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Estatuto de atención primaria de salud municipal (Presentación PowerPoint)



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    2 Carlos Echeverría 25/09/2014 “ESTATUTO DE ATENCION
    PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL” SANTIAGO, septiembre 2014
    Relator: Carlos Echeverría M. Ing Comercial y Periodista
    Master in Business Administration MBA Relator: Carlos
    Echeverría Muñoz Maestría en Gestión
    Publica 1 En la facultad de Medicina, el profesor se dirige a un
    alumno y le pregunta: -"¿Cuántos riñones
    tenemos?" -"¡Cuatro!", -responde el alumno.
    -"¡¿Cuatro…?!", -replica el profesor, arrogante,
    de esos que sienten placer en pisotear los errores de los
    alumnos. -"Traiga un fardo de pasto, pues tenemos un asno en el
    salón",-le ordena el profesor a su asistente. -"¡Y
    para mí un cafecito!", -le dijo el alumno al asistente del
    profesor. El profesor se enojó y expulsó al alumno
    del Relator: salón.Muñoz 1

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    3 4 25/09/2014 Al salir del salón, todavía el
    alumno tuvo la audacia de corregir al furioso maestro: -"Usted me
    preguntó cuántos riñones 'tenemos'.
    'Tenemos' cuatro: dos míos y dos suyos. Porque 'tenemos'
    es una expresión usada para el plural. Que tenga un buen
    provecho y disfrute del pasto“. Relator: Carlos
    Echeverría Muñoz MORALEJA: La vida exige mucho
    más comprensión que conocimiento. A veces, las
    personas, por tener un poco más de conocimiento o
    '"creer"' que lo tienen, se sienten con derecho de subestimar a
    los demás… Es necesario escoger entre la soberbia y la
    humildad de escuchar bien a los otros. Casi siempre escogemos la
    soberbia y la sordera. Relator: Carlos Echeverría
    Muñoz 2

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    5 6 25/09/2014 ESTATUTO ADMINISTRATIVO Estandarización de
    conceptos Relator: Carlos Echeverría Muñoz ¿
    COMPETENCIAS LABORALES Y/O HABILIDADES ? Relator: Carlos
    Echeverría Muñoz 3

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    7 8 25/09/2014 COMPETENCIAS • La competencia laboral es la
    capacidad para responder exitosamente una demanda compleja o
    llevar a cabo una actividad o tarea, según criterios de
    desempeño definidos por la organización o sector
    productivo. Las competencias abarcan los conocimientos (Saber),
    actitudes (Saber Ser) y habilidades (Saber Hacer) de un
    individuo. Relator: Carlos Echeverría Muñoz
    COMPETENCIAS • Saber, movilizar recursos personales
    (conocimientos, habilidades, actitudes) y del entorno
    (tecnología, organización, otros) para responder a
    situaciones complejas. • Saber ser, o realizar actividades
    según criterios de éxito explícitos y
    logrando los resultados esperados. • Saber Hacer, Aplicar
    los conocimientos, aptitudes y habilidades socioculturales en la
    acción. Relator: Carlos Echeverría Muñoz
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    9 10 25/09/2014 MOTIVACIÓN Y SATISFACCIÓN LABORAL
    La motivación es el interés o fuerza
    intrínseca que se da en relación con algún
    objetivo que el individuo quiere alcanzar. Es un estado subjetivo
    que mueve la conducta en una dirección particular.
    Relator: Carlos Echeverría Muñoz MOTIVACIÓN
    Y SATISFACCIÓN LABORAL TODOS TRABAJAMOS POR NECESIDAD,
    Pero: ¿ Cual necesidad ? Relator: Carlos Echeverría
    Muñoz 5

