Manual de organización y funciones de las juntas vecinales de seguridad ciudadana – Perú
- Introducción
- Generalidades
- Misión y principios
- Organización
- Funciones y relaciones
- Requisitos para integrar las juntas vecinales
- Prohibiciones y sanciones
- Promoción, registro, inscripción, juramentación e instalación de la Junta Vecinal y de los coordinadores
- Del régimen económico y del patrimonio
- Procedimientos del accionar de las juntas vecinales promovidas por la PNP
- Información y capacitación sobre seguridad ciudadana
- Ejecución de las actividades
- Disposición transitoria
- Anexo
Introducción
La Policía Nacional del Perú, institución tutelar del estado, en el cumplimiento de su finalidad y misión al servicio de la sociedad, comunidad y persona humana, desde su creación, orienta su accionar a promover la participación organizada y activa de la población, para contribuir a mejorar los niveles de orden, seguridad y tranquilidad públicas en sus respectivas comunidades, en una alianza estratégica con sus autoridades locales y sociedad civil en su conjunto.
La función de garantizar la paz social y la erradicación de todo tipo de violencia requiere políticas claras integrales y de orden económico, social, cultural, por lo que cualquier solución parte de la premisa de que esta debe ser siempre multidisciplinaria y plurisectorial en la que se involucran a todas las fuerzas vivas de la nación en el marco de los principios de la cultura de la paz, seguridad, tranquilidad publica.
La Ley y el Reglamento del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, contemplan la problemática de la Seguridad Ciudadana como necesidad imperativa adoptando alternativas que cierren la brecha originada por una demanda de la población de seguridad, cada vez mayor en comparación con la actual capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú, en la que la participación del gobierno central, de los gobiernos regionales, gobiernos locales y la participación de la comunidad organizada es fundamental en apoyo al esfuerzo que realiza la Policía Nacional para disminuir los índices de criminalidad y delincuencia; convirtiéndose en una problema de necesidad prioritaria y de urgente solución por parte del estado y la sociedad.
La Ley Nº 27933 – Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, da facultades a los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, para promover la organización de las Juntas Vecinales de su jurisdicción; y su Reglamento detalla esta función general a nivel Provincial y Distrital para promover no solo la organización, si no la capacitación de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, tanto a cargo de las Oficinas de Participación Vecinal del Municipio, como de las Oficinas (Secciones) de Participación Ciudadana de las Comisarías dentro de sus respectivos ámbitos de competencia territorial, procurando que dichas actividades sean integradas; asimismo dicha norma precisa esta responsabilidad en las funciones específicas del Jefe de la Policía a nivel Provincial, así como del Comisario Distrital.
Las normas sobre Seguridad Ciudadana guardan concordancia con la Ley Nº 27238, Ley de la Policía Nacional del Perú, en la que se establece como una de las funciones de la PNP el garantizar la seguridad ciudadana y capacitar en esta materia a las entidades vecinales organizadas y se detalla su accionar en su Reglamento al describir el garantizar la seguridad ciudadana mediante acciones de prevención, investigación, apoyo, orientación y protección a la comunidad, para tal fin, organiza y capacita a las entidades vecinales con el propósito de lograr su efectiva participación, manteniendo estrecha coordinación con las autoridades del lugar y otras organizaciones civiles.
Para viabilizar estas actividades funcionales la Policía Nacional del Perú ha institucionalizado la Dirección de Participación y Seguridad Ciudadana – DIRPASEC-PNP, con jurisdicción nacional, tanto como órgano de apoyo para brindar el asesoramiento técnico-normativo; como el de ente rector del "Sistema Policial de Participación Ciudadana SIPOLPACI", que tiene por misión promover, tanto la participación activa y organizada de la comunidad, como generar en el personal Policial cambios positivos en sus actitudes y comportamiento ante las necesidades de seguridad que adolece la población, en todo el territorio nacional, desarrollando programas y actividades de prevención, promoción, protección, proyección social y acciones cívicas en bien de la población de menos recursos económicos y en especial de la niñez, adolescencia, juventud, mujer y familia, así como desarrollar la estrategia Policía-Comunidad, en un esfuerzo por mejorar los niveles de orden, tranquilidad y seguridad, que posibiliten la paz social y permitan fortalecer la relación Ciudadanía – Policía.
