Aspectos jurídicos planteados por las técnicas de fecundación humana asistida
1 Contenido de la exposición.- El Comienzo de la Vida y la
Personalidad Jurídica: Distintas Teorías. El
Contrato Médico-Paciente. Responsabilidad Médica
Las distintas Técnicas de Fecundación Humana
Asistida y su relación con el Derecho La Maternidad
Subrogada La Fecundación “Post Morten”
2 El Comienzo de la vida … El derecho en su generalidad
como “ciencia”, no define la ontología de las
cosas y los sujetos. Sólo se limita, en gran medida,
“a reconocer o no la existencia de éstos” y en
base a ello regula sus interrelaciones. Tiene una función
“deontológica”: Define el “deber
ser” de la conducta humana. Al derecho más que
definir la persona, le interesa establecer desde que momento de
su existencia se le reconoce como “Sujeto de
Derecho”
3 Veamos A la luz de la embriología moderna existen tres
momentos decisivos en el desarrollo de la nueva vida que tiene
relación con el comienzo de la vida humana: – El principio
del genotipo – La etapa de la implantación – El desarrollo
de la corteza cerebral
4 Teoría de la Fecundación.- Principio del
Genotipo. Para muchos la vida humana comienza en el momento de la
“fecundación”, entendido ésta como el
instante en el que la cabeza del espermatozoide penetra la
membrana que recubre el ovocito. Es decir:”Existe un ser
humano desde la fecundación del óvulo”. Con
el huevo o cigoto comienza un nuevo ser, distinto del padre y de
la madre
5 Según esta tesis … El ovocito, con su carga
genética, es ya una persona. Una sustancia racional.
Cuando los dos gametos se funden, se encuentra reunida toda la
información genética necesaria para expresar todas
las cualidades innatas del individuo. A partir de ese momento,
comienza a autodesarrollarse un programa autónomo, un
genotipo distinto del de cada uno de los progenitores. De ese
“embrión”, comienza un nuevo ciclo vital.
Desde el estadio de dos células entran gradualmente en
acción los mecanismos de regulación
genética. Se habla de autonomía intrínseca y
no de autosuficiencia o autarquía, que tampoco tiene el
recién nacido para continuar su desarrollo.
6 Más aún … La “ontogénesis o
desarrollo del embrión” a partir de ahí es un
proceso continuo No se ha demostrado que existan niveles que
separen etapas de mayor o menor Humanidad Es decir: “ Hasta
aquí no, desde aquí sí”
7 !He ahí el hecho más maravilloso de los que
ocurren en la humanidad! La formación natural de un nuevo
ser humano, en sintonía con el poder auto reproductivo de
las células, cada una marcada por el mismo genotipo . El
blastocisto mismo toma simultáneamente las dos tareas
importantes de implantación y desarrollo embrionario
posterior. El perfil del sistema placentario y de la bolsa
amniótica está el blastocisto. Así este
último, por su poder celular preordenado, va soltando como
si fuese una cuerda salvavidas por la cual se mantendrá
unido a la corriente de sangre de la madre. Preparándose
de ese modo a la solidaridad con su madre por nueve meses.
8 Segunda Teoría: De la Implantación o
Anidación. Momento de la segmentación. – Luego de
ese primer contacto entre el espermatozoide y el óvulo,
sigue un proceso que al parecer dura horas, en el cual bajo la
membrana del ovocito se van formando dos pronúcleos, que
permanecen sin tocarse apareciendo esta nueva formación
que, según los biólogos, se trata una personalidad
con material genético propio e irrepetible.
9 Sin embargo … Existe una objeción a la primera
teoría con la formación de los mellizos
idénticos. Es decir, que un grupo de células
escinda y continúe un desarrollo independiente dando lugar
a un nuevo embrión, que tendrá asimismo,
características genotípicas del primero.
Denominándose “gemelos monocigóticos.
Según los defensores de esta teoría, son un
conjunto de células, con diferentes complejidades que no
posee individualidad.
10 Más aún … Son incapaces de sentir y, en
consecuencia, de sufrir. Sin embargo, una vez transcurridos
aproximadamente 14 días se produce la implantación
en el útero. Una vez producida ésta, se asegura la
individualidad del ser humano. Los que sostienen esta
teoría utilizan el término
“preembrión”, cuando se refieren al
huevo-cigoto en sus primeros 14 días antes de la referida
implantación.
