Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Nulidades del matrimonio (Presentación PowerPoint)



    Monografias.com
    CAPITULO I: ANTECEDENTES DEL MATRIMONIO Y SUS CONDICIONES.

    Monografias.com
    EL MATRIMONIO LEGITIMO SubEn el antiguo derecho romano, se
    llamaba justa nuptia ó justum matrimonium.

    Monografias.com
    FINALIDAD DEL MATRIMONIO SubEra la preocupación de los
    hijos. La consideración de la esposa en la casa del esposo
    y en la sociedad.

    Monografias.com
    UNION DE LOS ESPOSOS SubEra más estrecha si la justa
    nuptia si acompañaba de la manus, la cual ocurría
    en los primeros siglos

    Monografias.com
    DESUSO DE LA MANUS SubA través del tiempo estas costumbres
    se fueron degradando hasta que desapareció.

    Monografias.com
    LAS CONDICIONES DEL MATRIMONIO SubEstaba superditado *La pubertad
    de los esposos. *Su consentimiento ( de ambos contrayentes) *El
    consentimiento del padre o jefe de la familia. *El convibium
    :esta era la regla o condición para el matrimonio

    Monografias.com
    LOS ESPONSALES SubACTUALMENTE SE CONOCE COMO COMPROMISO
    MATRIMONIAL

    Monografias.com
    EL DIGESTO DE JUSTINIANO SubEl jurisconsulto romano Florentino
    nos enseña que es la mutua y futura promesa de
    nupsias.

    Monografias.com
    EL CRISTIANISMO Y LA GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO SubUno de
    los novios daba al otro una suma de dinero, por si no se
    cumplía la promesa de matrimonio.

    Monografias.com
    DERECHO CANONICO SubSe estableció la distinción
    entre espósales presente y de futuro

    Monografias.com
    IMPEDIMENTO DEL MATRIMONIO SubBonfante: Ausecencia de condiciones
    de validez. Impedimentos matrimoniales y su origen en el derecho
    romano canónico

    Monografias.com
    CAPITULO II: DEFINICION DE MATRIMONIO CONDICIONES 
      DE VALIDEZ, EFECTOS Y DEBERES. Sub 2.1
    Definición y validez. Es un acto jurídico bilateral
    que se constituye por el consentimiento de los contrayentes pero
    integrado por la actuación también constitutiva del
    oficial público encargado del Registro Civil o de la
    autoridad competente para celebrar el matrimonio, para hacer
    efectivo un control de legalidad de parte del Estado.

    Monografias.com
    Sub*Según el Código Civil Dominicano, en sus
    artículos 144 y siguiente para que un matrimonio sea
    refutado valido, debe cumplir con ciertas formalidades como son
    que celebra públicamente, ante un oficial civil del
    domicilio de una de las partes; el mismo debe fijar dos edictos
    en la puerta de su Oficina con intervalo de ocho días,
    esos edictos y el acta que se extenderá a los fines,
    deberá contener los nombres y apellidos, profesión,
    nacionalidad y domicilio de los futuros esposos; su
    condición de mayores o menores de edad, y los nombres
    apellidos, profesión y domicilio de sus padres.

    Monografias.com
    Sub*El acta expresará además, el día lugar y
    hora en que se hayan fijado los edictos, inscribiéndolos
    en un registro especial foliado, rubicado y autorizado. Un
    extracto del acta se fijará en la puerta de la oficina del
    oficial civil a penal de nulidad. *Es importante señalar
    que el matrimonio es un acto solemne de orden público como
    condición sin ecuanón,  lo primero que debe
    existir para la celebración del matrimonio es el
    consentimiento de los esposos, según los jurisconsultos
    Mazeaud, en su obra de Derecho Civil, señalan que la
    apariencia del conocimiento, que constituye la voluntad de los
    esposos no es suficiente; detrás de esa apariencia es
    necesario un consentimiento real.

