La ética judicial y el imperio del Derecho, del dr. Anthony Kennedy
- El
concepto de ética judicial - Batalla por la neutralidad
- Cánones de
ética - Comité de Jueces
- Reconocimiento del Código
Judicial - Circulares de la oficina de Ética
Judicial
Este articulo fue creado por Por el Dr.Anthony Kennedy,
es Juez del Tribunal Supremo de Estados Unidos. La ética
judicial está íntimamente ligada a la independencia
judicial y es difícil hablar de una sin referirse a la
otra. La ley es una promesa. La promesa consiste en la
neutralidad. Si esa promesa no se cumple, si no existe
neutralidad en la aplicación de la ley, en su
administración e interpretación, la ley deja de
existir tal como la concebimos . La independencia judicial tiene
una relación estrecha con la neutralidad. Corresponde al
poder judicial insistir en que las otras ramas del gobierno le
otorguen los recursos, el apoyo y la defensa que requiere para
llevar a cabo su labor. Sin embargo, es difícil convencer
de ello a las otras ramas del gobierno, en parte porque algunos
legisladores creen que el trabajo de los jueces es fácil.
Entre los legisladores hay resistencia a aumentar los sueldos y
el número de los jueces. Es difícil también
porque los recursos son escasos y los legisladores tienen que
preocuparse por la construcción de hospitales, escuelas y
carreteras … Con todo, un régimen jurídico que
funcione es tan importante para el crecimiento de la
economía y para una sociedad progresista, como lo son los
hospitales, las escuelas y las carreteras. De tal manera que es
deber del juez explicar que los tribunales y la ley son un
componente importante de la infraestructura de capital de toda
sociedad.
El concepto de
ética judicial
Todo el concepto de la ética judicial está
íntimamente relacionado con la independencia judicial. Si
a uno de ustedes se le pidiera que hablara a sus colegas sobre el
tema de la ética judicial, es posible que en un principio
se sienta poco dispuesto o seguro para hacerlo …. Sin embargo,
es muy importante hablar de la ética judicial. Ello no
quiere decir que quien lo haga sea perfecto, quiere decir que nos
preocupa lo suficiente como para velar por que el poder judicial
tenga la reputación de integridad y neutralidad y que en
realidad proceda con integridad y neutralidad en todo lo que
haga. La ética judicial, así como la independencia
judicial, tiene que ver con la apariencia y la realidad. Si se
percibe injusticia, si en apariencia parece que la hay, el poder
judicial se encontrará bajo la sospecha del
descrédito.
Una forma de concebir un código ético para
los jueces es asumir que éste consta de tres partes. La
primera consiste en que todo juez debe adoptar como código
personal las normas más elevadas posibles de conducta
personal y profesional. Su vida personal, la forma en que lleva a
cabo la relación con su familia y la sociedad
inevitablemente llegan a conocimiento del público, y el
juez debe actuar con la conducta, con la equidad, con la
integridad, con la rectitud que esperamos de nuestros ciudadanos
más responsables.
Desde el punto de vista profesional, el juez debe
mantener la conducta propia de un alto funcionario judicial. El
comportamiento y el carácter son muy importantes. Por
ejemplo, para el juez es algunas veces difícil mantener su
moderación cuando un abogado trata deliberadamente de
polemizar con el tribunal…. Sin embargo, el juez debe insistir
en que el abogado respete, no la dignidad personal del juez, sino
la dignidad del cargo que ejerce. Y es un arte aprender la forma
de controlar a los abogados en el tribunal.
Algunos de los mejores jueces que conozco en el sistema
federal nunca han declarado a un abogado en desacato al tribunal,
nunca han sancionado a un abogado. Con su conducta, su
posición, su forma de proceder inspiran tal respeto hacia
el tribunal que ningún abogado se atrevería
jamás a intentar una conducta impropia ante ese juez
…
Todo litigante aspira a tener una proceso imparcial. Y
ese proceso tiene que percibirse como algo neutral, y tiene que
serlo realmente… El juez debe garantizar que el proceso sea
justo de muchas maneras. Debe dedicar el mismo tiempo a ambas
partes y tiene que ser rápido y eficiente.