De esta forma las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana que promueve la Policía Nacional del Perú se constituyen en la célula básica del "Sistema Policial de Participación Ciudadana – SIPOLPACI".
Su consolidación y desarrollo, como semilla fértil de la organización vecinal para la Seguridad Ciudadana es fundamental no sólo para contribuir con información y participar en las actividades preventivas y luchar contra todo tipo de violencia, sino para internalizar en el vecino la "conciencia de seguridad, espíritu comunitario y solidario".
Por lo tanto, corresponde a las autoridades locales, colectividad y al personal Policial propender a su promoción, incremento, desarrollo y sobre todo su difusión y específicamente en el personal policial.
En este contexto y teniendo en consideración el nuevo ordenamiento legal en el que se desarrollan las actividades de participación comunitaria en aspectos de la Seguridad Ciudadana, es necesario contar con un instrumento normativo que integre los esfuerzos de las diferentes autoridades comprometidas en los organismos creados por Ley; que guarde concordancia con las nuevas competencias otorgadas a las Municipalidades; promueva y optimice la participación ciudadana en general a través de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana creadas por la Policía Nacional del Perú; y para alcanzar este fin se aprueba el presente MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERU.
POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN Y SEGURIDAD CIUDADANA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS
JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA PROMOVIDAS POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERU
CAPITULO I
Generalidades
A. FINALIDAD
El presente Manual tiene por finalidad proporcionar principios y procedimientos para la organización y funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la PNP a nivel nacional.
B. CONTENIDO
El presente Manual comprende la misión, principios, normas y relaciones para la organización y funcionamiento de las Juntas Vecinales promovidas por la PNP.
C. ALCANCE
A todo el personal de la Policía Nacional del Perú e integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la PNP, a nivel nacional.
D. BASE LEGAL
1. Constitución Política del Perú.
2. Acuerdo Nacional.
3. Ley Nº 24949-Ley de Creación de la PNP.
4. Ley Nº 27238-Ley de la PNP.
5. Ley Nº 27972 de 27MAY2003, Ley Orgánica de Municipalidades.
6. Ley Nº 27933 de 12FEB2003, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.
7. DS Nº 008-2000-IN de 060CT2000, Reglamento de la Ley de la PNP.
8. DS Nº 012-2003-IN de 070CT2003, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.
9. DS Nº 015-2003-IN de 04DIC03, rectifican numerales del Art. 13 del Reglamento de la Ley de la PNP.
10. RD Nº 2219-DGPNP/EMP de 22AGO97 que crea la Dirección de Participación Ciudadana de la Policía Nacional del Perú
11. DS Nº 11-2006-IN, del 02DIC06-Cambio de denominación de dirección de la Familia y Participación Ciudadana por Dirección de Participación y Seguridad Ciudadana.
12. Plan Nacional del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana-2008.
13. Directiva Nº 01-2005-IN?0101.01, sobre normas, procedimientos y acciones complementarias para la conformación y el funcionamiento de los Comités Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana y las responsabilidades de los miembros que conforman los Comités de Seguridad Ciudadana-2005.
14. RD Nº 2142-2004-DIRGEN/EMG, del 19OCT04, que aprueba el Manual de Procedimientos para la organización y funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la PNP.
15. RD Nº 2545-2006-DIRGEN/EMG, del 29NOV06, que crea la División de Promoción de Seguridad Ciudadana.
E. DEFINICIÓN DE TERMINOS (ANEXO 01).
CAPÍTULO II
Misión y principios
A. MISIÓN
Las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, promovidas por la PNP, tienen por misión desarrollar actividades preventivas, informativas y de proyección social en apoyo a la PNP para mejorar la seguridad ciudadana.
B. PRINCIPIOS
1. La Naturaleza de las Juntas Vecinales es:
a. Voluntariado. – Su participación es voluntaria, siempre y cuando cumplan con los requisitos.
b. Vecinal.- Sus integrantes son vecinos por su lugar de residencia o laborar en el vecindario.
c. Comunal.- Todas las acciones deben están orientadas a la comunidad.
d. Permanente.- A partir de su creación su funcionamiento es continuo y sostenido.
e. Especializada.- Las acciones están enmarcadas en materia de participación de la población para la seguridad ciudadana, evitando su distorsión
f. Solidaria.- Su apoyo moral y material al prójimo es la base para tener aceptación dentro de la comunidad.
g. Apolítica.- No se realiza o ejerce filiación ni actividad política partidaria, su fin es la tranquilidad y seguridad vecinal.
h. Integradora.- Las acciones están orientadas al trabajo coordinado, en equipo e integradora con los vecinos y otras Juntas Vecinales colindantes.
