* ……. Corresponde exclusivamente a la Nación
generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer
energía eléctrica que tenga por objeto la
prestación de servicio público. En esta materia no
se otorgarán concesiones …….”
Párrafo 6° del Artículo 27 de la
Constitución 1960
Tendencias de Política Energética Internacional
Sector Energético (Gp:) Estado Propietario (Gp:) Estado
Regulador (Gp:) Estado Proveedor de Servicios
Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica 1975 Artículo 3° – No se considera
servicio público el autoabastecimiento de energía
eléctrica para satisfacer intereses particulares,
individualmente considerados. 1992 Artículo 3° – No se
considera servicio público: I.- La generación de
energía eléctrica para autoabastecimiento,
cogeneración o pequeña producción; (ver
artículo 36). II.- La generación de energía
eléctrica que realicen los productores independientes para
su venta a la Comisión Federal de Electricidad; III.- La
generación de energía eléctrica para su
exportación, derivada de cogeneración,
producción independiente y pequeña
producción; IV.- La importación de energía
eléctrica por parte de personas físicas o morales,
destinada exclusivamente al abastecimiento para usos propios y
V.- La generación de energía eléctrica
destinada a uso en emergencias derivadas de interpretaciones en
el servicio público de energía
eléctrica.
Participación de la inversión privada en el sector
eléctrico Venta a CFE Venta a consumidores privados
Exportación Mediante convocatoria Excedentes de autoabasto
y cogeneración Menores de 30 MW (Pequeña
producción) Autoconsumo Sociedades de autoabasto
(contratos bilaterales) Pequeña escala Cogeneración
Pequeña producción, etc Producción
independiente (Precio de la licitación) (Costo total de
corto plazo multiplicado por un factor menor a 1) (Costo total de
corto plazo multiplicado por un factor menor a 1)
Las sociedades de autoabasto (contratos bilaterales) se forman
por una central generadora y varios compradores de energía
(socios) a los que se les ofrece un descuento sobre las tarifas
de CFE (se compite contra las tarifa). Por lo anterior resulta
fundamental el precio del transporte de la energía. ( A
las fuentes con energías renovables y a la
cogeneración eficiente se les da tratamiento
especial).
Designing Competitive Electricity Markets Hung-Po, Hillard. EPRI
(2001) La motivación primera detrás de la
restructuración de los sectores eléctricos, es la
de promover ganancias en eficiencia en el largo plazo mediante
competencia en la generación y el suministro de la
energía eléctrica que estimule la inversión
eficiente y la innovación técnica La
restructuración requiere la desagregación de los
servicios eléctricos y la creación de nuevas
instituciones Las condiciones iniciales tienen influencia en la
evolución futura del mercado Hay decisiones de largo plazo
que requieren la intervención pública porque
afectan externalidades importantes o bienes públicos
….
Modelo de libros de texto para los mercados competitivos *
Privatización de las compañías
eléctricas del gobierno Separación vertical en
segmentos competitivos (generación,
comercialización y suministro), de los segmentos regulados
(distribución, transmisión y operación del
sistema) Reestructuración del segmento de
generación para crear competencia Integración
horizontal de la transmisión y operación mediante
un operador de sistema independiente Creación de un
mercado mayorista de energía, reservas y conexos
…
Aplicación de regulación para promover la
eficiencia en el acceso a la red y un campo nivelado de juego
para la competencia Desagregación de las tarifas, en
cargos por uso de la red, la energía y capacidad
Determinación de hasta que punto hay competencia por el
consumidor final Creación de agencias reguladoras con
buena información Mecanismos de transición *
Electricity Market Reform an International Perpective 2006
Elsevier (pag 4 y 5)
La teoría de los Mercados Contestables El concepto de
“Mercados Contestables” se origina en el efecto
disciplinario de una potencial competencia La amenaza de una
potencial entrada en el mercado ha sido reconocida desde 1859
cuando Chadwick especificó la diferencia entre,
competencia por el mercado y en el mercado. La teoría de
Mercados Contestables fue desarrollada por Baumol, Panzar y
Willing en los 70’s y 80’s del siglo pasado Un
mercado es contestable y tanto la entrada como la salida son
libres, este término es caracterizado por la ausencia de
barreras de entrada (Stigler), es decir que los nuevos jugadores
no tienen desventajas comparadas con las que ya operan El trabajo
del regulador es nivelar el campo de juego
Nuevo Artículo 27 Constitucional (6° párrafo)
…. Corresponde exclusivamente a la Nación la
planeación y el control del Sistema Eléctrico
Nacional, así como el servicio público de
transmisión y distribución de energía
eléctrica; en estas actividades no se otorgarán
concesiones, sin perjuicio de que el Estado pueda celebrar
contratos con particulares en los términos que establezcan
las Leyes, mismos que determinarán la forma que los
particulares podrán participar en las demás
actividades de la industria eléctrica
…………
Puntos relevantes de la exposición de motivos de la
propuesta del Ejecutivo al Decreto por el que se expide la
“Ley de la Industria Eléctrica” La reforma al
cuarto párrafo del Articulo 28 de la Constitución
Federal mantiene y reafirma el carácter estratégico
de la planeación y el control del Sistema Eléctrico
Nacional, así como de las actividades relativas a la
transmisión y distribución de energía
eléctrica La problemática en los últimos
años de la industria eléctrica ha sido
principalmente de origen económico, debido a la falta de
competencia en generación de electricidad lo que ha
provocado la existencia de tarifas que no resultan competitivas a
nivel internacional por lo que uno de los objetivos que se busca
es crear un mercado en el segmento de generación de
electricidad que siente las bases de mejores tarifas
eléctricas Se crea un esquema de adquisición de
“Certificados de Energías Limpias”
….