Cuando a los litigantes se les ofrece un proceso justo,
la mayoría piensa que se ha hecho justicia. La
mayoría de la gente que lleva una causa ante los
tribunales está convencida de que sólo es necesario
que una persona neutral y justa escuche su queja para que se haga
justicia.
Batalla por la
neutralidad
Como parte de su código personal y profesional
los jueces deben evitar conflicto de intereses. Es posible que
algunos de ustedes tengan familiares en el campo de la
agricultura, los negocios o la industria. ¿Ello influye en
su opinión? ¿Influye en su actitud? ¿El
hecho de que usted proviene de una determinada región del
país influye sobre la decisión del caso? Todo esto
tiene relación con su perspectiva.
Con todo, el secreto para ser un juez de gran
ética es no cesar de examinarse a sí mismo. Yo he
sido juez más de 20 años y me sorprende la
frecuencia con que tengo que regresar al comienzo mismo y
preguntarme: "¿Me encuentro bajo la influencia de alguna
actitud parcial oculta, alguna predisposición, alguna
predilección, algún prejuicio que ni siquiera yo
puedo ver? ¿Qué es lo que me insta a decidir el
caso en forma determinada?" Debo examinar mis propios
antecedentes y mi propia actitud intelectual a fin de asegurarme
de que actuó en forma justa.
La batalla por la neutralidad, la batalla por la equidad
en la mente del juez nunca termina. Es preciso tener alguna
estructura externa que capacite para luchar por la neutralidad
perfecta …. pero, es posible que uno nunca la alcance porque
todos somos producto de nuestros prejuicios y
antecedentes.
Cánones de
ética
Existen, sin embargo, ciertas reglas básicas para
un proceso imparcial. Primero, no tener un interés
financiero o personal en la causa que se examina. Esto parece muy
sencillo, pero, ¿qué pasa si un miembro de su
familia tiene acciones en una sociedad o algunos de sus amigos le
han dicho que esperan que el caso se resuelva de determinada
forma? Este es un conflicto de intereses y debe
resistirse.
En Estados Unidos, y me refiero al poder judicial
federal, el código de conducta personal está
reforzado por cánones de ética escritos. De manera
que desde mi punto de vista, el código de conducta
personal debe reflejarse en un código de ética
escrito y los jueces deben hablar de ese
código.
Cuando se oye o se lee el código de ética
de Estados Unidos parece tan simple, tan básico, tan
elemental que uno podría pensar que todo el mundo
estaría de acuerdo con él. El código parece
casi simplista, una perogrullada. Permítanme leer los
siete cánones de ética. Estos preceptos son
principios con los que nadie podría estar en
desacuerdo.
Los jueces deberán mantener la integridad e
independencia del poder judicial.Los jueces deberán evitar la
incorrección y la apariencia de incorrección en
todas sus actividades.Los jueces deberán desempeñar los
deberes de su cargo en forma imparcial y con
diligencia.Los jueces pueden realizar actividades
extrajudiciales para perfeccionar la ley, el régimen
jurídico y la administración de
justicia.Los jueces deberán ordenar sus actividades
extrajudiciales de manera de reducir al mínimo el
riesgo de conflicto con sus deberes judiciales.Los jueces deberán someter informes
periódicamente sobre la compensación recibida
por actividades relacionadas con la ley y extrajudiciales;
yLos jueces deberán abstenerse de actividades
políticas.
Algunas de estos cánones, incluso el de los
informes, reflejan la posición oficial de la judicatura de
Estados Unidos, principalmente para evitar conflictos de
naturaleza financiera. La ley nos exige someter una
declaración pública en la que se enumeran todas
nuestras propiedades, todos nuestros bienes, todos nuestros
haberes y todos nuestros ingresos…. Nos preocupaba de tal
manera garantizar la apariencia de neutralidad que insistimos en
que todos los haberes de los jueces debían ser declarados.
