.
Manhattan no cumplía con los requisitos exigidos
legalmente: No contaba con un Capital de,
por lo menos, cien millones de dólares y no contaba con
una Planta de Tratamiento de Minerales, con
capacidad de procesar diez mil toneladas por
día.
En lo referente a las perforaciones diamantinas ya
efectuadas, que abusivamente permitió la autoridad
municipal, en la ciudad de Tambogrande, la legislación
peruana prohibe expresamente la exploración o producción minera en áreas urbanas.
Bajo esta legislación, Manhattan, como propietaria de
la concesión minera , tuvo dos años para solicitar
una excepción a esta ley que le
impedía actuar en la ciudad , siempre y cuando demostrara
que:
-Tenía derechos legales sobre la superficie del
suelo de la ciudad, y
– Efectuara un Estudio de Impacto Ambiental., a
satisfacción del Ministerio de Energía y
Minas.
Manhattan incumplió estas condiciones, a pesar
de haberse ampliado el plazo, por un Decreto Supremo,
exprofesamente promulgado por la dictadura
Fujimontesinista.
4.- La grave
problemática de la minería en
Tambogrande
El trabajo minero, en especial el de "tajo abierto",
modalidad que se empleará en Tambogrande, requiere
cantidades masivas de agua, que
competirán con los actuales usuarios, que las destinan,
especialmente, a fines agrícolas.
Para la excavación de TG1, ubicada en la misma
ciudad de Tambogrande, se proyecta desviar la quebrada de
Carneros y construir la canalización correspondiente. Para
la excavación de TG3 se deberá desviar una parte
significativa del Río Piura, afectándose,
prácticamente, a todo el valle.
Este punto debe quedar perfectamente aclarado, porque es
de la mayor importancia para la agricultura piurana, generalmente
con problemas de
escasez o abundancia de aguas, conocer como se pretende re-
distribuir las aguas, por efecto del pretendido trabajo
minero.
Todo Estudio debe estimar cuanta agua hay para
los diversos usos, antes y después de iniciado el
proyecto, e informar sobre la calidad del agua,
antes y después de realizadas las excavaciones
mineras.
Por otra parte, debe tenerse en cuenta que la "mina de
Tambogrande" necesita excavar enormes agujeros en el suelo
tambograndino:
– TG1 de aproximadamente mil metros de largo por 650
metros de ancho y 250 de profundidad. Esta excavación
afecta: directamente, a un tercio de la ciudad de Tambogrande,
que desaparecerá; e indirectamente, a toda la ciudad de
Tambogrande que sufrirá los insoportables efectos de las
excavaciones.
– TG3 de 1,400 metros de longitud por un mil de ancho y
350 metros profundidad
Se excavará, además, los lotes TG5, Tg6,
Tg7 y Tg8, que afectarán la zona agrícola del
valle.
"La construcción de la mina de tajo abierto,
crea "sumideros" que recolectan las aguas subterráneas,
que recibirán las aguas del río Piura y de sus
tributarios. Esta capacidad potencial de afectar las aguas
superficiales y subterráneas, exige la construcción de obras de infraestructura y
un mantenimiento
cuidadoso y permanente, que debe durar aun muchos años
después de haberse agotado las minas. Estos costos de muy
largo plazo, generalmente son evadidos por las empresas mineras.
Para evitarlo, en Nuevo México se
ha exigido a las empresas mineras,
bonos que
permitan el financiamiento
del tratamiento de las aguas contaminadas por un período
de cien años, luego de cesar el funcionamiento de la
mina".
Además, " debe tenerse presente lo que
significarán los incrementos dramáticos de las
lluvias, que alcanzaron hasta 4,000 mm de lluvia en 1998, por
efectos de "El Niño", lo cual puede hacer colapsar las
instalaciones y obras de defensa, que guardan los desperdicios y
las filtraciones, provocando el vaciado de los desechos altamente
contaminados a los ríos, aguas subterráneas, campos
agrícolas, y pueblos. generándose así, una
contaminación masiva, problemas
económicos, de salud y, posiblemente
muertes.
Estos desechos problabemente contendrán altas
concentraciones tóxicas de metales
( antimonio, arsénico, cadmio, cromo, mercurio,
selenio, talio, etc. ); de no-metálicos (amoníaco,
sulfatos y nitratos, etc. ); cianuro, compuestos
orgánicos y minerales
radioactivos( uranio y radio
)."
En resumen: En contrario a la opinión de
Manhattan, afirma el Dr. Richard Moran: "La
contaminación de las aguas superficiales y
subterráneas es muy posible También existe alta
probabilidad
de contaminación del suelo, de los cultivos y
de los seres vivos, por la acción, de los vientos y de los
efectos del El Niño, sobre los campos agrícolas,
las áreas residenciales cercanas, las escuelas, los campos
agrícolas, los animales, los
peces y los
propios seres humanos, especialmente cuando los residuos se
acumulen por muchos años."