Puntos relevantes de la exposición de motivos de la
propuesta del Ejecutivo al Decreto por el que se expide la
“Ley de la Industria Eléctrica” Se crea un
organismo público descentralizado encargado de la
planeación y operación del Sistema Eléctrico
Nacional (CENACE) La CFE continuará suministrando el
servicio eléctrico para los usuarios residenciales,
comerciales e industriales pequeños y medianos Los
usuarios cuyo consumo rebase un umbral así como los que
actualmente se suministran bajo las modalidades de
autoabastecimiento, cogeneración e importación, se
consideran usuarios calificados y tendrán la oportunidad
de contratar su suministro directamente en el mercado
eléctrico Las empresas de generación podrán
contratar a largo plazo la venta de su energía a los
usuarios calificados y a los suministradores ….
Puntos relevantes de la exposición de motivos de la
propuesta del Ejecutivo al Decreto por el que se expide la
“Ley de la Industria Eléctrica” La CFE
competirá en igualdad de condiciones con los demás
suministradores por los usuarios calificados, pudiendo en su caso
recuperar a los clientes que haya perdido bajo el esquema de
autoabastecimiento La CFE en su papel de suministrador del
servicio básico, comprará energía a
través de mecanismos competitivos y tendrá derechos
preferenciales para recibir la energía barata de sus
plantas de generación Los que ejerzan actividades de
transmisión y distribución no comprarán ni
venderán la energía que fluye por sus líneas
….
Especulaciones Sobre el posible funcionamiento de la Industria
Eléctrica
Clasificación de las Centrales Eléctricas
Según la fuente de energía primaria Combustible
fósil (Requieren la adquisición de certificados de
emisiones contaminantes) Renovables (Se les asigna certificados
de energías limpias) Según su estatus en CFE Legada
(Son propiedad de CFE por inversión directa) Legada
externa (Los actuales PIE y las centrales de inversión
condicionada de acuerdo al presupuesto de egresos de la
federación) Según el destino de su energía
De mercado De abasto aislado (autoconsumo)
Clasificación de las Centrales Eléctricas
(continuación) Generador Titular de uno o varios permisos
de Centrales Eléctricas Representante de varias centrales
para participar en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM)
Exento.- Propietario de una o varias centrales eléctricas
que no requieren permiso pero si un contrato para participar en
el Mercado Eléctrico Mayorista puede ser representado por
un suministrador
Generación con Fuentes Renovables Certificados de
energías limpias. Se emitirán títulos (CRE)
que acreditan la producción de un monto determinado de
energía eléctrica a partir de fuentes renovables o
tecnologías limpias, y se usará para cumplir los
requisitos obligatorios asociados al consumo de los Centros de
Carga Renewable Portfolio Standard (RPS). Es un mecanismo que
establece la obligación a los suministradores de que una
fracción de su generación sea de fuentes de
energía renovable es una alternativa al “feed in
tariff” que ha causado sobrecostos y problemas en
España y Alemania. Esta forma se está usando en:
Reino Unido Italia Polonia Suecia Bélgica China Noruega
Chile y 33 estados de USA Australia Japón India Suiza
Canadá Chile Corea del Sur Israel Filipinas Puerto
Rico
Ejemplo de la evolución de RPS en California
Suministro eléctrico y suministradores Suministro
eléctrico Conjunto de productos y servicios requeridos
para satisfacer la demanda y consumo de energía
eléctrica de los usuarios finales Suministrador
Permisionario que ofrece el Suministro eléctrico y puede
representar a los generadores exentos en el MEM De servicios
básicos (bajo regulación tarifaria con posibilidad
de ser suministrador de último recurso) De servicios
calificados (a los usuarios calificados que lo soliciten) De
último recurso (temporal bajo precio máximo
regulado a los usuarios calificados sin proveedor) Contrato de
cobertura Eléctrica Acuerdo entre participantes del
mercado mediante el cual se obligan a la compraventa de
energía eléctrica o productos asociados, o a la
realización de pagos basados en los precios de los
mismos
Usuarios del servicio eléctrico Usuario final Usuario
Calificado (cumple con ciertas condiciones y puede acceder
directamente al mercado si lo desea) Usuario de suministro
básico
Red eléctrica Red Nacional de Transmisión Sistema
integrado por el conjunto de redes eléctricas que se