Por ejemplo, si un juez es dueño aunque sea de una sola
acción en una sociedad, o si su cónyuge o un
miembro de su familia posee una acción, ese juez
está obligatoriamente descalificado para intervenir en una
causa relacionada con esa sociedad…. O si el juez cree que
tiene suficiente interés en una causa como para impedirle
garantizar la neutralidad, no deberá formar parte del
tribunal, aunque los abogados se lo pidan ….
Comité de
Jueces
En el sistema federal judicial de Estados Unidos tenemos
un comité de jueces que contesta preguntas de todos los
miembros de la judicatura que tengan alguna inquietud sobre
ética judicial …. El comité no sólo hace
algunas recomendaciones al juez y menciona algunos principios
para su examen y consideración, sino que le brinda cierta
protección. Si más adelante se critica al juez por
entender en una causa determinada, el juez puede decir: "Bueno,
escribí al comité sobre el asunto y el
comité estuvo de acuerdo conmigo".
Permítanme darles un ejemplo. Teníamos un
juez que había dedicado tiempo a un caso de antimonopolio
sumamente complejo. Durante el proceso conoció a una dama
con quien se casó. Descubrió que su esposa
tenía un número considerable de acciones en las
sociedades involucradas en el caso, así que
escribió al comité preguntando qué
debía hacer ….
De tal manera que un sistema ético debe tener un
código personal y profesional; debe tener un sistema
escrito de ética y debe tener un mecanismo para hacerlo
cumplir.
Reconocimiento
del Código Judicial
De tiempo en tiempo un juez viola el juramento judicial
y deshonra la magistratura. Ello acarrea desprestigio para toda
la profesión. Es trágico, pero los jueces son seres
humanos y, desde luego, están sujetos a las debilidades
humanas ….
En el sistema federal de Estados Unidos los jueces
pueden ser removidos sólo mediante juicio político
del Senado de Estados Unidos. Ha habido sólo siete casos
en nuestra historia de 200 años en los que el Senado tuvo
que remover a un juez. Otros jueces han renunciado bajo
presión …. debido a corrupción, soborno,
alcoholismo o inestabilidad mental.
Además de la remoción por juicio
político, Estados Unidos tiene un mecanismo disciplinario
por el cual se amonesta o censura al juez por su conducta. La
propia judicatura controla este mecanismo y creo que es muy
importante que cualquier mecanismo para censurar o amonestar a
los jueces, medidas que no llegan a la remoción,
esté en manos de la judicatura. Con todo, la judicatura, a
su vez, debe observar una ética suficientemente fuerte,
una tradición de equidad e independencia suficientemente
fuertes de su capacidad de encarar sus propios
problemas….
Es parte de la independencia judicial. Ello no quiere
decir que debemos ocultar o proteger a los miembros de nuestro
oficio; significa que debemos ser francos y enérgicos en
cuanto a reconocer que debe haber un código judicial, que
debe ser específico, que es preciso que comprendamos lo
que entraña y que debemos aplicarlo.
Me he extendido por algún tiempo, ahora me
gustaría responder a sus preguntas.
Pregunta: La constitución eslovena
cuenta con una cláusula especial que estipula que un juez
puede ser miembro de un partido político, pero no puede
desempeñar ningún cargo en una organización
política. Durante las campañas electorales locales
y estatales se plantean serios interrogantes acerca de si un juez
puede identificarse a sí mismo como miembro de un partido
político, y si un juez puede respaldar públicamente
a un candidato no judicial a un cargo público.
¿Cree usted que una actividad política tal puede
considerarse impropia?