5– La Empresa
Manhattan y El Gobierno peruano, luego de la Consulta
Popular.
Sería de lo más razonable, suponer que el
unánime pronunciamiento, del pueblo de Tambogrande,
será aceptado de inmediato por la Empresa Manhattan y por
el Gobierno peruano, ya que ambos han expresado con anterioridad
que respetarían la voluntad popular.
Sin embargo, las recientes expresiones de la Empresa
canadiense Manhattan, ponen en tela de juicio que actué
conforme se comprometió y abandone el proyecto, dado que
le ha sido adversa la consulta popular.
Ademas, aunque parezca mentira, también se puede
pensar que el Gobierno terminará por no aceptar la
voluntad popular, y se inclinarán por favorecer a la
Empresa Manhattan.
En efecto, ya en su trabajo, el Dr. Robert Moran ha
manifestado serias dudas sobre el papel
imparcial, que debe desempeñar el Gobierno, porque " el
Gobierno, que poseerá el 25 % de la propiedad de
la Mina, tiene un conflicto de
intereses, como propietario y como ente regulador del Proyecto, y
podría desatender el cumplimiento de las leyes de
protección ambiental, cuyos costos,
disminuirán sus ganancias".
Existe el peligro, dada la actual inestabilidad
financiera del Gobierno, frente a las demandas populares, de
incumplimiento del Art 88 de la Constitución, el cual,
como se ha visto, compromete el apoyo preferencial del
gobierno a la agricultura y el actual Gobierno, apoye la
realización del Proyecto Minero, porque le
otorgaría al Gobierno el alivio financiero que necesita
urgentemente.
Cabe recordar el interés
histórico, en apoyo de la minería en Tambogrande,
que fue demostrado por Pedro Pablo Kuzcynski , cuando siendo
Ministro de Energía y Minas durante el segundo Gobierno
Belaundista, se empeñó en llevar adelante este
Proyecto minero, entonces en manos de Minero Perú
asesorada por la Empresa Francesa BRGM. En su visita a
Tambogrande, Kuzcsynski salió malparado y debió
huir. Ahora, entre bambalinas, su influencia en la
decisión del gobierno puede ser decisiva.
Tambogrande y Piura podrán defenderse mejor, si
se cumplen ciertas condiciones:
– Debería tenerse en cuenta importantes
opiniones como las expresadas por OXFAN AMERICA, CENTRO DE
POLITICA MINERA y el CONSEJO DE MINERIA MEDIOAMBIENTAL DE
COLUMBIA BRITANICA:
"El gobierno peruano y la Empresa Manhattan han dicho
públicamente que no procederán con el proyecto si
la población local se opone. Estamos de acuerdo que el
proyecto no debe seguir sin el consentimiento informado de la
comunidad. Tal
consentimiento y una rigurosa revisión del medio ambiente
son condiciones previas esenciales para cualquier proyecto
minero, en Norteamérica o en Perú.
El estudio del Dr. Morán, y la
oposición al proyecto demostrada por miles de ciudadanos,
sus representantes electos y sus autoridades religiosas, indican
que en Tambogrande no se cumplen las condiciones previas, para
que se lleve a cabo un proyecto minero".
-En lo referente a la parte técnica, cualquier
estudio que presente la empresa Manhattan, en el futuro,
debe ser verificado por especialistas, tal como se hizo con
el Estudio Preliminar y, por su experiencia y conocimiento
de la realidad, nadie mejor para hacerlo, si llegara el caso, que
el hidrólogo Dr. Richard Moran.
– Las Universidades existentes en Piura, y los
Colegios Profesionales, especialmente los más
relacionados con la problemática examinada ,
deberían ser convocadas para que aporten sus
especialistas, sus puntos de vista y ayuden a encontrar las
mejores conclusiones.
– Sobre la base de las conclusiones, que se desprendan
de los aportes técnicos, científicos y
profesionales, se efectuaría el necesario
Pronunciamiento de Piura: de sus Instituciones,
sus organizaciones y
todos y cada uno de los piuranos, porque, como hemos visto, el
problema no solamente atañe a Tambogrande y debe ser
considerado como un problema de todo Piura. Ningún
gobierno se atrevería a desconocer tal Pronunciamiento,
porque representaría una clara expresión del
pensamiento,
de la unidad y la voluntad del pueblo piurano.
– Los peruanos podemos y debemos sumarnos al esfuerzo
mundial emprendido por Oxfan, dando nuestro apoyo a Tambogrande,
en : www. Oxfan.com
Por: ARTURO DAVIES GUAILUPO