    Monografias.com
    Sub*Cuando es fingida la voluntad expresada por los esposos, el
    matrimonio no puede efectuarse, o sea, que los matrimonio
    simulados son nulos, asimismo, el consentimiento de los esposos
    debe ser libre, es decir, exento de vicios, como lo han expresado
    los redactores del código Civil, en el artículo 180
    en la teoría general de los vicios del consentimiento,
    según el artículo 146 del mismo código, no
    hay matrimonio cuando no hay consentimiento. El matrimonio
    responde a una finalidad social y la procreación de una
    familia estable

    Monografias.com
    2.2 Efectos del Matrimonio y los Deberes Recíprocos de los
     Esposos. Sub *El matrimonio, como todo contrato, no surte
    efectos más que para aquellos que lo han convenido o
    contratado, ahora bien, es un  hecho jurídico que
    crea derechos y obligaciones entre las partes y que afecta a
    otras personas porque entra a formar parte de una
    institución originada por los efectos de dicho acto.

    Monografias.com
    Sub*Los derechos y deberes relativos a los conyugues que
    contratan obligan a los mismos a asegurar juntos la
    dirección moral y material de la familia, proporcional la
    educación de los hijos y preparar su porvenir, cada uno de
    los esposos debe contribuir en la medida de lo posible a
    compartir los gastos del hogar. Los esposos se obligan mutuamente
    a una comunidad de vida; asimismo, uno no puede sin el otro
    disponer de los bienes procreados. * Los bienes procreados
    dentro de la institución familiar se denominan gananciales
    del matrimonio y entran en una comunidad de bienes que se llama
    comunidad legal, este régimen legal de comunidad de bienes
    esta protegido por la ley y los efectos de esta alcanzan a los
    causahabientes universales, ya que,  la ley consagra una
    reserva legal hereditaria a favor de los mismos que no puede ser
    enajenada por ninguno de los cónyuges.

    Monografias.com
    CAPITULOIII: IMPEDIMENTOS PARA EL MATRIMONIO Y NULIDADES.
    Sub*Definición. Se llaman impedimentos para el matrimonio
    o requisitos negativos de fondo a las situaciones que
    prohíben el matrimonio algunas de estas situaciones se
    llaman impedimentos relativos, en el entendido que no vedan el
    matrimonio, otras son absolutas, o sea, que el matrimonio esta
    prohibido como quiera. Antes, el antiguo derecho consagraba seis
    impedimentos de nulidad, después de la redacción
    del Código Civil, estos impedimentos fueron reducidos a
    tres.

    Monografias.com
    3.1 Impedimentos Relativos y Absolutos. Sub Entre los
    impedimentos relativos podemos citar algún requisito de
    forma, pero que no constituye en sí un impedimento stritu
    censu, y entre los impedimentos absolutos podemos citar por
    ejemplo el matrimonio no disuelto, o sea, no puede celebrarse un
    nuevo matrimonio sin haberse disuelto el primero.

    Monografias.com
    Sub*Los tres impedimentos a que de hace referencia y que
    subsisten hoy día son la existencia de un matrimonio
    anterior no disuelto, el plazo de viudez y el parentesco por
    consanguinidad o parentesco en un grado primitivo. *El matrimonio
    anterior no disuelto según señala el
    artículo 147 del Código Civil es un impedimento
    para el matrimonio, ya que, no se puede contraer un segundo
    matrimonio sin antes haber disuelto el primero, esto basado en el
    principio que nuestro derecho establece la prohibición de
    la poligamia, o sea, solo reconoce el matrimonio monógamo.
      *El plazo de viudez no es más que un requisito
    particular para la mujer que contrae un segundo matrimonio que
    según el artículo 288 del Código Civil debe
    esperar que transcurran 300 días después de la
    viudez para contraer nuevas nupcias.