Juez Kennedy: En la estructura estadounidense,
tenemos una judicatura federal, de la cual soy miembro, y 50
judicaturas estatales separadas. Algunas de las respuestas que
les daré a ustedes hoy reflejan la tradición
federal, que es más rigurosa, más antigua,
más insistente en cuanto a la separación de
poderes. De modo que les daré dos respuestas: una
respuesta de los estados y una respuesta federal.
De acuerdo con la tradición federal, nos
horrorizaría que un juez respaldara a un candidato
político. Creemos que esto no está de acuerdo con
la separación de poderes pertinente a nuestro sistema
constitucional. Creemos que los jueces no deben tener una
identidad política.
En el sistema de los estados, algunos jueces se los
nombra mediante elección. Esto hace que nuestros amigos de
muchos países europeos se pregunten si ese juez puede ser
independiente si lo designan mediante elección. Esto
comienza a generar un tremendo volumen de discusión
también en Estados Unidos, porque tenemos el problema de
las tremendas cantidades de dinero que se destinan a las
campañas electorales por televisión, a medida a
favor de algún juez. De modo que la pregunta que ustedes
hacen acerca de jueces y política toca un punto muy
delicado en Estados Unidos.
Si la judicatura ha de ser independiente, debe
divorciarse de las actividades políticas. Una judicatura
no puede quedar atrapada en las disputas partidistas en las que
necesariamente participa un sistema político vigoroso. De
modo que no creo que sea prudente que al nombre de un juez se le
coloquen rótulos judiciales y políticos, y, por
cierto, no creo que un juez deba respaldar a un candidato
político. Uno de los sacrificios que se hacen cuando se
entra en la judicatura es que hay ciertos aspectos de la vida
pública y privada en los que ya no se puede participar, y,
finalmente, al intervenir en asuntos políticos se le falta
el respeto a la judicatura.
Creo que las promociones y evaluaciones de los jueces
deben basarse en sus méritos como estudiosos y en su
dedicación a los principios neutrales del derecho. De modo
que en la medida en que la cultura y el sistema político
de ustedes lo permita, yo tomaría todas las medidas
posibles para separar al juez de los endosos políticos y
la actividad política.
Pregunta: Eslovenia se encuentra ahora en
medio de un debate en torno a los cambios constitucionales.
¿Entiende usted que puede haber algún
obstáculo a que una asociación de jueces contribuya
a mejorar la ley constitucional organizando discusiones o
participando en la preparación de un borrador
constitucional?
Juez Kennedy: Los jueces ejercen poder como parte
que son del aparato gubernamental. Entonces, es necesario que los
jueces — con su experiencia profesional y su compromiso con la
neutralidad — participen en aquellas discusiones y actividades
que mejoran la ley.
En Estados Unidos tenemos reglas específicas en
nuestros cánones que no sólo permiten sino que
alientan a los jueces a que enseñen, participen en
actividades destinadas a mejorar el sistema legal…
Cuando los jueces estadounidenses buscan aliados, a
menudo recurrimos a nuestros amigos y ex colegas… Hacemos esto
abiertamente, explicando en una carta abierta cuáles son
nuestras preocupaciones judiciales. No podemos estar tan
apartados del mundo como para poder o deber desconocer las
cuestiones, legislación y políticas que afectan a
la judicatura, y creo que es muy apropiado que un juez participe
en tales actividades y discusiones.
Sin embargo, un juez debe ser muy cuidadoso al dejar
sentado que hace esto como una actividad extra judicial, y que no
participará en tales discusiones en el tribunal ni las
incluirá en sus opiniones o escritos.
Pregunta: He leído su código de
conducta judicial… y me gustaría saber algo más
de las provisiones acerca del cumplimiento de estas reglas y, en
caso de transgresiones, ¿cuáles son las
consecuencias y quién las pone en vigor?
Juez Kennedy: En la judicatura de Estados Unidos
tenemos, en cada región, lo que llamamos un circuito
judicial. Cada estado y el Distrito de Columbia (la ciudad de
Washington) pertenecen a uno de 12 circuitos diferentes. Cada uno
de esos circuitos tiene un juez presidente y cada uno de esos
jueces presidentes tiene un comité, consistente, por
mitades, en jueces substanciadores y jueces de apelación.