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    11 12 25/09/2014 ESCALA DE NECESIDAD La jerarquía de
    necesidades de Maslow se describe a menudo como una
    pirámide que consta de cinco niveles los cuatro primeros
    niveles pueden ser agrupados como «necesidades de
    déficit»; al nivel superior lo denominó
    «autoactualización», «motivación
    de crecimiento», o «necesidad de ser». Se
    diferencian en que mientras las necesidades de déficit
    pueden ser satisfechas, la necesidad de ser es una fuerza
    impelente continua. Relator: Carlos Echeverría
    Muñoz Relator: Carlos Echeverría Muñoz
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    13 14 25/09/2014 Conceptos y Cadena de Valor de la Excelencia del
    ServicioGestión de Calidad: •CTC •Justy
    Time •Círculos de calidad •Mejoramiento por el
    mejoramiento •Búsqueda del la Excelencia Cadena de
    Valor Relator: Carlos Echeverría Muñoz Conceptos y
    Cadena de Valor de la Excelencia del Servicio KAIZEN o
    Mejoramiento continuo, se ha identificado con la Calidad Total,
    pero más bien el KAIZEN es la sombrilla que cubre la
    mayoría de las prácticas japonesas incluyendo la
    Calidad Total, el Justo a Tiempo y los Círculos de
    Calidad, etc. Relator: Carlos Echeverría Muñoz
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    15 16 25/09/2014 CONCEPTOS GENERALES CONCEPTOS ASOCIADOS A LA
    GESTION INTEGRAL LA PLANEACION: Consiste en fijar el curso
    concreto de acción que ha de seguirse, estableciendo los
    principios que habrán de orientarlo, la secuencia de
    operaciones para realizarlo y la determinación de tiempo y
    números necesarios para su realización. Relator:
    Carlos Echeverría Muñoz PROGRAMA CONTROL DE GESTION
    ¿Que recursos existen en términos económicos
    y administrativos? FINANCIEROS MATERIALES HUMANOS Relator: Carlos
    Echeverría Muñoz 8

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    LIDERAZGO TRABAJO EN EQUIPO 17 18 25/09/2014 VALORIZACIÓN
    DE LA GESTIÓN COMPETENCIAS LABORALES EXCELENCIA EN EL
    SERVICIO Relator: Carlos Echeverría Muñoz El Modelo
    de Gestión de Calidad de los Servicios del Estado Conjunto
    de prácticas que fueron definidas como claves para la
    gestión de cualquier entidad Pública de excelencia.
    Su diseño se basa en el Modelo Chileno de Gestión
    de Excelencia, el cual fue adaptado a la singularidad de la
    gestión del Estado para asegurar su adecuada
    implementación al servicio de los usuarios. Relator:
    Carlos Echeverría Muñoz 9

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    19 20 25/09/2014 Conceptos y Cadena de Valor de la Excelencia del
    Servicio Pero, que es la calidad?: •CTC •Justy Time
    •Círculos de calidad •Mejoramiento por el
    mejoramiento •Búsqueda del la Excelencia Relator:
    Carlos Echeverría Muñoz Conceptos y Cadena de Valor
    de la Excelencia del Servicio KAIZEN o Mejoramiento continuo, se
    ha identificado con la Calidad Total, pero más bien el
    KAIZEN es la sombrilla que cubre la mayoría de las
    prácticas japonesas incluyendo la Calidad Total, el Justo
    a Tiempo y los Círculos de Calidad, etc. Relator: Carlos
    Echeverría Muñoz 10

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    21 • • • • 22 25/09/2014 Conceptos y Cadena
    de Valor de la Excelencia del Servicio El KAIZEN, no es una forma
    de trabajar, es una forma de vivir. ADMINISTRACIÓN &
    GESTIÓN Relator: Carlos Echeverría Muñoz La
    administración en si siempre engloba cinco funciones
    básicas: Planificación Organización
    Coordinación • Dirección Control Relator:
    Carlos Echeverría Muñoz 11

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    23 24 25/09/2014 ENTRANDO EN MATERIA Estatuto Administrativo:
    Relator: Carlos Echeverría Muñoz LEY Nº 19.378
    ESTATUTO DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL Relator: Carlos
    Echeverría Muñoz 12

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    25 Relator: 26 25/09/2014 Un poco de Historia….ESTATUTO DE
    ATENCION PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL • Durante el Gobierno
    Militar a inicios del año 1980 se inicia el proceso de
    Municipalización de la Atención Primaria de Salud,
    el cual culmina en 1987 • Los funcionarios pierden su
    calidad de empleados públicos, quedan bajo la normativa
    legal del Código del Trabajo • Gran descontento y
    frustración de parte de los trabajadores por la
    pérdida de derechos adquiridos: estabilidad laboral y
    crecimiento en una Carrera Funcionaria. Relator: Carlos
    Echeverría Muñoz Un poco de
    Historia….ESTATUTO DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL
    • 1989, comienza a gestarse un incipiente movimiento
    sindical, que logra convocar el año 1991 en la ciudad de
    Valparaíso el 1° Congreso Nacional, de la
    Atención Primaria Municipalizada, constituyéndose
    en dicho evento “La Coordinadora Nacional de los
    Trabajadores de la Atención Primaria Municipalizada”
    con la conformación de su primera directiva. •
    “La Coordinadora Nacional”, que en un principio
    sólo fue una organización de hecho, dará
    paso años más tarde, en 1997, a la actual
    Confederación Nacional de Funcionarios de Salud
    Municipalizada (CONFUSAM), organización de derecho, que
    hoy cuenta con más 20.000 socios a lo largo del
    país. Carlos Echeverría Muñoz 13

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    27 Relator: Carlos Echeverría Muñoz 28 25/09/2014
    Un poco de Historia….ESTATUTO DE ATENCION PRIMARIA DE
    SALUD MUNICIPAL • En 1992 se realiza en Talca el
    2°Congreso de la APS Municipalizada, en el cual se determina
    por parte de los trabajadores, continuar bajo la dependencia
    Municipal, pero regidos por otra normativa legal, propia para
    este sector de salud. • A partir de esa fecha se inician la
    mesas de trabajo y de negociaciones con el Ministerio de Salud,
    logrando después de masivas movilizaciones la
    promulgación de la Ley N°19.378; “Estatuto de
    Atención Primaria de Salud Municipal”, publicada en
    el Diario Oficial el 13 de Abril de 1995. Relator: Carlos
    Echeverría Muñoz TITULO PRELIMINAR AMBITO DE
    APLICACIÓN Artículo 3°.- Las disposiciones de
    esta ley se aplicarán a: • Todo el personal que se
    desempeñe en los establecimientos municipales de
    atención primaria (consultorios, urbanos y rurales, postas
    y cualquier otra clase de establecimientos de salud administrados
    por las municipalidades • Todos los trabajadores que,
    perteneciendo a una entidad administradora y que ejecuten en
    forma personal y exclusiva acciones directamente relacionadas con
    la atención primaria de salud, tanto las de
    carácter asistencial, como aquellas que no siendo
    asistenciales permitan, faciliten o contribuyan a la
    realización de las primeras. Modif =Ley Nº 20.250,
    publicada en el D.OF. 09.02.08 14