utilizan para transportar energía eléctrica a las
redes generales de distribución y al público en
general Redes Generales de Distribución Redes
eléctricas que se utilizan para distribuir energía
eléctrica al público en general Redes particulares
Redes eléctricas que no forman parte de la Red Nacional de
Transmisión o de las redes generales de
distribución
Red eléctrica (continuación) Las condiciones
generales para la prestación del Servicio Público
de transmisión y distribución de energía
eléctrica que expida la CRE tendrán por objeto
determinar los derechos y obligaciones del prestador del servicio
y del usuario y tendrán como mínimo: Las tarifas
aplicables Las características, alcances y modalidades del
servicio Los criterios, los requisitos y la información
necesaria para ofrecer acceso abierto Las condiciones crediticias
y de suspensión de servicio Penalización y
bonificaciones por incumplimientos Condiciones de
modificación Atención a quejas
Precio Marginal Local Precio de la energía
eléctrica en un nodo determinado del SEN calculado con las
reglas del mercado (normalmente es el precio del mercado mas las
pérdidas, más el valor de la congestión de
la red de transmisión) A los generadores se les paga este
precio según el nodo en que entregan su energía.
Los usuarios pagan este precio según el nodo del que
reciban la energía. Derechos financieros de
transmisión El derecho y la obligación correlativa
de recibir o pagar la diferencia que resulte de los precios
marginales locales entre la fuente y la carga. Red
eléctrica (continuación II)
La generación, transmisión, distribución,
comercialización y la proveeduría de insumos
primarios se realizará de manera independiente entre ellas
y bajo condiciones de estricta separación legal contable,
operativa y funcional. Los generadores y suministradores que
pertenezcan a un mismo grupo económico podrán
realizar transacciones entre sí, sujetándose a las
reglas que al efecto emita la CRE La secretaría
desarrollará programas indicativos para la
instalación y retiro de las Centrales Eléctricas
Los programas de ampliación y modernización para la
Red Nacional de Transmisión y los elementos de las Redes
generales de Distribución que correspondan al MEM
serán autorizados por la Secretaría a propuesta del
CENACE escuchando la opinión de la CRE Estructura
El CENACE operará el MEM El MEM operará con base a
las características físicas del Sistema
Eléctrico Nacional y se sujetará a lo previsto en
las Reglas de Mercado Las reglas del mercado establecerán
procedimientos que permitan realizar , al menos, transacciones de
compra-venta de: Energía eléctrica Servicios
conexos Potencia y demanda controlable Lo anterior mediante
importación-exportación Derechos financieros de
transmisión Certificados de energías limpias y
Certificados de emisiones contaminantes Demás productos,
derechos de cobro y penalizaciones Previa autorización de
la CRE, el CENACE llevará a cabo subastas a fin de
adquirir potencia cuando lo considere necesario para asegurar la
confiabilidad del SEN Mercado Eléctrico Mayorista
Mercado Eléctrico Mayorista Generación Fósil
CFE (regulada) Renovable CFE Privada Generación
fósil privada Suministrador de Servicios Básicos
Generadores de abasto aislado Autoconsumo Autoconsumidores
Usuarios Calificados Usuarios finales Usuarios finales Usuarios
calificados temporales Suministrador de Usuarios calificados Con
contratos de Cobertura (Bilaterales)
Servicio no regulado Operación de la red Eléctrica
Nacional y Mercado Eléctrico Mayorista Generación
Bajo Contrato Central de Mercado Generación legada Externa
CFE Consumo (abasto aislado) Generación Legada CFE
Suministro básico Usuario calificado Suministrador
Contratos Bilaterales Precio ofertado Agregación de
usuarios Propuesta de Estructura del Sector Eléctrico
Generación no regulada Reglas de Cotización
Consumidor final Consumidor final Tarifas
Servicio Universal La reforma eléctrica no releva al
estado de sus obligaciones sociales El gobierno sigue a cargo de
los programas de electrificación rural El gobierno
subsidia de manera transparente a los usuarios que la
política energética y social lo indique (se
subsidia a los usuarios no a las tarifas) Los subsidios cruzados
entre compañías se evitan porque dañan la
competencia. El fondo del servicio universal se integra con los
excedentes de la gestión de las perdidas técnicas
del MEM y los Certificados de Emisiones contaminantes.