Cualquier ciudadano o cualquier juez puede presentar una queja
contra otro juez.
Algunas de estas quejas son simplemente frívolas.
Proceden de un litigante frustrado que hace alguna
acusación sin fundamento contra el juez. A estas se las
investiga y desecha rápidamente. Si se alegan
transgresiones más serias, entonces se sigue una serie de
pasos. En algunos casos, el juez presidente y el comité
llaman ante sí al juez y, en privado, lo aconsejan… No
se deja constancia de los procedimiento del comité, fuera
de decir que se tuvo conocimiento de la queja y se dispuso de
ella… El comité urge que esta conducta no se repita,
señala la violación ética y el daño
que este juez le causa a la judicatura.
Si la transgresión se repite o es más
grave, la disciplina puede incluir una censura pública y
una orden del juez presidente de que al juez transgresor se le
retiren ciertos casos. El calendario de ese juez se
limitará o se le sacarán de allí los casos
en que ha actuado impropiamente.
Si la transgresión es muy grave, y llega a una
violación crasa de la ética judicial o a un delito,
el juez presidente refiere al juez transgresor al Senado de
Estados Unidos para que se le haga un juicio político.
Esto ha pasado en dos ocasiones, creo, en los últimos 10
años, y en ambos casos el juez fue destituido.
Algunos de estos problemas ocurren porque un juez es
indiferente, carece de sensibilidad o, a veces, es perezoso…
Los jueces deben ser estudiosos. Algunos jueces creen que cuando
llegan al tribunal, pueden dejar de aprender. Se equivocan. Es
cuando uno llega al tribunal que tiene que empezar su
aprendizaje. Esto es parte de sus obligaciones éticas. Y
algunos jueces norteamericanos — todos los cuales tienen exceso
de trabajo — simplemente se vuelven descuidados e insensibles.
Esa es la razón por la que nuestra mejor técnica es
el consejo impartido por otros jueces, y la mayoría de las
veces da resultado.
Permítanme decir que en algunos estados
norteamericanos hay comisiones de remoción judicial en las
que están representados ciudadanos particulares, no
jueces. El sistema federal no es así. En los estados, los
mecanismos son muy diferentes de los que acabo de
describir.
Pregunta: Entiendo que el código de
ética de los jueces norteamericanos estipula que un juez
debe abstenerse de la actividad política.
¿Significa eso que a un juez no se le permite ser miembro
de un partido político, o simplemente que un juez no debe
desempeñar un papel activo en la
política?
Juez Kennedy: En general, nosotros no somos
miembros de partidos políticos en los que se pagan cuotas
partidarias. Sin embargo, en algunos estados a los jueces se les
permite hacerlo porque tienen que pertenecer a un partido para
votar en elecciones primarias… pero cualquier afiliación
política sólo debe permitirle al juez participar en
el proceso de votación. El juez no puede usar su nombre
para promover una causa política.
Pregunta: Permítanme plantear, a
través del ejemplo que sigue, una pregunta en
relación con la independencia de los jueces. Hay pendiente
un caso de quiebra contra una firma que emitía bonos sin
valor. Hay una investigación congresional sobre la
responsabilidad de los políticos involucrados en la
emisión de esos bonos sin valor. ¿Puede un juez que
entiende en el caso de quiebra ser testigo en la
investigación? Y, si la respuesta fuera afirmativa,
¿de qué puede valerse el juez para defenderse de
las preguntas de los investigadores acerca de los
dictámenes formulados en el caso de
quiebra?