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    29 30 25/09/2014 TITULO I Normas Generales del Régimen
    Laboral de la Atención Primaria de Salud Municipal Normas
    Generales del Régimen Laboral de la Atención
    Primaria de Salud Municipal ARTICULO 4. • Todo lo no
    regulado por las disposiciones de este Estatuto, se
    aplicarán, en forma supletoria, las normas de la ley
    Nº 18.883, Estatuto de los Funcionarios Municipales. •
    El personal no estará afecto a las normas sobre
    negociación colectiva y, sobre la base de su naturaleza
    jurídica de funcionarios públicos, podrá
    asociarse de acuerdo con las normas que rigen al sector
    público Relator: Carlos Echeverría Muñoz
    ARTICULO 5. POR ESTE ESTATUTO SE CLASIFICARÁ EN LAS
    SIGUIENTES CATEGORÍAS FUNCIONARIAS: a) Médicos
    Cirujanos, Farmacéuticos, Químico
    Farmacéuticos, Bioquímicos y Cirujano – Dentistas.
    b) Otros profesionales: tradicionales en salud y otros: Prof.
    Educ. Física, Ed. Párvulos, Terapeuta Educacional,
    Fonoaudiólogos, etc. c) Técnicos de nivel superior:
    Téc. en enfermería y Téc. En áreas
    administrativas d) Técnicos de Salud: Paramédicos
    e)Administrativos de Salud. f) Auxiliares de servicios de Salud
    Relator: Carlos Echeverría Muñoz 15

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    Relator: Carlos Echeverría Muñoz 31 32 25/09/2014
    ARTICULO 5: CATEGORÍAS FUNCIONARIAS Para ser clasificado
    en las categorías: A y B, posesión de un
    título profesional de una carrera de a lo menos 8
    semestres de duración. C, título de Técnico
    de Nivel Superior, otorgado por CFT o Instituto Profesional
    (Artic. 31 Ley 18962 ) D, licencia media y haber realizado, a lo
    menos, un curso de auxiliar paramédico de 1.500 hrs.
    acreditado por Minsal. E, se requerirá licencia de
    enseñanza media. F, se requerirá licencia de
    enseñanza básica. En el Reglamento de Carrera
    Funcionaria DTO. 1889/ 95 se señala que: Los
    Administrativos cumplirán las funciones de secretariado,
    apoyo en administración de personal, admisión,
    procesamiento y registro de datos Los Auxiliares de Servicio,
    cumplirán funciones: movilización, transporte y
    conducción de vehículos, aseo, mantención,
    funciones de almacenamiento y bodegas, vigilancia,
    mensajería y similares DOTACIÓN Y JORNADA DE
    TRABAJO ARTICULO 10. Se entenderá por
    “dotación” de atención primaria de
    salud municipal, el número total de horas semanales de
    trabajo del personal que cada entidad administradora requiere
    para su funcionamiento. ARTICULO 11. La dotación
    será fijada por la entidad administradora correspondiente
    antes del 30 de septiembre del año precedente,
    considerando, los siguientes aspectos: Relator: Carlos
    Echeverría Muñoz 16

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    33 34 deCarlosdiez Muñoz 25/09/2014 DOTACIÓN Y
    JORNADA DE TRABAJO a) La población beneficiaria. b)
    Características epidemiológicas de la
    población beneficiaria c) Normas técnicas que sobre
    los programas imparta el Ministerio de Salud. d) Estructura
    organizacional definida de conformidad al artículo 56 Ley
    20.250 (09/02/08) e) Número y tipo de establecimientos de
    atención primaria a cargo de la entidad administradora. f)
    Disponibilidad presupuestaria para el año respectivo.
    ARTICULO 12. La dotación deberá ser comunicada al
    Servicio de Salud en el plazo de diez días. El Servicio de
    Salud podrá observar la fijación si considera que
    no se ajusta a las normas señaladas en las letras c) y d)
    del artículo anterior, dentro del plazoRelator:
    Echeverríadías. CONTRATOS DE TRABAJO ARTICULO 14.
    El personal podrá ser contratado a plazo fijo o indefinido
    • Son funcionarios con contrato indefinido, los que ingresen
    previo concurso público de antecedentes. • Se
    considerarán funcionarios con contrato a plazo fijo, los
    contratados por períodos iguales o inferiores a un
    año calendario. El número de horas contratadas a
    través de esta modalidad no podrá ser superior al
    20% de la dotación. • En este porcentaje, no se
    incluirá a quienes estén prestando servicios en
    razón de un contrato de reemplazo. Este contrato no
    podrá exceder de la vigencia del contrato del funcionario
    que se reemplaza. Relator: Carlos Echeverría Muñoz
    17