2. Los actos de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana estarán orientados por los siguientes principios de:
a. Espíritu de servicio a la comunidad.- Teniendo como mística y filosofía de trabajo el servicio social y comunitario.
b. Respeto y Protección.- A la dignidad y a los derechos humanos.
c. Vigilancia.- Alerta permanente para contribuir a las actividades preventivas realizadas por la Policía.
d. Representatividad.- Estar integrados por todos los sectores sociales de la comunidad.
e. Capacitación.- Serán permanentemente capacitados por la PNP sobre temas de seguridad ciudadana.
f. Conciliación.- Tener como norma el servir como conciliadores en cada acto de conflicto por pequeña que sea esta.
g. Legalidad.- Todas las acciones y procedimientos deberán enmarcarse dentro del principio de legalidad, el estado de derecho, el debido proceso de conformidad a las normas vigentes.
h. Respeto Mutuo.- Respeto irrestricto a los ciudadanos en sus derechos garantizados por la constitución y la Declaración de los Derechos Universales.
i. Prioridad de Acción.- Brindar atención especial a grupos vulnerables que corren mayor riesgo de ser víctimas, como niños, ancianos, mujeres o discapacitados.
j. Transparencia Pública.- Deberán actuar con total transparencia en el ejercicio de sus funciones, proyectando una solvencia moral y confianza plena dentro de la comunidad.
k. El Comisario garantiza, bajo responsabilidad, la reserva de la información proporcionada por los integrantes de las Juntas Vecinales, para lo cual se debe disponer las medidas de seguridad integral y el trámite reservado de la información, documentación, legajos y archivos.
3. Todas las actividades de las Juntas Vecinales deben estar orientadas y proyectadas a la integración a la comunidad para unir esfuerzos, consolidar metas y objetivos de interés común relacionados a la seguridad ciudadana.
CAPÍTULO III
Organización
A. ESTRUCTURA ORGÁNICA (ANEXO 02)
B. ORGANIZACIÓN
1. Para determinar la organización de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de una jurisdicción determinada, el Comisario, dividirá su jurisdicción policial en zonas o cuadrantes claramente definidos, teniendo en consideración la extensión geográfica, el índice poblacional y la incidencia delictiva así como el Plan Catastral del Distrito, la junta vecinal tendrá como mínimo 10 integrantes.
a. La Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana, integrada por "Vecinos Vigilantes" de una cuadra, manzana, sector, barrio, conjunto habitacional, edificio, urbanización, localidad, Asentamiento Humano, Pueblo Joven, Comunidad Campesina o Nativa, etc., tendrá un (01) "Coordinador de Junta Vecinal", el mismo que será elegido por el Comisario entre los integrantes de la Junta Vecinal a la que pertenece.
b. Las Juntas Vecinales, ubicadas en una determinada zona, serán representados por un (01) "Coordinador Zonal; de acuerdo con la zonificacion o distribución geográfica determinado por la Policía del sector (Plan Cuadrante).
c. Las Juntas Vecinales de las diversas zonas que comprende una jurisdicción Policial será representada por un (01) "Coordinador de Comisaría", el mismo que será elegido entre los Coordinadores Zonales de la respectiva jurisdicción policial.
d. En caso de existir dos o más Comisarías en una determinada jurisdicción distrital el Coordinador Distrital será elegido entre los Coordinadores de Comisaría.
2. Cada Comisaría, para la conducción y supervisión de la participación ciudadana mediante las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la PNP, contarán con la siguiente organización interna:
a. El Comisario.
b. El Jefe de la Oficina de Participación Ciudadana y Proyección Social o Promotor designado por el Comisario.
c. El Coordinador de Comisaría de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
d. Los Coordinadores Zonales de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
e. Los Coordinadores de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
f. Los Vecinos Vigilantes integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
3. La base de la organización de la población en Seguridad Ciudadana, es la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana y para su funcionamiento contará con:
a. El Coordinador de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana.
b. El Vecino Vigilante – Secretario.
c. El Vecino Vigilante – Vocal.
d. Los Vecinos Vigilantes integrantes de la Junta Vecinal.
e. Cada Junta Vecinal deberá estar integrado por diez (10) vecinos como mínimo.