Juez Kennedy: Soy renuente a comentar en torno a
cualquier caso específico del que no conozco todos los
antecedentes, pero su pregunta me permite ocuparme de ciertos
principios generales. En su mayoría, nuestras reglas
prohíben específicamente que un juez sea testigo de
reputación. Pero si un juez dispone de cierta
información acerca de las actividades que se investigan,
entonces, como cualquier otro testigo, el juez debe transmitirles
a las autoridades investigadoras los hechos que son de su
conocimiento. Doy por sentado que el juez conoció esos
hechos antes de incorporarse a su tribunal. Y si el juez hubiera
participado en ciertas actividades financieras o supiera de ellas
a través de sus actividades privadas, por supuesto que
podría ser testigo.
Pregunta: Su código de conducta
judicial dice que "los jueces pueden escribir, dar conferencias,
enseñar o hablar sobre temas no legales y participar en
las artes, los deportes y otras actividades sociales y
recreativas, pero éstas no deben confligir con sus deberes
judiciales". Yo querría saber, primero, ¿necesitan
obtener el consentimiento de alguien? Por ejemplo, en nuestro
país debemos obtener el consentimiento del presidente del
tribunal si queremos participar en cualquier actividad
extrajudicial. Segundo, ¿pueden recibir
remuneración por esa actividad extra judicial? Y tercero,
¿tiene un límite esa remuneración? Por
ejemplo, ¿puede un juez ganar dinero con sus actividades
extrajudiciales?
Juez Kennedy: En el sistema federal, los jueces
pueden ganar dinero enseñando o escribiendo. Ese salario
está limitado por la ley federal y es de alrededor del 10
por ciento del salario del juez. Pero deben obtener permiso del
juez presidente del tribunal antes de hacerlo, para asegurarse de
que no haya conflicto con sus actividades judiciales… Nunca
podemos cobrar honorarios por darle una conferencia a un grupo
que tiene un interés ante el tribunal. Y debemos dar
conferencias únicamente en escuelas de abogacía o
asociaciones profesionales. En lo que toca a participar en otras
actividades como manifestaciones de protesta y manifestaciones y
cosas así, los jueces no pueden hacerlo.
***************
Para terminar, me gustaría decir que esta hora
que acabo de pasar me ha resultado fascinante. Hay una afinidad,
un vínculo, un lazo de afecto entre todos los jueces de
todo el mundo. Compartimos las mismas aspiraciones, las mismas
convicciones, las mismas pruebas y tribulaciones, el mismo
sentido de logro y entusiasmo cuando adelantamos el imperio de la
ley. A medida que llega a su fin este siglo, creo que los
historiadores dirán que uno de los grandes avances de
nuestra civilización durante estos últimos 100
años ha sido el don de la ley que se le ha hecho a gente
de todo el mundo. Al imperio de la ley se lo considera un derecho
natural de cada hombre y cada mujer, y los jueces simbolizan
tanto la realidad como las aspiraciones de ese imperio de la
ley.
Muchas gracias.
Circulares de la
oficina de Ética Judicial
CIRCULAR Nº 05 /2006
Asunción, 02 de mayo de 2006.-
PEDIDOS DE SUSPENSIÓN DE AFILIACIÓN A
PARTIDOS POLÍTICOS. ACLARACIÓN ANTE INFORMACIONES
PERIODÍSTICAS:
Ante la publicación periodística (UH,
01/05/06) en la cual se manifiesta erróneamente que los
magistrados tienen el plazo de quince días hábiles
para renunciar o solicitar la suspensión de su
afiliación a un partido político, previa
notificación personal por parte de la Oficina de
Ética Judicial. La Oficina de Ética Judicial, con
el objeto de evitar confusiones en cuanto al procedimiento, por
informaciones no emanadas de este órgano, aclara
que:
1) El 30 de junio de 2006 es el plazo máximo
de presentación de pedidos de suspensión de
afiliación a los partidos políticos, de
conformidad con el artículo 66 del Código de
Ética Judicial.
La Oficina de Ética Judicial podrá
canalizar los pedidos de suspensión y cuenta con modelos
al efecto. No obstante, si los magistrados desean canalizarlos
por otros medios deberán enviar una copia de la solicitud
presentada a la Oficina para su registro. Se solicita a los
Señores Magistrados cumplan con esta obligación en
la mayor brevedad con el objeto de evitar inconvenientes de
último momento.