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    35 36 25/09/2014 LEY Supletoria 18.883 CONTRATOS DE TRABAJO
    Artículo 4°.- Podrán contratarse sobre la base
    de honorarios a profesionales y técnicos de
    educación superior o expertos en determinadas materias,
    cometidos específicos, cuando deban realizarse labores
    accidentales y que no sean las habituales de la municipalidad;
    mediante decreto del alcalde. Las personas contratadas a
    honorarios se regirán por las reglas que establezca el
    respectivo contrato y no les serán aplicables las
    disposiciones de este Estatuto. Relator: Carlos Echeverría
    Muñoz Relator: Carlos Echeverría Muñoz
    18

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    37 38 25/09/2014 JORNADA LABORAL ARTICULO 15 La jornada ordinaria
    de trabajo será de cuarenta y cuatro horas semanales. Se
    distribuirá de lunes a viernes, en horario diurno y
    continuo, comprendido entre las 08 y 20 horas, con tope de 9
    horas diarias. Esto no será aplicable a aquellos
    funcionarios cuya jornada ordinaria y normal de trabajo, deba
    cumplirse fuera de los horarios señalados, quedando
    sujetos, a la modalidad de distribución que hubieren
    pactado en sus respectivos contratos. (funcionarios de Servicios
    de Urgencia Relator: Carlos Echeverría Muñoz
    JORNADA LABORAL ARTICULO 15 • Según requerimientos de
    la Entidad Administradora, podrá contratarse personal con
    una jornada parcial hasta un mínimo de 11 hrs. a
    excepción de los funcionarios de Cat. d), e) y f) cuya
    jornada parcial no podrá se inferior a veintidós
    horas semanales • Concluyendo : El horario de trabajo se
    adecuará a las necesidades de funcionamiento de los
    establecimientos y acciones de atención primaria de salud.
    Relator: Carlos Echeverría Muñoz 19

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    39 40 25/09/2014 DERECHOS DEL PERSONAL Horas Extraordinarias: El
    personal contratado con jornada parcial no podrá
    desempeñar horas extraordinarias, salvo que, en la
    respectiva categoría, el establecimiento no cuente con
    funcionarios con jornadas ordinarias, o de contar con ellos, no
    estén en condiciones de trabajar fuera del horario
    establecido. Ley 18.883 Supletoria Artículo 64, 65 y 66.-
    Se entenderá por trabajo nocturno el que se realiza entre
    las 21 horas de un día y las 7 horas del día
    siguiente y al igual que el trabajo realizado los Sábados,
    Domingos y Festivos, en estos casos el valor de la hora
    tendrá un recargo del cincuenta por ciento sobre la hora
    ordinaria de trabajo. El pago de la hora extraordinaria realizada
    a continuación de la jornada, se determinará
    recargando en un veinticinco por ciento el valor de la hora
    diaria de trabajo Relator: Carlos Echeverría Muñoz
    DERECHOS DEL PERSONAL • Estabilidad Laboral para el personal
    con contrato indefinido: No significa inamovilidad, ya que
    están normadas las causales de término de
    Relación Laboral • Permisos Administrativos :
    permisos para ausentarse por motivos particulares, por 6
    días hábiles en el año calendario, con goce
    de sus remuneraciones. Estos permisos podrán fraccionarse
    por días o medios días, y serán concedidos o
    denegados por el Director del establecimiento, según las
    necesidades del servicio. • Permiso sin goce de
    Remuneraciones: hasta 3 meses de permiso por año
    calendario y en el caso de ser elegidos Alcaldes, tendrán
    derecho a permiso, por todo el tiempo que comprenda su
    desempeño alcaldicio. Relator: Carlos Echeverría
    Muñoz 20

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