4. Las Juntas Vecinales para su funcionamiento deben tener el reconocimiento oficial mediante la formulación de:
a. Acta de creación de la Junta Vecinal y Registro de los integrantes de la Junta Vecinal de Seguridad ciudadana promovida por la PNP.
b. Registro de los Coordinadores, con indicación de inicio y término de su mandato.
c. Resolución de Reconocimiento de los Coordinadores y Registro con indicación de inicio y término de su mandato.
Las constancias de Registro serán firmadas por el comisario e inscritas en la Oficina de Participación Ciudadana y Proyección social de la comisaría (OPC).
5. La Comisaría a través de la Oficina de Participación Ciudadana y Proyección Social deberá contar, con los archivos de los legajos, libros y cuadernos de registros correspondientes.
a. Registro de los integrantes de la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana y Registro de las Constancias.
b. Un (01) Legajo de Fichas de Acreditación de sus integrantes.
c. Un (01) Registro "RESERVADO" de informaciones sobre hechos delincuenciales, proporcionados a la Policía por los integrantes de las Juntas Vecinales.
d. Un (01) Libro de Reuniones del Comisario y Coordinador de Comisaría, Coordinadores Zonales, Coordinadores de Juntas y los Vecinos Vigilantes integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
e. Los Coordinadores Zonales de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana deben contar con un (01) Libro de Acta de Reuniones con los Coordinadores de Juntas Vecinales.
f. Los Coordinadores de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana deben contar con un (01) Cuaderno de Reuniones con los Vecinos Vigilantes. Modelo de acta de reunión.
CAPÍTULO IV
Funciones y relaciones
A. FUNCIONES GENERALES
1. De la Comisaría – Departamento de Prevención – Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social
a. Promover la organización y capacitación de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana en cumplimento a los lineamientos del Comando PNP y de los Comités Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana y en coordinación permanente con los Presidentes de dichos Comités y la Oficina de Participación Vecinal del Municipio del ámbito de su competencia territorial, procurando que sus actividades sean integradas.
b. Optimizar el funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, así como apoyar el desarrollo de programas y actividades, para fortalecer la seguridad ciudadana en su jurisdicción.
c. Fortalecer el proceso de cambio de actitud positiva y comportamiento del personal policial en su trato, actos e intervenciones, a fin de consolidar la relación Ciudadanía – Policía, en el marco de la doctrina Policía Comunidad y el proceso de modernización policial.
d. formación de nuevas Juntas Vecinales abarcando todas las zonas de la jurisdicción de su responsabilidad.
e. La formación de las Juntas vecinales debe obedecer a un proceso que tiene las fases siguientes: sensibilización organización, capacitación, sostenibilidad, evaluación y consolidación.
f. Contribuir activamente en el esfuerzo conjunto que realiza la DIRPASEC-PNP para el óptimo funcionamiento del "Sistema Policial de Participación Ciudadana" en el desarrollo y ejecución de sus programas y actividades.
2. De las Juntas Vecinales
a. Unir, articular y orientar el esfuerzo de auto motivación permanente entre sus integrantes para la organización y funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
b. Solicitar a la Comisaría la capacitación de los vecinos en las disposiciones elementales y básicas sobre seguridad ciudadana, de los medios y procedimientos preventivos individuales y colectivos de seguridad y de la forma como apoyar y colaborar con la Policía para contribuir a elevar los índices de orden y seguridad de sus respectivas jurisdicciones.
c. Informar o comunicar a la Comisaría de los hechos Policiales que conocen, lo que deben obrar en el Registro "RESERVADO", de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social, para su seguimiento y evaluación.
d. Comprometer a la población para participar activamente con sus autoridades locales y Policía, para solucionar los problemas de su comunidad en materia de seguridad ciudadana.
e. Establecer vínculos permanentes de coordinación entre los integrantes de las Juntas Vecinales para mantener una alerta efectiva ante cualquier hecho al margen de la ley.
f. Promover con la Policía y apoyar la organización de nuevas Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana a nivel local tanto en el área urbana, como periférica y/o rural.
g. Apoyar las actividades y programas que realice la DIRPASEC-PNP en relación a la prevención, promoción y protección de la niñez, adolescencia, juventud, mujer y familia, para contribuir a su desarrollo integral.
h. Colaborar en las acciones de emergencia producidas por desastres naturales, artificiales o situaciones de calamidad local, constituyéndose en Brigadas, en apoyo a las acciones que le asigne al Comisario el Plan de Defensa Civil.
B. FUNCIONES ESPECÍFICAS
1. Del Comisario.
a. Planea, organiza, coordina, dirige y controla, en forma general las funciones y actividades de la Comisaría, en particular del Departamento de Prevención y en especial de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social.
b. Incluye en el Plan de Trabajo Anual, las actividades de participación de la población en seguridad ciudadana, en concordancia con los lineamientos de política del Comando Institucional, de la DIRPASEC-PNP y del CODISEC.
c. Planea, organiza, coordina, dirige, controla y evalúa el funcionamiento y las actividades de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de su jurisdicción.
d. Programa actividades de proyección social, acciones cívicas y de orientación, prevención, promoción y protección de la niñez, adolescencia, juventud, mujer y familia y participa en las que promueve la DIRPASEC-PNP.
e. Integra el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana.
f. Dirige la difusión permanente de la doctrina y los principios de la Policía Comunitaria.
g. Expide actas, Resoluciones de: Creación de la Junta Vecinal, de los integrantes de la Junta Vecinal, de reconocimiento de los Coordinadores, así como Credenciales de identificación interna; dispone y controla las medidas de seguridad y el debido uso y empleo de los registros y legajos, los que deberán estar debidamente actualizados y deben obrar en las Secciones de Participación Ciudadana y Proyección Social.
h. Atiende con especial diligencia a los Coordinadores e integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de su jurisdicción o de cualquier otra que acudan a su despacho.
i. Convoca y preside las reuniones con los Coordinadores y Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de su Comisaría, así mismo cuando por razones del servicio o fuerza mayor deba ausentarse podrá delegar esta función al Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social o al Promotor Policial que designe.
j. Vela por el estricto cumplimiento de los periodos de permanencia en el cargo de los Coordinadores: de Comisaría, Zonales y de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
k. Dispone el Registro de los Coordinadores de las Juntas Vecinales, de sus Secretarios y de los Coordinadores Zonales, así como su reconocimiento y juramentación correspondientes.
l. Preside el proceso de elección y juramentación correspondiente del Coordinador de Comisaría, Secretario, Secretario de Economía y Fiscal.
m. Aprueba los Planes de Operaciones, Ordenes de Operaciones y Roles de Servicios de las actividades y Patrullaje Conjunto de la Policía con el apoyo de los integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
n. Eleva por conducto regular las Hojas de Recomendación con los anteproyectos de convenios con las diferentes instituciones y organismos locales que se comprometen a apoyar y optimizar las actividades y/o Servicios Policiales, en el marco de la doctrina Policía Comunidad.
o. El Comisario conformará un Comité Consultivo integrado por los Coordinadores de Comisaría salientes, con la finalidad de enriquecer el funcionamiento de las Juntas Vecinales con su experiencia, dar continuidad a las metas y objetivos de mediano y largo plazo, los mismos que se desenvolverán como asesores, en estrecha coordinación con el Coordinador de Comisaría en ejercicio y conocimiento pleno del Comisario.