2) No se realizarán notificaciones personales
de la obligación de solicitar la suspensión de
afiliación de quienes ejercen una magistratura judicial
teniendo en cuenta el carácter público de dicha
normativa (Acordada N° 390/2006, art. 2°, 10, 65 y 66
de la Corte Suprema de Justicia; Circular N° 03/2006 de la
Oficina de Ética Judicial).
Personal de la Oficina de Ética Judicial, se
encuentra visitando los despachos de algunos magistrados con el
objeto de promocionar el Código. Quienes deseen un
ejemplar del Código de Ética Judicial pueden
solicitarlo a la Oficina de Ética Judicial, o bien en las
Circunscripciones Judiciales del Interior de la República
a la Presidencia de la Circunscripción. O bien, obtenerlo
de la página web del Poder Judicial www.pj.gov.py, con la
normativa complementaria.
La Oficina se encuentra en el piso 3 de la Torre
Norte del Palacio de Justicia de Asunción. Para
cualquier consulta se encuentra a su disposición. Su
número directo es el (021)425.493. Sus internos en
el Palacio de Justicia de Asunción son: 2346, 2347
y 2348.
ABOG. ESTEBAN KRISKOVICH – DIRECTOR COORDINADOR -OFICINA
DE ÉTICA JUDICIAL
NOTICIAS RELACIONADAS CON LA ÉTICA
JUDICIAL
Y TEXTOS PARA LA REFLEXIÓN
* En el mes de junio se llevó a cabo la XIII
Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas de
Justicia en República Dominicana, uno de los temas
centrales fue el establecimiento de un Modelo de Código de
Ética Judicial para nuestros pueblos. Al mismo
asistió el actual Presidente de la Corte Suprema de
Justicia del Paraguay, Prof. Dr. José Raúl Torres
Kirmser.
* La Oficina de Ética Judicial realizó
visitas a las distintas circunscripciones judiciales del
país durante el mes de junio, para presentar la Oficina y
recibir los pedidos de suspensión de afiliación de
los magistrados judiciales a los partidos políticos. Se
visitaron las siguientes circunscripciones judiciales:
Itapúa, Alto Paraná, Caaguazú,
Caazapá, Villarrica, Misiones, Pilar, Amambay y
Concepción. Se agradece a los magistrados por su
receptividad. En adelante también se prepararán
cursos de capacitación sobre el Código para las
Circunscripciones Judiciales de toda la
República.
* Gran participación de los magistrados en
solicitudes de desafiliación a partidos políticos
mientras ejerzan el cargo, de conformidad con el art. 10, numeral
3, del Código de Ética Judicial. El nivel de
cumplimiento de los magistrados en la normativa es de alrededor
del 90 %, en brevedad se completará el faltante teniendo
en consideración que faltan completar algunos
trámites dificultados por la distancia o algunos
procedimientos administrativos.
* La Corte Suprema de Justicia se encuentra en
estudio de la conformación de los órganos
dispuestos por el Código de Ética Judicial, vale
decir el Consejo Consultivo y el Tribunal de Ética
Judicial. En breve tendremos novedades sobre la efectiva
conformación de los mismos, acorde con lo dispuesto en los
arts. 42, 50 y 67 del Código de Ética
Judicial.
Textos para reflexionar
Frases éticas
*Una justicia politizada, dirigida o presionada desde el
poder, es propia de los regímenes autoritarios no de los
democráticos"
* Cuida tu vida privada y procura que tu conducta
pública sea intachable, evita los malos comentarios y se
honesto y sencillo pues no sólo se requiere ser honrado
sino parecerlo"
*Se ético y te transformarás en un
misterioso alquimista colmado de oro, dinero y virtud;
pero cuando lo logres no seas soberbio, la modestia es
gratitud y es bello ser grato. (Lic. Modesto Santos
Villacrés)
*Es deber del Juez respetar la dignidad de las personas
y sus derechos"
*
"Es deber del Juez comportarse en todo momento y lugar
conforme con las reglas sociales del decoro a fin de mantener
incólume la imagen judicial"
*"Es deber del Juez respetar y hacer respetar la
institucionalidad del Poder Judicial como Poder del
Estado".
