Es toda retribución que percibe el hombre a
cambio de un
servicio que
ha prestado con su trabajo.
Según el Código
Laboral
– Artículo 227º
"La remuneración sea cual fuere su
denominación o método de
cálculo
que pueda evaluarse en efectivo, debida por un empleador a un
trabajador en virtud de los servicios u
obras que este haya efectuado o debe efectuar, de acuerdo con lo
estipulado en el Contrato de
Trabajo."
DIFERENCIA ENTRE SALARIO Y
SUELDO
SALARIO Se paga por hora o por día,
aunque se liquide semanalmente, se aplica mas bien a trabajos
manuales o de
taller.
SUELDO Se paga por mes o por quincena ya
sea por trabajos intelectuales, Administrativos, de Supervisión o de Oficina.
CLASES DE SALARIOS:
POR EL MEDIO UTILIZADO PARA EL PAGO
- Salario en Moneda: Son los que se pagan en
moneda de curso legal, es decir, los que se pagan en dinero
(Guaraníes) - Salario en Especie (30%): Es el que se paga
en productos,
servicios,
habitación, etc. Sobre este aspecto el Código Laboral en su
Art. 231 determina que "el pago podrá hacerse parcial
y excepcionalmente en especie hasta 30% (treinta por ciento),
siempre que estas prestaciones sean apropiadas al uso personal del
trabajador y de su familia,
excedan en beneficio de los mismos y que se les atribuya de
una forma justa y razonable". - Pago Mixto: Es el que se paga una parte en
moneda y otra en especie.
POR SU CAPACIDAD ADQUISITIVA
- Salario Nominal: Representa el volumen de
dinero
asignado en contrato
individual por el cargo ocupado. En una economía inflacionaria, si el salario
nominal no es actualizado periódicamente, sufre
erosión (no puede soportar todas las
necesidades del trabajador). - Salario Real: Representa la cantidad de
bienes que
el empleado puede adquirir con aquel volumen de
dinero y corresponde al poder
adquisitivo, es decir, el poder de
compra o la cantidad de productos
o servicios que puede adquirir con el salario. De este modo,
la sola reposición del valor real
no significa aumento salarial: "El salario nominal es
alterado para proporcionar salario real equivalente en el
anterior", de aquí proviene la distinción entre
reajuste del salario (reposición del salario real) y
el aumento real del salario (crecimiento del salario
real).
POR SU CAPACIDAD SATISFACTORIA
- Individual: Es el que basta para satisfacer
las necesidades del trabajador. - Familiar: Es el que requiere la
sustentación de la familia
del trabajador.
POR SU LIMITE
- Salario Mínimo: Según el
código laboral (ART 249º): aquel suficiente para
satisfacer las necesidades normales de la vida del trabajador
consistente en:
- Alimentación
- Habitación
- Vestuario
- Transporte
- Previsión
- Cultura y recreaciones honestas.
- Salario Máximo: Es el salario mas
alto que permite a las empresas a
una producción costeable.
POR RAZON DE QUIEN PRODUCE EL TRABAJO O
RECIBE EL SALARIO
- Salario Personal: Es el que produce quien
sustenta la
familia, normalmente el padre. - Salario Colectivo: Es el que se produce
entre varios miembros de la familia que
sin grave daño puedan colaborar a sostenerla, como por
ejemplo: el padre, la madre y los hermanos mayores de 16
años. - De Equipo: Es el que se paga en bloque a un
grupo de
trabajo, quedando a criterio de este equipo la distribución de los salarios
entre sí.
POR LA FORMA DE PAGO
- Por Unidad de Tiempo: Es aquel que solo toma
en cuenta el tiempo en que
el trabajador pone su fuerza de
trabajo a disposición del patrón. - Por unidad de Obra. : Es cuando el trabajo
se computa de acuerdo al número de unidades
producidas
El salario constituye el centro de las relaciones de
intercambio entre las personas y las organizaciones.
Todas las personas dentro de las organizaciones
ofrecen su tiempo y su
fuerza y a
cambio reciben
dinero, lo cual representa el intercambio de una equivalencia
entre derechos y
responsabilidades reciprocas entre el empleado y el
empleador.
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