2. Del Jefe del Departamento de Prevención.
a. Asesora al Comisario en el área de su responsabilidad.
b. Promueve la participación ciudadana acorde con la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana y la Política del Comando PNP Y DIRPASEC-PNP.
c. Formula las Cartas Funcionales del personal Policial asignados a la Sección de Patrullaje y Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social.
d. Coordina con los distintos Departamentos de la Comisaría a fin de recibir los datos relativos al trabajo de estos, para el mejor cumplimiento de su función.
e. Instruye diariamente al personal antes de salir a su facción de servicio para lograr internalizar y comprometerlo en la doctrina Policía Comunidad, los lineamientos del Proceso de Modernización Policial y optimizar el cambio de actitud positiva en su comportamiento, trato cortés, acciones e intervenciones, para consolidar la relación Ciudadanía – Policía.
f. Operativiza mediante el servicio de Patrullaje la respuesta Policial a las necesidades y requerimientos de la ciudadanía en materia de seguridad ciudadana.
g. Formula los Planes de Operaciones, Ordenes de Operaciones y Roles de Servicios de las actividades y Patrullaje Conjunto de la Policía con el apoyo de los integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
h. Eleva por conducto regular las Hojas de Recomendación con los anteproyectos de convenios con las diferentes instituciones y organismos locales que se comprometen apoyar y optimizar las actividades y/o Servicios Policiales, en el marco de los principios del binomio Policía – Comunidad.
3. Del Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social
a. Asesora al Comisario en los aspectos específicos de sus responsabilidades funcionales.
b. Asesora al Comisario y ejecuta los Planes para la capacitación de los vecinos integrantes de las Juntas Vecinales en materia de seguridad ciudadana, en caso necesario, puede solicitar el apoyo y/o asesoramiento de la DIRPASEC-PNP.
c. Asesora al Comisario y ejecuta los Planes para la capacitación del personal Policial de la Comisaría, respecto al cambio de actitud positiva y comportamiento en su trato, actos e intervenciones, así como en las actividades de participación ciudadana, en el marco de la doctrina Policía Comunidad y el proceso de modernización Policial, en caso necesario, puede solicitar el apoyo y/o asesoramiento de la DIRPASEC-PNP.
d. Coordina permanentemente con las autoridades locales y vecinales, así como con otras Juntas Vecinales y entidades públicas y privadas de la jurisdicción, en relación con la participación activa de la población para su seguridad.
e. Asesora al Comisario en la programación de acciones cívicas y de proyección a la comunidad en coordinación con las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
f. Vela por el funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
g. Registra las actas, las Constancias de Registro, así mismo con el Coordinador Secretario lleva al día el Libro de Reuniones e Información de carácter "RESERVADO" de los integrantes de las Juntas Vecinales.
h. Lleva el Legajo de Fichas de Acreditación y llena los datos de las Credenciales, de identificación interna de los integrantes de las Juntas Vecinales, los mismos que deberán tener la numeración y sellos de seguridad correspondientes, así como la fecha de expedición y caducidad, controlando dichos periodos para su renovación.
i. Asiste a todas las reuniones de los Coordinadores y de las Juntas Vecinales.
j. Asiste a las reuniones de coordinación que convoque los diferentes niveles del Sistema Policial de Participación Ciudadana, del cual dependa, para la óptima realización de las actividades funcionales.
k. Proporciona la información que se requiera para la formulación de los Planes de Operaciones, Ordenes de Operaciones y Roles de Servicios de las actividades y Patrullaje Conjunto de la Policía con el apoyo de los integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
l. Asesora al Comisario y al Jefe de la Sección de Prevención para la formulación de las Hojas de Recomendación con los anteproyectos de convenios con las diferentes instituciones y organismos locales que se comprometan a apoyar a optimizar las actividades y/o Servicios Policiales, en el marco de la doctrina Policía Comunidad.
4. De los Promotores Asesores de Junta Vecinal.
a. Asesora al Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social, en los aspectos específicos de sus responsabilidades funcionales.
b. Capacita a los vecinos integrantes de las Juntas Vecinales en materia de seguridad ciudadana.
c. Capacita al personal Policial de la Comisaría, respecto al cambio de actitud positiva y comportamiento en su trato, actos e intervenciones, así como en las actividades de participación ciudadana, en el marco de los principios de la doctrina Policía Comunidad y el proceso de modernización Policial.
d. Con conocimiento y autorización del Jefe de la Sección, coordina permanentemente con las autoridades, Juntas Vecinales y población en general para su participación activa en la seguridad ciudadana.
e. Coordina y participa en la ejecución de acciones cívicas y de proyección a la comunidad en coordinación con las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
f. Apoya en el control del funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
g. Registra las Actas, las Constancias de Registro, lleva los registros y legajos correspondientes, así mismo con el Coordinador Secretario lleva al día el Libro de Reuniones e Información de carácter "RESERVADO" de los integrantes de las Juntas Vecinales.
h. Llena los datos de lAs Credenciale{- de identificación int%rna de los integra~tes $a las Juntas Vecinales, los mismos qum decerán Te~er la numeBación y sellos de segusidad corrdspondientes, aqí com~ la fecha de exPedicióf y cadtgidad, controlando dicèos perkodos rara su r宯vación.
i. Lneva un(calendasio de las fechas de inscripción de los Regispros en el que se sea lá fecha de término de(periodo de los Coordinadores0y demás cargor tara ifformar oportunameote el Jefe de la Sección.
j. Asiste a todas las reuniones de(los Coordinadoses!y de las Juntas Vecinales; así࣯mo a lás reuniones de coordinación0que convoque los dif岥ntes niveles del Sistema Policial de Participación Ciudadana.
k. Canaliza lA inf/rmación que qe requiera para!La formulación de los Planes de Operaciones, Ordenes le _peraciones y Roles de Servicios de las ac4ividades y PatrUllaje Conjunto de la Policía con el apoyg de los0integrantes de las Jun|as Vacinales de SeguRidad Ciudad!~a.
5. Del Coordinador de Comisaría de Juntas de Seguridad Ciudadana.
a. Representa a las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana ante la Comisaría, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (cuando es invitado, convocado o nominado) y autoridades públicas y privadas de su jurisdicción, con conocimiento del Comisario.
b. Coordina con el Comisario la convocatoria a las reuniones internas de los Coordinadores y de las Juntas Vecinales de su jurisdicción, para asuntos de Seguridad Ciudadana.
c. Gestiona ante el Comisario reuniones para capacitar a los Vecinos Vigilantes de la nuevas y de las ya existentes Juntas Vecinales sobre las disposiciones elementales y básicas de seguridad ciudadana y de la forma como apoyar y colaborar con la Policía, en el marco del estricto respeto de los Derechos Humanos.
d. Vela por el funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
e. Supervisa las labores y funciones de los demás Coordinadores de las Juntas Vecinales.
f. Contribuye con información para la formulación del Plan Local de Seguridad Ciudadana de su Comisaría.
g. Coordina con el Comisario y Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social, aspectos relativos a la seguridad preventiva de su jurisdicción.
h. Conoce de las novedades de su jurisdicción en materia de seguridad y comparte dicha información con los Coordinadores de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
i. Conoce las actividades laborales y horarios de trabajo de los Coordinadores Zonales y de Juntas Vecinales, para establecer contactos y medidas de seguridad específicas.
j. Promueve la participación vecinal en seguridad ciudadana de su jurisdicción y la conformación de nuevas Juntas Vecinales.
6. Del Coordinador Zonal Secretario.
a. Desempeña este cargo en adición al de Coordinador Zonal de su jurisdicción.
b. Apoya a los Promotores Policiales de su respectiva Comisaría, para recabar las Fichas de Acreditación de los Vecinos Vigilantes y de los Coordinadores de Juntas Vecinales, Coordinadores Zonales y Coordinador de Comisaría.
c. Comunica la fecha de las reuniones convocadas por el Comisario y coordina la asistencia de los Coordinadores Zonales y/o Coordinadores de Juntas Vecinales y/o Vecinos Vigilantes, según el caso.
d. Prepara la agenda de las reuniones, la que previamente ha sido coordinada entre el Comisario y el Coordinador de Comisaría.
e. Lleva al día el Libro de Reuniones, que debe obrar en la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría, en coordinación con el Jefe de la Sección o del Promotor que haya sido designado por el Comisario para dicho efecto. Modelo de acta.
7. Del Coordinador Zonal Secretario de Economía.
a. Desempeña este cargo con adición al de Coordinador Zonal de su jurisdicción.
b. Tiene a su cargo la custodia de los recursos donados a las Juntas Vecinales.
c. Lleva al día el Registro de los recursos donados a las Juntas Vecinales.
d. Formula informe mensual ante el Comisario, sobre su gestión o cuando le sea solicitado.