*"Ser Juez es muy difícil, y ser Juez perfecto es
imposible. El único que ha existido fue crucificado en
medio de dos ladrones"
*"Señores Abogados: Respeten la autoridad, es el
principio de coordinación y de ordenación
social".
*"Sin autoridad, tendremos anarquía, y sin
libertad, totalitarismo".
*"Solamente un juez íntegro puede ser un juez
imparcial".
*"La Resolución injusta daña tanto casi
como la tardía"
*"Busca la Justicia en la Aplicación de la Ley,
no la ley justa"
*Severidad y bondad, dos cualidades que permiten aplicar
la ley con sentido humano"
*"No seas suntuoso, arrogante o prepotente, recuerda que
la justicia que impartes, es terrena" Dr. Luis Fernández
Doblado
*"Una justicia libre, en manos de jueces sometidos, no
es sino una ficción henchida de ironía"
*Tus mejores amigos o peores enemigos peden ser tus
compañeros de trabajo, de ti depende que se conviertan en
unos o en otros.
*"Un buen Juez debe enseñar con el
ejemplo"
*"La tarea del juez es más que formidable y
responsable, ¿quién más esta facultado para
privar del patrimonio, de la libertad o incluso en algunos
países, de la vida a uno se sus semejantes? Piense:
Cómo desearía que fuera el magistrado que
resolviera sobre su vida y sus bienes, sus derechos e
intereses……….."
*Sin la Ética la ciencia más profunda se
desvirtúa y se convierte en
charlatanería"
*Un juez ante todo, debe ser honesto. En segundo lugar,
ha de poseer una razonable dosis de habilidad. A ello ha de unir
valor y ser un caballero…." Lord Canciller
Lyndhurst
Boletín de Ética
Judicial
Órgano Oficial de la Oficina de Ética
Judicial
de la Corte Suprema de Justicia de la República
del Paraguay
Número 3. Julio de 2006
Corte Suprema de Justicia
Presidente: Prof. Dr. José Raúl Torres
Kirmser
Vicepresidente Primero: Prof. Dr. Víctor Manuel
Núñez Rodríguez
Vicepresidente Segundo: Dr. Wildo Rienzi
Galeano
Ministro: Dr. José V. Altamirano
Ministro: Prof. Dr. Miguel Oscar Bajac
Albertini
Ministro: Prof. Dr. Sindulfo Blanco
Ministro: Prof. Dr. Antonio Fretes
Ministro: Prof. Dr. César A. Garay
Ministra: Prof. Dra. Alicia Beatriz Pucheta de
Correa
Oficina de Ética Judicial
Director Coordinador: Prof. Abog. Esteban
Kriskovich
Funcionarios:
Jefa de Denuncias: Abog. Romina E. Taboada
Tonina
Jefa de Consultas: Abog. Alicia Velázquez
Llano
Jefa de Gestión: Lic. Birgitt Knust
Chekerdemián
Encargado: Magno Aquino Martínez
Auxiliar: Noelia Centurión
Oficina de Ética Judicial. Torre Norte. Palacio
de Justicia de Asunción. Calle Alonso y Testanova.
Asunción. Paraguay. Telef. 425493. E-mail:
eticajudicial@pj.gov.py
Autor:
Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo
S.
"A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD
DE INFORMACION"
Santiago de los Caballeros,
República Dominicana,
2014.
"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH
– POR SIEMPRE"
[1] Tomado de:
http://usinfo.state.gov/journals/itdhr/0999/ijds/kennedy.htm