11 Es importante resaltar … Que para los defensores de
esta teoría, sin individualización no hay
personalización, esto es, no ha surgido todavía una
persona humana. Así pues, se afirma que la
implantación en la mucosa uterina (zona pelúcida)
es el momento decisivo en la ontogénesis de la persona
humana. Se aduce además, en ginecología y
obstetricia, que ese momento es el inicio de la preñez de
la mujer. En el caso de no anidación, acabará
muriéndose a los pocos días.
12 Tercera teoría: Aparición de la Corteza Cerebral
y Hominización. Según esta teoría, la
verdadera ontogénesis del ser humano está dado por
la traslación de la información genética
correspondiente al sistema nervioso central. Es decir que dura
aproximadamente de 14 a 40 días, dentro de los cuales e
producen los cambios más relevantes. Se sostiene
además, la aparición del sistema nervioso central o
la actividad eléctrica cerebral.
13 En apoyo de esta tesis se aduce … Que así como
se estima que el fin de la vida, en particular, se produce con la
llamada “muerte cerebral”. Es decir cuando cesa la
actividad eléctrica del encéfalo, así el
nacimiento de una nueva vida debe comenzar con la misma actividad
eléctrica del cerebro; lo que es lo mismo decir la
aparición del sistema nervioso con el surco neural.
14 Etapas del desarrollo embrionario. 1.- óvulo fecundado
2.- Huevo-cigoto 3.- Preembrión ? 4.- Cigoto-
mórula 5.- Blastocisto 6.- Embrión ? 7.-
Organogénesis 8.- Morfogénesis 9.- Feto.
Histogénesis 10.- Crecimiento corporal Cada una de esta
etapas supone una serie de cambios hasta llegar al nacido.
15 Conceptualización del ser humano en desarrollo conforme
a las distintas etapas de gestación. Estas etapas
biológicas diferenciadoras permiten encuadrar la
personalidad jurídica del ser humano; es decir, ser
“sujeto de derecho”. Esa criatura de la raza humana
que va a nacer y que se le ha dado el nombre genérico de
“Nasciturus”, vocablo de origen latino, que deriva
del latín “Naceré”, “el que va a
nacer”
16 Estatuto Jurídico del Embrión Humano Existe una
gran discusión en la doctrina jurídica,
acompañada por las investigaciones médicas, sobre
el tema “si existe vida humana a la que deba otorgarse
categoría de persona”, entendida ésta como
“Sujeto de Derecho”, desde qué momento de la
concepción.
17 La entidad viviente que los romanos llamaron Nasciturus
… ¿ Es genéticamente identificable como
integrante de la especie humana? ¿ Debe ser considerada
como superior a una cosa? ¿ Ese ente llamado Nasciturus,
en definitiva, podría otorgársele la
categoría o calidad de “persona”?
18 ¿Porqué de esta discusión en esta
conferencia? La aparición, expansión y desarrollo
de la técnicas de “Fecundación Humana
Asistida” que es la esencia de nuestra intervención,
supone en algún momento tocar el tema: de los embriones
humanos, su manipulación, su separación del seno de
su progenitora. Además, el manejo del genoma humano, su
descodificación y utilización en las pruebas de
terapia genética etc.
19 En definitiva, el debate, debe centralizarse … Si la
“entidad viviente” debe ser reputada en la ley como
un bien de máximo valor que, por ende, merece la misma
protección que un sujeto ya nacido o, por lo menos, que la
de un feto, o la de un embrión implantado en el seno
materno
20 Siguiendo el orden que nos hemos propuesto desarrollar. Veamos
ahora … El contrato Médico-Paciente a los fines de
propiciar una de las técnicas de Fecundación Humana
Asistida. La Responsabilidad Médica
21 Veamos … 1 El médico debe reconocer que el
paciente es un ser humano con capacidad de decisión y
ésta se circunscribe a tener el derecho de consentir o no
con un conocimiento informado lo que se pretende realizar. 2.- El
médico no puede decidir en forma unilateral el tratamiento
a seguir
22 Todo esto supone … Que en la relación
médico-paciente, este último, tiene el derecho a
que se le explique de un modo objetivo y comprensivo las
técnicas y tratamientos a utilizar en la
Fecundación Humana Asistida Lo anterior, debe tener como
respuesta, un consentimiento otorgado de modo explicito en cada
caso
23 ¿En que consiste el Consentimiento Informado? Consiste
en un proceso en que los pacientes y a veces sus parientes son
advertidos de las consecuencias de las intervenciones
médicas. Cuando se trata de advertencias de tipo
genético, se requiere más cuidado, en la medida que
puede entrañar riesgos de carácter hereditario,
alteraciones cromosómicas y, por consiguiente, deben ser
advertidos de las consecuencias, las probabilidades de
transmisión, y los medios de evitarlas o mejorarlas.