    Monografias.com
    *En cuanto al parentesco de consanguinidad y afinidad, el
    Código Civil, señala en su artículo 161, que
    existe un impedimento general en línea recta hasta el
    infinito entre consanguínea y entre afines,
    entiéndase que una persona no puede casarse con ninguno de
    sus descendientes o ascendientes, y en línea colateral los
    artículos 162 y siguientes prohíben el matrimonio
    entre ciertos parientes con cierto grado de consaguinidad y
    afinidad.

    Monografias.com
    3.2 Nulidades del Matrimonio. Aunque los términos nulidad
    y anulación a veces se usan como sinónimos, en
    derecho tienen significados distintos. Por anulación se
    entiende el hecho de declarar ineficaz un acto: cuando se anula
    un acto jurídico, lo que se hace es declarar que desde ese
    momento el acto no produce efectos. La declaración que
    anula un acto, así vista, no entra a considerar la
    existencia del acto. El acto que se ha anulado ha existido y ha
    producido efectos jurídicos válidos, pero -por los
    motivos tasados que el derecho considere relevantes- desde el
    momento de la declaración deja de existir el acto.

    Monografias.com
    Todos los requisitos de forma y de fondo establecido por el
    legislador en cuanto a la nulidad del matrimonio se han impuesto
    al encargado de registro civil en el sentido de que, cuando tenga
    conocimiento de una inobservancia de nulidad no puede proceder al
    matrimonio los impedimentos simplemente prohibitivos
    entrañan la nulidad. Los efectos de la nulidad tienen
    diferentes grados; hay nulidades absolutas y nulidades
    relativas

    Monografias.com
    3.3 Nulidades Absolutas. *Estas no se imponen al juez en su
    totalidad, solamente tres nulidades absolutas de forma son
    facultativa para el tribunal: la clandestinidad, la incompetencia
    del encargado de registro civil y si ha habido fraude a la ley
    por parte de los contrayentes. Las otras nulidades absolutas son
    perentorias, entre estas están la bigamia, la impubertad,
    el incesto, y la ausencia de consentimiento de los esposos.

    Monografias.com
    3.4 Nulidades Relativas. *La nulidad relativa puede producirse en
    dos casos: ausencia del consentimiento de los esposos; ausencia
    del consentimiento de los padres para el matrimonio de sus hijos.
    En el caso del consentimiento de los esposos no hay matrimonio
    sin consentimiento, y en el caso del consentimiento de los
    padres, en cuanto a sus hijos menores debemos recordar que los
    menores no tienen la condición de decidir.

    Monografias.com
    3.5 La Prueba del Matrimonio. Nuestro Código Civil en su
    artículo 194 no permite más que un solo medio de
    prueba para el matrimonio, el extracto de la partida del
    matrimonio de los esposos en principio no se admite ninguna otra
    prueba, sin embargo, el mismo código admite algunas
    excepciones: la prueba es libre en los casos previstos por el
    artículo 46, que establece que cuando los registros se han
    destruidos, perdidos o no se han llevado o si por la
    destrucción se ha condenado al destructor la
    resolución establece la existencia del matrimonio. Existen
    dos casos en que la prueba de estado establece prueba para el
    matrimonio  y si los hijos ignoran el lugar de
    celebración del matrimonio la prueba de ese matrimonio la
    pueden hacer por la posesión de estado de los
    esposos.

    Monografias.com
    3.6 El Matrimonio Putativo. El matrimonio putativo, cuando es
    declarado nulo por cualquier irregularidad formal o existencial,
    pero en el cual se ha determinado que ambos contrayentes, o por
    lo menos, uno de ellos ha creído contraer un matrimonio
    valido es decir que a actuado de buena fe a esto se le denomina
    matrimonio putativo, donde los efectos de la nulidad solo rigen
    para el porvenir.