8. Del Coordinador Zonal Fiscal.
a. Desempeña este cargo con adición al de Coordinador Zonal de su jurisdicción.
b. Supervisa y fiscaliza el desempeño y cumplimiento de las funciones del Coordinador de Comisaría, de los Coordinadores Zonales (incluye al Secretario y Secretario de Economía), de Juntas Vecinales (incluye al Secretario y Vocal) y de los Vecinos Vigilantes, así como la marcha administrativa, operativa y económica de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
c. Formula recomendaciones y sugiere la aplicación de las medidas correspondientes cuando algún Coordinador y/o integrante de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana infrinja las disposiciones establecidas en el presente Manual.
d. Supervisa la documentación y registros de la Secretaría de Economía.
e. Vela por el estricto cumplimiento del presente Manual.
f. Es supervisado por el Coordinador de Comisaría, el Promotor y/o Jefe de la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social y el Comisario.
9. Del Coordinador Zonal de Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana.
a. Representar a las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de su zona ante el Coordinador de Comisaría, y/o Oficina de Participación Ciudadana.
b. Establecer vínculos permanentes de enlace, entre el Coordinador de Comisaría y los Coordinadores de Juntas Vecinales ante la Comisaría para mantener una alerta efectiva ante las amenaza de elementos al margen de la Ley, en estricto respeto de los derechos humanos y el debido proceso.
c. Velar por el funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de su zona.
d. Gestionar ante el Coordinador de Comisaría, el pedido para que el Comisario disponga las reuniones para instruir y capacitar a los vecinos vigilantes de las nuevas y de las ya existentes Juntas Vecinales en materia de Seguridad Ciudadana.
e. Supervisa las actividades estipuladas para los Coordinadores de las JJVV de su zona.
10. Del Coordinador de Junta Vecinal.
a. Representar a la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana, que conforman los Vecinos Vigilantes.
b. Mantener estrecha relación con el Coordinador Zonal de las Juntas Vecinales y la Oficina de Participación Ciudadana de su jurisdicción en los aspectos relativos a la seguridad.
c. Estar enterado de las novedades de su jurisdicción en materia de seguridad y compartir dicha información entre los integrantes de las Juntas Vecinales y vecinos.
d. Contribuir con su accionar y participar efectivamente en el funcionamiento de las Juntas Vecinales, en el marco del respeto irrestricto de los Derechos Humanos.
e. Conocer las actividades laborales y horarios de trabajo de los integrantes de las Juntas Vecinales y vecinos, para establecer contactos y medidas de seguridad específicas.
f. Contribuir a la capacitación permanente de los integrantes de su Junta Vecinal y comunidad en general.
g. Informar a la dependencia policial sobre hechos delincuenciales que conozcan, que permitan planificar operativos policiales de seguridad ciudadana para su seguimiento, evaluación e intervención.
11. Del Secretario y Vocal de Junta Vecinal.
a. Apoyar a los Promotores Policiales de la respectiva Comisaría, para recabar las Fichas de Acreditación de los Vecinos Vigilantes y de los Coordinadores de Juntas.
b. Comunicar la fecha de las reuniones y coordinar la asistencia de los Vecinos Vigilantes.
c. Preparar la agenda, en coordinación con el Promotor Policial y el Coordinador de Junta Vecinal, para las reuniones respectivas.
d. Llevar al día el Cuaderno de Reuniones, en que se registra los acuerdos y sugerencias.
e. Orientar la canalización de las informaciones reservadas de los Vecinos Vigilantes para su registro en la Sección de Participación Ciudadana y Proyección Social de la Comisaría.
12. De los Vecinos Vigilantes.
a. Integrar con sus vecinos la Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana.
b. Solicitar al Coordinador de Junta Vecinal para recibir la capacitación en materia de seguridad ciudadana.
c. Participar activamente en el funcionamiento efectivo de las Juntas Vecinales y en actividades preventivas de seguridad del vecindario, con el respeto a los Derechos Humanos.
d. Informar a la dependencia policial sobre hechos delincuenciales. que conozcan, que permitan planificar operativos policiales de seguridad ciudadana para su seguimiento, evaluación e intervención.
e. Cada Junta Vecinal de Seguridad Ciudadana deberá estar integrada por un mínimo de DIEZ (10) vecinos.
13. Del Coordinador Distrital de Juntas Vecinales
a. Representar a las Juntas Vecinales ante el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana en coordinación con la autoridad policial.
Página siguiente |