24 Fases del consentimiento informado 1.- El médico
informa a las personas con problemas reproductivos las distintas
posibilidades de someterse a pruebas genéticas predictivas
de manera de determinar los posibles riesgos. Tales como: –
Pruebas preconceptivas – Pruebas preimplantatorias. Sobre todo
para detectar anomalías cromosómicas o alteraciones
genéticas en los embriones in vitro – Pruebas prenatales –
Pruebas postnatales
25 Las fases que deben seguir consisten en … Sometimiento
de los pacientes a las pruebas genéticas pertinentes El
médico debe estudiar los resultados, interpretarlos y
valorarlos a fin de encontrar un diagnóstico correcto.
Nota Trasmitir la información veraz a los pacientes y sus
posibles implicaciones Elección junto al paciente de las
posibles alternativas Por último el correcto seguimiento
médico
26 En fin … Aún la responsabilidad del
médico es de medios, debe informar a los pacientes todas y
cada uno de las posibles complicaciones, así como, los
posibles resultados. ESO EVITARÍA QUE EL MÉDICO
COMPROMETA SU RESPONSABILIDAD PENAL Y CIVIL
27 Reto planteado al Derecho por la Ciencia La Fecundación
Humana Asistida. "La Ley será superada antes de ser
votada"
28 El ordenamiento que aparece regulado en los códigos y
leyes, se conmueve hasta sus cimientos mismos con los avances
científicos. Los adelantos de la biología, la
genética y la embriología que propician la
procreación artificial, son fenómenos modifi-
cadores de muchas de las instituciones creadas y protegidas por
el derecho. Necesidad imperiosa de adecuar el ordenamiento
jurídico. Redefinir las valoraciones éticas y
morales que ha de persistir como fundamento de tal ordenamiento.
Nos plantea retos:
29 El derecho no puede correr tras el dinamismo de la ciencia y
caer en una ruptura con su pasado, puesto que podríamos
llegar a un "Futurísmo Jurídico". El derecho
sólo debe pretender fundar las bases jurídicas para
que la ciencia nunca quebrante los principios que regulan la
coexistencia de éste y la sociedad.
30 Fecundación Humana Asistida
31 "Son los diversos procedimientos técnicos encaminados a
lograr la concepción de un ser humano por una vía
diversa de la unión sexual del varón con la
mujer"
32 Formas de Reproducción Asistida
33 A.- Inseminación artificial, que puede ser: 1.-
Inseminación artificial con esperma del cónyuge
(IAC) 2.- Inseminación artificial con esperma de donante
(IAD) 3.- Inseminación mixta. Mezcla esperma del marido
agregado a cargo del donante.
34 B.- La fecundación IN VITRO, que puede ser: 1.-
Fecundación in vitro por transferencia de embriones
(FIVITE). 2.- Fecundación in vitro por transferencia
intratubárica de gametos. (GIFT). C.- Reproducción
Asexual o clonación
35 INSEMINACIÓN ARTIFICIAL CON SEMEN DEL MARIDO
(IAC)HOMOLOGA. PROBLEMAS JURÍDICOS.
36 Contrato a los fines de inseminación.- "Se afirman que
son nulos porque comportan un atentado al principio de la
indisponibilidad del cuerpo humano que esta fuera del comercio".
Seriaux, A. " No tiene alcance absoluto, puesto que la
donación de otros productos del cuerpo como la sangre y la
leche es válida". Vouin, Jean Francois. Esto supone que en
la inseminación homóloga parece suficiente
subordinar la validez de tales convenciones a las condiciones
generales de los contratos. Consentimiento libre. Objeto y Causa
permitir a los esposos remediar la dificultad o la imposibilidad
de sus relaciones sexuales o su esterilidad.
37 Filiación: PROBLEMAS DEL ESTADO CIVIL Y DEL MATRIMONIO
Son protegidos por la Presunción de Paternidad. Amparan la
estabilidad del matrimonio y de la familia. Matrimonio:
38 Está jurídicamente ligado a sus padres
biológicos. Fue engendrado con esperma de su padre, pero
no por su padre. ¿Se aplica el artículo 315 del
código civil?. ¿Se aplica el artículo 725
del código civil?. Interrogantes sobre los derechos
sucesorios del nacido. INSEMINACIÓN POST MORTEN
39 INSEMINACIÓN ARTIFICIAL CON SEMEN DE DONANTE (IAD) O
HETERÓLOGA.
ESTA PRESENTACIÓN CONTIENE MAS DIAPOSITIVAS DISPONIBLES EN
LA VERSIÓN DE DESCARGA