    Monografias.com
    3.6.1 Efectos Producidos por el Matrimonio Putativo. Las nulidad
    del matrimonio como que este no ha existido jamás. 
    Además el fallo pronunciado sobre una acción de
    nulidad es declarativo y no constitutivo. Resulta de ello que no
    posee sino autoridad relativa. Las consecuencias retroactivas de
    la nulidad de un matrimonio son muy graves y pueden ser
    devastadora: se consideran los esposos como si nunca hubieran
    estado casado; los hijos son ilegítimos, por eso el
    legislador decide que la retroactividad cesa de aplicarse si los
    esposos son de buena fe.

    Monografias.com
    3.6.2 Relativo a los esposos. Solo se exige una condición,
    la buena fe. Apreciada en el momento de la celebración del
    matrimonio. La jurisprudencia toma en cuenta tanto el error de
    derecho como el error de hecho, el error excusable como el error
    grosero. La buena fe se presume siempre. La causa de nulidad
    importa poco; incluso en las hipótesis que la doctrina
    tiene en cuenta como casos de inexistencia, la jurisprudencia
    declara que el matrimonio puede ser putativo. Si ambos esposos
    son de buena fe, la nulidad actúa como una
    disolución pura y simple del matrimonio. Cuando solo uno
    de los esposos es de buena fe, la nulidad no se retrotrae
    más que con la relación al esposo de mala fe.

    Monografias.com
    3.6.3 Relativo a los hijos. Con respecto a los hijos estos son
    legitimo incluso cuando uno solo de los conyugues es de buena fe;
    tienen en la sucesión de sus padres, los derechos de los
    hijos legítimos. Por el contrario, el padre que sea de
    mala fe, no tendrá  sino los derechos del padre
    natural en la sucesión de sus hijos. La jurisprudencia
    admite que el matrimonio putativo lleva consigo
    legitimación.  Relativos a los causahabientes de los
    esposos de buena fe. Con respecto a terceros. Los esposos de
    buena fe pueden alegar el matrimonio putativo contra los
    terceros. Los tercero pueden prevalerse de todo matrimonio
    aparente. Es decir, que todo matrimonio nulo es susceptible de
    ser putativo.

    Monografias.com
    3.7 Disolución del Matrimonio. Como se señala en
    los párrafos anteriores al establecer la diferencia entre
    nulidad y disolución del matrimonio, se aprecia que la
    nulidad se refiere a la ineficacia del acto, es decir, que el
    acto ineficaz lleva aparejado la nulidad y por ende, el
    matrimonio se refuta inexistente. Ahora bien, la
    disolución no le quita los efectos al acto que ya ha
    surtido sus efectos, valga la redundancia, sino mas bien,
    disuelve el compromiso y los lazos existentes, con
    relación a los efectos del matrimonio, aunque tal
    disolución no afecte otros derechos nacidos del mismo.
     La disolución del matrimonio se establece o se logra
    por el divorcio, el cual como señala la ley, quita los
    efectos del mismo. Entre las causas de disolución del
    matrimonio podemos citar: el mutuo consentimiento entre los
    esposos, la incompatibilidad de caracteres justificadas por
    hechos cuya magnitud causa la infelicidad de los conyugues o una
    perturbación social suficiente  para ser considerada
    o cualquier otra causa que la ley contemple.  En la
    República Dominicana el divorcio esta regido por una
    legislación especial, de fecha 21 de marzo de 1937 macada
    con el número 1306-bis. En todos los casos contemplados
    por la ley debe intervenir una decisión judicial, o sea,
    que el juez debe decidir mediante una sentencia la
    terminación o cesación del contrato
    matrimonial.

    Monografias.com
    BIBLIOGRAFIA. 1- Capitán, Henri-De palma. 1930.
    Vocabulario Jurídico, Buenos Aires. 2- Josserand, Louis.
    Derecho Civil I,   Tomo I, Volumen II. 3- Mazeau,
    Henri, -León y Jean. 1995. Lecciones de Derecho Civil,
    parte I. Vol. II, Eit. Jurídica EuropaAmérica,
    Buenos aires. 4.- República Dominicana. 2005.
    Código Civil. Editora Dalis.  13ma. Edición.

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter